En este documento se describen los diferentes tipos de control interno además de su definición.Descripción completa
Clasifica las dominantes según su función, según sus extensiones y según el lugar dónde resuelvenDescripción completa
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Descripción: clases de geodesia satelital
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Clases de normas jurídicas: El hecho que la mayoría de las normas jurídicas tengan un origen muy diverso y puede dar lugar a dos tipos de fuentes.
a)Fue a)Fuente ntes s materi materiale ales s del del derech derecho: o: Los difere diferente ntes s sujeto sujetos s u órgano órganos s con con capacidad para crear normas jurídicas (cmaras legislativas. !)Fuentes formales del derecho: "iferentes formas a trav#s de las que se manifiestan las leyes como las leyes$los decretos$etc.
%or esta variedad se generan normas jurídicas de distinto tipo: !ien sean por su función(las normas pueden ser de conducta o de organi&ación) o si atendemos al criterio del sujeto u órgano del que emanan las normas: Leyes(cualquier tipo de norma dictada por los órganos legislativos) 'ormas onsuetudinarias (creadas a trav#s de la costum!re juridica) 'ormas urisprudenciales (procedentes de la actividad judicial). 'ormas ontractuales(disposiciones contenidas en las clausulas esta!lecidas por las partes en los contratos.
Normas jurídicas: características *e dice dice que que las las norm normas as jurí jurídi dica cas s son son regl reglas as de cond conduc ucta ta !ila !ilate tera rale les s o imperativo atri!utivas$ e+teriores$ coerci!les y heterónomas. ,ue estas normas sean !ilaterales significa que una o!ligación jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un derecho en favor de otra persona para e+igir el cumplimiento de la misma. Las normas jurídicas son e+teriores$ lo que significa que e+igen una conducta fundamentalmente e+terna (-) *in em!argo$ tam!i#n es cierto que en muchos caso casos s atri atri!u !uy yen cons consec ecue uenc ncia ias s jurí jurídi dica cas s a los los aspe aspect ctos os ínti íntimo mos s del del comportamiento individual. *e califica de coerci!les a las normas jurídicas porque si no son cumplidas volunt voluntari ariame amente nte por los o!liga o!ligados dos$$ puede puede el Estado Estado e+igir e+igir su cumpli cumplimie miento nto incluso por la fuer&a. La heteronomía de las normas jurídicas significa que el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma$ y #sta le o!liga aun cuando no sea reconocida por dicho destinatario.
Estructura de los ordenamientos jurídicos: E+isten muchas normas jurídicas tales como leyes$ sentencias judiciales$ contratos etc. Las normas jurídicas tienen relación de manera tal que para que una norma sea vlida de!e ser creada mediante la aplicación de una norma jurídica pre e+istente. En la pirmide de elsen$ se esta!lece la jerarquía que no es ms que un orden de mando entre ellas$ u!icando así a la onstitución en lo alto de la pirmide y de manera descendiente a las normas jurídicas con menor jerarquía. *eg/n 0ans elsen para que el ordenamiento jurídico fuera efectivo de!ía e+istir una norma m+ima o suprema que constituyera así el punto de partida para la ela!oración de otras leyes.
3CLASIFICACION DE LAS NORMAS JRIDICAS riterios de clasificación: 1.
1. "esde el punto de vista del sistema a que pertenecen.
2.
2. "esde el punto de vista de su fuente.
3.
3. "esde el punto de vista de su m!ito espacial de valide&.
4.
4. "esde el punto de vista de su m!ito temporal de valide&.
5.
5. "esde el punto de vista de su m!ito material de valide&.
6.
6. "esde el punto de vista de su m!ito personal de valide&.
7.
7. "esde el punto de vista de su jerarquía.
8.
8. "esde el punto de vista de sus sanciones.
9.
9. "esde el punto de vista de su cualidad.
1.
1. "esde el punto de vista de sus relaciones de complementación.
11. 11. "esde el punto de vista de sus relaciones con la voluntad de los particulares.
CLASIFICACI!N DE LAS NORMAS JR"DICAS DESDE EL #N$O DE %IS$A DEL SIS$EMA A &E #ER$ENECEN . 1.
2. ;oda norma de "erecho pertenece a un sistema. *istema es el conjunto de principios so!re una materia enla&ados entre sí y formando un cuerpo de doctrina< en este sentido las normas estn relacionadas entre sí hasta llegar a una de superior jerarquía llamada ley fundamental$ que en este caso es la onstitución =e+icana a la cual todos los preceptos se hallan su!ordinados. "esde #ste punto de vista$ de la pertenencia o no a un sistema cualquiera$ se dividen los preceptos en:
a) 'acionales.> Las que pertenecen al sistema jurídico de un país determinado y se aplican a #ste. Ejemplo: art. 1 de la %E?= !) E+tranjeras.> Las que pertenecen al ordenamiento jurídico de un país distinto. Ejemplo: @rt. 1 de la %E?'. c) ?niformes (Anternacionales).> @quellas que se aplican en dos o ms países a la ve&$ por disposición voluntaria de esas naciones a trav#s de un tratado$ por ejemplo. Ejemplo: ódigo @duanero entroamericano.
' CLASIFICACI!N DE LAS NORMAS JR"DICAS DESDE EL #N$O DE %IS$A DE S FEN$E' @) Escritas (leyes o normas): *on aquellas normas ela!oradas por los órganos facultados para ello. En nuestro país es el %oder Legislativo y reci!en el nom!re de leyes. !) 'o escritas: ;am!i#n llamadas consuetudinarias$ ya porque provienen de la costum!re< es decir$ de la repetición ms o menos reiterada de cierta conducta que alcan&a el carcter de o!ligatoriedad. c)urisprudenciales: *on las normas que provienen de la actividad de ciertos tri!unales que$ al emitir sus resoluciones un determinado n/mero de veces$ las producen.
' CLASIFICACI!N DE LAS NORMAS #OR S (M)I$O ES#ACIAL DE %ALIDE*. a)Benerales (Federales): Las que se aplican en todo el territorio del Estado$ lo que equivaldría en =#+ico a las Federales$ que se aplican en toda la Cep/!lica< ejemplo: la ley Federal del ;ra!ajo. !)Locales: @quellas normas que sólo se aplican en una parte del Estado o %aís. En =#+ico encontraríamos las Estatales$ que sólo tienen vigencia dentro de los límites de una Entidad Federativa. Ejemplo: ódigo ivil de ampeche. c)=unicipales: *on las aplica!les solamente dentro de la circunscripción territorial del =unicipio. Ejemplo: Ceglamento de vialidad