Cálculo del arqueo GT (y NT) El arqueo de un barco, pese a medirse en toneladas, no tiene nada que ver con su desplazamiento. Esto lo expliqué en un post de mi blog ESQUERIA. Es un cálculo importante y que hay que realizar obligatoriamente, porque servirá (entre otras cosas) para el cálculo de las tasas portuarias a pagar. Dicho cálculo viene definido en el Convenio Internacional sobre el Arqueo de Buques de 1969, y en teoría es bastante sencillo: 1. Necesitam Necesitamos os tener el casco casco en 3D. 3D. Con nuestro nuestro programa programa de modelado, modelado, o usando el programa para cálculos de arquitectura naval, calculamos el volumen encerrado por el casco hasta la cubierta de cierre (o cubierta de francobordo; francobord o; es decir, la cubierta que cierra por arriba el casco de manera estanca) – estanca) – llamamos llamamos Vcasco a este volumen, en m3 2. Se calculan los volúmenes encerrados por las estructuras por encima de la cubierta de cierre: casetas, superestructuras, tambuchos, puente, troncos de ventilación, chimenea, etc. Si no tenemos estos volúmenes en 3D, podemos calcular calcular su área área usando las plantas plantas del plano plano de Disposición Disposición General multiplicándola por la altura de cada elemento – llamamos llamamos Vsup a la suma de estos volúmenes, en m3 3. Con V =V =Vca casco sco + Vsup V sup, se calcula GT directamente: Las unidades del resultado son directamente “GT”, que se puede leer “toneladas de arqueo bruto”. Las “NT” o “toneladas de arqueo neto” se calculan mediante una fórmula diferente:
con: K2 = 0,2+0,02*logVc Vc = Volumen de los espacios de carga (m3)
d = Calado (m) D = Puntal de trazado (m)
N1 = Número de pasajeros a bordo, en camarotes de hasta 8 literas N2 = Resto de pasajeros Además debe cuidarse de que se cumplan las siguientes restricciones:
(4d/3D)^2 ≤ 1
K2*Vc(4d/3D)^2 ≥ 0,25*GT
NT ≥ 0,30*GT
Aunque el cálculo de GT y NT es directo con las fórmulas de aquí encima, el quid de la cuestión está en qué volúmenes, calado y puntal usaremos. Hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones.
Cálculo genérico de volúmenes Los volúmenes de apéndices deben incluirse en el volumen total. En caso de estructuras metálicas (tanto casco como superestructuras), las medidas son las de trazado (sin incluir el espesor de chapa). En caso de otros materiales (madera, fibra de vidrio…), las medidas son hasta el exterior del forro de casco y superestructuras (se incluye el espesor del forro), pero hasta la cara interior en los mamparos de subdivisión (sin incluir el espesor).
Cubierta de cierre y puntal El puntal de trazado se mide (en vertical, en el centro del buque) desde el canto alto de la quilla (o desde el alefriz) hasta la cara inferior de la cubierta en el costado. La cubierta a considerar es la de cierre, que el Convenio llama “cubierta superior” y define como:
La cubierta superior completa más alta expuesta a la intemperie (…), dotada de medios permanentes de cierres estancos de todas las aberturas en la parte expuesta de la misma, y bajo la cual todas las aberturas en los costados del buque estén dotadas de medios permanentes de cierre estanco. En un buque con una cubierta superior escalonada se tomará como cubierta superior la línea más baja de la cubierta expuesta a la intemperie y su prolongación paralelamente a la parte más elevada de dicha cubierta. Esta es también la cubierta que debemos usar para calcular el volumen encerrado por el casco (Vcasco).
Espacios cerrados Para el cálculo de Vsup, el Convenio define los espacios cerrados como:
Son espacios cerrados todos los limitados por el casco del buque, por mamparos fijos o movibles y por cubiertas o techos que no sean toldos permanentes o movibles.
Ninguna interrupción en una cubierta, ni abertura alguna en el casco del buque, en una cubierta o en el techo de un espacio, ni tampoco la ausencia de mamparos impedirá la consideración de un espacio como espacio cerrado. Por ejemplo la típica toldilla sobre cubierta en los pequeños pesqueros, que protege las maquinillas y a la tripulación mientras trabaja, será un espacio cerrado aunque tenga el frente y/o la popa abiertos sin ningún mamparo.
Espacios de carga Para calcular Vc, el Convenio define los espacios de carga como:
Los espacios cerrados adecuados para el transporte de la carga que ha de descargarse del buque, a condición de que esos espacios hayan sido incluidos en el cálculo del arqueo bruto.
Pasajeros Se considera pasajero:
Toda persona que no sea el capitán y los miembros de la tripulación u otras personas empleadas o contratadas para cualquier labor de a bordo necesaria para el buque. Los niños menores de un año tampoco se consideran pasajeros. Si N1+N2<13, se considerarán N1=N2=0
Calado El calado es el de trazado máximo en el centro del buque. Puede tomarse como:
El calado máximo permitido (puede ser el calado correspondiente a la línea de carga de verano del Certificado de Francobordo; para barcos de pasaje, el calado correspondiente a la línea de carga de compartimentado más elevada asignada según SOLAS; o el calado máximo asignado según el reglamento nacional correspondiente)
Si no hay certificados con calado máximo asignado, el calado será 0,75*D (usando el puntal de trazado D definido anteriormente)
Espacios exentos No entran en el cálculo de Vsup los siguientes espacios (en las siguientes figuras, en planta, las áreas rayadas “C” entran en el cálculo de Vsup y las áreas “O” sin rayar son exentas): a.i & ii) Figuras 1 y 3: Una caseta o surperestructura con un frente abierto AA’ que se extiende:
De cubierta a cubierta, salvo una cenefa cuya altura no baje más de 25 milímetros del canto del bao
En manga, un ancho igual o mayor de 0,9*B
El espacio “O” a excluir se define desde la mitad de la abertura (BB’) , hacia el exterior una distancia B/2.
En el caso de que la manga de la abertura sea menor de 0,9*B (figuras 2 y 4), se mide igual una distancia B/2 desde BB’ hacia el exterior, pero se excluye solo el área desde la abertura AA’. a.iii) Figuras 5 y 6: Cuando un intervalo completamente abierto (exceptuadas las amuradas y barandillas) separa dos espacios que puedan ser ambos o uno de ellos exentos, dicha exención no se aplicará si la separación entre los dos espacios es inferior a B/2.
b) Un espacio expuesto a la intemperie situado bajo techo, si el techo es tal que la conexión con los costados es mediante puntales y no mediante
mamparos o forro. El techo o la amurada podrán cubrir parte del costado, siempre que la abertura que quede tenga una altura mínima h =0,75m (o siendo H la altura de la construcción, si h
c) Una superestructura de banda a banda, con mamparos cerrados a proa y popa y con aberturas laterales, siendo estas aberturas laterales de una altura mínima h=0,75m (o siendo H la altura de la construcción, si h
d) Todo espacio en el interior de una construcción, con una abertura sin cierre en su techo (abertura ABCD en la figura 9), siempre que dicha abertura esté en una cubierta a la intemperie; el espacio a deducir es el limitado por la proyección vertical del contorno de la abertura (es decir, el espacio ABCDEFGH de la figura 9).
e) Para una estructura cerrada que tenga un nicho, el nicho puede no incluirse en el volumen si se cumple que:
El mamparo en el que está el nicho es un mamparo expuesto a la intemperie
La altura del nicho es de cubierta a cubierta, sin ningún dispositivo de cierre
El ancho interior del nicho no sea mayor que la anchura en la entrada (w2)
La profundidad del nicho (l2) sea l2<2*w2
(Ver figura 10: el área rayada “C” (vista en planta) se incluiría en el cálculo de Vsup, pero el nicho “O” se debe deducir.)
Sin embargo, en caso de que cumplan alguna de las siguientes características, un espacio potencialmente exento dejará de serlo y deberá incluirse en Vsup:
1. Si el espacio está dotado de serretas u otros medios para estibar la carga o provisiones 2. Si las aberturas están provistas de cualquier sistema de cierre 3. Si la construcción permite alguna posibilidad de que tales aberturas puedan cerrarse
Actualización del arqueo Por la manera en que se ha calculado el arqueo, este debe ser re-calculado (y por tanto, expedido un nuevo certificado de arqueo), en los casos en que al barco se le realicen las siguientes modificaciones:
Cambios en la distribución
Construcción de nuevos elementos (o su eliminación)
Cambios en la capacidad de carga
Cambios en el uso de espacios
Variación del número de pasajeros
Modificación del francobordo asignado o del calado autorizado