ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS SINDICALIZACIÓN EN MÉXICO Y DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
LEYES DE DESAMORTIZACIÓN Y NACIONALIZACIÓN DE BIENES ECLESIÁSTICOS Y LIBERACIÓN DE FUERZ A DE TRABAJO. Ley De Desamortizacion
La Ley de desamortización de las fincas rústicas y urbanas de las corporaciones civiles y religiosas de México" En mi opinion Lerdo De TEjada tuvo mucho valor al expedir esta ley ya que como se sabe bien en aqellos tiempos la iglasiatenia mucho poder y oporobvciasrazonez mucha gente tanto poderosa como plebe detras de ella, por lo tanto era echarse una gran carga encima. Pero hizo bien en publicar dicha ley ya que siendo tan poderosa la iglesia iglesia al quitarle las tier ras que poseia le iba quitando quitando poder a dicha institucion. El objetivo dela ley estaba muy bien el cual era reactivar la economía y sanear las finanzas públicas del estado. Y esto lo lograriaquitandole las grandes propiedadesque poseia la iglesia y pasandolas y t brindando la oportunidad d e que quienes arrendaban dichos terrenos pudiesen adquirirlos; la forma que propuso me paresio buena pues dar la obcion de pagarlos como si estuviesen dando su renta y en la misma cantidad, favoreciamucho a que los pudiesen adquir, pero investigando encontre que las fincas sin arrendatarios salían a ser subastadas, cosa que perjudicaba ya que la gente poderosa se podia hacer de grandes extenciones sin un limite alguno a bajo precio, lo malo de esta ley fue que el goce goce de los productos de dichos bienesera eran par la iglesia y sólo le quitaba el trabajo de administrarlos CONSTITUCIÓN LIBERAL DE 1857.
La Constitución de 1857 significó un parteaguas en el siglo XIX. Sostenía el principio básico del liberalismo liberalismo político: igualdad ante la ley, ley, con lo cual a cabó de con los fueros y los privilegios del ejército y la iglesia. Reivindicaba las garantías individuales y los derechos políticos. Los constituyentes no pudieron establecer el principio de libertad de cultos, por la presión de los conservadores. Aún así, la iglesia ±con una errónea lectura de los tiempos- se opuso terminantemente a ella y amenazó con excomulgar a todos aquellos funcionarios públicos que la juraran. La Constitución llevó al país a 10 años de guerra. De 1857 a 1861, liberales y conservadores se enfrascaron en la guerra de Reforma para establecer sus proyectos de Nación. Derrotados, los conservadores buscaron el apoyo de
Francia
para establecer un imperio (1862-1867), al final triunfó la República liberal encabezada por Benito Juárez. Aunque la Constitución de 1857 se convirtió en la bandera de los liberales y luego de la República, dadas las circunstancias del país, el presidente Juárez se vio obligado a gobernar sin la Constitución; el Congreso lo dotó con facultades extraordinarias para enfrentar la situación del país. Juárez convirtió la carta magna en bandera política, en la razón moral para encabezar la resistencia, lo cual le permitió justificar actos como su permanencia en el poder en 1865 ±año en que concluía su periodo presidencial -, lo cual fue considerado una flagrante violación a la ley suprema, en la forma de un golpe de estado. Paradójicamente, con la Constitución de nuevo en vigor luego del triunfo de la República, el presidente Juárez fue el primero que intentó violarla al trat ar de reformarla por medio de un plebiscito que no estaba contemplado en la ley suprema. Fue el escándalo político del año 1869 y quedó demostrado que la suerte de la Constitución dependía de la voluntad del gobernante. En los albores del porfiriato (1877), Justo Sierra señaló ³la Constitución es un bello poema« tiene veinte años de vida y nadie la ha puesto en práctica´. El presidente Díaz gobernó por encima de la ley suprema del país, no obstante que en todo momento se argumentó que se actuaba dentro de l a Constitución. La necesitaba para otorgarle legitimidad a su régimen, aunque encontró la forma de darle la vuelta. El intelectual Andrés Molina Enríquez escribió: ³El señor general Díaz comprendió demasiado bien que no era posible gobernar bajo el imperio riguroso de esas leyes, porque él llevaba a la anarquía, pero también comprendió que su carácter sagrado las hacia punto menos que inviolables, y supo apurar la facultad´. Las garantías individuales y los derechos políticos contenidos fueron ignorados o subordinados al progreso material y las contradicciones sociales no tardaron en aparecer hasta que tomaron forma a través de la revolución mexicana. Luego de 30 años de dictadura, hacia 1910, la Constitución era letra muerta. ASOCIACIONES MUTUALISTAS. Artículo 1 .- Las asociaciones mutuales se regirán en todo el territorio de la Nación por las disposiciones de la presente ley y por las normas que dicte el Instituto Nacional de Acción Mutual. Artículo 2 .- Son asociaciones mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica. Artículo 3 .- Las asociaciones mutuales deberán inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades previo cumplimiento de los recaudos que establezca el Instituto Nacional de Acción Mutual. La inscripción en el Registro acuerda a la asociación el carácter de sujeto de derecho, con el alcance que el Código Civil establece para las personas jurídicas, pudiendo recurrirse por ante la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital supuesto caso de que dicha inscripción fuera denegada.
Federal
para el
Artículo 4 .- Son prestaciones mutuales aquellas que, mediante la contribución o ahorro de sus asociados o cualquier otro recurso lícito, tiene por objeto la satisfacción de necesidades de los socios ya sea mediante asistencia médica, farmacéutica, otorgamiento de subsidios, préstamos, seguros, construcción y compraventa de viviendas, promoción cultural, educativa, deportiva y turística, prestación de servicios fúnebres, así como también cualquier otra que tenga por objeto alcanzarles bienestar material y espiritual. Los ahorros de los asociados pueden gozar de un beneficio que estimule la capacidad ahorrativa de los mismos. Artículo 5 .- A los fines establecidos en el artículo anterior, las mutualidades podrán celebrar convenios entre sí y con otras entidades que tengan fines solidarios. Artículo 6 .- El estatuto social será redactado en idioma nacional y deberá contener: a) El nombre de la entidad, debiendo incorporarse a él alguno de los siguientes términos: mutual, socorros mutuos, mutualidad, protección recíproca u otro similar; b) Domicilio, fines y objetivos sociales;
c) Los recursos con que contará para el desenvolvimiento de sus actividades; d) Las categorías de socios, sus derechos y obligaciones; e) La forma de establecer las cuotas y demás aportes sociales; f) La composición de los órganos directivos y de fiscalización, sus atribuciones, deberes, duración de sus mandatos y forma de elección; g) Las condiciones de convocatoria, funcionamiento y facultades de las asambleas ordinarias y extraordinarias; h) Fecha de clausura de los ejercicios sociales, los que no podrán exceder de un año. Artículo 7 .- El estatuto social determinará las condiciones que deben reunir las personas para ingresar a la asociación, relacionadas con su profesión, oficio, empleo, nacionalidad, edad, sexo u otras cir cunstancias que no afecten los principios básicos del mutualismo, quedando prohibida la introducción de cláusulas que restringen la incorporación de argentinos, como asimismo que coloque a éstos en condiciones de inferioridad con relación a los de otra nacionalidad. No podrán establecerse diferencias de credos, razas o ideologías. Artículo 8 .- Las categorías de socios serán establecidas por las asociaciones mutuales, dentro de las siguientes:
a) Activos: serán las personas de existencia visible, mayores de 21 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría, las que tendrán derecho a elegir e integrar los órganos directivos; b) Adherentes: serán las personas de existencia visible, mayores de 21 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría y las personas jurídicas, no pudiendo elegir o integrar los órganos directivos; c) Participantes: el padre, madre, cónyuge, hijas solteras, hijos menores de 21 años y hermanas solteras del socio activo, quienes gozarán de los servicios sociales en la forma que determine el estatuto, sin derecho a participar en las asambleas ni a elegir ni ser elegidos. Artículo 9 .- Los socios de las entidades mutuales, cualquiera fuera su categoría, deberán aportar con destino al Instituto Nacional de Acción Mutual el 1% de la cuota societaria. Tal aporte no podrá ser inferior a veinte centavos de austral (australes 0,20) por asociado y por mes. Las entidades mutuales serán agentes de retención debiendo ingresar los fondos dentro del mes siguiente de su percepción. Este importe será actualizado semestralmente de acuerdo al Indice de Precios Mayoristas No Agropecuarios Nivel General, que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos o el organismo que lo s ustituya. La primera actualización será efectuada a los seis meses de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Lo recaudado por este concepto será destinado, por lo menos en un 50%, a la promoción y fomento del mutualismo, de acuerdo a lo establecido en los incisos c), d) y g) del artículo 2º del decreto ley 19.331/71. Artículo 10 .- Los socios podrán ser sancionados en la forma que determine el estatuto social, pero las causales de exclusión o expulsión no podrán ser otras que las siguientes:
Son causas de exclusión: a) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por los estatutos o reglamentos; b) Adeudar tres mensualidades, si el estatuto no estableciera un plazo mayor. El órgano directivo deberá notificar obligatoriamente mediante forma fehaciente, la morosidad a los socios afectados, con diez días de anticipación a la fecha en que serán suspendidos los derechos sociales e intimarle al pago para que en dicho término pueda ponerse al día; c) Cancelar el seguro, en las mutuales de seguros. Son causas de expulsión: d) Hacer voluntariamente daño a la asociación u observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses de la asociación; e) Cometer actos de deshonestidad en perjuicio de la asociación.
GRAN CIRCULO DE OBREROS MEXICANOS. Movimiento Obrero
Los trabajadores textiles de la región de Contreras se organizaron para reducir la jornada de trabajo de 14 a 12 horas diarias, mejorar los salarios y las condiciones internas de trabajo. Los empresarios utilizaban malos tratos, métodos coercitivos, aplicaban multas y descuentos, tiendas de raya y otros mecanismos para controlar a la clase trabajadora. Estas fueron las causas de los primeros choques entre los trabajadores y sus explotadores capitalistas extranjeros. El Gran Círculo de Obreros. Las condiciones de trabajo obligaron a la unificación de los trabajadores en sociedades mutualistas y hermandades. Una de ellas fue el Gran Círculo de Obreros (GCO) que se estableció en Contreras y llegó a convertirse en la organización más importante en el país con sucursales en diferentes Estados. Sus objetivos estaban encaminados hacia "el bienestar y la mejora de la clase trabajadora". El origen del Gran Círculo de Obreros se remonta a la década de 1860, y su primera directiva se nombró en septiembre de 1872, tres años después contaba con 28 sucursales, en su mayoría de obreros textiles, seguidos por los sombrereros artesanos:
1a. Fábrica El Águila, Contreras, D. F. 2a. Fábrica San Ildefonso, México. 3a. Fábrica La Fama, Tlalpan, D. F. 19a. Fábrica La Magdalena, Contreras, D. F La principal arma de los obreros textiles del Valle de México fueron los múltiples brotes huelguísticos, para luchar por la desaparición de la tienda de raya, la reducción de la jornada de trabajo (de 14 a 12 horas de labor diaria), servicio médico, medicinas en las enfermedades profesionales y la abolición del trabajo nocturno. HUELGA DE 1916.
La ideología de los sindicatos osciló entre el socialismo y el marxismo más furibundo. Irónicamente, Carranza reprimió varios movimientos de huelga. Hubo después algunos altibajos motivados primordialmente por los vaivenes políticos. Esos mismos tumbos impidieron un desarrollo acelerado de la industria. México siguió siendo un país agrícola y minero.
A fines de julio de 1916 los organismos agrupados en la Federación de Sindicatos Obreros del Distrito Federal exigieron a los patrones que los salarios les fueran pagados en oro y no en papel infalsificable, y convinieron, en secreto, declarar huelga general, que iba también dirigida contra el gobierno, al que consideraban aliado de la empresa. El movimiento estalló a las 3 de la mañana del día 31, cuando los electricistas suspendieron los servicios de luz y fuerza a la ciudad. El presidente Venustiano Carranza mandó llamar a palacio a los 11 miembros del comité de huelga, los reprendió severamente y los envió detenidos a la penitenciaria. También se ordenó la ocupación militar del domicilio del Sindicato Mexicano de Electricistas, la casa del Obrero Mundial, la Unión de empleados de Restoranes, y las oficinas de Acción Mundial. El 1° de Agosto decretó el presidente Carranza la ampliación de la Ley del 25 de Enero de 1862, castigando con la pena de muerte a los que incitaran a la suspensión del trabajo en las fábricas o empresas destinadas a prestar servicios públicos, a los que con ese motivo destruyeran o deterioraran efectos de propiedad de esas empresas, provocaran alborotos, hicieran fuerza a las personas o impidieran a otras que ejecutas en sus labores habituales. El 2 de Agosto se levantó la huelga; el 13 se reunió el Consejo de Guerra para juzgar a los dirigentes, declarándose la inculpabilidad de todos ellos por el delito de rebelión y turnándose el asunto a las autoridades del fuero co mún. Después un segundo consejo volvió a exonerar a los acusados, menos a Ernesto Velasco, a quien se condenó a la pena de muerte. Esto suscitó protestas obreras en todo el país. El 28 de Septiembre, Carranza decretó que el pago de los jornales se hiciera en oro nacional. El 5 de febrero de 1917 se promulgó la nueva constitución, y pese al adelanto notable que significó su promulgación, la cual incluyó él articulo 123 y el establecimiento de garantías para los trabajadores entre las que podemos mencionar: Jornada máxima de trabajo de ocho horas, Edad mínima para trabajar de 16 años con jornada especial y establecimiento de descansos, Pago de salarios además de establecer obligaciones patronales, vacaciones, formación de sindicatos y el derecho a huelga; pero no fue sino hasta 1931 cuando se proclamó la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del artículo citado y en su numeral 259 estableció que la huelga es la suspensión legal y temporal del trabajo, como resultado de una coalición de trabajadores. El 1° de Mayo siguiente, cuando Carranza rendía su protesta como presidente constitucional, 20 mil trabajadores pedían la vida y la libertad de Velasco, y el 18 de Febrero de 1918 se le concedió finalmente el indulto.
Al término del gobierno del presidente Carranza, en 1920, se registraron 173 huelgas en toda el país; en 19221, coincidiendo con el principio del general Obregón, 310, que disminuyeron a 136 en 1924, primer año de la administración del presidente Calles; 51 en 1925, 23 en 1926, 16 en 1927 y 7 en 1928. Mientras estuvieron en el poder, sucesivamente, el licenciado Portes Gil, el ingeniero Ortiz Rubio y el General Rodríguez, ocurrieron 14 huelgas en 1929, 15 en 1930, 11 en 1931, 56 en 1932 y 13 en 1933. CONGRESO CONSTITUYENTE DE 1917.
El Congreso Constituyente de México de 1917 fue el órgano electo para redactar una nueva constitución para México, estuvo en funciones del 1 de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917 y su sede fue el Gran Teatro Iturbide (Hoy Teatro de la República) de la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro. El 5 de febrero de 1917 promulgó oficialmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente hasta el día de hoy.
INTRODUCCION
En el siguiente tema veremos acerca deorigen y evolución de las sindicalización en México y del derecho colectivo de trabajo , el cual tiene como subtemas los siguiente. LEYES DE DESAMORTIZACIÓN Y NACIONALIZACIÓN BIENESECLESIÁSTICOS Y LIBERACIÓN DE FUERZA DE TRABAJO,
DE
el cual tiene como objetivo para la economía y sanear las finanzas públicas del estado. Y esto lo lograriaquitandole las grandes propiedadesque poseia la iglesia y pasandolas y t brindando la oportunidad de que quienes arrendaban dichos terrenos pudiesen adquirirlos. CONSTITUCIÓN LIBERAL DE 1857.
Este tema tiene como objetivo tener en claroLas garantías individuales y los derechos políticos contenidos fueron ignorados o subordinados al progreso material y las contradicciones sociales no tardaron en aparecer hasta que tomaron forma a través de la revolución mexicana. Luego de 30 años de dictadura, hacia 1910, la Constitución era letra muerta. ASOCIACIONES MUTUALISTAS.
Este tema tiene como objetivo conocer los tipos de asociaciones mutualistas que existen hoy en dia las cuales están descritas por 10 articulos los cuales mencionan en el tema correpondiente. GRAN CIRCULO DE OBREROS MEXICANOS.
en este tema veremos acerca del movimiento obrero queLos trabajadores textiles de la región de Contreras se organizaron para reducir la jornada de trabajo de 14 a 12 horas diarias, mejorar los salarios y las condiciones internas de trabajo. Y estos algunos de los subtemas que se verán a continuación en este ensayo.
CONCLUSIONES
origen y evolución de sindicalización en México y del derecho colectivo de trabajo nos hablaron acerca Para finalizar como conclusión del pasado tema de.
y
y y y y y
leyes de desamortización y nacionalización de bienesecle siásticos y liberación de fuerza de trabajo. constitución liberal de 1857. asociaciones mutualistas. gran circulo de obreros mexicanos.
huelga de 1916. congreso constituyente de 1917.
Los cuales tienen como conclusión determinar el origen y evolución de sindicalización en mexico
INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA F.S.T.S.E.
CARRERA:
LIC. EN DERECHO BURACRATICO
ASIGNATURA:
DERECHO DEL TRABAJO II
NOMBRE:
ENRIQUE AVILA TEMBLADOR
ENSAYO:
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS SINDICALIZACIÓN EN MÉXICO Y DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
ASESOR:
JESUS ALAIN HUERTA
09/07/11