ÍNDICE
PREÁMBULO
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I EL RIESGO ELÉCTRICO
1.1 1.2 1.3 1.4
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD MINERA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD INDUSTRIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN RELACIÓN CON LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3 INSTALACIONES ELÉCTRICAS
3.1 3.2 3.3 3.4 3.5 3.6 3.7
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ASPECTOS GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . MONTAJE DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PUESTA EN SERVICIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . REVISIÓN DE INSTALACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Revisión de instalaciones de baja tensión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Revisión de instalaciones eléctricas de alta tensión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . MANUAL DE INSTRUCCIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ELEMENTOS EN TENSIÓN EN CANTERAS, GRAVERAS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Instalaciones eléctricas y elementos en alta tensión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Instalaciones interiores o receptoras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4 MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y DE PREVENCIÓN
4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7
7
RIESGO ELÉCTRICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 ZONA DE PELIGRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 TENSIÓN ELÉCTRICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 INTENSIDAD DE CORRIENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
2 LEGISLACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.1 2.2 2.3 2.4
5
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS ELÉCTRICOS DIRECTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES Y SOBRETENSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Protecciones contra sobreintensidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Protecciones contra sobretensiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SEÑALIZACIÓN DEL RIESGO ELÉCTRICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN LÍNEAS AÉREAS Y CONDUCTORES DE ALTA TENSIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . EMPLAZAMIENTOS CON RIESGO DE INCENDIO O EXPLOSIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ELECTRICIDAD ESTÁTICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
11
11 11 13 13 15
15 16 17 17 18 18 19 19 20 20 22 29
29 33 36 37 39 41 41 42 43
5 MEDIDAS CORRECTORAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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ANEXO I Grados de protección IP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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ANEXO II
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
BIBLIOGRAFÍA
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
66
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
67
NORMAS TÉCNICAS
69
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
PREÁMBULO
La Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos (ANEFA) tiene como uno de sus objetivos contribuir a un mayor conocimiento, por parte de los empresarios, técnicos y trabajadores, de las recomendaciones y actuaciones dirigidas a la prevención de riesgos laborables en las explotaciones del sector de los áridos. En esta publicación, que ha sido supervisada por el Comité de Seguridad y Relaciones Laborales de ANEFA, se recogen directrices y criterios técnicos para las instalaciones eléctricas existentes en las explotaciones de áridos. Las especiales características de estas instalaciones, expuestas a la intemperie, con producción de polvo y donde existen grandes estructuras metálicas que soportan la maquinaria fija y por la que transitan los trabajadores, el tráfico de la maquinaria pesada, etc., hacen especialmente importante un correcto diseño de la instalación eléctrica y una adecuada labor de mantenimiento de sus características. La existencia de tres legislaciones diferentes que confluyen en esta materia, la minera, la de seguridad industrial y la de prevención de riesgos laborales hace especialmente necesario disponer de un texto donde se resalten los aspectos de mayor incidencia en las instalaciones de este sector. Por tal motivo, ANEFA ha realizado una campaña de revisión de instalaciones eléctricas que ha puesto de relieve los problemas eléctricos más frecuentes que pueden llegar a producirse en las explotaciones de áridos y que ha servido para dirigir la presente publicación hacia los aspectos más críticos de las instalaciones eléctricas de las canteras y de las graveras. Las técnicas y procedimientos para trabajar con seguridad en las instalaciones eléctricas, o en sus proximidades ya han sido objeto de un Manual de Normas Básicas de Seguridad para Trabajos Eléctricos en Establecimientos de Beneficio Mineros y de un CDROM titulado Protección frente a los riesgos eléctricos en canteras, graveras y plantas de tratamiento de áridos que acompaña a esta publicación, realizados ambos por ANEFA. En consecuencia, la guía Seguridad en Instalaciones Eléctricas en Canteras y Graveras se ha concebido como una publicación
complementaria de las anteriormente citadas, omitiendo las recomendaciones de seguridad para los trabajadores y centrándose en recomendaciones para que empresarios y técnicos puedan diseñar y mantener instalaciones eléctricas seguras. El texto desarrolla las instalaciones y equipos eléctricos más frecuentes en canteras y graveras y las medidas de prevención y protección que deben estar presentes en los mismos. Recoge literalmente extractos de las disposiciones legales de aplicación sin sustituir, en ningún caso, a esa normativa. Esta publicación queda encuadrada dentro de la Campaña de Prevención de Riesgos Laborales en Canteras y Graveras que la Asociación realiza de forma continua desde 1999, subvencionada por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Preámbulo
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Para más información, consulte la página web www.aridos.org
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EL RIESGO ELÉCTRICO
La instalación eléctrica de una cantera o gravera es el conjunto de aparatos y de circuitos asociados mediante los que se genera, convierte, transforma, transporta, distribuye o utiliza la energía eléctrica, incluyendo las baterías, los condensadores y cualquier otro equipo que almacene energía eléctrica.
Las características propias de este tipo de instalaciones, unidas a las condiciones especiales que se dan en las canteras y graveras, como son la exposición a la intemperie, la acumulación de polvo, la existencia de estructuras metálicas conductoras, etc. hacen que deba prestarse un especial cuidado en el diseño, montaje y mantenimiento de la instalación eléctrica para poder prevenir los riesgos para los trabajadores y para los propios equipos de la planta de tratamiento.
1.1 EL RIESGO ELÉCTRICO
El riesgo eléctrico es la posibilidad de que la corriente eléctrica circule a través del cuerpo humano pudiendo provocar lesiones. El accidente eléctrico se origina cuando menos se espera, y por tanto han de tomarse todas las precauciones que sean necesarias sin confiarse. El accidente eléctrico puede dar lugar a: Choque eléctrico por contacto con elementos en tensión (contacto eléctrico directo), o con elementos puestos accidentalmente en tensión (contacto eléctrico indirecto). El contacto directo se produce cuando el trabajador toca, directamente, un elemento conductor que está habitualmente en tensión como, por ejemplo, los conductores o los bornes. Los contactos directos representan más del 25% del total de accidentes eléctricos. El contacto indirecto tiene lugar cuando una parte del cuerpo entra en contacto con los elementos de equipos por los que habitualmente no circula la corriente, por ejemplo la carcasa de un motor, y que accidentalmente están en tensión, debido a un fallo de los aislamientos. Arco eléctrico accidental que se origina por cortocircuito en instalaciones en tensión. Supone más del 60% de los accidentes eléctricos.
El riesgo eléctrico
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Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendios o explosiones originados por la electricidad.
Los daños que un accidente eléctrico puede producir en el cuerpo humano son los siguientes: La tetanización muscular se produce cuando la corriente eléctrica circula a través del cuerpo humano. Aparece a partir de una intensidad de corriente igual a 10 miliamperios, lo que impide a una persona separarse por sus propios medios del contacto eléctrico. A partir de intensidades de 40 miliamperios pueden producirse paros respiratorios, asfixia o fibrilación ventricular, que son la causa principal de fallecimiento, en este tipo de accidentes. Entre la lesiones producidas sin paso de corriente por el cuerpo, las principales son las quemaduras, los trastornos nerviosos, renales, oculares y auditivos, así como fracturas, cortes y contusiones motivados por caídas.
La gravedad de los accidentes eléctricos depende fundamentalmente de: La intensidad de la corriente eléctrica. El tiempo de duración del contacto eléctrico. La trayectoria de la corriente eléctrica por el cuerpo humano. Esta trayectoria puede recorrer transversal o longitudinalmente el corazón, o no llegar a afectar a dicho órgano.
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1.2 ZONA DE PELIGRO
La zona de peligro o zona de trabajos en tensión es el espacio alrededor de los elementos desnudos (sin aislamiento) en tensión en el que la presencia de un trabajador desprotegido supone un riesgo grave e inminente de que se produzca un arco eléctrico, o un contacto directo con el elemento en tensión, teniendo en cuenta los gestos o movimientos normales que puede efectuar el trabajador sin desplazarse. En esta zona únicamente se permite trabajar, mediante métodos y procedimientos especiales (conocidos como "trabajos en tensión"), a trabajadores cualificados, entrenados para ello y que utilicen equipos y materiales adecuados, siguiendo un método y procedimientos de trabajo que aseguren su protección frente al riesgo eléctrico. La zona de proximidad es el espacio delimitado alrededor de la zona de peligro, desde la que el trabajador puede invadir accidentalmente esta última.
Zona de peligro y zona de proximidad
1.3 TENSIÓN ELÉCTRICA
La tensión nominal de una instalación en kilovoltios, Un, es el valor convencional de la tensión con la que se denomina un sistema o instalación y para los que ha sido previsto su funcionamiento, aislamiento y las protecciones. Para los sistemas trifásicos se considera como tal la tensión compuesta (valor eficaz entre fases). Alta Tensión: tensión nominal superior a 1.000 Voltios en corriente alterna y 1.500 V para corriente continua. Baja tensión: tensión nominal igual o inferior a 1.000 V para corriente alterna (c.a.) y 1.500 V para corriente continua (c.c.). Tensiones de seguridad: En la ITC-BT-36 del actual Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) se consideran tres tipos de instalaciones a muy baja tensión: Muy Baja Tensión de Seguridad (MBTS), Muy Baja Tensión de Protección (MBTP) y Muy Baja Tensión Funcional (MBTF). En los tres casos, la tensión nominal no excede de 50 voltios en c.a. y 75 voltios en c.c.
CORRIENTE ALTERNA (Valor eficaz) Muy baja tensión Un ≤ 50V Tensión usual 50 < Un ≤ 500V Tensión especial 500 < Un ≤ 1000V
CORRIENTE CONTINUA (Valor medio aritmético) Un ≤ 75V 75 < Un ≤ 750V 750 < Un ≤ 1500V
El riesgo eléctrico
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1.4 INTENSIDAD DE CORRIENTE
Es la cantidad de carga eléctrica que pasa a través de una sección de conductor en una unidad de tiempo. Según la ley de Ohm la intensidad de la corriente es igual al voltaje dividido por la resistencia que oponen los cuerpos al paso de la corriente.
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2
LEGISLACIÓN
La legislación relacionada con las instalaciones eléctricas de las canteras y graveras procede de tres ámbitos diferentes pero complementarios, ya que unas disposiciones reglamentarias remiten a las otras: Seguridad minera Seguridad industrial Prevención de riesgos laborales
2.1 LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD MINERA
La reglamentación sobre instalaciones eléctricas específica de la minería se recoge en las siguientes disposiciones: R. D. 863/1985, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera Orden de 2 de octubre de 1985, del Ministerio de Industria y Energía por la que se aprueban Instrucciones Técnicas Complementarias - ITC - de los capítulos V, VI y IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. (Ver Anexo II). La ITC 09.0.12 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales remite, en numerosas ocasiones, al REBT.
2.2 LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
Por su parte, la legislación de seguridad industrial, que desarrolla muy ampliamente las condiciones que deben reunir las instalaciones eléctricas, es de aplicación supletoria en todo lo no previsto en la legislación minera.
Legislación
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Dentro de estas disposiciones destacan: R. D. 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión REBT, desarrollado mediante Instrucciones Técnicas Complementarias. Establece las condiciones técnicas y las garantías que deben reunir las instalaciones eléctricas conectadas a una fuente de suministro en los límites de baja tensión, con la finalidad de: Preservar la seguridad de las personas y los bienes. Asegurar el normal funcionamiento de dichas instalaciones y prevenir las perturbaciones en otras instalaciones y servicios. Contribuir a la fiabilidad técnica y a la eficiencia económica de las instalaciones.
Se aplica a: Las nuevas instalaciones, así como a sus modificaciones y ampliaciones. Las instalaciones existentes, en cuanto a: · Modificaciones y reparaciones de importancia, considerándose modificaciones de importancia las que afecten a más del 50% de la potencia instalada, las que afecten a líneas completas de procesos productivos con nuevos circuitos y cuadros (aun con reducción de potencia). · Cuando su estado, situación o características impliquen un riesgo grave para las personas o los bienes, o se produzcan perturbaciones importantes en el normal funcionamiento de otras instalaciones. R. D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Orden de 10 de marzo de 2000 por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16, MIE-RAT 17, MIE-RAT 18 y MIE-RAT 19 del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación R. D. 400/1996, de 1 de marzo, sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. R. D. 1435/1992, de 27 de noviembre, sobre máquinas, (modificado por el Real Decreto 56/1995, de 20 de enero). Orden de 23 de junio de 1988, por la que se actualizan las Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 07, MIE-RAT 09, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16, MIE-RAT 17, MIE-RAT 18 del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. Orden de 6 de julio de 1984, por la que se aprueban las instrucciones técnicas complementarias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías en Centrales Eléctricas y Centros de Transformación.
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2.3 LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Finalmente, la legislación de prevención de riesgos laborales, aborda en diferentes disposiciones legales, aspectos relativos a las instalaciones eléctricas, de forma coherente con las otras legislaciones. R. D. 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico Aplica en las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo o en la proximidad de las mismas. Este Real Decreto se limita a establecer unas obligaciones de carácter general y a remitirse, para las prescripciones particulares, a la normativa específica aplicable R. D. 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
2.4 OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN RELACIÓN CON LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Las citadas disposiciones legales establecen que el empresario debe adoptar las medidas necesarias para que de la utilización o presencia de la energía eléctrica en los lugares de trabajo no se deriven riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.
Legislación
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Es necesario considerar dos casos diferenciados: Trabajadores usuarios de equipos o instalaciones eléctricas: en este caso, la evaluación de riesgos se dirigirá a comprobar si los equipos o instalaciones son los adecuados para evitar que los trabajadores puedan sufrir contactos eléctricos directos o indirectos, así como proteger a las instalaciones. Esto implica comprobar, en relación con las instalaciones eléctricas: La adecuación de los equipos o instalaciones a las condiciones en que se utilizan (locales mojados, atmósferas explosivas, etc.). Si disponen de las medidas de prevención necesarias para evitar el riesgo de accidente eléctrico (esencialmente, medidas de prevención en el origen). El cumplimiento de la normativa específica aplicable, en particular, la reglamentación electrotécnica. Trabajadores cuya actividad, no eléctrica, se desarrolla en proximidad de instalaciones eléctricas con partes accesibles en tensión y trabajadores cuyos cometidos sean instalar, reparar o mantener instalaciones eléctricas. Esto supone que el empresario tiene que comprobar que los equipos utilizados y los dispositivos de protección se ajustan a la normativa específica que sea de aplicación.
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3
INSTALACIONES ELÉCTRICAS
3.1 ASPECTOS GENERALES
La instalación eléctrica y las características de sus componentes deben adaptarse a las condiciones específicas de la cantera o de la gravera, de la actividad desarrollada en el centro de trabajo y de los equipos eléctricos (receptores) que existen.
En estas explotaciones, las características conductoras del lugar de trabajo (posible presencia de superficies muy conductoras, agua o humedad), la presencia de atmósferas pulverulentas, materiales inflamables, ambientes corrosivos y, en su caso atmósferas explosivas, pueden incrementar significativamente el riesgo eléctrico.
En los lugares de trabajo de las canteras y graveras, sólo pueden utilizarse equipos eléctricos para los que el sistema o modo de protección previstos por su fabricante sea compatible con el tipo de instalación eléctrica existente y los factores mencionados en el apartado anterior. En cualquier caso, las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo y su uso y mantenimiento deben cumplir lo establecido en la reglamentación electrotécnica, la normativa general de seguridad y salud sobre lugares de trabajo, equipos de trabajo y señalización en el trabajo, así como cualquier otra normativa específica que les sea de aplicación. En ambientes especiales tales como locales mojados o de alta conductividad, locales polvorientos, locales con alto riesgo de incendio, atmósferas explosivas o ambientes corrosivos, no se emplearán equipos de trabajo que en dicho entorno supongan un peligro para la seguridad de los trabajadores. Por lo tanto, las instalaciones existentes en canteras y graveras deben cumplir con unos requisitos especiales debido a sus características en tanto que: Instalaciones en locales de características especiales, tales como: Instalaciones en locales húmedos Instalaciones en locales mojados Instalaciones en locales con riesgo de corrosión Instalaciones en locales polvorientos sin riesgo de incendio o explosión
Instalaciones eléctricas
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Instalaciones en locales con riesgo de incendio o explosión En emplazamientos donde puedan formarse atmósferas explosivas, la instalación y los equipos eléctricos utilizados deben cumplir los requisitos de la ITC-BT-29 del REBT, así como el RD 400/1996, de 1 de marzo, sobre aparatos y sistemas de protección para uso en las atmósferas potencialmente explosivas.
3.2 MONTAJE DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Según las ITCs del capítulo IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, los montajes deberán ser realizados por personal instalador especializado y autorizado.
Los requisitos de montaje de instalaciones eléctricas previos a su puesta en servicio y utilización son los siguientes: Debe elaborarse, previamente a la ejecución, una documentación técnica que defina las características de la instalación y que, en función de sus características, según determine la correspondiente ITC del REBT, revestirá la forma de proyecto o memoria técnica. La instalación ha de verificarse por el instalador autorizado, con la supervisión del director de obra en su caso, a fin de comprobar la correcta ejecución y funcionamiento seguro de la misma. Los materiales y equipos utilizados en las instalaciones tienen que ser utilizados en la forma y para la finalidad que fueron fabricados. Los incluidos en el campo de aplicación de la reglamentación de transposición de las Directivas de la Unión Europea deben cumplir con lo establecido en las mismas. En lo no cubierto por tal reglamentación se aplican los criterios técnicos preceptuados por el REBT. Los equipos y materiales eléctricos tienen que ir acompañados de las indicaciones necesarias para su correcta instalación y uso, con las siguientes indicaciones mínimas: Identificación del fabricante, representante legal o responsable de la comercialización. Marca y modelo. Tensión y potencia (o intensidad) asignadas. Cualquier otra indicación referente al uso específico del material o equipo, asignado por el fabricante.
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3.3 PUESTA EN SERVICIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
El procedimiento de puesta en servicio varía entre Comunidades Autónomas, pero los requisitos que establece el REBT son los siguientes: A la terminación de la instalación y realizadas las verificaciones pertinentes, el instalador autorizado ejecutor de la instalación, emitirá un certificado de instalación, en el que se hará constar que la misma se ha realizado de conformidad con lo establecido en el REBT y las ITC que sean de aplicación y de acuerdo con la documentación técnica. En su caso, identificará y justificará las variaciones que en la ejecución se hayan producido con relación a lo previsto en dicha documentación. El certificado, junto con la documentación técnica y, en su caso, el certificado de dirección de obra y el de inspección inicial, deben depositarse ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con objeto de registrar la referida instalación, recibiendo las copias diligenciadas necesarias para la constancia de cada interesado y solicitud de suministro de energía.
3.4 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo han de utilizarse y mantenerse de forma adecuada y sistematizada de acuerdo con las instrucciones del fabricante. El funcionamiento de los sistemas de protección tiene que controlarse periódicamente, de acuerdo a las instrucciones de sus fabricantes e instaladores, si existen, y a la propia experiencia del explotador. Las modificaciones deberán ser efectuadas por un instalador autorizado.
Instalaciones eléctricas
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3.5 REVISIÓN DE INSTALACIONES
En relación con el mantenimiento de las instalaciones (y el control periódico de los sistemas de protección) los reglamentos electrotécnicos establecen la obligación de realizar revisiones periódicas. Éstas están concebidas para comprobar el cumplimiento de las e specificaciones o condiciones técnicas y de seguridad necesarias para el adecuado funcionamiento de una instalación eléctrica, incluyéndose las dirigidas a comprobar su estado eléctrico, mecánico o térmico, eficacia de protecciones, circuitos de seguridad o maniobra, etc.
Las pruebas que pueden llevarse a cabo en las instalaciones y equipos eléctricos son muy variadas: medición de tensiones, de intensidades, de resistencias, de temperatura, de corrientes de fuga, etc. así como ensayos y verificaciones de aislamiento, de resistencia mecánica, de funcionamiento de dispositivos automáticos de protección, etc.
· Tomas a tierra
REVISIÓN DE INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN Revisión, al menos anual, en la época en la que el terreno esté más seco, realizada por personal técnicamente competente Se repararán con carácter urgente los defectos encontrados. (ITC-BT-18)
· Instalaciones industriales que precisen proyecto (según ITC-BT-04, punto 3) con una potencia instalada superior a 100 kW · Locales con riesgo de incendio o explosión, clase I · Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW · Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior a 5 kW
Inspección inicial, una vez ejecutadas las instalaciones, sus ampliaciones o modificaciones de importancia y previamente a ser documentadas ante el órgano competente de la comunidad autónoma, e inspección periódica cada 5 años Realizadas por un "Organismo de Control" auto rizado, el cual emitirá un "Certificado de Inspección".(ITC-BT-05)
En lo referente a la periodicidad de las inspecciones y los agentes que intervienen, las instalaciones ya existentes antes de la entrada en vigor del RD 842/2002 quedan sometidas al mismo régimen, si bien los requisitos exigibles a dichas instalaciones serán los correspondientes a la reglamentación con la que se aprobaron.
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REVISIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN
· Para las tomas de tierra Revisión cada 3 años (MIE-RAT 13) · En instalaciones eléctricas de más de 1.000 voltios en Contrato de mantenimiento con empresa autorizada (salvo excepciones) (Art. 12 RD 3275/82) Inspección periódica cada 3 años por un Organismo de Control Autorizado (Art. 13 RD · En centros de transformación constituidos por uno o 3275/82) más transformadores reductores de alta a baja tensión Libro de instrucciones de mantenimiento (MIE-RAT 14) (MIE-RAT 15) corriente alterna
· En líneas y otras instalaciones destinadas al transporte, Revisión cada 3 años, realizada por técnicos titulados, libremente designados por el titular de la instalación, quienes rellenarán los boletines correspondientes (Art. 163 RD distribución y suministro de energía eléctrica en AT
1955/2000, de 1 de diciembre).
3.6 MANUAL DE INSTRUCCIONES
La empresa instaladora de los equipos e instalaciones eléctricas de baja tensión debe entregar al titular de cualquier instalación eléctrica (anexo al certificado de instalación) unas instrucciones para el correcto uso y mantenimiento de la misma. Para su puesta en servicio, cada aparato o sistema de protección debe ir acompañado del manual en el idioma del país de utilización. Las instrucciones incluirán los planos y esquemas necesarios para la puesta en servicio, mantenimiento, inspección, comprobación del funcionamiento correcto y, en su caso, reparación del aparato, así como de todas aquellas instrucciones que resulten útiles, especialmente en materia de seguridad.
Instalaciones eléctricas
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3.7 INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ELEMENTOS EN TENSIÓN EN CANTERAS, GRAVERAS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO 1. INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ELEMENTOS EN ALTA TENSIÓN 1.1.
REDES DE DISTRIBUCIÓN AÉREA Son el conjunto de conductores con todos sus accesorios, sus elementos de sujeción, protección, etc., especialmente preparados para el cruce de maquinaria y, en su caso de personas, debidamente señalizados, que unen una fuente de energía con las instalaciones interiores o receptoras
Características
Físicamente discurren en altura por encima de la explotación por lo que hay que minimizar la posibilidad de un contacto accidental en aquellos puntos bajo los cuales circulan volquetes u otra maquinaria móvil
Seguridad
Emplazar barreras físicas a distancias de seguridad para impedir: · Cruzar bajo la línea eléctrica con la caja del volquete levantada o con cualquier tipo de herramienta o útil desplegado. · Circular paralelamente a una línea eléctrica con una máquina, a una distancia inferior a 15 metros. · Trabajar bajo una línea aérea con tensión en un área delimitada por una distancia inferior a 10 metros a cada lado del eje de la línea.
1.2.
REDES DE DISTRIBUCIÓN SUBTERRÁNEA Son el conjunto de conductores con todos sus accesorios, sus elementos de sujeción, protección, etc., emplazados bajo la superficie del terreno con el fin de asegurar la protección de las personas contra los contactos indirectos, por corte automático de la alimentación dependiendo del tipo de régimen del neutro, que unen una fuente de energía con las instalaciones interiores o receptoras
En función de las necesidades de los receptores pueden ser: · Red de corriente continua Características · Red de corriente monofásica · Red de corriente trifásica
Seguridad
1.3.
Señalizar el trazado de la línea eléctrica subterránea Colocar la línea subterránea, a la profundidad suficiente y con un trazado tal que se evite: · Su deterioro por el paso de maquinaria · La posibilidad de contactar con ella en el caso de excavar una zanja
ACOMETIDA Es la parte de la instalación de la red de distribución que alimenta la caja o cajas generales de protección o unidad funcional equivalente.
Características Las acometidas han de ser adecuadas a las características de la red y de las unidades de protección que alimentan Seguridad
20
La inspección y verificación final de las acometidas es responsabilidad de la empresa suministradora
1.4.
INSTALACIONES DE ENLACE Unen la(s) caja(s) general(es) de protección, incluidas éstas, con las instalaciones interiores o receptoras de la explotación.
Se componen de: · Caja general de protección: aloja elementos de protección de las líneas generales de alimentación y señala el principio de la propiedad de las instalaciones del usuario Características · Línea general de alimentación: enlaza una caja general de protección con la derivación que alimenta · Elementos para la ubicación de contadores · Derivación individual · Caja para el interruptor de control de potencia y dispositivos generales de mando y protección
Seguridad 1.5.
TRANSFORMADORES Aparatos eléctricos para convertir la corriente alterna de alta tensión y débil intensidad en otra de baja tensión y gran intensidad, o viceversa.
En función de su utilización por los receptores pueden ser: · De potencia o tensión Características · De intensidad En ambos casos están constituidos por dos circuitos eléctricos independientes (primario y secundario) arrollados a un núcleo de hierro
Seguridad
Para poder trabajar sin tensión en un transformador de tensión es preciso dejar sin tensión todos los circuitos del primario y del secundario. En los transformadores de intensidad es preciso dejar previamente sin tensión los circuitos del primario. Nunca ha de dejarse sin tensión los circuitos del secundario mientras esté el primario en tensión
1.6.
GENERADORES Dispositivos eléctricos móviles o estacionarios, constituidos por un motor y un alternador que generan energía eléctrica a partir de la combustión, normalmente, de gasóleo, aunque también de gasolina.
Energía producida estable Características Consumo de combustible óptimo Estructura mecánica robusta
Seguridad
Protección contra sobrecargas Resistencia a la humedad Medidas para prevenir el riesgo de contacto accidental con los bornes Paneles de control y de suministro diseñados para garantizar la seguridad de los operadores Eficaz insonorización que asegure un funcionamiento silencioso
Instalaciones eléctricas
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2. INSTALACIONES INTERIORES O RECEPTORAS
Las instalaciones interiores o receptoras son las que, alimentadas por una red de distribución o por una fuente de energía propia, tienen como finalidad principal la utilización de la energía eléctrica. Dentro de este concepto hay que incluir cualquier instalación receptora aunque toda ella o alguna de sus partes esté situada a la intemperie. En toda instalación interior o receptora que se proyecte y realice se alcanzará el máximo equilibrio en las cargas que soportan los distintos conductores que forman parte de la misma, y ésta se subdividirá de forma que las perturbaciones originadas por las averías que pudieran producirse en algún punto de ella afecten a una mínima parte de la instalación. Esta subdivisión deberá permitir también la localización de las averías y facilitar el control del aislamiento de la parte de la instalación afectada. Los principales elementos que pueden formar parte de las instalaciones interiores o receptoras son: 2.1.
CONDENSADOR
Aparato que acumula carga eléctrica
Características
La carga eléctrica acumulada en un condensador es directamente proporcional a su capacidad (C) y a la tensión (U) de carga, Q = C x U.
Seguridad
Revisar el correcto aislamiento de los terminales de los cables y los bornes de los condensadores. Debido a su alta capacidad de carga, es preciso aislar físicamente los condensadores para evitar todo riesgo de un contacto directo.
2.2.
CONDUCTOR
Es el elemento que conduce la energía eléctrica (cables y líneas eléctricas). Dependiendo del recorrido de la línea eléctrica y su forma de instalación, el cable ha de ser el apropiado a las condiciones ambientales y de servicio. Se debe tener en cuenta: · El tipo de aislamiento. · El nivel de aislamiento (tensión nominal) Características · La intensidad a transportar. · La caída de tensión máxima. · El sistema de instalación. · Las condiciones ambientales. · Utilizar los colores distintivos que corresponden a cada tipo de conductor (de protección, neutro, unipolar y multipolar)
Seguridad
22
Los cables no pueden colocarse en lugares donde puedan: · Ser pisados por personas o por equipos móviles. · Producirse charcos. · Entrar en contacto con personas o equipos que circulen. Cuando la cubierta de los cables esté deteriorada por cortes, golpes o por la acción de productos corrosivos, éstos deben ser reemplazados. Deben tener sección suficiente para la intensidad de corriente que pase por ellos. De otro modo, se producen calentamientos en los cables (y en los aisladores, las juntas y los terminales de los conductores), al producirse sobreintensidades. No deben utilizarse cables sin clavija de enchufe ni deteriorados (“pelados”). No han de empalmarse cables.
2.3.
CUADRO ELÉCTRICO Cuadros o armario con puerta y cerradura de seguridad (llave) y carcasa conectada a tierra (si es metálica según UNE 20324).
Características
Contiene los aparatos de protección, de corte y las tomas de corriente normalizadas y son el punto de distribución de la corriente eléctrica a los distintos equipos de la instalación.
Seguridad
Cuando se instalen en el exterior comprobar que están protegidos contra la intemperie, ya sea por material constructivo, pintura, caseta, etc. Los cuadros han de estar correctamente suspendidos y aislados.
2.4.
DISYUNTOR
Son interruptores automáticos eléctricos que funcionan mecánicamente calibrados y que sirven para conexionar las redes y receptores a la vez que interrumpen y soportan las corrientes normales a las cuales se han regulado. Pueden soportar una intensidad anormal durante un tiempo específico, pudiendo llegar a la de cortocircuito. Los disyuntores se clasifican en térmicos y magnéticos. Características · Los térmicos reaccionan sólo frente a la subida de temperatura. · Los magnéticos ante la cantidad de corriente que pasa por el circuito.
Seguridad
2.5.
Comprobar que el disyuntor está correctamente dimensionado para proteger el circuito en el que está intercalado. Si se desea ampliar la protección de los circuitos contra sobrecargas y cortocircuitos, los disyuntores pueden asociarse con otros aparatos de protección: · Fusible-disyuntor: protección del disyuntor ante cortocircuitos · Disyuntor-contactor: protección del contactor en el arranque de motores · Interruptor diferencial-disyuntor: protección contra contactos indirectos, sobrecargas y cortocircuitos
FUSIBLE Consiste en un cartucho de porcelana, en cuyo interior se aloja un alambre conductor fusible, rodeado de arena de cuarzo, destinado a cortar automáticamente el circuito eléctrico en el que está intercalado en serie, cuando la corriente que lo atraviesa excede de cierto valor que pudiera hacer peligrar la integridad de los conductores de la instalación con el consiguiente riesgo de incendio o destrucción de otros elementos. Una vez investigada y resuelta la causa del fallo, es preciso reemplazar en el portafusible, el fusible fundido por otro de idéntico poder de corte para volver a poner en tensión el circuito que protege. Es un medio de protección, simple y económico, de los circuitos eléctricos contra corrientes elevadas o de cortocircuito.
Los fusibles utilizados para baja tensión se clasifican atendiendo a las características de funcionamiento y forma constructiva: · Alta seguridad. · Pérdidas reducidas. · Relación de selectividad escalonada. · Alto poder de corte. · Estabilidad de las características de desconexión Características Se identifican mediante dos letras. La primera define la clase de función y la segunda indica el objeto que se ha de proteger. · Fusibles gL: de uso general y empleados para la protección de cables y conductores. Es el más utilizado pues permite una desconexión con seguridad, tanto para sobrecargas inadmisibles como para intensidades de cortocircuito · Fusibles aM: se utilizan para la protección de aparatos de conexión. Se utilizan para la protección contra cortocircuitos pues la corriente de interrupción es cuatro veces su intensidad nominal · Fusibles gR: de uso general y para protección de semiconductores.
Seguridad
Son elementos que, en alta tensión, permiten la apertura y el cierre de circuitos sin tensión. El uso de un fusible equivocado o de un fusible de capacidad inadecuada puede provocar lesiones a personas y daños al equipo. Los fusibles de capacidad excesiva originan con frecuencia el calentamiento del cableado o equipo, con la consiguiente posibilidad de que se produzcan incendios. Antes de sustituir los fusibles, hay que dejar el circuito fuera de servicio, efectuar el enclavamiento de los aparatos de corte y comprobar que está inactivo. A continuación, identificarla causa del posible cortocircuito o sobrecarga y sustituir los fusibles fundidos.
Instalaciones eléctricas
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2.6.
HERRAMIENTA ELÉCTRICA PORTÁTIL Utensilio de uso manual y frecuente que sirven para la realización de trabajos auxiliares, accionados por energía eléctrica
Características La alimentación eléctrica suele ser por cable, pero también puede ser autónoma
Seguridad
La tensión nominal de alimentación no ha de exceder los 250 V con relación a tierra. Cuando se utilicen en obras de construcción de edificios, canteras y, en general, en el exterior, serán de la clase II o de la III. Las herramientas eléctricas portátiles manuales utilizadas en obras o emplazamientos muy conductores, deben ser de Clase III. (ITC-BT-47 del REBT). El interruptor deberá ser presionado constantemente para mantener la posición de marcha y estará situado de manera que se evite el riesgo de la puesta en marcha de la herramienta cuando no sea utilizada. Cuando estén previstas para ser usadas con diferentes tensiones nominales, se debe distinguir fácil y claramente la tensión para la que estén ajustadas. Deben llevar una carátula indeleble con sus características. Sólo debe conectarse una máquina a un cuadro eléctrico que lleve instalado como mínimo un interruptor con relé diferencial de alta sensibilidad. Deben utilizarse con aislamiento apropiado.
2.7.
INTERRUPTOR
Son aparatos de corte que permiten efectuar maniobras voluntarias de apertura y de cierre de circuitos en condiciones dadas de carga. Son capaces de establecer e interrumpir corrientes en las condiciones normales del circuito, comprendidas circunstancialmente las condiciones especificadas de sobrecarga en servicio.
Características Se eligen atendiendo a la red, la tensión, la frecuencia, el nivel de electrificación, la intensidad.
Seguridad
La comprobación visual de los circuitos se puede hacer por medio de interruptores (casi todos están diseñados y calculados para una capacidad de ruptura suficiente, pudiéndose estos aparatos abrir y cerrar en carga. No se admitirán señalizaciones en los interruptores si antes no se ha comprobado visualmente que el interruptor está cortado). Para prevenir los incendios en interruptores y elementos de control: · Revisar las partes flojas. Pueden provocar cortocircuitos. · Asegurar que las conexiones en los terminales no están flojas ya que podrían provocar recalentamientos. · Vigilar que no se produzcan cortocircuitos en las cajas de los interruptores (por agua, por aceite, por suciedad). · No olvidar la importancia de que cada interruptor tenga una capacidad de corte suficiente para realizar su cometido en el circuito en el que esté instalado.
2.8.
INTERRUPTOR DIFERENCIAL Dispositivo que tiene la función de proteger a las personas e instalaciones contra corrientes de fuga.
En el momento de elegir un interruptor diferencial (ID), se atenderá a: · Intensidad nominal · Tensión · Sensibilidad. Es la intensidad de corriente (I n) a la que el ID se dispara: 6 mA, 10 mA, 30 mA, 100 mA, 300 mA, 500 mA, 1 A, 3 A, 10 A, 30 A. - Con sensibilidad < I n / 2,el ID no se debe disparar. - Con sensibilidad > I n, el ID se debe disparar Características · Retardo · Clase - AC: Detecta corrientes de fuga de corriente alterna - A: Idem, con o sin componente continuo · Selectividad. Deberá dispararse el ID más próximo al lugar del incidente. · Respuesta. El tiempo de respuesta de un ID ante un defecto de fuga, depende de: - Tipo de defecto. - Tiempo de respuesta de los elementos de disparo. ∆
∆ ∆
Seguridad
24
En una planta de tratamiento es muy aconsejable instalar un ID de mayor calibrado que el que normalmente le correspondería, para poder soportar las fuertes intensidades de arranque.
2.9.
INTERRUPTOR MAGNETOTÉRMICO Dispositivo electromecánico que protege las instalaciones eléctricas frente a las intensidades excesivas, producidas como consecuencia de cortocircuitos o por el excesivo número elementos receptores conectados a ellas.
Características
Está constituido por un electroimán que protege de cortocircuitos y por una lámina bimetálica (térmico) que hace lo propio frente a las sobrecargas.
Seguridad
En una planta de tratamiento es importante proteger el conjunto de la instalación empleando estos dispositivos.
2.10.
MOTOR
Conjunto de piezas u órganos unidos entre sí, de los cuales uno, por lo menos, habrá de ser móvil, y en su caso, de órganos de accionamiento, circuitos de mando y de potencia, u otros asociados de forma solidaria para una aplicación determinada; en particular, para la transformación, tratamiento, desplazamiento y acondicionamiento de un material.
Características
En una planta de tratamiento de áridos se utilizan motores fijos para accionar los equipos de trituración y molienda, clasificación, transporte y lavado, así como para accionar las diversas bombas, etc.
Seguridad
En contacto o proximidad con materias fácilmente combustibles, o en locales cuyo ambiente contenga gases, partículas o polvos inflamables o explosivos, han de instalarse motores eléctricos que tengan el debido blindaje antideflagrante o que sean de un tipo antiexplosivo probado. Los tableros de distribución para el control individual de motores han de ser de tipo blindado, y todos sus elementos a tensión estarán en un compartimiento cerrado. Han de estar provistos de cubiertas permanentes u otros resguardos apropiados, dispuestos de tal manera que prevengan el contacto de las personas u objetos, salvo que: · Estén instalados en locales aislados y destinados exclusivamente para motores. · Estén instalados en altura no inferior a 3 metros sobre el piso o plataforma. · Sean de tipo cerrado. Para prevenir incendios en motores (y en generadores): · Evitar las sobrecargas · Mantener limpios los elementos de ventilación · Vigilar que los bobinados estén limpios · Impedir vibraciones excesivas · Controlar la producción de chispas · Comprobar que están operativos fusibles, cortacircuitos e interruptores automáticos · Revisar que no haya fugas de aceite
2.11.
LÁMPARA PORTÁTIL Aparato de alumbrado que reparte la luz de una lámpara incandescente, comprendiendo todos los dispositivos necesarios para fijarla, protegerla y suministrarla la corriente eléctrica que necesita. Cuando es preciso, incorporan una fuente de alimentación autónoma.
Características
Si se usan en ambientes conductores o húmedos, han de funcionar obligatoriamente a 24 V. Las lámparas portátiles usadas en las obras o en los talleres han de ser de Clase II.
Seguridad
Han de estar provistas de una reja de protección contra choques, una tulipa estanca que garantice la protección contra proyecciones de agua, y un mango aislante que evite el accidente eléctrico. Los portalámparas, pantallas y rejillas han de ser de material aislante. Deben estar construidas de forma tal que no puedan desmontarse si no se utilizan herramientas
Instalaciones eléctricas
25
2.12.
PUESTA A TIERRA La puesta a tierra es la ligazón metálica directa, sin fusibles ni protección alguna, de sección suficiente entre determinados elementos o partes de una instalación, y un electrodo o grupo de electrodos enterrados en el suelo, normalmente con elementos que aumentan la conductividad, con objeto de conseguir que entre el conjunto de instalaciones, edificio y las superficies próximas al terreno no existan diferencias de potencial peligrosas (superiores a 24 V) y que, al mismo tiempo, se permita el paso a tierra de las corrientes de fuga o de derivación, etc. así como las descargas de origen atmosférico (rayos). Es en realidad un camino de poca resistencia a cualquier corriente de fuga
Las tomas de tierra están compuestas por tres elementos: · Electrodos: Tienen por misión difundir hacia el terreno las corrientes de defecto que puedan producirse. - Picas (tubos de acero, perfiles de acero galvanizado, barras de cobre). - Placas (cobre, hierro galvanizado) - Conductor desnudo. - Malla. De todos los electrodos artificiales enumerados por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, en la practica los normalmente utilizados están constituidos por picas de acero al cobre de 2 m de longitud y 14 mm de diámetro (mínimo), con las cabezas unidas por cable de cobre desnudo que, en las instalaciones de baja tensión, han de tener una sección mínima de 35 mm 2 de Características cobre. La profundidad del enterramiento de los conductores y cabezas de las picas suelen oscilar entre 0,5 y 0,8 m. · Línea de enlace con tierra: La constituye el conductor o conductores que unen el electrodo con el punto de puesta a tierra. La sección mínima debe ser de 35 mm 2 en cobre y en ningún caso su sección será inferior a la sección de la línea principal de tierra a la que se conecta. · Punto de puesta a tierra. Es el punto situado por encima de la superficie del terreno, que sirve para establecer el contacto de la línea de enlace con tierra con la línea principal de tierra. Se establecerán tantos puntos de puesta tierra como precise la instalación. Está constituido normalmente por una pletina de cobre cuando se trata de varios electrodos y una borna cuando se trata de un solo electrodo. Para medir la resistencia a tierra del electrodo se desconecta la línea principal de tierra.
Seguridad
Revisar periódicamente la conexión a tierra de: · La estructura, si ésta es metálica · Al menos un hierro de las zapatas de hormigón (utilizando soldadura autógena) · Los sistemas de tuberías metálicas accesibles · Toda masa metálica existente en la planta de tratamiento · Los depósitos, instalaciones de calefacción, antenas, pararrayos, etc. · Las cubiertas metálicas de los equipos receptores · Las masas metálica accesibles
2.13.
RECEPTOR
Aparato o máquina eléctrica que utiliza la energía eléctrica para un fin determinado
Características principales de los aparatos Clase 0 Sin medios de protección por puesta a tierra (la protección se basa solamente en el aislamiento funcional) Características
Clase I Previstos medios de conexión a tierra (mediante un conductor de protección) Clase II Aislamiento de protección suplementario pero sin medios de protección por puesta a tierra Clase III Previstos para ser alimentados con muy bajas tensiones de seguridad (MBTS)
Seguridad
Clase 0 Entorno aislado de tierra Clase I Toma de tierra de protección Clase II No es necesaria ninguna otra protección Clase III Conexión a muy baja tensión de seguridad
26
2.14.
RELÉ Es un aparato que protege a las máquinas, transformadores y líneas contra cualquier sobreelevación peligrosa de la temperatura por sobreintensidades. Por medio de un electroimán se acciona un juego de uno o varios contactos que permiten abrir o cerrar circuitos eléctricos
Tipos de relés (entre otros): · Relé de máxima intensidad: se utiliza para proteger a los receptores y circuitos contra intensidades elevadas disparándose según el reglaje hecho. · Relé de mínima intensidad: su disparo tiene lugar cuando la intensidad que circula por el circuito es inferior a la intensidad de Características reglaje. · Relé de máxima tensión: se utiliza para proteger a los receptores y circuitos contra tensiones elevadas disparándose según el reglaje hecho. · Relé de mínima tensión: se utilizan para proteger a los receptores y circuitos contra tensiones que sean inferiores al reglaje hecho.
Seguridad
2.15.
Al ser los relés un medio de protección térmico es necesario comprobar la idoneidad de la intensidad de reglaje y su perfecto estado de funcionamiento (inexistencia de humedades, contactos en buen estado y correcto calibrado del relé con el paso del tiempo)
SECCIONADOR
Dispositivo que tiene la función de aislar una parte de la instalación de su fuente de alimentación de energía eléctrica. Pueden abrir y cerrar un circuito cuando es despreciable la corriente a interrumpir o establecer, es decir, cuando no hay cargas conectadas.
Características
La característica más importante que distingue el seccionador de los interruptores y disyuntores es que sus maniobras de conexión y desconexión a la red deben hacerse en vacío, es decir, sin que haya carga en la instalación.
Seguridad
Verificar la ausencia de cargas conectadas al circuito antes de manipular el seccionador. Una vez abierto, colocar siempre un candado en el orificio destinado a tal fin del disyuntor para garantizar que permanece abierto
2.16.
TOMA DE CORRIENTE Electrodo, o conjunto de electrodos, en contacto con la fuente de alimentación que asegura la conexión eléctrica con la misma Enchufe: elemento de conexión de dos partes: · Clavija / Macho: formado por unas patillas conductoras revestidas por una carcasa aislante. Ha de estar suficientemente dimensionada para garantizar una correcta conexión eléctrica y resistencia mecánica · Hembra: formado por unos orificios que permiten el contacto con el conductor, revestidos por una carcasa aislante
Características
Pueden ser de diferente tamaño, número y forma de las patillas, con o sin neutro, capacidad de carga, aislamiento y hermeticidad
Seguridad
Revisar la correcta fijación de los terminales de los cables al macho/hembra correspondiente. Examinar regularmente las uniones para evitar cables sin revestimiento, malas conexiones, carcasas resquebrajadas o emplazamiento sobre charcos de agua. Comprobar antes de su uso que las tomas son adecuadas a la potencia que deben suministrar y que tienen puesta a tierra. La tensión siempre estará en la clavija hembra (nunca en el macho), para evitar contactos directos.
Instalaciones eléctricas
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2.17
VERIFICADOR DE AUSENCIA DE TENSIÓN EN INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN Aparato que detecta la presencia o ausencia de tensión en los lugares donde se abren las fuentes de tensión y en la zona de la red eléctrica donde se van a realizar los trabajos.
Pueden ser ópticos (la luz roja indica presencia de tensión y la verde ausencia,), acústicos (emiten un sonido cuando tocan algún elemento en tensión, u ópticos-acústicos (usan sonido e indicación luminosa. Asimismo han satisfacer la Directiva 73/23/CEE, sobre material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de Características tensión (en baja tensión), así como el RD 1215/1997, de 18 de julio, sobre equipos de trabajo. Además de estos aparatos, existen otros dispositivos de comprobación de ausencia de tensión entre los que hay que destacar el fusil lanzacables, utilizado sólo en líneas aéreas y la sierra cortacables, que se utiliza en canalizaciones subterráneas.
Elementos de Seguridad
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Los teledetectores permiten comprobar la ausencia de tensión a distancia sin tener que tocar las instalaciones eléctricas. Situados a distancias superiores a la de seguridad, detectan el campo magnético generado por la corriente eléctrica que circula por las líneas de alta tensión. Para instalaciones de baja tensión es recomendable el uso del discriminador de baja tensión, que es un aparato muy sencillo y portátil que permite verificar la ausencia de tensión por medio de indicadores luminosos
4
MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y DE PREVENCIÓN
Tal y como se ha indicado en el capítulo 3, el REBT de 2002 se aplica a las instalaciones nuevas y las modificaciones sustanciales de las existentes a la fecha de entrada en vigor de esa disposición. Por tal motivo, en este capítulo se recogen las prescripciones y medidas de prevención y de protección de este Reglamento, más adaptas a la evolución de la técnica que las del anterior REBT de 1973. Se complementa con la información procedente de la ITC MIE S.M. 09.0.12 - Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales, que se señala en cursiva. Por otra parte, no es objeto de esta publicación las medidas de protección que deben adoptar los trabajadores en relación con los riesgos eléctricos, pues éstas se tratan en las siguientes publicaciones realizadas por ANEFA:
Manual de Normas Básicas de Seguridad para Trabajos Eléctricos en Establecimientos de Beneficio Mineros
Protección frente a los riesgos eléctricos en canteras, graveras y plantas de tratamiento de áridos
4.1 PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS ELÉCTRICOS DIRECTOS
Esta protección consiste en tomar las medidas destinadas a proteger a los trabajadores contra los peligros que pueden derivarse de un contacto directo con las partes activas de los materiales eléctricos. Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos, del riesgo de contacto eléctrico directo. Los medios habituales de protección contra contactos directos son: Aislamiento de las partes activas. Barreras o envolventes. Limitación del acceso a las instalaciones. Interposición de obstáculos. Puesta fuera de alcance por alejamiento. Dispositivos de corriente diferencial residual.
Medidas de protección y de prevención
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AISLAMIENTO DE LAS PARTES ACTIVAS Este aislamiento esta destinado a impedir completamente el contacto de personas o animales con las partes activas de una instalación eléctrica. Las partes activas deberán estar recubiertas de un aislamiento que no pueda ser eliminado más que destruyéndolo. El aislamiento debe estar conforme a las prescripciones aplicables al material eléctrico de que se trate.
Las pinturas, barnices, lacas y productos similares no se considera que constituyan un aislamiento suficiente en el marco de la protección contra los contactos directos.
BARRERAS O ENVOLVENTES Todas las partes activas deben estar colocadas en el interior de envolventes o detrás de barreras, asegurando al menos un grado de protección IP XXB (ver anexo I), según se indica en la tabla siguiente:
GRADOS DE PROTECCIÓN MÍNIMOS CONTRA LOS CONTACTOS DIRECTOS POR BARRERAS O ENVOLVENTES (aplicable sólo a las partes activas) Tensión (en c.a.)
En las zonas de operación
En las zonas de operación eléctrica
En las zonas de operaciones eléctricas cerredas
IP2X si Un ≤ 660 V o si las partes bajo diferentes tensiones que no son IP0X si Un ≤ 660 V IP0X si Un > 660 V simultáneamente accesibles están IP2X para superficies exteriores o o si las partes bajo diferentes tensiones situadas en el espacio de accesibilidad 50 < Un ≤ 1.000 V barreras e IP4X para envolventes que no son simultáneamente accesibles fácilmente accesibles están situadas en el espacio de IP2X si Un ≤ 600 V e IP4X si Un > 660 V, accesibilidad para superficies superiores y barreras envolventes fácilmente accesibles Un > 1.000 V
IP5X en el espacio de accesibilidad. IP5X en el espacio de accesibilidad. IP1X IP2X fuera del espacio de accesibilidad IP1X fuera del espacio de accesibilidad
Si se necesitan aberturas mayores para la reparación de piezas o para el buen funcionamiento de los equipos, se adoptarán precauciones apropiadas para impedir que las personas o animales domésticos toquen las partes activas y se garantizará que las personas sean conscientes del hecho de que las partes activas no deben ser tocadas voluntariamente .
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ACCESO A LAS INSTALACIONES Las superficies superiores de las barreras o envolventes horizontales que son fácilmente accesibles, deben responder como mínimo al grado de protección IP4X o IP XXD. Las barreras o envolventes deben fijarse de manera segura y ser de una robustez y durabilidad suficientes para mantener los grados de protección exigidos, con una separación suficiente de las partes activas en las condiciones normales de servicio, teniendo en cuenta las influencias externas. Producto
Norma de aplicación
Caja (para conjunto de aparamenta)
UNE-EN 60439-1
Envolvente de accesorio
UNE 20451
Envolventes vacías destinadas a los conjuntos de aparamenta
UNE-EN 62208
Cuando sea necesaria la supresión de barreras o envolventes, esta operación no debe poder hacerse más que de una de las siguientes formas: · Llave o herramientas especiales: La elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes precisarán el empleo de una llave o una herramienta especial. Dicha llave sólo estará al alcance personas cualificadas que garantizarán que las barreras se vuelvan a colocar y las envolventes a cerrar cuando no esté presente la persona cualificada. · Dispositivo de enclavamiento. Un dispositivo de enclavamiento debe estar previsto de forma que la elevación, apertura o supresión sin la utilización de llave o herramienta especial no se pueda realizar si no están desconectadas todas las partes activas que se encuentran detrás de la barrera o envolvente. La tensión no se puede establecer hasta que la barrera o envolvente se encuentre en su posición de ser vicio. Asimismo debe preverse un sistema para la descarga a tierra de la energía acumulada. · Desconexión automática. La elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes puede también realizarse mediante una desconexión automática tal que al mover la barrera o envolvente de su posición de servicio deje las partes activas colocadas detrás sin tensión. La tensión no se puede restablecer mientras la barrera o envolvente no se encuentre nuevamente en su posición de servicio. · Pantalla interna de interposición. Se deberá instalar una pantalla interna de interposición de tal forma que no pueda existir un contacto con las partes activas mientras la barrera o envolvente esta levantada. Para poder retirar esta pantalla será necesaria una llave o una herramienta especial. · Acceso a fusibles o lámpara detrás de una barrera o envolvente. En este caso la elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes puede hacerse si se cumplen las siguientes condiciones a la vez: - Mediante una segunda barrera, dispuesta en el interior de la barrera o envolvente principal, que debe impedir el contacto accidental con la parte activa y que posee como mínimo el grado de protección IP2X o IP XXB. El desmontaje de esta segunda barrera se podrá realizar si posee desconexión automática, o enclavamiento, o llave, o herramienta especial. - La tensión delante de la segunda barrera en ningún caso debe sobrepasar 660 V. Para las instalaciones interiores las distancias mínimas en las zonas de servicio y mantenimiento se tendrán en cuenta: · Altura libre de los pasillos: 2 metros. · Anchura libre de circulación: 1 metro. · Altura de las partes activas sobre el nivel del suelo del pasillo para los grados de protección ipox o ipix: 2,70 metros + 1 centímetro por kV. Para determinar el acceso a las zonas de servicio y mantenimiento se tendrá en cuenta: · Tensión inferior o igual a 1.000 V. En este caso si la longitud es superior a 20 metros, se debe poder acceder por las dos extremidades a todos los lugares de operación o mantenimiento. Si la longitud es inferior a 20 metros, pero superior a 6, se recomienda prever una posibilidad de acceso por los dos extremos. · Tensión superior a 1.000 V. En este caso se deberá poder acceder por los dos extremos a todos los lugares de operación o mantenimiento cuando la longitud es superior a 6 metros. En pasillos de longitud superior a 20 metros se recomiendan vías de acceso suplementarias. · Puertas de acceso. Se recomiendan que cumplan las siguientes características: - Abrir hacia el exterior. - Poder abrir sin usar las manos. - Tener una superficie libre de al menos 1,5 metros cuadrados en el exterior de la puerta.
Medidas de protección y de prevención
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OBSTÁCULOS Esta medida no garantiza una protección completa y su aplicación se limita, en la práctica, a los locales de servicio eléctrico solo accesibles al personal autorizado. Los obstáculos están destinados a impedir los contactos fortuitos con las partes activas, pero no los contactos voluntarios por una tentativa deliberada de salvar el obstáculo. Los obstáculos deben impedir: · Bien, un acercamiento físico no intencionado a las partes activas; · Bien, los contactos no intencionados con las partes activas en el caso de intervenciones en equipos bajo tensión durante el servicio. Los obstáculos pueden ser desmontables sin la ayuda de una herramienta o de una llave; no obstante, deben estar fijados de manera que se impida todo desmontaje involuntario.
PUESTA FUERA DE ALCANCE POR ALEJAMIENTO Esta medida no garantiza una protección completa y su aplicación se limita, en la práctica a los locales de servicio eléctrico solo accesibles al personal autorizado. La puesta fuera de alcance por alejamiento está destinada solamente a impedir los contactos fortuitos con las partes activas. Las partes accesibles simultáneamente, que se encuentran a tensiones diferentes no deben encontrarse dentro del volumen de accesibilidad. El volumen de accesibilidad de las personas se define como el situado alrededor de los emplazamientos en los que pueden permanecer o circular personas, y cuyos límites no pueden ser alcanzados por una mano sin medios auxiliares. Por convenio, este volumen está limitado conforme a la figura 1, entendiendo que la altura que limita el volumen es 2,5 m. La norma UNE 21302 (826-12-19) define el volumen de accesibilidad al contacto o alcance del brazo como aquella zona que se extiende desde cualquier punto de una superficie en la que las personas permanecen y circulan habitualmente, y el límite que una persona puede alcanzar con la mano, en cualquier dirección y sin ayuda. Figura 1. – Volumen de accesibilidad
Cuando el espacio en el que permanecen y circulan normalmente personas está limitado por un obstáculo (por ejemplo, listón de protección, barandillas, panel enrejado) que presenta un grado de protección inferior al IP2X o IP XXB, según UNE 20 324, el volumen de accesibilidad comienza a partir de este obstáculo. En los emplazamientos en que se manipulen corrientemente objetos conductores de gran longitud o voluminosos, las distancias prescritas anteriormente deben aumentarse teniendo en cuenta las dimensiones de estos objetos.
DISPOSITIVOS DE CORRIENTE DIFERENCIAL Esta medida de protección está destinada solamente a complementar otras medidas de protección contra los contactos directos. El empleo de dispositivos de corriente diferencial-residual, cuyo valor de corriente diferencial asignada de funcionamiento sea inferior o igual a 30 mA, se reconoce como medida de protección complementaria en caso de fallo de otra medida de protección contra los contactos directos o en caso de imprudencia de los usuarios. La utilización de tales dispositivos no constituye por sí mismo una medida de protección completa y requiere el empleo de una de las medidas de protección enunciadas en los apartados anteriores
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Producto
Norma de aplicación
Interruptores diferenciales (uso industrial u otras aplicaciones)
UNE-EN 60947-2
4.2 PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS
Las medidas de protección contra contactos indirectos que tienen una especial importancia en el caso de las plantas de tratamiento de áridos pueden agruparse en los siguientes tipos: Prescripciones de carácter general.
Esquemas IT
Esquemas TN
Otras medidas de protección
Esquemas TT PRESCRIPCIONES DE CARÁCTER GENERAL A) Todas las masas de la instalación eléctrica deben estar conectadas a un conductor de protección. B) Deberá preverse un dispositivo de corte automático que desconecte la parte de instalación protegida después de producirse un defecto que dé lugar a la aparición de una tensión de contacto superior a la tensión limite convencional, U L siendo: U L 50v (valor eficaz) para emplazamientos secos y no conductores. U L 24v (valor eficaz) para emplazamientos mojados o conductores. C) El tiempo de actuación de los dispositivos de corte deberá ser menor o igual al valor extraído de las tablas I y II, según que la tensión de red sea inferior o igual a 1.000 V, y superior a 1.000 V, respectivamente.
TABLA I
SISTEMAS DE TENSIÓN MENOR O IGUAL A 1.000 V
Tensión de contacto estimada (valor eficaz en c.a.) y tiempo de funcionamiento máximo Tensión de contacto estimada (Voltios)
Tiempo de funcionamiento máximo (Segundos)
50
-
50
5
75
1
90
0,5
110
0,2
150
0,1
220
0,05
280
0,03
TABLA II
SISTEMAS DE TENSIÓN MAYOR A 1.000 V
Tensión de contacto estimada (valor eficaz en c.a.) y tiempo de funcionamiento máximo Tensión de contacto estimada (Voltios)
Tiempo de funcionamiento máximo (Segundos)
50
-
80
5
120
1
150
0,5
180
0,4
300
0,1
420
0,05
550
0,03
D) En instalaciones de tensión inferior o igual a 1.000 V, en las cuales pueda establecerse una distinción neta y permanente entre las partes de la instalación que solo alimentan aparatos fijos y las partes destinadas a la alimentación de aparatos móviles o portátiles cuyas masas puedan ser tocadas fácilmente con la mano, el tiempo de corte para la instalación fija deberá ser, como máximo, de 5 segundos. El término distinción neta aplicado en el párrafo anterior significa que cualquier defecto producido en la instalación fija no altera la seguridad de los aparatos móviles o portátiles para cuya protección son aplicables los tiempos de corte indicados en las tablas I y II.
Medidas de protección y de prevención
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ESQUEMAS TN Esquemas de red en los cuales el punto neutro esta unido directamente a tierra y las masas de la instalación conectadas al neutro mediante conductores de protección. Este esquema de red solo puede utilizarse con tensiones nominales de hasta 440 V. · Todas las masas de la instalación deben estar conectadas mediante conductores de protección al conductor neutro. · Las secciones del conductor neutro y del conductor de protección serán iguales entre sí y satisfarán lo indicado en los reglamentos electrotécnicos de alta y baja tensión. · Los dispositivos de protección y la sección de los conductores deberán elegirse de forma tal que, tras producirse un defecto fase-conductor de protección o fase-masa en cualquier punto de la instalación, el corte de la alimentación se realice según las prescripciones de carácter general · Nunca se empleara un solo conductor con funciones combinadas de neutro y protección · En estas redes, donde puedan producirse defectos francos fase-tierra (por ejemplo, redes con líneas aéreas) y al objeto de impedir que el conductor de protección o cualquier masa a la conectada adquiera una tensión respecto a tierra superior a U L , deberá cumplirse la siguiente condición: (R B /R E ) ≤ [U L /(U o - U L )] siendo: R B = resistencia de puesta a tierra. R E = valor de la menor resistencia de puesta a tierra de las masas que no están conectadas al conductor de protección, en todos los casos en que aparezca un defecto fase-tierra. U o = tensión fase neutro. U L = tensión límite convencional. Si en una red TN o TT se instalan bobinas de protección contra sobre intensidades por defecto a tierra (inductancia homopolar), limitando la corriente de defecto a tierra por compensación de neutro, a partir de su punto de instalación la red se considerará como IT.
· En el esquema TN pueden utilizarse los dispositivos de protección siguientes: - Dispositivos de protección de máxima corriente, tales como fusibles, interruptores automáticos. - Dispositivos de protección de corriente diferencial-residual.
Esquema TN
Esquema TT
ESQUEMAS TT Esquemas de red en los cuales el punto neutro esta unido directamente a tierra y las masas de la instalación puestas a tierra en puntos diferentes del anterior, bien en conjunto, en grupos o individualmente · El conductor neutro debe estar aislado o instalado de la misma forma que los conductores de fase. · Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un dispositivo común deben estar interconectadas y unidas mediante un conductor de protección a una misma toma de tierra. Si se montan varios dispositivos de protección en serie, esta prescripción se aplicara a cada grupo de masas protegidas por el mismo dispositivo. Las masas accesibles simultáneamente deben ser conectadas a la misma toma de tierra. · Para los circuitos montados íntegramente en aparatos semifijos o móviles, la propia estructura metálica constituirá la toma de tierra, y el punto de puesta a tierra deberá estar unido a la estructura metálica. · Las medidas de protección aconsejadas son: - conectar los soportes metálicos de la línea aérea al conductor de protección, y - conectar las partes metálicas de las estructuras al conductor de protección.
· En el esquema TT, se utilizan los dispositivos de protección siguientes: - Dispositivos de protección de corriente diferencial-residual. - Dispositivos de protección de máxima corriente, tales como fusibles, interruptores automáticos. Estos dispositivos solamente son aplicables cuando la resistencia RA tiene un valor muy bajo. · Cuando el dispositivo de protección es un dispositivo de protección contra las sobreintensidades, debe ser: - Bien un dispositivo que posea una característica de funcionamiento de tiempo inverso e I a debe ser la corriente que asegure el funcionamiento automático en 5 s como máximo; - O bien un dispositivo que posea una característica de funcionamiento instantánea e I a debe ser la corriente que asegura el funcionamiento instantáneo. · La utilización de dispositivos de protección de tensión de defecto no está excluida para aplicaciones especiales cuando no puedan utilizarse los dispositivos de protección antes señalados.
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Esquema IT
ESQUEMAS IT Esquemas de red en los cuales el punto neutro está aislado de tierra o unido a ella a través de una impedancia que limita la corriente de defecto y las masas unidas a tierra, en una o varias tomas de tierra, individualmente, en grupos o en conjunto · La resistencia total de puesta a tierra de todas las masas unidas a una misma toma de tierra mediante un conductor de protección debe cumplir la siguiente condición: I d x R a ≤ U L Siendo: R a = resistencia de puesta a tierra de las masas, medida en cada punto de conexión de las mismas. I d = corriente de defecto, en el caso de primer defecto franco fase-masa. El valor de Id debe considerar las corrientes de fuga y la impedancia global de puesta a tierra de la instalación eléctrica. U L = tensión límite convencional.
· No es preciso el corte automático de la alimentación tras la aparición del primer defecto de aislamiento si se cumplen las siguientes condiciones: - La tensión tensión de contacto contacto es inferior inferior a la tensión tensión limite limite convenciona convencionall U L . - Existe un control de aislamiento u otro dispositivo similar que señalice la aparición aparición del primer defecto en la instalación. - Existe un dispositivo de corte automático automático que interrumpe la alimentación tras la aparición de un segundo segundo defecto de aislamiento. · Se recomienda la utilización de los siguientes dispositivos de protección: - Con Contro troll de aisla aislamie miento nto.. - Dispo Dispositivos sitivos de de protección protección de de máxima máxima corriente. corriente. - Dispo Dispositivos sitivos de protecció protecciónn de corriente corriente diferencial diferencial residual. residual. - Dispo Dispositivos sitivos de tensión tensión de defect defecto. o.
· En el esquema IT, la instalación debe estar aislada de tierra o conectada a tierra a través de una impedancia de valor suficientemente alto. Esta conexión se efectúa bien sea en el punto neutro de la instalación, si está montada en estrella, o en un punto neutro artificial. · Cuando no exista ningún punto de neutro, un conductor de fase puede conectarse a tierra a través de una impedancia. · En caso de que exista un sólo defecto a masa o a tierra, la corriente de fallo es de poca intensidad y no es imperativo el corte. Sin embargo, se deben tomar medidas para evitar cualquier peligro en caso de aparición de dos fallos simultáneos. · Ningún conductor activo debe conectarse directamente a tierra en la instalación. · Las masas deben conectarse a tierra, bien sea individualmente o por grupos. · Si no es posible utilizar dispositivos de protección contra sobreintensidades de forma que se cumpla lo anterior, se utilizarán dispositivos de protección de corriente diferencial-residual diferencial-residual para cada aparato de utilización o se realizará una conexión equipotencial complementaria según lo dispuesto en la norma UNE 20. 460 -4-41 EMPLEO DE EQUIPOS DE LA CLASE II O AISLAMIENTO EQUIVALENTE Se asegura esta protección por: · Utilización de equipos con un aislamiento doble o reforzado (clase II). · Conjuntos de aparamenta construidos en fábrica y que posean aislamiento equivalente (doble o reforzado). suplementarios montados montados en el curso de la instalación eléctrica y que aíslen equipos eléctricos eléctricos que posean únicamente un aislamiento aislamiento · Aislamientos suplementarios principal. reforzados montados en el curso de la instalación instalación eléctrica y que aíslen las partes activas descubiertas, descubiertas, cuando por construcción construcción no · Aislamientos reforzados sea posible la utilización de un doble aislamiento. · La norma UNE 20460 -4 -41 describe el resto de características y revestimiento revestimiento que deben cumplir las envolventes de estos equipos.
CONEXIONES EQUIPOTENCIALES NO CONECTADAS A TIERRA Los conductores de equipotencialidad deben conectar todas las masas y todos los elementos conductores que sean simultáneamente accesibles. accesibles. La conexión equipotencial local así realizada no debe estar conectada a tierra, ni directamente ni a través de masas o de elementos conductores. Deben adoptarse disposiciones para asegurar el acceso de personas al emplazamiento considerado sin que éstas puedan ser sometidas a una diferencia de potencial peligrosa. Esto se aplica concretamente en el caso en que un suelo conductor, aunque aislado del terreno, está conectado a la conexión equipotencial local.
Medidas de protección y de prevención
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SEPARACIÓN ELÉCTRICA El circuito debe alimentarse a través de una fuente de separación, es decir: · Un transformador de aislamiento, · Una fuente que asegure un grado de seguridad equivalente al transformador de aislamiento anterior, anterior, por ejemplo un grupo motor generador que posea una separación equivalente. La norma UNE 20460 -4 -41 enuncia el conjunto de prescripcion prescripciones es que debe garantizar esta protección. En el caso de que el circuito separado no alimente más que un solo aparato, las masas M circuito no deben ser conectadas a un conductor de protección. En el caso de un circuito separado que alimente muchos aparatos, se satisfarán las siguientes prescripciones: · Las masas del circuito separado deben conectarse entre sí mediante conductores de equipotencialidad aislados, no conectados a tierra. Tales conductores, no deben conectarse ni a conductores de protección, ni a masas de otros circuitos ni a elementos conductores. · Todas las bases de tomas de corriente deben estar previstas de un contacto de tierra que debe estar conectado al conductor de equipotencialidad descrito en el apartado anterior. · Todos los cables flexibles de equipos que no sean de clase ll, deben tener un conductor de protección utilizado como conductor de equipotencialidad. · En el caso de dos fallos francos que afecten a dos masas y alimentados por dos conductores de polaridad diferente, debe existir un dispositivo de protección que garantice el corte en un tiempo como máximo igual al indicado en la tabla 1 incluida en el apartado 4.1.1, para esquemas TN.
PROTECCIÓN EN LOS LOCALES O EMPLAZAMIENTOS NO CONDUCTORES La norma UNE 20460 -4 -41 indica las características de las protecciones y medios para estos casos. Esta medida de protección está destinada a impedir en caso de fallo del aislamiento principal de las partes activas, el contacto simultáneo con partes que pueden ser puestas a tensiones diferentes. diferentes. Se admite la utilización de materiales de la clase 0 condición que se respete el conjunto de las condiciones siguientes: Las masas deben estar dispuestas de manera que, en condiciones normales, las personas no hagan contacto simultáneo: bien con dos masas, bien con una masa y cualquier elemento conductor, si estos elementos pueden encontrarse a tensiones diferentes en caso de un fallo del aislamiento principal de las partes activas En estos locales (o emplazamientos emplazamientos),), no debe estar previsto ningún conductor de protección. Las prescripciones del apartado anterior se consideran satisfechas si el emplazamiento posee paredes aislantes y si se cumplen una o varias de las condiciones siguientes: respectivo de las masas y de los elementos conductores, conductores, así como de las masas entre sí. Este alejamiento alejamiento se considera considera suficiente si la · Alejamiento respectivo distancia entre dos elementos es de 2 m como mínimo, pudiendo ser reducida esta distancia a 1,25 m por fuera del volumen de accesibilid accesibilidad. ad. · Interposición de obstáculos eficaces entre las masas o entre las masas y los elementos conductores. Estos obstáculos son considerados como suficientemente eficaces si dejan la distancia a franquear en los valores indicados en el punto a). No deben conectarse ni a tierra ni a las masas y, en la medida de lo posible, deben ser de material aislante. aislante. disposici ón aislada de los elementos conductores. conduct ores. El aislamiento debe d ebe tener una rigidez rig idez mecánica suficiente su ficiente y poder soportar sop ortar una · Aislamiento o disposición tensión de ensayo de un mínimo de 2.000 V. La corriente de fuga no debe ser superior a 1 mA en las condiciones normales de empleo
4.3 PRO PROTECCIÓN TECCIÓN CONTRA CONTRA SOBREINTENSIDADES SOBREINTENSIDADES Y SOBRETENSIONES
Los sistemas de protección para las instalaciones interiores o receptoras para baja tensión impedirán los efectos de las sobreintensidades y sobretens sob retensiones iones que por p or distintas di stintas causas cabe prever p rever en las l as mismas mi smas y resguardará re sguardaránn a sus material m ateriales es y equipos de las la s acciones acc iones y efectos de los agentes externos. Asimismo, y a efectos de seguridad general, se dete rminarán las condiciones que deben cumplir dichas instalaciones para proteger de los contactos directos e indirectos.
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PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES
La aparamenta eléctrica y los conductores bajo tensión deben estar protegidos por uno o varios dispositivos de corte automático para desconectarlos de la alimentación en caso de una sobreintensidad debida a una sobrecarga o a un corto circuito. Las sobreintensidades pueden estar motivadas por: Sobrecargas debidas a los aparatos de utilización o defectos de aislamiento de gran impedancia. Cortocircuitos. Descargas eléctricas atmosféricas. PROTECCIÓN CONTRA SOBRECARGAS Para la protección contra sobrecargas en instalaciones industriales se puede utilizar tanto relés térmicos o equivalentes asociados con interruptores automáticos (IA), como fusibles, aunque la protección proporcionada por el IA con relé térmico es más eficiente que la proporcionada por el fusible. Condiciones de aplicación: · Conductores bajo tensión - Los dispositivos de protección deben escogerse escogerse de forma que toda corriente de sobrecarga en los conductores sea cortada antes que esta corriente pueda causar un calentamiento perjudicial en los aisladores, aisladores, en las juntas, en los bornes o terminales de conductores o en el conjunto de los cables. · Aparamenta eléctrica eléctrica - Conviene que todo apartado apartado eléctrico eléctrico que pueda causar una sobreintensidad sobreintensidad debido debido a una sobrecarga vaya provisto provisto de un dispositivo dispositivo de protección contra las sobrecargas, de forma que corte automáticamente la alimentación separando el apartado en cuestión. - Los dispositivos de protección contra las sobrecargas deben instalarse de forma tal que la interrupción de la Alimentación al apartado eléctrico no suponga un peligro para las personas o crear un riesgo para la instalación. El caso se puede presentar, por ejemplo: en los circuitos de excitación de motores de corriente continua y corriente alterna ( síncronos ), los circuitos secundarios de transformadores de intensidad, cintas, instalaciones de bombeo, los elevadores, las máquinas elevadora, la traslación principal de una excavadora, los sistemas de alumbrado de Seguridad y señalización de Seguridad, etcétera. eléctrica y conductores bajo tensión · Aparamenta eléctrica - Se puede utilizar un solo dispositivo dispositivo de protección protección contra sobrecargas, sobrecargas, para proteger proteger a la vez la aparament aparamentaa eléctrica y los conductores conductores del circuito asociados. - El límite de intensidad intensidad de corriente corriente admisible en un conductor ha de quedar en en todo caso garantizado garantizado por el dispositivo dispositivo de protección utilizado. utilizado. - El dispositivo de protección podrá estar constituido por un interruptor automático de corte omnipolar con curva térmica de corte, o por cortacircuitos corta circuitos fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas.
Montaje del dispositivo de protección contra sobrecargas Un dispositivo de protección contra sobrecargas debe ser instalado en el lugar donde se realice una reducción del valor de las corrientes admisibles en los conductores; por ejemplo, un cambio de sección, de material, de aislamiento o método de instalación, excepto en los casos siguientes: · Donde es prácticamente imposible la instalación de dispositivos de protección contra sobrecargas (ejemplo: motores sometidos a cargas periódicas). · Si el dispositivo de protección contra la sobrecarga del conductor que tiene la corriente admisible mas alta protege de forma satisfactoria el conductor que tiene la corriente admisible mas baja. Los dispositivos de protección contra sobrecargas podrán situarse aguas abajo del cambio arriba indicado si la parte del cableado situada entre el punto del cambio y el dispositivo de protección no incluye ni derivaciones ni tomas de corriente y cumple al menos con una de las condiciones siguientes: · Se encuentra protegido contra cortocircuitos. · Su longitud no supera los 3 m, está realizada de manera que reduzca al mínimo el riesgo de cortocircuito, y está instalado de manera que reduzca al mínimo el riesgo de incendio o peligro para las personas. En derivaciones, el dispositivo de protección contra sobrecargas podrá ser instalado en cualquier lugar del recorrido del conductor que debe proteger, a condición de que el trayecto del conductor que se encuentre entre la derivación y el punto donde el dispositivo de protección esta instalado responda a una de las condiciones siguientes: siguientes: · El conductor esta protegido contra corto circuitos (véase protección contra cortocircuitos) y en todo su recorrido no hay derivaciones. · La longitud del conductor no exceda de 5 metros y el conductor no tiene derivaciones sobre este recorrido. · El conductor esta diseñado de forma que en las condiciones de utilización previsibles el riesgo de sobrecarga sea mínimo. · No haya materiales inflamables en la proximidad y no sea peligroso para las personas. Por razones de seguridad, es posible omitir la protección contra sobrecargas en circuitos en los que una desconexión imprevista puede originar un peligro: · Circuitos de excitación de máquinas rotativas. · Circuitos de alimentación de electroimanes de aparatos elevadores y grúas. · Circuitos de alimentación de dispositivos de extinción de incendios. · Circuitos de alimentación de servicios de seguridad. · Circuitos secundarios de transformadores de corriente.
Medidas de protección y de prevención
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PROTECCIÓN CONTRA CORTOCIRCUITOS Debe preverse un dispositivo de protección que corte la corriente de cortocircuito en la aparamenta o en los conductores antes de que esta corriente de cortocircuito cree efectos térmicos o mecánicos perjudiciales para los conductores, sus conexiones o a la aparamenta eléctrica alimentada por la red. En el origen de todo circuito se establecerá un dispositivo de protección contra cortocircuitos cuya capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su conexión. Se admite, no obstante, que cuando se trate de circuitos derivados de uno principal, cada uno de estos circuitos derivados disponga de protección contra sobrecargas, mientras que un solo dispositivo general pueda asegurar la protección contra cortocircuitos para todos los circuitos derivados. También se recomienda proteger todos los circuitos secundarios frente a los cortocircuitos, con el fin de garantizar la continuidad de servicio de aquellos circuitos no afectados por la falta. Esto exigirá también la coordinación y selectividad de las protecciones (interruptores automáticos (IA) o fusibles). Se admiten como dispositivos de protección contra cortocircuitos los fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas y los interruptores automáticos con sistema de corte omnipolar. Los fusibles se clasifican, según su curva de fusión, mediante dos letras. La primera letra indica la zona de corrientes previstas donde el poder de corte del fusible está garantizado. La segunda letra indica la categoría de empleo en función del tipo de receptor o circuito a proteger. Todo dispositivo de protección contra cortocircuitos deberá cumplir las dos condiciones siguientes: · El poder de corte del dispositivo de protección debe ser igual o mayor que la intensidad de cortocircuito máxima prevista en su punto de instalación. Se acepta un poder de corte inferior al resultante de la aplicación de la condición anterior si existe otro dispositivo con el suficiente poder de corte instalado aguas arriba. En este caso, las características de ambos dispositivos deben coordinarse de forma que la energía que dejan pasar ambos dispositivos de protección no exceda la que pueden soportar, sin dañarse el dispositivo y el cableado situado aguas abajo del primer dispositivo. · El tiempo de corte de toda corriente que resulte de un cortocircuito que se produzca en un punto cualquiera del circuito, no debe ser superior al tiempo que los conductores tardan en alcanzar su temperatura límite admisible Se recomienda que para aplicar el criterio de selección del dispositivo se tengan en cuenta: · Las condiciones de selectividad o protección en serie de la instalación, · La importancia económica y/o estratégica de los equipos alimentados, · La probabilidad de faltas y · Las consideraciones de tipo económico.
Emplazamiento de los dispositivos de protección contra cortocircuitos A) Un dispositivo que asegure la protección contra corto circuitos debe estar situado en el lugar donde exista una disminución de la sección del conductor u otro cambio que cause una modificación de sus características. B) Podrán situarse aguas abajo del punto donde se produce el cambio de sección, naturaleza o sistema de instalación, si la parte del cableado situada entre el punto del cambio y el dispositivo de protección cumple las tres condiciones siguientes: - No excede de 3 m de longitud. - Está instalado de manera que se minimice el riesgo de corto circuito - Está instalado de manera que se minimice el riesgo de incendio o de peligro para las personas. C) Se pueden suprimir los dispositivos de protección contra cortocircuitos en los casos siguientes: - Cuando los conductores utilizados tienen una longitud no superior a 5 metros y están situados de forma que el riesgo contra corto circuitos sea mínimo. - En el caso de determinados circuitos de medida. - En circuitos donde una interrupción fortuita de la alimentación puede constituir una fuente de peligro o un riesgo.
COORDINACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA SOBRECARGAS Y CONTRA CORTOCIRCUITOS A ) Caso de que un solo dispositivo asegura la protección. Si un dispositivo de protección contra sobrecargas tiene en su punto de instalación un poder de corte a la tensión de la red superior o igual al valor de la corriente de corto circuito, es admisible que este dispositivo proteja igualmente contra corto circuitos a la parte del conductor situado después del lugar de la instalación del dispositivo. B ) Caso en que dispositivos independientes aseguran la protección. Las características de los dispositivos de protección deben estar coordinados de forma que la energía que pasa por el dispositivo de protección contra corto circuitos no exceda de la que pueda ser soportada, sin daños, por el dispositivo de protección contra sobrecargas.
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PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES
Las sobretensiones transitorias que se transmiten en las redes de distribución se originan fundamentalmente como consecuencia de: Descargas atmosféricas. Conmutaciones de redes. Defectos en las redes. Las causas más frecuentes de aparición de sobretensiones transitorias de origen atmosférico son las siguientes: La caída de un rayo sobre la línea de distribución o en sus proximidades El funcionamiento de un sistema de protección externa contra descargas atmosféricas (pararrayos, puntas Franklin, jaulas de Faraday, etc.), situado en la propia instalación o en sus proximidades. La incidencia directa de una descarga atmosférica en la propia instalación, tanto más probable cuanto más alto sea éste, o en sus proximidades. A estos efectos se considera proximidad una distancia de aproximadamente 50 m. El nivel de sobretensión que puede aparecer en la red es función del: nivel isoceraúnico estimado, tipo de acometida aérea o subterránea, proximidad del transformador de MT/BT, etc. La incidencia que la sobretensión puede tener en la seguridad de las personas, instalaciones y equipos, así como su repercusión en la continuidad del servicio es función de: La coordinación del aislamiento de los equipos. Las características de los dispositivos de protección contra sobretensiones, su instalación y su ubicación. La existencia de una adecuada red de tierras. En general, las sobretensiones originadas por maniobras en las redes son inferiores, en valor de cresta, a las atmosféricas y por ello generalmente, los requisitos de protección contra sobretensiones atmosféricas garantizan la protección contra sobretensiones de maniobra.
Medidas de protección y de prevención
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DESCRIPCIÓN DE LAS CATEGORÍAS DE SOBRETENSIONES · Categoría I: Se aplica a los equipos muy sensibles a las sobretensiones y que están destinados a ser conectados a la instalación eléctrica fija. En este caso, las medidas de protección se toman fuera de los equipos a proteger, ya sea en la instalación fija o entre la instalación fija y los equipos, con objeto de limitar las sobretensiones a un nivel específico. Ejemplo: ordenadores, equipos electrónicos muy sensibles, etc. · Categoría II: Se aplica a los equipos destinados a conectarse a una instalación eléctrica fija. Ejemplo: electrodomésticos, herramientas portátiles y otros equipos similares. · Categoría III: Se aplica a los equipos y materiales que forman parte de la instalación eléctrica fija y a otros equipos para los cuales se requiere un alto nivel de fiabilidad. Ejemplo: armarios de distribución, embarrados, aparamenta (interruptores, seccionadotes, tomas de corriente...), canalizaciones y sus accesorios (cables, caja de derivación...), motores con conexión eléctrica fija (ascensores, máquinas industriales...), etc. · Categoría IV: Se aplica a los equipos y materiales que se conectan en el origen o muy próximos al origen de la instalación, aguas arriba del cuadro de distribución. Ejemplo: contadores de energía, aparatos de tele medida, equipos principales de protección contra sobreintensidades, etc. En la tabla, se distinguen 4 categorías diferentes, indicando en cada caso el nivel de tensión soportada a impulsos, en kV, según la tensión nominal de la instalación. Los equipos y materiales deben escogerse de manera que su tensión soportada a impulsos no sea inferior a la tensión soportada prescrita en la tabla 1, según su categoría. TENSIÓN NOMINAL DE LA INSTALACIÓN SISTEMAS SISTEMAS TRIFÁSICOS MONOFÁSICOS 230/400
230
400/690
-
1000
-
TENSIÓN SOPORTADA A IMPULSOS 1,2/50 (kV) CATEGORÍA CATEGORÍA CATEGORÍA CATEGORÍA IV III II I 6
4
2,5
1,5
8
6
4
2,5
SELECCIÓN DEL TIPO DE LOS DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES A INSTALAR Los dispositivos de protección contra sobretensiones son dispositivos capaces de garantizar la protección contra sobretensiones de origen atmosférico, debidas a conmutaciones, etc., que se producen en la instalación. Estos dispositivos pueden ser descargadores a gas, varistores de óxido de cinc, diodos supresores, descargadores de arco, combinaciones de los anteriores, etc. Se considera que cumplen con las prescripciones los dispositivos de características equivalentes a los establecidos en la serie de normas EN 61643. Según la norma EN 61643-11 existen 3 tipos de protectores de sobretensión denominados: Tipo 1, Tipo 2 y Tipo 3. Los parámetros más significativos para cada uno de estos tipos son: TIPO 1
TIPO 2
TIPO 3
Capacidad de absorción de energía
Muy alta - Alta
Media - Alta
Baja
Rapidez de respuesta
Media - Baja
Origen de la sobretensión
Impacto directo de rayo
Muy alta Sobretensiones de origen atmosférico y conmutaciones, conducidas o inducidas
El objetivo a conseguir es que la actuación del dispositivo de protección reduzca la sobretensión transitoria a un valor de tensión inferior a la soportada por el equipo protegido (de acuerdo con su categoría de sobretensión). Para alcanzar este objetivo puede ser necesario utilizar más de un dispositivo de protección. En general, se puede lograr la protección de la instalación mediante un dispositivo Tipo 2, instalado lo más cerca posible del origen de la instalación interior, en el cuadro de distribución principal. En función del dispositivo instalado en cabecera y de las distancias entre éste y los equipos a proteger, puede ser necesario instalar dispositivos de protección adicionales para proteger equipos sensibles. Éstos podrán ser de Tipo 2 o de Tipo 3. Cuando el edificio disponga de sistemas de protección externa contra el rayo (pararrayos, puntas Franklin, jaulas de Faraday) además será necesario instalar en el origen de la instalación (antes de los contadores), un dispositivo de protección de Tipo 1. Para garantizar la coordinación adecuada entre dispositivos se seguirán las recomendaciones del fabricante.
CONEXIÓN A TIERRA DE LOS DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES Para el correcto funcionamiento de los dispositivos de protección será necesario que el conductor que une el dispositivo con la instalación de tierra del edificio tenga una sección mínima de cobre, en toda su longitud, según la siguiente tabla: TIPO DE DISPOSITIVO SECCIÓN MÍNIMA DEL CONDUCTOR
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CONEXIÓN ENTRE EL DISPOSITIVO Y
Tipo 1
16
el borne principal de tierra o punto de puesta a tierra del edificio
Tipo 2
4
el borne de entrada de tierra de la instalación interior
Tipo 3
2,5 o lo especificado por el fabricante
un borne de tierra de la instalación interior
4.4 SEÑALIZACIÓN DEL RIESGO ELÉCTRICO
En lo concerniente a la señalización destinada a delimitar la zona de trabajo, aun siendo un trabajo sin tensión, resultará necesaria cuando se precise realizar una separación entre la zona segura donde se realizan los trabajos sin tensión y la zona de proximidad, en la cual no se debe entrar salvo que se tomen las medidas correspondientes a los trabajos en proximidad. También puede servir para delimitar la zona a la cual solo pueden acceder las personas con permiso para realizar los trabajos. La señalización y delimitación se pueden efectuar utilizando vallas, cintas o cadenas aislantes diseñadas al efecto, así como señales de peligro, prohibición u obligación, que cumplan lo establecido en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.
RIESGO ELÉCTRICO
PELIGRO EN GENERAL
Señales de peligro aplicables a instalaciones eléctricas
4.5 MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN LÍNEAS Y CONDUCTORES DE ALTA TENSIÓN
El riesgo de accidente eléctrico en los trabajos realizados en proximidad de instalaciones eléctricas en tensión puede aumentar considerablemente cuando se manipulan elementos de gran longitud, como perfiles o tubos metálicos, o se utilizan equipos de trabajo como escaleras, grúas y vehículos con brazos articulados (palas cargadoras, retroexcavadoras) o prolongaciones de longitud suficiente para entrar en zonas de peligro o en contacto con líneas eléctricas aéreas en las que, habitualmente, el sistema de protección general está confiado a la distancia a la que se sitúan los conductores respecto al suelo, edificaciones, etc., de acuerdo con lo establecido en los reglamentos electrotécnicos (Artículo 25 de del Reglamento electrotécnico sobre líneas eléctricas aéreas de alta tensión e ITC-BT-06 del REBT).
Medidas de protección y de prevención
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PROTECCIÓN EN LÍNEAS AÉREAS Y CONDUCTORES DE ALTA TENSIÓN Las señales de peligro son preceptivas en todos los apoyos de las líneas de primera categoría, así como en todos los apoyos situados en zonas frecuentadas. En general, se recomienda colocar estas señales en todos los apoyos. Las ITCs del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera recogen las distancias para los trabajos en proximidad de líneas eléctricas aéreas, con las siguientes prescripciones: · Únicamente se permite el cruce de maquinaria o vehículos por debajo de líneas eléctricas aéreas por los puntos preparados para ello, según el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión. · 25 metros antes del cruce se colocarán carteles o señales bien visibles avisando de dicho cruce y recordando la prohibición de circular con la caja levantada en el caso de volquetes o con cualquier tipo de herramientas o útiles desplegados. · Las pistas o pasos habituales de vehículos que discurran paralelamente a líneas aéreas, mantendrán una distancia de 15 metros respecto a éstas. · Dentro del área delimitada por una distancia de 10 metros a cada lado del eje de la línea se prohíbe la presencia de maquinaria.
Límite de aproximación con vigilancia de “trabajador autorizado”
Límite de aproximación cuando no existe vigilancia de un “trabajador autorizado”
Medidas preventivas en trabajos en proximidad con máquinas
Sistemas de protección para trabajos en proximidad de líneas aéreas
4.6 EMPLAZAMIENTOS CON RIESGO DE INCENDIO O EXPLOSIÓN
Las instalaciones y equipos eléctricos utilizados en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión deben cumplir los requisitos específicos contenidos en los reglamentos electrotécnicos de alta y de baja tensión (teniendo en cuenta las actualizaciones a las que puedan estar sujetos), especialmente el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el nuevo REBT, así como diversas prescripciones incluidas en las ITC del Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, dirigidas a evitar los riesgos de incendio o explosión.
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En todo caso, los aparatos empleados en dichos emplazamientos deben satisfacer las disposiciones del RD 400/1999, de 1 de marzo (BOE núm 85 de 08/4/1996) por el que se transpone la Directiva 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, en función de la "clase de zona" donde se realice el trabajo. Cuando se trate de equipos e instalaciones eléctricas de baja tensión (excluidos los de uso exclusivo en minas) es preciso considerar la ITC-BT-29 del REBT:
TIPO DE EMPLAZAMIENTO
Clase I
Clase II
DESCRIPCIÓN Comprende los emplazamientos en los que hay o puede haber gases, vapores o nieblas en cantidad suficiente para producir atmósferas explosivas o inflamables; se incluyen en esta clase los lugares en los que hay o puede haber líquidos inflamables.
REQUISITOS DE INSTALACIONES Y EQUIPOS
Garajes y talleres de reparación de vehículos. Se excluyen los garajes de uso privado para estacionamiento de 5 vehículos o menos.
Seleccionar los equipos eléctricos de tal manea que la "categoría" esté de acuerdo con las limitaciones de la ITC y que éstos cumplan los requisitos que les sean de aplicación establecidos en la norma UNE-EN-60079-14. Si la temperatura ambiente prevista no está en el rango Instalaciones donde se produzcan, comprendido entre -20° C y +40° C, el equipo deberá manipulen, almacenes o consuman estar marcado para trabajar en el rango de temperatura correspondiente. gases inflamables
Comprende los emplazamientos en los que hay o puede haber polvo inflamable
Seleccionar los equipos eléctricos de tal manea que la "categoría" esté de acuerdo con las limitaciones de la Tabla B y que éstos cumplan los requisitos que les sean de aplicación establecidos en la norma UNE-EN-50281-1-2. Si la temperatura ambiente prevista no está en el rango comprendido entre -20° C y +40° C, el equipo deberá estar marcado para trabajar en el rango de temperatura correspondiente.
Para aquellos elementos que no entren en el ámbito de dicho Real Decreto y para los que se estipule el cumplimiento de una norma, se consideran conformes con las prescripciones de esta ITC aquellos que estén amparados por las correspondientes certificaciones de conformidad otorgadas por Organismos de Control Autorizados según lo dispuesto en el RD 2200/1995, de 28 de diciembre.
4.7 ELECTRICIDAD ESTÁTICA
La electricidad estática se origina por intercambios de carga eléctrica que tienen lugar cuando se produce una fricción entre dos sustancias de distinta naturaleza. En la mayoría de los casos, la energía de la electricidad estática producida de forma espontánea es insuficiente para producir directamente efectos nocivos en el cuerpo humano. Sin embargo, las chispas producidas en las descargas constituyen un foco de ignición que puede dar lugar a incendios o explosiones.
Medidas de protección y de prevención
43
Entre los procesos en los que se produce una fricción continua entre materiales aislantes o aislados que pueden originar descargas de electricidad estática se pueden distinguir, en canteras y graveras: Las máquinas que llevan incorporadas cintas o correas de transmisión. Las máquinas en las que giran rodillos de distinto material en contacto. Los procesos donde se produzca una vaporización o pulverización y el almacenamiento, transporte o trasvase de líquidos o materiales en forma de polvo (aspiración de polvo, pulverización de agua, tolvas, etc.)
PROTECCIÓN CONTRA LA ELECTRICIDAD ESTÁTICA Para evitar la acumulación de cargas electrostáticas puede tomarse alguna de las siguientes medidas, o combinación de las mismas, según las posibilidades y circunstancias específicas de cada caso: · Utilización de materiales antiestáticos (poleas, calzado, etc.) en las superficies susceptibles de electrizarse o aumento de su conductividad (por incremento de la humedad relativa, uso de aditivos o cualquier otro medio). · Conexión a tierra, y entre sí cuando sea necesario de los materiales susceptibles de adquirir carga, en especial, de los conductores o elementos metálicos aislados. · Usar suelos o pavimentos de materiales disipadores (hormigón, cerámica, madera sin recubrimiento aislante, etc). · Reducir la velocidad relativa de superficies en rozamiento, por ejemplo, de las cintas transportadoras. Otras medidas más difíciles de aplicar en los procesos que tienen lugar en canteras y graveras son: · Evitar, en lo posible, los procesos que produzcan pulverización, aspersión o caída libre. · Emplear ionizadores de aire en las cercanías o junto a la zona donde se produce electricidad estática. · Eliminación o reducción de los procesos de fricción.
44
5
MEDIDAS CORRECTORAS
De la revisión de instalaciones realizada sobre una muestra de canteras y graveras, se han elaborado las tablas de este capítulo donde se recogen, de forma no exhaustiva y como orientación, los principales defectos que pueden llegar a aparecer en las instalaciones eléctricas de las canteras y graveras relacionándolos con los riesgos y problemas que producen, y con las medidas de corrección que son precisas para subsanarlos. Para cada defecto se recoge en la tabla: Nombre del defecto Calificación del defecto Defecto muy grave: Aquel que la razón o la experiencia determina que constituye un peligro inmediato para la seguridad de las personas o bienes Defecto grave: No supone un peligro inmediato para la seguridad de las personas o bienes, pero puede serlo al originarse un fallo en la instalación Defecto leve: No supone peligro para las personas o bienes, no perturba el funcionamiento de la instalación y en el que la desviación respecto de lo reglamentado no tiene valor significativo para el uso efectivo o el funcionamiento de la instalación Riesgos que produce Solución propuesta Referencia al REBT Decreto 2413/1973, para las instalaciones anteriores al 18 de septiembre de 2003. Referencia al REBT Decreto 842/2002, para las instalaciones posteriores al 18 de septiembre de 2003 y las modificaciones de las anteriores. POSIBLES DEFECTOS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS Sistema de instalación incorrecto Armarios sin la correspondiente protección contra ambientes polvorientos Incorrecto grado de protección de aparamenta eléctrica
Resistencia de tierra elevada en partes de la instalación
Peligro de contacto directo con embarrados sin dispositivo de alejamiento
Fallo de aislamiento en circuito
Peligro de contacto directo con cables en tensión
Existencia de interruptores diferenciales sobrecargados
Inexistencia de protección mecánica en conductores Exposición de motores eléctricos a la humedad exterior (falta de prensaestopas) pudiéndose provocar derivaciones Posibilidad de contacto directo con parte en tensión (alta tensión) al acceder a las protecciones fusibles de baja tensión Posibilidad de contacto directo en las proximidades de los fusibles
Inexistencia de correcta rotulación de aparatos y circuitos
Existencia de protección por fusibles de diferentes intensidades nominales
Incorrecto funcionamiento de interruptores diferenciales
Incorrecto código de dolores para los conductores
Inexistencia de conductor de protección en puerta metálica de cuadro
Inexistencia de protección contra contactos indirectos
Conductor no protegido contra sobreintensidades en función de su intensidad máxima admisible Interruptor general de cuadro sin poder de corte contra cortocircuitos Falsos contactos que pueden provocar un calentamiento excesivo de los conductores Existen uniones entre conductores realizadas por simple retorcimiento
Inexistencia de protección contra sobrecargas y cortocircuitos en circuitos
Inexistencia de interruptor general dentro del cuadro
Existencia de uniones entre conductores al aire sin la correspondiente protección
Inexistencia de placa de primeros auxilios en centro de transformación
Inexistencia de conexión a tierra en canalizaciones metálicas Existencia de tomas de corriente sin conexión a tierra Inexistencia de conductor de protección en cuadro
Incorrecta selectividad de interruptores diferenciales Existencia de fusibles sin calibrar como sistema de protección Inexistencia de valor nominal de portafusibles
Medidas correctoras
45
ANEXO 1
GRADOS DE PROTECCIÓN IP
Es un sistema de codificación que indica los grados de protección que proporciona la envolvente contra: El acceso a las partes peligrosas La penetración de cuerpos sólidos extraños La penetración del agua Suministra una información adicional unida a la protección. Está formado por dos números independientes que se indican después de las siglas IP. ELEMENTO
CIFRAS O LETRAS SIGNIFICADO PARA LA IP PROTECCIÓN DEL EQUIPO
SIGNIFICADO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS
Contra el ingreso de objetos extraños sólidos
PRIMERA CIFRA CARACTERÍSTICA
0
No protegidos
1
≤
50 mm de Ø
2
≤
12,5 mm de Ø
3
≤
2,5 mm de Ø
4
≤
1,0 mm de Ø
5
Protegido contra el polvo
6
Totalmente protegido contra el polvo Contra el ingreso de agua
SEGUNDA CIFRA CARACTERÍSTICA
0
No protegida
1
Protegida contra la caída vertical de gotas de agua
2
Protegida contra la caída de gotas de agua con una inclinación máxima de 15º
3
Protegida contra la lluvia fina (pulverizada)
4
Protegida contra las proyecciones de agua
5
Protegida contra los chorros de agua
6
Protegida contra fuertes chorros de agua o contra la mar gruesa
7
Protegida contra los efectos de la inmersión
8
Protegida contra la inmersión prolongada Contra el acceso a partes peligrosas con:
LETRAS ADICIONALES (OPCIONALES)
56
A
Una gran superficie del cuerpo como la mano (no impide una penetración deliberada)
B
Los dedos u objetos similares de longitud inferior a 80 mm
C
Herramientas, alambres, etc. con diámetro o espesor superior a 2,5 mm
D
Alambres o cintas con un espesor superior a 1 mm
ANEXO 1I
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. PRESCRIPCIONES GENERALES A continuación se recoge el texto íntegro de la ITC (Octubre 1985)
Índice 1. Objeto. 2. Límites de tensión. 3. Protección contra los contactos directos. 3.1 Introducción. 3.2 Distancias en el aire. 3.3 Protección contra las partes activas. 3.4 Acceso a las instalaciones. 3.5 Protección total por asilamiento de las partes activas. 4. Protección contra los contactos indirectos. 4.1 Introducción. 4.2 Prescripciones de carácter general. 4.3 Coordinación de las protecciones. 4.3.1 Esquemas TN. 4.3.2 Esquemas TT. 4.3.3 Esquemas IT. 4.3.4 Bobinas de proteccion. 4.4 Instalaciones con condiciones difíciles de puesta a tierra. 5. Protección contra sobre intensidades. 5.1 Introducción. 5.2 Corte automático. Protección contra sobre intensidades debidas a sobrecargas. 5.2.1 Condiciones de aplicación. 5.2.2 Régimen nominal de los dispositivos de protección y de los conductores. 5.2.3 Montaje del dispositivo de protección contra sobrecargas. 5.3 Corte automatico. Proteccion contra corto circuitos. 5.3.1 Condiciones de aplicación 5.3.2 Prescripciones de funcionamiento de la protección contra corto circuitos. 5.3.3 Emplazamiento de los dispositivos de protección contra corto circuitos. 5.4 Coordinación de las medidas de protección contra sobrecargas y contra corto circuitos. 5.5 Limitación de sobreintensidades por las características de la alimentación o de la carga. 6. Extinción de incendios. 7. Instalaciones eléctricas en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. 8. Grupos electrógenos.
1. Objeto. La presente instrucción tiene por objeto establecer las prescripciones generales relativas a las instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto, canteras y otras explotaciones mineras de superficie que no sean objeto de una instrucción técnica complementaria de aplicación particular. 2. Límites de tensión. A efecto de aplicación de esta instrucción, las instalaciones eléctricas se clasifican, según las tensiones nominales que se les atribuyan, en la forma siguiente: C.A. (Valor eficaz)
C.C. (Valor medio aritmético)
Pequeña tensión
Un ≤ 50 V
Un ≤ 75 V
Baja tensión
50 < Un ≤ 1.000 V
75 < Un ≤ 1.500 V
Alta tensión
Un > 1.000 V
Un > 1.500 V
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales
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3. Protección contra los contactos directos. 3.1 Introducción. Las prescripciones que aquí no se establezcan, relativas a las instalaciones de pequeña y baja tensión, serán las que se indican en el reglamento electrotécnico para baja tensión. El empleo e instalación de los conductores neutros y de protección se realizara según lo establecido en dicho reglamento. 3.2 Distancias en el aire. Las distancias de aislamiento mínimas en el aire entre conductores activos desnudos y entre tales conductores y tierra deben ser conformes a las que se indican en las tablas I y II. No se establece ninguna distancia para aquellos materiales para los que estén especificados ensayos de comprobación de su nivel de aislamiento.
TABLA I DISTANCIAS EN EL AIRE PARA INSTALACIONES INTERIORES Valor eficaz de la tensión nominal de funcionamiento (kV)
1
3
6
10
Distancia mínima para instalaciones expuestas a sobretensiones (mm)
40
65
90
115 215 325 520 700
Distancia mínima para instalaciones protegidas contra sobretensiones (mm)
40
60
70
90
20
30
45
60
160 270 380 520
TABLA II DISTANCIAS EN EL AIRE PARA INSTALACIONES EXTERIORES Valor eficaz de la tensión nominal de funcionamiento (kV)
10
20
30
45
60
Distancia mínima para instalaciones expuestas a sobretensiones (mm)
150 215 325 520 700
Distancia mínima para instalaciones protegidas contra sobretensiones (mm)
150 160 270 380 520
Para instalaciones con tensiones diferentes a las indicadas en las tablas anteriores se adoptaran los valores correspondientes a la tensión inmediata superior de dichas tablas. Para instalaciones situadas por encima de los 1.000 metros de altitud, las distancias mínimas en el aire hasta 3.000 metros deberán aumentarse en el 1,25 por 100 por cada 100 metros fracción.
3.3 Protección contra las partes activas. Todas las partes activas deben estar colocadas en el interior de envolventes o detrás de barreras, asegurando al menos un grado de protección según se indica en la tabla siguiente:
TABLA III GRADOS DE PROTECCIÓN MÍNIMOS CONTRA LOS CONTACTOS DIRECTOS POR BARRERAS O ENVOLVENTES (aplicable sólo a las partes activas) Tensión (en c.a.)
En las zonas de operación
En las zonas de operación eléctrica
En las zonas de operaciones eléctricas cerredas
IP2X si Un ≤ 660 V o si las partes bajo diferentes tensiones que no son IP0X si Un ≤ 660 V IP0X si Un > 660 V simultáneamente accesibles están IP2X para superficies exteriores o o si las partes bajo diferentes tensiones situadas en el espacio de accesibilidad 50 < Un ≤ 1.000 V barreras e IP4X para envolventes que no son simultáneamente accesibles fácilmente accesibles están situadas en el espacio de IP2X si Un ≤ 600 V e IP4X si Un > 660 V, accesibilidad para superficies superiores y barreras envolventes fácilmente accesibles Un > 1.000 V
58
IP5X en el espacio de accesibilidad. IP5X en el espacio de accesibilidad. IP1X IP2X fuera del espacio de accesibilidad IP1X fuera del espacio de accesibilidad
3.4
Acceso a las instalaciones. Cuando sea necesaria la supresión de barreras o envolventes, esta operación no debe poder hacerse más que de una de las siguientes formas: A) Llave o herramientas especiales. La elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes precisarán el empleo de una llave o una herramienta especial. B) Dispositivo de enclavamiento. Un dispositivo de enclavamiento debe estar previsto de forma que la elevación, apertura o supresión sin la utilización de llave o herramienta especial no se pueda realizar si no están desconectadas todas las partes activas que se encuentran detrás de la barrera o envolvente. La tensión no se puede establecer hasta que la barrera o envolvente se encuentre en su posición de servicio. Asimismo debe preverse un sistema para la descarga a tierra de la energía acumulada. C) Desconexión automática. La elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes puede también realizarse mediante una desconexión automática tal que al mover la barrera o envolvente de su posición de servicio deje las partes activas colocadas detrás sin tensión. La tensión no se puede restablecer mientras la barrera o envolvente no se encuentre nuevamente en su posición de servicio. D) Pantalla interna de interposición. Se deberá instalar una pantalla interna de interposición de tal forma que no pueda existir un contacto con las partes activas mientras la barrera o envolvente esta levantada. Para poder retirar esta pantalla será necesaria una llave o una herramienta especial. E) Acceso a fusibles o lámpara detrás de una barrera o envolvente. En este caso la elevación, apertura o supresión de barreras o envolventes puede hacerse si se cumplen las siguientes condiciones a la vez: - mediante una segunda barrera, dispuesta en el interior de la barrera o envolvente principal, que debe impedir el contacto accidental con la parte activa. El desmontaje de esta segunda barrera se podrá realizar si posee desconexión automática, o enclavamiento, o llave, o herramienta especial. - la tensión delante de la segunda barrera en ningún caso debe sobrepasar 660 V. Para las instalaciones interiores las distancias mínimas en las zonas de servicio y mantenimiento se tendrán en cuenta: - altura libre de los pasillos: 2 metros. - anchura libre de circulación: 1 metro. - altura de las partes activas sobre el nivel del suelo del pasillo para los grados de protección ipox o ipix: 2,70 metros + 1 centímetro por kV. Para determinar el acceso a las zonas de servicio y mantenimiento se tendrá en cuenta: A) Tensión inferior o igual a 1.000 V. En este caso si la longitud es superior a 20 metros, se debe poder acceder por las dos extremidades a todos los lugares de operación o mantenimiento. Si la longitud es inferior a 20 metros, pero superior a 6, se recomienda prever una posibilidad de acceso por los dos extremos. B) Tensión superior a 1.000 V. En este caso se deberá poder acceder por los dos extremos a todos los lugares de operación o mantenimiento cuando la longitud es superior a 6 metros. En pasillos de longitud superior a 20 metros se recomiendan vías de acceso suplementarias. C) Puertas de acceso. Se recomiendan que cumplan las siguientes características: - abrir hacia el exterior. - poder abrir sin usar las manos. - tener una superficie libre de al menos 1,5 metros cuadrados en el exterior de la puerta.
3.5 Protección total por aislamiento de las partes activas. Este aislamiento esta destinado a impedir completamente el contacto de personas o animales con las partes activas de una instalación eléctrica. El aislamiento debe estar conforme a las prescripciones aplicables al material eléctrico de que se trate. 4. Protección contra contactos indirectos. 4.1 Introducción. Se contemplan en este apartado las prescripciones de protección contra los contactos indirectos, mediante el empleo de conductores de protección en redes de corriente alterna de cualquier nivel de tensión. Aparte de lo aquí estipulado, para las redes de corriente alterna de pequeña y baja tensión, se adoptaran también las medidas de protección especificadas en la instrucción MIBT 021 (actual 024) del REBT. 4.2 Prescripciones de carácter general. A) Todas las masas de la instalación eléctrica deben estar conectadas a un conductor de protección. B) Deberá preverse un dispositivo de corte automático que desconecte la parte de instalación protegida después de producirse un defecto que de lugar a la aparición de una tensión de contacto superior a la tensión limite convencional, U L siendo: UL 50v (valor eficaz) para emplazamientos secos y no conductores. UL 24v (valor eficaz) para emplazamientos mojados o conductores. C) El tiempo de actuación de los dispositivos de corte deberá ser menor o igual al valor extraído de las tablas I y II, según que la tensión de red sea inferior o igual a 1.000 V, y superior a 1.000 V, respectivamente.
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales
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D) En instalaciones de tensión inferior o igual a 1.000 V, en las cuales pueda establecerse una distinción neta y permanente entre las partes de la instalación que solo alimentan aparatos fijos y las partes destinadas a la alimentación de aparatos móviles o portátiles cuyas masas puedan ser tocadas fácilmente con la mano, el tiempo de corte para la instalación fija deberá ser, como máximo, de 5 segundos. El término distinción neta aplicado en el párrafo anterior significa que cualquier defecto producido en la instalación fija no altera la seguridad de los aparatos móviles o portátiles para cuya protección son aplicables los tiempos de corte indicados en las tablas I y II.
TABLA I SISTEMAS DE TENSIÓN MENOR O IGUAL A 1.000 V Tensión de contacto estimada (valor eficaz en c.a.) y tiempo de funcionamiento máximo Tensión de contacto Tiempo de funcionamiento estimada (Voltios) máximo (Segundos) 50
-
50
5
75
1
90
0,5
110
0,2
150
0,1
220
0,05
280
0,03 Fig. 1. Representación Gráfica de la Tabla I
TABLA II SISTEMAS DE TENSIÓN MAYOR A 1.000 V Tensión de contacto estimada (valor eficaz en c.a.) y tiempo de funcionamiento máximo Tensión de contacto estimada (Voltios)
Tiempo de funcionamiento máximo (Segundos)
50
-
80
5
120
1
150
0,5
180
0,4
300
0,1
420
0,05
550
0,03
Fig. 2. Representación Gráfica de la Tabla II
4.3. Coordinación de las protecciones. Se refiere este apartado a las condiciones que se deben cumplir para la coordinación entre el esquema de red utilizado con respecto a la puesta a tierra (esquemas TN, TT e IT) y las características de los dispositivos de protección. Este esquema de red solo puede utilizarse con tensiones nominales de hasta 440 V.
60
4.3.1. Esquemas TN (Ver figuras 3, 4 y 5 )
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales
61
Esquemas de red en los cuales el punto neutro esta unido directamente a tierra y las masas de la instalación conectadas al neutro mediante conductores de protección. Este esquema de red solo puede utilizarse con tensiones nominales de hasta 440 V. A) Todas las masas de la instalación deben estar conectadas mediante conductores de protección al conductor neutro. B) Las secciones del conductor neutro y del conductor de protección serán iguales entre sí y satisfarán lo indicado en los reglamentos electrotécnicos de alta y baja tensión. C) Los dispositivos de protección y la sección de los conductores deberán elegirse de forma tal que, tras producirse un defecto fase-conductor de protección o fase-masa en cualquier punto de la instalación, el corte de la alimentación se realice según lo prescrito en el apartado 4.2. Esta condición se considera satisfecha cuando: Zs x Ia ≤ Uo Siendo: Zs = impedancia del bucle de defecto. Ia = corriente que asegura el funcionamiento del dispositivo de corte en los tiempos previstos en el apartado 4.2. Uo = tensión entre fase y neutro. D) Nunca se empleara un solo conductor con funciones combinadas de neutro y protección (ver figuras 4 y 5 ). E) En estas redes, donde puedan producirse defectos francos fase-tierra (por ejemplo, redes con líneas aéreas) y al objeto de impedir que el conductor de protección o cualquier masa a la conectada adquiera una tensión respecto a tierra superior a U l, deberá cumplirse la siguiente condición: (RB/RE) ≤ [UL /(Uo- UL )] siendo: RB = resistencia de puesta a tierra. RE = valor de la menor resistencia de puesta a tierra de las masas que no están conectadas al conductor de protección, en todos los casos en que aparezca un defecto fase-tierra. Uo = tensión fase neutro. UL = tensión límite convencional. Las medidas de protección aconsejadas son: - conectar los soportes metálicos de la línea aérea al conductor de protección, y - conectar las partes metálicas de las estructuras al conductor de protección. 4.3.2. Esquemas TT (ver figura 6). Esquemas de red en los cuales el punto neutro esta unido directamente a tierra y las masas de la instalación puestas a tierra en puntos diferentes del anterior, bien en conjunto, en grupos o individualmente: A) El conductor neutro debe estar aislado o instalado de la misma forma que los conductores de fase. B) Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un dispositivo común deben estar interconectadas y unidas mediante un conductor de protección a una misma toma de tierra. Si se montan varios dispositivos de protección en serie, esta prescripción se aplicara a cada grupo de masas protegidas por el mismo dispositivo. Las masas accesibles simultáneamente deben ser conectadas a la misma toma de tierra. C) Para los circuitos montados íntegramente en aparatos semifijos o móviles, la propia estructura metálica constituirá la toma de tierra, y el punto de puesta a tierra deberá estar unido a la estructura metálica. D) Caso de producirse un defecto fase-masa y al objeto de cumplir lo especificado en 4.2, deberá satisfacerse la siguiente condición: Ia x Ra ≤ UL Siendo: Ia = corriente mínima que asegura el funcionamiento del dispositivo de corte en el tiempo prescrito en 4.2. Si se utiliza un dispositivo de corriente diferencial residual, Ia es el valor de la corriente diferencial residual de funcionamiento (o sensibilidad) IF. Ra = resistencia de puesta a tierra de las masas, medida en cada punto de conexión de las mismas. E) Se recomienda el empleo de dispositivos de protección de máxima corriente y de corriente diferencial residual. En redes de baja tensión pueden emplearse también dispositivos de protección de tensión de defecto. 4.3.3. Esquemas IT (ver figuras 7, 8 y 9). Esquemas de red en los cuales el punto neutro esta aislado de tierra o unido a ella a través de una impedancia que limita la corriente de defecto y las masas unidas a tierra, en una o varias tomas de tierra, individualmente, en grupos o en conjunto: A) La resistencia total de puesta a tierra de todas las masas unidas a una misma toma de tierra mediante un conductor de protección debe cumplir la siguiente condición: Id x Ra ≤ UL Siendo: Ra = resistencia de puesta a tierra de las masas, medida en cada punto de conexión de las mismas. Id = corriente de defecto, en el caso de primer defecto franco fase-masa. El valor de Id debe considerar las corrientes de fuga y la impedancia global de puesta a tierra de la instalación eléctrica. UL = tensión límite convencional. B) No es preciso el corte automático de la alimentación tras la aparición del primer defecto de aislamiento si se cumplen las siguientes condiciones: - La tensión de contacto es inferior a la tensión limite convencional ul. - Existe un control de aislamiento u otro dispositivo similar que señalice la aparición del primer defecto en la instalación. - Existe un dispositivo de corte automático que interrumpe la alimentación tras la aparición de un segundo defecto de aislamiento.
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C) Se recomienda la utilización de los siguientes dispositivos de protección: - Control de aislamiento. - Dispositivos de protección de máxima corriente. - Dispositivos de protección de corriente diferencial residual. - Dispositivos de tensión de defecto. 4.3.4. Bobinas de protección. Si en una red TN o TT se instalan bobinas de protección contra sobre intensidades por defecto a tierra (inductancia homopolar), limitando la corriente de defecto a tierra por compensación de neutro, a partir de su punto de instalación la red se considerara como IT.
5. Protección contra sobre intensidades. 5.1. Introducción. La aparamenta eléctrica y los conductores bajo tensión deben estar protegidos por uno o varios dispositivos de corte automático para desconectarlos de la alimentación en caso de una sobreintensidad debida a una sobrecarga o a un corto circuito, salvo las excepciones previstas en esta instrucción. Se establecen aquí las prescripciones mínimas a seguir para las protecciones contra las sobre intensidades en lo que concierne a la protección contra las sobrecargas y contra los corto circuitos se explica igualmente la coordinación de medidas de protección contra las sobrecargas y contra los cortocircuitos y la coordinación de esta protección con los conductores y la aparamenta. 5.2. Corte automático. Protección contra sobre intensidades debidas a sobrecargas. 5.2.1. Condiciones de aplicación: A) Conductores bajo tensión.-los dispositivos de protección deben escogerse de forma que toda corriente de sobrecarga en los conductores sea cortada antes que esta corriente pueda causar un calentamiento perjudicial en los aisladores, en las juntas, en los bornes o terminales de conductores o en el conjunto de los cables. B) Aparamenta eléctrica.-conviene que todo aparato eléctrico que pueda causar una sobreintensidad debido a una sobrecarga vaya provisto de un dispositivo de protección contra las sobrecargas, de forma que corte automáticamente la alimentación separando el aparato en cuestión. Los dispositivos de protección contra las sobrecargas deben instalarse de forma tal que la interrupción de la alimentación al aparato eléctrico no suponga un peligro para las personas o crear un riesgo para la instalación. El caso se puede presentar, por ejemplo: En los circuitos de excitación de motores de corriente continua y corriente alterna (sincronos), los circuitos secundarios de transformadores de intensidad, cintas, instalaciones de bombeo, los elevadores, las maquinas elevadoras, la traslación principal de una excavadora, los sistemas de alumbrado de seguridad y señalización de seguridad, etc. C) Aparamenta eléctrica y conductores bajo tensión.-se puede utilizar un solo dispositivo de protección contra sobrecargas, para proteger a la vez la aparamenta eléctrica y los conductores del circuito asociados. 5.2.2. Régimen nominal de los dispositivos de protección y de los conductores: A) Intensidad de disparo del dispositivo de protección. La intensidad de disparo (In) del dispositivo de protección no deberá ser superior a la corriente admisible en los conductores. En el caso de un dispositivo de protección regulable, la intensidad de disparo in deberá ser regulada al valor calculado. B) Protección de conductores en paralelo. Cuando la alimentación se realiza por varios conductores en paralelo que están protegidos por los mismos dispositivos de protección, la corriente que se tomara será la suma de corrientes admisibles en cada uno de los conductores. Estas disposiciones serán aplicables solo si estos conductores tienen las mismas características eléctricas (material conductor, forma de instalación, longitud, sección) y no presentan derivaciones en un recorrido. Esta protección no excluye el empleo de circuitos cerrados. 5.2.3. Montaje del dispositivo de protección contra sobrecargas: A) Aparamenta eléctrica y conductores bajo tensión. Todo dispositivo de protección contra sobrecargas previsto para proteger la aparamenta eléctrica y los conductores del circuito asociado a ella, deberá ser instalado conforme al párrafo 5.2.3, b), siguiente. B) Conductores bajo tensión. Un dispositivo de protección contra sobrecargas debe ser instalado en el lugar donde se realice una reducción del valor de las corrientes admisibles en los conductores; por ejemplo, un cambio de sección, de material, de aislamiento o método de instalación, excepto en los casos siguientes: - Donde es prácticamente imposible la instalación de dispositivos de protección contra sobrecargas (ejemplo, motores sometidos a cargas periódicas). - Si el dispositivo de protección contra la sobrecarga del conductor que tiene la corriente admisible más alta protege de forma satisfactoria el conductor que tiene la corriente admisible más baja. En derivaciones, el dispositivo de protección contra sobrecargas podrá ser instalado en cualquier lugar del recorrido del conductor que debe proteger, a condición de que el trayecto del conductor que se encuentre entre la derivación y el punto donde el dispositivo de protección esta instalado responda a una de las condiciones siguientes: - El conductor esta protegido contra corto circuitos conforme el articulo 5.3 y en todo su recorrido no hay derivaciones.
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales
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- La longitud del conductor no exceda de 5 metros y el conductor: · No tiene derivaciones sobre este recorrido. · El conductor esta diseñado de forma que en las condiciones de utilización previsibles el riesgo de sobrecarga sea mínimo. · No haya materiales inflamables en la proximidad y no sea peligroso para las personas.
5.3. Corte automático. Protección contra cortocircuitos. 5.3.1. Condiciones de aplicación. Debe preverse un dispositivo de protección que corte la corriente de corto circuito en la aparamenta o en los conductores antes de que esta corriente de corto circuito cree efectos térmicos o mecánicos perjudiciales para los conductores, sus conexiones o a la aparamenta eléctrica alimentada por la red. 5.3.2. Prescripciones de funcionamiento de la protección contra corto circuitos. A) Características de los dispositivos de protección contra corto circuitos. Cada dispositivo de protección contra corto circuitos debe responder a las condiciones siguientes: - El poder de corte o interrupción debe ser superior a la corriente de corto circuito presumible en el lugar donde el dispositivo de protección esta instalado. - Todas las corrientes debidas a un corto circuito, en cualquier punto de la instalación, deben cortarse en un tiempo que no exceda del que se indica en el párrafo siguiente. B) Temperatura de los conductores. El tiempo necesario para que una corriente de corto circuito determinada produzca el límite de temperatura en el material puede ser calculado por la fórmula: √ t = K(A/I) en la que: t = duración en segundos. A = sección en mm 2. I = intensidad de corto circuito efectivo en la sección A, expresada en valor eficaz. K =115 en el caso de almas de cobre aisladas con PVC. K = 135 en el caso de almas de cobre aisladas con caucho, papel impregnado, polietileno reticulado o caucho de etileno- propileno. 5.3.3. Emplazamiento de los dispositivos de protección contra corto circuitos. A) Un dispositivo que asegure la protección contra corto circuitos debe estar situado en el lugar donde exista una disminución de la sección del conductor u otro cambio que cause una modificación de sus características, a excepción de los casos que se indican en los párrafos siguientes. B) Se puede omitir el emplazamiento de dispositivos de protección contra corto circuitos siempre que se cumplan simultáneamente las condiciones siguientes: - Un dispositivo de protección colocado anteriormente al lugar donde haya un cambio de características debe funcionar de manera que proteja contra corto circuitos toda la longitud del conductor instalado posterior al lugar en cuestión. - La longitud del conductor de sección S2 que esta instalado posteriormente al lugar donde se produce un cambio de características no deberá sobrepasar el valor determinado por un diagrama análogo al siguiente:
Donde: MB = L 1 representa la longitud máxima del conductor de sección S 1 que está protegido contra corto circuitos por el dispositivo de protección colocado en el punto M. MB = L 2 representa la longitud máxima del conductor de sección S 2 que está protegido contra corto circuitos por el dispositivo de protección colocado en el punto M. Los conductores que derivan en el punto O, de sección S 2 y protegidos contra corto circuitos por los dispositivos de protección situados en el punto M, tendrán una longitud máxima que esta representada en el diagrama adjunto por OV.
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C) Se pueden suprimir los dispositivos de protección contra corto circuitos en los casos siguientes: - Cuando los conductores utilizados tienen una longitud no superior a 5 metros y están situados de forma que el riesgo contra corto circuitos sea mínimo. - En el caso de determinados circuitos de medida. - En circuitos donde una interrupción fortuita de la alimentación puede constituir una fuente de peligro o un riesgo.
5.4. Coordinación de las medidas de protección contra sobrecargas y contra cortocircuitos. A) Caso de que un solo dispositivo asegura la protección. Si un dispositivo de protección contra sobrecargas tiene en su punto de instalación un poder de corte a la tensión de la red superior o igual al valor de la corriente de corto circuito, es admisible que este dispositivo proteja igualmente contra corto circuitos a la parte del conductor situado después del lugar de la instalación del dispositivo. B) Caso en que dispositivos independientes aseguran la protección. Las características de los dispositivos de protección deben estar coordinadas de forma que la energía que pasa por el dispositivo de protección contra corto circuitos no exceda de la que pueda ser soportada, sin daños, por el dispositivo de protección contra sobrecargas. 5.5. Limitación de sobreintensidades por las características de la alimentación o de la carga. A) Limitación por la naturaleza de la carga. Los conductores que alimentan solamente un aparato conectado de forma permanente se consideran protegidos contra sobrecargas, a condición que el aparato no pueda absorber corrientes superiores, en valor eficaz, a la corriente admisible por los conductores y que se cumpla la condición del párrafo 5.2.1b. B) Limitación por la naturaleza de la fuente. Si los conductores están alimentados a partir de una fuente que no puede suministrar una corriente superior, en valor eficaz, a la corriente admisible por los conductores, la protección contra las corrientes de sobrecarga y de corto circuito se considera como segura. 6. Extinción de incendios. En las zonas de operación eléctrica y en las maquinas de arranque, transporte, almacenamiento, etc., cuya potencia eléctrica instalada sea superior a 500 kVA, se dispondrán extintores de incendios en lugares bien visibles, fácilmente accesibles y convenientemente distribuidos. Los extintores se revisarán como mínimo anualmente y los materiales para la extinción no serán tóxicos ni asfixiantes, ni conductores de la electricidad. En las explotaciones mineras cuya potencia instalada sea superior a 10 mVA, será obligatorio disponer de un vehículo con los medios necesarios para la extinción de incendios, con capacidad superior a 4 metros cúbicos de agua. Antes de proceder a la extinción de un incendio deberá ser desconectada la alimentación eléctrica a la zona en que se produjo. 7. Instalaciones eléctricas en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. En aquellos emplazamientos en que exista un riesgo de incendio o explosión debido a la presencia de combustibles líquidos que por evaporación pueda dar lugar a una atmósfera potencialmente explosiva o inflamable en presencia de un material eléctrico, o por la presencia de acumulaciones de polvo combustible sobre las envolventes del material eléctrico, o bien por la posible presencia de polvo combustible en suspensión en el aire en cantidad suficiente como para dar lugar a un riesgo de esta naturaleza, las instalaciones eléctricas deberán cumplir lo establecido en la instrucción MIBT 026 del reglamento para baja tensión. 8. Grupos electrógenos. Los grupos electrógenos empleados como alimentación eléctrica de servicio o de emergencia, deben estar previstos, según las cargas, para asegurar el arranque de los motores, las reconexiones, las cargas de pico, las cargas eficaces y la estabilidad de la frecuencia. El punto de puesta a tierra del grupo electrógeno así como el régimen del neutro y del conductor de protección deberán ser acordes con el esquema empleado en la red de distribución que debe alimentar. Salvo en casos debidamente justificados no se permite la transferencia automática de la alimentación a un grupo electrógeno. La transferencia de la alimentación a/o desde un grupo electrógeno se realizara por personal autorizado.
ITC 09.012 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales
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BIBLIOGRAFÍA
· Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e I.T.C. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. (2005) · Maintaining Portable and Transportable Electrical Equipment. Health and Safety Executive Books. (2004) · Electricity at Work. Safe Working Practices. Health and Safety Executive Books. (2003) · Electrical Safety and You. Health and Safety Executive Books. (2003) · Controlling Electrical Hazards. U.S. Department of Labor. OSHA. (2002) · Fichas Prácticas. Protección Frente a Cargas Electrostáticas. INSHT. (2002) · MSHA's Accident Prevention Program. Safety Ideas. U.S. Department of Labor. MSHA. (2002) · Prevención de Riesgos Eléctricos. José Antonio Paramio Joaquín. Ed. Tecnos. (2002) · The Use of Electricity in Mines. Health & Safety Commission. Health and Safety Executive Books.(2001) · Seguridad en las Instalaciones Eléctricas. Alejandro Porras Criado et Al. Ed. Mac Graw Hill (2000) · Seguridad en las Instalaciones Eléctricas. José Roldán Vitoria. Ed. Paraninfo. (2000) · Guías para la Acción Preventiva. Instaladores Eléctricos. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Mutua Universal. INSHT. (1999) · Preventing Worker Deaths from Uncontrolled Release of Electrical, Mechanical and Other Types of Hazardous Energy: DHHS (NIOSH). (1999) · Seguridad en el Trabajo. Electricidad. Fermín Sáenz Valiente. Grupo Santillana de Ediciones, S.A. (1999) · Enciclopedia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Dominique Folliot. Ed. Organización Internacional del Trabajo. (1998) · Guía Técnica para la Evaluación y Preveción del Riesgo Eléctrico. INSHT. (1998) · Management of Electricity at Work . Forest and Arboriculture. Forestry and Arboriculture Safety and Training Council (FASTCo) and Electricity Supply Industry. Forestry and Arboriculture Safety and Training Council. (1998) · Manual sobre Prevención de Riesgos en Instalaciones Eléctricas de Minería a Cielo Abierto, Canteras y Plantas de Tratamiento. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Conserjería de Industria y Trabajo. (1998) · Riesgos Laborales en la Industria Eléctrica. Manuel LLorente Antón. Ediciones de Autor Técnico, S.L. (1998)
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INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS
Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera · ITC 09.0.01 Terminología. · ITC 09.0.10 Personal de montaje. Explotación y mantenimiento. · ITC 09.0.11 Ensayos y medidas con instrumentación eléctrica. · ITC 09.0.12 Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto. Prescripciones generales.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión · ITC-BT-01 Terminología · ITC-BT-02 Normas de referencia en el REBT · ITC-BT-03 Instaladores autorizados · ITC-BT-04 Documentación y puesta en servicio de las instalaciones · ITC-BT-05 Verificaciones e inspecciones · ITC-BT-06 Redes aéreas para distribución en Baja Tensión · ITC-BT-07 Redes subterráneas para distribución en Baja Tensión · ITC-BT-08 Sistemas de conexión del neutro y de las masas en redes de distribución de energía eléctrica · ITC-BT-09 Instalaciones de alumbrado exterior · ITC-BT-10 Previsión de cargas para suministros en Baja Tensión · ITC-BT-11 Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas · ITC-BT-12 Instalaciones de enlace. Esquemas · ITC-BT-13 Instalaciones de enlace. Cajas generales de protección · ITC-BT-14 Instalaciones de enlace. Línea general de alimentación · ITC-BT-15 Instalaciones de enlace. Derivaciones individuales · ITC-BT-16 Instalaciones de enlace. Contadores: Ubicación y sistemas de instalación · ITC-BT-17 Instalaciones de enlace. Dispositivos generales e individuales de mando y protección. Interruptor de control de potencia · ITC-BT-18 Instalaciones de puesta a tierra · ITC-BT-19 Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales · ITC-BT-20 Instalaciones interiores o receptoras. Sistemas de instalación · ITC-BT-21 Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras · ITC-BT-22 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades · ITC-BT-23 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobretensiones · ITC-BT-24 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra los contactos directos e indirectos · ITC-BT-25 Instalaciones interiores en viviendas. Número de circuitos y características · ITC-BT-26 Instalaciones interiores en viviendas. Prescripciones generales de instalación · ITC-BT-27 Instalaciones interiores en viviendas. Locales que contienen una bañera o ducha · ITC-BT-28 Instalaciones en locales de pública concurrencia. · ITC-BT-29 Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión · ITC-BT-30 Instalaciones en locales de características especiales · ITC-BT-31 Instalaciones con fines especiales. Piscinas y fuentes · ITC-BT-32 Instalaciones con fines especiales. Máquinas de elevación y transporte · ITC-BT-33 Instalaciones con fines especiales. Instalaciones provisionales y temporales de obras · ITC-BT-34 Instalaciones con fines especiales. Ferias y stands · ITC-BT-35 Instalaciones con fines especiales. Establecimientos agrícolas y hortícolas · ITC-BT-36 Instalaciones a muy Baja Tensión · ITC-BT-37 Instalaciones a tensiones especiales · ITC-BT-38 Instalaciones con fines especiales. Requisitos particulares para la instalación eléctrica en quirófanos y salas de intervención · ITC-BT-39 Instalaciones con fines especiales. Cercas eléctricas para ganado · ITC-BT-40 Instalaciones generadoras de baja tensión · ITC-BT-41 Instalaciones eléctricas en caravanas y parques de caravanas · ITC-BT-42 Instalaciones eléctricas en puertos y marinas para barcos de recreo · ITC-BT-43 Instalación de receptores. Prescripciones generales · ITC-BT-44 Instalación de receptores. Receptores para alumbrado
Instrucciones técnicas complementarias
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· ITC-BT-45 · ITC-BT-46 · ITC-BT-47 · ITC-BT-48 · ITC-BT-49 · ITC-BT-50 · ITC-BT-51
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Instalación de receptores. Aparatos de caldeo Instalación de receptores. Cables y folios radiantes en viviendas Instalación de receptores. Motores Instalación de receptores. Transformadores y autotransformadores. Reactancias y rectificadores. Condensadores Instalaciones eléctricas en muebles Instalaciones eléctricas en locales que contienen radiadores para saunas Instalaciones de sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios
NORMAS TÉCNICAS
· UNE 20324: 1993.- Grados de protección proporcionados por las envolventes (código IP). · UNE 20460-4-41: 1998.- Instalaciones eléctricas en edificios. Parte 4: Protección para garantizar la seguridad. Capítulo 41: Protección contra los choques eléctricos. · UNE 20481: 1990.- Instalaciones eléctricas en edificios. Campos de tensiones. · UNE 21302. Vocabulario electrotécnico. · UNE 109100: 1990 IN.- Control de la electricidad estática en atmósferas inflamables. Procedimientos prácticos de operación. Carga y descarga de vehículos-cisterna, contenedores cisterna y vagones-cisterna. · UNE 109101-1: 1995 IN.- Control de la electricidad estática en llenado y vaciado de recipientes. Parte 1: Recipientes móviles para líquidos inflamables. · UNE 109101-2: 1995 IN.- Control de la electricidad estática en llenado y vaciado de recipientes. Parte 2: Carga de productos sólidos a granel en recipientes que contienen líquidos inflamables. · UNE 109104: 1990 IN.- Control de la electricidad estática en atmósferas inflamables. Tratamiento de superficies metálicas mediante chorro abrasivo. Procedimientos prácticos de operaciones. · UNE 109108-1: 1995.- Almacenamiento de los productos químicos. Control de electricidad estática. Parte 1: Pinza de puesta a tierra. · UNE 109108-2: 1995.- Almacenamiento de los productos químicos. Control de electricidad estática. Parte 2: Borna de puesta a tierra. · UNE 109110: 1990.- Control de la electricidad estática en atmósferas inflamables. Definiciones. · UNE 204001: 1999.- Banquetas aislantes para trabajos eléctricos. · UNE 204002-IN. Trabajos en tensión. Instalación de conductores de líneas de distribución. Equipos de tendido y accesorios. · UNE-EN 21-302-90, parte 441:1990.- Vocabulario electrotécnico. Aparamenta y fusibles. · UNE-EN 21-302-195. Vocabulario electrotécnico. Capítulo 195: Puesta a tierra y protección contra choques eléctricos. · UNE-EN 21-302-651. Vocabulario electrotécnico. Capítulo 651: Trabajos en tensión. · UNE-EN 50102. Grados de protección proporcionados por las envolventes de materiales eléctricos contra los impactos mecánicos externos (código IK). · UNE-EN 50110-1: 1998.- Explotación de instalaciones eléctricas · UNE-EN 50110-2: 1998.- Explotación de instalaciones eléctricas. (Anexos nacionales). · UNE-EN 50144-1: 1999. Requisitos para herramientas portátiles manuales accionadas por motor eléctrico. · UNE-EN 50186-1. Sistemas de limpieza de líneas en tensión para instalaciones eléctricas con tensiones nominales superiores a 1 kV. Parte 1. Condiciones generales. · UNE-EN 50237: 1998.- Guantes y manoplas con protección mecánica para trabajos eléctricos. · UNE-EN 50281-1-2: 1999.- Aparatos eléctricos destinados a ser utilizados en presencia de polvos combustibles. Parte 1-2: Aparatos eléctricos protegidos con envolventes. Selección, instalación y mantenimiento. · UNE-EN 50286: 2000- Ropa aislante de protección para trabajos en instalaciones de baja tensión. · UNE-EN 50321. Calzado aislante de la electricidad para uso en instalaciones de baja tensión. · UNE-EN 60079-14: 1998.- Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 14: Instalaciones eléctricas en áreas peligrosas (a excepción de las minas). · UNE-EN 60204-1: 1999. Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Requisitos generales. · UNE-EN 60454-3-6: 1999.- Cintas adhesivas sensibles a la presión para usos eléctricos. Parte 3. Especificaciones para materiales particulares. Hoja 6. Cintas de policarbonato con adhesivo de acrílico termoplástico. · UNE-EN 60454-3-7: 1999.- Cintas adhesivas sensibles a la presión para usos eléctricos. Parte 3. Especificaciones para materiales particulares. Hoja 7. Cintas de poliamida con adhesivo sensible a la presión. · UNE-EN 60674-1: 1998.- Especificaciones para películas plásticas para usos eléctricos. Parte I. Definiciones y requisitos generales. · UNE-EN 60742: 1996.- Transformadores de separación de circuitos y transformadores de seguridad. Requisitos. · UNE-EN 60743: 1997.- Terminología para las herramientas y equipos a utilizar en los trabajos en tensión. · UNE-EN 60832: 1998.- Pértigas aislantes y herramientas para cabezal universal para trabajos en tensión. · UNE-EN 60855: 1998 + Errata:1998.- Tubos aislantes rellenos de espuma y barras aislantes macizas para trabajos en tensión. · UNE-EN 60895: 1998.- Ropa conductora para trabajos en tensión hasta 800 kV de tensión nominal en corriente alterna. · UNE-EN 60900: 1994 + A11: 1998.- Herramientas manuales para trabajos en tensión hasta 1000 V en corriente alterna y 1500 V en corriente continua. · UNE-EN 60903/A11: 1997.- Guantes y manoplas de material aislante para trabajos eléctricos. · UNE-EN 60903: 2000.- Guantes y manoplas de material aislante para trabajos eléctricos. · UNE-EN 60984: 1995.- Manguitos de material aislante para trabajos en tensión. · UNE-EN 61032. Calibres de ensayo para verificar la protección por las envolventes. · UNE-EN 61057: 1996.- Elevadores de brazo aislante utilizados para los trabajos en tensión superior a 1kV en corriente alterna.
Normas técnicas
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· UNE-EN 61229: 1996 + A1: 1998.- Protectores rígidos para trabajos en tensión en instalaciones de corriente alterna. · UNE-EN 61230: 1996.- Dispositivos portátiles de puesta a tierra y en cortocircuito · UNE-EN 61235: 1996 + Errata: 1997.- Trabajos en tensión. Tubos huecos aislantes para trabajos eléctricos. · UNE-EN 61236. Asientos, abrazaderas y accesorios para trabajos en tensión. · UNE-EN 61243-1: 1998 y UNE-EN 61243-1/A1: 1999.- Trabajos en tensión. Detectores de tensión. Parte 1: detectores de tipo capacitivo para utilización con tensiones superiores a 1kV en corriente alterna. · UNE-EN 61243-2: 1998 y UNE-EN 61243-2/A1: 2001.- Trabajos en tensión. Detectores de tensión. Parte 2: detectores de tipo resistivo para utilización con tensiones entre 1kV y 36 kV en corriente alterna. · UNE-EN 61243-3. Detectores de tensión. Parte 3.Detectores para baja tensión bipolares. · UNE-EN 61478-2002. Trabajos en tensión. Escaleras de material aislante. · UNE-EN 61479. Trabajos en tensión. Cubiertas flexibles de material aislante para conductores. · UNE-EN 61558-2-4.- Seguridad de los transformadores, unidades de alimentación y análogos. Parte 2-4: Requisitos particulares para los transformadores de separación de circuitos para uso general. · UNE-ENV 50196. Trabajos en tensión. Nivel de aislamiento requerido y distancias en el aire correspondientes. Método de cálculo. · UNE-ENV 50354. Métodos de ensayo de arco eléctrico para los materiales y prendas de vestir utilizados por los trabajadores con riesgo de exposición a un arco eléctrico. · UNE-ENV 61111: 2002. Alfombras de material aislante para trabajos eléctricos. · UNE-ENV 61112: 2002. Mantas de material aislante para trabajos eléctricos.
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Subvencionado por:
Edita:
Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos
Supervisado por: Comité de Seguridad y Relaciones Laborales de ANEFA
Con la colaboración:
Agradecimientos: Manuel del Cerro García Ana Coz Diego Leticia García Herrera Benito Javier Martín Cuevas Cristina Sanz González
Diseño, maquetación e ilustraciones: Mythagos
Depósito Legal: