INSTRUMENTOS PARA LA DEFENSA DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALADescripción completa
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Descripción: Síndrome constitucional caquexia medicina pérdida de peso síndrome general afectación general anorexia astenia
Cátedra sobre Constitucional Colombiano
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Es la estructura de una sociedad basado en el orden natural.Descripción completa
MEDIO DE DEFENSA EN EL ORDEN ORD EN CONSTITUCIONAL
La Constitución guatemalteca, por ser una Constitución rígida y escrita, necesita para ser modificada, un procedimiento especial y solemne, que garantiza la estabilidad y permanencia de su contenido. Debido a esto la constitución guatemalteca establece la teoría de la defensa de la
Constitución, con motivo de asegurar a sí misma su integridad, lo cual es posible a través de la instrumentalización de mecanismos de control que garantizan el mantenimiento del principio de supremacía constitucional. los medios de defensa del orden constitucional pueden clasificarse de la siguiente manera: a) Preventivos b) Represivos c) Reparadores
EXPLICACION DE LOS PREVENTIVOS Estos son lo que se contemplan dentro de sí misma para establecer topes al ejercicio de la autoridad frente a determinados derechos individuales o sociales. Dentro de estos medios de control es donde encuentra su fundamento el dictamen y la opinión consultiva, que son funciones propias de la Corte de Constitucionalidad.
que existir una relación ideal y lógica entre el acto señalado como agraviante, el derecho vulnerado y la protección requerida. PRINCIPIO DE LA PROSECUCION JUDICIAL DEL AMPARO Su tramitación se suscita en un debate o controversia , entre el sujeto activo y el pasivo del proceso lo que implica necesariamente que el mismo se desarrolle a través de un proceso judicial . art. 33 al 41 ley de amparo PRINCIPIO DE LA SENTENCIA DE AMPARO Radica en que la protección se otorga única y exclusivamente a favor del perjudicado sub que alcance a otras personas. PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD Consiste que el amparo solamente puede prosperar en casos excepcionales si una ves agotadas todas las instancia y procedimientos de las jurisdicciones competencia ordinarias, subsiste el hecho o acto agraviante. PRINCIPIO DE ESTRICTO DERECHO O DE CONGRUENCIA Consiste en el fallo debe concretarse a examinar la violación denunciada es decir el análisis confrontativo entre el acto denunciado los preceptos constitucionales supuestamente contravenidos y los elementos facticos que basan la acción. PRINCIPIO DE LIMITACION DE PRUEBA Y RECURSOS Se relación con la prueba , la cual únicamente se pueden tener como medios de convicción
Procederá contra los actos, resoluciones, disposiciones o leyes de autoridad que lleven implícito una amenaza, restricción o violación a los derechos que la constitución y las leyes garantizan. (no hay ámbito que no sea susceptible de amparo)
De los antecedentes: (Recibidos) emite resolución: Otorga o deniega la acción de Amparo provisional. Interposición de la demanda: (acción de amparo), se solicita el amparo provisional.
Tribunal emite resolución: En ella se admite o rechaza el amparo.
Se da vista por el plazo común de 48 horas.
Ordena que le envíen los antecedentes o informes circunstanciado dentro de las 48 horas
A quien plantea el Amparo.
A quienes se les da vista:
Se evacúa el Plazo: (Con memorial), se solicita que se abra a prueba.
A la autoridad impugnada. Al Ministerio Público. A los interesados en calidad de tercero. A la Inspección de Trabajo (Plano laboral
Emite Resolución: abriendo a prueba por 8 días (si hay hechos que esclarecer).
Sentencia: Dentro del 3er. día.
Concluido el período de Prueba: Se da audiencia a las partes por 48 horas (se evacua con un memorial), y se solicita vista pública o escrita.
Recurso de Apelación
Emite resolución: en la cual se señala día para la vista.