MARTÍNEZ RANGEL LUIS ALFREDO
DIP-1
¿Cuáles son las formas para adquirir la nacionalidad mexicana, si se nació extranjero?
¿Cómo se adquiere la nacionalidad mexicana? Conforme al Artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,, la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por Mexicanos naturalización.
La nacionalidad mexicana por nacimiento El apartado A) del citado Artículo establece que son mexicanos por nacimiento: I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres; II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional; III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes. Si usted es mexicano, nacido en México, y tiene hijos menores de edad nacidos en España, regístrelos en la Sección Consular de la Embajada de México en España o en el Consulado de México en Barcelona conforme a la circunscripción consular de esas oficinas . Los Consulados Honorarios de México no tienen funciones para llevar a cabo actos de registro civil, y por ende no pueden inscribir el nacimiento o defunción de un mexicano, así como tampoco pueden registrar el matrimonio de mexicanos.
La nacionalidad mexicana por naturalización El apartado B) del Artículo 30 Constitucional establece que son mexicanos por naturalización: I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización. II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley. Los trámites de naturalización mexicana, incluido casos de cónyuges de mexicanos, se realizan ante la Dirección de Nacionalidad, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
MARTÍNEZ RANGEL LUIS ALFREDO
DIP-1
Se sugiere visitar el sitio de Internet de la citada Dirección, el cual contiene información sobre el trámite de naturalización, enunciando ocho supuestos por los cuales un extranjero (a) puede nacionalizarse mexicano: http://www.sre.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios/nacionalidad-ynaturalizacion
¿Cuáles son las formas para perder la nacionalidad mexicana?
Artículo 37. A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
I.
Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y
II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero. C) La ciudadanía mexicana se pierde: I.
Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
II. Por prestar voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero, sin permiso del Ejecutivo Federal;
III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Ejecutivo Federal.
MARTÍNEZ RANGEL LUIS ALFREDO
DIP-1
El Presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán libremente aceptar y usar condecoraciones extranjeras;
IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previo permiso del Ejecutivo Federal, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden aceptarse libremente;
V. Por ayudar, en contra de la Nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero, en cualquier reclamación diplomática o ante un tribunal internacional, y
VI. En los demás casos que fijan las leyes.
Conflictos de Doble Nacionalidad. Tener doble o múltiples nacionalidades puede traer algunos beneficios tales como oportunidades de empleo, derecho a acceder a beneficios sociales (tales como educación, cuidados médicos, pensiones), derechos de propiedad y derechos de residencia irrestricta.
Si tengo otra nacionalidad además de la mexicana y salgo de viaje al extranjero, ¿hay algo que deba hacer?
En términos de viaje, cuando una persona mexicana cuenta con alguna otra nacionalidad es importante que en su salida o arribo al territorio nacional "se ostente, sin excepción, como nacional" de México (Ley de Nacionalidad, art.12). Si tienes la doble nacionalidad y viajas al país de tu otra nacionalidad pudieras tener que enfrentar algunas situaciones tales como: La obligación de realizar el servicio militar; Enfrentar procesos legales por ofensas contra las leyes de ese país, aún si fueron cometidas en el extranjero;
Obligaciones fiscales;
No reconocimiento de tu nacionalidad mexicana por parte del otro país;
Protección consular limitada por parte de México.
Por ello, si cuentas con otra nacionalidad, además de la mexicana, y piensas viajar al país del que también eres nacional, es recomendable que contactes a la
MARTÍNEZ RANGEL LUIS ALFREDO
DIP-1
embajada o consulado de ese país más cercanos a tu domicilio en México, para conocer tus derechos y obligaciones. Recuerda que mientras estés en el país
de tu otra nacionalidad, el gobierno de México no podrá brindarte protección consular y se te tratará como nacional de ese país.
Pérdida de derechos civiles y políticos. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone: Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: I.
II. III. IV. V.
Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley; Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión; Durante la extinción de una pena corporal; Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes; Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal
El Código Penal Federal en su precepto 45 expresamente hace la distinción, al establecer que la suspensión es de dos clases: I. la que por ministerio de la ley resulta de una sanción como consecuencia necesaria de ésta, y II. la que por sentencia formal se impone como sanción. ¿Qué es el domicilio? El domicilio es, en sentido jurídico, un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella. ¿Qué es la domiciliación? Artículo 29.- El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto, el lugar donde se encontraren. Se presume que una persona reside habitualmente en un lugar, cuando permanezca en él por más de seis mes Código Civil Federal Tipos de Domicilio
MARTÍNEZ RANGEL LUIS ALFREDO
DIP-1
Artículo 30. El domicilio legal de una persona física es el lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente.
Artículo 33. Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración.
Artículo 34. Se tiene derecho de designar un domicilio convencional para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
Artículo 163. Los cónyuges vivirán juntos en el domicilio conyugal. Se considera domicilio conyugal, el lugar establecido de común acuerdo por los cónyuges, en el cual ambos disfrutan de autoridad propia y consideraciones iguales. ¿Qué implica su mal manejo? Se debe tener especial cuidado en el manejo de documentos, como la credencial de elector, número de seguro social, acta de nacimiento, licencia de manejo y cédula profesional; ya que estos pueden ser falsificados. El robo de identidad es un problema que en los últimos años se ha incrementado con el uso de Internet y el comercio electrónico ¿Qué es la usurpación de la personalidad? El robo de identidad (Identity theft o "ID theft") se produce cuando una persona adquiere, transfiere, posee o utiliza información personal de una persona física o jurídica de forma no autorizada, con la intención de efectuar o vincularlo con algún fraude u otro delito. La identidad la constituyen datos personales como el nombre, teléfono, domicilio, fotografías, huellas dactilares, números de licencia y de seguridad social; números de tarjeta de crédito y de cuentas bancarias; nombres de usuario y contraseñas; incluyendo información financiera o médica, así como cualquier otro dato que permita identificar a una persona. ¿Cuándo es la importancia del buen manejo de los atributos de la personalidad? El robo de identidad (Identity theft o "ID theft") se produce cuando una persona adquiere, transfiere, posee o utiliza información personal de una persona física o jurídica de forma no autorizada, con la intención de efectuar o vincularlo con algún fraude u otro delito. La identidad la constituyen datos personales como el nombre, teléfono, domicilio, fotografías, huellas dactilares, números de licencia y de seguridad social; números de tarjeta de crédito y de cuentas bancarias; nombres de usuario y contraseñas; incluyendo información financiera o médica, así como cualquier otro dato que permita identificar a una persona.