ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO ARROYO
I.
DESCUENTOS DESCUENTOS Y APORTA APORTACIONES CIONES EN EL REGIMEN REGIMEN ESPECIAL ESPECIAL DE LA CONSTRUCCIÓN CIVIL
Dentro del régimen de construcción civil, encontramos las siguientes aportaciones y retenciones laborales, pudiendo clasificarse en:
1. DESCUE DESCUENTO NTOS S DEL DEL TRABAJA TRABAJADOR DOR 1.1. Aporte pensionrio.! " En e# Siste$ N%ion# &e Pensiones' Los trabajadores de construcción civil tienen tienen calidad calidad de asegura asegurados dos obligato obligatorio rios. s. Los descue descuentos ntos para para asegura asegurados dos obligatorios obligatorios es del trece por ciento (13! de la remuneración asegurable. asegurable. Dada la naturale"a naturale"a eventual de la relación laboral de los trabajadores trabajadores de construcción civil as# como las planillas de pago son llevadas por obra, o en conjunto por varias obras, la relación de dependencia de los trabajadores sólo se mantiene $asta la culmi culmina nació ción n de las las obras obras,, motivo motivo por el cual cual la %&' %&', media mediante nte,, esol esoluc ución ión )efatural &* 1+1 -1)/024%&' (5.6.-1!, e7onera a los trabajadores de 8onst 8onstruc rucci ción ón 8ivil 8ivil del del proce procedim dimie iento nto de 9nscr 9nscripc ipción ión y 'erma 'ermane nenc ncia ia en el istema &acional de 'ensiones.
(" En e# Siste$ Pri)&o &e Pensiones' Las aportaciones a este régimen se distribuyen de la siguiente manera: 0ondo de pensiones a cargo del trabajador, 11 de la remuneración asegurable (1 ; 1 por aporte complementario ue >ue elijan elijan.. 8omis 8omisió ión n variable, de acuerdo a la 0' >ue elijan.
1.*. CONA+OVICER /st?n /st?n oblig obligad ados os al pago pago del del aport aporte e al 8%& 8%&0% 0%@98 @98/ /,, los los traba trabajad jador ores es del del régimen de construcción civil, esto es, toda persona f#sica >ue reali"a libremente y de manera manera eventual eventual o tempora temporall una labor de construc construcción ción para otra persona persona jur#dica o natural dedicada a dic$a actividad, actividad, en relación de dependencia dependencia y a cambio de una remuneración. 1
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO e consideran como actividades de construcción a las seAaladas en la Bran División 0 de la 8lasificación 9ndustrial 9nternacional niforme de todas las actividades económicas de las &aciones nidas < 899: 8lase: C51 'reparación del terreno 8lase: C5- 8onstrucción de edificios completos y de partes de edificios obras de ingenier#a civil 8lase: C53 condicionamiento de edificios 8lase: C5C 2erminación de edificios 8lase: C55 l>uiler de e>uipo de construcción y demolición dotado de operarios La base imponible de los aportes al 8%&0%@98/ est? constituida por el jornal b?sico percibido por el trabajador de construcción civil. e entender? como jornal b?sico, para efectos de este aporte, al salario dominical, el de los d#as feriados no laborables y el de los descansos médicos >ue involucren el pago de jornales ordinarios. ctualmente, el porcentaje al cual asciende el importe a pagar por este concepto es dos por ciento (-!. /l depósito de las retenciones se $ar? dentro de los >uince (15! d#as siguientes al mes de la retención. /ste pago deber? efectuarse en cual>uier agencia del Eanco de la &ación v#a 2eleproceso < 8ódigo 35, Eanco 8ontinental en la 8uenta &F 11 11-C -6G3+ y el Eanco de 8rédito en la 8uenta &F 16315=-616+G.
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Contri(-%in /)or &e # +e&er%in &e Tr(0&ores &e
Constr-%%in Ci)i# /l aporte de los trabajadores de construcción civil a favor de la 0ederación de 2rabajadores de 8onstrucción 8ivil del 'erH a >ue se refiere el art#culo C* de la esolución Directoral &* 1=- D'2/ del 13 de abril de 16=-, e>uivale a tres (3! veces el monto del aumento de los jornales b?sicos y el incremento sobre
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO el E8, todo ello correspondiente Hnicamente al d#a 1* de junio de cada aAo (cta de &egociación 8olectiva de 8onstrucción 8ivil -C-5!. /l descuento se efectHa por planilla de pago en cada centro de trabajo. Las empresas constructoras depositan en el Eanco de la &ación dentro del pla"o de die" (1! d#as posteriores, el monto de los descuentos reali"ados (D. 1=1 D'/2/ del 13 de abril de 16=- y ..D. 163 611D&/8 del 16 de junio de 1661!.
*. APORTES DEL EMPLEADOR *.1. ESSALUD /l aporte a /salud es de cargo del empleador y e>uivale al nueve (6! de la remuneración asegurable. 'ara este efecto se considera remuneración asegurable la establecida por los art#culos +* y =* del Decreto upremo &* 36=2 y los art#culo 16* y -* del Decreto upremo &* 16=2. /s importante precisar >ue en materia de subsidio, /salud reali"a el pago directamente al trabajador de construcción civil >ue tiene una incapacidad sea por enfermedad o maternidad. s# también, reali"a el pago de subsidio de lactancia y los gastos de sepelio.
*.*. Se-ro Co$p#e$entrio &e Tr(0o &e Rieso 2SCTR" /l eguro 8omplementario de 2rabajo en iesgo fue creado mediante la Ley &* -+=6 y otorga cobertura por accidente de trabajo y enfermedades profesionales a los afiliados regulares del eguro ocial de alud, y >ue laboran en un centro de trabajo en el >ue la entidad empleadora reali"a actividades de riesgo. La actividad de construcción civil se encuentra considerada como una actividad de riesgo, de acuerdo con el ne7o 5 de la Ley &* -+=6, Ley de Ioderni"ación de la eguridad ocial y el Decreto upremo &* 36G.
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO /ste seguro comprende las siguientes coberturas:
" Co(ert-r &e s#-& por tr(0o &e rieso 2iene por objetivo cubrir las prestaciones de asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional atención médica farmacológica, $ospitalaria y >uirHrgica cual>uiera fuere el nivel de complejidad de la lesión, $asta la recuperación total del asegurado, o en su defecto, la declaratoria de invalide" permanente total o parcial o el fallecimiento aparatos ortopédicos y prótesis re$abilitación y readaptación laboral >ue podr? ser contratada libremente con /salud o una /ntidad 'restadora de alud y >ue no incluye los subsidios económicos tales como incapacidad temporal, maternidad, lactancia >ue son de cargo de /salud.
(" Co(ert-r &e in)#i&e3 4 sepe#io por tr(0o &e rieso. 2iene por finalidad otorgar las pensiones de invalide" total o parcial temporal o permanente, o de sobrevivientes as# como la de cubrir los gastos de sepelio. egHn lo establecido en el art#culo -1* del Decreto upremo &* 36G, la cobertura de invalide" y sepelio por trabajo de riesgo ser? contratada por el empleador a su libre elección con la %&' o las 8ompaA#as de eguros, constituidas y establecidas conforme a la normativa de la uperintendencia de Eanca y eguros.
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Se-ro &e Vi&
Los empleadores de la construcción civil, conforme lo seAalado por el convenio de 8onstrucción -G-6, deben reali"ar la contratación a favor de sus trabajadores con contrato vigente de la póli"a de seguro /salud ; @ida, cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor a -5 92.
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II.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
/n relación al tema de la eguridad y alud en el 2rabajo, encontramos una regulación genérica establecida en la Ley &* -6=G3 y el Decreto upremo &* 5 -1-2 y en las normas especiales sectoriales del sector de la construcción: la norma B. 5, la &orma 2écnica de /dificaciones /1-, >ue regula la seguridad durante la construcción, las normas b?sica de seguridad e $igiene en obras de edificación, entre otras. /n tal sentido, entre las principales obligaciones >ue re>uiere la utoridad dministrativa de 2rabajo, encontramos: •
La elaboración de un plan de seguridad y obra, el mismo >ue deber? garanti"ar la integridad f#sica y salud de los trabajadores sea éstos de contratación directa o subcontratista. /ste plan deber? estar colocado en un
• •
lugar visible. Jue la obra cuente con un supervisor. La conformación de un comité de seguridad, el cual debe estar constituido de la siguiente forma: $asta - trabajadores, es necesario contar con un profesional responsable. De - a 1, adem?s de este profesional con un representante de los trabajadores y con m?s de 1, se debe contar con un ingeniero especialista en seguridad, un ingeniero responsable y un
•
representante de los trabajadores. n registro de accidentes e incidentes en el >ue deber? constar las
•
investigaciones reali"adas y medidas correctivas impuestas. La implementación de medidas correctivas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
/n relación a los re>uisitos de car?cter técnico e7igidos por la normativa de seguridad y salud en el sector de la construcción, encontramos las siguientes:
" Ls Nor$s B5si%s &e Se-ri&& e 6iiene en O(rs &e E&i/i%%in, aprobado por la esolución uprema &F -1G32, del -3 de mar"o de 16G3!. /sta norma tiene por finalidad precisar las condiciones m#nimas de seguridad e $igiene en obras de edificación, con el objeto de prevenir los 5
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO riesgos ocupacionales y proteger la salud e integridad f#sica y mental de los trabajadores, obligando tanto al empleador como al trabajador a cumplir con reglas relativas a: De la circulación, orden y limpie"a, iluminación y seAali"ación, De las /7cavaciones, Del iesgo de ltura, De la Ia>uinaria, De las /scaleras y ampas, De los ndamios, De la /lectricidad, De la 'rotección 'ersonal, De las 9nstalaciones provisionales. • • • • • • • • •
(" Nor$ T7%ni% G.898 :Se-ri&& &-rnte # %onstr-%%in;' in $aber derogado las normas b?sicas de seguridad e $igiene en obras de edificación se e7pidió la &orma /1- Keguridad durante la 8onstrucción aprobada mediante esolución Iinisterial &* C-=-1I28415.C del 16 de setiembre de -1 incluyéndola en el eglamento &acional de /dificaciones con la finalidad de ampliar los alcances de la norma vigente. 'osteriormente, se e7pidió la esolución Iinisterial &F -6-5@9@9/&D del -C de noviembre de -5, >ue aprueba la norma 2écnica B.5 eguridad durante la construcción, vigente desde el G de junio de -+, conteniendo esta norma el mismo contenido de /1- del aAo -1. La &orma 2écnica B.5 tiene por finalidad especificar las consideraciones m#nimas indispensables de seguridad en las actividades de construcción civil incluidos trabajos de montaje y desmontaje y tiene como ?mbito de aplicación: todas las actividades de construcción (trabajos de edificación, obras de uso pHblico, trabajos de montaje, y desmontaje, cual>uier proceso de operación y transporte en las obras, desde la preparación $asta la conclusión del proyecto!. /s importante seAalar >ue mediante 8onvenio 8olectivo -+-=, se reintegró lo seAalado en anteriores convenios >ue los presupuestos de obra deber?n consignar una partida espec#fica para gastos de seguridad en las obras, en
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO cumplimiento de la &orma 2écnica K/ 1- de eguridad en la 8onstrucción y otras de car?cter complementario. simismo, mediante 8onvenio 8olectivo -G -6 se $a establecido >ue 8'/8% debe promover c$arlas en materia de seguridad laboral para sus trabajadores de construcción civil. s#, también, la 0ederación de 2rabajadores de 8onstrucción 8ivil del 'erH deber? impulsar entre sus agremiados el uso obligatorio de los implementos y accesorios de seguridad >ue proporcionen los constructores de obras. 0inalmente, el 8onvenio 8olectivo -1 -11 manifiesta >ue tanto 8'/8% como la 0ederación de 2rabajadores de 8onstrucción 8ivil del 'erH deber?n desarrollar un y4o actividad en el transcurso del aAo de difusión de las pol#ticas de prevención de riesgos laborales dirigido a los empleadores, trabajadores, el /stado y los organismos supervisores en la materia, con la finalidad de minimi"ar los #ndices de siniestralidad en el sector construcción.
III.
LA JUBILACIÓN EN EL R
Los trabajadores de construcción civil se encuentra bajo el régimen de jubilación anticipada para afiliados >ue reali"an labores de riesgo para la vida y la salud. /ste régimen se estableció con la finalidad de >ue las personas >ue reali"an este tipo de trabajo puedan jubilarse a una edad m?s temprana. Las labores comprendidas son: e7tracción minera subterr?nea e7tracción minera a tajo abierto trabajadores en centros de producción mineros, metalHrgicos y siderHrgicos e7puestos a riesgos de to7icidad, peligrosidad e insalubridad y trabajadores >ue realicen trabajos de construcción civil. /st?n incluidos obligatoriamente todos los trabajadores >ue reali"an labores de riesgo, el cual les permite jubilarse a una edad anticipada mediante un aporte complementario. Dentro de los re>uisitos >ue se e7igen tenemos el contar con veinte (-! aAos completos de aportación al sistema administrado por la %&' o al istema 'rivado
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ABOG.- DANIEL ROMERO ARROYO de 'ensiones con anterioridad al 31.1-.-C y >ue el afiliado tenga 5 aAos de edad. De acuerdo con la normativa, la tasa de aporte complementario se aplicar? para trabajadores de construcción civil (-! sobre la remuneración. /ste aporte complementario en el caso de los trabajadores de construcción civil es de 1 a cuenta del trabajador y 1 a cuenta del empleador. Los aportes se acumulan en la cuenta individual del trabajador. medida >ue se va reali"ando los aportes complementarios, los trabajadores de construcción civil podr?n descontar de la edad legal de jubilación un aAo por cada treinta y seis (3+! meses de aporte con la tasa complementaria.
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