ESTÁNDAR N° 1: INICIO DE OBRA
1.
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ALCANCE
Todas las obras de las empresas del grupo Salfacorp.
2.
DEFINICIONES
Seremi de Salud: Es la autoridad sanitaria regional que representa al Ministro de Salud de cada Región y que tiene como rol principal el fiscalizar y sancionar disposiciones disposiciones del Código Sanitario y otras normativas ambientales ambientales y de seguridad e higiene de los ambientes y lugares de trabajo. Entre otras áreas de acción se consideran: alimentos, laboratorios, farmacias, inhumaciones, exhumaciones exhumaciones y traslado t raslado de cadáveres. Mutual de Seguridad C.CH.C: Organismo Administrador del Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Profesionales. Sernageomin: Organismo asesor técnico especializado del Ministerio de Minería en materias geológicas y mineras, que tiene como funciones principales ejercer la función pública de fiscalización de las condiciones de seguridad minera y medioambiente en la minería, y entregar asistencia técnica en materias de constitución de la propiedad minera, además de producir y proveer información y productos geológicos. 3.
ESTÁNDARES
3.1
Generalidades
El Departamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de SalfaCorp realizará las asesorías necesarias para el cumplimiento de la normativa legal vigente e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad Seguri dad y Medio Ambiental.
3.2
Comunicación y Permisos pertinentes
1.- Comunicación de forma escrita a organismos gubernamentales pertinentes al inicio de la obra y/o faena. (Dirección del Trabajo, Seremi de salud, SERNAGEOMIN si corresponde). 2.- Enviar carta escrita de Inicio de Obra a Mutual de Seguridad C.CH.C, solicitando asesoría, exámenes preocupacionales, material material de apoyo apoyo y capacitaciones. 3.- Listado de permisos a solicitar: Gabinete de primeros auxilios Instalación de faena Instalación eléctrica Declaración de Instalación de gas Camión combustible
Autorización a SEREMI SEREMI de Salud. Municipalidad SEC SEC SEC
Agua potable y alcantarillado alcantar illado Agua envasada
SEREMI de Salud SEREMI de Salud
Acopio temporal de residuos residu os Retiro de agua servidas servida s
SEREMI de Salud SEREMI de Salud
Retiro de residuos residu os domésticos Transporte y disposición final de residuos peligrosos peligrosos
SEREMI de Salud SEREMI de Salud
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Control de vectores
SEREMI de Salud
Casino o comedor
SEREMI de Salud RCA por DIA o EIA por extracción de áridos Concesión marítima por Capitanía de Puerto Decreto Municipal
Extracción de áridos
Informe técnico DOH (si es cauce de río) Además se debe considerar la tramitación de los permisos sectoriales específicos, asociados al trabajo y exigidos por el cliente y/o mandante.
3.3
Higiene en Instalaciones
1.- Realizar el programa de control de vectores y proliferación de gérmenes patógenos de obra. Será un programa mensual de desratización, desinfección y desinsectación. Estos servicios serán contratados a una empresa externa que cuente con las autorizaciones correspondientes del servicio de salud (SEREMI) y del servicio agrícola ganadero (SAG). 2.- Realizado el servicio se solicitará el certificado respectivo, con toda la información detallada de las aplicaciones. 3.- En aquellas áreas expuestas a sustancias tóxicas y/o contaminantes (definidas así por los organismos competentes: SESMA. - CONAMA - OMS) cada trabajador deberá contar con dos casilleros individuales, separados e independientes, uno destinado a la ropa de trabajo y el otro a la vestimenta habitual o casera.
3.4
Instalación de Contenedores
1.- Hacer un Layout del terreno, delimitando la zona de la obra y elementos anexos, si corresponde, además de resolver en forma práctica con el resto del terreno las ubicaciones de las distintas dependencias. 2.- El transporte de carga deberá efectuarse en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos de tránsito definidos por la ley 18,290, y en vehículos que reúnan los requisitos que aquellos contemplen.
3.5
Disposiciones Generales a Subcontratistas
1.- Al iniciar un trabajo el contratista o subcontratista deberá presentar a la oficina de administración la siguiente información:
Copia de contrato de trabajadores Certificado que acredite que el Contratista o Subcontratista cumple sus obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva. Certificado de afiliación a alguna Mutualidad, que certifique el cumplimiento de la ley Nº 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Entrega a trabajadores del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, Constitución y legalización del Comité Paritario de Higiene y Seguridad si en la obra tiene más de 25 trabajadores Registro de entrega de Elementos de Protección personal Resultados de exámenes preocupacionales de sus trabajadores Programa de SSOMA de subcontrato Procedimientos de trabajo
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2.- Como SALFA, debemos hacer entrega de la siguiente información:
Entrega de reglamento especial de subcontratación Al ingreso de cada Contratista o Subcontratista a la obra se le entregará el programa personalizado de actividades y responsabilidades referidas a la Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente asociadas a la obra en que desarrollen sus actividades. El porcentaje de cumplimiento no podrá ser inferior al 95%, en caso contrario se cursarán las amonestaciones establecidas en el contrato. Entrega del Reglamento Interno Salfa.
3.- Al momento de ingresar a la obra el Contratista o Subcontratista deberá instruir a su personal con una Charla del derecho a saber a hombres nuevos, el cual cumpla con el Decreto Supremo Nº 40, de las obligaciones de informar de los riesgos laborales, coordinada con el Departamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de SalfaCorp en cada Obra.
4.
SEGUIMIENTO Y CONTROL
4.1 Se deberá llevar un control de todos aquellos documentos y/o registros legales en obra debidamente registrados en las carpetas individuales. 4.2 El número mínimo de artefactos en las instalaciones sanitarias, se calculará en base al número de personas que laboren en la obra de acuerdo al artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 594, Ley 16,744. 4.3 Los circuitos eléctricos de la instalación de faenas deberán estar provistos de sistema de "Protección Diferencial". No se permitirá, bajo ningún pretexto, las instalaciones provisorias que no cumplan con los estándares mínimos establecidos en los programas. 4.4 El Contratista o Subcontratista deberá dar aviso en forma inmediata al Administrador de la Obra, de todo incidente que ocurra a su personal y se deberá mantener un registro con todos los incidentes ocurridos. 5.
REGISTROS
Carta de inicio de obra (MC-SSMA-E-001-R-001) Carta de inicio SERNAGEOMIN (MC-SSMA-E-001-R-073)