TEMA 2
EL CONDUCTOR Y SUS APTITUDES PSICOFISICAS
Índice: Definición de conductor Aptitudes psicofísicas exigidas para conducir El sentido de la vista El campo visual El sentido del oído El tiempo de reacción Factores que que influyen influyen en las aptitudes psicofísicas del conductor conductor y en la conducción Factores que pueden modificar el comportamiento La alcoholemia
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EL CONDUCTOR Y SUS APTITUDES PSICOFISICAS
Definición de conductor Persona que maneja el mecanismo de dirección, va al mando de un vehículo o a cuyo cargo está un animal o animales. En los vehículos que circulen en función del aprendizaje de la conducción , es conductor la persona que está a cargo de los mandos adicionales (profesor).
Aptitudes psicofísicas exigidas para conducir -Aptitudes físicas
Importancia
-Aptitudes psíquicas
Forma de acreditarlas
Importancia
Aptitudes físicas. Aunque la conducción no exige un gran desgaste físico, resulta, sin embargo, necesario disponer de una buena vista y de un adecuado oído con los que poder captar los mensajes transmitidos, y de unas piernas y manos para manejar el
volante, los pedales, la palanca de cambios y los demás dispositivos y elementos del vehículo. Aptitudes psíquicas. Son aquellas que resultan necesarias para la adecuada toma de decisiones en el momento oportuno . La conducción se basa en un proceso psicológico que comprende las fases siguientes: o
Recepción de la información recibida a través de los sentidos, principalmente la
vista. o
Valoración de la información recibida y del mensaje que dicha información
transmite. o
Toma de decisiones , consistentes en la elección de la maniobra más adecuada
entre las posibles. o
Ejecución de la maniobra elegida, con la mayor rapidez y precisión posibles.
o
Análisis de la maniobra realizada y de la adecuación de la misma a la situación y
circunstancias del tráfico.
Forma de acreditarlas Toda persona que aspire a la obtención de un permiso o licencia de conducción, así como a su renovación, deberá superar unas pruebas previamente establecidas , ante un Centro de Reconocimiento de Conductores debidamente autorizado, que emitirá el correspondiente informe de aptitud psicofísica: apto, negativo o no apto , siendo necesario conservarlas en todo momento para poder conducir.
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El sentido de la vista Como ya se ha indicado, la información se recibe principalmente a través de la vista, lo que exige no solamente ver sino también saber ver y hacerlo con anticipación . Para ello, no basta con mirar de frente y atender únicamente a nuestra conducción, sino que resulta necesario observar a los demás conductores , prevenir sus reacciones y anticiparse a las mismas. Si el conductor padece miopía, astigmatismo u otra enfermedad que dificulte la visión, debe utilizar gafas graduadas o lentillas; resultando aconsejable que lleve gafas de repuesto en el vehículo.
El campo visual Es la distancia que se abarca a ver tanto de frente y detrás como lateralmente. Si importante es ver lo que se tiene delante, más necesario resulta conocer lo que sucede a nuestro lado y por detrás, a cuyo efecto, además de utilizar adecuadamente los ojos, se debe hacer uso permanente de los espejos laterales e interiores del vehículo, porque proporcionan un campo visual más amplio y una información constante de cuanto ocurre en nuestro entorno.
Visión túnel Efecto ocasionado por la ingesta de bebidas alcohólicas o por circular a velocidad elevada. La persona que lo sufre deja de tener visión periférica, es decir, no ve de manera nítida el entorno, perdiendo información importante, como los mensajes de las señales u la presencia de otros usuarios de la vía. Esto afecta negativamente a la capacidad de anticipación de quien conduce un vehículo.
El sentido del oído Es el que permite distinguir los sonidos , tanto de nuestro vehículo como de los demás usuarios. Para poder circular con seguridad resulta necesario, además de disponer de un nivel de audición adecuado, estar atento y no utilizar aparatos auriculares u otros que impidan captar los mensajes transmitidos por los demás conductores, ni escuchar música con sonidos fuertes, porque, no solamente evitan la captación de estímulos, sino que distraen la atención. Los conductores sordos deben llevar tres espejos retrovisores; uno interior panorámico y dos exteriores.
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El tiempo de reacción Conceptos: •
Tiempo de reacción. Es el período que transcurre desde que el conductor percibe el peligro hasta que decide lo que debe hacer y actúa . Este tiempo oscila entre medio
segundo y dos segundos, dependiendo de la persona, de la edad y del estado de las aptitudes físicas y psicofísicas del conductor; pudiendo cifrarlo, como término medio, en un segundo. Cuanto más disminuyen las capacidades del conductor, más aumenta su tiempo de reacción. •
Distancia de reacción. Es el espacio recorrido por el vehículo durante el tiempo de
reacción. •
•
Distancia de frenado. Es el espacio recorrido por el vehículo desde que el conductor acciona el freno hasta que queda totalmente inmovilizado. Distancia técnica de detención. Es el espacio recorrido por el vehículo desde que el
conductor percibe el peligro hasta que inmoviliza el vehículo.
Durante el tiempo de reacción, el vehículo continúa avanzando y recorre más o menos metros en función de la velocidad y de los factores que afectan al conductor.
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Factores que influyen en las aptitudes psicofísicas del conductor y en la conducción La atención o vigilancia La fatiga
El estrés
El sueño y la somnolencia Enfermedades y medicamentos
-Clases -Causas -Efectos -Formas de combatirla -Clases -Efectos -Medidas para combatirlo -Causas -Peligrosidad -Efectos -Modo de combatirlo -Clases -Efectos
El vestuario del conductor El tabaco El café
Los factores que intervienen en la capacidad del conductor no tienen las mismas consecuencias en todas las personas. La personalidad, la constitución física y el sexo del individuo influyen en los efectos de esos factores.
La atención o vigilancia Durante la conducción se están recibiendo de forma constante mensajes transmitidos por la vía y su entorno, por los demás vehículos y por otros conductores y usuarios, que se deben percibir con la antelación precisa para tomar decisiones adecuadas y ejecutarlas en el momento oportuno. La ausencia o el retraso en dicha percepción, influyen de forma negativa en la toma de decisiones adecuadas, en la no ejecución o ejecución tardía de las mismas y, en consecuencia, en la producción de un accidente de circulación. Para evitarlo, se requiere que el conductor preste una atención constante a todas las circunstancias que se produzcan durante la conducción, referidas a los demás conductores, a los otros vehículos y a la vía y su entorno. El conductor no debe disminuir la atención en recorridos habituales, pues una leve distracción puede suponer una salida de la vía. Otra circunstancia que genera distracciones es circular en situaciones de tráfico complejo, pues eso dificulta la observación de los aspectos más importantes de la circulación.
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La fatiga Clases. La fatiga puede ser tanto física , (cansancio físico), como psíquica (cansancio
mental, que impide o dificulta la capacidad de concentración).
Causas. Puede provenir de cualquiera de los tres factores que influyen en la conducción: el factor humano, esencialmente el conductor; el vehículo y la vía y su entorno . Estas causas
se pueden concretar en un excesivo tiempo de conducción, circular a altas velocidades, en la inexperiencia del conductor, en la mala alimentación, en la edad del conductor, en el mal estado de la carretera, en las condiciones climatológicas adversas, en el mal estado del vehículo (en cuanto a ruidos, órganos de seguridad o luces) y, finalmente, en estados inadecuados del conductor. Efectos: o
Disminución de la atención.
o
Disminución de los reflejos.
o
Modificaciones en la percepción. Cambios del movimiento del cuerpo. Malestar físico.
o
Aumento del tiempo de reacción.
o
o
Formas de combatirla: o
o
o
Saber reconocerla. Descansar, antes y durante la conducción. Conviene descansar cada 2 ó 3 horas, o cada 200 ó 300 kilómetros. Tomar una alimentación adecuada, realizando comidas ligeras, frecuentes y ricas en hidratos de carbono.
o
No tomar estimulantes o medicamentos tranquilizantes.
o
Evitar siempre tomar bebidas alcohólicas.
o
Tomar líquidos, especialmente en épocas de calor.
o
En verano, mantener la temperatura interior del vehículo entre 20 y 24 grados.
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El estrés Causas. Se produce cuando el conductor está sometido a un nivel de exigencias superior a sus capacidades , bien por la propia conducción o por causas ajenas a la misma, como
puede ser el excesivo trabajo, las preocupaciones y otros factores psicológicos propios del conductor. Efectos: o
Alteración de las condiciones físicas y psíquicas.
o
Fatiga emocional y mental.
o
o
Deficiencias en la concentración. Alteraciones de la memoria y de la percepción de la realidad.
Medidas para combatirlo: o
o
o
o
No conducir con un elevado grado de estrés. Realizar movimientos de relajación. No marcarse una hora de llegada. No tomar alcohol ni drogas, así como medicamentos sin prescripción médica.
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El sueño y la somnolencia Causas o
o
o
El momento del día. Es más fácil la aparición del sueño de madrugada o en las primeras horas de la tarde. La calidad del sueño. Los efectos de no tener un sueño reparador son similares a los de no dormir las horas suficientes. La conducción en situaciones monótonas y sin altos niveles de ruido, como en autopistas sin tráfico.
o
No haber dormido lo suficiente. Estar cansado o fatigado.
o
Circular durante las horas habituales para dormir.
o
Ingerir sustancias sedantes, como el alcohol o ciertos medicamentos.
o
o
Padecer trastornos del sueño, como la apnea, causada por una mala respiración al dormir, o el insomnio. Ambos provocan la aparición del sueño durante el día.
Peligrosidad: o
o
Se presenta en un momento concreto y se pasa de estar despierto a dormirse, aunque sea de forma breve, momento durante el que el vehículo continúa avanzando. Especialmente peligroso resulta el sueño diurno, conocido como apnea del sueño , que padecen algunos conductores, especialmente los profesionales, por las muchas horas que dedican a la conducción.
Efectos: o
Disminución de la capacidad de reacción.
o
Incremento del tiempo de reacción.
o
Relajamiento de los miembros y alteración del sistema motriz.
o
Disminución de la atención e incremento de la distracción.
o
o
Disminución de los reflejos. Dificultad en la coordinación de movimientos.
Modo de combatirlo:
o
No cambiar el ritmo, las horas ni la duración habitual del sueño. Realizar descansos frecuentes.
o
Mantener el habitáculo bien ventilado.
o
Controlar la comida antes del viaje.
o
Tomar algún café.
o
No tomar bebidas alcohólicas.
o
Mojarse la cabeza y los brazos.
o
Conversar con los acompañantes, pero evitando la distracción.
o
o
No obstante, si a pesar de adoptar estas medidas, el conductor no tiene la seguridad de vencer el sueño, lo más acertado es estacionar el vehículo en lugar seguro y descansar el tiempo necesario para recuperarse.
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Enfermedades y medicamentos Clases: o
o
Las que impiden la conducción, tanto si se padecen con carácter previo a la obtención del permiso de conducción como si aparecen una vez obtenido el mismo. En ambos casos, está prohibida la conducción, bien porque no se pueda obtener el correspondiente permiso o porque éste se pueda revocar con posterioridad. Las que tienen carácter transitorio. Su aparición puede interferir en la conducción (catarros, dolores de cabeza o estados de angustia o ansiedad). En el caso de que se padezcan este tipo de enfermedades o simples afecciones, puede resultar conveniente tomar medicamentos, pero únicamente resulta posible la compatibilidad de tomar medicamentos y conducir cuando los mismos no incidan negativamente en la conducción.
Efectos:
Sedación. Somnolencia.
o
o
Confusión.
o
Mareo.
o
Vértigo.
o
Calambres
o
Estos efectos son mayores al inicio del tratamiento y tienen mayor influencia en las personas no acostumbradas a la ingestión de determinados medicamentos. Para evitar los efectos negativos de los medicamentos en la conducción, se deben consultar los prospectos y al médico , en su caso, ya que si bien todos los medicamentos producen efectos similares en todas las personas, no inciden con la misma intensidad en ellas, e incluso pueden producir distintas reacciones si su ingestión se mezcla con otras sustancias, especialmente el alcohol, que potencia los efectos tóxicos de los medicamentos, por lo que en ningún caso se debe simultanear la ingestión de alcohol con la de medicamentos. En caso de tener que tomar medicamentos, se debe efectuar con prescripción médica, según la dosis adecuada y durante el período estrictamente necesario.
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El vestuario del conductor La ropa debe permitir el movimiento del cuerpo con entera libertad, de modo que se pueda utilizar toda la amplitud de los brazos para conducir. En invierno o con tiempo frío, no es aconsejable conducir con abrigo u otra prenda que dificulte la libertad de movimientos, pudiendo combatir el frío con una regulación adecuada del aire caliente del habitáculo del vehículo. El calzado debe ser flexible , bien ajustado al pie y no resbaladizo, debiendo evitar el uso de tacones altos o suelas gruesas porque impiden el movimiento o la sensibilidad del pie requerida para conducir adecuadamente. No se deben utilizar sandalias, zuecos o calzado parecido; ni conducir descalzo.
El tabaco Resulta peligroso fumar mientras se conduce, no sólo porque puede producir irritación en los ojos, dificultando la visión, sino también por la distracción que produce el hecho de encender el cigarrillo, buscar el cenicero para arrojar la ceniza y la posible caída de la brasa sobre alguna parte del cuerpo del conductor que hace que se reaccione de forma súbita.
El café Tomado en pequeñas dosis puede resultar positivo, pues alivia el sueño, disminuye la fatiga y aumenta la rapidez de pensamiento, pero si se toma en exceso , produce excitación nerviosa e influye negativamente en la conducción, al igual que otras sustancias excitantes como el té y la cola.
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Factores que pueden modificar el comportamiento -Efectos
Las drogas y demás sustancias
-Prohibición -Pruebas para la detección -Obligatoriedad -Factores
El alcohol
-Efectos
Las drogas y demás sustancias Las drogas resultan peligrosas para la conducción , tanto si su consumo es aislado como si se trata de un consumidor habitual, ya que en este último caso puede producirse el síndrome de la abstinencia, que aparece cuando se suspende o se reduce su ingesta tras un consumo previo regular. Efectos. Los efectos de las drogas y demás sustancias sobre la capacidad de conducción son distintos según la sustancia de que se trate, la dosis suministrada, la idiosincrasia de la persona y el momento en que se tomen, pero, en general, puede afirmarse que producen los siguientes efectos: Efectos o
Alteración la percepción del entorno
o
Reducción de las capacidades de concentración.
o
Comportamientos competitivos, agresivos e impulsivos.
o
Sobrevaloración de capacidades propias.
o
Flashback.
o
o
o o o o
o o
o o o
o
Alteración de la percepción del tiempo y del espacio, por lo que puede que se calculen peor las distancias. Somnolencia. Ilusiones ópticas. Deslumbramiento. Depresión o ansiedad. Agotamiento físico y mental. Alucinaciones. Alteraciones emocionales. Movimientos repetitivos. Disminución de la sensación de fatiga. Retraso en la aparición del sueño, pero producirse el efecto rebote al cabo de unas horas. Aumento del tiempo de reacción
Drogas
Cannabis Cocaina Cannabis Éxtasis Cocaina Cocaina Anfetaminas Cocaina Anfetaminas Éxtasis LSD Cannabis
Éxtasis
LSD
Anfetaminas Todas las drogas
Prohibición. No podrán circular por las vías públicas los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo drogas tóxicas, estupefacientes
u otras sustancias que alteren el estado físico o mental apropiado para conducir sin peligro. Entre dichas sustancias se incluyen los medicamentos u otras sustancias que alteren el estado físico o mental para circular sin peligro. Pruebas para la detección. Las pruebas consistirán normalmente en un reconocimiento médico y en análisis clínicos , pudiéndose repetir las pruebas a efectos de contraste y a petición del interesado o de la Autoridad Judicial. Obligatoriedad. Existe obligación de someterse a las pruebas que se determine por la autoridad competente.
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El alcohol Constituye el mayor factor de riesgo de la conducción y es la causa de un gran número de accidentes , especialmente de los graves. Sus efectos surgen aunque se consuma en pequeñas cantidades. Factores. Afecta especialmente al sistema nervioso , al sentido de la visión y al comportamiento del conductor. No afecta por igual a todas las personas, sino que depende
de una serie de factores o circunstancias personales, como son: o
o
o
El grado de alcohol. El tipo de bebida. El alcohol de las bebidas destiladas (ginebra, ron, etc.), se absorbe con mayor rapidez, al igual que si se acompaña con bebidas gaseosas o calientes. Por el contrario, el alcohol de las bebidas fermentadas (cerveza, vino). La rapidez con la que se ingiere la bebida alcohólica. Cuanto menor sea el tiempo transcurrido entre ingestas, al organismo no le dará tiempo a eliminar el alcohol bebido.
o
La hora en la que se tome (día o noche).
o
El estado del estómago (lleno o vacío).
o
La edad, especialmente a menores de 25 y mayores de 65 años. El sexo (mayor influencia en las mujeres).
o
El peso de la persona (mayor efecto en las personas de constitución delgada).
o
El estado físico (mayor incidencia cuando se está débil, cansado o enfermo).
o
Efectos:
o
Incremento del tiempo de reacción y de la distancia de frenado. Reducción del campo visual, especialmente del periférico.
o
Falso y peligroso estado de euforia.
o
Exceso de confianza en sí mismo y en las propias capacidades.
o
Incorrecta apreciación de distancias y velocidades.
o
Disminución de la percepción del riesgo.
o
o
o
o
o
Alteraciones del comportamiento. Disfunciones sensoriales. Alteraciones en la coordinación de las manos y los pies. Cansancio, somnolencia, fatiga muscular y sensorial.
No existen remedios milagrosos para evitar esos efectos del alcohol. Ni la ingesta de gran cantidad de agua, fumar o tomar protectores para el estómago
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La alcoholemia -Conductores en general
Tasas máximas de alcoholemia
-Conductores noveles -Conductores profesionales
Personas obligadas a someterse a las pruebas de alcoholemia Práctica de las pruebas Sanciones
-Administrativos -Penales
Es la concentración de alcohol que existe en la sangre , y “alcohol en aire espirado” es la cantidad de alcohol en el aliento después de hacer una espiración prolongada. La medición de la alcoholemia puede realizarse , tanto en la sangre como en el aire espirado . La causa de que la medición del alcohol en el aire espirado nos proporcione la cantidad de alcohol que existe en la sangre, se basa en que existe una relación directa entre el alcohol eliminado a través del aliento y el existente en la sangre. Los niveles más altos de alcoholemia aparecen, generalmente, entre los 30 y los 90 minutos después de haber ingerido el alcohol, estando el término medio en 1 hora.
Tasas máximas de alcoholemia La tasa de alcoholemia es el número de gramos de alcohol contenidos en un litro de sangre o en un litro de aire. Las tasas máximas de alcoholemia permitidas para conducir son las siguientes: Conductores en general
0,5 gramos de alcohol por 1.000 cm3 o litro
sangre. Licencias, permisos de las clases AM, A1, A2, A, de 0,25 miligramos de alcohol por 1.000 cm3 o B y B+E y conductores de bicicletas litro de aire espirado. Conductores noveles 0,3 gramos de alcohol por 1.000 cm3 o litro (Durante los dos primeros años de posesión del de sangre. 0,15 miligramos de alcohol por 1.000 cm3 o primer permiso o licencia*) Conductores profesionales litro de aire espirado.
* Sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.
Personas obligadas a someterse a las pruebas de alcoholemia
Todos los conductores de vehículos y de bicicletas.
Los demás usuarios de la vía que se hallen directamente implicados en algún accidente de circulación. Quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes , manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna infracción a las normas de circulación. Los que conduciendo un vehículo, sean requeridos al efecto por la Autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia.
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Práctica de las pruebas
Las pruebas de alcoholemia consistirán normalmente en la verificación del aire espirado mediante etilómetros oficialmente autorizados. No obstante, y a efectos de contraste , pueden repetirse dichas pruebas, bien a petición del interesado o bien por orden de la Autoridad Judicial; pudiendo consistir en análisis de sangre , orina u otros análogos. En el caso de que sea el interesado el que solicite dichos análisis, deberá depositar previamente el importe, que le será devuelto si el resultado de los mismos resulta negativo. Si el resultado de la primera prueba superase los límites de alcoholemia permitidos para conducir, o la persona presentase síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente someterá al interesado, para una mayor garantía y a efectos de contraste, a una segunda prueba transcurrido un tiempo mínimo de diez minutos , de lo que le informará debidamente. Igualmente, se deberá informar al interesado del derecho a comprobar por sí mismo o por terceras personas los resultados, el tiempo transcurrido entre las dos pruebas y a presentar alegaciones u observaciones por sí o por medio de su acompañante o defensor, si lo tuviere.
Sanciones
Administrativas. La conducción de vehículos con tasas de alcoholemia superiores a las permitidas y la negativa a someterse a las pruebas, constituyen infracciones muy graves que llevan aparejada, además de la sanción económica , la suspensión del permiso o licencia de conducción, e incluso la cancelación de los mismos en vía penal, así como la inmovilización del vehículo a cargo del interesado o de quien legalmente
deba responder por él. Penales. Si el hecho denunciado fuese constitutivo de delito , será la Autoridad Judicial la encargada de castigarlo conforme a las sanciones previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y con las medidas que considere adecuadas en relación con dicha norma.