UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA TEORÍA DEL ESTADO Lic. Byron René Carrillo Marroquín FORMAS DEL ESTADO La palabra palabra Estado Estado design designa a a la total totalida idad d de la comuni comunidad dad polític política, a, es decir decir al conj conjunt unto o de perso persona nas s e inst instit ituc ucio ione nes s que que form forman an la soci socied edad ad jurí jurídi dica came ment nte e orga organi niza zada da sobr sobre e un terr territ itori orio o dete determ rmin inad ado; o; en camb cambio io la pala palabr bra a gobi gobier erno no comprende solamente a la organización específica del poder constituido al servicio del Estado. El gobierno gobierno.. Es el conjun conjunto to de órgan órganos os direc directiv tivos os del Estado Estado o la instit instituci ución ón o conjunto de instituciones por las cuales la sociedad realiza y desarrolla aquellas reglas de conducta necesarias para hacer posible la vida de los hombres en una condición social. Mientras las formas de Estado se refieren a la manera de ser fundamental de la totalidad del cuerpo social jurídicamente organizado, las formas de gobierno tiene relac relación ión con la modal modalida idad d adopta adoptada da por los los órgano órganos s direc directiv tivos os que formul formulan, an, expresan y realizan la voluntad del Estado. Se distinguen dos formas de gobierno: democracia y autocracia.
Democracia: consiste, según Kelsen, en que el orden jurídico es producido por aquellos sobre quienes va a regir y supone, un alto grado de participación popular.
Autocracia: se caracteriza porque el orden estatal es creado por un señor único, contrapuesto a todos los súbditos que excluye de toda participación activa.
CONCEPTO La palabra Estado está relacionada con la organización política misma, tanto en su conjunto como en su total unidad.
CRITERIOS PARA PARA DETERMINARLA: POLITICO Y JURIDICO. Los criterios modernos que permiten establecer la forma del Estado, anotamos dos maneras para determinarla: un criterio político y un criterio jurídico.
Criterio Político. En este debe tomarse en cuenta la idea de derecho que representa y sirve de impulso al poder del Estado. Implica adoptar alguna alguna filosofía política. política.
Criterio Jurídico. En este se hace referencia o se procede al tomar en cuenta la estructura interna del poder, ya con un titular único o a cargo de centros dispersos.
UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA TEORÍA DEL ESTADO Lic. Byron René Carrillo Marroquín ESTADO SIMPLE O UNITARIO. De acuerdo a Ferrero, el Estado ha pasado a través de la historia universal por las fases fases de Estado Estado-Imp -Imperi erio, o, Ciudad Ciudad-Est -Estado ado y Estado Estado-Na -Nació ción, n, y que de este este último último surgió lo que hoy conocemos como Estado Es tado de Derecho. Los Estados-Imperio, tenían carácter eminentemente despótico. despótico . La Ciudad- Estado, floreció en Grecia y en Roma; y el vínculo existente entre Estado-Nación y estado de derecho. El Estado simple o unitario es aquel donde la soberanía se ejercita de manera directa sobre un pueblo que está habitando un mismo territorio y que además, posee un solo centro de impulsión impulsión política y administrativa. administrativa. La cual contiene: a) Centralización Administrativa: que se registra cuando el órgano superior mantiene sin limitación ni disminución la competencia de dirección, comando y control sobre todos los órgano que integran la administración.
Centralización ción Política: Política: la cual b) Centraliza cual se refie efierre a la form forma a unit unitar aria ia de la organización del Estado en virtud de la cual la actividad pública corresponde a órganos cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional. En el Estado unitario también puede darse la descentralización. emplear en dos sentidos que son:
Esta se puede
Sentido Genérico: cuando el proceso consiste en trasladar asuntos de la capital del Estado a las entidades locales. Y,
Sentido Técnico-Jurídico:
cuando cuando se trata trata del trasla traslado do de compet competenc encias ias de carácter administrativo a manos de autoridades regionales o locales.
CARACTERÍSTICAS: -
Los atri atribut butos os y funcion funciones es del pode poderr políti político co emanan emanan del del único único titula titularr como lo lo es el Estado.
-
En el Esta Estado do unita unitari rio o todo todos s los los indi indivi vidu duos os obede obedece cen n a una una mism misma a y sola sola autoridad y viven bajo un régimen constitucional, lo cual significa que se rigen por las mismas leyes.
-
En el existe existe un solo parlamento, parlamento, congreso congreso o asamblea asamblea legisl legislativa, ativa, con alcanc alcance e nacional.
-
Un gobier gobierno no o adminis administrac tración ión que que emite emite decreto decretos s y resoluci resolucione ones s con vigenc vigencia ia en todo el citado territorio.
UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA TEORÍA DEL ESTADO Lic. Byron René Carrillo Marroquín -
Una Cort orte Sup Suprema ema de Just Justiicia cons consti titu tuid ida a como como máxi máximo mo tri tribunal unal con con jurisdicción nacional.
-
Rige el el pri princ nciipio de de Centralización Política ,
-
Encier Encierra ra la aplica aplicació ción n de la teoría teoría clásic clásica a de separac separación ión de funci funcione ones s y donde donde son únicos los organismos legislativo, judicial y ejecutivo.
ESTADO COMPUESTO. Tambi También én denominado denominado Estado Colectivo. Colectivo. Es la forma forma de Estado donde donde aparecen unidos de una u otra manera dos o mas Estados, sea por vínculos de política nacional o internacional, que da lugar al estudio de varias modalidades, entre ellas las siguientes:
Estado Estado Federal: Federal:
Su cará caráct cter er está está conf config igur urad ado o en un Esta Estado do prin princi cipa pall que que comprende a otros estados que, en opinión de algunos autores, reciben reciben el nombre nombre de corporativos. El Estado Federal, está contemplado como una asociación de estados en al cual los miembr miembros os están están someti sometidos dos en cierto ciertos s aspect aspectos os a un poder poder centra centrall único, único, pero pero conservan su propia autonomía para el ejercicio de determinadas funciones internas de carácter administrativo o político. político.
Características: a) Que el territori territorio, o, suma de los territo territorios rios de los los estados miembro miembros, s, es una sola unidad; b) La sobera soberanía nía es única. única. c) La personali personalidad dad del del ente ente jurídico-po jurídico-políti lítico co es única. única. Algunos autores agregan otra característica como lo es la población, que sumada la de todos los estados miembros integran la población del Estado Federal. En el Estado Federal funciona la denominada descentralización política: Ya que los los asunt asuntos os polí políti tico cos s son son ejec ejecuta utado dos s en mayo mayorr o meno menorr esca escala la por por órga órgano nos s o asociaciones políticas con competencia limitada a un a región o localidad. El Estado Federal es un tipo de organización del Estado en el que coexisten un poder central soberano y otros centros semisoberanos o autónomos.
Confederación de Estados: Es una asociación de carácter internacional, con los distintivos de permanente y orgánicamente constituida. .
UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA TEORÍA DEL ESTADO Lic. Byron René Carrillo Marroquín El Estado Federal surge de la estructuración que hace del mismo el Derecho Público interno, o sea el Derecho Constitucional. En cambio la Confederación tiene su base en el Derecho Internacional. La Confederación de Estados, que nace de un tratado que establece relaciones juríd jurídic icas as entre entre sus miembr miembros, os, en ningún ningún caso constit constituye uye un nuevo nuevo estado estado que tenga carácter superior. superior. car ácter histórico relacionada con la monarquía. monarquía . Unión Real: Es un tipo de carácter
Características. a) Existe Existe identidad identidad en cuanto al rey que que gobierna gobierna y también también por disposición disposición en las Constituciones de los estados miembros; b) Ha Hay y un un jef jefe e com común ún,, y también instituciones comunes. comunes. c) Existe Existe un vínculo vínculo contract contractual ual y permanente. permanente. d) Si disue disuelv lve e frec frecue uent ntem emen ente te por por el surgi surgimi mien ento to de un solo solo Esta Estado do,, o por por modificaciones constitucionales, o por motivos bélicos o políticos.
Unión Personal: Este tipo de Estado se idéntica con: a) El poder poder está está en manos de un mismo soberano; soberano; b) Cada Cada Esta Estado do miem miembr bro o cons conser erva va su orga organi niza zaci ción ón admi admini nist stra rati tiva va y su legislación; c) Se trata trata de una asocia asociación ción eminente eminentemente mente transito transitoria ria y frágil; frágil; d) Hay coincid coincidencia encia en en la persona persona del del monarca monarca;; e) La disoluci disolución ón ocurre ocurre con con la muerte muerte del monarca monarca común. común.
Estados Sui Géneris: Significa que tienen un género muy propio, debido a la manera como se han integrado.