SE'!# "UE( DEL "U()AD! ESPECIALI(AD! CI*IL DE LA C!#E SUPE#I!# DE "USICIA DE A#E+UIPA. P!#,I#I! SUCASACA #!D#$)UE( identi-icado con D.N.I. Nro. /2 3 "USINA ELISA *A#)AS 45NE( identi-icada con D.N.I. Nro. / a67os con direcci8n do6iciliaria en el lote 19 de la Manana ;A< de la Ur7aniaci8n #odantes del Sur del distrito de "os= Luis &usta6ante 3 #i>ero? se@alando do6icilio procesal en la calle Col8n 11 !-. 119? s8tano del edi-icio ;El Eecuti>o<. A Ud. digo: I.- NOMB NO MBR RE Y DIRE DI RECCCIÓN CI ÓN DOMIC OM ICIILIAR LI ARIIA DE LOS LO S DEMA DE MAND NDAD ADO OS.
La presente de6anda la dirio en contra de don ,BLI #AL #!SPI)LI!SI M!#A((ANI 3 ELSA MA#$A *E#NE MA#$N DE #!SPI)LI!SI a67os con direcci8n do6iciliaria en la Ur7aniaci8n 1 de !ctu7re AF del distrito de Cerro Colorado. II.- PETITORIO. PRETENSIÓN PRINCIPAL.
Interpongo de6anda de NULIDAD DE AC! "U#$DIC! P!# LA CAUSAL DE SIMULACI%N A&S!LUA a e-ecto Gue se declare la nulidad del contrato de co6pra >enta del in6ue7le signado co6o lote 19 de la 6anana ;A< de la Asociaci8n pro >i>ienda del Sur del distrito de "os= Luis &usta6ante 3 #i>ero. PRETENSIÓN ACCESORIA.
En -or6a de acu6ulaci8n o7eti>a originaria 3 accesoria solicito LA CANCELACI%N DEL ASIEN! #E)IS#AL DE LA ,ICHA N 9JJ0 del #egistro de la Propiedad in6ue7le de los #egistros pK7licos de AreGuipa en la Gue se inscri7i8 el acto urdico cu3a nulidad se solicita. III.- HECHOS EN QUE QU E SE FUNDAMENTO NT O EL PET PE TITORIO.
1. +ue? los los recurren recurrentes tes so6os so6os 3 e6os e6os sido propiet propietario arioss del in6ue7le in6ue7le signado signado co6o co6o lote 19 de de la 6anana A de la Asociaci8n pro >i>ienda #odantes del Sur del distrito de "os= Luis &usta6ante 3 #i>ero. . +ue? a principios del a@o 001 tu>i6os tu>i6os serios serios pro7le6as pro7le6as econ86icos econ86icos por por lo Gue Gue 7usca6os 7usca6os a personas Gue nos dieran un pr=sta6o de dinero. Es en estas circunstancias Gue conoci6os a los de6andados ,BLI #AL #!SPI)LI!SI M!#A((ANI 3 ELSA MA#$A *E#NE MA#$N DE
#ESPI)LI!SI? Guienes accedieron a darnos un cr=dito? sin e67argo pusieron co6o condici8n Gue nuestro in6ue7le u7icado en la Asociaci8n pro >i>ienda #odantes del Sur lote 19 de la 6anana A del distrito de "os= Luis &usta6ante 3E#i>ero sir>iera co6o )A#AN$A es decir Gue se realice una ipoteca. 2. +ue? a e-ecto de realiar el instru6ento pK7lico? con -eca de 6aro del 001 nos constitui6os ante Notario PK7lico ,ernando &egao Delgado donde despu=s de -ir6ar el docu6ento nos presentaron la cantidad de US 1?100.00 OMIL CIEN D%LA#ES AME#ICAN!S? posterior6ente nos au6entaron la su6a US 200.00 O#ESCIEN!S D%LA#ES AME#ICAN!E 3 luego la su6a 1?200.00 OMIL #ESCIEN!S D%LA#ES AME#ICAN!S? acto inscrito en la ,ica #egistral N 9JJ0 del #egistro de la Propiedad in6ue7le de los #egistros PK7licos de AreGuipaQ sin e67argo en -or6a posterior nos entera6os Gue en >erdad no a7a6os -ir6ado una ipoteca sino una co6pra >enta? es decir se a7an apro>ecado de nuestra necesidad econ86ica 3 nuestra poca preparaci8n cultural 9. +ue? sin e67argo son los 6is6os de6andado Gue reconocen la Si6ulaci8n A7soluta del acto Gue realia6os tal 3 co6o consta en el Acta de Conciliaci8n Nro. 01R002 del 1 de enero del 002 lle>ado a ca7o en el Centro de Conciliaci8n DE#RPA( en su acuerdo conciliatorio otal. En el punto E#CE#! Gue indica: ;Una >e: cu6plido el pago de la deuda por los esposos SUCASACA *argas el F de enero del 00 los esposos #ospigliosi *erne se co6pro6eten a trans-erir el in6ue7le u7icado en la Asociaci8n pro >i>ienda #odantes del Sur Lote Nro. 19? Man:ana A? del distrito de "os= Luis &usta6ante 3 #i>ero? el 6is6o Gue se encuentra a su no67re por QUE
FUERA DADO EN CALIDAD DE GARANTÍA por la deuda contrada< dica acta se encuentra
de7ida6ente -ir6ada 3 con la i6presi8n digital de los de6andados 3 el conciliador. F. +ue? es apro>ecando de esta supuesta titularidad los de6andados pretenden desaloar6e del in6ue7le tal co6o se aprecia de la de6anda del Expediente 009R1? Especialista Legal Dr. LuGuee Pinto del +uinto "ugado Especialiado en lo Ci>il de la Corte Superior de AreGuipa. IV.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL PETITORIO.
+ue en el caso Su7 udice se >eri-ica Gue no existe congruencia entre la >oluntad declarada 3 la >oluntad interna? es decir? no contiene la >erdadera >oluntad de las partes? los se@ores P!#,I#I! SUCASACA #!D#$)UE( 3 "USINA ELISA *A#)AS 45NE( lo Gue Gueran era otorgar su >i>ienda co6o garanta por un cr=dito? pero nunca trans-erir la propiedad del in6ue7le 3 dico desconoci6iento ta67i=n a sido reconocido por los supuestos adGuirientes? estando a ello se >eri-ican los supuestos de eco del Inc. F del Art. 1/ del C. C. V.- MONTO DEL PETITORIO.
El 6onto del petitorio en >irtud de ser una Acci8n Declarati>a no se puede deter6inar ni cuanti-icar por ser inaprecia7le en dinero.
VI.- VÍA PROCEDIMENTAL .
La presente de6anda le corresponde tra6itarse en la >a procedi6ental del proceso de C!N!CIMIEN!? de acuerdo al Inc. 1 del Art. 9F del C. P. C. por no tener *a Procedi6ental propia? por la naturalea de la acci8n 3 la co6pleidad de la pretensi8n. VII.- MEDIOS PROBATORIOS.
Aco6pa@o los siguientes 6edios de prue7a: 1. El esti6onio de la Escritura PK7lica del Contrato de Co6pra >enta del in6ue7le u7icado en la Asociaci8n pro >i>ienda #odantes del Sur Lote Nro. 19? Manana A del distrito de "os= Luis &usta6ante 3 #i>ero de -eca de 6aro del 001 cele7rado ante el Notario ,ernando &egao Delgado? inscrito en la -ica #egistral 9JJ0 del #egistro de la Propiedad In6ue7le de los #egistros PK7licos de AreGuipa. . El ACA DE C!NCILIACI%N Nro. 01R002 del 1 de enero del 002 del Centro de Conciliaci8n DE#RPA( en su acuerdo conciliatorio total en el punto E#CE#! se acredita el reconoci6iento de los de6andados Gue el acto de co6pra >enta es si6ulado. VIII.- ANEXOS:
1RA.R Copia Si6ple de los docu6entos de identidad de los recurrentes. 1R&.R esti6onio de la escritura PK7lica del contrato de co6pra >enta del in6ue7le. 1RC.R Acta de conciliaci8n N 01R002 del 1 de Enero ? del Centro de Conciliaci8n DE#RPA(. P!# L! EPUES!: A Ud. se@or ue pido ad6itir a tr6ite la presente de6anda Declarndola ,UNDADA en su oportunidad. AreGuipa? 10 de unio de 009