LEY N° 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de anca y Seguros Seguros
!N"EG#$N"ES% & 'e la (ru) #upay $nay*a & #amos +errera Lesly & ,ue)ada ,ue)ad a "a-ara 'iana & .argas /a-aleta uleidy 'O(EN"E% .ás1ue) ás1 ue) "antas anta s orge org e "E3$% Ley N° 26702
Nue-o (4im5ote 208
SECCIÓN PRIMERA NORMAS COMUNES AL SISTEMA FINANCIERO Y AL SISTEMA DE SEGUROS CAPITULO I FORMA DE CONSTITUCION Y CAPITAL MINIMO
TÍTULO PRELIMINAR PRINCIPIOS GENERALES Y DEFINICIONES ARTÍCULO 1º ALCANCES DE LA LEY GENERAL Esta ley establece el marco de regulación y supervisión a que se someten las empresas que operen en el sistema financiero y de seguros.
ARTÍCULO 2º OBJETO DE LA LEY Es objeto principal de esta ley propender al funcionamiento de un sistema financiero y un sistema de seguros competitivos, sólidos y confiables, que contribuyan al desarrollo nacional.
ARTÍCULO 5º TRATAMIENTO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA La inversión extranjera en las empresas tiene igual tratamiento que el capital nacional con sujeción.
ARTÍCULO 6º PROHIBICIÓN A TRATAMIENTOS DISCRIMINATORIOS
Las disposiciones de carácter general que, en ejercicio de sus atribuciones, dicten el Banco Central o la uperintendencia, no pueden incorporar tratamientos de excepción, que discriminen entre! ". Empresas de igual naturale#a. $. Empresas de distinta naturale#a, en lo referente a una misma operación. %. Empresas establecidas en el pa&s respecto de sus similares en el exterior. '. (ersonas naturales y jur&dicas extranjeras residentes frente a las nacionales, en lo referente a la recepción de cr)ditos.
ARTÍCULO 7º NO PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN EL SISTEMA FINANCIERO El Estado no participa en el sistema financiero nacional, salvo las inversiones que posee en C*+-E.
ARTÍCULO 12!1"!1#!15 LA CONSTITUCIÓN -e cualquier entidad financiera en el (er se debe reali#ar a trav)s de una /sociedad anónima0.
LOS ESTATUTOS -eben adecuarse a la presente Ley y estar inscritos en los registros pblicos correspondientes.
MODIFICACIONES -ebe emitirse en el pla#o %1 d&as 2ábiles de presentada la respectiva solicitud
DENOMINACIÓN SOCIAL -eben ir acorde a la actividad por la cual se constituya, por ejemplo! /C343 567C(3L 37830 * /B37C* -E 9E:*7E0. 3demás no se puede usar la palabra /central0, ni otras palabras que confundan su naturale#a.
ARTICULO 16 CAPITAL MÍNIMO (ara el funcionamiento de las empresas y sus subsidiarias, se requiere que el capital social, aportado en efectivo, alcance las siguientes cantidades m&nimas!
A$ EMPRESAS DE OPERACIONES M%LTIPLES 9 Empresa Bancaria! ; "' <"' 111,11 29 Empresa +inanciera! ; = >11 111,11 :9 Caja 5unicipal de 32orro y Cr)dito! ; ?=@ 111,11 ;9 Caja 5unicipal de Cr)dito (opular! ; ' 111 111,11 89 Entidad de -esarrollo a la (equeAa y 5icro Empresa E-(5E! ; ?=@ 111,11 69 Cooperativas de 32orro y Cr)dito autori#adas a captar recursos del pblico! ; ?=@
111,11 =. Caja 9ural de 32orro y Cr)dito! ;. ?=@ 111,11
B$ EMPRESAS ESPECIALI&ADAS 9 Empresas de Capitali#ación nmobiliaria! ; = >11 111,11 29 Empresas de 3rrendamiento +inanciero! ; $ ''1 111,11 :9 Empresas de +actoring! ; " %>? 111,11 ;9 Empresas 3fian#adora y de :arant&as! ; " %>? 111,11 89 Empresas de ervicios +iduciarios! ; " %>? 111,11
?. Empresas 3dministradora Dipotecaria! ; % '11 111,11
C. BANCOS DE INVERSIÓN ; "' <"' 111,11
D$ EMPRESAS DE SEGUROS ". Empresa que opera en un solo ramo de riesgos generales o de vidaF! ;$ ="$ 111,11 29 Empresa que opera en ambos ramos de riesgos generales y de vidaF! ;% =$@
111,11 :9 Empresa de eguros y de 9easeguros! ;< '<" 111,11 ;9 Empresa de 9easeguros! ;> =?% 111,11
Cabe aAadir, que en el caso de que estas empresas desean brindar servicios complementarios y conexos la Ley $?=1$ seAala que el capital social alcance las siguientes cantidades m&nimas! 9 3lmac)n :eneral de -epósito! ; $ ''1 111,11 29 Empresa de 8ransporte, Custodia y 3dministración de 7umerario! ;"1 111 111,11 :9 Empresa Emisora de 8arjetas de Cr)dito y;o de -)bito! ; ?=@ 111,11 ;9 Empresa de ervicios de Canje! ; ?=@ 111,11
>. Empresa de 8ransferencia de +ondos! ; ?=@ 111,11
ARTICULO 17 CAPITAL MÍNIMO DE EMPRESAS DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y CONEXOS (ara el establecimiento de las empresas de servicios complementarios y conexos, se requiere que el capital social alcance las siguientes cantidades m&nimas! ". 3lmac)n :eneral de -epósito! ;. $ ''1 111,11 $. Empresa de 8ransporte, Custodia y 3dministración de 7umerario! ;. "1 111 111,11
%. Empresa Emisora de 8arjetas de Cr)dito y;o de -)bito! ;. ?=@ 111,11 '. Empresa de 8ransferencia de +ondos! ;. ?=@ 111,11 >. Empresas Emisoras de -inero Electrónico! ;. $ $?@ >"<,11.
ARTICULO 1' ACTUALI&ACIÓN DE LOS LÍMITES e actuali#a trimestralmente y es publicada mensualmente por el nstituto 7acional de Estad&stica e nformática.
SECCIÓN PRIMERA NORMAS COMUNES AL SISTEMA FINANCIERO Y AL SISTEMA DE SEGUROS CAPITULO II AUTORI&ACION DE ORGANI&ACIÓN
ARTÍCULOS 1( AL 22 PROCEDIMIENTOS Y RE)UISITOS Los procedimientos y requisitos de autori#ación deben ser claros, objetivos y pblicos y deben aplicarse con co2erencia, exigi)ndose! a. Gue los solicitantes, ya sea los propietarios relevantes, los miembros del Consejo de 3dministración, altos directivos y empleados clave en funciones de control, sean adecuados, tanto a nivel individual como colectivamenteH b. Gue el solicitante cumpla los requisitos de capitalH c. Gue el solicitante tenga una estructura corporativa y de gestión sólidaH y d. Gue el solicitante tenga planes financieros y de negocios sólidos.
INFORMACIÓN A INCLUIR EN LA SOLICITUD a. S*+,-,./0 0 *34,4-, dirigida al uperintendente de Banca, eguros y 3+( que se presenta en una sola oportunidad. b. P*8-.* 0 M,/.4 de Constitución ocial. c. 9elación de O34,40*9! O34,40*9 R9:*94;+9 8 A--,*,9.49 . d. -os ejemplares del 9./0,* 0 <4-.,;,+,040 , de mercado, financiero y de gestión. e. C.,<,-40* 0 0:9,.* 0 344.=4 , constituido en una empresa del sistema financiero del pa&s, vigente al momento de presentarse la solicitud y a la orden de la uperintendencia o endosado a su favor, por un monto equivalente al cinco por ciento >IF del capital m&nimo.
PRESENTAR SOLICITUD DE ORGANI&ACIÓN ANTE LA SBS! CON EL SIGUIENTE CONTENIDO DE INFORMACIÓN DE LOS ORGANI&ADORES I$
ORGANI&ADORES> doneidad moral y solvencia económica
C/,-/+/? V,.4 debidamente suscrito o 5emoria 3nual, segn corresponda.
D-+44-, J/404 de no estar incursos en los impedimentos establecidos en el art&culo $1J de la Ley 7J $?=1$.
II$
ORGANI&ADORES RESPONSABLES> 9esponsable trámite en B
C/,-/+/? V,.4 debidamente suscrito o 5emoria 3nual, segn corresponda.
D-+44-, J/404 de no tener antecedentes penales ni policiales en el pa&s o en el extranjero para los residentes y no residentes
-eclaraciones juradas de! iF 7o encontrarse incursos en los impedimentos a que se refieren los art&culos $1J y @"J de la Ley 7J $?=1$. Las sanciones a que se refiere el numeral "$ del art&culo $1J de la Ley 7J $?=1$, son aquellas mencionadas en el numeral $.$F del presente procedimiento. iiF 9elación de sus bienes patrimoniales, y en caso corresponda, seAalar si )stos se encuentran sujetos a algn tipo de gravamen o limitación para su libre disponibilidad.
(resentar solicitud de organi#ación ante la B, con el siguiente contenido de nformación de los accionistas!
III$
ACCIONISTAS> doneidad 5oral y olvencia Económica
Curriculum Kitae debidamente suscrito.
-eclaración 4urada de no tener antecedentes penales ni policiales en el pa&s y;o en el extranjero para los residentes y no residentes.
-eclaraciones 4uradas de! 7o encontrarse incursos en los impedimentos y no exceder las limitaciones de tenencia accionaria seAalados en los art&culos >$J, >%J, >'J y >>J de la Ley 7J $?=1$.
9elación de sus ;,9 :4.,?*,4+9 .
u :4.,-,:4-, 4--,*4,4 .
9elación de personas con las que los accionistas se encuentran @,-/+40*9 y personas jur&dicas con las que conforma un 3/:* -*?,-*$
Carta de referencia como cliente de una o más empresas del sistema financiero del pa&s y;o del exterior, segn corresponda. En caso de )sta ltima, deberá tratarse de una empresa reconocida de primer nivel.
Los 4--,*,9.49 :9*49 /=0,-49 deberán presentar información adicional segn normativa memoria anual, EE++, Capital ocial, 3cuerdo de *rgano ocial, nforme de Clasificación de 9iesgo, Comunicación de su supervisorF.
SECCIÓN PRIMERA NORMAS COMUNES AL SISTEMA FINANCIERO Y AL SISTEMA DE SEGUROS CAPITULO III AUTORI&ACION DE FUNCIONAMIENTO PROCEDIMIENTO