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Evaluación correspondiente a libro cuentos mágicos del sur del mundo. Nivel sugerido quinto año básico.Descripción completa
1) El conficto conficto se originó originó cuando el conductor conductor Mar Marcelo celo Tinelli Tinelli,, pr previo evio a la votación para consagrar a la triunadora del Concurso Nacional del Chiste llevado a cabo en el programa "El ho! de ideo Match", e#clamó ante las c$maras "ho% a&u' va a haber una ganadora &ue se va a llevar el ( m % &ue el a*o &ue viene la vamos a tener a&u', traba+ando con nosotros en El ho! de ideo Match" El +ue- de primera instancia interpretó &ue estas e#presiones conllevaban la e#istencia de un premio adicional consistente, por lo &ue hi-o lugar parcial par cialmen mente te al re reclam clamo o con conden denand ando o a los dem demand andado ados s a abo abonarl narle e la suma de ./0((, m$s intereses % costas por lo &ue ue apelado por ambas partes 2a parte actora por considerar insigni3cantes las sumas 3+adas por lucro cesante % perdido de la chance % gastos % la echa a partir de la cual se computaran los intereses 4or otro lado, la parte demandada lo hacen por la responsabilidad &ue se les atribu%o % por el lucro cesante % el da*o moral 2a C$m C$mar ara a sos sostu tuvo vo &u &ue e la las s e# e#pr presi esion ones es hec hecha has s po porr el co cond nduc uctor tor de dell programa "El ho! de ideo Match" no se desprende &ue la incorporación de la ganadora del Concurso Nacional del Chiste uera solo una mera posibilidad de presentarse alguna ve- en el nuevo ciclo del programa, %a &ue las rases &ue utili-o ueron claramente asertivas En ning5n momento util ut ili-o i-o el mo modo do de ver verbo bo po pote tenci ncial al,, &u &ue e re revel velar ara a &u &ue e la pa parti rtici cipac pación ión orecida en el pró#imo ciclo del programa uera acultativa o una posibilidad su+eta a discrecionalidad alguna, ni &ue se limitara a una oportunidad aislada, sino &ue lo a3rmó % e#presó como una promesa concreta 4or ello entendieron &ue e#istió una oerta o una promesa de traba+o &ue, si bien era incompleta por&ue no conten'a las prestaciones esenciales de ese contrato, no por ello de+a de ser un orecimiento concreto para traba+ar en el programa durante una temporada, &ue generó altas e#pectativas, % cu%o in inc cump mpllimien ento to la C$mara lo en enm mar arc ca en el $m $mb bit ito o de la responsabilidad por ruptura de negociaciones precontractuales
6) 7espo esponsab nsabilid ilidad ad por por da*o da*os s 2a c$mara con3rma la sentencia de grado en lo &ue a responsabilidad civil se re3ere relacionando esta con la responsabilidad precontractual invocada en los art'culos 118 % 1189 los cuales establecen &ue la parte &ue hubiere aceptado una oerta ignorando la recisión o incumplimiento del oerente % como consecuencia causando gastos o surido p:rdidas, se tendr$ derecho a reclamar esas p:rdidas % sus respectivos intereses; % atribu%endo la
culpa en los t:rminos de los art'culos 16 % 1(80 los cuales atribu%en derecho a reclamar un resarcimiento en caso de incumplimiento por culpa del obligado
2ucro cesante 2a C$mara recha-a el reclamo por el lucro cesante argumentando en &ue la ruptura de las relaciones precontractuales se dio en una etapa tan primitiva en la cual no se podr'a determinar cual hubiese sido la ganancia &ue habr'a obtenido la accionante por su participación en el programa % produci:ndose la ruptura en un punto donde no e#ist'an especi3caciones sobre la tarea a reali-ar, su e#tensión % su paga, siendo as' una responsabilidad precontractual 2a C$mara hace reerencia % undamenta mediante la opinión doctrinaria de undamenta a partir del art'culo 66 del Código Civil el cual establece &ue en los casos de indemni-ación por responsabilidad contractual el +ue- podr$ sentenciar una reparación del da*o moral &ue el responsable hubiese causado de acuerdo a la 'ndole % gravedad del hecho ?astos e @ntereses 2a C$mara considera adecuados los gastos e intereses % con3rma lo sentenciado en la instancia anterior 9) El Tribunal resuelve modi3car parcialmente la sentencia del +ue- de grado, revocando la indemni-ación por lucro cesante % reduciendo el da*o moral de ./(((( a .9(((( %a &ue se consideraba e#cesiva, e impone las costas de al-ada a la parte demandada