Capítulo 4. De la distribución de recursos y de las competencias competencias FUNC FUNCIÓ IÓN N EST! EST!I" I"I# I#D D$% $% &'() &'() * ')4+ ')4+.. Esta garanti garantiza za la distrib distribució ución n adecuada y al pie de la ley, garantizando al país, una mejor calidad de vida, como como habi habita tant ntes es en situ situac ació ión n de pobr pobrez eza a o con con nece necesi sida dade des s bási básica cas s insatisfechas, y el resto en función de la población total, para el progreso de la calidad de vida. Los arts. '() y '(, nos explican los servicios a cargo de la nación y de los dptos., distritos y municipios.
El istema !eneral de "articipaciones !" está constituido por los recursos #ue la $ación trans%ere por mandato de los artículos &'( y &') de la *on *onsti stituc tución ión "olíti lítica ca de *olo *olomb mbiia a las ent entida idades ter territo ritorriale iales s + departamentos, distritos y municipios, para la %nanciación de los servicios a su cargo, con prioridad en salud, educación y los de%nidos en el rtículo )( de la Ley )-' de //-. Para Para esto estos s efec efecto tos, s, será serán n bene benefi fici ciar aria ias s las las enti entida dade des s terr territ itor oria iale les s indíge indígenas nas,, una vez consti constitui tuidas das.. Así Así mi mism smo, o, la ley estab establec lecerá erá como como beneficiarios a los resguardos indígenas, siempre y cuando estos no se hayan constituido en entidad territorial indígena.
Este Este se concon-or orma mado do se/ se/n n la ley ley ,0( ,0( de 1220 1220 de la siu siuien iente te manera3 Una Una part partic icip ipac ació ión n con con dest destin inac ació ión n espe especí cí5c 5ca a para para el sect sector or educ educat ati6 i6o7 o7 deno denomi mina nada da part partic icip ipac ació ión n para para educ educac ación ión88 con con un porcenta9e del cincuenta y oc:o punto cinco (;.(< Una participación con destinación especí5ca para el sector salud7 denominada participación para salud8 con un porcenta9e del 6einte cuatro punto cinco 14.(< Una participación de propósito eneral =ue incluye los recursos para aua potable y saneamiento b>sico7 denominada participación para propósito propósito eneral8 con con un porcenta9e porcenta9e del die? y siete 0,.2<. "os
ser6icios
p/blicos
0epresentan el compromiso de los gobernantes de cumplir con la obligación de satisfacer las necesidades de sus conciudadanos. $ecesidades #ue en nuestro medio están principalmente asociadas con el subdesarrollo y se mani%estan en pobreza, violencia, baja escolaridad e inasistencia social. *on el %n de atender esta problemática, problemática, se ha producido producido un cambio en una de las principales funciones del Estado, como es la intervención intervención económica,
para fomentar la iniciativa privada en sectores antiguamente dominados por monopolios p1blico e incentivar la competencia como la forma más efectiva del alcanzar la e%ciencia de los procesos productivos y así transferir los bene%cios #ue por este medio se logren a los usuarios. Ese es el propósito de la Ley -2 de -332 o Ley de ervicios "1blicos 4omiciliarios, la cual es analizada en esta obra con base en los desarrollos jurisprudenciales y a la luz de las nuevas concepciones mundiales sobre el servicio p1blico, orientadas por la globalización política y económica.
rtículo '(@. $o habrá rentas nacionales de destinación especí%ca. La idea de renta nacional re%ere a los ingresos #ue generan los factores de producción de un país en un determinado periodo, sin contar a#uellos servicios o bienes intermedios #ue se emplean en el marco del proceso productivo. El m5todo más habitual para realizar el cálculo de la renta nacional consiste en sumar la totalidad de los bienes y de los servicios %nales en un a6o .
rts. ')2 * ')03 La ley determina las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovables . La explotación de un recurso natural no renovable causará, a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía.
ABu
son
las
%ealías
0egalías es el pago #ue realizan las compa6ías petroleras al Estado colombiano por explotar los yacimientos de petróleo, un recurso natural no renovable, es decir, #ue se extingue en el transcurso del tiempo. El Estado recibe regalías por la producción de petróleo, no por la exploración ni por la perforación de los pozos.
ACu>nto dinero recibe el Estado por recursos de realías Las compa6ías petroleras entregan al Estado entre el 78 y el '8 del valor de la producción del petróleo crudo extraído directamente del pozo 9en boca de pozo:. ;
el Estado con estos recursos= regalías a los departamentos y a los municipios a de dos modalidades> bene%cian a los departamentos y a los municipios
productores 9donde se encuentran los yacimientos de petróleo: y a los puertos marítimos o ?uviales por donde se transporta el petróleo o sus productos derivados. 0eciben el )(8 de las regalías. 0egalías indirectas #ue bene%cian a todos los departamentos y municipios del país #ue no son productores,a trav5s de la presentación de proyectos de%nidos como prioritarios en el "lan de 4esarrollo.
ACu>les
son
los
principales
bene5ciarios
de
las
realías
La norma legal vigente precisa #ue los principales bene%ciarios de las regalías son las entidades territoriales donde se genera la explotación de los recursos naturales no renovables, es decir los municipios productores de hidrocarburos. Las empresas #ue extraen recursos naturales no renovables en *olombia generan aproximadamente @A-.)// millones de dólares en regalías al a6o, de las cuales más del )/8 se concentran en siete departamentos cuya población no supera el --8 del total nacional> rauca, *asanare, Beta, Cuila, ucre, !uajira, *órdoba, Dolivar, Cuila, olima.
AEn
=u
deben
in6ertirse
las
realías
Los municipios deben destinar el )'8 y los departamentos el (/8 de los recursos de las regalías a la solución de las necesidades básicas insatisfechas. "or lo tanto, deben utilizarlas en proyectos #ue permitan a más colombianos tener acceso a los servicios de educación, salud, agua potable y alcantarillado y a reducir la mortalidad infantil. Este destino sólo podrá cambiarse cuando las entidades territoriales alcancen las coberturas mínimas en> educación básica 3/8, salud para los más pobres -//8, agua potable )/8, alcantarillado )/8 y mortalidad infantil -8.
rtículo ')1. Los bienes y rentas tributarias o no tributarias o provenientes de la explotación de monopolios de las entidades territoriales, son de su propiedad exclusiva y gozan de las mismas garantías #ue la propiedad y renta de los particulares.
rtículo ')' El sistema tributario se funda en los principios de e#uidad, e%ciencia y progresividad. Las leyes tributarias no se aplicarán con retroactividad.
rtículo ')4. El endeudamiento interno y externo de la $ación y de las entidades territoriales no podrá exceder su capacidad de pago. La ley regulará la materia.