Asesoría Jurídica Profesional Lic. Ana Karen Ruiz Díaz. Cedula Profesional: 6310817. Postulante en Abogacía. EXPEDIENTE NÚMERO:______ MAYRA ZAVALETA PADILLA VS ANDROS ALFONSO MADARIAGA CONTROVERSIA DEL ORDEN CIVIL (JUICIO DE REIVINDICATORIA) C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO. P R E S E N T E.mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio domicilio Mayra Zavaleta Zavaleta Padilla Padilla mexicana, para oír y recibir toda clases de notificaciones Asesoría Jurídica Profesional, ubicad ubicado o en Andador Andador de la 6ª Norte entre 2ª y 3ª Oriente Oriente Número Número 368, de esta ciudad capital, autorizando a la C. Lic. Ana Karen Ruiz Díaz, quien ejerce la prof profe esión de licenciado en dere erecho con con Cédula Profesio sional Número 6310817debidamente expedida por la Secretaría de Educación Pública, ante usted respetuosamente comparezco para exponer: Que por medio del presente presente escrito vengo a demandar demandar en la vía Ordinaria Civil al Sr. Andros Alfonso Madariaga, quien puede ser emplazado en la casa marcada marcada con el número número 13, de la calle Cintalap Cintalapa, a, col. El Issste, Issste, de esta ciudad ciudad capital, capital, ejercitando la ACCIÓN REIVINDICATORIA y demandando las siguientes,
PRESTACIONES: a) La declaració declaración n de que soy soy propietario propietario de de la casa marcada con con el número número 13 de la calle Cintalapa, col. El Issste de esta ciudad. b) La desocupació desocupación n y entrega al suscrito suscrito del inmuebl inmueble e mencionado mencionado en el inciso inciso anterior con sus frutos, accesiones, y los frutos de los frutos. c) El pago pago de gastos gastos y costas costas que se generen generen con con motivo motivo del present presente e juicio. juicio. Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
HECHOS: PRIMERO.- Tal y como consta en el primer testimonio de escritura numero dos mil diecisiete, el cual se adjunta a este escrito, expedido por el Notario Público Número 100 de esta ciudad, Licenciado Víctor Hugo Landeros Rocha, el día dos de febrero del dos mil uno, adquirí por compraventa, de la señora Adriana Alamias Ventura, la casa habitación ubicado en la calle Cintalapa, col. El Issste, con número 13, de esta Ciudad. SEGUNDO.- El terreno en que está construida la casa determinada en el hecho que antecede, tiene las siguientes medidas y colindancias: Al norte, en treinta y cinco metros, colinda con la casa habitación de la señora Elisabeth Hernández Mendoza; Al sur, en treinta y cinco metros, colinda con la casa habitación del señor Elpidio Albores Serrano; Al oriente, en cuarenta y cinco metros, colinda con la casa habitación del señor Luis Enrique Vázquez Saldaña; Y, al poniente, en cuarenta y cinco metros, colinda con la novena aven aveniida sur. sur. Est Estas medi medida dass y col colinda indanc ncia iass apare pareccen en el capi capitu tulo lo de antecedentes del contrato de compraventa a que se refiere el punto anterior.
Andador de la 6ª Norte entre 2ª y 3ª Oriente Número 368, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Teléfono: 61-1-16-85 y 961-14-4-02-18. 961-14-4-02-18. Correo:
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Asesoría Jurídica Profesional Lic. Ana Karen Ruiz Díaz. Cedula Profesional: 6310817. Postulante en Abogacía. TERCERO.- Según se comprueba con la constancia de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que aparece al calce del testimonio de escritura que acompaño a esa demanda, la casa habitación ubicada en calle Cintalapa, Col. El Issste de esta ciudad, están inscritos a mi nombre en el citado Registro Publico, desde el día doce de febrero del dos mil uno. CUARTO.- Es el caso que, el suscrito tenía celebrado contrato de arrendamiento con un tercero, señor Orbelin Santaana Torres , tal y como lo acredito con el contrato de arrendamiento que se acompaña a este escrito; Y, hace dos años aproximadamente, me presenté en el inmueble de marras con el objeto de cobrar la renta del mes de Mayo del dos mil trece; Sin embargo, me encontré con el hecho de que el inquilino había desocupado el inmueble arrendado y, en su lugar, se encontraba ocupando la casa habitación materia de este juicio el hoy demandado, señor Andros Alfonso Madariaga, sin titulo alguno para poseer y con pretensiones de poseer el inmueble citado a título de dueño. QUINTO.- Luego entonces, desde el mes de Mayo del año dos mil trece, el señor Andros Alfonso Madariaga, hoy demandado, está en posesión del inmueble materia de este juicio, de mala fe y sin título alguno; Y, a pesar de las gestiones extrajudiciales que he realizado para recuperar el inmueble de mi propiedad, no lo he logrado, por lo que me veo en la necesidad de demandar en la forma y que lo hago. Los anteriores hechos les constan a los Cc. Sr. Jorge Alejandro Ruiz Cruz y Sra. María de los Ángeles Meneses Gonzales. DERECHO: En cuanto al fondo son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 800, 825 y demás relativos del Código Civil para el Estado de Chiapas. El procedimiento a seguir se encuentra regulado por lo que establecen los artículos 268, 269 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas. Por lo expuesto, A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva: PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, documentos y copias que acompaño, demandando en la Vía Ordinaria Civil y en ejercicio de la acción reivindicatoria, las prestaciones que señalo en el proemio. SEGUNDO.- Admitir la demanda y ordenar se emplace al demandado para que la conteste dentro del termino de ley. TERCERO.- En su oportunidad y previos los tramites de ley, dictar sentencia definitiva en la que se declare la procedencia de la acción y se condene al demandado al cumplimiento de las prestaciones que le reclamo en este juicio. PROTESTO LO NECESARIO ______________________________
MAYRA ZAVALETA PADILLA Andador de la 6ª Norte entre 2ª y 3ª Oriente Número 368, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Teléfono: 61-1-16-85 y 961-14-4-02-18. Correo:
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Asesoría Jurídica Profesional Lic. Ana Karen Ruiz Díaz. Cedula Profesional: 6310817. Postulante en Abogacía. TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, A 20 DE OCTUBRE DE 2013.
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