Facultad: de Ciencias Sociales Programa: de Derecho Semestre: V Asignatura: Derecho Probatorio I Docente: Gunkell Romero Gutiérrez Presentado por: Diana Patricia Bohórquez Janiris Carrascal Paternina Laura Vitola Canaal
Preguntas a Desarrollar en el Trabajo 1 !C"mo est# constituido el derecho $robatorio% Por el conjunto de $rinci$ios jur&dicos e'$uestos $arcialmente en normas $ositi(as reguladoras de las $ruebas judiciales) Princi$ios *ue a su turno son +ruto de conce$ciones +ilos"+icas, $ol&ticas, hist"ricas - sociol"gicas) . !/ué estudia la teor&a de las $ruebas% 0as reglas relati(as a los medios de $rueba, tanto tanto en el derecho sustanti(o sustanti(o como en el $rocesal) l estudiar, no -a los medios de $rueba, sino la $rueba en s&, es $ro$io de la l"gica) 2 !Por *ué se $rueban los hechos% 0os hechos se $rueban, en cuanto se conozcan, $ara com$robar las a+irmaciones) 3 !De d"nde surgen las $ruebas% De la realidad e'trajur&dica, del orden natural de las cosas, del cual se toman $ara darle +undamento jur&dico) 0as $ruebas no son una creaci"n del derecho, su (alor se toma de la realidad e'trajur&dica) Todas las $ruebas son $reconstituidas, como +uentes4 - a constituir, como medios) 5 !Cu#l es la naturaleza de la $rueba%
Se encuentra en la realidad +#ctica) 0a $rueba es un dato meta jur&dico) 0a $rueba es indis$ensable $ara el $roceso - $ara el juicio, $ero sin ser, $or su naturaleza, $rocesal, ni si*uiera jur&dica) 6dem#s, la $rueba cum$le una +unci"n descri$ti(a, $rescri$ti(a - ante todo con(enciones im$erati(as) 7 !C"mo se articulan los hechos al $roceso% 8ediante un $rocedimiento, un medio de $rueba, *ue s& es $rocesal)
9 !/ué es :uzgar% 'aminar - e(aluar hechos, los hechos $robados en el $roceso con+orme a las reglas $rocesales, - solamente sobre ellos) se es su l&mite - su radio de acci"n) 0o *ue no est# all& $robado, no e'iste jur&dicamente $ara el juez) Se colige, entonces, *ue el Derecho Probatorio constitu-e la $arte (ital del Derecho Procesal) ; !l sistema de (aloraci"n de la $rueba utilizado en Colombia es el de la Sana Critica, mencionar $or lo menos Cinco art&culos donde se encuentre dentro de nuestro sistema jur&dico) 6RT< .= Constituci"n Pol&tica) Debido $roceso) 6RT< .5> numeral 1 Constituci"n Pol&tica) Solicitar al juez *ue ejerza las +unciones de control de garant&as las medidas necesarias *ue aseguren la com$arecencia de los im$utados al $roceso $enal, la conser(aci"n de la $rueba - la $rotecci"n de la comunidad, en es$ecial, de las (&ctimas) Art!culo "#$% Apreciación de las pruebas%
0as $ruebas deber#n ser a$reciadas en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana cr&tica, sin $erjuicio de las solemnidades $rescritas en la le- sustancial $ara la e'istencia o (alidez de ciertos actos) l juez e'$ondr# siem$re razonadamente el mérito *ue le asigne a cada $rueba) 6RT< 17; C"digo General del Proceso) Rechazo de $lano< el juez rechazar#, mediante $ro(idencia moti(ada, las $ruebas il&citas, las notoriamente im$ertinentes, las inconducentes - las mani+iestamente su$er+luas o in?tiles)
6RT< 179 C"digo General del Proceso) Carga de la $rueba< Incumbe a las $artes $robar el su$uesto de hecho de las normas *ue consagran el e+ecto jur&dico *ue ellas $ersiguen) @o obstante, seg?n las $articularidades del caso, el juez $odr#, de o+icio o a $etici"n de $arte, distribuir, la carga al decretar las $ruebas, durante su $r#ctica o en cual*uier momento del $roceso antes de +allar, e'igiendo $robar determinado hecho a la $arte *ue se encuentre en una situaci"n m#s +a(orable $ara a$ortar las e(idencias o esclarecer los hechos contro(ertidos) 0a $arte se considerar# en mejor $osici"n $ara $robar en (irtud de su cercan&a con el material $robatorio, $or tener en su $oder el objeto de $rueba, $or circunstancias técnicas es$eciales, $or haber inter(enido directamente en los hechos *ue dieron lugar al litigio, o $or estado de inde+ensi"n o de inca$acidad en la cual se encuentre la contra$arte, entre otras circunstancias similares) 6RT< 3. numeral C"digo General del Proceso) Deberes del juez) Son deberes del juez 1) Dirigir el $roceso, (elar $or su r#$ida soluci"n, $residir las audiencias, ado$tar las medidas conducentes $ara im$edir la $aralizaci"n dilaci"n del $roceso - $rocurar la ma-or econom&a $rocesal) .) Aacer e+ecti(a la igualdad de las $artes en el $roceso, usando los $oderes *ue este c"digo le otorga) 2) Pre(enir, remediar, sancionar o denunciar $or los medios *ue este c"digo consagra, los actos contrarios a la dignidad de la justicia, lealtad, $robidad - buena +e *ue deben obser(arse en el $roceso, lo mismo *ue toda tentati(a de +raude $rocesal) 3) m$lear los $oderes *ue este c"digo le concede en materia de $ruebas de o+icio $ara (eri+icar los hechos alegados $or las $artes) 5) 6do$tar las medidas autorizadas en este c"digo $ara sanear los (icios de $rocedimiento o $reca(erlos, integrar el litisconsorcio necesario e inter$retar la demanda de manera *ue $ermita decidir el +ondo del asunto) sta inter$retaci"n debe res$etar el derecho de contradicci"n - el $rinci$io de congruencia) 7) Decidir aun*ue no ha-a le- e'actamente a$licable al caso contro(ertido, o a*uella sea oscura o incom$leta, $ara lo cual a$licar# las le-es *ue regulen situaciones o materias semejantes, - en su de+ecto la doctrina constitucional, lajuris$rudencia, la costumbre - los $rinci$ios generales del derecho sustancial $rocesal) 9) 8oti(ar la sentencia - las dem#s $ro(idencias, sal(o los autos de mero tr#mite)
0a sustentaci"n de las $ro(idencias deber# también tener en cuenta lo $re(isto en el art&culo 9 sobre doctrina $robable) ;) Dictar las $ro(idencias dentro de los términos legales, +ijar las audiencias diligencias en la o$ortunidad legal - asistir a ellas) =) Guardar reser(a sobre las decisiones *ue deban dictarse en los $rocesos) l mismo deber rige $ara los em$leados judiciales) 1>) Presidir el re$arto de los asuntos cuando corres$onda) 11) Veri+icar con el secretario las cuestiones relati(as al $roceso - abstenerse de solicitarle $or auto in+orme sobre hechos *ue consten en el e'$ediente) 1.) Realizar el control de legalidad de la actuaci"n $rocesal una (ez agotada cada eta$a del $roceso) 12) Bsar la toga en las audiencias) 13) Bsar el Plan de :usticia Digital cuando se encuentre im$lementado en su des$acho judicial) 15) 0os dem#s *ue se consagren en la le-) = !De los Princi$ios *ue rigen el Derecho Probatorio (istos en clases escoger cinco e identi+icarlos en art&culos de nuestros c"digos de $rocedimiento% PRI@CIPI D 0G60ID6D 0ICITBD D 06 PRB6, la $rueba debe ser obtenida con+orme al debido $roceso sin la (ulneraci"n de los derechos garant&as la de los dem#s) 6rticulo .= C@, ESentencia SBF15= de .>>>, Sentencia CF5=1 de .>>5) B@ID6D D PRB6< Aace re+erencia a *ue cada $rueba debe e(aluarse indi(idualmente - darle el alcance *ue tiene cada una res$ecto a lo *ue se muestra en el $roceso) l conjunto $robatorio en un juicio $uede ser una unidad $robatoria, - $or lo tanto debe tener la misma a$reciaci"n *ue una $rueba indi(idual) 6rticulo .= C@, articulo 197 del CGP) IGB60D6D PR6TRI6< Aace re+erencia a *ue las $artes deben tener igualdad en las condiciones en *ue deben $resentar las $ruebas E6rt) 3. num) . C)G)P)) 6rticulo 12 de C@ - articulo .= 0IRT6D SR 0S 8DIS D PRB6< Dentro del $roceso se $odr# incor$orar cual*uier medio de $rueba adem#s de las contem$ladas en el 6rt) 175 C)G)P) E6rt) 195 C)P)C) sal(o algunas e'ce$ciones *ue establece la le-) Sin
embargo, la $rueba debe ser constitucional, id"nea - obtenida sin (iolaci"n de los derechos - garant&as de los dem#s) @CSID6D D 06 PRB6< Im$lica *ue la $rueba es necesaria $ara decidir en el $roceso en aras de garantizar la contradicci"n - la $resunci"n de inocencia) 6rt&culo 173 del CGP) C@TR6DICCI@ D 06 PRB6< Se hace e+ecti(o a tra(és del $rinci$io de $ublicidad) n este sentido se $uede o$oner, contradecir, contro(ertir - discutir las $ruebas) 6rt&culo 191 del CGP)
1> !8encione - describa una norma *ue e'ista o ha-a e'istido donde se utilicen los sistemas de (aloraci"n de la $rueba de 0a Tari+a 0egal - el Sistema de 0a 0ibre Con(icci"n% Sentencia .>. H>5, est# sujeta a lo dis$uesto en el art&culo 1;9 del c"digo general del $roceso) 8ani+iesta las dis$osiciones en materia de $ruebas de+iniendo como sistemas necesarios dentro de los $rocesos jur&dicos) l sistema de &ntima con(icci"n o de conciencia o de libre con(icci"n, en el cual se e'ige ?nicamente una certeza moral en el juzgador - no se re*uiere una moti(aci"n de su decisi"n, es decir, no se re*uiere la e'$resi"n de las razones de ésta) s el sistema *ue se a$lica en la instituci"n de los llamados jurados de conciencia o jueces de hecho en los $rocesos $enales en algunos ordenamientos jur&dicos) l sistema de la tari+a legal o $rueba tasada, en el cual la le- establece es$ec&+icamente el (alor de las $ruebas - el juzgador sim$lemente a$lica lo dis$uesto en ella, en ejercicio de una +unci"n *ue $uede considerarse mec#nica, de suerte *ue a*uel casi no necesita razonar $ara ese e+ecto $or*ue el legislador -a lo ha hecho $or él)