1.- RESEÑA HISTÓRICA. La Policía Escolar fue creada por su pionero el Sub – Oficial de entonces Guardia Civil, hoy Policía Nacional del Perú, don Augusto Mauro Roca Bernard, quien organizó la primera Policía Escolar en el Colegio Pedro A. Labarthe, a la que la dotó de Estatutos y Reglamentos propios con cuyos instrumentos legales fue reconocido como persona jurídica por Resolución Nº 15084 del 11 de junio de 1951, expedida por la Dirección Primaria del Ministerio de Educación. La Policía Escolar, desde su creación, tiene como finalidad mantener el orden y la disciplina de los educandos dentro y fuera de la Institución Educativa y la de protegerlos contra los peligros que se presentan en la vía pública. La historia de la Policía Escolar cuenta con muchos integrantes que han dado ejemplo de cumplimiento del deber, llegando, incluso, hasta el sacrificio heroico de su vida. Entre estos personajes significativos encontramos al niño héroe Alejandro Sánchez Arteaga quien entregó su vida cumpliendo su deber de Policía Escolar.
2.- DEFINICIÓN. La Policía Escolar es una organización estudiantil de carácter eminentemente educativo. Su creación se sustenta sobre bases y principios pedagógicos, psicológicos, filosóficos y sociales con la finalidad de que pueda cumplir las funciones de colaboración en el mantenimiento del orden y la disciplina de los estudiantes en la Institución Educativa y en las reuniones que pudieran realizarse en la comunidad.
3.- OBJETIVOS. Los Objetivos que se persigue con la organización de la Policía Escolar son:
a) Promover la participación activa y consciente de los estudiantes en el mantenimiento del orden y disciplina que deben reinar en la Institución Educativa poniendo en práctica el trato horizontal, el dialogo permanente y la democracia estudiantil. b) Motivar e incentivar en el alumnado el desarrollo y formación de su conciencia cívica para amar y respetar a la patria, a sus símbolos, instituciones y héroes nacionales. c). Motivar e incentivar el autocontrol del alumnado en el cumplimiento de las reglas de urbanidad y buenas costumbres. d). Orientar a los alumnos a realizar todas las acciones necesarias para lograr los objetivos de prevención de defensa civil y seguridad vial. Estos objetivos se logran mediante el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Organización y Funcionamiento de la Policía Escolar del Perú, su Reglamento y, con la colaboración de todos los alumnos, docentes, personal directivo y administrativo de la Institución Educativa y de las instituciones de la comunidad.
4.- FUNCIONES DE LA POLICÍA ESCOLAR. Las funciones más importantes de la Policía Escolar son las siguientes: 1. Mantener el orden de los educandos durante las formaciones y desplazamientos en el interior y fuera del plantel. 2. Velar por el cumplimiento de las normas de disciplina y conducta de los estudiantes de la Institución Educativa. 3. Colaborar con el cumplimiento de las normas y el Reglamento Interno de la Institución Educativa. 4. Prevenir los accidentes de tránsito, brindando orientación a sus compañeros en el cumplimiento de las normas de educación y seguridad vial.
5. Representar al plantel en actos cívicos, culturales y deportivos. 6. Colaborar con el desarrollo de las acciones de defensa civil y seguridad vial.
5.- ESTRUCTURA ORGÁNICA. Para el cumplimiento de los objetivos y funciones, la Policía Escolar cuenta con una estructura orgánica compuesta de la siguiente manera:
A. El Órgano de Dirección. Es el encargado de organizar el funcionamiento y control de la Policía Escolar de la Institución Educativa; este órgano está a cargo del Director de la Institución Educativa, quien coordina sus acciones con la UGEL y con la autoridad responsable de la dependencia de la Policía Nacional del Perú de su jurisdicción.
B. El Órgano de Control. Es el encargado de planificar, ejecutar y evaluar el funcionamiento de la Policía Escolar de la Institución Educativa, designar al tutor responsable, coordinar con el Instructor de la Policía Nacional para la ejecución de las actividades de la Policía Escolar, informar trimestralmente a la Dirección sobre el desarrollo de las actividades, coordinar la realización de las ceremonias de instalación, juramentación y aniversario de la Policía Escolar, coordinar con la Asociación de Padres de Familia y la Dirección para la adquisición de los distintivos correspondientes. El órgano de control está constituido por el responsable de la Comisión de Disciplina y Tutoría.
C. El Órgano de Asesoramiento. Este órgano es el encargado de asesorar y organizar el servicio de la Policía Escolar. Participa, conjuntamente con el Director, la Comisión Disciplina y Tutoría y Auxiliar de Educación; elabora y ejecuta el plan
de instrucción y formación de los alumnos policías y coordina con las autoridades a nivel interno y de la localidad.
D. El Órgano de Ejecución. Es el encargado de ejecutar, es decir, de poner en práctica todas las disposiciones, normas y principios que sustentan la institución de la Policía Escolar. El órgano de ejecución está a cargo de los alumnos(as) seleccionados para cumplir las funciones de Policía Escolar, en base a su buen rendimiento académico, a su disciplina, a su espíritu de colaboración, entusiasmo y buen trato con sus compañeros. Para cumplir con las funciones ejecutivas la Policía Escolar se organiza de la siguiente manera:
a. El Brigadier General.- es el encargado de más alta jerarquía dentro de la Policía Escolar. El nombramiento recae en los alumnos más destacados en rendimiento escolar, orden y disciplina para que pueda servir de ejemplo para los demás. Actúan bajo las órdenes del Director y Tutores responsables, de quienes reciben las indicaciones del servicio. Entre sus funciones destacan: cumplan con sus funciones. disciplina y cumplimiento del Reglamento Interno del planten por parte del alumnado. cumplimiento de las normas de servicio. y desplazamientos. vigilancia de acuerdo a las necesidades del plantel.
.
b. El Sub-Brigadier General .- es el segundo cargo en jerarquía dentro de la Policía Escolar. Su nombramiento también se rige por las mismas normas empleadas para el Brigadier General. En ausencia de éste, es el llamado a asumir dichas responsabilidades. Sus funciones son:
s colocando la relación en lugar visible.
c. El Brigadier de Sección .- Cada sección tiene un responsable al que se le denomina Brigadier de Sección, quien depende del Brigadier General. El Brigadier de Sección tiene las siguientes funciones: • Velar por la disciplina de su sección a cargo. • Controlar la asistencia y presentación de los integrantes de su
sección. • Distribuir los servicios de acuerdo a las indicaciones que reciba,
vigilando su debido cumplimiento. • Informar al auxiliar de educación y al tutor de cualquier situación que
pueda
d. Los Policías Escolares .- son los estudiantes seleccionados para cumplir con el servicio que brinda la Policía Escolar. Son los ejecutores directos de las normas y disposiciones emanadas del Reglamento y de las jerarquías superiores relacionados con el mantenimiento del orden y disciplina de los alumnos, dentro y fuera de
la Institución Educativa. Dependen del Brigadier General. Sus funciones son: • Cuidar la disciplina y el orden de los alumnos en el interior así como
en otros lugares donde se encuentren participando la Institución Educativa. • Informar al auxiliar de educación y al Brigadier General de los hechos
sucedidos en su servicio.
EL SERVICIO DE LA POLICIA ESCOLAR. La Policía Escolar realiza dos tipos de servicios: servicios dentro de la Institución Educativa y servicios especiales. Estos servicios son organizados por el Director y Tutor responsable. Los servicios que cumplen los grupos de policías se efectúan sin interferir el horario normal de clases. A. Servicio dentro de la Institución Educativa. Se establece el servicio de vigilancia en las puertas, el servicio en el interior y el servicio en el aula B. Los Servicios Especiales. Los servicios especiales están relacionados con: mantener el orden y disciplina durante el desarrollo de ceremonias cívicas que se realiza fuera de la Institución Educativa. Cuando participan en actividades culturales, deportivas o recreativas. En las actuaciones escolares y otros.
IMPORTANCIA DE LA POLICÍA ESCOLAR. Como organización estudiantil es un medio eficaz para formar la conciencia cívica y patriótica, mediante la práctica de valores y virtudes, aspectos que contribuyen a la formación integral de su personalidad.
Poner en práctica el aprendizaje de orden, disciplina, responsabilidad, solidaridad, compañerismo, etc. Contribuye al mantenimiento del orden y disciplina en la Institución Educativa, hecho que permite su progreso y desarrollo en beneficio de la comunidad.
HIMNO DE LA POL ICÍ A ESCOL A R
CORO Por el bien de la Patria luchemosCon gran celo y con gran corrección Combatir la Indolencia debemosCon ardor, entusiasmo y tesón. ESTROFAS En la escuela se forman los hombres Que mañana tendrán que triunfar Y nimbados de gloria sus nombres En la historia podrán figurar. Y por eso con fe y patriotismo Todos deben cumplir su deber Con fervor, lealtad y heroísmo Bajo el mando del buen Brigadier
Por el recto camino guiemos A la infancia hacia un mundo mejor Con paciencia y bondad lograremos Proscribir la maldad y el error Buen ejemplo, será nuestro emblema Se acabo el ausentismo escolar Y debemos tener como lema ESTUDIAR, ESTUDIAR Y ESTUDIA.A.A.R Autores: Letra : Amparo Baluarte Cornejo Música : Ángel Alvarado Valdez
REGLAMENTO GENERAL PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA POLICÍA ESCOLAR DEL PERÚ.
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD Y ALCANCES ART. 1 El presente Reglamento general tiene por finalidad establecer de manera didáctica y objetiva los procedimientos a seguir por los Directores de las Instituciones Educativas, personal docente, Instructores PNP y alumnos, para la Organización y Funciones de la Policía Escolar a nivel nacional. ART. 2 Las disposiciones del presente Reglamento alcanzarán a las siguientes dependencias: Por Educación: Unidad de Promoción Escolar de Cultura y Deporte. Direcciones Regionales y Sub- Regionales de Educación. Dirección de Educación de Lima Dirección de educación de Callao Dirección de Áreas de Desarrollo Educativo Dirección de las Unidades de Gestión Educativa Dirección de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas Por la Policía Nacional Dirección de Información de la Policía Nacional del Perú Direcciones Territoriales Policiales División de Proyección Social Regiones Policiales Jefatura de Áreas Policiales Comisarías Sectoriales
CAPÍTULO II BASE LEGAL Y OBJETIVOS ART. 3 El presente se sustenta en la siguiente base legal:
Ley N° 26510 y los Decretos Supremos N° 051 – 95-ED, 002-96ED, sobre la nueva Organización Interna del Ministerio de Educación y las Funciones Generales de los Órganos que lo integran. ◘ Ley de Bases de las Fuerzas Policiales ◘ Código del Niño y Adolescente ◘ R.D. N° 15847 – ED del 11 de julio 1951, autorizando el funcionamiento de la Policía Escolar. ◘ R.M. 049-92-ED, Convenio Educación – PNP, para desarrollar acciones conjuntas destinadas a la Protección Integral del Menor de Edad Escolar. ◘ Directiva 02-92-DG-PNP-DINFO/DPS ◘
ART. 4 OBJETIVO GENERAL Brindar a los docentes e instructores PNP, la metodología de organización y funcionamiento de la Policía Escolar, estableciendo su desarrollo y la reglamentación que rige su organización. ART. 5 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Promover la participación del estudiantado en el mantenimiento del orden y disciplina de la Institución Educativa dentro del marco de una política horizontal de diálogo y democracia. 2. Motivar e incentivar en el alumnado el desarrollo de su sensibilidad, autocontrol y formación de su conciencia cívica, amando y respetando la Patria, sus símbolos, instituciones y héroes nacionales. 3. Orientar a los estudiantes hacia el logro de los objetivos de prevención de los programas de Defensa Civil, Seguridad Vial, uso indebido de drogas, violencia escolar y otros.
TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA POLICÍA ESCOLAR
CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ART. 6 El Director de la Institución Educativa promoverá la organización de la Policía Escolar, coordinando con la dependencia policial de su jurisdicción. Las acciones a realizar y serán delegadas a los docentes responsables de las áreas de actividades, profesores encargados de la Policía Escolar y Auxiliar de Educación. El Director de una Institución Educativa Primaria coordinará con los Profesores de Aula y/o Auxiliares de Educación si lo hubiese, seleccionando tres (03) alumnos por aula y/o de acuerdo a la población estudiantil. El Director de una Institución Educativa Secundario conjuntamente con el docente responsable y los Auxiliares de Educación seleccionarán: ◘ Dos (02) alumnos del 1er. al 3er. año. ◘ Tres (03) alumnos del 4to al 5to año de secundaria (en todo caso el
número de Policías Escolares a nombrar será relativo a la población escolar existente en la Institución Educativa). ART. 7 El profesor responsable, con el apoyo técnico del instructor PNP de su jurisdicción, planificará el desarrollo de la capacitación estableciendo un horario que no interfiera con las labores escolares. Esta capacitación tendrá el siguiente contenido temático: Reglamento General de Organización y Funciones de la Policía Escolar. ◘ Reglamento Interno de la Institución Educativa. ◘ Instrucción para Formaciones y Desplazamientos (orden cerrado) ◘ Educación Cívico Patriótica ◘·Primeros Auxilios ◘ Defensa Civil ◘ Educación y Seguridad Vial ◘ Código del Niño y Adolescente ◘ Prevención del uso indebido de drogas ◘ Liderazgo ◘
La capacitación tendrá una duración de 20 a 30 horas culminando con una evaluación y certificación. ART. 9 REQUISITOS Se tendrá en cuenta para la selección de los Policías Escolares los siguientes criterios: ◘ Demostrar buen rendimiento escolar ◘ Ser disciplinado ◘ Ascendencia entre sus compañeros, demostrando tener espíritu de
colaboración, iniciativa, entusiasmo y buen trato con sus compañeros. Se solicitará al alumno seleccionado la autorización del padre o apoderado, mediante documento que será proporcionado por la Dirección del plantel ART. 10 RELACIONES Y DEPENDENCIAS La Policía Escolar depende de la Dirección del Plantel a través del profesor encargado de la Policía Escolar y/o Actividades, las mismas que coordinarán para el cumplimiento de sus funciones con la Dependencia de la Policía Nacional de la Jurisdicción.
CAPÍTULO V INSTALACIÓN Y JURAMENTACIÓN DE LA POLICÍA ESCOLAR ART. 11 Durante la primera quincena del mes de Mayo de cada año, las Instituciones Educativas realizarán la ceremonia interna de instalación y juramentación de su Policía Escolar. Dicho acto contará con la asistencia de las autoridades educativas, personal, docentes, padres de familia y alumnos en general; recomendándose que la imposición de insignias y distintivos (Anexo 02) estén a cargo de los padres o tutores de los escolares. ART. 12 A nivel nacional, el último viernes hábil del mes de Mayo de cada año, las Direcciones de Educación y Unidades de Gestión Educativos (UGES) coordinarán con la jefatura del Área Policial de la localidad, quienes ejecutarán la realización de la ceremonia pública de juramentación de la Policía Escolar de las Instituciones Educativas de su Jurisdicción.
En el caso de Lima, La concentración de la Policía Escolar de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas se realizará en la Plaza de la Bandera. ART. 13 El día central de la Policía Escolar, se celebrará el 17 de Julio de cada año conmemorando el natalicio del Niño Héroe ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA
TÍTULO DE LAS FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS INTEGRANTES CAPÍTULO VI ESTRUCTURA ORGÁNICA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS ART. 14 La estructura orgánica será la siguiente: A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN Director de la Institución Educativa B. ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Profesor responsable de la Policía Escolar y/o Auxiliar. C. ÓRGANO DE SUPERVISIÓN ◘ ◘ ◘ ◘ ◘ ◘
Comité de Honor integrado por: Director de la Institución Educativa Docente Responsable Instructor PNP Brigadier General Sub Brigadier General
D. ÓRGANO DE CAPACITACIÓN Policía Nacional del Perú
E. ÓRGANO DE EJECUCIÓN Policía Escolar ART. 15 ÓRGANO DE DIRECCIÓN El Director de la Institución Educativa, es el responsable de planificar, organizar y supervisar el funcionamiento de la Policía Escolar del plantel; para lo cual coordinará con la instancia inmediata superior (UGEL), así como con las dependencias policiales correspondientes. ART. 16 ÓRGANO DE ASESORAMIENTO ÁREAS DE ACTIVIDADES 1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar el funcionamiento de la Policía Escolar de la Institución Educativa. 2. Designar al docente responsable 3. Coordinar con el instructor PNP de su jurisdicción la ejecución de las actividades de la Policía Escolar. 4. Informar semestralmente a la Dirección del plantel del desarrollo de las actividades de la Policía Escolar. DOCENTE RESPONSABLE Y/O AUXILIAR DE EDUCACIÓN 1. Ejecutar, supervisar y evaluar las actividades programadas para el funcionamiento de la Policía Escolar. 2. Organizar las acciones de capacitación para la formación de la Policía Escolar. 3. Coordinar la realización de las ceremonias de instalación, juramentación y aniversario de la Policía Escolar en su Institución Educativa a nivel local. 4. Coordinar la adquisición de distintivos con la Dirección del plantel y Asociación de Padres de Familia. 5. Coordinar con los órganos correspondientes la realización de las acciones de seguridad vial, prevención del uso indebido de drogas, violencia estudiantil y otros.
GART. 17 ÓRGANO DE SUPERVISIÓN 1.
Se conformará un COMITÉ DE HONOR, integrado por: ◘ El Director de la Institución Educativa. ◘ El Coordinador Docente Responsable ◘ El Instructor PNP ◘ El Brigadier General ◘ El Sub Brigadier General 2. Se reunirá en sesión por lo menos una vez al mes o cuando el caso lo requiera, en ausencia del Director el profesor responsable presidirá la reunión. 3. Evaluará los informes de los Brigadieres sobre el desempeño individual y grupal de la Policía Escolar. 4. Otorgará estímulos y sanciones previa evaluación a los integrantes de la Policía Escolar. ART.18 ÓRGANO DE CAPACITACIÓN INSTRUCTOR PNP 1. Asesorar y organizar la Policía Escolar de la Institución Educativa, en coordinación con la Dirección. 2. Participar conjuntamente con el Director de la I.E. así como con el docente responsable de la selección de alumnos que integran la Policía Escolar. 3. Elaborar y ejecutar el Plan de Instrucción y de formación Académica de los miembros de la Policía Escolar. 4. Organizar y ejecutar las acciones de instrucción para los desfiles cívicos escolares en las I.E. que se requieren. 5. Evaluar el rendimiento de los alumnos durante la capacitación y presentar el Cuadro de Méritos ante el Comité de Honor para su posterior nominación en los cargos respectivos. 6. Coordinar con las autoridades del plantel las horas cívicas de la I.E. y la ceremonia tanto interna como local de la Policía Escolar. 7. Asesorar permanentemente el funcionamiento de la Policía Escolar de la I.E. asignada. 8. Coordinar con la División de Proyección Social de la DINFOPNP, a fin de tener conocimiento de las disposiciones normativas tendientes a optimizar la labor. ART.19.ÓRGANO DE EJECUCIÓN
Los Policías Escolares cumplirán las siguientes funciones: 1. Mantener el orden de los educandos durante las formaciones desplazamientos y otras ceremonias. 2. Velar en todo momento por el cumplimiento de las normas de disciplina y conducta del alumnado. 3. Colaborar en el cumplimiento de las normas y el reglamento interno del plantel. 4. Prevenir los accidentes de tránsito, orientando a sus compañeros en el cumplimiento de las normas de Educación y Seguridad Vial. 5. Representar al Plantel en actos cívicos culturales y deportivos. 6. Participar en las acciones de Defensa Civil, Seguridad Vial prevención de uso indebido de drogas, violencia estudiantil y otros que se programen.
CAPITULO VII DEL BRIGADIER Y SUB-BRIGADIER GENERAL ART.20 DEL BRIGADIER GENERAL Dependerá del Docente e Instructor responsable de la Policía Escolar de la Institución Educativa, y cumplirá las siguientes funciones: a. Coordinará y controlará el desempeño del Sub Brigadier, Brigadier, de Compañía y Brigadier de sección respectivamente. b. Velará por la disciplina y buena presencia de la Policía Escolar en el cumplimiento del reglamento interno, del plantel y las normas del servicio. c. Colaborará con los responsables en la práctica de instrucción y desplazamiento. d. Coordinará con el Instructor o Docente responsable para establecer los sectores de servicio que cubrirán de acuerdo a las necesidades del Plantel. e. Visará diariamente el cuaderno de ocurrencias y anotará incidencias y observaciones cuando el caso lo requiera. ART.21 DEL SUB-BRIGADIER GENERAL. En ausencia del Brigadier General asumirá las funciones de éste. 1. Recepcionará la documentación dirigida a la Policía Escolar.
2. Formulará los documentos administrativos de la Policía Escolar. 3. Elaborará el acta en las reuniones del Comité de Honor. 4. Llevará los registros de inscripción de los Policías Escolares.
CAPITULO VIII DEL BRIGADIER DE COMPAÑÍA ART.22 En ausencia del Sub-Brigadier General asumirá las funciones de éste; cumpliendo las siguientes funciones: 1. Depende del Brigadier General y hará cumplir y ejecutar las disposiciones que se impartan. 2. Organiza los servicios dentro y fuera de la I.E. 3. Supervisa los servicios de la Policía Escolar 4. Distribuirá los servicios de acuerdo a las indicaciones que reciba vigilando su debido cumplimiento.
CAPITULO IX DEL BRIGADIER DE SECCIÓN ART.23 Depende del Brigadier General o del Brigadier de Compañía, cumple las siguientes funciones: 1. Supervisará y controlará los servicios de la Policía Escolar a su mando, distribuyendo por grupos de acuerdo a las circunstancias. 2. Informará de las incidencias que se presentan durante el servicio al Profesor responsable, Brigadier de Compañía o Brigadier General.
CAPITULO X DE LOS POLICIAS ESCOLARES ART.24 Depende del Brigadier de Sección y cumplirán las instrucciones que emanen de éste. 1. Cumplirá con los servicios designados. 2. Velará por la disciplina, orden, puntualidad y buena presentación de los alumnos en el interior del Plantel.
3. Se encargará de las formaciones de entrada y salida del alumnado. 4. Será el inmediato colaborador del Docente y Auxiliar de Educación.
CAPITULO XI MODALIDADES DE LOS SERVICIOS ART. 25 Los servicios que prestará la Policía Escolar se clasificará en dos modalidades: de Servicios Generales y Servicios Especiales. ART.26. Los servicios Generales comprenden las siguientes acciones de control y disciplina en : La puerta de ingreso. Control de entrada y salida Registro del alumnado que llega tarde. Los pasadizos, escaleras y pabellones Los quioscos Los Servicios Higiénicos Apoyo al servicio de tránsito: Vigilancia y apoyo durante el ingreso y salida de los alumnos en las vías de acceso a la Institución Educativa. ◘ ◘ ◘ ◘ ◘ ◘ ◘ ◘
ART. 27. Los Servicios Especiales comprenden la participación en: 1. Ceremonias cívicas internas 2. Ceremonias externas y desfiles, apoyando en el orden de los alumnos y público en general que participa en dichos eventos. 3. Actuaciones públicas, deportivas, recreativas y culturales en las que participa su Institución Educativa.
CAPITULO XII ORGANIZACIÓN E INSTALACION DEL SERVICIO ART. 28 La organización del servicio se efectuará a través del Instructor PNP, en coordinación con el Director de la I.E. y Tutor responsable. ART. 29 El cumplimiento de los servicios organizados los efectuarán los grupos de Policías escolares sin interferir su horario de clase y por ende perjudiquen el aprovechamiento de sus estudios.
ART. 30 La modalidad del servicio puede ser en forma semanal o interdiaria o de acuerdo al número de Policías Escolares con que cuente la Institución Educativa sin pérdida de sus horas de clase.
TITULO VI DE LOS DEBERES CAPITULO XIII DEBERES DE LA POLICIA ESCOLAR DEL PERU ART. 31 Son deberes de los policías Escolares, los siguientes: 1. Tomar conciencia de su rol de Policía Escolar. 2. Capacitarse para cumplir con sus funciones eficientemente. 3. Siempre estará presentable, toda vez que constituye un ejemplo para los alumnos de su Institución Educativa. 4. Tendrá presente en todo momento el compromiso adquirido como Policía Escolar y el respeto que merece el honroso distintivo que ostenta. 5. Será amable y cortés con los alumnos y con todas las personas a quien debe dirigirse. 6. Procurará que su presencia sea sinónimo de ayuda y colaboración. 7. Evitará participar en riñas o discusiones que desdigan de la buena educación y ejemplo. 8. No descuidará sus estudios teniendo presente que su obligación moral es de superarse constantemente.
TITULO VII DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES ART.32 El organismo que otorgará los estímulos o impondrá las sanciones a los Policías Escolares será el Comité de Honor. ART.33 Los estímulos o sanciones son otorgadas en forma individual o grupal. El Comité de Honor representado por el Director de la Institución Educativa coordinará con la Asociación de Padres de
Familia el otorgamiento de premios y estímulos a los Policías Escolares, por su labor destacada durante el año escolar. ART.34 Los estímulos a otorgarse podrán ser: ◘ Felicitación verbal y escrita por sus eficientes servicios prestados
hacia el plantel o comunidad, dando a conocer la acción realizada. ◘ Teniendo en consideración que su acción es netamente cívica, debe recibir estímulos de los profesores de actividades cívicas. ◘ Una calificación de excelente en el rubro de conducta para ser incluida en su libreta de calificaciones.
CAPITULO XV DE LAS SANCIONES ART.35 Las sanciones se aplicarán de la siguiente manera: ◘ Llamada de atención ◘ Suspensión temporal ◘ Separación del cuerpo
TITULO VIII DEL UNIFORME DE LA POLICÍA ESCOLAR CAPÍTULO XVI SOBRE LOS ACCESORIOS Y LA IDENTIFICACIÓN ART.36 Se consideran prendas básicas: 1. La insignia de Policía Escolar (triangular), la cual será llevada en el brazo derecho a tres dedos debajo de la costura del hombro. 2. La insignia en forma de media luna, que será llevada en la parte superior del bolsillo izquierdo de la camisa o blusa. 3. La insignia del Brigadier General, Sub Brigadier General, Brigadier de Compañía, Brigadier de Sección y Policías Escolares, llevarán en la parte superior el nombre del cargo que desempeñan. 4. El cordón distintivo, se distinguirá según la jerarquía del Policía Escolar. ART.37 Se consideran prendas auxiliares:
1. Los guantes blancos para ceremonias especiales. 2. Bastón de mando del Brigadier General, Sub brigadier General, Brigadier de Compañía y Brigadier de Sección de la Policía Escolar, con sus pompones correspondientes. ART.38 El cordón será sujeto con broches o cosido en la hombrera del lado derecho y el puntal colgante asegurado en el segundo botón de la camisa o blusa del uniforme. A. Brigadier General: Cuatro cordones Dorados trenzados con puntal dorado. B. Sub Brigadier General: Tres cordones: 02 Dorados, 01 rojo, trenzados, puntal dorado. C. Brigadier de Compañía: Cuatro cordones rojos, trenzado, puntal rojo. D. Brigadier de Sección: Tres cordones: 03 rojos, trenzados, puntal rojo. E. Policía Escolar: Tres cordones: 02 rojos, 01 blanco, trenzados, puntal rojo. ART.39 Para identificar al Policía Escolar se le adjudicará un carné, refrendado con firma y sello del Director de la Institución Educativa y por Instructor PNP.