www.monografias.com
La adopción en el Perú 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Introducción Generalidades Clases de adopción Conclusiones Anexos Bilio!ra"#a
Introducción La adopción es una institución basada en una ficción legal, por la que se establece una relación paterno filial o materno filial, entre dos personas que no tienen esa relación por naturaleza, generando entre adoptante y adoptado los mismos derechos u obligaciones de la relación paterno o materno filial natural. La adopción ha sido considerada como una institución susceptible de colmar sentimientos afectivos dignos de consideración y respeto, y de servir de amparo a la infancia desvalida. En virtud de lo anterior, ha de ser conservada entre las instituciones civiles. La adopción es “el acto jurdico que crea entre adoptante y adoptado un vnculo de parentesco civil del que se derivan relaciones an!logas a las que resultan de la paternidad y filiación legtimas"
Cap#tulo I
Generalidades 1. A$%&C&'&$%&( )I(%*+IC,( - &,L/CI*$ '& LA A',PCI*$ La adopción es de origen muy antiguo, con diversos matices y variantes. #ue utilizada en numerosos pueblos de la antig$edad, tales como la %ndia, &hina, Egipto y otros, pero fue en 'oma donde alcanzó su m!(ima importancia. En el derecho )ustiniano la datio in adoptione tena lugar mediante una declaración de voluntad del pater familias adoptante, del consentimiento del adoptado y de quien le tena bajo su patria potestad* todo ello ante el +agistrado, quien autorizaba la adopción. #ue )ustiniano quien estableció dos tipos de adopción radicalmente distintos* la adoptio plena esto es, la adopción tal como haba sido conocida en el derecho romano antiguo* el adoptado de una manera completa ingresaba como un nuevo miembro del grupo familiar con todos los derechos y obligaciones. La adoptio minus plena creada por )ustiniano no desvincula al adoptado de su propia familia, ni lo substrae de la potestad del pater familias del grupo a que naturalmente pertenece. El &ódigo &ivil apoleón implanto en #rancia esta institución. Las disposiciones que sobre la materia contena el &ódigo franc-s fueron introducidas con al apoyo del &onsejo de Estado y por el vivo inter-s que manifestó el rimer &ónsul, quien a trav-s de este artificio jurdico, pretenda asegurar la sucesión de la dinasta dinasta imperial, tan ambiciosamente ambiciosamente deseada por el /ran &orso, a fin de asegurarse la sucesión por va hereditaria, del imperio que haba de crear en breve. El código civil franc-s establece que solo podr!n ser adoptados menores de edad y en todo caso deja subsistente el vnculo de parentesco natural del adoptado. 2. C,$C&P%, '& A',PCI*$ La adopción es la creación de una filiación artificial por medio de un acto condición, en el cual se hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio. &ti0olo!#a roviene de la palabra latina 01doptio0. En el &ódigo de los i2os y 1dolescentes, en su artculo 334 se define a la 1dopción como5 06na m edida de protección al ni2o y al adolescente por la cual, bajo la vigilancia del Estado se establece de manera irrevocable la relación paterno 7 filial entre personas que no la tiene por naturaleza. En consecuencia el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consangunea0. Es con actos de amor que se crea un vnculo irreversible entre los ni2os y adolescentes as como entre las personas dispuestas a integrarlos dentro de sus familias. 8-cnicamente la adopción es una medida de protección a las ni2as, ni2os y adolescentes entre personas que por naturaleza no la tienen. 3. CA+AC%&+&( '& '& LA A',PCI*$
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com www.monografias.com
www.monografias.com
a.
&s un acto ur#dico. La adopción no es un contrato, porque la voluntad coincidente de las parte no puede crear ni las condiciones de realización, ni los efectos que producir! la misma, estando todo ello establecido por el orden p9blico y sin que se permita a las partes separarse lo m!s mnimo de lo estatuido. Es pues un acto jurdico y se encuentra entonces regido por la teora general de dicha clase de actos.
(ole0ne. La adopción es un acto solemne porque debe ser hecho necesariamente en la forma que la ley prescribe, bajo pena de nulidad. Las formalidades e(teriores de que se reviste el acto son de las que se llaman “ad solemnitatem" y no solamente “ad probationem". c. Bilateral. El car!cter de bilateral de la adopción resulta del necesario concurso de voluntades para que la misma se perfeccione. En el derecho actual a la voluntad del adoptante, debe sumarse la de los padres, tutores o guardadores si es menor y si es mayor, desde luego la del adoptado. d. Crea ciertos laos de parentesco se0eantes a los ue proienen de la "iliación le!iti0a. El efecto que produce la adopción es la creación de un parentesco que es desde luego, de caracteres especiales y limitado a los requerimientos de la institución, no siendo tan amplio como el parentesco real5 por ese motivo decimos que son “lazos de parentesco semejantes" porque vinculan solamente al adoptante con el adoptado y sus descendientes no haciendo lo mismo con los parientes de ambas partes, e(cepto los cónyuges. :u semejanza deriva de que el adoptado toma el apellido de su adoptante, adquiere el derecho de suceder ab intestado y surge como consecuencia de la adopción una obligación alimentaria reciproca. 4. +&7/I(I%,( PA+A LA A',PCI*$ (&G8$ &L A+%9C/L, 3:;< '&L C,'IG, CIIL. 3. El adoptante goce de solvencia moral. ;. La edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar. <. &uando el adoptante sea casado concurra el asentimiento de su cónyuge. =. El adoptado preste su asentimiento si es mayor de diez a2os. 4. >ue asientan los padres del adoptado si estuviese bajo su patria potestad o bajo su curatela. ?. >ue se oiga al tutor o al curador del adoptado y al consejo de familia si el adoptado es incapaz. @. >ue sea aprobada por el juez. A. :i el adoptante es e(tranjero y el adoptado menor de edad, aqu-l ratifique personalmente ante el juez su voluntad de adoptar. :e e(cept9a de este requisito, si el menor se encuentra en el e(tranjero por motivo de salud. b.
Cap#tulo II
Clases de adopción 1. LA A',PCI*$ &$ &L C,'IG, P+,C&(AL CIIL La adopción va judicial est! contemplada en el &ódigo rocesal &ivil que regula la adopción en el :ubcaptulo 8ercero “1dopción" del 8tulo %% “Bisposiciones especiales" de la :ección :e(ta “rocesos no contenciosos", en los artculos @A3 al @A4. :e trata, pues, de un proceso no contencioso o de jurisdicción voluntaria. 1.1. Adopción de =enores de &dad El proceso judicial de adopción se realiza ante )uzgado de #amilia funciona sin necesidad de declaración judicial de abandono, pero sólo para determinados casos, tal como lo establece el artculo 3;A del &ódigo de los i2os y 1dolecentes. 1s, procede a favor del que posea vnculo matrimonial con el padre o madre del ni2o o adolescente por adoptar. En este caso el ni2o o adolescente mantiene los vnculos de filiación con el padre o madre biológica. 8ambi-n procede para el caso del que posea vnculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con el ni2o o adolescente pasible de adopción, y por 9ltimo, procede a favor del que ha prohijado o convivido con el ni2o o adolescente por adoptar durante un perodo no menor de dos a2os.
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
La adopción es una medida de protección al ni2o y adolescente, dictado por un )uez, bajo la vigilancia del Estado, conforme a las reglas del &ódigo &ivil articulo <@C y del &ódigo rocesal &ivil a trav-s del roceso o &ontencioso, se establece de manera irrevocable la relación paterno filial entre personas que no la tienen por naturaleza. En consecuencia, el adoptado adquiere la calidad del hijo el adoptante y deja de pertenecer a su familia consangunea. +euisitos 1. El adoptante goce de solvencia moral. La edad del adoptante sea, por lo menos, igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar. 3. &uando el adoptante sea casado, su cónyuge preste su asentimiento. 4. El adoptado, d- su consentimiento, si es mayor de 3D a2os. 5. >ue consientan los padres del adoptado, si estuviese bajo su patria potestad. 6. :i el adoptado es incapaz, debe orse al 8utor o &urador. 7. :i el adoptante es e(tranjero y el adoptado menor de edad, aquel debe ratificar, personalmente, ante el )uez su voluntad de adoptar. 8. artida de acimiento del menor. 9. artida de +atrimonio de los adoptantes. 10. &ertificado +-dico :alud +entalF #sica. 11. &ertificado de 1ntecedentes enales y oliciales. 12. #otos G>ue acrediten vivencias familiares con el menorH. 13. &ertificado de estudios u otros documentos que acrediten que el adoptante vela por el bienestar del menor. 1.2. Adopción de personas 0a>ores de edad 8rat!ndose de mayores de edad, es el &ódigo rocesal &ivil el que regula estas adopciones, y se2ala el proceso no contencioso seg9n lo ordena el artculo @A3 de ese cuerpo de leyes. :i el presunto adoptado es incapaz, se requiere la intervención de su representante legal. I si cesa la incapacidad del adoptado, -ste puede solicitar se deje sin efecto la adopción. I esto lo puede hacer dentro del a2o siguiente del cese de la incapacidad En el caso de mayores de edad y aquellos en los que los tutores, curadores o padres dan en adopción a sus hijos. :e presenta la solicitud, realizadas las publicaciones sin oposición se realiza la 1udiencia de 1ctuación y Beclaración y el )uez e(pide 'esolución, la que consentida da lugar a su ejecución, ofici!ndose al 'egistro de Estado &ivil 1 tenor del artculo @A3 del &ódigo rocesal &ivil 2.
En este proceso se tramita la adopción de personas mayores de edad. Si el presunto adoptado es incapaz, se requiere la intervención de su representante. Si es este el adoptante, la solicitud se atenderá con el Ministerio Público.
La persona que quiera adoptar a otra acompa2ara seg9n el artculo @A; del &ódigo rocesal &ivil* 1. &opia certificada de su partida de nacimiento y de matrimonio, si es casado5 2. &opia certificada de la partida de nacimiento del adoptado y de su matrimonio, si es casado5 3. Los medios probatorios destinados a acreditar su solvencia moral5 4. Bocumento que acredite que las cuentas de su administración han sido aprobadas, si el solicitante ha sido representante legal del adoptado5 5. &opia certificada del inventario y valorización judicial de los bienes que tuviera el adoptado5 y 6. /aranta otorgada por el adoptante, suficiente a criterio del )uez, si el adoptado fuera incapaz. 2. LA A',PCI*$ &$ LA L&- '& C,=P&%&$CIA $,%A+IAL &$ A(/$%,( $, C,$%&$CI,(,( La adopción va notarial est! regulada por la Ley de &ompetencia otarial en 1suntos o &ontenciosos y est! contemplado en el 8itulo %%% G1dopción de personas capacesH de la Ley de &ompetencia otarial en 1suntos o &ontenciosos dispuesto por la Ley J ;???; en los artculos ;3 al ;<. :eg9n el artculo ;3 de la Ley de &ompetencia otarial en 1suntos o &ontenciosos, solo se tramita ante notario la adopción de personas mayores de edad con capacidad de goce y de ejercicio. :eg9n el artculo ;; de la Ley de &ompetencia otarial en 1suntos o &ontenciosos, prev- los requisitos de la solicitud de adopción de personas capaces se2alando lo siguiente* La solicitud constara en una minuta, presentada por el adoptante y el adoptado, acompa2ada de los siguientes ane(os*
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
3. ;. <.
&opia certificada de la partida de nacimiento del adoptante y de matrimonio, si es casado. &opia certificada de la partida de nacimiento del adoptado y de matrimonio, si es casado. Bocumento que acredite que las cuentas de la administración han sido aprobadas, si el solicitante ha sido representante del adoptado. =. 8estimonio del inventario de los bienes que tuviere el adoptado. La minuta debe contener las generales de ley de los otorgantes* nacionalidad, estado civil, si es casado, indicar los nombres y apellidos del cónyuge, Libreta Electoral, B%, Libreta +ilitar, ocupación, dirección domiciliaria. 1simismo, la minuta contendr! la e(presión de voluntad del adoptante y del adoptado y el consentimiento de sus respectivos cónyuges, en caso de ser casados, as como la declaración jurada del adoptante en el sentido que goza de solvencia moral. :e debe tener en cuenta, adem!s, lo se2alado por el inciso ;, del artculo <@A del &ódigo &ivil con relación a 0 la edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.0 #inalmente, reunidos todos los requisitos, el otario elevar! la minuta a Escritura 9blica, insertando los documentos que acrediten el pedido y se cursar! partes al 'egistro del Estado &ivil para la anotación al margen de la partida original y se e(tienda una nueva partida de nacimiento del adoptado. 3. LA A',PCI,$ &$ &L C,'IG, '& L,( $I?,( - A',L&(C&$%&( La adopción va administrativa se rige seg9n el &ódigo de los i2os y 1dolescentes norma lo relativo a la adopción de menores de edad en el 8itulo %% “1dopción" del Libro 8ercero “%nstituciones familiares". &onforme al artculo 334 del &ódigo de los i2os y 1dolescentes, la adopción es una medida de protección al ni2o y adolescente por el cual, bajo la vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable la relación paterna 7 filial entre personas que no la tienen por naturaleza. En consecuencia, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptado y deja de pertenecer a su familia consangunea. ara la adopción de ni2os o de adolescentes se requiere que hayan sido declarados previamente en estado de abandono, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos se2alados en el artculo <@A del &ódigo &ivil Gart. 33@ del &ódigo de los i2os y 1dolescentesH. 3.1. Adopción de 0enores de edad declarados udicial0ente en aandono or medio de la Ley de rocedimiento 1dministrativo de 1dopción de +enores de Edad Beclarados )udicialmente en 1bandono, Ley K. ;?CA3, la :ecretaria acional de 1dopciones G:1H del +inisterio de la +ujer y del Besarrollo :ocial autoridad central responsable de proponer la poltica y normatividad en materia de adopción, conducir y supervisar los procesos de adopción administrativa a nivel nacional e internacional. Los criterios para la evaluación de los padres sustitutos son* 1. Las personas que desean adoptar deben ser emocionalmente estables, optimistas, con autoconfianza, capacidad afectiva, respeto y aceptación hacia el ni2o, ni2a o adolescente que adoptar!n. 2. Beben acreditar solvencia moral y contar con recursos intelectuales normales, de preferencia con secundaria completa. 3. 1dem!s deben tener estabilidad económica y vivienda que garantice la atención de las necesidades b!sicas de alimentación, salud y educación de su futuroFa hijoFa. 4. :u edad debe estar comprendida preferentemente entre ;4 y 44 a2os. E(cepcionalmente se evaluar!n las solicitudes que no se circunscriban a estas edades. Bocumentos que deben presentar los adoptantes nacionales para la adopción de un ni2o, ni2a o adolescente* a. #otocopia fedateada del documento de identidad GB%H b. &opia certificada o fedateada de la partida de nacimiento de los adoptantes y de sus hijos Gde ser el casoH c. &opia certificada o fedateada de la partida de matrimonio civil Gde ser el casoH d. En caso de ser divorciadoGaH, copia certificada de la sentencia de divorcio o documento equivalente. e. &ertificado de salud fsica y mental, y resultados de los e(!menes m-dicos G%M, hepatitis tipo N, 'ayos O y otras enfermedades infecto contagiosasH f. &ertificados negativos de antecedentes policiales. g. &ertificados negativos de antecedentes penales. h. &ertificado de registro negativo de deudor alimentario moroso. i. &ertificado de trabajo, declaración jurada de impuestos a la renta y otro documento que acredite ingresos económicos. j. &ertificado domiciliario. P. #otografas actualizadas de la familia y el hogar, con una antig$edad no mayor de = meses.
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
La legislación determina que el proceso de adopción se realice en tres etapas* a. re1doptiva, b. 1doptiva y c. ost 1doptiva. Las etapas que comprende el proceso de adopción, anteriormente se2aladas, tienen los siguientes plazos* a. Preadoptia. :e divide en dos etapas* Inscripción > ealuación. La inscripción dura un da, y la evaluación toma 34. En la pr!ctica, este plazo puede prolongarse por falta de disponibilidad de tiempo de los adoptantes o por no presentar los documentos requeridos oportunamente. Lista de espera > desi!nación. 8arda sesenta das. Bepender! de la amplitud de las e(pectativas sobre la edad y se(o de las ni2os y ni2as, as como de la aceptación de los antecedentes familiares yFo de salud del adoptadoFa. . Adoptia. :e divide en tres etapas* 1ceptación de designación G@ dasH, presentación Gun daH, informe de empata Gun daH, e(ternamiento Gun daH. Este plazo puede prorrogarse de considerar el Equipo 8-cnico que el adoptadoFa no est! preparado para ser e(ternadoFa. &olocación familiar. 8oma @ das5 en algunos casos puede ampliarse a @ das adicionales, si se considera t-cnicamente recomendable. 'esolución de adopción Gun daH y t-rmino de apelación Gun daH. c. Post@ adoptia Esta etapa, en la que se realizan informes semestrales, tiene dos clasificaciones* adopciones nacionales, < a2os5 adopciones internacionales, = a2os. Prioridades en lista de espera* 8ienen prioridad en la designación para adopción aquellas personas o parejas que est!n dispuestos a recibir en su hogar* 6n ni2o, ni2a o adolescente que presente alguna discapacidad5 6na ni2a o ni2o mayor de 4 a2os5 6n grupo de hermanitos. Ello significa que su solicitud de adopción ser! evaluada con precedencia a las dem!s, y podr!n asimismo ser pasibles de una designación directa. 3.2. Adopciones internacionales de nios > adolescentes Las disposiciones especiales para las adopciones internacionales de ni2os y adolescentes est!n contenidas en el &aptulo %%% “Bisposiciones especiales para las adopciones internacionales de ni2os y adolescentes" del 8tulo %% “1dopción" del Libro 8ercero “%nstituciones familiares" del &ódigo de los i2os y 1dolescentes, en los artculos 3;C y 3
www.monografias.com
C. En caso de tener hijoFa o hijoFas adoptadosFas, presentar sus partidas de nacimiento y reportes de seguimiento post adoptivo, en aquellas adopciones que no hayan sido tramitadas a trav-s de la :ecretara acional de 1dopciones. 3D. &ertificados negativos de antecedentes policiales y penales. 33. &ertificado domiciliario o documento equivalente. 3;. &ertificados m-dicos de salud fsica y mental, con una antig$edad no mayor de < meses, e(pedidos por un centro de salud o institución autorizada, incluyendo los resultados de los e(!menes de M% Mepatitis N, otras enfermedades infectocontagiosas y rayos O de pulmones del o los adoptantes y de las personas que convivan con ellos. 3<. &ertificados de trabajo, constancia de ingresos, declaración jurada del impuesto a la renta y dem!s documentos que acrediten ingresos estables y capacidad económica. 3=. En caso de haber participado en un taller o programa de preparación para la adopción, presentar documentos que lo acrediten. 34. #otografa de los adoptantes, de los interiores, e(teriores del hogar y de sus familiares en hoja 1= Nond, con una antig$edad no mayor a = meses. 3?. %nforme sico:ocial de los adoptantes, el que deber! contener la motivación para adoptar, relaciones interfamiliares, relaciones sociales y relaciones interpersonales, evaluación de su situación económica, as como cualquier otro aspecto que permita una mayor apro(imación a su entorno sociofamiliar. 3@. &ompromiso de seguimiento postadoptivo e(pedido por la autoridad central del pas de residencia de los adoptantes consistente en la remisión de informes semestrales del ni2o adoptado por un perodo de = a2os. 3A. 8oda la documentación presentada por los adoptantes residentes en el e(terior deber! estar traducida al espa2ol por traductor p9blico y legalizada las firmas por las autoridades oficiales del pas e(tranjero, por el &onsulado eruano y por el +inisterio de 'elaciones E(teriores del er95 y debe ser remitida debidamente ordenada en dos fólderes plastificados para adjuntar los originales y las copias por separado.
Conclusiones 3. Besde tiempos muy remoto en este planeta llamado 8ierra se ha venido haciendo trabajos a favor de los menores y especialmente del menos en estado de abandono, =,DDD 1.&. surge las civilizaciones en Egipto y :umeria en ellas ya e(ista acciones de represión contra menores y de protección a favor de ellos, recordemos tambi-n que la hija de #araón 8r-mula adoptó a +ois-s que haba sido abandonado por su madre cuando los Egipcios haban ordenado que todo ni2o israelita que naciera lo matar!. Los Egipcios protegan a los menores los padres que mataban a sus hijos eran castigados. ;. La adopción no puede ser considerada como un contrato, sino como un acto jurdico e(tracontractual, por el cual se acepta como hijo propio a quien no lo es en realidad. <. or regla general, se2ala la adopción, en casi todas las legislaciones, no solo e(igen el otorgamiento del instrumento aut-ntico en que conste sino que impone la intervención de la autoridad judicial, sea para la organización, tr!mite y resolución de un e(pediente para la simple aprobación de la adopción. =. La adopción se tramita con arreglo al &ódigo &ivil, &ódigo rocesal &ivil y el &ódigo del i2o y 1dolescente y el reglamento de la ley de procedimientos administrativos de adopción de menores de edad declarados judicialmente en abandono. 4. La adopción, el abandono y el tr!fico de ni2os se da como consecuencia de la pobreza de la familia campesina y urbana marginal, por la violencia armada, por la insensibilidad de la sociedad, por la crisis -tica de los magistrados, fiscal y abogados y por el poder económico de adoptantes nacionales y e(tranjeros
Anexos A$&, $ 1 P+,C&'I=I&$%, '& A',PCI,$ C,$%&=PLA', &$ LA L&- ,+GA$ICA PA+A LA P+,%&CCI,$ '&L $I?, - '&L A',L&(C&$%&
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
Duente =I='&( A$&, $ 2 $ios $ias - Adolescentes Adoptados A $iel $acional
Duente =I='&(
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
A$&, $ 3 $ios $ias > Adolescentes de Adopciones Prioritarias se!ún el pa#s de procedencia de los adoptantes
Duente =I='&(
Bibliografía +anual de Berecho de #amilia M%R:8'RS1 +%/6ES, 1lberto. Editorial :an +arcos, 3CCC. 2. +anual de Berecho de #amilia. Boctrina, )urisprudencia y r!ctica /allegos &anales, Iolanda )urista Editores. Lima, ;DDA. 3. &ódigo &ivil )urista Editores. Lima ;DD@. 4. &ódigo rocesal &ivil )urista Editores. Lima ;DD@. 5. &ódigo de los i2os y 1dolescentes 1.
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com
www.monografias.com
6. 7. 8.
)urista Editores. Lima ;DD@. Ley que regula el roceso &ontencioso 1dministrativo Ley de &ompetencia otarial en 1suntos o &ontenciosos w.w.w.mimdes.gob.pe
1utor* Eanet )erna $de gina.janetThotmail.com %ca, )unio del ;D3D
ara ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com