Descripción: resumen de sociedades comerciales argentinaas
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Descripción completa
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LEY 41/2002, DE 14 DE NOVIEMBRE, REGULADORA DE LA
t e npaciente Autonomía i Autonomía del del paciente yy de de b derechos yy obligaciones en derechos obligaciones en a materia de materia de información información yy g u documentación documentación clínica clínica t . w w w
LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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OBJETIVOS
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•Regulación del derecho a la protección de la salud (art. 43 de la Constitución y Ley 14/1986 General de Sanidad) •Refuerza el derecho de autonomía del paciente.
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•Trata con profundidad todo lo referente a la documentación clínica, y derechos de los usuarios.
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
t e La Ley de Protección den datos de i carácter personal, califica a los b datos relativos a laa salud de los g ciudadanos como datos u t . especialmente protegidos w w w
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
i b a g autonomía del paciente u información y.t documentación clínica. w w w ÁMBITO
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Regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales en materia de y de
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
t e n de los previo consentimiento i b pacientes. a g u t . w w w PRINCIPIOS
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•Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere el •Todo paciente tiene derecho a negarse al tratamiento (“constará por escrito”).
•Quien elabore o tenga acceso a la información y la documentación está obligado a guardar la* reserva debida (Ley de Protección de datos)
LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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PRINCIPIOS
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•Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado:
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•A la correcta prestación de sus técnicas. •Al cumplimiento de los deberes de información y documentación clínica.
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•Al respeto de las decisiones del paciente.
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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APARTADOS
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• Derecho a la información sanitaria • Derecho a la intimidad
• Respeto a la autonomía del paciente
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• Historia Clínica
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA
i b a g u informado .t w w w
Los pacientes tienen derecho:
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•A conocer toda la información disponible sobre su salud. •A que se respete su voluntad de no ser . •A autorizar quien puede ser informado sobre * su salud (de manera expresa).
LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA
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EL TITULAR DE LA INFORMACIÓN ES EL PACIENTE
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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DERECHO A LA INTIMIDAD
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Toda persona tiene derecho:
•A que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud.
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•A que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización.
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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RESPETO A LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE
i b a g u •El consentimiento será verbal (por t . norma general). w w w
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•Toda actuación sanitaria necesita el consentimiento del afectado.
•Intervenciones quirúrgicas
Por escrito
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•Procedimientos diagnósticos invasores •Riesgo para su salud
LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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HISTORIA CLÍNICA
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•Definición y archivo •Contenido •Usos
•Conservación
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•Derecho de acceso •Custodia
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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HISTORIA CLÍNICA - DEFINICIÓN
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•Conjunto de documentos relativos a los procesos asistenciales. •Identificación de los profesionales que han intervenido en ellos
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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HISTORIA CLÍNICA - ARCHIVO
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•Cada Centro archivará las Historias de sus pacientes •Deben quedar garantizadas: •Seguridad •Conservación •Recuperación
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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FINALIDAD:
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HISTORIA CLÍNICA – CONTENIDO
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Facilitar la asistencia, dejando constancia de todos los datos que permitan el conocimiento del estado de salud.
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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••Personal Personal asistencial: asistencial
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HISTORIA CLÍNICA - USOS
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Instrumento fundamental para su adecuada asistencia. ••Personal Personal de de administración: administración
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Sólo puede acceder a los datos de la historia relacionado con sus funciones.
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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HISTORIA CLÍNICA - CONSERVACIÓN
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•Los centros sanitario conservarán la documentación de forma que garanticen: •Mantenimiento •Seguridad
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Mínimo Mínimo:
5 años desde la fecha de alta de cada proceso. *
LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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DERECHO DE ACCESO A LA HISTORIA CLÍNICA
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El paciente tiene derecho:
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•A acceder a la documentación de la historia. •A obtener copia de los datos que figuran en ella.
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R E S
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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No puede perjudicarse:
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RESERVAS AL DERECHO DE ACCESO
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•La confidencialidad de los datos de terceras personas que constan en la historia.
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•El derecho de reserva de los profesionales que han participado en la elaboración de la historia.
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Anotaciones subjetivas
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LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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HISTORIA CLÍNICA
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•El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto.
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Ley de •La custodia de las historias estaráProtección bajo la de datos responsabilidad de la dirección del Centro Sanitario. *
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