Antecedentes históricos de la supervisión educativa en Guatemala La supervisión educativa durante el periodo de 1871 a 1943
1872 Decreto No. 73 Creación del Ministerio de Instrucción Pública
1875 Aprobación de Ley Orgánica de Instrucción Pública Primaria Obligaba a los padres a inscribir a sus hijos
1875 Inicio de la Supervisión Educativa en Guatemala Gu atemala Decreto NO. 130 Ley Orgánica de la Instrucción Pública Primaria Con la finalidad de organizar, dirigir e inspecciona r la enseñanza Primaria Pública
1877 Aprobación Decreto No 179 Se Crea la figura de un director di rector e Inspector General para la Enseñanza Primaria
1882 Ley Orgánica y Reglamentaria de Instrucción Pública mediante el Decreto No. 288
1990 Etapa de Militarización de la Educación
1929 se establece, a través del decreto del 9 de febrero de 1929, los requisitos para optar a los puestos de Inspector de Educación Pública.
La Supervisión Educativa a partir del período 1944-1964
1937 Decreto 1959 Núcleos escolares 14 departamentos, con 385 comunidades incorporadas.
1956 Ley Orgánica de Educación Decreto No. 558 Establecía la obligatoriedad del Estado de fomentar y divulgar la cultura en todas las manifestaciones. Esta misma ley dividió al país e cinco Zonas Técnico Administrativas.
1957 Se modifica el decreto NO. 558 Manteniendo la misma división Técnico Administrativa, pero se les cambia el orden.
1961 Aprobación del decreto 1,485, Ley de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional
1962 Se estableció el convenio Centroamericano de unificación básica de la educación, en el cual los Estados de Centro América lo suscriben para ma ntener una mutua información y sobre la interrelación entre los Supervisores de profesiones especializadas.
Supervisión Educativa a partir del período 1965-1985
Las leyes y reglamentos que rigen la supervisión en los períodos 1965- 1985, son las siguientes: Ley orgánica de Educación Nacional, Decreto Ley No. 317 1965 Reglamento de Supervisión Técnica Escolar, Acuerdo Gubernativo 123-A 1965 Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, marzo de 1966 Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 73 -76 del 1 de diciembre de 1976, publicado el 14 de enero de 1977, con vigencia un día después de su publicación.
Supervisión Educativa a partir del período 1986-1997 Existen en este período dos instrumentos legales en donde se plasma la base jurídica filosófica de la educación. Ley Orgánica de educación 1977 a enero de 1991 Ley de Educación Nacional del 12 de enero de 1991 La segunda ley de Educación es la que para este periodo interesa, es la que se encuentra vigente en la actualidad. El reglamento es la ley anterior.
1994 Se creó la figura del Capacitador Técnico Pedagógico con funciones eminentemente técnico pedagógico de orientación y acompañamiento al proceso enseñanza aprendizaje, coordinando su trabajo con el Supervisor Educativo. La Supervisión Educativa durante el período de 1998-2003
1996 Acuerdo Gubernativo 165-96 Se crean las Direcciones Departamentales de Educación 1999 El Ministerio de Educación crea paralelo a los supervisores la figura del Coordinador Técnico administrativo, con un manual de funciones, (tomadas en su mayoría del Acuerdo Gubernativo 123-A y de la Ley de Servicio Civil). 1999 Toma vigencia el nuevo modelo de Coordinación Técnica Administrativa.
2003 Existían tres figuras, los que ocasionaba, en algunas co sas, fricción pues quienes poseían nombramiento de supervisor educativo se sentían con más derechos que aquellos que estaban asignados como coordinadores. 2006, se nivelaran las categorías, y ha venido a mejorar las relaciones entre todos.
Implementación del Modelo de Coordinadores Técnicos Administrativos
1999 El nuevo modelo Reunifica las funciones del Supervisor Educativo y del Coordinador Técnico Pedagógico. Disminuye el número de escuelas a atender por persona (en promedio 25 escuelas lo que permite visitarla de 3 a 6 veces al año según la zona geográfica. Establece nuevos distritos escolares acordes con las características geográficas culturales y lingüísticas. Proporcionara a través de las Direcciones Departamentales, los recursos físicos y económicos necesarios para desempeñar la labor. Descarga al sistema de supervisión de la atención a los establecimientos educativos privados y busca establecer nuevos mecanismos concentrados con la Dirección Departamental.
La Coordinación Técnica Administrativa El modelo es, como indica el nombre, un esquema general que será adecuado las características de los diferentes departamentos. En los departamentos con gran número de escuelas y/o gran extensión geográfica será necesaria la figura adicional del administrador zonal. La Coordinación Técnica Administrativa es el e nlace entre las comunidades escolares y la Dirección Departamental y realiza actividades de coordinación, información, asesoría, orientación, capacitación, seguimiento y evaluación d e los servicios educativos con el fin de mejorar su eficiencia, calidad de pertinencia cultural y lingüística.