Practicas desleales de comercio internacional Presentado por: Mtro. Artur Arturo o Pérez Pérez Sant Santande ander r Consultor Internacional
19/06/2014
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Sobre el Consultor Arturo Pérez Santander. Es Maestro en Administración con especialidad en Negocios Internacionales por la Universidad Nacional Autónoma de México, graduado con mención honorifica. Tiene una Licenciatura en Negocios Internacionales y grado de Técnico en Comercio Exterior ambos por el Instituto Politécnico Nacional. Es miembro del panel de especialistas en comercio exterior del COMCE. Forma parte de la planta de sinodales diseñadores de casos prácticos para el acuerdo 286 EGEL del CENEVAL para la acreditación de egresados de las Licenciaturas en Comercio y Negocios Internacionales. Finalmente, ha sido instructor para el Instituto Superior de Estudios Logísticos de la AMACARGA. Desde 1997 ha combinado su ejercicio profesional con la formación de capital humano altamente especializado, fungiendo como profesor de asignatura a nivel licenciatura y posgrado en Comercio y Finanzas Internacionales, Administración de Negocios Internacionales, Mercadotecnia Internacional, Comercio Internacional, Gestión Aduanera y Relaciones Internacionales en distintas organizaciones educativas, tales como: Instituto Politécnico Nacional; Universidad La Salle; Universidad del Valle de México; Universidad de las Américas; Universidad Panamericana y el Instituto Tecnológico y Estudios Superiores de Monterrey. Actualmente realiza una investigación sobre los antecedentes, desarrollo, crecimiento y potencial de la industria aeroespacial en México. 19/06/2014
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Base regulatoria Las practicas desleales de comercio internacional están tipificadas tanto por nuestra Ley de Comercio Exterior (LCE), como por las disposiciones de la OMC.
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En la LCE los Títulos Quinto, Sexto y Séptimo, tipifican y regulan el proceso aplicable a estas practicas. La OMC establece a su vez estos procesos y definiciones en el “ Acuerdo sobre anti-dumping, subvenciones, y salvaguardas.
Mtro. Arturo Pérez Santander.
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Tipos de practicas desleales
Tanto la OMC como la LCE reconocen 2 tipos de practicas desleales de comercio internacional: 1. Discriminación de precios/dumping. 2.
Subvenciones o subsidios “Debe estar siempre presente el daño o amenaza de daño a una rama de la planta productiva nacional ”
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Discriminación de precios
Cuando las empresas de un país venden un producto en los mercados exteriores a un precio inferior al de su mercado interior, se presume que están haciendo dumping. Con base en las disposiciones legales, el gobierno determina la diferencia del precio de un producto en el mercado de origen y el de exportación, llamado “margen de dumping”. Una vez determinado éste, la sanción usual es aplicarle un impuesto adicional a la importación de magnitud igual; llamado “cuota compensatoria”.
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Subvenciones
Es cuando un gobierno otorga a sus productores un apoyo, generalmente económico, con el fin de ayudarlos a elevar la competitividad de sus bienes en el mercado destino. Si un país otorga subsidios entonces los precios a los que exporta sus productos no reflejan los verdaderos costos de producción y por tanto pueden dañar a los productores de bienes similares por esta competencia desleal Para los efectos de la LCE, se entiende subvención a:
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Subvenciones Para los efectos de la LCE, se entiende subvención a: Alguna forma de sostenimiento de los ingresos o de los precios y que con ellos se otorgue un beneficio.
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La contribución financiera que otorgue un gobierno extranjero, sus organismos públicos o mixtos, sus entidades o cualquier organismo regional, público o mixto, directa o indirectamente, a una empresa, rama de producción o a un grupo de éstas y que con ello se otorgue un beneficio.
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Daño a una rama de producción nacional
Es el daño material causado, o una amenaza de daño a una rama de producción nacional. Es un retraso en la creación de una rama de producción nacional. Se debe probar vía una investigación que las importaciones en condiciones de discriminación de precios o subvención causan daño o amenazan causar daño.
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Determinación del daño
Volumen de las importaciones. Efecto sobre los precios de mercancías idénticas (que sea inferior, que obligue a los productores a reducir los propios, que impida la alza de precios). Efecto sobre la producción: baja real o potencial de ventas, utilidades, volumen, participación de mercado, productividad, rentas sobre inversión, empleo, salarios, crecimiento, capacidad de financiamiento, etc.
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Cuotas Compensatorias
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Se imponen para desalentar la importación a través de practicas ilegales. La SE determina las cuotas y deben ser equivalentes, a la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación en el caso de dumping; en el caso de las subvenciones al monto del beneficio. Mtro. Arturo Pérez Santander.
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Cuotas compensatorias
Pueden ser provisionales o definitivas. Son cobradas por la SHCP al momento del despacho aduanero En el caso de las provisionales se pueden aceptar garantías en apego al CFF. La investigación puede iniciarse de oficio o a petición de parte. Las cuotas definitivas deben estar vigentes durante tiempo y en la medida necesarios para contrarrestar el daño a la rama de producción nacional.
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Cuotas compensatorias
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Las cuotas definitivas deben tener una revisión anual por petición de parte y en cualquier momento por la SE. Las partes interesadas pueden participar en los procesos de revisión, como de hecho lo hacen en el de investigación. Para evitar estas sanciones, el exportador puede comprometerse voluntariamente a modificar sus precios o parar sus exportaciones, o el gobierno del país exportador puede eliminar o limitar el subsidio. Mtro. Arturo Pérez Santander.
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Salvaguardas
Las medidas de salvaguardas, regulan temporalmente, o restringen las importaciones de productos idénticos, o parecidos que compitan directamente con los productos fabricados nacionalmente, con el objeto de evitar, o remediar un daño económico serio causado a los productores nacionales.
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Para mayor información: MTRO. ARTURO PÉREZ SANTANDER Consultor en Asuntos de Comercio Exterior y Logística Internacional.
[email protected] Wthasapp +52 1 5523627329.
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