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PRACTICA PROFESIONAL Nombre y apellido apellido Legajo: Legajo: Fecha de entrega: 22/07/2016 Carrera: Abogacia Materia: Practica profesional Modulo: 4 Nombre del profesor: Marcos Scilletta
1)
Rio Gallegos, Santa Cruz, dos (2) de mayo de 2016. Tengase al Dr. Miguel Rolon presentado y parte en nombre y representación del señor Camilo Andes, en merito a la copia de poder acompañada y con el domicilio procesal constituido en Rosario 1234 de esta c iudad. Admítase. Dese a la presente el trámite de juicio articulo 297 del código procesal de Santa Cruz. Cítese y emplácese al demandado Adrian Rodrigo para que en el término de quince (15) días comparezca a estar a derecho y constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de rebeldía, co nteste la demanda y en su caso oponga excepciones o deduzca re convención, debiendo ofrecer la prueba de que haya de valerse en la forma y con los efectos dispuestos por los arts.333 y subsiguientes del C .P.C.C. Notifíquese con copia de la demanda y de la documental presentada. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. juzgado civil y comercial, juez De 1ra. Instancia.
Carlos Alvarez
Martin Redondo
Juez De 1ra. Instancia civil
Secretario Juzgado 1ra. Instancia civil
y comercial
y comercial
2)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rio Gallegos, Santa Cruz Hago saber a usted que en los autos caratulados Camilo Andes c/ Adrian Rodrigo. s/daños y perjuicios , en trámite en el juzgado civil y comercial de primera instancia de Rio Gallegos, a cargo del juez Carlos Alvarez, se ha ordenado notificarlo en la providencia siguiente. Rio Gallegos dos (2) de mayo de 2016 traslado a la actora por el termino de ley. NOTIFIQUESE.
Carlos Alvarez
Martin Redondo
Juez De 1ra. Instancia civil
Secretario Juzgado 1ra. Instancia civil
y comercial
y comercial
3)
Contesta demanda. Reconvención Rio Gallegos Santa cruz, tres de mayo de 2016 Fernando Lopez, abogado en representación de A drian Rodrigo, domicilio procesal constituido en la calle Julio Argentino Roca 321 de la ciudad de Rio Gallegos, por la demanda caratulada Camilo Andes c/ Adrian Rodrigo. s/daños y perjuicios a V.S. respetuosamente digo: Acera del emplazamiento factico propuesto por la parte actora, niego todos aquello hechos a los que alude acerca del choque del automóvil de mi defendido contral aquel ya que mi cliente pasaba con el semáforo en verde y el señor Camilo Andres paso a alta velocidad a alta velocidad con su moto marca honda interponiéndose delante de mi defendió y generando e l choque, esto es constatable mediante las cámaras de seguridad de la farmacia e ncontrada en la esquina de las calles Mariano Moreno y Juncal, por lo tanto vengo a inter poner la reconvención de la demanda.
Franco Lopez Abogado
4)a)-con fecha 28 de abril de 2016 se presenta la demanda
-con fecha dos de mayo de 2016 el tribunal admitió la demanda y cito a comparecer y se libro cedula al demandado -con fecha tres de mayo de 2016 se contesto la demanda 4)b)Rio Gallegos, 6 de mayo de 2016
Tengase por presentada y dese lugar a la reconvención hecha por la parte demanda, descart ando la pretencion deducida por la parte actora en los autos caratulados caratulados Camilo Andes c/ Adrian Rodrigo. s/daños y perjuicios. NOTIFIQUESE.