REGLAMENTO INTERNO RÉGIMEN RÉGIMEN DE UNIDADE UNIDADES S INMOBILIA INMOBILIARIAS RIAS CON SECCIONE SECCIONES S DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y ÁREAS DE PROPIEDAD COMÚN CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1!" O#l$%&tor$'(&( ) ('*$%+&c$,+ r'-$&(&. El prese presente nte reglame eglamento nto inter interno no es de observ observanc ancia ia oblig obligato atoria ria sin excepción ni limitación alguna, para todas las personas que tengan la pro propied piedad ad o pos oses esió ión n, bajo ajo cual cualqu quie ierr titul itulo o de las las se secc ccio ione ness inmobiliarias de propiedad exclusiva que forman parte de la unidad inmobiliaria, descrita en el Capitulo II de este reglamento, a la que adelan adelante te se le denomi denomina na UNID UNIDD D IN!"#I IN!"#I$I $I%I %I.. Dic&as Dic&as person personas as quedan obligadas a respetar a sus disposiciones ' las decisiones de la junta de propietarios. propietarios. CAPITULO II LA UNIDAD INMOBILIARIA Art$culo .!" C&r&ct'rí*t$c&* (' l& u+$(&( I+/o#$l$&r$&. $as caracter(sticas de la unidad son las siguientes) UBICACI0N D'&rt&/'+to2 Pro-$+c$&2 D$*tr$to2 D$r'cc$,+2
requipa requipa Cerro Colorado *ueblo +oven %I" EC" !-. /0 $ote 10
D'*cr$c$,+ ) U*o2 $a unidad inmobiliaria es una 2ivienda !ultifamiliar dividida en planta ' consta de tres 3456 secciones de propiedad exclusiva, todas las secciones se encuentra en la 7ra *lanta ' tienen derec&o de los ires Correspondientes, Correspondientes, la sección 47 tiene derec&os en los aires del pasaje de ingreso de la sección 45. $a unidad inmobiliaria se encuentra destinada a un uso residencial, ence encerrrada rada dent dentrro de las las co coli lind ndan anci cias as ' me medi dida dass peri perim8 m8tr tric icas as siguientes) • •
*or el 9rente) Con calle 'acuc&o, en l(nea recta de :.;< ml. *or la Derec&a) Con terrenos de la *olic(a Nacional del *er=, en l(nea recta de 54.1< ml.
•
•
*or la I-quier *or I-quierda) da) Con terrenos terrenos de >erc >ercero eross en l(nea recta recta de 54.?< ml. *or el 9ondo) 9ondo) Con terrenos terrenos de >ercer >erceros os en l(nea recta de :.;< ml.
ÁREA2 .34!56 /7 $a super@cie que encierra la pol(gona antes descrita tiene un Area de) D" CIEN>" N"2EN>ICINC" C"N B4744 !E>%" CUD%D".
PERIMETRO2 86!.6 / $inderos ' medidas perim8tricas de las secciones
SECCION 1 UBICACI0N2 El predio estA ubicado en la Calle 'acuc&o del **.++. %io eco !- /0 ección 47 del $ote 10 la Distrito de Cerro Colorado, *rovincia ' Departamento de requipa.
AMBIENTES 1r& 1r& PLAN PLANT TA '*t9 '*t9 co+: co+:or or/& /&(& (& or or lo* lo* *$%u *$%u$'+ $'+t' t'* * A/#$'+t'*2 • • • •
ala. Comedor. .. Escaleras
.(& PLANT .(& PLANTA A '*t9 '*t9 co+:o co+:or/& r/&(& (& or or lo* *$%u$' *$%u$'+t' +t'* * A/#$'+t'*2 • • • •
Dormitorio. Cocina. .. Escaleras
;r& ;r& PLAN PLANT TA '*t9 '*t9 co+: co+:or or/& /&(& (& or or lo* lo* *$%u *$%u$'+ $'+t' t'* * A/#$'+t'*2 • • • •
Estar Dormitorio. Dormitorio. ..
•
Escaleras
LINDEROS2 ) Por 'l
Por 'l co*t&(o D'r'c>o ) Entrando con el $ote propiedad de la *olic(a Nacional del *er= !- /0 $ote <0con :.?4 m. ) Por 'l co*t&(o I?@u$'r(o Entrando con el Area Com=n N 7 E+ 1r& Pl&+t& con :.?4m. E+ .(& Pl&+t& ) A$r'* Entrando con la ección N 4? del $ote 10 con :.?4m. ) Por 'l
E+ 1r& Pl&+t&
E+ .(&= ;r& Pl&+t& ) A$r'* 5!14 /. AREA TECADA2 E+ 1r& Pl&+t& ;5!64 E+ .(& Pl&+t& 5!14/. E+ ;r& l&+t& ) A$r'* 5!14 /. AREA OCUPADA2 E+ 1r& Pl&+t& ;5!64 /. E+ .(&= ;r& Pl&+t& ) A$r'* 5!14 /. AREA LIBRE2 """"""" No r'*'+t& Ar'& L$#r' la Sección 01 presenta un Alero de 0.65 m de ancho en 2da y 3ra planta. ADEMAS ES DUEA DE SUS A!"ES "ES#E$%!&'S Nota:
SECCION . UBICACI0N2
El predio estA ubicado en la Calle 'acuc&o del **.++. %io eco !- /0 ección 4? del $ote 10 la Distrito de Cerro Colorado, *rovincia ' Departamento de requipa.
AMBIENTES 1r& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 • • • • • • •
ala. .. Cocina. Dormitorio. Escaleras *atio. +ardin.
.(& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 • •
Dormitorio. Escaleras
LINDEROS2 ) Por 'l o )
Con
la
'acuc&o,
con
Entrando el Area Comun 47 ' la ección N 45 del $ote 10 con l(nea recta con :.?4m ' ?7.71
E+ 1r& Pl&+t&
) Entrando con $ote !Por 'l co*t&(o I?@u$'r(o /0 $ote 50 *ropiedad de terceros con 54.?
AREA OCUPADA 1;!;6/. AREA TECADA2 44!5; /.
2
'+ 1r& Pl&+t& ) A$r'*
1r& PLANTA
.;!64 /. AREA LIBRE 8!5 /. Nota:
.(& PLANTA 2
la Sección 02 ES DUEA DE SUS A!"ES "ES#E$%!&'S
SECCION ; UBICACI0N2 El predio estA ubicado en la Calle 'acuc&o del **.++. %io eco !- /0 ección 45 del $ote 10 la Distrito de Cerro Colorado, *rovincia ' Departamento de requipa.
AMBIENTES 1r& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 • • • • • • • •
Estudio. .. Cocina. Comedor. ala. .. social. 47 Dormitorios. 4? Escaleras
.(& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 • • • • •
45 Dormitorios. 4? estar. Cocina. .. 45 Escaleras.
;r& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 •
-otea.
LINDEROS2 Por 'l
)
Con Frea Com=n 47 ' la eccion 47 con una l(nea recta de 7.74m ' 5.:? respectivamente. E+ .(& Pl&+t& ) A$r'* con la ección N 4?, con <.4?m.
E+ 1r& Pl&+t&
Por 'l co*t&(o D'r'c>o2 Con el $ote propiedad de la *olic(a Nacional del *er= !- /0 $ote 10 con una l(nea recta de ?7.?< m. Por 'l co*t&(o I?@u$'r(o con ?7.71<.
) Con la ección N 4?,
) Con propiedad de terceros !- /0 Por 'l
AREA OCUPADA2 165!14 /. AREA TECADA 2 38! /. 38! /. AREA LIBRE !58/.
E+ 1r&= .(& Pl&+t& ) &$r'* E+ 1r& Pl&+t& E+ .(& Pl&+t& 2
la Sección 02 ES DUEA "ES#E$%!&'S Nota:
DE SUS A!"ES
AREA COMUN 61 UBICACI0N2 El predio estA ubicado en la Calle 'acuc&o del **.++. %io eco !- /0 $ote 10 la Distrito de Cerro Colorado, *rovincia ' Departamento de requipa.
AMBIENTES 1r& PLANTA '*t9 co+:or/&(& or lo* *$%u$'+t'* A/#$'+t'*2 •
*asillo.
LINDEROS2
) Con la 'acuc&o, con Por 'l o ) Entrando con la ección N 47 del $ote 10 con l(nea recta de :.?4m. ) Entrando con la Por 'l co*t&(o I?@u$'r(o ección 4? con :.?4m. ) Con la sección N 45 con 7.74 m Por 'l
AREA2 16!16 / . O#*'r-&c$o+'* E+ .(& Pl&+t& ) A$r'*
No tiene dominio.
CUADRO DE AREAS RESUMEN
1er Piso:
Área Techada : Área Libre :
200.25m2 95.35 m2
2do Piso:
Área Techada :
170.93m2
3er Piso:
Área Techada :
49.41 m2
Artículo ;!" S'cc$o+'* (' ro$'(&( 'clu*$-&! $as ecciones de propiedad exclusiva que forman parte de la unidad inmobiliaria son
D'+o/$+& c$,+ ección N 7 ección N ? ección N
Ár'& Ocu&(& 1r& Pl&+t& 5B.4<
Ár'& Ocu&(& .(& Pl&+t& ) A$r'* 1B.7<
U*o
715.54
715.54
2ivienda
74B.7<
74B.7<
2ivienda
2ivienda
5
Artículo !"Ár'&* ) #$'+'* co/u+'* (' ro$'(&( co/+ ) $as Areas ' bienes de propiedad com=n que forman parte de la unidad inmobiliaria, son los siguientes) #ienes comunes
Ár'& Co/+ 1 D'+o/$+&c $,+
Ár'& Ocu&(& 1r& Pl&+t&
Frea com=n 74.74 47
Ár'& Ocu&(& .(& Pl&+t& ) A$r'*
U*o rea de Ingreso a sección N 4? e instalaciones de gua ' desague de eccion 47, ademAs forma parte estructural de la sección 47
GGG
T'rr'+o D'+o/$+&c $,+ >erreno
Ár'& Ocu&(& 1r& Pl&+t& ?:<.B4
U*o El >erreno total es considerado como un bien Comun para todas las Areas de uso exclusivo
Artículo 4!" S'r-$c$o* Co/u+'* $os servicios comunes son los que contara la unidad inmobiliaria, son los siguientes) $a limpie-a, conservación ' mantenimiento de las Areas comunes, instalaciones sanitarias ' el8ctricas de uso com=n, ' en general de cualquier otro elemento de los bienes comunes. Esto inclu'e de la reparación o reposición de dic&os bienes ' sus partes integrantes 'o accesorias. Art$culo 5!" P&rt$c$&c$,+ '+ l&* 9r'&* ) #$'+'* co/u+'* El porcentaje de participación que corresponde a cada uno de los propietarios de las secciones de propiedad exclusiva, respecto de las
Areas ' los bienes comunes se atribuirA en función del Area ocupada por cada sección. e utili-ó el siguiente criterio) e otorga el <4H de derec&os del Area com=n a cada una de las secciones N 7 ' N5 'a que el Area com=n es el acceso para la sección N 5 ' forma parte de la estructura de la sección N 7. De acuerdo al criterio antes sealado los porcentajes de participación de los propietarios en las Areas ' bienes comunes, son los siguientes. *ara el porcentaje de *articipación del terreno se otorgó de acuerdo a la ocupación en planta de cada una de las secciones
Ár'& Co/+ 1 S'cc$,+ ección N 5 ección N 7 >otal
Porc'+t&F' (' P&rt$c$&c$,+ <4.44 H <4.44 H 744. 44 H
T'rr'+o S'cc$,+ ección N 7 ección N ? ección N 5 >otal
Porc'+t&F' (' P&rt$c$&c$,+ 7B.7B H <4.7:H 55.B< H 744. 44 H
Artículo !" P&rt$c$&c$,+ (' lo* %&*to* Co/u+'* El porcentaje de participación que corresponde a cada uno de los propietarios de las secciones de propiedad exclusiva, respecto de los gastos que demande la atención de los servicios comunes ' la administración de la unidad inmobiliaria, es determinado con base en el Area ocupada por cada sección. eg=n el criterio antes sealado los porcentajes de participación de los propietarios con los gastos comunes, son los siguientes. Freas ' bienes comunes, son los siguientes. S'cc$,+ ección N 5 ección N 7 >otal
Porc'+t&F' (' P&rt$c$&c$,+ <4.44 H <4.44 H 744. 44 H
Artículo 8!" V&r$&c$,+ ) R'&Fu*t' (' l& &rt$c$&c$,+ (' P&rt$c$&c$,+ $os porcentajes de participación en los bienes comunes 'o en los gastos comunes @jados en los art(culos precedentes, as( como los criterios usados en cada caso, podrAn variarse o reajustarse, previo acuerdo cali@cado de la junta de *ropietarios, salvo en los siguientes casos en los que no se requiere de acuerdo a la junta)
De producirse variaciones en el Area de las unidades inmobiliarias de uso exclusivo por obras de remodelación, ampliación o demolición, ejecutadas por su propietario, podrAn recomponerse los porcentajes de participación, una ve- concluida la obra. $os gastos que ocasione la modi@cación de este reglamento deberAn ser asumidos por el propietario de la sección afectada. i la modi@cación del Area de la sección exclusiva fuese resultado de una obra dispuesta por la +unta de *ropietarios en bene@cios de las Areas comunes, el costo de la modi@cación de este reglamento corresponderA al propietario de la sección afectada. En ambos casos la modi@cación de los porcentajes en este reglamento, puede ser solicitada por el interesado o dispuesta por el presidente de la +unta o la Directiva, en su caso.
CAPITULO III DERECOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS Art$culo 3!" D'r'c>o* (' lo* ro$'t&r$o* on derec&os de los propietarios, los siguientes) Ejercer dominio sobre sección de propiedad exclusiva. 2ender, &ipotecar, rrendar ' en general practicar cualquier acto de disposición o gravamen de su sección de propiedad exclusiva. El *ropietario deberA poner en conocimiento de la +unta de *ropietarios la reali-ación de cualquiera de estas operaciones dentro de los treinta 3546 d(as siguientes a su reali-ación, siempre ' cuando las mismas impliquen ceder el uso de la sección a una persona distinta ' determinen la extinción del derec&o de uso de determinados bienes ' servicios comunes no esenciales. 9ormar parte de la +unta de *ropietarios ' votar ' elegir ' ser elegido dentro de ella. El Ejercicio del derec&o al voto solo puede ser suspendido en los casos de in&abilitación del propietario. %ecurrir ante la junta de usuarios o poseedores, cuando estas resulten perjudiciales a sus intereses o a los de la unidad Inmobiliaria en Jeneral. Edi@car, modi@car, ampliar, remodelar o alterar los elementos arquitectónicos, instalaciones ' servicios de su sección, siempre ' cuando no se contravengan las normas legales vigentes o las normas especiales que, sobre el particular, se estable-can en el presente reglamento, no se perjudique las condiciones de seguridad ' funcionamiento de la edi@cación ' no se afecten los derec&os de los demAs propietarios o terceros. En caso de obras que alteren la volumetr(a, el estilo arquitectónico o el aspecto exterior de la sección donde se ejecuta o de la Unidad Inmobiliaria, serA necesario, sin perjuicio de cumplir las reglas generales previstas en el pArrafo anterior precedente, que el propietario obtenga previamente la aprobación de la junta de propietarios, a la cual deberA proporcionar toda información ' documentación necesaria para tomar una decisión adecuada.
Artículo 16!" O#l$%&c$o+'* (' lo* Pro$'t&r$o* on obligaciones de los propietarios, las siguientes) Destinar su sección de propiedad exclusiva al uso indicado en el presente reglamento. Contribuir oportunamente, en el porcentaje que corresponde a su sección, seg=n lo indicado en el rticulo ; del presente %eglamento, a cubrir los gastos que demande el pago de los servicios comunes, la conservación ' mantenimiento de las Areas ' los bienes de dominio com=n ' la administración de la Unidad Inmobiliaria. Esta obligación se mantendrA vigente aun cuando el propietario decida no formar parte de la +unta de *ropietarios, no use su sección. 6.G catar las disposiciones ' resoluciones que se adopten en la junta de *ropietarios. #6.G No ejecutar obra o instalación alguna que transgreda alguna de las limitaciones previstas en el inciso f6 del rt. : del presente reglamento o que no cuente con la aprobación previa de la junta de *ropietarios, en los casos en que ella es necesaria seg=n lo previsto por el mismo inciso antes sealado. C6.G No afectar la seguridad o salubridad de la unidad InmobiliariaK no perturbar la tranquilidad ' normal convivencia de los demAs propietarios ' vecinos, ni atentar contra la moral ' las buenas costumbres. D6.G Efectuar las reparaciones de su respectiva sección de propiedad exclusiva ' asumir la responsabilidad por los daos ' perjuicios que cause a las demAs unidades, o a las Areas o los bienes de dominio com=n, sea por acción, omisión o negligencia. E6.G acer constar en el contrato de arrendamiento u otro por el que otorgue la posesión inmediata a terceros, los derec&os ' obligaciones que corresponden al arrendatario o poseedor inmediato ' el sometimiento expreso de este a las normas del presente %eglamento. El incumplimiento de esta obligación solo generara responsabilidad para el propietario mas no afectara en lo absoluto a la obligatoriedad del presente reglamento respecto de quien asuma la posesión inmediata. 96.G Cumplir con todas ' cada una de sus obligaciones aun cuando su sección se encuentre " permane-ca desocupada, cualquiera que sea el tiempo de desocupación.
Artículo 11!" Pro$'t&r$o* I+>9#$l'* Un propietario se considera in&Abil cuando, al momento de la convocatoria se encuentre en mora de tres 56 cuotas ordinarias sucesivas o discontinuas o por una 76 cuota extraordinaria. %ecobra el ejercicio de la totalidad de sus derec&os como propietario, cuando cumpla con el pago ' desapare-ca el impedimento.
El *ropietario in&Abil, no podrA ser propuesto ni elegido para cargo alguno. in embargo, mantiene su derec&o de asistir a la +unta de *ropietarios, solo con vo- ' voto.
CAPITULO IV UNTA DE PROPIETARIOS Artículo 1.!" Co+*t$tuc$,+ (' l& u+t&! $ +UN> DE *%"*IE>%I" E C"N>I>ULE "$" *"% E$ ">"%J!IEN>" DE$ *%EEN>E %EJ$!EN>". $ +UN> NECE%I!EN>E E>%F *%EIDID *"% UN" DE U IN>EJ%N>E /UE E+E%CE%F E$ C%J" DE *%EIDEN>E DE $ +UN> DE *%"*IE>%I". E %E$IM" $ %E*EC>I2 E$ECCI"N EN>%E $" *%"*IE>%I" L E E$IJI" DE !NE% UNNI!E I) •
•
•
PRESIDENTE2 LUCRECIA EVANGELINA SANCEH SANTOS! SECRETARIO2 PEDRO GREGORIO SANCEH SANTOS VOCAL2 ELISEO NEYRA UARCA!
Artículo 1;!" Atr$#uc$o+'* (' l& u+t& Corresponde a la +unta de *ropietarios) 6 DECIDI% "#%E $ C"NE%2CIN L !N>ENI!IEN>" DE $ F%E L $" #IENE DE D"!INI" C"!ON, $" E%2ICI" DE U" C"!ON L DI*"NE% $ D!INI>%CIN DE $ UNIDD IN!"#I$I%I. NINJUN CCIN /UE 9EC>E E>" " $ *EC>" EP>E%I"% DE $ ECCI"NE DE *%"*IEDD EPC$UI2 E%F E9EC>UD IN *%E2I *%"#CIN. #6 E$EJI% CD D" 34?6 Q" $ *%EIDEN>E DE $ +UN> DE *%"*IE>%I", EN>%E U IN>EJ%N>E.
C6 E$EJI% L DE>E%!IN% E$ NO!E%" DE !IE!#%" DE $ DI%EC>I2 L E$EJI%$". D6 D"*>% !EDID DE C%FC>E% JENE%$ " EP>%"%DIN%I", DE "9ICI" " *E>ICIN DE *%>E *% D% C#$ CU!*$I!IEN>" $ DI*"ICI"NE $EJ$E /UE %IJE E$ %RJI!EN DE *%"*IEDD EPC$UI2 L *%"*IEDD C"!ON, S C"!" $ !E+"% C"NE%2CIN, !N>ENI!IEN>" L D!INI>%CIN DE $ UNIDD IN!"#I$I%I. E6 *%"#% L !"DI9IC% E$ %EJ$!EN>" IN>E%N" *"% !L"%S C$I9ICD, $2" EN $" C" DE EPCE*CIN *%E2I>" EN E$ %>. T DE$ *%EEN>E %EJ$!EN>". 96 *%"#% $ >%N9E%ENCI, J%2!EN, UCEIN EN U", " $ CE$E#%CIN DE CU$/UIE% ">%" C>" " C"N>%>" /UE I!*"%>E DI*"ICIN " $I!I>CIN DE U" DE $ F%E L $" #IENE C"!UNE UCE*>I#$E DE E% >%N9E%ID". E> *%"#CIN E E9EC>U%F !EDIN>E CUE%D" D"*>D" C"N E$ 2">" C"N9"%!E DE CUN>" !EN" D" DE $ >E%CE% *%>E 3?56 DE $" *%"*IE>%I" DE $ ECCI"NE DE *%"*IEDD EPC$UI2 C"N $ $I!I>CI"NE E>#$ECID *"% $EL. J6 *%"#% E$ *%EU*UE>" NU$ DE INJ%E" L J>", D!INI>%% $" 9"ND" /UE %ECUDE L *%"#% E$ IN9"%!E NU$ DE JE>IN DE $ DI%EC>I2, I $ U#IEE, S C"!" $ CUEN> 9IN$ DE$ E+E%CICI". 6 DE$EJ% 9UNCI"NE L %E*"N#I$IDDE DE $ +UN> 92"% DE$ D!INI>%D"%, DE $" D!INI>%D"%E, I 9UE% E$ C", L" DE $ DI%EC>I2. I6 9I+% $ CU"> "%DIN%I L EP>%"%DIN%I /UE C"%%E*"ND U9%J% CD *%"*IE>%I" *% >ENDE% $ C"NE%2CIN, !N>ENI!IEN>" L D!INI>%CIN DE $ UNIDD IN!"#I$I%I, L E9EC>U% U C"#%". +6 EJUI% E$ *%"CE" E+ECU>I2" $" *%"*IE>%I" DEUD"%E DE ! DE >%E CU"> C"NECU>I2 INC$ULEND" EN E$ !"N>" !>E%I DE $ C"#%NM, $" IN>E%EE C"!*EN>"%I" *$IC#$E *%>I% DE $ 9EC DE 2ENCI!IEN>" DE $ "#$IJCIN L C$CU$D" EN #E EN $ > DE IN>E%EE C>I2 *% !"NED NCI"N$ 3>!N6 2IJEN>E $ 9EC DE C"#%".
6 E>#$ECE% UN %RJI!EN DE NCI"NE E$ /UE E *$IC%F $" N>E INCU!*$I!IEN>" *%"#D" DE U "#$IJCI"NE C"!" *%"*IE>%I" L" *"EED"%. S !I!" $E C"%%E*"NDE %E2I% $ NCI"NE I!*UE> *"% $ DI%EC>I2. $6 DE>E%!IN% $ N>U%$EM DE EENCI$E " N" DE $" E%2ICI" L #IENE C"!UNE, S C"!" *%"#% $ INC$UIN DE NUE2" E%2ICI". !6 $ DE!F >%I#UCI"NE N>U%$EM.
/UE
E DE*%ENDEN
DE
U
ARTCULO 1!" SESIONES DE LA UNTA! $ +UN> DE *%"*IE>%I" E %EUNI%F EN EI"NE "%DIN%I L EP>%"%DIN%I. $ EI"NE "%DIN%I E %E$IM%N UN 2EM $ Q" DU%N>E E$ *%I!E% >%I!E>%E. $ EI"NE EP>%"%DIN%I E E9EC>U%FN CUN> 2ECE EN NECE%I C%I>E%I" DE$ *%EIDEN>E " *E>ICIN DE UN NO!E%" DE *%"*IE>%I" /UE %E*%EEN>E CUN>" !EN" E$ ?">$ DE $ *%>ICI*CI"NE EN $ F%E L $" #IENE C"!UNE. EN !#" C", E$ *%EIDEN>E E%F E$ %E*"N#$E DE E9EC>U% $ CI>CI"NE, C"N9"%!E $" E>#$ECID" *"% $ %>. IJUIEN>E. $os arrendatarios u otros poseedores podrAn participar en las sesiones, en los asuntos relacionados con los servicios natos ' gastos comunes con vo- ' sin voto.
ARTCULO 14!" CONVOCATORIA Y JU0RUM! $ C"N2"C>"%I +UN> E E9EC>U% !EDIN>E C"!UNICCI"NE EC%I> /UE C"N>END%FN "#$IJ>"%I!EN>E, C"!" $ DEIJNCIN DE$ $UJ%, DS L "% *% $ CE$E#%CIN DE $ +UN>, S C"!" $" UN>" >%>% U>I$IMND" CU$/UIE% !EDI" /UE *E%!I> >ENE% C"N>NCI DE %E*E>ICIN DE DIC CI>CIN, I *E%+UICI" DE $ "#$IJ>"%I *U#$ICCIN DE $ !I! EN $ *IM%% " 2I>%IN /UE DE#E
!N>ENE% $ D!INI>%CIN EN $UJ%E 2II#$E UNIDD IN!"#I$I%I.
DE $
CD *%"*IE>%I" *%>ICI*%F EN $ +UN>, EN 9UNCIN DE$ *"%CEN>+E DE *%>ICI*CIN DE $ F%E L $" #IENE C"!UNE /UE $E C"%%E*"ND EJON $" E>#$ECID" EN E$ %>. B DE$ *%EEN>E %EJ$!EN>", DIC" *"%CEN>+E E%2I%FN >N>" *% E>#$ECE% E$ /U%U! EN $ EI"NE "%DIN%I L EP>%"%DIN%I DE $ +UN> DE *%"*IE>%I", C"!" *% $ >"! DE DECII"NE. E$ /U%U! *% $ IN>$CIN 2F$ID DE $ +UN> DE *%"*IE>%I", EN *%I!E% C"N2"C>"%I, E E>#$ECE C"N $ *%EENCI DE *%"*IE>%I" DE ECCI"NE EPC$UI2 /UE %E*%EEN>EN CUND" !EN" E$ <4H DE$ >">$ DE $" *%>ICI*N>E EN $ F%E L $" #IENE C"!UNE, EN EJUND C"N2"C>"%I $ EIN E IN>$%F 2F$ID!EN>E C"N $" *%"*IE>%I" /UE I>N. *% E$ C"!*U>" DE$ /U%U! *% $ EI"NE DE $ +UN> DE *%"*IE>%I" "$" E 2F$ID" E$ *"%CEN>+E DE *%>ICI*CIN DE $" *%"*IE>%I" F#I$E. E$ /U%U! E 2E%I9IC $ INICI" DE $ EIN L E CE C"N>% EN E$ C> C"%%E*"NDIEN>E. >%>FND"E DE EI"NE "%DIN%I DE +UN> DE *%"*IE>%I" EN>%E $ *%I!E% L $ EJUND C"N2"C>"%I DE#E !EDI% >%E DS. *% E$ C" DE $ EI"NE EP>%"%DIN%I, $ D" C"N2"C>"%I *"D%FN E% *% E$ !I!" DS. EN !#" C" *"D%FN E9EC>U%E $ D" C"N2"C>"%I EN E$ !I!" 2I", EQ$FND"E 9EC L "% DE CD UN".
ARTCULO 15!" REPRESENTACI0N ANTE LA UNTA! $" *%"*IE>%I" " *"EED"%E *"D%FN CE%E %E*%EEN>% *"% ">% *E%"N N>E $ +UN> DE *%"*IE>%I". $ %E*%EEN>CIN DE#E%F C"N9E%I%E *"% EC%I>" C"N C%FC>E% E*ECI$ *% CD EIN , $2" /UE E >%>E DE *"DE% ">"%JD" *"% EC%I>U% *O#$IC " >%2R DE$ C"N>%>" DE %%END!IEN>".
Art$culo 1!" M&)orí&* R'@u'r$(&* &r& l& A(oc$,+ (' Acu'r(o*! $" CUE%D" DE $ +UN> DE *%"*IE>%I" E >"!%FN C"N E$ 2">" C"N9"%!E DE $" *%"*IE>%I" F#I$E /UE %E*%EEN>EN
$ !L"%S I!*$E DE $" *"%CEN>+E DE *%>ICI*CIN DE $" *%"*IE>%I" *%EEN>E, C"N $ EPCE*CI"NE EQ$D EN $" INCI" E L 9 DE$ %>. 75 DE E>E %EJ$!EN>", L EN $" DE!F C" DI*UE>" *"% $EL, $ !L"%S C$I9ICD E>F C"N>I>UID *"% $ ?5 *%>E DE $" *"%CEN>+E DE *%>ICI*CIN DE $" *%"*IE>%I" *%EEN>E.
Artículo 18!" Cu/l$/$'+to (' Acu'r(o* >odos los *ropietarios, incluso los no &Abiles ' aquellos que no conformen la +unta de *ropietarios, &a'a o no participado en una sesión, as( como los arrendatarios ' poseedores no propietarios, en los que corresponda queden sometidos a los acuerdos adoptados por la +unta de *ropietarios.
ARTICULO 13!" DEL PRESIDENTE DE LA UNTA! E$ *%EIDEN>E DE $ +UN> DE *%"*IE>%I", E E$EJID" EN>%E $" *%"*IE>%I" F#I$E /UE $ IN>EJ%N L DE#EN E+E%CE% E$ C%J" *"% UN *E%I"D" DE D" 34?6 Q" IEND" %EE$EJID" CUN> 2ECE E DEEE, $E C"!*E>E) a6 Conservar ' mantener las Areas ' los bienes de dominio com=n, los servicios de uso com=n ' ejercer o disponer la administración de la UNIDD IN!"#I$I%I. b6 Convocar ' presidir la +unta de *ropietarios, cuando lo estime conveniente o cuando lo exija el %eglamento Interno. c6 *residir, convocar ' dirigir la Directiva si la &ubiere. d6 Ejercer las funciones ' responsabilidades que @ja este %eglamento, respecto de la conservación, mantenimiento ' administración de las Areas ' los bienes comunes. e6 Ejercer a sola @rma, la representación de la +unta ante cualquier autoridad administrativa, pol(tica, militar o *olicial, a efecto de gestionar ante ellos peticiones o trAmites de cualquier naturale-a que interesen a la +unta de *ropietarios. f6 Celebrar cualquier tipo de contrato o acto destinado al mantenimiento, conservación, administración o uso de las Areas ' los bienes o los servicios comunes, excepto aquellos que importen disposición o gravamen de los mismos, para lo cual requiere de expresa autori-ación de la +unta.
g6 Contratar o despedir personal para atender los servicios comunes de la edi@cación, ' ejercer las facultades de representación del empleador ante las autoridades administrativas o judiciales en materia laboral, respecto de ellos, abrir ' cerrar planillas, celebrar convenios o contratos laborales, ' reali-ar cualquier otra gestión administrativa, como representante de la +unta de *ropietarios. &6 Cobrar o disponer la cobran-a, de los aportes ordinarios o extraordinarios para cubrirse los gastos comunes, de acuerdo con los porcentajes de participación @jados por este %eglamento o por acuerdo de la +unta, ' otorgar los correspondientes comprobantes de pago. i6 Ejecutar ' &acer cumplir los acuerdos de la +unta. j6 brir o cerrar, a nombre de la +unta de *ropietarios, a sola @rma, cuentas corrientes, de a&orro o de depósito a pla-o @jo en cualquier entidad bancaria depositar en ellas los fondos que correspondan a la +unta de *ropietarios, girar contra ellas, c&eques u órdenes de pago, &acer transferencias o disponer de los fondos sea en efectivo que &ubiere, para cubrir con ellos los gastos ' obligaciones a su cargo, con la expresa obligación de rendir cuenta documentada cuando menos una ve- por ao. V6 %equiere autori-ación expresa por unanimidad de la +unta de *ropietarios, para solicitar cr8ditos, avances en cuenta o sobregiros, aceptar a descontar letras, pagares o vales a la orden as( como para @rmar o autori-ar cualquier tipo de operación al cr8dito u otorgar @an-as, avales o cualquier operación que signi@que compromiso, disposición o gravamen de los bienes ' recursos comunes a su cargo. l6 %epresentar a la +unta de *ropietarios en juicio o fuera de 8l, ante cualquier autoridad judicial, tribunal o corte nacional o extranjera, ejerciendo la representación +udicial de la +unta con las facultades generales el mandato, previstas en el rt(culo ;1 del código *rocesal Civil, as( como ejercer las facultades especiales de) demandar o denunciar, interponer reconvenciones, recursos, o peticiones, apersonarse a juicio iniciado o por iniciarse bajo cualquier calidad o condición, contestar demandas o denuncias, constituirse en parte civil, prestar declaración de parte, ofrecer pruebas, diferir en contrario interponer cualquier recurso impugnatorio, delegar poder para pleitos a favor de cualquier persona ' reasumirlo cuantas veces sea necesario. *ara
conciliarse, allanarse, transigir o desistirse del juicio o de la pretensión, requiere de autori-ación expresa de la +unta de *ropietarios. m6%epresentar a la +unta de *ropietarios, en cualquier proceso de conciliación extrajudicial o arbitraje, cuando sea necesario. n6 Ejercer todas las demAs funciones ' responsabilidad que se le otorguen por acuerdo de la +unta de *ropietarios.
Art$culo .6!" D' l& D$r'ct$-&! $as facultades ' responsabilidades de la Directiva en caso de establecerse serAn) a6 Ejercer la administración de las Areas, los #ienes ' los ervicios Comunes velando por su correcto uso ' disfrute por parte de todos los propietarios ' poseedores de todas las secciones exclusivas. b6 eleccionar, contratar ' supervisar a las Empresas o personas necesarias para el mantenimiento, conservación o atención de las Freas de los bienes ' servicios comunes. c6 probar ' supervisar las cuentas de los gastos comunes. d6 eleccionar, contratar ' supervisar al administrador o a los administradores de la edi@cación, seg=n sea el caso. e6 Imponer sanciones a los propietarios o poseedores que infrinjan el %eglamento Interno. f6 2elar por la correcta aplicación de las Normas, disposiciones del %eglamento Interno o acuerdos de la +unta que rijan la edi@cación. g6 Dar cuenta de su gestión a la +unta de *ropietarios, cuando menos una ve- por ao, o cuando esta se lo solicite. &6 Ejercer todas las funciones que les sean delegadas o encargadas por el %eglamento, la +unta de propietarios o las normas vigentes. i6 Delegar en la administración a su ve- las responsabilidades ' funciones que estimen conveniente si no las ejerciera directamente.
j6 Estas funciones se comparten con el *residente de la +unta de *ropietarios, si se constitu'e una Directiva en caso contrario todas ellas son asumidas exclusivamente por el *residente de la +unta.
CAPITULO V RÉGIMEN DE SANCIONES Artículo .1!" Pr$+c$$o* R'ctor'*! El %8gimen de sanciones debe estar sustentado en el principio de legalidad, Jradualidad ' fomento del cumplimiento de las obligaciones.
Artículo ..!" Aro#&c$,+! El %8gimen de sanciones ' sus modi@caciones debe ser aprobado por la +unta de *ropietarios por ma'or(a cali@cada. Estos acuerdos se adoptarAn en +unta de *ropietarios ' se asentaran en el libro de actas correspondientes. *ueden ser o no inscritos en el %egistro correspondiente.
CAPITULO VI DISPOSICIONES C.
Artículo .!" Sul'tor$'(&( (' l&* Nor/&*! En todo lo no previsto por el presente %eglamento Interno se aplica, en forma supletoria la $e' Nro. ?;7<; ' las Normas que la sustitu'en as( como sus Normas reglamentarias.
Artículo .4!" Co+oc$/$'+to ('l r'*'+t' R'%l&/'+to! >odos los *ropietarios declaran conocer el texto del presente reglamento ' se comprometen a guardar ' cumplirlo de forma escrupulosa, ' de ser el caso, &acer conocer el texto del mismo a sus arrendatarios u otros poseedores de su sección, ' exigirles su cumplimiento asumiendo la condición de responsable solidario ante la +unta de *ropietarios por las obligaciones de orden económico.
Art$culo .5!" D'*$%+&c$,+ ('l Pr'*$('+t' (' l& u+t& (' Pro$'t&r$o*! No se designa el *residente de la +unta de *ropietarios, debido a que no se &a efectuado la particiónK es decir, no existe *luralidad de *ropietarios.
requipa, ?: de etiembre de ?47<