MODELO DE TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO. SE INTERPONE TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, EN RELACION CON EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL A QUE QUE SE
REFIERE EL EXP. C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL P R E S E N T E. Nuestro propio derecho, señalando como domicilio para oir notificaciones el despacho marcado con el número de esta ciudad, y autorizando para tales efectos, con excepción de las notificaciones de carácter personal a los C. LIC. Ante usted respetuosamente comparecemos para exponer: Que por medio del presente escrito venimos a interponer TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, en relación con el Juicio Ejecutivo Mercantil en el expediente número promovido por el LIC. endosatarios en procuración del , demandando a la mencionada Intitución Bancaria, quien puede ser notificada por conducto conduc to de sus representantes legales la que tiene su domicilio para oi oir no notificacion en en la la ca casa ma marcada co con el el número de la la de de es esta ci ciudad y demandando también al ejecutado en el mencionado juicio que es el quien puede ser notificado en la casa marcada con el número de la calle de esta ciudad, a fin de que se excluyan del embargo trabado los inmuebles que más adelante se mencionarán a virtud de que indebidamente fueron embargados pues no estaban en el patrimonio del demandado en el momento en que se trabó dicho embargo, nos fundamos para ello en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de carácter legal. HECHOS: 1.- En el Juicio Ejecutivo Mercantil númeroa que se ha hecho mérito y en relación al cual se interpone esta Tercería, se embargó un predio registrado bajo el número a foli folios os del del llib ibro ro de la Sec Secci ción ón Prim Primer eraa del del Reg Regis istr troo Púb Públi lico co de de la la Pro Propi pied edad ad de de este este Distrito Judicial, el cual tenía una superficie total de 763-37-49. 7 63-37-49. Dicho predio fué afectado por el Ejido denominado , quedando una superficie útil en posesión y propiedad d el que es es la la qu que se se de describen en en lo los pá párrafos marcados co con lo los in incisos b), c) c) y d), más adelante. Resulta que antes de la fecha del embargo mencionado, practicado en el juicio número el inmueble que se gravaba no se encontraba ya dentro del patrimonio del demandado pues había sa salido de este en en la fo forma si siguiente: con fecha de , el por conducto del C. LIC. demandó por la Vía Sumaria Hipote otecar caria al señor el pag pago de vari arias prestacio ciones en dinero, sustanciandose así el juicio número del juzgado de lo Civil. Con fecha de de el señor por conducto del celebraron un convenio Judic udiciial el cual cual fué debi debida dam ment ente rat ratiifica ficado do y ejec ejecut utad adoo den dentr troo del del juici uicioo del del Juzgado de lo Civil de este Distrito Judicial, ordenándose la venta y escrituración del mencionado inmueble así como de otro denominado , que se describe más adelante en el inciso a), misma escrituración y venta que se efectuó mediante escritura pública número del volumen a folios de fecha , tirada ante la fé del señor Not Notar ario io PPúbl úblic icoo Núme Número ro para para est estee Dist Distri rito to Judi Judici cial al,, habi habiend endoo qued quedad adoo registrada es esta esc escritura por lo que que se refiere a un una fr fracción de hectá ctáreas bajo el
número a folios del libro , una fracción de hectáreas regi regist stra rada da bajo bajo el núme número ro a fol folio ioss del del li libr broo una una frac fracci ción ón de hect hectár área eass baj bajoo el el nnúm úmer eroo a folios del libro y una fracción con superficie de hectáreas bajo el número a folios del libro , siendo estas ultimas tres inscripciones las que se refieren a fracciones del de l predio indebidamente embargado y que es materia de esta terceria, predio que se fraccionó precisamente a raíz de la afectación agraría sufrida por parte del , tal y como se explica en en la propia escritura pú pública cuyo pr primer testimonio se anexa. En tal virtud y como de una manera inexplicable se embargaron los predios mencionados que formaron parte y fueron fracciones del inmueble inscrito bajo el número a folios del del llib ibro ro de la Sec Secci ción ón Prim Primer eraa es es por por lo que que pro promo move vemo moss est estaa Ter Terce cerí ríaa excluyente de dominio a efecto de que se levante el embargo que pesa sobre los predios que a continuación se indican y que fueron fracciones del que está embargado y cuyo título inscrito como antes se dijo bajo el número a folios del libro de la Sección Primera es el título anterior del que ahora constituye c onstituye nuestro título de propiedad y fundamento de la posesión posesión que actualmente detentamos sobre los predios mencionados, por lo que resulta claro que la inscripción numero a folios del libro no tiene porque existir y debería estar cancelada pues fué sustituída por las que ahora amparan nuestra propiedad y posesión. Cabe aclara aclararr que la suscri suscrita ta , adquir adquirió ió el de la parte parte propor proporcion cional al que correspondió en propiedad a su difunto esposo señor , por conducto del mismo, dado que como se comprueba con copia certificada de su acta de matrimonio que se acompaña estuve casada en Sociedad Conyugal con mi esposo antes mencionado, por lo cual estoy legitimada plenamente para promover la presente tercería en unión de los demás condueños. Aclarando que mi esposo , ya falleció. Las fracciones del predio embargado y respecto del cual se promueve esta tercería son las siguientes: b). b).-- Frac Fracci ción ón del del lote lote núme número ro del del Frac Fracci cion onam amie ient ntoo de de San Santi tiag agoo con con supe superf rfic icie ie de hectáreas, treinta y cuatro hectáreas cincuenta y cuatro áreas ventiocho centiáreas centiáreas que se describen de acuerdo con el siguiente cuadro de construcción: LADOS RUMBOS DISTANCIASC O O R D E N A D A S Y X R-Z N.58o49'24"W 81.29 3004.37 4885.75 Z-H' S.49o41'35"W 2341.62 1489.82 3009.75 H'-T S.29o40'22"E 217.31 1301.00 3207.36 T-R N.46o27'36"E 2411.59 2962.13 4955.60 c).- Fracción "1" de la Sección X, del Lote Número 2 dos, del , co n superficie de ciento noventa y cuatro hectáreas, ocho áreas, nueve centiáreas que se describen de la siguiente manera: Partiendo de la Mojonera Casa al punto 1 uno, rumbo S74o28'43"E, se miden 2601.51 metr metros os lind lindan ando do con con pro propi pied edad ad de la seño señora ra ; ddel el punt puntoo núm númer eroo 1 uno, uno, al punt puntoo 1', 1', rumbo S44o28'56"W, se miden 1298.15 mil doscientos noventa y ocho metros quince centímetros, lindando con terrenos que fueron propiedad del señor , hoy Ejido ; del rumbo 1', al punto Mójonera N, rumbo N.73o18'59"E, se miden 3,221.66 tres mil doscientos veintiun metros, sesenta y seis centímetros, lindando con propiedad del ; de Mojonera N, a Mojonera 8 ocho, rumbo N.59o29'55"E, se miden 798.97 setecientos noventa y ocho metros, noventa y siete
centímetros; y de la Mojonera 8 ocho, a Mojonera Casa, rumbo N.50o49'06", se miden 462.10 cuatrocientos sesenta y dos metros, diez centímetros, lindando por estos dos lados, también con propiedad del señor . d).- Fr Fraccion 2 dos, de de la la Se Sección X, X, de del lloote nú número 2 dos, de del , co con un una superficie de 155-12-47 ciento cincuenta y cinco hectáreas, doce áreas, cuarenta y siete centiáreas, que se describen de la siguiente manera: Del punto número 2 dos, a Mojonera Chacón, rumbo S.74o28'43"W, se miden 2046.53 dos mil cuarenta y seis metros, cincuenta y tres res cent centím ímet etrros, os, li lind ndan ando do con con prop propiiedad edad de la señor eñoraa ; de Mojon ojoner eraa , a Mojon ojoner eraa S', rum umbo bo S.48o .48o24 24'5 '59" 9"E E, se mi mide denn 1056 1056.0 .033 mil cinc cincue uent ntaa y sei seis metr metros os tres centímetros, lindando con ; de la Mojonera S', a la Mojonera S, rumbo N.73o18'59"E, se miden 1503.33 mil quinientos tres metros, metros, treinta y tres centímetros, centímetros, lindando con propiedad del ; y de la Mojonera S, a la Mojonera 2 dos, rumbo N.17o31'45"W, se miden 856.73 ochocientos cincuenta y seis metros, setenta y tres centímetros, lindando con terreno que fué propiedad del , hoy Ej E jido . Para mayor comprensión se anexa a la presente demanda junto con el primer testimonio de la escritura relativa a los mencionados predios los planos correspondientes. Además en el título o escritura mediante la cual adquirimos las propiedades anteriores se adquirió el predio que a continuación se describe el cual aparentemente no se encuentra embargado. a).- Terreno de labor denominado , con supreficie de 59-53-21 cincuenta y nueve hectáreas, cincuenta y tres áreas, veintiun centiáreas, que se describen de acuerdo con el siguiente cuadro de cosntrucción: LADOS RUMBOS DISTANCIAS 3-XI S.78o 36'55"W 145.00 XI-X S.83o 14'39"W 345.80 X-IX N.89o 43'40"W 225.00 IX-VIII N.09o 50'55"W 201.55 VIII-VII N.06o 36'25"W 320.00 VII-VI N.03o 29'05"W 136.00 VI-V N.84o 54'05"E 202.00 V-IV N.29o 16'05"E 9.00 IV-III N.10o 05'55"W 148.50 III-II N.00o 20'55"W 109.00 II-I S.82o 20'55"W 159.00 I-1 S.86o 05'55"E 335.00 1-3 S.00o 53'55"W 816.00 Estas propiedades se encuentran registradas por lo que se refiere al mencionado en el inciso a), bajo el número a folios del libro , el mencionado en el inciso b), bajo el número a Folios del libro , el mencionado en el inciso c), bajo el número a folios del libro y el mencionado en el inciso d), bajo el número a folios del libro , todas con fecha de de en la Sección Pri Primera mera del del Regi Regist stro ro Públ úblico ico de de la Propi ropied edad ad del del Dis Distrit tritoo de este este Estad stado. o. P R U E B A S: Ofrecemos como pruebas de nuestra parte las siguientes: a).- LA INSTRUMENTAL INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, relativas al Juicio Ejecutivo Mercantil, exp expediente en relación con el cual se interpone esta Tercería, re respecto de la las cuales solicitamos se compulsen copia certificada y se anexen anex en al presente expediente.
b).- LAS DOCUMENTALES PUBLICAS consistentes en: 1.- Primer testimonio de la escritura pública número del volumen a folios de la Not Notar aria ia Púb Públi lica ca No. No. de est estee Dist Distri rito to Jud Judic icia ial, l, con con la cual cual se se acre acredi dita ta que que el el pred predio io embargado en el juicio ya mencionado pasó a nuestro patrimonio en la fecha y términos mencionados en dicha escritura. 2.- Los anexos de la escritura mencionada demuestran todo lo aquí asentado incluyendo el convenio judicial, la referencia a la afectación agraría y todos los demás pormenores pormen ores y datos de identificación. 3.- Las documentales públicas consistentes consistentes en copias certificadas del acta de defunción de y el acta de matrimonio de la suscrita con él mismo. c).- LA PERICIAL EN MATERIA MATERIA DE TOPOGRAFIA TOPOG RAFIA Y CARTOGRAFIA CARTOGRAFIA A EFECTO DE QUE SE DETERMINE QUE FISICA, GEOGRAFICA Y CARTEOGRAFICAMENTE CARTEOGRAFICAMENTE LAS SUPERFICIES HOY DE NUESTRA PROPIEDAD SON LAS MISMAS QUE ESTABAN AMPARADAS Y REFERIDAS POR EL TITULO INSCRITO BAJO EL NUMERO A FOLIOS DEL LIBRO DE LA SECCION PRIMERA YA MENCIONADO, identificando ambas superficies, debiendose nombrar un perito por po r cada parte teniendo por designado de la mía al , solicitando se aperciba a la contraria para que en el término de 3 días nombre el suyo y de no hacerlo lo nombre el juzgado en su rebeldía. c).c).- LA CONF CONFES ESIO IONA NAL L de , atr atrav avés és de sus repre epressenta entant ntes es legal egales es,, qui quien enes es personalmente, de viva y de propia voz, sin asistencia de abogado o asesor, asesor, y con los apercibimientos de ley, ley, deberán comparecer a absolver las posiciones que le formulo en sobre cerrado que oportunamente exhibiré. d).- LA TESTIMONIAL TESTIMONIAL de dos grupos de personas. e).- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. f).- Copia certificada de las inscripciones que hoy amparan las fracciones de nuestra propiedad que fueron parte del predio embargado. g).- La documental pública consistente en copia certificada de todo lo actuado en el expediente relativo al procedimiento de afectación agraria agraria en virtud del cual tuvo lugar la la salida salida del patrim patrimoni onioo del del de una una frac fracció ciónn del del predi predioo embar embargado gado en el el menci menciona onado do juic juicio io número la cual pido sea solicitada por ese tribunal mediante oficio que se libre al C. Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria con domicilio conocido en esta ciudad a efecto de que expida dicha certificación y la remita a ese tribunal. h).- Copia certificada de los documentos que obran en el apéndice del libro número baj bajoo los los númer númeroo y del del Regi Regist stro ro Públ Públic icoo de la Prop Propie iedad dad de este este Dist Distri rito to Judi Judici cial al,, con consi sist sten ente te en copi copiaa de de la la esc escri ritu tura ra en virt virtud ud de la cual cual la seño señora ra vend vendee al al señor predio embargado materia de la presente Terceria. DERECHO: Son aplicables al efecto los artículos y demás relativos del Código de Comercio. Por lo expuesto y fundado a usted C. Juez, atentamente solicito: PRIMERO.- Se nos tenga por presentados con el escrito de cuenta y documentos adjuntos, interponiendo la presente Tercería Excluyente de Dominio, y con las copias que exhibo, se corra traslado al ejecutante y ejecutado en el Jucio Ejecutivo en que se interpone esta Tercería, y evacuado el traslado, decida dec ida Usted que sí hay méritos para estimar necesaria la Tercería.
SEGUNDO.- Se tenga por ofrecidas las pruebas citadas en el capítulo de ofrecimiento de las mismas. TERCERO.- Con fundamento en el artículo del Código de Comercio, se suspenda suspenda el remate hasta que se decida la Tercería, Tercería, solciitando al efecto, se ordene a la Secretaría que el exp expediente , en relación al cual se interpon pone esta Tercería, se asiente una constancia asentando,que esta tercería se ha interpuesta con esta fecha, en relación con dicho juicio. CUARTO.CUARTO.- Al resolver, resolver, se declare procedente la Tercería y se levante el embargo de cuenta. ATENTAMENTE FEC HA FIRMA