LA UNIÓN EUROPEA: UNA EXPERIENCIA DE INTEGRACIÓN REGIONAL
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LA UNION EUROPEA: Una experiencia de integración regional Rafael Alberto Castellot Rafful
Primera edición: enero de 1996 Segunda edición: octubre de 2000 Primera reimpresión: 2002
Ilustraciones proporcionadas por: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas Cuidado de la edición: María del Pilar Acosta Huerta © Rafael Alberto Castellot Rafful © Plaza y Valdés, S. A. de C.V. Derechos exclusivos de edición reservados para Plaza y Valdés, S. A. de C. V. Prohibida la reproducción total o parcial por cualquier medio sin autorización escrita de los editores. Editado en México por Plaza y Valdés, S. A. de C. V. Manuel María Contreras 73, colonia San Rafael México, D. E, 06470, teléfono: 5097 20 70
[email protected] Esta segunda edición es una coedición entre Rafael Alberto Castellot Rafful y la editorial Plaza y Valdés, S. A. de C. V. ISBN:968-856-446-X Impreso en México / Printed in México
A Celia, y por supuesto a Celina.
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ÍNDICE Agradecimientos
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Presentación
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Introducción
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I. Planteamiento general Características de los procesos de integración Etapas de la integración económica y comercial . . . . II. Las instituciones europeas Antecedentes de la Comunidad Económica Europea hasta el Tratado de Roma Funciones de la Comunidad Estructura de la Comunidad Sus diferentes instituciones . III. El proceso de consolidación de la integración europea. El establecimiento del mercado único europeo . . . . Mercado Común Europeo Evaluación sintética de la integración europea Acta Única Europea El informe Cecchini (Europa 1992) 9
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IV. El Tratado de Maastricht Antecedentes La cumbre de Maastricht Desarrollo de la unión monetaria europea después de Maastricht Qué presenta el Tratado de la Unión Europea Los objetivos de la Unión Europea El papel del ECU en el Sistema Monetario Europeo. . . Los tiempos de la integración monetaria: el euro . . . . Principales beneficios y puntos de discusión con relación al euro V. Retos y tendencias de la unión económica y monetaria . La moneda única: ventajas y riesgos La pérdida del tipo de cambio como instrumento de política económica . . . VI. Las empresas europeas frente a los cambios y en el siglo XXI
89 89 91 98 103 105 109 111 118 123 126 128 133
VIL Evaluando la Unión Europea
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VIII. México y su relación con la Unión Europea
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Conclusiones
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Anexos 151 Sinopsis de las etapas de la construcción europea . . 151 Comercio TLCAN, distribución regional 158 Bibliografía
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AGRADECIMIENTOS eseo agradecer el apoyo y colaboración de una serie de personas que motivaron la realización de este texto como son los alumnos de la licenciatura en comercio internacional del Instituto Politécnico Nacional, los que fueron alumnos de la licenciatura en relaciones internacionales de la Universidad Iberoamericana; en particular a mi familia: mi esposa Celia y mi hija Celina por su paciencia y estímulo durante las muchas horas que le dediqué a este proyecto, tiempo que no conviví con ellas; a la Lic. María del Pilar Acosta Huerta, por su invaluable ayuda incondicional; las aportaciones de Lic. Juan Carlos Fragoso Hernández, M.B.A. Adalberto Mirón Moreno y otros más que siempre serán recompensados por su profesionalismo.
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PRESENTACIÓN n el umbral de un nuevo milenio, caracterizado por una apertura económica, es evidente que hemos entrado a una fase del desarrollo de la sociedad en la que se generan cambios profundos e históricos en las relaciones entre las naciones. A más de medio siglo de haberse puesto en marcha, el proceso de integración europea sigue siendo uno de los tópicos más debatidos, y pese a las oscuras predicciones de los opositores de las corrientes integracionalistas, éstas están fimcionando. Es por ello que el texto de Rafael Castellot: La Unión Europea: una experiencia de integración regional, nos introduce en una serie de ideas conceptuales e históricas que permiten al lector analizar las causas, así como esclarecer las leyes que rigen el desarrollo de este proceso que actualmente permea a la mayoría de los países del mundo, basado en la experiencia de integración exiropea. Rafael Castellot, con su gran conocimiento en la materia, expone en este libro de una manera imparcial y calificada el desarrollo de las distintas etapas que conforman el proceso de integración europea, remontando su estudio a los orígenes de la otrora Comunidad Europea, pasando por los Tratados de
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Maastricht, cuyos objetivos son la unión económica y monetaria; para finalizar con una evaluación de la Unión Europea y su relación con México. María del Pilar Acosta Huerta Adalberto Mirón Moreno
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INTRODUCCIÓN uropa se localiza en el centro de tres áreas geográfícas repletas de problemas. Al oeste los lazos histórico-culturales y económicos con los Estados Unidos de América son fuertes y codependientes, pero los europeos tienen el reto de buscar el equilibrio mundial. Al este, existe un mundo que mira a la aún llamada Europa Occidental, con expectativas materiales y económicas que ayuden a sus economías a alcanzar un crecimiento económico sostenido, generar empleos y a consolidar la vía del libre mercado, y con ello suavizar las contradicciones sociales provocadas por los procesos de reformas económicas más o menos aceleradas para introducirse en el proceso y tendencia global del desarrollo económico mundial. Al sur se encuentran los países en desarrollo, que ven en Europa un interlocutor justo para sus aspiraciones de crecimiento basado en la cooperación y, sobre todo, exigen de la Unión Europea un contrapeso a las medidas proteccionistas e intervencionistas de los países altamente industrializados que impiden su reacomodo y una mayor participación en el mercado mundial. El equilibrio entre estas tres áreas del mundo, es el reto que la Europa unificada deberá afrontar en el futuro inmediato. Esto
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compromete a los países que conforman la hoy Unión Europea, a dar forma a la política exterior en materia de seguridad. Se sostiene que en el marco de la Europa unida, países como Francia, España e Italia deben asumir su responsabilidad con respecto al sur del planeta, y en cuanto a Alemania y Francia deben, sin duda, responsabilizarse por el este europeo, pero siempre buscando apoyo de otros países de la región. Bien es sabido que Inglaterra tiene fuertes lazos con los Estados Unidos de América, donde existe un contrapeso a las voluntades de la Europa comunitaria. En la actual situación de interdependencia, integración internacional y globalización de los mercados financieros y de los procesos de producción compartida, ningún país puede asumir un papel hegemónico único. Europa tiene que afrontar los retos del Nuevo Orden Económico y Financiero Mundial, en un mundo que tiene tres centros de poder económico: Estados Unidos, Japón y Europa. Esto es lo que se ha dado por llamar la triada. Debe constituirse un orden mundial abarcante donde lo que se privilegie sean el progreso y el bienestar económicos de los países que hoy constituyen el mundo. Los países miembros de la Unión Europea poseen la experiencia única de un proceso de integración que es la expresión concreta del deseo compartido por las naciones soberanas de esta región, de trabajar y vivir en común. A lo largo de la segunda mitad del siglo XX, sus Estados miembros aprendieron juntos las ventajas y los inconvenientes del proceso de integración europea. Hoy la subsidiaridad es el principio rector de los cambios institucionales operados a partir del Tratado de Maastricht. Desde la entrada en vigor de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) en 1952, los Estados europeos han ido añadiendo progresivamente una serie de cambios en cuanto a sus estructuras nacionales, en los ámbitos del comercio, de la economía, y, más recientemente, de la política, la inversión, los 16
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INTRODUCCIÓN
aspectos monetarios y financieros, y la libre circulación de personas. Los ciudadanos de estos países han participado en el proceso de unificación a través de una mayor libertad de movimiento de factores, mayor posibilidad de elección entre la gama de bienes y servicios debido al auge alcanzado por las regiones menos favorecidas, preservándose la diversidad de lenguas, culturas y de tradiciones de los pueblos europeos. Las nuevas estructuras que construyen lo común, no suponen la destrucción de lo antiguo. En este período, en que Europa se prepara para entrar en el que quizá sea el mayor reto de su historia, requiere del apoyo de la mayoría de sus ciudadanos, además existe el reto para sí misma, pues constituye un polo de atracción para los países vecinos. A la Unión Europea se le ve como una fuerza de estabilidad y progreso para los países que la conforman. El éxito ha radicado en agrupar a sus pueblos, procurando mostrar que el interés propio a menudo no es otra cosa que el interés común. Aún así existen países que sólo parcialmente han adoptado o incorporado en sus disposiciones internas, lincamientos aprobados por el Consejo o la Comisión.1 Europa ha logrado, a través del Mercado Único y del Tratado de la Unión, crear las estructuras y políticas más beneficiosas para la reproducción del modo de producción capitalista tanto para sus propios pueblos como para el resto del mundo, vinculándolo a través del comercio y la inversión. Esto es, privilegia el libre mercado (el intercambio comercial) y las bases fundamentales de la libertad de elección. Sin lugar a dudas, uno de los procesos de integración que mejores resultados ha logrado, en particular en lo económico, ha sido el de la Comunidad Europea (CE) con su Mercado Único a partir del Io de enero de 1993. En la actualidad se ha constituido 1
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Del Mercado Único a la Unión Europea. Europa en Movimiento. Luxemburgo, 1992. p. 5.
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como el primer mercado en el ámbito mundial, así como el principal exportador e importador. A partir de 1993 se ha acrecentado la dinámica comunitaria, fortaleciendo el potencial de la región y que la constituye en la primera potencia comercial, dándole un papel de primera fila en las negociaciones comerciales internacionales, por ende, la convierte en un centro de poder político y económico a escala mundial. Sin embargo, es necesario aclarar que este proceso comunitario no se ha logrado de la noche a la mañana, y el Mercado Común ha sido producto de un largo proceso caracterizado por la voluntad de las partes de buscar el bienestar de sus pueblos en comunidad. A su vez se constituye en un modelo de referencia para los diversos procesos de integración que se están impulsando en varias regiones del mundo. Si bien, se discute en países que aún no conforman un proceso de integración delimitado, el optar por el regionalismo abierto. Con la visión de un solo mercado interno compuesto hoy por 15 países miembros, con aproximadamente 370 millones de habitantes, el proceso de la integración europea ha recibido un auge inesperado después de un período de estancamiento a principios de los ochenta.* El deseo político de acelerar el proceso de unificación se reflejó en el llamado "Acto de una Europa" (Single European Act) que entró en vigor el Io de julio de 1987. Bajo este suplemento del Tratado de Roma, se necesitaba de una mayoría de votos en vez de la unanimidad para que ciertas medidas se pudieran establecer dentro del mercado. Gobiernos individuales no podrían entonces bloquear el proceso de la integración. El establecimiento de un mercado interno común no sólo se aplicó al comercio de bienes, sino también al sector de servicios y al mercado de capitales, otorgando a los ciudadanos
Se plantea el desafio de la creación de 20 millones de empleos para poder absorber la tasa de desocupación del 12%.
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INTRODUCCIÓN
total libertad de movimiento, incluyendo la libertad de establecerse dentro de la región. Unión Europea '
País
Portugal España Grecia Italia Irlanda Bélgica Países Bajos Luxemburgo Alemania Francia Dinamarca Reino Unido Austria Suecia Finlandia Total Unión Europea Ampliada
Población (miles de habitantes) 9,900 39,150 10,430 57,190 3,571 10,124 15,382 398 81,407 57,960 5,206 58,375 8,031 8,781 5,088
PNB 1994 (millones de dólares) 87,000 482,400 73,100 1,017,800 52,000 227,900 334,300 10,600 1,832,300 1,328,500 146,700 1,019,500 198,100 196,600 97,200
8,792 12,321 7,051 17,796 14,550 22,515 21,733 27,073 27,825 22,944 28,181 17,468 24,667 22,389 19,106
91,985 504,782 131,944 301,225 70,280 30,514 41,785 2,586 357,480 547,480 43,070 244,046 83,850 449,960 337,000
370,993
7,104,000
19,628
3,237,987
Superficie (km2)
Fuente: OCDE. Estudios Económicos de la OCDE. Paris, 1997. Cuadro Estadísticas Básicas. Atlas Pictórico del Mundo. 1993. Editorial Tormont, Canadá.
La meta estratégica de una Europa unificada es hacer a la industria más competitiva ante los bloques económicos de América y del Asia Pacífico. Actualmente el bloque norteamericano incluye a los Estados Unidos de América, México y Canadá; llamándose Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Japón liderea al llamado bloque de los países de la Cuenca del Pacífico (orilla asiática). Quitando obstáculos internos 19
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como sistemas fiscales, barreras arancelarias, diferencias en las leyes de compañías y de establecimiento, estos pactos animan el desarrollo de grandes corporaciones. Hoy el aspecto financiero es el centro de atención de los países líderes de los diferentes bloques o áreas de influencia (la triada), pues en las políticas fiscal y monetaria restrictivas, dentro de la teoría neoliberal, la libre circulación de capitales financieros, conduce al crecimiento económico, la estabilidad de precios y al empleo. Cabe señalar que la guerra económica y financiera que se sustenta como el centro de atención del siglo XXI, se determina por tres poderosos; los Estados Unidos y el dólar, la Unión Europea y el euro, y Japón con el yen.
Los poderes de los tres contrincantes en la lucha
4.02 billones 6.4 billones de 6.4 billones de de dólares dólares dólares 540 mmd 413 mmd Exportación 620 mmd 460 mmd 347 mmd Importación 814 mmd 220 mmd 320 mmd Reservas en divisas 80 mmd 289 millones 127 millones Población 265 millones de habitantes de habitantes de habitantes 3.4 por 100 12.1 por 100 5.4 por 100 Desempleo 17,000 dólares 25,098 dólares Renta per cápita 21,894 dólares 1.3 por 100 2.4 por 100 Inflación 2.3 por 100 * En el caso del euro, sólo se refiere a los 11 países que entraron plenamente a él. Fuente: Revista Muy Interesante. La Guerra de las tres monedas. Noviembre, 1998. PIB
La competencia intra-europea fue el primer paso del desarrollo. Los gobiernos abandonaron la política de dar preferencia a
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INTRODUCCIÓN
proveedores domésticos e invitaron a otros proveedores dentro de sus miembros a participar. Junto con la eliminación de fronteras europeas, los esfuerzos conjuntos ayudaron en mantener algún avance tecnológico, convirtiéndose así en líder de sectores estratégicos.* Al entrar plenamente en vigor el Mercado Común, significa que se eliminan todas las cuotas nacionales de importación y la existencia de fronteras internas. Los aranceles de importación son los mismos. Una de las metas, para algunos una desventaja, fue el comercio libre y la integración económica que redistribuyeron la producción a través de la especializaron industrial, lo que ha provocado nuevos problemas por la velocidad y por el entorno desfavorable en materia de comercio, empleo y políticas aislacionistas o selectivas. Hoy, ante el proceso y tendencia de la globalización, del regionalismo y, en particular, de la importancia que tiene el comercio internacional para que los países alcancen un crecimiento económico sostenido y sustentable, creando empleos y combatiendo a la inflación, diversos países han tomado la vía de la integración para beneficiarse, al tener aranceles bajos o inclusive eliminarlos y, promover el desarrollo industrial que demanda el comercio mundial de manufacturas. Con relación a esto último, cabe resaltar el papel de México en las negociaciones que ha realizado con otras regiones del mundo para constituir esquemas de integración comercial y económica. Siendo el país que más tratados de libre comercio ha firmado, que si bien no constituyen un mercado común, sientan las bases para avanzar en las siguientes etapas de los procesos de integración. Resalta la firma y entrada en operación del tratado con la Unión Europea, que en términos generales nos
Dentro de éstas se consideran las llamadas industrias del siglo XXI: biotecnología, aviación civil, robótica, desarrollo de nuevos materiales y máquinas herramientas, computadoras y software, microelectrónica y telecomunicaciones.
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acerca notoriamente al mercado más dinámico y a uno de los polos de desarrollo del siglo XXI. En este texto se busca que el lector conozca aspectos generales de los procesos de integración, así como el funcionamiento de la Unión Europea, sus instituciones, los retos a partir del Tratado de Maastricht y los retos de la moneda única, principalmente.
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Capítulo I PLANTEAMIENTO GENERAL a en el siglo XXI, la Unión Europea ha ido cumpliendo etapas en la construcción de su integración que la ubican como una experiencia única en el contexto internacional, alejando profundamente las experiencias de una Europa dividida y confrontada, manifestada dramáticamente en la década de los cuarenta durante la segunda guerra mundial, y en su papel en el proceso de la guerra fría. En efecto, en la época contemporánea, caracterizada por cambios profundos en la política intemacional que han conducido a la distensión y cooperación crecientes, debido a la práctica desaparición del conflicto Este-Oeste, y a la aparición de grandes regiones económicas, megamercados y la tendencia de la llamada globalización de la economía, el panorama actual presenta a una Unión Europea firmemente sustentada y perfeccionada en su estructura integracionista con la firma del Acta Única Europea en 1986, y con la firma del Tratado de Maastricht en 1992, pone en marcha una nueva y ambiciosa fase que requiere de mayor solidaridad entre sus miembros y una decidida voluntad
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política para ostentar sus objetivos en el ámbito global, superando los problemas internos y externos que por su misma naturaleza se vinculan al proceso. Este trabajo pretende establecer una visualización de las principales orientaciones de las etapas de la construcción europea, partiendo de los sustentos que proporcionan el Tratado de París de 1951 que crea la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, y los Tratados de Roma de 1957, constitutivos de la Comunidad Económica Europea (CEE) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA), respectivamente. En una primera parte, tratamos de establecer la estructura institucional para señalar que, pese a que no ha habido una materialización efectiva, se ha tendido a la fusión institucional, lo cual queda claramente manifestado en las disposiciones y en la estructura procedimental del Tratado de la Unión Europea de 1992. Luego, incursionamos en la evaluación de las orientaciones y tendencias básicas del proceso de consolidación de la integración europea, y por tanto del mercado integrado regional, con el establecimiento del Mercado Único Europeo, al firmarse en 1986 el Acta Única Europea que incide en el plano económico (mercado interior), político y social, reactivando y estableciendo nuevas políticas comunitarias en los diferentes sectores. En otros apartados, nos dirigimos a establecer las implicaciones visibles y significativas del Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht, Holanda, el 7 de febrero de 1992, el cual inicia una etapa decisiva en la construcción de una Europa más unificada y solidaria que crecientemente se ha convertido en un polo económico y comercial de incidencia determinante en todo el mundo, tendiendo a volverse sobre sí misma, no a crear una "fortaleza europea", sino a convertirse en interlocutor válido en el ámbito mundial y contribuir a establecer un nuevo orden económico y financiero internacional, una vez finalizada la guerra
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PLANTEAMIENTO GENERAL
fría y presentarse un nuevo panorama con grandes posibilidades, pero también con nuevos y decisivos desafíos. En este último punto señalaremos de manera general la situación de la Unión Europea ante la adhesión de nuevos países: sus implicaciones económicas, monetarias y financieras, políticas, culturales, el empleo y la inversión. En este punto haremos algunas reflexiones sobre su efecto en otras regiones del mundo, señalando en lo posible el caso de México. Europa, a lo largo de su historia, ha tenido que enfrentar serios obstáculos internos y otros que se han presentado a su alrededor, intentando frenar la marcha del proceso de integración económica; empero han sido las corrientes integracionistas, expresadas por la voluntad política de los países miembros, las que finalmente han prevalecido, conduciendo a la Unión Europea a uno de los estadios de mayor alcance en el proceso de integración económica, a saber: la Unión Económica y Monetaria. Etapa última desde el punto de vista económico del proceso de integración, que sienta a su vez bases sólidas, para en el futuro, avanzar hacia la integración política, con la creación de los Estados de la Federación Europea, donde las instituciones políticas tendrían un papel supranacional y la subordinación de los Estados nacionales. Es prerrequisito para avanzar a la etapa de la unificación (política supranacional) el desarrollar un sistema financiero y cambiario con nuevos elementos. Esto es la convergencia de políticas monetarias y fiscales y la constitución de un tipo de cambio fijo, bajo la figura de una moneda única de curso que supla a las monedas locales y a la divisa artificial (ECU). Así nace el euro, que para el año 2002 tendrá libre circulación en el mercado europeo, si bien hoy, se considera como unidad monetaria y financiera de los mercados de capitales. La integración económica entre países constituye un proceso largo y complejo, que a través de la dinámica integracionista va adoptando diversas formas, cada vez más perfeccionadas: 25
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• • • • • •
Zona de preferencia arancelaria Zona de libre comercio Unión aduanera Mercado común Unión económica y monetaria Unión económica completa y política supranacional
Las tres primeras son las que más se han dado a lo largo de la historia en diversas regiones del mundo, no siempre con resultados favorables.
Características de los procesos de integración La integración se hace evidente en la formación de los actuales bloques económicos (Unión Europea, Mercosur, Asociación de Naciones del Sudeste Asiático -ANSEA-, Tratado de Libre Comercio de América del Norte y otros que diferentes Estados están negociando para eliminar aranceles, trabas, o ambos al comercio), los cuales, y retomando el concepto de regionalización, se integran en áreas que tienen cierta cercanía geográfica con características económicas, políticas y sociales semejantes.* "En este escenario de globalización creciente y mercados de grandes proporciones, las nuevas tendencias de la integración, en nuestros países, han explorado fórmulas de complementación económica de distinto carácter, como son el Mercosur y los Aunque aqui cabría la necesidad de estudiar más a fondo qué tanto son económicamente parecidos los integrantes de cada bloque, sin embargo, la tendencia que se busca al formar éstos, es encontrar la complementariedad entre las diversas economías miembros de un bloque. Podemos ver a primera vista que el bloque asiático, por ejemplo, tiene la misma concepción del trabajo en equipo y de colectividad; así, por otra parte, el bloque europeo tiene un capitalismo anglosajón con patrones económicos parecidos, entre otros.
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PLANTEAMIENTO GENERAL
convenios bilaterales de libre comercio. En ambos casos, la característica común es el potenciamiento de la inserción internacional de los países y el afianzamiento de los mercados".2 Las naciones a lo largo de la historia del comercio internacional, no en la teoría (teoría pura del comercio internacional y teoría monetaria del comercio internacional), adquieren el objetivo de conjuntar esfuerzos y formar bloques que les permitan ampliar su comercio interno y externo, para estimular su crecimiento económico, su producción nacional; activando su desarrollo agrícola e industrial. Dichas formas o etapas son: la cooperación, la integración y la unificación. Cooperación Es el acuerdo bilateral o multinacional en que los Estados miembros se comprometen a cumplir recíprocamente asuntos de interés común sin que esto signifique menoscabo a su soberanía. Se podría decir que éste es el fin de las negociaciones bilaterales entre Estados soberanos, pero que se circunscriben a temas de la diplomacia y no a los aspectos de circulación de bienes, servicios y capitales. Integración En sentido estricto, lo que llamamos integración consiste en que a través de tratados o acuerdos internacionales, dos o más Estados ceden algunas de sus prerrogativas soberanas, para crear una zona nueva con personalidad jurídica independiente a la de sus miembros, en la cual pueden circular libremente y con el mismo 2
SULE Candia, Anselmo. Hacia una integración continental. En paradojas de un mundo en transición. SRE-IMRED. México, 1993. p. 109.
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LA UNIÓN EUROPEA
tratamiento: mercancías, servicios, personas y capitales, según sea el grado de amplitud de la integración. Unificación Es la forma más elevada de integración, en la cual hay una fusión completa de los Estados, los cuales se reservan algunos atributos de su soberanía, pero los asuntos de importancia son fijados por la unión, siendo sus resoluciones obligatorias para todos los Estados miembros. Es decir, se forma un Estado nuevo con todos sus atributos. Con respecto a las formas o etapas para conjuntar esfuerzos nacionales diversos y formar bloques para ampliar el comercio y, por ende, el crecimiento económico, la cooperación puede decirse que es de corto alcance y no permite el desarrollo comercial y económico de los Estados de manera notoria; la integración se presenta como la más importante y aceptada en un gran número de Estados, congruente con las condiciones globalizadoras de libre comercio; la unificación como tal, podemos decir que es una fase última de la integración, pues el éxito de ésta culmina con la creación de un ente supranacional; de tal forma que la Unión Europea se erige como la región con claras acciones en ese sentido.
Etapas de la integración económica y comercial La llamada integración (que comprende a los procesos en esta dirección), también se encuentra vinculada tanto a la tendencia y procesos de la globalización, como a la regionalización, puesto
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PLANTEAMIENTO GENERAL
que tiene como finalidad integrar a dos o más países en un mismo sistema económico y comercial (ampliación de los mercados locales), para posteriormente desembocar en un mismo sistema político y social. Nos encontramos entonces con las diversas etapas del proceso de integración internacional regulada por el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés).3 Zona de preferencia arancelaria Es la forma de integración en la cual dos o más países o territorios aduaneros, se otorgan recíprocamente un conjunto de ventajas arancelarias no extensivas a terceros, bajo la excepción a la "Cláusula de la Nación Más Favorecida". Constituye el primer paso hacia la integración, toda vez que sólo representa tratos preferenciales en materia comercial, y no supone compromisos más profundos en cuanto a desregulación arancelaria o armonización de políticas económicas. Podríamos decir que el área de preferencias arancelarias a lo largo del siglo XX ha tenido al menos tres momentos: el primero que se caracteriza por las relaciones de cooperación que crea la Gran Bretaña con los países que conforman su área de influencia y que sólo benefician el libre tránsito de mercancías de sus colonias y restringen el desarrollo de ramas económicas, reproduciendo la dependencia; segundo, considerado a partir de la década de los sesenta, surge el Sistema Generalizado de Preferencias en el cual, los países industrializados permiten el acceso de productos de poco valor agregado de los países en desarrollo, a 3
ABDALA Mirwald, Mario. Comercio Internacional: reíos y oportunidades para la empresa. Serie de documentos técnicos, BANCOMEXT. Centro de Servicios al Comercio Exterior. México, pp. 22-25. CASTELLOT Rafful, Rafael Alberto. La Unión Europea: una experiencia de integración regional. Editorial Plaza y Valdés-UIA. México, 1996. pp. 3-4.
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través de cupos; y finalmente, el tercer aspecto que hay que considerar, es el planteamiento hecho por la CEP AL a los países que optaron por crear esquemas de integración como la Asociación Latinoamericana de Integración.
Zona de libre comercio En esta etapa,"... quedan abolidos los aranceles (y las restricciones cuantitativas) entre los países participantes, pero cada miembro mantiene sus propios aranceles en contra de los no miembros".4 El GATT entiende por zonas de libre comercio "un grupo de dos o más territorios aduaneros entre los cuales se eliminan los derechos de aduanas y las demás reglamentaciones comerciales de los productos originarios de los territorios constitutivos de dicha zona de libre comercio".5 Un área de libre comercio, representa el sistema más flexible para los países que pretenden iniciar un proceso de integración, toda vez que en teoría, solamente existe un proceso de liberalización de mercancías en forma recíproca. Son formaciones poco estables y de carácter transitorio ya que por fuerza natural, tienden a convertirse en formas más elevadas de integración o bien, a desaparecer. Debería constituirse una unión aduanera y posteriormente un mercado común. Uno de los aspectos más importantes que se deben considerar en esta forma de integración, es la reglamentación adecuada de las mercancías que deben de considerarse como originarias o producidas en el territorio que constituye el área de libre comercio. Esto requiere un esquema de normalización de tarifas.
* BALASSA, Bela. "Hacia una teoría de la integración económica". Integración de América Latina. Editorial Hispanoamericana. México, 1964. p. 7. 5 GATT. Artículo xxiv, inciso 8, letra b.
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PLANTEAMIENTO GENERAL
Se plantea la eliminación paulatina entre los socios, de todas las trabas comerciales que inhiben el libre flujo de bienes y servicios. Cada país mantiene sus políticas comerciales frente a terceros países. Como ejemplo podemos mencionar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Respecto al TLCAN podríamos decir, que no es libre comercio tal y como se pretende describir teóricamente, más bien es un comercio regulado, que reproduce aún más el esquema neoproteccionista al aplicar políticas paraarancelarias por parte de los países industrializados. Puede observarse en las instrumentaciones de medidas fítosanitarias y zoosanitarias, así como en el mecanismo de compras selectivas.
Unión aduanera Es la forma o proceso de integración de dos o más Estados separados que, a través de un acuerdo internacional, deciden en forma inmediata o gradual suprimir sus barreras arancelarias y comerciales a la circulación de mercancías entre los territorios de los países miembros. El "desarme arancelario y comercial", como se conoce a la eliminación de restricciones cualitativas para las mercancías de comercio exterior, es una forma común entre las áreas de libre comercio y las uniones aduaneras, sólo que estas últimas tienen una característica diferente a la etapa anterior, la cual consiste en la formación de un arancel aduanero común frente a terceros países a la unión. Este elemento denominado "tarifa exterior común" (TEC), es la diferencia fundamental entre la unión aduanera y el área de libre comercio. Ésta es una etapa más avanzada dentro de los mecanismos de integración, ya que no sólo comprende la consolidación de una zona de libre comercio, sino que además incluye la adopción de una política comercial común frente a terceros países y 31
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la coordinación de políticas económicas en torno a objetivos comunes. También incluye la armonización parcial de los diferentes sistemas monetarios, fiscales y de transporte, entre otros, de los países miembros. Mercado común Ésta es una etapa que implica la consolidación de la unión aduanera, tanto en términos económicos como políticos, además incluye la libre circulación de los factores productivos (capital, mano de obra, organización y tecnología). Se establece un sistema que permite la libre circulación de mercancías, servicios, personas, capitales y tecnología en combinación con un "desarme arancelario y comercial" y con el establecimiento de una sola nomenclatura arancelaria común para los países miembros y de éstos en sus relaciones con terceros. El mercado común supone el intento más importante para lograr una unificación política y social entre sus miembros. Unión económica y monetaria Ésta es la etapa más avanzada que en la actualidad se está intentando consolidar. Podemos encontrarla ejemplificada con los esfuerzos de la actual Unión Europea (después del Tratado de Maastritch de 1992). Implica la utilización de moneda, y de políticas económicas comunes. Además, requiere la creación de un banco central común. La Unión Europea programó que para 1999 se lograría consolidar esta fase de la integración, aunque todavía está en duda el éxito que pueda llegar a tener en tan corto tiempo. Esto debido a la necesidad de evaluar los beneficios en el campo del bienestar ciudadano, a través del empleo, la
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PLANTEAMIENTO GENERAL
estabilidad de precios y el crecimiento económico sostenido y sustentable. Unión económica completa y política supranacional Esta etapa representa el máximo nivel de integración entre países. Todavía no se ha logrado llegar a esta fase que implica la creación de un ente supranacional que regule todos los aspectos internos de los miembros. Estas naciones tendrían que ceder totalmente su soberanía y quedar reguladas dentro de un marco regional que las integre a todas.
Procesos de integración económica
Aun cuando en diversas partes del mundo se han incrementado las negociaciones entre gobiernos para configurar procesos de integración, cada vez resulta más difícil completar dichos procesos, debido a fuertes presiones internas en cada país y a las restricciones locales que existen en contra de la integración. La
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Unión Europea es la única que ha logrado avanzar hacia un proceso más profundo de integración conformando un mercado común con libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, y será el ejemplo a seguir para todas las demás naciones que estén interesadas en proseguir el mismo camino. Sin embargo, éste es un proceso que lleva muchos años y que no se concreta de un día para otro.6 Es por ello que, tal vez en el transcurso de la primera mitad del siglo XXI, podamos apreciar el avance de algún proceso de integración de los que comenzaron en el siglo anterior. Se plantea para el 2004 ó 2005 ampliaciones de países a los actuales procesos de integración, y aún no se definen esquemas alternativos para aquéllos que no figuran en el contexto de la tendencia y proceso global de algunos campos económicos y financieros. "El progreso en la integración económica impone una coordinación más estrecha que a la postre no puede menos que desembocar en una visión política más o menos completa".7 El análisis de la globalización económica supone entonces, no concebir las relaciones económicas internacionales como nexos entre espacios económicos independientes en los cuales las condiciones generales de la producción son inmóviles. "La creciente interdependencia y la creación de zonas económicas, con sus respectivos mecanismos de regulación, órganos de decisión, etc., conducen a una revisión teórica e histórica crítica en torno al Estado y, por ende, al propio concepto de soberanía".8 Esto prevé la creación de entidades supranacionales por lo que se tienen que revisar las concepciones clásicas del Estado y soberanía.
6
CASTELLOT Rafful, Rafael, op.cit; pp. 1-101. TAMAMES, Ramón. Integración y desintegración económica en Europa y en las Américas. En Paradojas de un mundo en transición. SRE-IMRED. México 1993. p. 77. 8 VILLARREAL, Rene. La globalización económica. Revista Mexicana de Política Exterior, IMRED. México, 1992. p. 45.
7
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PLANTEAMIENTO GENERAL
Es impensable "que pueden existir procesos de pura integración económica sin implicaciones políticas, sin percatarse de que la unión va forjándose día a día en las instituciones comunes, cuando hay que decidir sobre cuestiones económicas importantes".9 Como parte de las variables actuales de la creación de un nuevo paradigma, la integración económica soporta el modelo necesario de acumulación, por lo que "los argumentos empleados por los teóricos en apoyo de la integración económica, forman hoy un amplio repertorio de razonamientos. De ellos podemos seleccionar los siguientes: • Las economías derivadas de la producción en gran escala (economía de escala). • La intensificación de la competencia dentro del nuevo mercado ampliado. • La atenuación de los problemas de la balanza de pagos por el ahorro de divisas convertibles. • La posibilidad de abordar actividades que difícilmente podrían acometer determinados países individualmente por separado, por la escasa dimensión de sus mercados respectivos, insuficiencias tecnológicas e incapacidad financiera, entre otros. • El aumento del poder de negociación frente a terceros países o ciertas agrupaciones regionales, así como una formulación más coherente de la política económica. • La ineludible necesidad a mediano o largo plazos de introducir reformas estructurales que el contexto de un statu quo nacional podrían aplazarse sitie die. • La posibilidad de conseguir, sobre la base de un rápido proceso de integración, una aceleración del desarrollo económico (no simplemente de crecimiento)".10 » TAMAMES, Ramón, op, cit; p. 77. '"/Wrf.pp. 81-82.
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Dicho análisis requiere transitar desde el enfoque teórico de las relaciones internacionales al de la economía mundial, adoptando la hipótesis de la difusión entre las naciones de las condiciones generales de producción. Lo que implica una coordinación de voluntades y actores. La política económica de un país se subordina ante la necesidad de recursos para el crecimiento económico y las multinacionales imponen reglas. Los países de menor grado de desarrollo ceden soberanías sin un claro papel de su inserción en los procesos de integración. La unión económica completa y política supranacional implica la unificación total de las economías de los países miembros y la existencia de políticas comunes en todos los campos importantes. Pugnan por surgir las formas políticas supranacionales cuyos atributos económicos ya están actuando.11
1
' HERCE, José A. Políticas y Formas de la integración económica en Europa. Colegio de México. Marzo 1994. Mimeo. pp. 7-8.
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Capítulo II LAS INSTITUCIONES EUROPEAS 1 sistema institucional de la Europa unificada es de difícil clasificación, es mucho más que una organización intergubernamental. Posee personalidad propia y amplios poderes, pero no es una federación con ámbitos de competencia propios por encima de los gobiernos y parlamentos de los países miembros. El origen de la integración económica se inicia en 1944, al constituirse el BENELUX, dando así paso a la Unión Económica de Bélgica, Holanda y Luxemburgo; luego se remonta a 1952, afio en que por el Tratado de París se constituyó la Comunidad Europea del Carbón y el Acero. Podríamos decir que es la primera experiencia democrática de gestión económica supranacional, donde se conjuntan esfuerzos de unificación económica y política por Bélgica, la República Federal Alemana, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos (Holanda), que se unían para gestionar en común los sectores económicos más problemáticos, imprescindibles para la reconstrucción de la posguerra. Podemos decir que la CECA, como precursora de la Comunidad Económica Europea al firmarse el Tratado de Roma en 1957, amplía las actividades, objetivos y metas de la Europa comunitaria. Aún 37
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cuando se habían constituido la CECA, la CEE y la CEEA, hacía falta la institucionalización de la Comunidad, razón por la cual, en Bruselas, se firma el tratado que crea el Consejo Único y la Comisión Única de las Comunidades Europeas (Tratado de Fusión) en 1965. En 1973, con la adhesión de Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido, nació la Comunidad de los Nueve. Ocho años después, en 1981, Grecia se convirtió en el décimo país miembro, y en 1986, con la adhesión de España y Portugal, la Comunidad pasó a tener 12 Estados miembros, así, a partir del Io de enero de 1995, la Unión Europea concluye su cuarta ampliación, con tres nuevos Estados miembros: Austria, Finlandia y Suecia, países, vinculados anteriormente a la Unión Europea a través del Espacio Económico Europeo (EEE), creado en 1993. Al igual que el número de miembros, los objetivos de la Comunidad también se han ido ampliando. Proceso de integración económica europea
BENELUX(1944)
Unión Económica de Bélgica, Holanda y Luxemburgo.
CECA (1952)
Comunidad Europea del Carbón y del Acero: Bélgica, Francia, Alemania Federal, Italia, Holanda y Luxemburgo.
CEE(1958)
Comunidad Económica Europea: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Grecia, Espafla, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal y Reino Unido.
AELC(1959)
Asociación Europea de Libre Comercio: Noruega, Finlandia, Suecia, Islandia, Suiza, Austria y Licchtenstein.
EEE(1993)
Espacio Económico Europeo: países miembros de la UE y de la AELC.
Países de la CEE y Finlandia, Suecia y Austria. UE(1993) Fuente: Cuadro 19. José A. Herce. Políticas y formas de la integración económica europea. Colegio de México. Marzo de 1994; Datos propios.
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Actualmente la Comunidad está presente, en mayor o menor medida, en gran parte de las actividades políticas, económicas, financieras, sociales y culturales, no sólo de los países que conforman la Unión Europea, sino también con su nivel de negociación frente al resto del mundo. Hay ciertas limitaciones en cuanto a política exterior común.
Antecedentes de la Comunidad Económica Europea hasta el Tratado de Roma "... La Comunidad Económica Europea tiene como principal objetivo la creación de un área, en la cual las mercancías, la gente, el capital y los servicios circulen libremente...".12 Organización para la Cooperación Económica Europea La situación productiva y económica en que se encontraba Europa después de la segunda guerra mundial era realmente crítica. En Francia, la red de transportes estaba totalmente destruida y con ello la producción de carbón era casi nula. Por la falta de medios de transporte, la producción carbonera era tres cuartos más baja que en 1939; mientras que la agrícola había disminuido dos tercios con respecto al mismo año, solamente dos quintas partes de las fábricas existentes estaban en funcionamiento. En Bélgica la situación era similar, y además se vivía una gran crisis monetaria causada por la fuga de capitales y la inflación. Holanda vivía una crisis como Bélgica, debido a la baja en el comercio hacia el exterior, ya que sus puertos estaban 12
LINDBERG, N. León. Thepolitical dynamics ofthe European Economic Integration. Stanford, CA. Standford University Press. 1968. p. 4.
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totalmente destruidos y por lo tanto muchos trabajadores habían perdido su empleo. Por su parte, Dinamarca presentaba un escenario diferente: tenía su planta productiva casi intacta y las pérdidas humanas y materiales que había sufrido eran mínimas. Sin embargo, el problema consistía en que dependía de las importaciones de materias primas europeas, las cuáles no eran suficientes para satisfacer su demanda interna. El inicio de la posguerra fue un periodo de nacionalizaciones, con el fin que los Estados obtuvieran recursos y echaran a andar su producción interna. La crisis era más que evidente y, con base en esto, el Secretario de Estado de los Estados Unidos, George Marshall, lanzó una iniciativa de ayuda económica a Europa, mejor conocida como Plan Marshall. El Plan Marshall fue una iniciativa norteamericana de reconstrucción económica europea que, en palabras de Gordon Douglass en su libro "The new interdependence: The European Community and the United States", tenía dos objetivos muy importantes: a) "...Que Estados Unidos (EUA) jugara un papel clave en la reconstrucción económica del mundo. b) Buscar la unidad europea...".13 Tomando en cuenta la experiencia de la primera guerra mundial, en la cual Alemania quedó condenada a no revitalizar su economía, obligándola a hacerlo secretamente basando su crecimiento en la industria armamentista, se acordó que esta nación también recibiría los beneficios del plan así como los demás países. La posición norteamericana fue inteligente, pues la unificación europea era benéfica para dicho continente, pero Estados DOUGLASS, Gordon. The new interdependece: The E.C. and the U.S. Boston, MA. Harvard University Press, 1978. pp. 63-89.
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Unidos sabía que ese plan reforzaría sus lazos con Europa al ampliar sus mercados. Esto, además, significaría una mayor cooperación entre los países del Atlántico Norte lo que disminuiría un nuevo riesgo de guerra entre ambas partes. Por otro lado, era urgente organizar un mecanismo de defensa ante la inminente fuerza de la Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas (URSS), que no permitió que los países que quedaron bajo su área de influencia aceptaran la ayuda del Plan Marshall. Una razón más a tomar en cuenta, es que sólo un plan con estas condiciones tan ventajosas podía ayudar al restablecimiento de regímenes democráticos-capitalistas en Europa, y con ello detener el avance del socialismo hacia la Europa Occidental. Con este nuevo plan, los países europeos se mostraron muy interesados en la propuesta, especialmente Francia y Gran Bretaña pues aunque sabían que esta ayuda no era desinteresada, era la única opción para salir adelante. Sin embargo, era necesario trazar una estrategia para la utilización de los recursos monetarios, de manera que fueran dispuestos hacia los rubros económicos más necesarios e importantes. Es así como se da un paso firme hacia una integración europea, pues se trataba del bienestar de un continente, de dar a la población un mejor nivel de vida y de preservar una paz que fuera duradera, con bases más sólidas. A los europeos les agradaba la idea de trabajar juntos; ejemplo de ello es la integración económica llamada la Unión Europea Belga-Luxemburgo (UEBL) y más tarde la de BENELUX, siendo intentos muy importantes que sirvieron de base para lograr la consolidación de la Comunidad Económica Europea hoy llamada Unión Europea. Para los europeos era vital desarrollar una recuperación económica, con bases firmes, que permitiera lograr un clima de paz en el cual no hubiera peligro de una nueva guerra. Por lo que el 12 de julio de 1948 el Comité Europeo de la Organización para la Cooperación Económica Europea u Organization of 41
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the European Economic Communities (OEEC) celebró en París su primera sesión para encauzar la organización de los receptores europeos del Plan Marshall. Con el fin de lograr lo anterior, los gobiernos de Europa decidieron, el 16 de abril de 1948, formar la Organización para la Cooperación Económica Europea con el fin de "... administrar el dinero proveniente de Estados Unidos y crear una nueva Europa basada en la cooperación de sus miembros...".14 Esta organización tuvo desde el principio como integrantes a 16 Estados europeos: la República Federal de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Gran Bretaña, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Suecia, Suiza y Turquía. A la que se unieron más tarde Islandia y España. Esta organización fomentó la cooperación por lo que se hablaba de una integración económica parcial. Además se estableció un sistema de pagos multilaterales que permitía mayor fluidez de los recursos entre los países miembros. Basándose en estos ideales, en el año de 1952 se fundó la Comunidad Europea para el Carbón y el Acero o European Coal and Steel Community (ECSC), con miras a formar un mercado común entre sus seis miembros (Francia, Italia, Alemania, Holanda, Bélgica y Luxemburgo), restringiendo la producción y distribución de esos dos productos. Más adelante se darán a conocer las diferentes uniones que se gestaron hasta llegar a la integración económica dentro de Europa.
14
THOMSON, Davis. Europe since Napoleón. Alfred A. Knopf. Inc. New York, N.Y., 1964. pp. 773-780.
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BENELUX El BENELUX nació en 1930 y se creó con base en la unión de la UEBL, Unión Económica Belga Luxemburguesa y Holanda, que junto con Suecia, Dinamarca, Noruega y Finlandia firmaron la Convención de Oslo. No fue una unión total, se trataba únicamente de una unión arancelaria o zona preferencial arancelaria, ya que aún existían ciertas restricciones en cuanto a la circulación de ciertos productos como era el caso de los agrícolas. Además tampoco existía una unificación fiscal. Sin embargo, ésta no tuvo tanto éxito por que la segunda guerra mundial hizo que finalizara el proyecto. No obstante, después del conflicto se quiso retomar la idea y el Io de enero de 1948 entró en vigor el acuerdo con el nombre de Convención de BENELUX, el cual consistía de cuatro partes: • Aprobación de un arancel externo común frente a terceros y la supresión de los derechos aduanales; • Supresión progresiva de las restricciones cuantitativas y del control de cambios; • Libertad de circulación de los factores de producción y; • Adopción de una política común en el comercio con otros países, en inversiones, agricultura y seguridad social. Todo esto se estableció, dando paso a una zona de libre comercio, en el Tratado de la Haya el 3 de febrero de 1958, el cual entró en vigor hasta el Io de noviembre de 1960.15 Cabe mencionar que el BENELUX nunca contó con instituciones supranacionales, y las economías de los participantes nunca llegaron a integrarse totalmente a diferencia de la Comunidad Económica Europea. 15
BENZ, Wolfgang%& HERMANN, Graml. El siglo XX: II Europa después de la segunda guerra mundial 1945-1982. Tomo I. México. Siglo XXI Editores. 3". edición, pp. 47-71.
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La Comunidad Europea para el Carbón y el Acero Robert Schuman, ministro de Asuntos Exteriores de Francia, publicó el 9 de mayo de 1950 un memorándum donde se refería a un plan ideado por Jean Monnet,* en el cual proponía "... unir el conjunto de la producción franco-alemana bajo una Alta Autoridad Común, una organización que estuviera abierta a la participación de los demás países europeos...".16 El plan constaba de dos objetivos principales:17 1. "... Deseaba que se crease una alta autoridad para regular la industria del carbón y acero anglo-francesa y que más tarde se pudieran incorporar otros países de Europa. 2. Propuso la abolición de las tarifas que restringían el libre cambio de los productos del carbón y del acero..." Originalmente se había pensado en una unión entre Francia e Inglaterra. Sin embargo, con Gran Bretaña no se pudo llegar a ningún acuerdo. Lord Acton declaró que era una proposición un tanto fuera de la realidad y que el llegar a esto les provocaría la ruina a ambas naciones, ello, un tanto, debido a la rivalidad existente. El primer ministro Mr. Attlee dijo que "... Inglaterra no se sometería nunca a una organización extranjera..." y, Mr. Harold MacMilland argumentó: "... Nuestro pueblo no ve con buenos ojos el someterse por lo que cerramos nuestras salidas y fundidoras a dicha comunidad...". 18 15
Éste ejercía como asistente general de la lengua de las naciones y, como organizador de las industrias y representante ante el gobierno francés de las mismas. TUGENDHAT, Christopher. El sentido de Europa. Alianza Editorial. México, 1987. p.36. 17 ALONSO, Eduardo, et al. Mercado Común Europeo. 18 HENDERSON, W. O. The génesis ofthe common market. Great Bretain. Frank Cass &Ltd., 1962. p. 39. 16
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No obstante, a Alemania le pareció una proposición interesante, ya que desde su punto de vista con tal convenio tendría el control del carbón y el acero franco-germano. Alemania en este tiempo producía 18.5 millones de toneladas de carbón y 13.5 millones de toneladas de acero.19 Francia y Alemania fueron seguidos por Italia, Holanda, Bélgica y Luxemburgo, y comenzaron las negociaciones para poder establecer el nuevo mercado. A partir de esta idea, se signó un tratado el 19 de marzo de 1951 en París, siendo firmantes los representantes de Alemania, el BENELUX, Francia e Italia. Gran Bretaña se abstuvo debido a lo ya citado, y para poder argumentar más su punto dijo que acababa de nacionalizar su industria siderúrgica y consideraba que el unirse a este tratado iba en contra de esta política. Este pacto fue sólo una unión sectorial o zona de preferencia arancelaria, es decir sólo se refería a la comercialización del sector siderúrgico (acero y carbón), y sólo tendría una validez de 50 años. Los objetivos de la CECA eran:20 /. Promover y modernizar la producción del carbón y del acero. 2. Eliminar los derechos aduaneros de entrada y salida, así como todas las medidas o prácticas que establecieran discriminaciones entre productores y compradores. 3. Homogeneizar las condiciones de trabajo de los obreros del ramo en Francia y Alemania. 4. Desarrollar las exportaciones comunes a otros países. En sí se abolían tarifas, cuotas, subsidios, prácticas restrictivas y discriminación de precios de carbón, acero y sus derivados. El 10 de agosto de 1952 la Alta Autoridad de la Comunidad se estableció en Luxemburgo y en febrero 10 de 1953 comenzó 19
Ibíd. LECEKF,¡ean.Histoirederunitéeuropéenne. Idees Gallimard. 1965. p. 19.
20
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a funcionar por un período de 5 años. En éste reinaron dos ideas principalmente:21 1. "... La Doctrina de la libre competencia 2. La Doctrina de la supranacionalidad..." Ambas ideas se convirtieron en el bastión de la nueva unión, siendo que la primera la ejercían directamente con la producción siderúrgica, la segunda se llevó a cabo durante estos años, ya que se formaron 5 instituciones que dieron mayor vida a la nueva unión: a) Alta Autoridad (nueve miembros); b) Consejo de Ministros; c) El Comité Consultativo; d) La Asamblea Común; y e) La Corte de Justicia (siete jueces). Por ello, estos organismos señalarían la primera ocasión en que Europa era representada mediante instituciones supranacionales que otorgaran, a los países miembros, las mismas facultades. El primer presidente de la Alta Autoridad fue Jean Monnet. La nueva unión tuvo tanto éxito que durante los siguientes cinco años se produjeron 42 millones de toneladas de acero y alrededor de 60 millones de toneladas de carbón por año. Además, en 1957 se exportaron 11.7 millones de toneladas de acero mientras que en 1952 solamente fue de 7.3 lo cual representaba un incremento del 40 por ciento.
Comunidad Europea de Defensa Habiendo tenido éxito la Comunidad Europea del Carbón y el Acero se intentó profundizar la cooperación mediante un agregado sobre una Comunidad Europea de Defensa (CED). Esto para entrar en una nueva fase de integración intraeuropea. Durante una conferencia celebrada en Nueva York, del 12 al 18 de septiembre de 1950, se formuló la cuestión de formar un 21
HENDERSON. W.C. op. cií; p. 40.
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ejército europeo. Por lo que el primer ministro francés, Rene Pleven, presentó el 25 de octubre de 1950 a la Asamblea Nacional de París un plan para su creación. Las negociaciones demoraron mucho, uno de los puntos que se mencionaba referente a la integración militar era: que el alto mando sería supranacional, al igual que las instalaciones de aprovisionamiento. Para el 31 de agosto de 1954, este tratado ya ratificado por cinco miembros, fue rechazado por el parlamento francés, pero por un margen muy pequeño, 319 contra 264 a favor.* A pesar de esto, se siguieron las negociaciones por parte de los otros países. Sin embargo, la negativa francesa provocó el fracaso de esta unión ya que se veía como un miembro importante para lograr la realización del acuerdo. Cabe mencionar que este tratado, desde un principio, excluía a los países neutrales, lo cual dejaba tanto a Austria como a Suiza fuera del mismo. Además, Gran Bretaña tuvo que quedarse fuera debido a las diferencias franco-británicas en cuanto al papel de los Estados Unidos. El Reino Unido estaba en desacuerdo que los norteamericanos tuvieran alguna presencia importante dentro del tratado, a pesar de que la idea de un ejército europeo había sido concebida por Churchill.22
Funciones de la Comunidad Entre sus tareas destacan: el logro y el mantenimiento de la libertad de establecimiento, la apertura de los contratos públicos Francia no quiso, ya que esto ejercía un principio de fuerte control; aparte no estaba de acuerdo con que Alemania obtuviera otra vez poder a ese nivel y no estaba dispuesta a ceder su soberanía en aras de una institución supranacional. GALTUNG, Johan. La comunidad Europea: una superpotencia en marcha. Ediciones Nueva Visión. Buenos Aires, 1976. p. 32. 22 BENZ, Wolfgang & GRAML, Hermann. op. cit; p. 301.
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con la creación del Mercado Único, la normalización técnica y la armonización de las legislaciones en una gran variedad de materias, la investigación científica y técnica, la colaboración industrial, las políticas de competencia, la agricultura, la pesca y el transporte; y con relación al tercer mundo, la política comercial exterior de la Unión y su importante contribución al desarrollo y a la asistencia. Además desempeña un papel importante en las políticas de medio ambiente, energía y regional, en grandes áreas de la política social y en algunas áreas de la educación.
Estructura de la Comunidad Europa no se ha desarrollado aislada, sino que siempre ha tenido en cuenta la complejidad y la constante transformación del mundo exterior. Por este motivo, tiene relaciones con la mayoría de los países de la Tierra, basadas en una política comercial común, en la que asume responsabilidad específica, y en una política comunitaria frente a los países en desarrollo. La ejecución de las tareas encomendadas a las tres grandes instancias comprendidas en las otrora comunidades europeas (Comunidad Europea del Carbón y del Acero, Comunidad Económica Europea - "Mercado Común", y la Comunidad Europea de la Energía Atómica), hoy en la Unión Europea, son competencia de las cuatro instituciones básicas: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, la Comisión y, el Tribunal de Justicia; así como el Tribunal de Cuentas, el Comité Económico y Social y, el Comité de las Regiones. Hasta julio de 1967, las tres Comunidades tenían Comisiones ejecutivas separadas, pero en ese año se conforma una Comisión y un Consejo único que ejerce la totalidad de las atribuciones. La fusión de las instituciones se anunció como una primera etapa hacia la constitución de una Comunidad Europea de los
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Tratados de Roma. Las sucesivas ampliaciones de las Comunidades no han afectado a la estructura y competencias de las instituciones comunitarias, éstas sólo han ocasionado modificaciones en su composición. El Acta Única Europea, firmada los días 17 y 28 de febrero de 1986 en Luxemburgo y La Haya, respectivamente, y que entró en vigor el Io de julio de 1987, amplió las competencias de la Comunidad e introdujo modificaciones significativas en las normas de funcionamientos de las instituciones y en sus relaciones mutuas. Asimismo, dio posición jurídica a la cooperación política europea que estaba funcionando desde 1970, pero basada en simples acuerdos intergubernamentales que no permitían la toma de decisiones conjunta a escala global y que aún hoy, afectan la ejecución de algunas de sus actividades en situaciones como: la presentada en el conflicto étnico-político que se desarrolla en la ex-Yugoslavia, a los problemas de Rusia con sus vecinos, así como el caso de Turquía; debido en parte al carácter y actores del proceso de formulación de la política exterior y de los intereses nacionales específicos operantes en los Estados miembros. La Comunidad dio un gran paso adelante en favor de su futuro desarrollo. Tenía un reto ambicioso, el objetivo de consolidar el mercado interno para 1992, mediante la supresión de las trabas que aún impedían la libre circulación de bienes y servicios. Asimismo, su estructura institucional había evolucionado a lo largo del tiempo, pues además de las cuatro instituciones básicas, surgieron: el Comité Económico y Social, el Banco Europeo de Inversiones y tres órganos menores, la Oficina de Publicidad, el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional y la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo. A partir del Tratado de Maastricht, se modifican, como ya se mencionó, las instituciones y con ello se adopta como denominación la Unión Europea, sustituyendo a la Comunidad Europea.
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Los actores institucionales de la Unión: Responsabilidades compartidas Comunidad Europea Consejo Europeo
Política exterior y de seguridad común ( P E S C )
- Concede a la Unión - Define los princiEuropea el impulso nepios y las orientacesario para su desarrollo ciones generales. y define las orientaciones políticas generales.
Asuntos interiores y de justicia - Tiene un papel de impulso y orientación.
Unión Económica y Monetaria (UEM): - Debate de una conclusión sobre las grandes líneas de política económica. Parlamento - Participa en el poder - Es informado de - Es consultado legislativo (codecisión, los trabajos que se sobre los aspectos Europeo cooperación, entre otros). llevan a cabo. principales y decisiones de la PESC. - Es informado - Participa en la elaboración del presupuesto y sobre los - Es informado controla los gastos coprincipales assobre la evaluamunitarios. pectos de la ción de la PESC. - Detenta el derecho de actividad de los - Puede hacer prepedir a la Comisión que Asuntos Interiores guntas o formular presente una propuesta. recomendaciones. - Puede hacer pre- Inviste y controla a la guntas y formular Comisión. recomendaciones al Consejo UEM:
- Está informado de la vigilancia multilateral de las políticas económicas y de la política monetaria que lleva a cabo el Banco Central Europeo.
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(Continuación) Política exterior y Comunidad de seguridad Europea común Consejo déla Unión Europea
Comisión Europea
- Representa los intereses de - Toma las decisiolos Estados miembros, es el nes necesarias para legislador de la Comunidad. la definición e im- Toma de decisiones tras con- plantación de la sultar la opinión del ParlaPESC. mento Europeo, o en coope- - Define (cuando lo ración o codecisión con él. considera necesario) una posición - Es ayudado en su trabajo por común. el COREPER (Comité de los Representantes Permanentes - Decide qué tema de los Estados miembros será objeto de una ante las Comunidades). acción común. UEM: - Los Estados miembros se in- Fija los lineamientos de la forman y consultan política económica. en el Consejo so- Determina la política extebre cualquier tema. rior de cambio del ECU. - Coordina las políticas económicas de los Estados miembros - Determina si hay déflcit excesivo y dirige recomendaciones a los Estados miembros - Tiene derecho de iniciativa - Puede presentar al (directrices, reglamentos, Consejo todo tema decisiones, entre otros). relacionado con la PESC, así como - Garantiza el cumplimiento propuestas. de los Tratados y de los textos aprobados para su aplicación. - Es responsable de la ejecución de las políticas comunitarias. UEM:
- Dirige recomendaciones de política económica al Consejo. - Vigila la evolución de la situación presupuestaria y de deuda pública de los Estados Miembros.
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Asuntos interiores y de justicia - Fija las posiciones comunes. - Adopta las acciones comunes. - Establece convenciones que recomienda adoptar a los Estados miembros.
- Tiene derecho de iniciativa en los campos 1 a 6 del articulo Kl, Título VI (Tratado de Maastricht).
LA UNIÓN EUROPEA
(Continuación) Polftica exterior y Asuntos Comunidad interiores y de de seguridad Europea justicia común Tribunal de Justicia (de primera instancia)
- Controla la legalidad de la - No es competente. actuación de los órganos Comunitarios y el respeto de los Estados miembros por el derecho comunitario.
Tribunal de Cuentas
- Suministra al Consejo y al - Es competente sólo Parlamento un reporte si los gastos relatisobre la confíabilidad de vos a la PESC afeclas cuentas, la legalidad y tan al presupuesto la regularidad de las opede la Comunidad. raciones.
Comité Económico y Social
- Es consultado sobre ciertos temas. - Puede ser consultado por el Consejo o por la Comisión. - Puede emitir una opinión por iniciativa propia.
Comité de las Regiones
- Es consultado sobre ciertos temas. - Puede ser consultado por el Consejo o por la Comisión. - Puede emitir una opinión por iniciativa propia.
Fuente: Euronotas. Septiembre de 1994. p. 2.
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- Sólo tiene competencia para interpretar las disposiciones de las convenciones y para resolver toda diferencia que les concierna, si dicha competencia le es acordada por las convenciones.
LAS INSTITUCIONES EUROPEAS
Sus diferentes instituciones El Parlamento Europeo En junio de 1979, la ciudadanía europea elegía por primera vez a sus representantes en el Parlamento Europeo, convirtiéndose así, en un órgano esencialmente comunitario, completamente integrado; la Comisión responde ante el Parlamento y sólo ante el Parlamento, lo que garantiza su independencia y su imparcialidad. Con el "Acta sobre elección de los representantes en la asamblea por sufragio universal directo", tras las adhesiones de España y Portugal en 1986, el Parlamento Europeo tuvo un aumento considerable del número de representantes europeos, que pasó de 198 a 410 en la Comunidad de los Nueve; a 434 con la adhesión de Grecia, llegando a 518 escaños en la Europa de los Doce. Parlamento Europeo Europa de los Doce . i.' .País miembro '•'"'•• Alemania Bélgica Dinamarca España Francia Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Países Bajos Portugal Reino Unido Suma
No. de escaños
81 24 16 60 81
24 15 81 6 25 24 81
518
Fuente: OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. El ABC del Derecho Comunitario. Documentación Europea. Luxemburgo. 1991. p. 16
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LA UNIÓN EUROPEA
Para el año de 1995, con las adhesiones de Suecia, Austria y Finlandia (países que constituían la Asociación Europea de Libre Comercio, AELC), y con base en los acuerdos regionales al constituir el Espacio Económico Europeo, también se incrementa el número de escaños en el Parlamento. Hay que tomar en cuenta que la Unificación Alemana incide en el ajuste del Parlamento también. Hoy el número de diputados asciende a 626. El número es reflejo del tamaño de la población en cada uno de los Estados miembros. La composición del Parlamento lo convierte en un órgano esencialmente comunitario, completamente integrado, ya que no hay en él secciones nacionales, sino grupos políticos organizados a escala comunitaria.
Parlamento Europeo Europa de los Quince País miembro : Alemania Bélgica Dinamarca España Francia Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Países Bajos Portugal Reino Unido Austria Finlandia Suecia Suma
No. de escaños
99 25 16 64 87 25 15 87 6 31 25 87 21 16 22 626
El Parlamento controla a la Comisión, ya que ésta responde ante aquél, y vela porque se mantenga en su papel de 54
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representante del interés comunitario, pudiendo llamarla al orden si considera que la Comisión se pliega a las exigencias de los gobiernos en general o de algún gobierno en particular. El Parlamento Europeo tiene como función discutir las propuestas que le son presentadas, da sus puntos de vista, suprime o enmienda cuando es conveniente, actúa como observador en temas de interés europeo y otras veces actúa informando sobre materias internacionales. El Tratado de Roma le concedió al Parlamento poderes de supervisión y la capacidad de disolver la Comisión, posteriormente se introdujo un procedimiento de consulta tendiente a aumentar el papel del Parlamento. Con el Acta Única Europea se le confirió un mayor poder a través de la cooperación entre las diversas áreas. En lo que respecta a los poderes presupuestarios del Parlamento, éste tiene la última palabra sobre el gasto "no obligatorio", es decir aquél que no es consecuencia necesaria de la reglamentación comunitaria. Dichos poderes se reforzaron con dos tratados sucesivos: el tratado del 22 de abril de 1970, vigente desde el Io de enero de 1971 y, el tratado del 22 de julio de 1975, vigente desde el Io de junio de 1977, que creaba además el Tribunal de Cuentas. En cuanto a los poderes legislativos, los Tratados de Roma limitaban la intervención del Parlamento en el proceso legislativo a la formulación de dictámenes sobre algunas propuestas de la Comisión (papel consultivo). Por su parte, el Acta Única, sin asumir todas las demandas del Parlamento, le atribuye, por un lado un poder de "dictamen conforme", lo que en la práctica se traduce como un poder de codecisión sobre las adhesiones y los acuerdos basados en el Artículo 238 de la Comunidad Económica Europea (por ejemplo, acuerdos de Asociación y Cooperación con los países de la
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Cuenca Mediterránea, Convenio de Lomé, Acuerdo de Cooperación con Centroamérica y otros).23 A la vez, el Acta Única crea un procedimiento de cooperación, aplicable a las decisiones por mayoría cualificada, en lo que se refiere al mercado interior, a la política social, a la cohesión económica y social y, a la investigación. Todo lo anterior se ve reforzado con el Tratado de Maastricht. El Consejo Europeo En París, en diciembre de 1974, los Jefes de Estado y de gobierno tomaron la decisión de reunirse periódicamente en "Consejo Europeo", con sus ministros de asuntos exteriores y con los representantes de la Comisión (el Presidente y un Vicepresidente), para tratar asuntos de especial trascendencia relacionados con la Comunidad y temas de política exterior. El peso del Consejo en el funcionamiento de la Comunidad ha ido en constante aumento, lo cuál está ligado a la creciente autoridad que tanto las disposiciones constitucionales como la conducción de los asuntos políticos otorgan a los Jefes de Estado y de Gobierno en la mayoría de los Estados miembros (papel del hombre de Estado). El Consejo, formado por los ministros de los gobiernos de los países miembros, es el principal órgano sobre las propuestas y políticas presentadas por la Comisión, tomando en cuenta la opinión del Parlamento Europeo. El Acta Única Europea, en su artículo 2, establece "El Consejo Europeo estará compuesto por los jefes de Estado o de gobierno de los Estados miembros, así como por el Presidente de la Comisión de las Comunidades Europeas. Estarán asistidos » OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Del Mercado Único a la Unión Europea. Europa en Movimiento. Luxemburgo. 1992. p. 10.
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por ministros de Asuntos Exteriores y por un miembro de la Comisión". Los ministros representan y defienden los intereses de sus países respectivos y a la vez buscan la concertación de acuerdos favorables a los objetivos de la Unión. Las decisiones del Consejo se adoptan por mayoría cualificada, aunque en algunos casos es suficiente la mayoría simple. La unanimidad o el consenso son la regla para asuntos de gran importancia comunitaria. Cuando el Consejo deba ajustar un acuerdo por mayoría cualificada, los votos de los miembros se ponderan con la cuarta ampliación, la ponderación de votos en el Consejo de Ministros o Consejo Europeo se mantiene para los Estados miembros-de4a "Europa de los Doce"; a partir del Io de enero de 1995, Suecia y Austria tienen cuatro (4) votos cada uno y Finlandia tres (3), con lo cual el total de votos pasa de 76 a 87. Estructura de votos en el Consejo ^Europa dé los Doce Europa délos Quince ; v?Í5'vNb/dé;vQtós'- ':''' • K:No. de voto»: '•''•",. Alemania Bélgica Dinamarca España Francia Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Países Bajos Portugal Reino Unido Austria Suecia Finlandia Total: Mayoría cualificada
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2 2 2 10
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0 0 0 76 54
4 4 3 87 62
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En la Europa de los Doce, sobre un total de 76 votos, la mayoría cualificada era de 54 y la minoría de bloqueo de 23. Además, la mayoría cualificada requiere de un mínimo de dos países grandes o un total de nueve Estados miembros, para ser aprobada una decisión. En la Unión Europea de los Quince, sobre un total de 87 votos ponderados, la mayoría cualificada fue fijada en 62 y la minoría de bloqueo en 26.
La Comisión Europea La Comisión Europea está encargada de iniciar el proceso legislativo, cuando es realmente el poder ejecutivo de la Unión Europea, discutiendo los problemas desde una perspectiva comunitaria, anteponiéndola a la de cada Estado. Dentro de sus funciones se encuentra la de planificar la política de los tratados adoptados, vigilar que la legislación comunitaria sea cumplida por los Estados miembros y, actuar como mediadora entre los gobiernos de los Estados miembros cuando surgen disputas. Esta Comisión constituye la primera instancia de presión a favor de cambios en las actuales leyes, además de ser la fuente de información. La Comisión Europea, con las tres nuevas adhesiones ha pasado de 17 a 20 miembros, pues cada uno de ellos está representado por un comisario. Los tratados asignan a la Comisión amplias funciones; así: a) Es la garante de los tratados, en el sentido de que vela por la correcta aplicación de sus disposiciones y por el cumplimiento de las decisiones de las instituciones en un clima de mutua confianza; con el propósito que todos cumplan con sus obligaciones sin suspicacias, sabiendo que los demás hacen lo mismo y que toda infracción será denunciada.
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b) Es el órgano ejecutivo de la Comunidad, ya que los tratados le atribuyen amplios poderes ejecutivos y el Consejo le ha otorgado considerables poderes adicionales, principalmente en el ámbito comunitario, para garantizar la aplicación de las decisiones que se toman basándose en el Tratado (Derecho Comunitario Derivado). Al aplicarse el Acta Única Europea, el otorgamiento de estas competencias ejecutivas son la regla y no la excepción. Con base en los poderes directamente atribuidos por los tratados, así como los poderes conferidos por el Consejo, aquéllos pueden agruparse en algunas grandes categorías: • Adoptar los textos de aplicación de algunas disposiciones del Tratado o de los Actos del Consejo (a modo de decretos ministeriales). • Aplicar las normas de los tratados a los casos particulares (medidas que afectan a gobiernos o a empresas). • Administrar las cláusulas de salvaguarda de los tratados. • Administrar los fondos comunitarios. Además, la Comisión administra acciones de los países miembros en favor de países en desarrollo, como los países mediterráneos y los de Asia y América Latina (caso del Acuerdo de Cooperación con Centroamérica). c) El Consejo ha ampliado considerablemente también la capacidad administrativa de la Comisión al otorgarle responsabilidades en la ejecución del Derecho Comunitario Derivado. Así, se han creado distintos comités de representantes gubernamentales ante la Comisión para garantizar que estos poderes de ejerzan en estrecho contacto con los gobiernos de los Estados miembros.
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El Acta Única Europea no sólo ha elevado a la categoría de norma esta transferencia de responsabilidades, sino que ha previsto, además la codificación de este sistema de comités, el cual ha sido objeto de una decisión sobre la "Comitología", que prevé la utilización de cuatro tipos de procedimientos de acuerdo al carácter de los comités: • Consultivos • De gestión • De reglamentación Por último, se ha previsto un procedimiento especial que se aplicará sobre todo en las medidas de política comercial o en materia de cláusulas de salvaguardas. El recurso a esta gama de comités, ha despertado fuertes recelos en el Parlamento Europeo, que lo ve como un atentado contra la independencia o la autonomía de la Comisión y ha presentado recurso ante el Tribunal de Justicia, sobre el cual, para 1988, éste aún no había dictado sentencia. d) La Comisión es la iniciadora de la Política Comunitaria y expresa el interés comunitario; así como mantiene la unidad y coherencia de esta política. • Por otra parte, el diálogo Comisión-Consejo ha sido importante para elaborar y aplicar la política comunitaria que sustituye a las políticas nacionales. En los Tratados de Roma, cualquier disposición de alcance general o de cierta importancia debe ser sancionada por el Consejo, pero, salvo en ciertos casos, éste sólo puede pronunciarse a propuesta de la Comisión. Ésta tiene, entonces, un derecho y un deber permanentes de iniciativa.
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Si no elevan propuestas, el Consejo queda paralizado y se bloquea el avance de la Unión Europea, de allí la importancia de conocer el procedimiento estipulado en las relaciones entre la Comisión y el Consejo; el cual no se detallará en razón de nuestro objeto de estudio. No sin señalar que hoy se discute entre las diferentes instituciones comunitarias, el punto del déficit democrático y de ahí sus atribuciones y áreas específicas de competencia. El Tribunal de Justicia El Tribunal de Justicia se creó para realizar la supervisión judicial de los tratados y leyes comunitarias. Su sede está en Luxemburgo, desde su creación en 1952, su jurisdicción es muy amplia y abarca las cuestiones de incompatibilidad entre las leyes nacionales y las de la Comunidad y puede imponer que se cumpla la legislación comunitaria. Comprende, también, lo relativo a la interpretación de los tratados constituyentes de la Comunidad, así como supervisar la actuación del Consejo y de la Comisión. En los últimos años, aparte del control de la legalidad de los actos comunitarios, el Tribunal ha tenido que dedicar una mayor parte de sus actividades a los asuntos perjudiciales remitidos por los tribunales nacionales. El Derecho Comunitario, que está integrado por los tratados y por el conjunto de los actos jurídicos fundados en los tratados (Derecho Comunitario Derivado), penetra cada vez más en la legislación interna de los países miembros. De ahí que su aplicación adquiera un peso cada vez mayor en la actividad de las jurisdicciones nacionales. Es decir, resuelve los conflictos relativos a la aplicación e interpretación del Derecho Comunitario. Para garantizar el cumplimiento de la ley durante todo el proceso de la integración europea, el Tribunal de Justicia se apoya en el Tribunal de Primera Instancia, órgano creado en 61
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1988, que tiene como objetivo fortalecer las salvaguardias judiciales de los individuos, introduciendo una segunda autoridad judicial y permitiendo al Tribunal de Justicia concentrarse en su tarea fundamental, la interpretación de la legislación comunitaria, ahora con más razón debido a las ampliaciones de 1995. El Tribunal de Justicia, está conformado por 15 jueces nombrados de común acuerdo por los gobiernos de los Estados miembros, asistidos por seis abogados generales. A través de sus decretos, contribuye a la elaboración de una jurisprudencia de Derecho Comunitario que tiene consecuencia en la vida cotidiana de los ciudadanos europeos. E1 Tribunal de Cuentas Fue creado por el Tratado del 22 de julio de 1975, substituyendo al Comisario de Control (CEE, CEEA) y al Comisario de Cuentas de la CECA, en calidad de organismo responsable del control externo del presupuesto general de la Comunidad y del Presupuesto operativo de la CECA. El control interno continua siendo función del inspector financiero de cada institución. Controla todas las actividades financieras y tiene poder para comprobar la legalidad y regularidad de los ingresos y gastos, incluso los que no están en el presupuesto anual. Las operaciones que realizan hoy los países miembros por cuenta de la Unión Europea, así como las de terceros países beneficiarios de ayudas financieras comunitarias, pueden ser investigadas y examinadas por el Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas se compone de 15 miembros, los cuáles son nombrados por el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo. Su sede está en Luxemburgo. El Parlamento, que concedió mucha importancia a la creación del Tribunal de Cuentas, utiliza mucho sus posibilidades de investigación y los dictámenes que emite -sin olvidar el Informe 62
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Anual- para reforzar su control de gasto comunitario y dar el máximo peso a su decisión anual sobre la ejecución del presupuesto. El Comité Económico y Social Está formado por 220 representantes de los diferentes sectores económicos y sociales (productores, agricultores, comerciantes, profesionales y artesanos, entre otros), seleccionados por el Consejo de Ministros de la Unión Europea. Es una institución auxiliar del Consejo y de la Comisión. Debe ser consultado obligatoriamente antes de tomar las decisiones y además puede emitir dictámenes por iniciativa propia sobre las propuestas que surgen en éste.
El Banco Europeo de Inversiones (BEl) Dotado de un estatuto especial independiente, concede créditos, garantías y empréstitos para el fínanciamiento de proyectos prioritarios. Sus miembros son países miembros de la Comunidad. Su sede está en Luxemburgo. El Banco Europeo de Inversiones tiene como funciones: fomentar proyectos financieros de interés común de los Estados miembros, el desarrollo equilibrado y constante del mercado común y de las regiones más atrasadas, modernizar o reconvertir empresas y crear nuevos puestos de trabajo, recurriendo al mercado de capitales y utilizando sus propios recursos; para ello concede préstamos y otorga garantías que facilitan el fínanciamiento de diversos proyectos sobre una base no lucrativa.
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E1 Comité de las Regiones La política regional de la Unión Europea tiene seis objetivos: • Desarrollo de las regiones atrasadas. • Reconversión de las regiones industriales en declinación económica. • Lucha contra el desempleo de larga duración. • Inserción profesional de los jóvenes. • Adaptación de las estructuras agrícolas. • Desarrollo de las zonas rurales. Para lograr esos objetivos, el Tratado de Maastricht ha creado el Comité de las Regiones de carácter consultivo integrado por representantes de los entes regionales y locales. El número de representantes es de 220. Los miembros del Comité ejercerán sus funciones con absoluta independencia, en interés general de la Unión Europea. El Comité de las Regiones será consultado por el Consejo o por la Comisión en los casos previstos en el Tratado, y por cualquier otra entidad que dichas instituciones estimen oportuno y éstas fijarán un plazo para la presentación de dictámenes si lo estiman necesario. A manera de síntesis, ilustraremos la composición numérica de las instituciones de la Unión Europea, refiriéndonos a antes (Europa de los Doce) y después de las últimas adhesiones en 1995 (Europa de los Quince).
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Instituciones de la Unión Europea antes y después de la cuarta ampliación
Fuente: Euronotas. Enero 1995. La Unión Europea: del Mediterráneo al Báltico. Oficina para América Latina. México, p.6.
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Capítulo III EL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE LA INTEGRACIÓN EUROPEA. EL ESTABLECIMIENTO DEL MERCADO ÚNICO EUROPEO
Mercado Común Europeo a Unión Europea a lo largo de casi cinco décadas ha avanzado, y si tenemos en cuenta que en un proceso de adhesiones surgen más problemas, la voluntad política es la que ha posibilitado el éxito de las etapas de integración descritas. En 1958 por el Tratado de Roma, la creación de la Comunidad Económica Europea implicó la eliminación de aranceles interiores y de las restricciones cuantitativas, es decir, la creación de un área de libre comercio. En 1968 se introdujo el arancel exterior común aplicable a los seis países miembros con lo que
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se da la Unión Aduanera que posteriormente se extiende a los nuevos miembros. En 1978, después de varios intentos de éxito regular, se creó el Sistema Monetario Europeo que consolidaba un régimen de tipos de cambio fijos, tras la eliminación de facto del patrón dólar/oro en 1971. En 1992 se establece el Mercado Común o Mercado Único y se inicia la primera etapa de la Unión Económica y Monetaria. En noviembre de 1993, con la ratificación del Tratado de Maastricht, entra en vigor la Unión Europea, parte sustantiva para sentar bases políticas a la Unión Económica Completa24. El proceso de integración económica y monetaria, cuya puesta en marcha estaba prevista para el Io de enero de 1994, con la ratificación de los Tratados de Maastricht en 1993, la Unión Europea decide instrumentarlos dos meses antes y cambiar el nombre de la Comunidad Europea por el de Unión Europea, a fin de reflejar con mayor precisión los alcances que se pretenden lograr a partir de la Unión Económica y Monetaria en 1999, y la Unión Económica Completa y Política Supranacional cuya fecha no ha sido prevista, aún cuando se espera que para el 2002 entre en circulación el euro como moneda de curso legal y se evalúe la unificación o, en su caso, se espere la incorporación de nuevos Estados ala Unión Europea. "... los principales objetivos del tratado (refiriéndose al Tratado de Roma*), eran eliminar los obstáculos para la 24
Ibíd.
El Tratado se limita a declarar los objetivas de la Comunidad, así como el establecimiento de las instituciones y el procedimiento para alcanzarlos, por ello se denomina como un "Tratado Base" o "Traite cadre". Entre los aspectos que contiene son los: principios, fundamentos, políticas, asociaciones, instituciones y disposiciones. Este acuerdo fue firmado porP. H. Spaak, Adenauer, Paneau, Antonio Segni, Bech, J. Luns, J. Ch. Snoy et D'Oppuers, Hallstein, M. Faure, Gaetano Martín, Lambert Schay y J. Linthorst Homan. Información proporcionada por la Comisión de las Comunidades Europeas. Además se puede decir que el Tratado de Roma convertiría a Europa en una Unión Aduanera estableciendo por vez primera una tarifa aduanera común y una política comercial común con respecto a otros países. Davidson, Nicol; Echeverría, Luis y
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libre movilización de la gente y los recursos entre los Estados miembros, además de promover el desarrollo económico a través de Europa...".25 Mr. P. H. Spaak y varios expertos estuvieron durante nueve meses estudiando la posibilidad de formar una unión comercial agrícola. Este reporte fue terminado en abril de 1956, y al final declaraban que "... La formación de un Mercado Común Europeo permitiría la creación de una vasta área con una política común la cual formaría una poderosa unidad productiva que produciría una economía firme, incremento de estabilidad y un elevado estándar de vida y relaciones armoniosas entre sus miembros...".26 No obstante visualizaron la necesidad de que la organización fuera similar a la CECA. En 1956, varios ministros adoptaron el reporte. Ya en 1957, al firmarse el Tratado de Roma se estableció en París la Comunidad Económica Europea, o Mercado Común Europeo. Además, en marzo del mismo año se establecería la Comunidad de la Energía Atómica (CEA). La nueva asociación se firmó por 12 años en tres etapas de cuatro años cada una. Con ella los signatarios traspasaban algo de su soberanía nacional, y más aún en lo económico. En un principio existieron muchos problemas con la nueva unión sobre todo en cuestiones agrícolas, de sindicatos y política. Esto debido a que algunos miembros tenían ciertos campos más avanzados que otros. Por ejemplo, mientras que Italia había aumentado la producción de su sector agrícola un 40%, Bélgica sólo lo había hecho en un 10%, lo que provocaba discrepancias sobre el éxito de la unificación entre los países. Peccai, Aurelio. Regionalismo y Nuevo Orden Internacional. Editorial Nueva Imagen. México, 1984. p. 192. 25 KERR, Anthony. The common market and how it works. John & Webb Press. Oxford, England, 1986. p. 17. 26 ALONSO, Eduardo, op. cit.
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No obstante, la principal tarea de la Comunidad era apresurar la unión aduanera, la cual, finalmente se concretó 18 meses antes del plazo estipulado (Io de julio de 1968), con la abolición de los aranceles aduaneros internos, unida a la creación de un arancel externo común (AEC) y la puesta en vigencia de la Política Agrícola Común (PAC).* Al ver el éxito de la Unión, en febrero de 1957, Inglaterra quiso obtener la membresía a la nueva comunidad, sin embargo fue rechazada. Por ello, comenzó a organizar su propia asociación de libre comercio y en 1960 firmó el Tratado de Estocolmo junto con Dinamarca, Suecia, Noruega, Austria, Suiza y Portugal llamando a la nueva unión, Asociación Europea de Libre Comercio, en la cual se comprometían a bajar tarifas, impuestos y aranceles. Esta asociación fracasó a la larga, ya que ninguno de sus miembros se comprometían realmente en esta Unión. Por lo que Inglaterra pidió su inclusión a la Comunidad Económica Europea en 1962. Sin embargo, el 14 de enero de 1963, Charles de Gaulle (Francia) y Dr. Konrad Adenauer (Alemania) no apoyaron su ingreso y una vez más Gran Bretaña quedó en espera. De Gaulle aseguraba que la Comunidad no estaba preparada para profundizar lo suficiente y por lo tanto para adquirir nuevos miembros dentro de ella. El 27 de noviembre de 1967 le volvieron a negar el acceso.* La Conferencia Agrícola de Stressa en 1960, sentó las bases para ir uniformando paulatinamente los precios agrarios teniendo en cuenta que los precios en la Comunidad eran más altos que en otros países. Por lo que se deberían fijar los precios a un nivel por encima del mercado mundial si se quería fomentar y proteger la producción comunitaria. OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Una política agraria común para los años noventa. Documentación Europea. Luxemburgo, 1989. p. 15. Este período fue de cierto estancamiento, ya que Francia tomó una posición de cierto boicoteo, por que este país pretendía jugar un papel importante dentro de la Comunidad como gran potencia independiente y no quería permitir que con el ingreso de los ingleses se diluyera su influencia.
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Así también, presentaron su solicitud en 1961, Irlanda, Dinamarca y más tarde Noruega (1962). Sin embargo, estos países también fueron rechazados, argumentando lo que había mencionado De Gaulle. El 17 de octubre de 1962 en Estrasburgo se aprobó una armonización de la política monetaria de los 6.** En el mismo documento se hablaba que crearía muchos problemas el ingreso del Reino Unido, ya que su moneda quedaría ligada a las otras y el Parlamento no lo permitiría. La segunda expansión de la Comunidad Económica Europea se dio con el ingreso de Grecia el 9 de julio de 1961. Ésta tuvo éxito en lo que se refería a la progresiva reducción de los aranceles. No obstante, cuando en 1967 se inició el periodo mejor conocido como Dictadura de los Coroneles, congelaron el Tratado de Asociación suscrito entre ambos. Y no fue sino hasta 1974, cuando volvió la democracia, que lo pusieron a funcionar de nuevo.27 El 8 de febrero de 1967 se resolvió introducir en los seis países un sistema uniforme de impuesto al valor agregado (IVA). Y el Io de julio del mismo año se fusionó la Comunidad Europea del Carbón y el Acero con las comisiones de la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de Energía Atómica.* Esto permitió que, desde ese instante, esta unión tuviera una Comisión, un Consejo de Ministros y un Parlamento Europeo. Por otra parte, en la Cumbre de La Haya el Io y 2 de diciembre de 1969 se acordó unánimemente completar, ampliar y forLa primera moneda oficial europea fue llamada U.A. (Unit of Account), la cual equivalía a 0.89 gramos de oro, que era casi el mismo valor que tenia el dólar con respecto a ese metal, pero ésta desapareció en 1971 cuando el dólar se devaluó (shock de Nixon). LINDBERG, León. op. cil; pp. 16-26. 27 GALTUNG, Johan. La comunidad europea: una superpotencia en marca. Ediciones Nueva Visión. Buenos Aires, 1976. p. 35. * El fin de ésta era promover la cooperación en la investigación nuclear y la utilización pacifica de la energía atómica.
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talecer la Comunidad, por lo que a partir de ese momento se aceleró el desarrollo y los planes de crecimiento.** Fue así como, después de los constantes rechazos, el presidente francés Pompidou dio luz verde a las negociaciones para el ingreso de Gran Bretaña, Irlanda, Dinamarca y Noruega. El siguiente año, se pusieron de acuerdo en Munich para votar de manera igual en el seno de las Naciones Unidas, esto con el fin de presentarse como una unidad. Al mismo tiempo, los jefes de gobierno acordaron una integración al más alto nivel. De acuerdo al informe Werner, esta nueva consolidación se haría en tres pasos tendientes a la armonización de: 1. La política económica y monetaria; 2. los mercados de capital; y 3. los impuestos hasta 1980. La idea era compenetrar a la Unión en una nueva faceta, en donde la política monetaria colaboraría con la integración económica. El Io de enero de 1973 se unieron tres países más: Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca. Noruega no ingresó, ya que la población noruega había rechazado el 25 de septiembre de 1972 la entrada a la Comunidad. Después de estos acuerdos la agenda tomó nuevos rubros, comenzaron a hablar sobre: la investigación nuclear, la no nuclear, la definición de las medidas económicas de mediano plazo, la creación de un sistema de ayuda mutua de corto plazo de dos mil millones de dólares, los pasos hacia una política industrial común, y la modernización de las tareas agrícolas, entre otras.28
Es muy cierto que a partir de esa reunión se vieron avanzadas las negociaciones, solamente en el año de 1970 se pusieron 2,480 regulaciones en vigor, siendo que no todas son de gran importancia. » GALTUNG, Johan. op. cit; p. 35.
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El 8 de octubre de 1971, Willy Brandt, canciller de Alemania Occidental, expuso la estrategia para el crecimiento de la Comunidad Europea.29 "... Una vez que se ha tratado la cuestión del ingreso, quedará abierto el camino para nuevos progresos hacia una unión monetaria y económica y para una cooperación más estrecha en materia de política exterior...". Se pretendía que todos los países se comprometieran a unirse a la unificación monetaria, así como entablar nuevas negociaciones para poder constituir las reglas que unirían a todos los países en una misma política exterior. Sin embargo, debido a la crisis económica de 1973-1974, ocasionada por el petróleo, cesaron las negociaciones, pues se vieron afectados los países industrializados importadores de petróleo. Por otra parte, Grecia solicitó el 12 de junio de 1975 su ingreso oficial. Después de seis meses la Comisión dio un fallo afirmativo y a los pocos días el Consejo de Ministros se pronunció de igual manera a favor de la solicitud griega. Finalmente el Tratado de Adhesión se firmó el 28 de mayo de 1979, en Atenas y entró en vigor el Io de enero de 1981 convirtiéndose Grecia en el décimo miembro de la Comunidad.30 Sin embargo no fue hasta 1986 que culminó el proceso de eliminación de los derechos arancelarios y restricciones cualitativas. De igual forma, Portugal firmó un acuerdo comercial con la Comunidad Económica Europea el 22 de julio de 1972, entrando en vigor el Io de enero de 1973. No obstante, fue hasta 1977 que pidieron su incorporación a la Comunidad. En 1978 29
Ibíd. p. 29. "...La conferencia de prensa se realizó el 8 de octubre y The Times publicó el informe (...) el 9 de octubre, Brandt enfatizó la importancia de la Conferencia que se llevaría a cabo en 1972...". 30 MOREAU DEFAROES, Philippe. Quel avenir pour quelle Communauté. Collections Européennes. Bruxelee. p. 227.
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la Comisión dio su fallo a favor. De ahí se dieron las negociaciones y en 1985 se firmó el Tratado de Adhesión entrando en vigor en 1986.* Por su parte, el Gobierno español buscó desde 1962 acercarse a la Comunidad, pero no fue sino hasta la muerte de Franco, en 1975, y la posterior instauración de un gobierno democrático, que España pidió su incorporación. Las negociaciones se retrasaron por diversos problemas internos, pero finalmente en 1985 se firmó el Tratado de Adhesión que entró en vigor el Io de enero de 1986, al igual que Portugal. Estas dos últimas adhesiones, que englobaban a la península ibérica, constituyeron la tercera ampliación dentro de la Comunidad y se dieron casi al mismo tiempo que se negociaba el Acta Única Europea. Lo cual no fue coincidencia sino que se dio en este momento para consolidar a la CEE y la hegemonía de la Comunidad Europea en esta área. Al analizar el mercado unificado europeo y su proceso hacia la creación y el fortalecimiento de una Unión Europea de carácter más global, vemos como en las sucesivas etapas de la construcción Europea se han logrado avances significativos. Así, desde el Tratado de París de 1951 y los Tratados de Roma de 1957, la Europa comunitaria ha logrado fortalecer la infraestructura básica para la consecución de sus dos grandes objetivos iniciales: evitar nuevas guerras en Europa y su fraccionamiento nacional, y propiciar su reconstrucción económica, a través de un proceso de integración cuyos objetivos primarios se ubican meridianamente en la creación de las tres Comunidades Europeas y en la Unión Europea. A partir del proceso iniciado en 1951, el fortalecimiento integracionista europeo y de sus instituciones ha sido manifiesto, avanzando en 1986 con la firma del Acta Única Europea que viene a completar los tratados iniciales constitutivos de las coInformación proporcionada por la Comisión de las Comunidades Europeas.
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munidades, el cual hoy se ve concretado con el Tratado de Maastricht o Tratado de la Unión. El Acta Única fue aún más lejos comprometiendo a los 12 países integrantes en el tema del mercado interior, marcándoles además como objetivo una mayor cohesión económica y social. Ya no se trataba de una simple unión aduanera, lo que la Comunidad pretendía conseguir era un espacio económico unificado. El doble esfuerzo conjunto en pos del gran mercado y de la cohesión económica y social pudo garantizar el éxito de ese gran proyecto. El relanzamiento económico de la integración europea plantea nuevas ambiciones, la seguridad europea entra nuevamente en el orden del día, igual que al principio de los años cincuenta, al comienzo de la aventura comunitaria. El Tratado de la Unión, firmado en Maastricht, Holanda, el 7 de febrero de 1992, viene a fortalecer esas competencias y alcances dentro del proceso integracionista, reforzando la cohesión económica, social y política de la Europa Unificada en este último decenio de la presente centuria y busca, para el próximo siglo, constituirse como el mejor ejemplo completo de integración regional.
Evaluación sintética de la integración europea Se efectuará en este breve apartado una reseña o evaluación de los logros y dificultades de la operación en cada una de las fases del proceso de integración europea, sin incluir los correspondientes a la etapa de preferencia arancelaria.
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Área de libre comercio En 1958 se constituyó, por el Tratado de Roma, la Comunidad Económica Europea que comprendía a Alemania Federal, Francia, Italia y a los países del BENELUX: Bélgica, Holanda y Luxemburgo. Este tratado implicó la eliminación de los aranceles interiores y de las restricciones cuantitativas, es decir, la creación de un área de libre comercio avanzada.31
Unión aduanera En 1968, se introdujo el arancel exterior común. Desde el Tratado de Roma se buscó la eliminación progresiva de cuotas y tarifas arancelarias que dieran paso a la conformación de un arancel exterior común. El paso de una unión aduanera o un mercado común en el que los factores de producción, capital y trabajo, tienen libertad de circulación determina el punto crítico a partir del cual ciertas políticas han de ser comunes y las demás han de coordinarse.32 Desde su creación, la Comunidad (1958) ha bajado considerablemente su arancel exterior común. Ello apenas ha influido directamente en el bienestar del resto del mundo debido a la mejora de los términos de intercambio comunitarios. No obstante, la Comunidad ha debido producir efectos beneficiosos sobre sus socios comerciales a través de los multiplicadores del comercio, en otras palabras, debido al aumento de sus importaciones como consecuencia de su propio crecimiento económico y del consiguiente crecimiento del ingreso comunitario.33 31
HERCE, José A. op. cit; p.7 Ibid. p. 8 33 /Wrf.pp. 15-16. 32
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Los efectos del mercado único
Fuente: J. Cañáis. Competitividad Internacional, p. 36. En José Antonio Herce.
Como puede observarse en el cuadro reseñado, en la etapa del mercado único, sin una clara inserción de la economía global competitiva, en la industria se realizaban los procesos productivos bajo el esquema de economías de escala, que si bien son válidos en un momento, hoy son los procesos de economías flexibles los que dan los resultados que los consumidores demandan; en tanto las economías de escala sustentan que son las empresas quienes dictan las tendencias productivas y las preferencias de los consumidores.
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Mercado común Éste comprende el periodo de 1986 a 1992, al cumplirse el objetivo de desfragmentación de mercados, motivada por complejas barreras no tarifarias como instrumento para promover la competitividad de las empresas europeas.
Objetivos y estrategias de la integración regional Aspectos empresariales 1. Potenciar el mercado interior regional, con eliminación de aranceles y otras barreras. 2. Potenciar la competitividad-precio de las empresas de la región frente al exterior con procesos de concentración y acuerdos entre empresas de la propia región en búsqueda de economía de escala. 3. Potenciar la competitividad estructural de las empresas de la región vigilando los obstáculos a la competencia e incentivando formación, redes de comunicación, innovación tecnológica conjunta e imagen de calidad para los productos de la región. 4. Potenciar la competitividad en sus diferentes aspectos, pero privilegiando la globalidad frente a la integración regional. La concentración y acuerdos empresa se realizan a escala mundial y no sólo regional. Fuente: Perspectivas Económicas y Empresariales. CEPREDE. Junio 1994.
En 1992 se establece el Mercado Único y se inicia la primera etapa de la Unión Económica y Monetaria. Tras la adopción del programa de mercado interior (un mercado común plenamente desarrollado) en 1985, Europa ha dado pasos en firme en los deseos de la unificación total. 78
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Uno de los aspectos más sobresalientes de esta fase de integración económica avanzada es que, en ella comienzan a surgir con nitidez los atributos económicos (banco central, políticas comunes, presupuesto común, además) de una forma de Estado que no puede dejar de surgir también, ya que así lo requiere la regulación y el uso eficaces de tales atributos. El programa propuesto por la Comisión, en 1985 en el Libro Blanco sobre el Mercado Interior, buscaba fundamentalmente la eliminación de todas las barreras no arancelarias externas e internas, acrecentar el clima de competencia entre dos empresas y abrir los mercados públicos a la escala comunitaria. Ello suponía la consagración de "las cuatro libertades" relativas a la circulación de bienes, servicios, capitales y personas. El programa consistía en la elaboración de casi 300 medidas reglamentarias que la Comisión debía elaborar y someter al Consejo para su aprobación. Una vez adoptadas, los países miembros debían trasponer dichas medidas en sus legislaciones nacionales. El proceso terminaría a finales de 1992 y el Io de enero de 1993 la Comunidad habría realizado íntegramente su mercado interior. Como hemos visto, la entrada en vigor de todas las medidas propuestas, en particular las relativas a la movilidad de personas, han sido pospuestas hasta julio de 1993.34 Cabe señalar que el 26 de marzo de 1995 da inicio la Europa de la completa circulación de personas, la cual sólo agrupa a siete países, y no a los 15 Estados: España, Portugal, Francia, Alemania, Bélgica, Holanda y Luxemburgo. Italia y Grecia se incorporarán posteriormente y más adelante Austria lo hará.
34
Herce. op. cií; p. 19
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Unión económica y monetaria El objetivo es lograr la "convergencia" que posibilite la implantación de una moneda única. Su planteamiento se encuentra en el apartado denominado "El Tratado de la Unión" o "Tratado de Maastricht". Aquí sólo se hará su descripción, ya que más adelante se abordará de manera detallada.
Unión económica completa y política supranacional El objetivo es el profundizar en la unidad política, especialmente en defensa y relaciones internacionales. En noviembre de 1993, tras la ratificación del Tratado de Maastricht, entra en vigor la Unión Europea, prolegómeno político a la plena unión económica y política en el horizonte del siglo XXI. Se espera que para la primera década del siglo actual se consoliden las estructuras e instituciones para lograr esta etapa, que es la unificación de los Estados miembros.
Acuerdos Extra Unión • Espacio Económico Europeo con los países miembros de AELC. • Acuerdos Europeos (con Bulgaria, Hungría, Polonia, Rumania y las Repúblicas Checa y Eslovaca). Firmados en 1992. • Acuerdos Marco de Cooperación (Centroamérica, entre otros). • Tratado de libre comercio México y Unión Europea en operación a partir del Io de julio de 2000.
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La política comercial común se aplica, con las variaciones correspondientes, en los grandes ámbitos geográficos que caracterizan las relaciones exterior comunitarias: el propio sistema multilateral (GATT-OMC); el Espacio Económico Europeo; los países del Centro y Este de Europa (Acuerdos Europeos); Países ACP (Convención de Lomé); países mediterráneos; y otros países en desarrollo a través, estos últimos, del Sistema de Preferencias Generalizados (SPG).35 Significativo es hacer resaltar las disposiciones contenidas en el Título II del Tratado de Maastricht, por las que se modifica el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea con el fin de constituir la Comunidad Europea. En el mismo sentido los Títulos II y IV modifican los Tratados Constitutivos de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, dando paso así la Europa de las comunidades a la etapa de la Unión Europea, de la unificación de su estructura institucional y de la formulación de políticas comunes en las áreas económica, monetaria, política y social. Asimismo, por el tratado, el término "Comunidad Económica Europea", se sustituirá por el término "Comunidad Europea", y posteriormente por el de "Unión Europea", el cual a partir de noviembre de 1993 se encuentra en vigor. El Acta Única asigna a la Comunidad un doble objetivo: a) La realización del mercado interior en 1993, el cual implica libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales; y b) La reactivación de las políticas comunitarias que requerían, a la vez, el fortalecimiento institucional. Así, reconoce a la Comunidad Europea las competencias necesarias para establecer un conjunto económico coherente y eficaz, por medio del establecimiento de medidas respecto al 3>
Ibíd. p.44
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Mercado Interior, la cohesión económica y social, a la investigación y a la moneda, resaltando la importancia que reviste el medio ambiente para una Comunidad que espera trascender el nivel meramente económico y proyectarse al ámbito social y político. El Acta Única busca, en el plano económico, fortalecer en un ambiente de mayor dinamismo, los índices de crecimiento, el empleo y la inversión, a través de la realización del Gran Mercado y de dinamizar, aún más, el comercio intracomunitario, y favorecer positivamente la inserción de la Comunidad en la economía mundial en estas dos últimas décadas. Se propicia que el entorno económico de las empresas evolucione hacia una mayor libertad de acuerdo a normas comunes que impulsen su desarrollo. Por otra parte, la estrategia de la Comisión, ha considerado en eliminar tres tipos de barreras, para la culminación del Mercado Único, que impedían la libre circulación: físicas, técnicas y fiscales. Asimismo, los derechos del ciudadano se ven incrementados a través de una serie de políticas de protección y apoyo al consumidor, a los trabajadores y a los estudiantes, gracias al reconocimiento del derecho de residencia para estos últimos. En cuanto a los ciudadanos en general, el permiso de residencia les permitirá radicar donde deseen y sobre todo retirarse donde prefieran al término de su actividad profesional o laboral. En el plano institucional, dos de los tres objetivos del Acta Única, establecidos en el marco de las reformas aprobadas, ya han sido alcanzados, así: • Mejorar el mecanismo de la decisión: se establecen dotaciones por mayoría cualificada, con excepciones escasas y limitadas en el tiempo. • Establecer una mayor asociación al Parlamento Europeo: su poder de enmienda, relacionado al procedimiento de cooperación funciona bien, así como en el
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procedimiento de dictamen conforme para los acuerdos de asociación; • El último objetivo, relacionado con el mejoramiento de la ejecución, es el que presenta algunas reticencias ante una clara y plena atribución de competencias ejecutivas a la Comisión Europea. En este aspecto juega un papel determinante la voluntad política de los Estados ante estas competencias de carácter comunitario, las cuales tratan también de fortalecerse en el Tratado de la Unión Europea de 1992. Por otra parte, el Acuerdo de 1988 para "llevar a buen término el Acta Única", es ya un hecho al reformarse la Política Agraria Común, crearse un sistema de financiamiento estable y suficiente de la Comunidad, y duplicar la reforma de los fondos estructurales europeos, lo cual significa un avance sustancial para el logro de los objetivos del Acta Única. Además, la reactivación de las políticas comunitarias ha alcanzado logros significativos, así: • La dimensión social, que es uno de los componentes del proyecto de espacio sin fronteras, se ha concretado en gran medida, y se impulsan prioridades de las políticas adoptadas en el ámbito comunitario para combatir el desempleo así, se busca establecer una mayor solidaridad a través de los fondos estructurales europeos; mejorar las condiciones de trabajo y proseguir el diálogo social europeo. • Fortalecimiento de la educación y la formación profesional. • La realización del Mercado Interior deberá ir acompañada de una protección efectiva del medio ambiente que esté a la altura del desarrollo económico.
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• La cooperación en materia de investigación y tecnología es una realidad cada vez más concreta. • El Sistema Monetario Europeo ha confirmado su estabilidad y sus capacidades potenciales. • Ha habido una respuesta positiva del mundo económico y de los ciudadanos en general a las medidas comunitarias destinadas a conseguir la realización del Mercado Interior y de las políticas comunes. Lo anterior, constituye una verificación sucinta de los logros que hasta ahora ha tenido la construcción europea; falta ver los resultados de las diversas etapas que se inician con el Tratado de Maastricht y las implicaciones que las relaciones económicas, comerciales y políticas internacionales tendrán sobre el desarrollo del Mercado Único, al que algunos visualizan como la construcción de una "fortaleza europea"; así como los grandes cambios operados en los sistemas políticos de los países ex-socialistas que conformaban el bloque de la Europa del Este. Con la puesta en marcha del Mercado Único, la Unión Europea logra objetivos buscados desde su origen: libertad de circulación de bienes, servicios, personas y capitales. Logros cuya trascendencia se refiere no sólo al campo económico, sino comprenden avances sustantivos en el ámbito social. En ese contexto era lógico que los países miembros se planteasen como consecuencia del Mercado Único, la necesidad de seguir avanzando hacia un desarrollo más equilibrado y equitativo entre las economías y sociedades que hoy integran a la Unión Europea, y de cara al siglo XXI, sorprenden al mundo con la integración económica y política de sus miembros. Se trata de un proceso de enorme envergadura y trascendencia para Europa y el mundo en general, pero particularmente para los países que integran a la Unión Europea y los que ven en ella un interlocutor y una salida a los problemas económicos y políticos.
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Existe el criterio de algunos europeos que el Mercado Único no se concibe sin una moneda única. De ahí que el punto central del Tratado de Maastricht plantea la unificación monetaria. Se podría discutir el modo y el cuándo de la unión monetaria, pero no cabe pensar que pueda funcionar un mercado único con 12, 15, ó más monedas distintas.36 La Comunidad Europea partió de la primacía de lo económico, dando por supuesto que lo demás vendría por añadidura.
Acta Única Europea El Acta Única Europea era una extensión del Tratado de Roma. Fue dada a conocer por Jacques Delors (Presidente de la Comisión Europea) en 1985. Se trataba de un proyecto, llamado Libro Blanco, por medio del cual se pretendía levantar las barreras comerciales aún existentes entre los 12 miembros de la Comunidad. Eso era para que el flujo de mercancías, trabajadores y capital quedara libre de restricciones para formar un verdadero mercado común intraeuropeo, que provocara, de manera más rápida y a niveles más elevados, la cooperación entre países. Como resultado de estas discusiones, en 1985, los jefes de gobierno de los 12 países acordaron completar el mercado único en el ámbito interno, progresivamente, antes de diciembre de 1992. Este acuerdo fue firmado en febrero de 1986. Para 1987 este plan fue aceptado por todas las asambleas nacionales de los miembros y, de acuerdo con Pierre H. Laurent, este hecho fue de suma importancia tomando en cuenta que Europa sería "... un
36
SOTELO, Ignacio. Europa en la empalizada. Elementos de la crisis de la Unión Europea. Colegio de México. 1994. Mimeo. p. 31
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mercado de 325 millones de personas y con una influencia económica mundial similar a la de Estados Unidos o Japón...".37 Para lograr la complementación que se habían propuesto debían de pasar 300 medidas. Ya para 1989 dos tercios habían sido aprobadas,38 y lo que restaba se preveía fuera más rápido. Por otra parte, la reforma del Tratado prevista en el Acta Única Europea, que entró en vigor en julio de 1987, amplió el sistema de la mayoría en las votaciones del Consejo de Ministros. Con ello, se limitaba la obligación de acuerdos unánimes a los temas más delicados, tales como impuestos, supresión de las fronteras y derechos de los trabajadores.39 Además, este documento amplió los poderes del Parlamento Europeo y definió los procedimientos de cooperación de política exterior, lo cual, como se mencionó antes, se quería formalizar en los años setenta. Al mismo tiempo, se ampliaron las facultades de la Comunidad en materia de energía, medio ambiente, y política monetaria, entre otros. Por otra parte se discutió la reforma a la estructura presupuestaria para limitar los costos agrarios y duplicar los gastos en desarrollo regional y social. En resumen, se discutió la mejor manera de canalizar los recursos de la Comunidad, según su capacidad distributiva en las diferentes ramas, con el fin de que se garantizara el equilibrio presupuestario.
37
LAURENT, Pierre H. The European Community: twelve becoming one. Currenta History. Noviembre, 1988. pp. 357-394. 38 GOODMAN, S. F. The European Community. St. Maratin's Press. New York, 1990. p.2. 39 OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. La Comunidad Europea en los años noventa. Luxemburgo, 1992. p. 3.
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En 1989, se aprobó la Carta de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores,* la cual tiene como objetivo principal mejorar y armonizar las condiciones de salud y seguridad en los centros de trabajo en los Estados de la Comunidad Económica Europea y enfatizar la libre circulación de personas en todo el territorio de la CEE.
El informe Cecchini (Europa 1992) La Comisión encargó un informe que presentara las ventajas potenciales del Mercado Interior. Éste estuvo a cargo de Paolo Cecchini. El informe se publicó en marzo de 1988 bajo el título de "Europa 1992: el desafío global". El informe prevé el medio de obtener un crecimiento del 5% del PIB de la Comunidad, reducciones de precios del 6% y la creación de dos millones de empleos. Además contempla que tener políticas económicas coordinadas entre los Estados miembros, podría provocar un crecimiento del PIB del 7% y también a mediano plazo 5 millones de nuevos empleos.40
* A lo que se refiere esta carta principalmente, es a la libre circulación de trabajadores en todos los países miembros, el empleo y el pago de éste, mejorar las condiciones de vida y trabajo, protección civil, libertad de asociación y negociación colectiva, formación profesional, igualdad de trato entre mujeres y hombres, protección de la salud y, seguridad en el medio laboral. OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los trabajadores. Luxemburgo, 1990. p. 3. 40 OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. El gran mercado europeo: un lugar común para la economía y el empleo. Luxemburgo. p. 3.
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Con estas perspectivas en 1989, Jacques Delors señaló los cuatro principios para poder alcanzar los objetivos del Acta Única Europea: /. Mayor competencia y cooperación; 2. Eliminación de los obstáculos al comercio, pero mantenimiento de cierto mínimo de normas; 3. Diversidad y respeto a las diferencias; y 4. Mantener subsidios. Delors, aseguraba que estos cuatro puntos permitirían que la Comunidad Económica Europea lograra organizarse de tal manera que pudiera dar paso a una nueva integración que abarcaría todos los ámbitos: económico, financiero, político y social. Como se puede observar, Europa durante más de cuarenta años tuvo que enfrentar diversas dificultades para lograr su consolidación como potencia económica y política en todo el mundo. De ahí que en los siguientes años y después del Tratado de Maastricht se busque lograr una integración más amplia (Unión Monetaria) para poder enfrentar los nuevos retos que impone el orden mundial para el futuro.
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Capítulo IV EL TRATADO DE MAASTRICHT
Antecedentes XZ/n 1987 al firmar el Acta Única Europea para crear el mercado único, se hace referencia al objetivo de la Unión Monetaria dentro de la Comunidad. El artículo 20 incorpora al artículo 102 del Tratado de la CEE un nuevo Capítulo I que dice "... a fin de garantizar la convergencia de las políticas económicas y monetarias, necesaria para el desarrollo interior de la Comunidad, los Estados miembros tendrán en cuenta para ello las experiencias adquiridas por medio de la cooperación en el marco del Sistema Monetario Europeo y el desarrollo del ECU dentro del respeto de las competencias existentes...".41 En junio de 1989 en una conferencia en Madrid, el Consejo Europeo aprobó el Reporte Delors, que delimitaba las tres etapas para establecer la Unión Económica y Monetaria (UEM), lo 41
COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Aplicación del Acta Única Europea. Luxemburgo. p. 3.
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cual representó un nuevo instrumento para la integración europea. Por otra parte, la peseta española se integró al mecanismo de tipos de cambio alargando la fluctuación hasta +/- 6%, esto para lograr, a través de una banda más amplia, la superación y estabilización de su moneda debido a la gran volatilidad de la peseta. El Io de julio de 1990, la Unión Económica y Monetaria entró en su primera etapa, la cual constituyó una liberalización de los capitales, así como la coordinación de políticas en cuestiones monetarias, financieras y económicas. En ese mismo año, en octubre, Gran Bretaña entró al mecanismo de tipos de cambio y alargó la banda de fluctuación, debido a que la libra esterlina había estado cambiando en rangos extensos, por lo que era necesario que le otorgaran una banda amplia para su ajuste.* En diciembre del mismo año, los jefes de Estado y gobierno decidieron, en Maastricht, crear la Unión Monetaria Europea (UME) que comenzaría a funcionar completamente en 1999, a través de tres etapas. Los éxitos que se venían dando dentro de la Comunidad, y además con todos sus cambios y crecimientos, dieron la pauta para que se comenzara a elaborar un nuevo tratado basado en la Unión Económica y Monetaria, esto no implicaba que la unión política perdería importancia. Es así como se dan dos conferencias en las cuales nació el Tratado de Maastricht, cuyo objetivo era transformar la Comunidad Europea en una Unión Europea, poniendo en marcha una ambiciosa fase de la integración europea. Es en este Tratado en donde se plasman las tres principales tareas de la Europa Comunitaria para los años noventa: 1. Transformación interna desde un Mercado Único a una Unión Económica y Monetaria y a una Unión Durante las décadas de los setenta y ochenta la libra había sufrido efectos devastadores, algunos analistas aseguraban que llegaría a un tipo de cambio tan bajo como un dólar = un libra esterlina, por la gran volatilidad que existió por la recesión en su planta manufacturera después de la caída del petróleo. GOODMAN, S. F. op. cit; pp. 123-125.
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Económica Completa y Política Supranacional, creando la Unión Europea, con una estructura supranacional. 2. Cuando se termine la reforma financiera y presupuestaria interna de la Comunidad Europea, se comiencen las negociaciones con los candidatos a la adhesión, (proceso iniciado en febrero de 1993). 3. Las crecientes responsabilidades exteriores de la Comunidad.42
La cumbre dé Maastricht La cumbre de Maastricht marcó un nuevo grado hacia la integración europea. El tratado que se firmó no sólo reformó y actualizó el Tratado de Roma,43 sino que incorporó nuevos elementos al proyecto comunitario y significó un paso irreversible a su consolidación. Este tratado es de vital importancia porque marca el camino que deben seguir los países miembros para que se dé la integración monetaria. Además toma en cuenta otros aspectos como seguridad, protección a los ciudadanos, política exterior y educación, entre otros, los cuales cada vez marcan una mayor integración y la acercan a lo que sería una Unión Económica. En el artículo A del Tratado de Maastricht se especifica claramente que la Comunidad Económica Europea se llamará desde ese momento Unión Europea. Además se lee "... Este Tratado marca una nueva etapa en el proceso de crear una unión más cercana entre las personas que habitan Europa, en donde las 42
43
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Del Mercado Único a la Unión Europea. Europa en Movimiento. Luxemburgo. 1992. p. 13. PADOA-SCHIOPPA, Tommaso et al. Europe after 1992: Three Essays. Princeton University. Princeton, USA. No. 182. Mayo, 1991. p. 1.
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decisiones son tomadas junto con los ciudadanos...".44 Con esto podemos ver que los Estados firmantes se comprometen a una mayor integración en la que los individuos ya no serán más miembros de un país, sino serán ciudadanos europeos. En el artículo B se detallan los objetivos a los que se pretende llegar con este nuevo acuerdo:45 • Promover el progreso económico y social el cuál será equilibrado y sostenible, en particular con la creación de un área sin fronteras internas, por medio del fortalecimiento de la cohesión económica y monetaria, y finalmente incluyendo una moneda única de acuerdo a los lineamientos de este tratado. • Para lograr una identificación en la escena internacional, en particular mediante la implantación de políticas comunes en política exterior y de seguridad incluyendo, más adelante, una política de defensa, que podría culminar con una defensa común. • El fortalecimiento en la protección a los derechos e intereses nacionales de los Estados miembros mediante la introducción de la ciudadanía europea. • Fomentar la cooperación en cuanto a justicia y asuntos internos. • Mantener el acquis communautaire y construirlo considerando, por medio del procedimiento referido en el Artículo N (2), en qué medida las políticas o formas de cooperación introducidas en este acuerdo necesitan ser revisadas con el propósito de lograr la efectividad en los mecanismos e instituciones de la Comunidad. 44
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Tratado de Maastricht. 45 Ibíd. Principio en el cual todos los paises se comprometen a enfocar todas sus acciones para el bien de la Comunidad Europea.
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Este Tratado sufrió modificaciones, entre ellos el Artículo 2, el cual se remplazó por: "... La Comunidad tendrá como misión, al establecer un Mercado Común y una Unión Económica y Monetaria e implantando las políticas u actividades comunes referidas en los Artículos 3 y 3-a, promover dentro de la Comunidad un desarrollo armonioso y equilibrado de las actividades económicas, un crecimiento sostenido y no inflacionista que respete el medio ambiente, un alto grado de convergencia en los resultados económicos, un nivel superior de empleo y de protección social, la elevación del nivel y de la calidad de vida, la cohesión económica y social, y la solidaridad entre los Estados miembros...". El Artículo 3 se sustituye por el siguiente: "... Para los fines enunciados en el Artículo 2, las actividades de la Comunidad deben incluir, en las condiciones y según el ritmo previsto en el presente Tratado: •
• •
•
• •
La de efecto eliminación, entre los Estados miembros, de los derechos de aduana y de las restricciones cuantitativas en los bienes de exportación e importación, así como otras medidas equivalentes. Una política comercial común. Un mercado interno caracterizado por la abolición, entre los Estados miembros, de los obstáculos a la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Medidas concernientes a la entrada y a la circulación de personas en el mercado interno, conforme a lo dispuesto en el Artículo 100-c. Una política común en los ámbitos de la agricultura y la pesca. Una política común en el ámbito de los transportes.
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• Un sistema que garantice que la competencia en el mercado interno no será alterada. • La aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en la medida necesaria para el funcionamiento del mercado común. • Una política en el ámbito social que incluya un Fondo Social Europeo. • El fortalecimiento de la cohesión económica y social. • Una política en el ámbito del medio ambiente. • El fomento de la competitividad en la industria dentro de la Comunidad. • El fomento a la creación y desarrollo de redes transeuropeas. • Una contribución al logro de un alto nivel de protección de la salud. • Una contribución a la enseñanza y a una formación de calidad, así como al desarrollo de las culturas de los Estados miembros. • Una política en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. • La asociación de los países y territorios a fin de incrementar el comercio y promover conjuntamente el desarrollo económico y social. • Una contribución al fortalecimiento de la protección a los consumidores. • Medidas en los ámbitos de energía, protección civil y turismo." Es importante recalcar que en esta Cumbre los principales temas a tratar, sin excluir a los otros, fueron: 1. El establecimiento de una política exterior y de seguridad común.
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2. El establecimiento de la Unión Monetaria Europea y por consiguiente el Banco Central y la Moneda Única. 3. La instauración de la ciudadanía europea como medio de protección de los intereses y derechos de las personas. Es posible sostener que estos fundamentos otorgaron a la Comunidad Europea la nominación de Unión, ya que la consolidación de estos factores forman parte importante para lograr la completa integración. Otros de los temas que se trataron dentro de la Cumbre fueron:46 /. La pérdida de poder de la OTAN. 2. La política común frente a los problemas migratorios y racistas. 3. La creación de la Oficina Europea de Policía (EUROPOL).
4. El análisis de la posición de la Gran Bretaña. Debemos subrayar que no todos los países estuvieron de acuerdo con los lincamientos expuestos en el nuevo Tratado. Existieron muchos problemas para llegar a su consolidación, pero finalmente se logró. Gran Bretaña fue uno de los miembros que formó parte importante en las discusiones. Margaret Thatcher no consentía en llevar adelante la Unión Monetaria Europea, ya que pensaba que esto restaría poder en todo el mundo a la libra esterlina. Además que esta Unión podría traer desequilibrios económicos más adelante.47 Por ello se le dejó al Reino Unido la opción de pertenecer o no a la Unión Monetaria Europea, previa decisión del país. 46
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Tratado de Maastricht. 47 GOODMAN, S. F. op. cit.
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Además estuvo en contra de la reducción de la jornada laboral y del establecimiento de un salario mínimo uniforme y vetó el protocolo de la Carta Social, lo cual constituía parte esencial para poder lograr el libre flujo de trabajadores dentro de la Unión Europea. Por lo que esto traería como consecuencia la imposibilidad de usar a los trabajadores como medio de equilibrio en la economía. Ya que sí se hubiese querido incorporar a la Unión Monetaria Europea, esta falta de libre circulación haría que la economía estuviera atada y sin posibilidades de equilibrarse.* España, por su parte, perseguía un Fondo de Cohesión que beneficiara a los cuatro países más pobres de la Unión Europea (España, Grecia, Irlanda y Portugal), en cuanto a ayudar a que éstos satisfagan los criterios de convergencia que se requieren para la tercera etapa de la Unión Monetaria Europea. Sin embargo, Alemania no apoyaba esta propuesta, ya que decía que este Fondo podría afectar a la larga a todas las economías, debido a que sería la principal fuente de recursos de estos cuatro países. Dinamarca, por otro lado, realizó un referéndum y se opusieron a la entrada de este país a la Unión Monetaria Europea, por lo que éste también suscribió un Protocolo. Éste señala que: "... En caso de notificación de que Dinamarca no fuere a participar en la tercera fase, disfrutará de una excepción. El efecto de la excepción será que todos los artículos y disposiciones del Tratado y del estatuto del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) referentes a una excepción sean de aplicación para Dinamarca...". Lo importante es que se dio una amplia cobertura en lo que se refiere a la Unión Monetaria Europea. La UME cubre desde el artículo 102-a hasta el 109-m, en donde se especifica con gran amplitud todo lo referente a esta unificación: desde la formación del Sistema Europeo de Bancos Centrales, el Instituto Monetario Europeo (IME) hasta las fases con las que se llevarán a Ver la teoría de la circulación monetaria óptima.
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cabo la introducción de la nueva moneda y la admisión de los países a la unificación monetaria. Etapas y fases de la unión monetaria europea 1.1.1994 1.7.1990 Comienzo de Comienzo de la primera la segunda etapa de la etapa de la UME
Primera etapa • Liberalización del tráfico de capitales.
1.1.2002 Inicio de la conversión de billetes y moneda
Principios de 1998 Resolución del Consejo de Europa
1.1.1999 Inicio de la tercera etapa de la UME
• El nombre • Confirma• Establecición del de la monemiento del primero de Instituto Eu- da europea enero de es euro. ropeo. 1999 como fecha de inicio.
• Determinación irrevocable de los tipos de cambio.
• Durante el primer semestre conviven las monedas nacionales con el euro.
• Circulo de participantes.
• La política monetaria queda bajo responsabilidad del
• A partir del 1° de julio el euro es el único medio de pago legal.
UME
15/16.12. 1995 Resolución del Consejo de Europa en Madrid
Tercera etapa
Segunda etapa
• Autonomía • Determina• Coordinación de la ción del de los banpolítica cos centrales escenario económica de la trannacionales. fínanciera y sición. monetaria.
BCE.
• Cambio de • Estableci- • Comienzo • Preparabilletes y de la conmiento del ción del monedas. Banco Cen- versión momarco legal netaria en el tral Eurohasta fines sector finanpeo (BCE). de 1996. ciero (sólo dinero en cuenta). • Conversión de todos los valores monetarios aún no expresados en euros. Fuente: Intituto Monetario Europeo. Internet.
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En el Tratado se estipula con precisión cuando iniciarán las etapas para la Unión Monetaria. El Artículo 109-3 refiere "... la segunda etapa para lograr la Unión Económica y Monetaria que deberá empezar el Io de enero de 1994...". Mientras que en el Artículo 109-j contempla los criterios de convergencia que deberán reunir los países miembros para poder incorporarse. Y este mismo artículo en el cuarto punto se refiere a la tercera etapa que iniciará no más allá del Io de enero de 1999, en la que comenzarán las tres fases para incorporar al sistema la nueva moneda única, el euro, y terminar con la consolidación de la unificación monetaria.
Desarrollo de la Unión Monetaria Europea después de Maastricht Después de Maastricht, en abril de 1992, el escudo portugués se unió al mecanismo de tipos de cambio con una banda de fluctuación de +/- 6%, más alta que otros miembros por su gran volatilidad. Sin embargo, en septiembre del mismo año, después de la crisis en los mercados financieros europeos, los gobiernos de Inglaterra (libra esterlina) e Italia (lira italiana) decidieron salir del mecanismo de tipos de cambio al no poder sostener sus monedas en el rango de fluctuación al que estaban sujetas. Más tarde, en agosto de 1993, debido a la crisis monetaria mencionada anteriormente, los ministros de finanzas y los presidentes de los bancos centrales de los Estados miembros decidieron expandir la banda de fluctuación al +/- 15%,* para evitar una salida masiva de las naciones dentro del Sistema * . Únicamente Holanda y Alemania deciden quedarse con una banda de fluctuación de +/- 2.25%.
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Monetario Europeo. Y fue también en noviembre del mismo año que el Tratado de Maastricht* cobró efecto. El Io de enero de 1994, comenzó la segunda etapa de la Unión Monetaria Europea,** según lo acordado en el Tratado de Maastricht. Además se estableció en Frankfurt el Instituto Monetario Europeo*** para comenzar los trabajos que condujeran a la fundación del Banco Central Europeo (BCE). Para 1995, Austria decidió entrar en el mecanismo de tipos de cambio, para así tener superado el criterio de convergencia que requiere que todo país participante de la UME debe permanecer en el mecanismo dos años previos a su participación. Sin embargo, a principios del año (febrero y marzo) de 1995, con la debilidad del dólar en todo el mundo, la mayoría de las monedas de los países miembros comenzaron a sentir una fuerte presión frente al marco. En marzo, debido a lo anterior, la peseta y el escudo se devaluaron dentro del Sistema Monetario Europeo. Por otra parte, en diciembre se juntaron en Madrid los jefes de Estado y gobierno, confirmando el objetivo de comenzar la Unión Monetaria Europea para el Io de enero de 1999. Además se establecieron los lincamientos para el cambio y nombraron.a la nueva moneda euro (dividida en 100 centavos).**** 1996 determinó el año para que el marco alemán recuperara su nivel, después de la apreciación sufrida en 1995. Por otra parte, Finlandia se unió al mecanismo de tipo de cambio en octubre El Tratado de Maastricth es una versión ampliada y mejorada del Tratado de la Comunidad Europea. En su parte económica busca una Unión Monetaria Europea a finales de siglo XX, en la que todos los países miembros culminen en una integración monetaria con una moneda única. En esta etapa, todos los países miembros, exceptuando a Gran Bretaña y Grecia, lograron independizar a los Bancos Centrales que aún no eran autónomos, logrando así, uno de los objetivos para ingresar a la UME. Éste es el antecedente del Banco Central Europeo. **** Un ECU= un EURO. DALLMEYER, Jens; Deutsch, Klaus y HOLTZMANN, HansDieter. The Euro: a stable currency for Europe. European Monetary Institute. Frankfurt am Main. 1997. p. 60.
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del mismo año con el objetivo de poder ingresar más tarde a la Unión Monetaria Europea. A finales de noviembre se reincorporó la lira a éste. Ambas monedas se hallaban sujetas a una banda de fluctuación de +/- 15%, debido a las fuertes presiones que estas monedas habían sufrido un año antes. A mediados de diciembre de 1996 el Consejo Europeo se reunió en Dublín, donde se acordaron los lineamientos legales para el cambio, el Pacto de Estabilidad para asegurar la disciplina fiscal en la Unión Monetaria Europea, y el futuro de este sistema en su segunda versión (SME II).* En esta reunión se volvió a confirmar la intención de comenzar la Unión Económica Europea en 1999. A principios de enero de 1997, el Instituto Monetario Europeo envió a todos los países miembros un reporte en el que se detalla la etapa tres de la UEM, así como el establecimiento del Banco Central Europeo. Esto con el fin de tener en cuenta el tiempo límite al que están sujetos para poder ingresar a la unificación monetaria. A lo largo de 1998 se crea el Banco Central Europeo y se nombra a su Comité Ejecutivo; se comienza la producción de billetes y monedas de euros. En la primavera de 1998 el Consejo Europeo reunido en Bruselas fija definitivamente los países de la "zona euro", a partir de los criterios de convergencia,** y establece las orientaciones para la fijación de la paridad entre monedas participantes. El Consejo de Ministros de Economía y Hacienda es el responsable de: adoptar la legislación por la que se establece el euro como moneda única de los Estados miembros participantes (de conformidad con el artículo 109 L.4 del Tratado), la adopción de las especificaciones técnicas sobre las monedas de euros, y la En el SME II se expresan las relaciones entre las monedas de los países que participen en la Unión Monetaria más tarde de lo acordado al cumplir con los requisitos, y los países participantes desde el inicio. Además en éste se plantean los principios necesarios para su ingreso y su inclusión a la unificación monetaria. Los criterios de convergencia para poder entrar a la Unión son: inflación, tipo de cambio, tasa de interés, déficit fiscal y deuda pública.
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adopción de la legislación sobre el Banco Central Europeo prevista en el artículo 106.6. Basándose en la recomendación del Consejo adoptada y de conformidad con el dictamen del Parlamento Europeo emitido, el Consejo -reunido en su formación de jefes de Estado o de gobierno- decide por unanimidad que once países miembros, a saber: Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia cumplen las condiciones necesarias para la adopción de la moneda única el Io de enero de 1999. Por consiguiente, estas naciones participarán en la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria. Asimismo, el Consejo señaló que Grecia y Suecia no cumplen por el momento las condiciones necesarias; que el Reino Unido notificó que no se propone pasar a la tercera fase de la UEM; y que Dinamarca no participará en ella. 1999 es la fecha para el comienzo de la tercera etapa de la Unión Económica Monetaria. En ésta el Consejo fijará irrevocablemente los tipos de conversión de las monedas de los países participantes, entre sí y con respecto al euro. Éste pasa a ser la única moneda de curso legal en los países miembros, y la cesta oficial del ECU deja de existir. Tipos de cambio irrevocables
Fuente: Informes y recomendaciones de la Comisión y del Instituto Monetario Europeo.
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A partir del 4 de enero de 1999, los mercados financieros operan en euros en big bang (de una vez), y éste se cotiza en los mercados de divisas contra el dólar y el yen. Además la responsabilidad de las políticas monetarias serán transferidas al Sistema Europeo de Bancos Centrales, el cual se compone del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales de los países miembros. Cronología de la Unión Monetaria Europea Aflo 1957
Establecimiento de la Comunidad Económica Europea (CEE), integrada por Alemania, Francia, Italia y los países del BENELUX.
1967
Creación de la Comunidad Europea (CE).
1972
Establecimiento de un mecanismo de tipos de cambio.
1973
Ingreso de Gran Bretaña, Irlanda y Dinamarca a la CE.
1979
Establecimiento del Sistema Monetario Europeo.
1981
Ingreso de Grecia a la CE.
1986
Ingreso de España y Portugal a la CE.
1987
El Acta Única Europea determina la creación del Mercado Único Europeo a partir de 1993 y el objetivo de la Unión Monetaria.
1990
Comienzo de la primera etapa de la Unión Monetaria Europea (UME) con la liberalización del tráfico de capitales.
1991
Conclusión del Tratado de Maastricht sobre la Unión Europea y determinación del calendario para la Unión Monetaria.
1992
Gran Bretaña e Italia abandonan el mecanismo de tipos de cambio del SME tras una serie de turbulencias monetarias.
1993
Implantación del Mercado Único Europeo que permite el libre tráfico de personas, mercancías, capitales y servicios.
1994
Comienzo de la segunda etapa de la UME; creación del Instituto Monetario Europeo (IME).
1995
Austria, Suecia y Finlandia ingresan a la UE. Euro es el nombre de la moneda única europea.
1996
Cumbre de Dublin, Acuerdo sobre el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Declaración de Dublin sobre el empleo. Se decide el diseño de los billetes del euro. Italia vuelve al SME. Reglamentos del marco jurídico para el euro.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
(Continuación) ^Aflo.r - •
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1998
Decisión sobre los participantes en la UME y confirmación de la fecha de inicio. Creación del Banco Central Europeo y fijación de las paridades de las monedas participantes (finales).
1999
Comienzo de la Unión Monetaria. Tipos de cambio fijos. El BCE asume la responsabilidad de la política monetaria y opera en euros, comienzo de la conversión monetaria en el sector financiero.
2002
Las monedas y billetes en euros reemplazan a las monedas nacionales (1°. de julio de 2002 como máximo). Transición completa al euro en las administraciones públicas. Fuente: Informe de la Comisión y del Instituto Monetario Europeo.
Qué presenta el Tratado de la Unión Europea • Una moneda común europea para 1999. • Nuevos derechos para los ciudadanos europeos, que se convertirán en ciudadanos de la Unión Europea. • Más y mayores responsabilidades para la Unión Europea, cuyas competencias se ampliarán: mayor protección de los consumidores; sanidad pública; concesión de visados; creación de importaciones; infraestructuras de transporte, telecomunicaciones y energía (redes transeuropeas); cooperación al desarrollo con arreglo a los términos del Tratado; política industrial; educación; cultura; mayor actividad en los ámbitos de la protección del medio ambiente, de la investigación y desarrollo, así como de la política social (excepto en el Reino Unido); cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos del interior. . Más competencia para el Parlamento Europeo, ampliación de los casos en que se aplica el procedimiento de codecisión, poder para refrendar con su voto el 103
LA UNIÓN EUROPEA
nombramiento de la Comisión Europea, competencia para aprobar todos los trabajos internacionales importantes. • Creación de una política exterior y de seguridad común.48 El Tratado contiene:49 /. Modificaciones y ampliaciones de los Tratados CECA, CEEA y CEE. La más amplia de las tres Comunidades, la Comunidad Económica Europea, se denominará a partir de ahora oficialmente Comunidad Europea. De este modo, no sólo se consolida jurídicamente su denominación más usual, sino que también adquieren mayor importancia las numerosas actividades no puramente económicas, como por ejemplo, la protección del medio ambiente. 2. Disposiciones relativas a la cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior, especialmente entre las autoridades policiales y judiciales. Si bien estas disposiciones forman parte integrante del Tratado de la Unión Europea, no pertenecen a ninguno de los tres Tratados CECA, CEEA y CEE. La causa reside en que algunos Estados miembros no están todavía preparados para transferir a la Comunidad la plena competencia en estos temas y prefieren confiarlos primero a la cooperación intergubernamental. 3. Disposiciones relativas a la política exterior y de seguridad común. Constituyen también un capítulo independiente al margen de los tres Tratados. 4!
49
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Del mercado único a la Unión Europea, op. cit\ p. 9. OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. La Unión Europea. Europa en Movimiento. Luxemburgo. 1992. p. 9.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
4. Disposiciones especiales sobre política social. Tienen su origen en el hecho de que un Estado miembro, el Reino Unido, no considera apropiado otorgar más competencias a la Comunidad ni reforzar la cooperación en este ámbito. A pesar de la diferente configuración jurídica de las distintas partes del Tratado de la Unión Europea, sus instituciones (Consejo, Comisión, Parlamento Europeo y Tribunal de Justicia) permanecen. Se mantienen también los mismos procedimientos de decisión. El Tratado de la Unión Europea obtiene así un marco institucional unitario y fija en disposiciones comunes los principales objetivos de la Unión.
Los objetivos de la Unión Europea Con la firma del Tratado y su ratificación por los Estados miembros, se inicia una etapa de mayor profundidad en la estructuración de una Unión cada vez más estrecha entre los países miembros, en la cual las decisiones se fundamentarán a partir de la voluntad política y en crecientes consensos nacionales hacia las políticas comunitarias. El Tratado que se fundamenta en las Comunidades Europeas, completa a éstas con las políticas y formas de cooperación que establece, consolidando las competencias de sus instituciones y buscando organizar de modo coherente y solidario las relaciones entre los Estados miembros y sus pueblos, factor, este último, muy importante para consolidar una Europa fuerte y unitaria. En efecto, la Unión tiende a promover un progreso económico y social equilibrado y sostenido, principalmente mediante la creación de un espacio sin fronteras interiores (fundamentado en el establecimiento de un mercado interior sin fronteras 105
LA UNIÓN EUROPEA
en 1993), el fortalecimiento de la cohesión económica y social, y el establecimiento de la Unión Económica y Monetaria que implicará una moneda única conforme a las disposiciones del Tratado. El marco de la Unión Europea busca establecer la Unión Aduanera y el Mercado Único que comprenda la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales y fomentar políticas comunitarias como una Política Agrícola Común; una Política Comercial; libre competencia; política de transportes, medio ambiente, e investigación y desarrollo. La UEM, fomentará una economía más próspera a través de un mayor crecimiento sostenido que permitiría una mayor creación de empleo según lo previsto. Ello se complementa en tres fases con el establecimiento de una moneda única, en 1999, y del Banco Central Europeo. El acuerdo sobre la UEM es ambicioso. En él se establecen la estructura, los objetivos y el calendario para lograr un alto grado de convergencia económica entre los Estados miembros y la creación de una moneda común, el euro. La plena UEM debería lograrse en tres etapas. El plazo para el comienzo de la tercera y última etapa de ésta se fijó en 1999. Con objeto de ayudar a los países comunitarios más pobres a ponerse a la altura de sus socios más ricos, se estableció un Fondo de Cohesión con la intención de canalizar el financiamiento de proyectos en beneficio de aquéllos. Con esto, el tratado busca reforzar la cohesión económica y social entre las regiones y los Estados miembros, fortaleciendo, a la vez, una clara dimensión social al establecer una política de mayor protección social y mayores derechos para sus trabajadores. Con este propósito se crea también el Comité de las Regiones, con carácter consultivo, en el que se tendrán en cuenta los intereses de las distintas regiones y entidades locales de la proyectada Unión Europea.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
Una nueva institución, el Instituto Monetario Europeo, es creada a principios de la segunda etapa. Esta nueva instancia tiene una autoridad limitada en los temas de gestión monetaria y financiera y sólo preparará el marco final institucional de la tercera y última etapa. En el planteamiento inicial, si una mayoría de Estados estuviera preparada para entonces, la tercera fase comenzaría el Io de enero de 1997; para ello tendrían que cumplir con una serie de severos indicadores de convergencia económica establecidos en el Tratado de Maastricht. Asimismo, tendrían que haberse movido dentro de los estrechos márgenes de fluctuación del actual mecanismo de tipos de cambio (MTC) durante al menos dos años sin haber devaluado su divisa en ese tiempo. Sin embargo, como reflejo de los países miembros de ajustarse a los índices de convergencia, la operación de la tercera fase se dio el Io de enero de 1999. Por otra parte, pretende afirmar su identidad en el ámbito internacional, particularmente mediante la realización de una política exterior y de seguridad común que incluya en el futuro la definición de una política de defensa común. Ello implicaría, posteriormente, una nueva correlación de fuerzas y una redefinición de las alianzas en el nuevo contexto de distensión, e incremento de la interdependencia y cooperación internacional que está operando en el sistema internacional. A la vez, busca reforzar la protección de los derechos e interés de los nacionales de sus Estados miembros, mediante la creación de una ciudadanía de la Unión. Este principio de ciudadanía, implícito en la Unión Política, incluye libre residencia, voto, protección diplomática, derecho de petición y, prácticamente, la creación de un mecanismo defensor del pueblo de la Unión Europea, lo cual supone un grado de avance cualitativo y de homogeneización superlativo de las actitudes y políticas nacionales europeas hacia un nivel de supranacionalidad que en el momento no se conoce, y que tendrá que confrontarse con las 107
LA UNIÓN EUROPEA
realidades operantes en el futuro próximo en el contexto europeo y mundial. Además, pretende desarrollar una estrecha cooperación en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior, mediante el establecimiento de normas comunes para el tránsito de personas por las fronteras, una política de inmigración común; cooperación judicial en materia civil y penal; lucha contra las toxicomanías; cooperación aduanera; lucha contra el terrorismo y el narcotráfico; creándose por otra parte, la Oficina Europea de Policía (policía europea). El último de los objetivos, es el de mantener íntegramente el acervo comunitario y desarrollarlo con el fin de examinar, de acuerdo a lo previsto en el apartado 2 del artículo N, la medida en que las políticas y formas de cooperación establecidas en el Tratado de la Unión deben ser revisadas, para asegurar la eficacia de los mecanismos e instituciones comunitarias. En este sentido el Tratado establece que la Unión tendrá un marco institucional único que garantizará la coherencia y la continuidad de las acciones, particularmente en el marco de sus políticas de relaciones exteriores, en el ámbito de la seguridad, de la economía y del desarrollo. El Consejo de la Comisión tendrá la responsabilidad de garantizar dicha coherencia y asegurarán de acuerdo a sus competencias, la realización de tales políticas. Con el Tratado de la Unión, las competencias de las instituciones se ven fortalecidas; así el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, la Comisión y el Tribunal de Justicia, ejercerán sus competencias de acuerdo a las disposiciones de los tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y de los tratados y actos subsiguientes que los han modificado o completado; así de las disposiciones del Tratado de 1992. Para el caso, vemos que se otorgan más poderes al Parlamento Europeo, y en la conferencia intergubernamental de 1996 se añaden nuevas competencias comunitarias y se refuerzan los 108
EL TRATADO DE MAASTRICHT
poderes del mismo; fortaleciendo así el proceso institucional e integrador de la futura Unión Europea, propuesta como un bloque económico, comercial, político y social sólido que ejerza un papel catalizador en las relaciones internacionales. Por su extensión, no desarrollaremos los siete títulos de que consta el Tratado, en el entendido que hemos establecido las directrices centrales del proceso hacia la Unión Europea y las competencias básicas de su estructura institucional; y de que la Comunidad actuará dentro de los límites de las competencias que le atribuye el Tratado de la Unión y de los objetivos que éste le asigna. En los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la actual Unión Europea intervendrá conforme al principio de subsidiaridad, sólo en la medida en que los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros. En suma, tenemos que el Tratado de la Unión Europea viene a fortalecer y consolidar el funcionamiento institucional de la Comunidad de cara a los nuevos objetivos y retos que presenta el proceso integrador europeo.
El papel del ECU en el Sistema Monetario Europeo El ECU (European Currency Unit) surgió de la necesidad de disponer de una Unidad de Cuenta Europea (UCE) única a escala comunitaria. Fue creada, en su forma actual, en 1979, junto con el Sistema Monetario Europeo. Desde entonces, el ECU se definió como una "cesta" compuesta por distintos porcentajes de las monedas de los Estados miembros, que están en función del peso de sus respectivas economías.
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LA UNIÓN EUROPEA
Composición del ECU Proporción que supone cada moneda en % (12 Países) (31-Jul-1992)
Fuente: OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. El Mercado Único en Marcha. Europa en Movimiento. Luxemburgo. 1992. p.31.
El ECU, se concibió como el tipo de cambio entre las monedas de dos Estados miembros, donde éstas no podían oscilar más de 2.25% por encima o por debajo de un tipo preestablecido. De manera transitoria, en algunos países la fluctuación podía ser de hasta el 6%. Las funciones del ECU dentro del mecanismo de cambio fueron: a. Como referencia para fijar los tipos centrales a partir de los cuales se calculan las fluctuaciones permitidas.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
b. Constituyó también el punto de referencia de un sistema de alerta destinado a incitar a los Estados miembros a adoptar las medidas económicas pertinentes antes de llegar al límite de las oscilaciones permitidas (2.25 ó 6%). c. El ECU como unidad de cuenta para los pagos entre bancos centrales, así como para el pago de las compras y ventas de dinero efectuadas para sostener los tipos de cambio. El ECU oficial se creó mediante el depósito del 20% de las reservas en oro y dólares americanos de los Estados miembros en el Fondo Europeo de Cooperación Monetaria (FECOM), desde el cual se centralizan los pagos. d. El ECU como unidad de cuenta para las ayudas a las balanzas de pagos que la Comunidad concedió a los Estados miembros que se encuentran en una situación económica difícil.50
Los tiempos de la integración monetaria: el euro La Unión Monetaria Europea se concibe como un acuerdo en el cual se eliminan las fronteras del dinero entre los países miembros de la Unión Europea. Esto se hará mediante el reemplazo de las monedas nacionales de los países participantes por una moneda común nombrada en 1995 como euro. Esta medida ahorrará a turistas y empresas los costos y las molestias que provocan las diversas transacciones que se generan a partir de los cambios de divisa. 50
OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. El ECU. Europa en Movimiento. Luxemburgo. p. 4
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LA UNIÓN EUROPEA
Por otra parte, esta medida también beneficiará al sector exportador dentro de Europa, ya que éste no dependerá más de las turbulencias en los mercados de cambio extranjeros. Actualmente, cuando los compradores hacen cualquier transacción tienen desventajas en el aspecto de que el valor de su capital es del día que hacen el acuerdo, por lo que si baja el tipo de cambio del país al que compraron los bienes dos días después, éstos pierden dinero al haber realizado el negocio antes. Así, esta medida significa que en el momento que exista la unificación ya no habrá más fluctuaciones adversas tanto para exportadores como para importadores, ya que tendrán las mismas ventajas al utilizar el euro que estará previamente fijado. En el caso de los bancos y sus clientes, la Unión Europea supondrá la creación de un gigantesco mercado financiero,51 el cual traerá consigo grandes oportunidades de inversión en la nueva moneda. Si consideramos que el mercado más productivo es Estados Unidos, debido que al ser un país de grandes dimensiones su base financiera también lo es, la existencia de otro mercado que proporcione los mismos instrumentos financieros, pero en otra moneda estable, será un incentivo más para que los inversionistas puedan diversificar sus fondos. Los puntos centrales de la Unión Monetaria Europea son: • • • •
"... Una moneda común: el euro; Un objetivo común: la estabilidad de precios; Una política monetaria común; El Banco Central Europeo gozará de total independencia política...".52
El objetivo principal de la UME es impulsar aún más el Mercado Europeo, así como la unidad política dentro de Europa. Por ello es necesario que los países miembros de la Unión Europea 51
Internet, UE.INT.
52
Ibid.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
unifiquen sus actividades tanto en política monetaria como en los tipos de cambio. De ahí que se integran en el BCE de todos los Bancos Centrales de los Estados miembros formando el Sistema Europeo de Bancos Centrales.* A pesar que con el Tratado de Maastricht y los índices de convergencia se dieron todos los lineamientos a seguir para crear esta Unión, el lograrla necesita de una voluntad política y de un número suficiente de países dispuestos a cumplir los criterios de convergencia para conseguir que este proyecto funcione. En todo el proceso de integración económica de la hoy Unión Europea se distinguen tres etapas: 1. Del Tratado de Roma al Informe Werner 2. Del Informe Werner al Sistema Monetario Europeo 3. Del SME al Tratado de Maastricht y al Tratado de Amsterdam El contexto histórico que enmarca el Informe Werner es el de los brotes de inestabilidad que surgen a raíz de los acuerdos de Bretton Woods, los cuales originan la creación del "Plan Barre" en 1969. Este plan proponía de manera central la creación de una unión monetaria dotada de un mecanismo de apoyo a corto plazo entre los bancos centrales. En este sentido, en 1970 el Informe Werner propuso las bases para un proceso de integración monetaria por etapas. Finalmente, lo que habría de propiciar la constitución del SME es el rompimiento de los acuerdos de Bretton Woods.
Este sistema está obligado a garantizar la estabilidad de los precios. Gozará de total independencia de los demás organismos dentro de la Unión Europea. Se compondrá del Banco Central Europeo y de los bancos centrales nacionales. Sus órganos se constituirán del Consejo Rector del Banco Central Europeo, que marcará las directrices de la política monetaria, y del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo, que pondrá en práctica las decisiones del Consejo. A stable currencyfor Europe. United Kingdom. DB Research T Edition. January, 1996. p. 22.
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LA UNIÓN EUROPEA
El SME, constituido en 1979, señaló como objetivos fundamentales la estabilidad cambiaría y la convergencia económica; ello en virtud de los efectos perjudiciales que ocasionó la inestabilidad cambiaría en el comercio, la inversión y por ende, el crecimiento económico. Los logros obtenidos a través del SME se reflejaron en las reducciones en las fluctuaciones a corto plazo de los tipos de cambio entre las monedas comunitarias. Sin embargo, en 1985 se presentaron una serie de factores que incidieron de manera negativa en el SME, entre ellos destacan las fluctuaciones del dólar. Así, para 1989 y a través del llamado Informe Delors se plantean la creación de la Unión Económica Monetaria en tres etapas, y los objetivos propuestos serían: • • • •
Liberación de los movimientos de capitales. Plena integración de los mercados financieros. Convertibilidad irrevocable de las monedas. Tipos de cambio fijos e irrevocables, conjuntamente con la supresión de los márgenes de fluctuación. • Posible sustitución de las divisas nacionales por una moneda única.
Por otro lado, las etapas que se consideraban eran las siguientes: 1. Fortalecer las instituciones existentes y promover la coordinación de políticas macroeconómicas. 2. Establecer el sistema Europeo de Bancos Centrales. 3. Fijación irrevocable de los tipos de cambio y la transición definitiva hacia la moneda única. Este es el antecedente inmediato del Tratado de Maastricht, signado en 1992, en el cual se orientan de manera más clara los mecanismos que asumiría la Unión Económica Monetaria para 114
EL TRATADO DE MAASTRICHT
fortalecer su moneda e impulsar la hegemonía europea en el contexto de la globalización; concretamente el Tratado señalaba los siguiente puntos. • • • •
Órganos de decisión en materia económica y monetaria. Objetivos con relación a la moneda única. Calendario preciso para alcanzar dichos objetivos. Requisitos de equilibrio interno y financiero de los países integrantes.
Este último aspecto es quizá uno de los más importantes dentro del Tratado de Maastricht, pues aquí se formularon los llamados índices de convergencia que deberían de cumplir los países que aspiraran a formar parte de la Unión Europea. Los requisitos estipulados son los siguientes: 1. "Alcanzar una elevada estabilidad de precios: la tasa media anual de crecimiento de los precios al consumidor en cada país no debe superar en más de 1.5% la media de los tres países con menor inflación". 2. "Alcanzar una situación sostenible de las finanzas públicas: el déficit no debe superar 3% del PIB, y la deuda pública no debe sobrepasar 60% del PIB". 3. "Estabilidad cambiaría: no devaluar la moneda nacional en los dos años anteriores al examen de los criterios". 4. "Los tipos de interés a largo plazo no deben sobrepasar el 2% la media de los tipos de interés de los tres países con menos inflación". Estos criterios, que si bien tienen un interés económico, también reflejan una intención política, sobre todo de los países que mantienen una clara posición más desarrollada que la de países que se encuentran en condiciones de menor ventaja.
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LA UNIÓN EUROPEA
Con relación al primero de ellos, se puede decir que este criterio fue adoptado en virtud de la importancia que tiene la estabilidad de los precios para reducir la incertidumbre económica, así como para no inquietar una zona monetaria que requiere de tipos de cambio fijos. El segundo punto se refiere al equilibrio de las finanzas públicas, si bien se relaciona con consideraciones económicas como la de evitar los efectos adversos de un déficit público y que el gasto público excesivo presione una mayor demanda, es claro que detrás de este postulado existe una convicción politica que parte de la idea de asociar la ineficiencia con el Estado, optando por recortar las acciones del gobierno a través del presupuesto. El tercer criterio, sobre la estabilidad cambiaría, refleja que cada uno de los países integrantes verá limitada su capacidad para hacer uso de este importante instrumento de política monetaria para resolver desequilibrios causados por factores externos. Derivado de ellos se ha concedido a la política fiscal el papel de mecanismo para ajustar las finanzas internas, aunque el riesgo, en este sentido, lo asumen las economías más vulnerables. Así, en el caso de que uno de los países miembros resintiera una disminución en la demanda, se reduciría la producción y por ende el empleo, con la consecuencia que se detraería la recaudación tributaria y se incrementarían los subsidios para el desempleo; estas condiciones por sí mismas provocarían un déficit presupuestario. Al parecer lo que podría salvar de esta situación a alguno de los países miembros que incurriera en este tipo de déficit, sería la transferencia del ingreso de otro país; sin embargo, esto sólo podría ocurrir si se hiciera efectiva una integración política para enfrentar las crisis que podrían afectar en cadena a todos los integrantes de la Unión Europea. Con relación a la aplicación de la política de tasas de interés, esta convergencia tendrá que contar con el apoyo de los 116
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
distintos agentes económicos de cada uno de los Estados de la Unión, quienes deberán entender que la decisión de la paridad cambiaría es irrevocable. Por otro lado, el avance que han tenido los países miembros de la Unión Europea en su esfuerzo de integración, no hubiera sido posible sin el convencimiento de cada uno de ellos respecto del potencial que puede tener un país en lo individual y las perspectivas de desarrollo de Europa. Asimismo, este ánimo ha sido motivado también por los resultados que en la práctica han observado y percibido en sus propias economías los países de la Unión Europea. Puede decirse que en cada una de las etapas y tratados e informes se plantearon nuevos retos a las respectivas políticas de los países miembros, especialmente porque éstos no estaban dispuestos a cuestionar su propia soberanía con relación a la instrumentación de medidas de política monetaria presupuestaria fiscal. Finalmente, este proceso de maduración ha conllevado al hecho que a partir del primero de enero de 1999 la Unión Económica y Monetaria unificó, válgase la redundancia, a los países miembros que cumplieron con los criterios económicos señalados en el Tratado de Maastricht. La Unión Económica y Monetaria expresa la aplicación de una política monetaria "única" que se aplica a un mercado económico "único". El encargado de dirigir a la Unión Europea en lo relativo al campo monetario es el Banco Central Europeo, quien se maneja de manera independiente de los gobiernos nacionales. En la práctica, el Banco fija sus criterios de política monetaria a través de bandas de tipo de interés, señalando un máximo y un mínimo. Asimismo, aún cuando el euro ya es usado como moneda para transacciones financieras, será hasta el Io de enero de 2002 cuando comience a circular como la moneda oficial de la Unión Europea.
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LA UNIÓN EUROPEA
Principales beneficios y puntos de discusión con relación al euro Los alcances y las limitaciones de la puesta en marcha del euro como moneda única en la Unión Europea tendrían que valorarse desde distintas perspectivas. Una de ellas se analizaría con relación al impacto que tiene entre los Estados miembros, otra se refiere a las implicaciones que estas medidas tienen sobre la hegemonía estadounidense y al dólar, concretamente como divisa. Con relación al primer ámbito de análisis mencionado -impacto entre países miembros- las ventajas son, entre otras, las siguientes: • Las empresas europeas de los Estados miembros encontrarán que sus pagos y transferencias serán más eficientes y menos costosos. • Se incrementará el efecto competitivo del Mercado Único al establecerse en una única divisa el precio de los bienes y servicios. • La mayor influencia de los gobiernos sobre las tasas de interés conllevará a una mayor resistencia del euro a las presiones que pudieran ejercer los especuladores sobre las monedas nacionales. • El euro evitará que las distorsiones del tipo de cambio afecten al comercio y a la inversión, ya que los precios de los productos y servicios podrán compararse en una misma moneda. • La estabilidad de los países miembros atraerá una mayor inversión con los consecuentes efectos benéficos sobre el empleo y el mejoramiento en los niveles de vida.
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• En razón que Europa se constituirá en una de las mayores potencias comerciales, el euro será una de las monedas más fuertes. Por otra parte, los problemas que se vislumbran en la Unión Europea se relacionan más con la aplicación de políticas que con los efectos prácticos de la puesta en circulación del euro. De esta manera, se observan los siguientes aspectos que son puntos de discusión de analistas y estudiosos sobre el futuro del euro: • La instrumentación de medidas de política monetaria y fiscal que deberán adoptarse de manera común en todos los Estados miembros. Este aspecto cobra mayor relevancia si se considera que debido a los supuestos de la UEM sobre tipos de cambio fijo y libre circulación de capitales, los gobiernos pierden margen de maniobra interno para mantener su estabilización. • Los países miembros sólo cuentan con la adopción de políticas fiscales para realizar internamente sus propios ajustes, considerando que uno de los índices de convergencia señala un control estricto del déficit público y la sanción de los desequilibrios presupuestarios. En este orden de ideas, la magnitud de los problemas que podrían presentarse conduciría a analizar los mecanismos para que la convergencia se hiciera real, y por otra parte, a explorar la posibilidad de una unificación política con todas las implicaciones que esto conlleva. Al respecto, es importante mencionar que los principales órganos de decisión de la Unión Europea son: el Parlamento y el Consejo Europeo; y que la relación de la Unión Económica con sus Estados miembros se ha caracterizado por las fuertes polémicas que se han desarrollado en casi todas las naciones
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LA UNIÓN EUROPEA
integrantes, sobre todo por las implicaciones de ceder un cierto grado de soberanía nacional en algunas áreas. Por otro lado, y con relación a la segunda vía de análisis propuesta, sobre las implicaciones del euro en la hegemonía estadounidense, resalta el siguiente aspecto: • La posibilidad que el euro se convierta en la divisa más poderosa en el siglo XXI, tiene su sustento en el hecho que muchos inversionistas se sientan atraídos por una moneda estable y que además se manifiesten contrarios a continuar dependiendo del dólar. Lo que resulta innegable con la aparición del euro es el hecho que cuestiona seriamente la hegemonía del dólar como unidad de intercambio internacional, y hoy más que nunca, se consolidan los tres grandes bloques económicos en el marco de la globalizacion: Estados Unidos, México y Canadá; la Unión Europea; y Japón con los países de la orilla asiática. Asimismo, los logros obtenidos por la Unión Europea luego de más de 50 años de un arduo esfuerzo por consensar acuerdos entre los países miembros, son claros, muestra de ello es que actualmente la Unión Europea concentra 20.7% del comercio mundial, en tanto que Estados Unidos tiene el 16.8% y Japón el 9.7% del intercambio internacional; de igual manera, Europa aporta 37% de inversiones extranjeras en el mundo y recibe el 19% de las mismas.* Con relación a los indicadores macroeconómicos con respecto al año de 1996, resalta que la Unión Europea tiene un Producto Nacional Bruto de 6 billones de dólares que es 10% mayor al de Estados Unidos y 64% superior al de Japón.**
El Financiero. 13 de junio de 1996. El Financiero. 5 de septiembre de 1996.
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EL TRATADO DE MAASTRICHT
En términos generales, el desenvolvimiento de la economía europea después de que ha comenzado a funcionar el euro, responderá a una serie de interrogantes que actualmente, con los mecanismos que se conocen para corregir los posibles desequilibrios, no se pueden dilucidar. Estas preguntas se refieren a las siguientes cuestiones: /. La política económica que se ha institucionalizado en Europa es la más adecuada para impulsar el beneficio y el pleno empleo en los países europeos que muestran una mayor desventaja económica. 2. Los criterios adoptados y señalados en el Tratado de Maastricht son suficientes para evitar el surgimiento de desequilibrios financieros. 3. La aplicación de políticas monetarias y fiscales comunes a todos los países integrantes de la Unión, es la adecuada para el tratamiento de economías diferentes por problemas disímbolos. Por ello, se insiste en que a pesar de los logros obtenidos por los países integrantes de la Unión Europea, será necesario que se avance en un esquema de mayor unidad política que soporte a las economías que pudieran afrontar desequilibrios internos. Esto nos lleva necesariamente al campo de la unificación o política supranacional.
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Capítulo V RETOS Y TENDENCIAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA J—/a crisis de 1992 había hecho estragos los planes de la UEM. La recesión del siguiente año dio como resultado el agravamiento de los déficits públicos; apenas una minoría de países eran capaces de cumplir los criterios de convergencia, requisito para acceder a la tercera fase de la UEM; pero la decisión política estaba firmada y rubricada. El Tratado de la Unión Europea entró en vigor el Io de noviembre de 1993. La segunda fase de la UEM se inició el Io de enero de 1994, tal como estipula el Tratado. Se creó el Instituto Monetario Europeo, se culminaron las negociaciones de adhesión y el Io de enero de 1995, la ahora Unión Europea se ampliaba con tres nuevos miembros: Austria, Finlandia y Suecia. En abril de 1995, la Comisión Europea emitió un documento en el que se plasmaba un programa de tareas para llegar a la
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LA UNIÓN EUROPEA
moneda única, "Libro Verde" sobre las modalidades de transición a la moneda única. El Consejo Europeo, en la reunión en Madrid de diciembre de 1995, aprobó el calendario y el escenario que se seguirá en los próximos años para alcanzar la moneda única: • En 1998 se decide qué Estados estarán en condiciones de formar parte de la moneda única y se iniciarán los preparativos finales. • El Io de enero de 1999 se iniciará la tercera fase de la UEM, tal como lo estipula el Tratado de Maastricht, con la fijación irrevocable de los tipos de cambio de las monedas participantes en el euro, nombre definitivo de la moneda. • A partir de lo anterior se abrirá un período de adaptación de tres años como máximo, al cabo de los cuales se pondrán en circulación las monedas nacionales. Este proceso durará 6 meses como máximo, de manera que culminará el Io de julio de 2002, a más tardar.53 El 3 de mayo de 1998 los jefes de Estado y de gobierno de la Unión Europea, adoptaron la decisión irreversible de fundir sus divisas en el euro, a partir del Io de enero de 1999, y dieron origen a la potencia comercial más grande del mundo. Los compromisos que deberán cumplir los 11 países de la Unión Económica y Monetaria son: 1. Las naciones que mantienen un alto nivel de deuda pública (Italia y Bélgica) tendrán que adoptar medidas adicionales para reducirla.
ELIAS, Joan. El desafio de la moneda única europea. Caja de ahorro y revisiones de Barcelona. España, 1996.
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RETOS Y TENDENCIAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
2. El índice de crecimiento económico en Alemania, Francia, Italia, España, Holanda, Austria, Bélgica, Portugal, Wanda, Finlandia y Luxemburgo, se deberá traducir en la creación del empleo. 3. Los integrantes de la UEM aprovecharán la mejora de la situación económica para disminuir su déficit, y cumplir con el Pacto de Estabilidad. 4. Se adopta un compromiso para garantizar que los presupuestos de las 11 naciones en 1998 sean de acuerdo con el Pacto de Estabilidad. 5. Hacer más eficaz la producción, el trabajo y los mercados de capitales. 6. Mejorar la adaptabilidad de los mercados de trabajo para que reflejen mejor las tendencias y la evolución de la productividad. 7. Fomentar la capacidad de iniciativa y de empresa, en particular eliminando los obstáculos administrativos a los que debe hacer frente. 8. Facilitar un acceso a los mercados de capitales y a los fondos de capital de riesgo, en particular para las pequeñas y medianas empresas. 9. Aumentar la eficacia de los impuestos en las naciones integrantes del euro y evitar la competencia fiscal. 10. Reflexionar sobre todos los aspectos de seguridad social.54 La Comisión Europea invitó a 11 de sus 15 miembros a participar en la Unión Monetaria Europea, que inició el Io de enero de 1999.
54
Reforma. Periódico. Adopta Europa moneda única. México, 3 de mayo de 1998.
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LA UNIÓN EUROPEA
Indicadores de convergencia 1997 -1998
1.1 5.7 -2.5 Austria 1.2 5.7 -2.1 Bélgica 1.4 5.9 -0.9 Finlandia 1.1 5.5 -3.0 Francia 1.3 5.6 -2.7 Alemania 1.2 6.2 Irlanda 0.9 6.6 1.8 -2.7 Italia 1.4 5.7 1.7 Luxemburgo 2.1 5.5 -1.4 Holanda 6.3 -2.5 Portugal 1.6 1.7 6.3 -2.6 España 2.1 6.6 -0.8 Suecia 6.2 0.7 Dinamarca 1.9 6.9 -1.9 Reino Unido 1.8 10.9 Grecia 4.9 -4.0 Fuente: Comisióri de la Unión Europe:i. Instituto Monetario suropeo.
66.1 122.2 55.8 58.0 61.3 66.3 121.6 6.7 72.1 62.0 68.8 76.6 65.1 53.4 108.7
La moneda única: ventajas y riesgos A pesar del origen político del proyecto de la moneda única, los argumentos más utilizados desde el ámbito comunitario para justificar la unión monetaria son los económicos. En este sentido, se resaltan tres categorías de ventajas que reportaría la UEM: • En primer lugar, la moneda única eliminaría la incertidumbre que inevitablemente rodea siempre a los tipos de cambio dentro del ámbito de los Estados participantes, de manera que se suprimirían las primas de riesgo asociadas a la existencia de varias monedas en un área 126
RETOS Y TENDENCIAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
económica y, por tanto, se recortarían considerablemente los diferenciales de tipos de interés entre las distintas economías. Un tipo de cambio estable favorece la inversión nacional y extranjera, estimula el comercio y optimiza la localización del trabajo y del capital, de manera que el beneficio de suprimir los tipos de cambio se extendería por todo el territorio de la Unión, en un proceso dinámico. Otra consecuencia directa del UEM sería la eliminación de los costos por transacciones con el exterior. Las transferencias de fondos entre distintos Estados implican un costo no despreciable, añadiendo a esto los cargos y comisiones bancarias, así como el costo que representan los retrasos y otras contingencias provocadas por las ineficiencias del actual sistema de pagos intraeuropeo. Una moneda única permitiría que los costos de transacción desaparecieran y que la operativa fuera la misma que se produce en un Estado nacional. Costos anuales de transacción debidos a la no existencia de una moneda única (Miles de millones de ECUS, 1990)
Fuente: One market, one money. Comisión Europea.
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LA UNIÓN EUROPEA
Otro argumento para impulsar la moneda única, es su contribución a la estabilidad de precios. Las teorías que en otras épocas defendían los beneficios de una inflación más o menos moderada como instrumento para estimular el crecimiento económico en países en desarrollo, hoy en día se hallan totalmente desprestigiadas. El planteamiento de la UEM parte de un banco central independiente comprometido a alcanzar la estabilidad de precios (a imagen del Bundesbank alemán). La política monetaria por sí sola no es suficiente garantía de estabilidad interna de precios si no va acompañada de un compromiso paralelo del sector público y del resto de agentes económicos.
La pérdida del tipo de cambio como instrumento de política económica El costo económico más importante de la UEM es la pérdida del tipo de cambio nominal como instrumento de política económica nacional. En este sentido el tipo de cambio es utilizado de dos formas: a. Como vía de restauración de la competitividad exterior perdida debido a una mayor inflación. En una zona monetaria única, el concepto de inflación regional o nacional deja de ser relevante. Pero, si dicha región (o Estado) mantiene una tasa de inflación regularmente superior a la media, esta pérdida de competitividad no podrá ser compensada por medio de una devaluación. b. Para contrarrestar las crisis regionales específicas, ya que la devaluación de la moneda es una forma de restaurar la competitividad perdida.
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La utilización del tipo de cambio como instrumento de política coyuntural, se halla sujeta a importantes críticas: • Las devaluaciones provocan encarecimiento de los productos importados y añaden una prima de riesgo a las emisiones de valores nacionales de manera que la competitividad que se gana por un lado, se pierde por otro. • La evidencia histórica referida a períodos temporales largos, muestra que en las economías desarrolladas las estrategias de devaluación no consiguen llevar a los países que las practican a tasas de crecimiento de renta superiores a las de economías estables. La pérdida del tipo de cambio como instrumento de política económica, deberá tenerse muy presente por parte de todos los actores sociales. Cuando dentro de un mismo Estado se produce una crisis regional existen tres vías de reequilibrio que faciliten el ajuste necesario: • La transferencia de fondos públicos a la región para atenuar los efectos de la crisis y sus consecuencias negativas. Por ejemplo: subsidios, planes de jubilación anticipados, ayuda directa a empresas, obras públicas, entre otros. • La movilidad del trabajo y de la inversión: la crisis de empleo de la región, por ejemplo, fuerza a los trabajadores a buscar empleo en otras áreas. • La flexibilidad de los precios de los factores: los salarios, precios del suelo y alquileres bajan en caso de crisis, de manera que el abaratamiento de los costos, a mediano plazo, permite atraer nuevas inversiones y así generar una recuperación en la actividad económica.
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LA UNIÓN EUROPEA
En Maastricht se llegó a un nivel de integración tal, que puso nuevamente de manifiesto el gran desarrollo y cooperación en el que se encuentran ya los países europeos. La Unión Monetaria es la culminación de esta evolución y marca una nueva etapa hacia la consolidación del bloque europeo y de la unificación económica y política. Como hemos podido constatar, sólo una comunidad decidida a mantenerse unida y a fomentar un desarrollo económico estable podría romper con las dificultades que un alta integración representa como lo es el caso de la unificación monetaria. Por otro lado, se ha especulado mucho sobre la función que tendrá el euro ante los mercados internacionales. Por lo que se cree que la creación de la Unión Monetaria y el euro como moneda única, proporcionará a la comunidad internacional una zona monetaria alternativa a las zonas del dólar o del yen, por lo que esto provocaría grandes beneficios para los participantes de la Unión Monetaria. O como sostuvo Fred Bergsten, director del Instituto Internacional de Economía del Fondo Monetario Internacional, en un simposio de ese organismo, que: "... es probable que las características estructurales de Europa unida produzcan un euro que pueda, en última instancia, desafiar la posición del dólar estadounidense como divisa clave del mundo...".55 Por ello se ha visto gran preocupación por parte de los observadores estadounidenses acerca del impacto que la nueva moneda pueda tener, ya que. se afirma que la creación del euro como moneda única representa un cambio de régimen en el sistema cambiario global comparable a la transición del sistema de tipos de cambio flexibles de los años setenta. Lo que podría traer como consecuencia un nuevo sistema bipolar o tripolar* (el euro, el dólar y el yen) por el papel decisivo que comenzará a tener el 55
VIDAL RUCABADO, Luis. op. cit; p. 15. Esta afirmación se debe más que nada a la estabilización de las monedas de los países participantes que se ha visto hasta hoy.
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RETOS Y TENDENCIAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
euro como reserva internacional56 y la penetración y atracción que se pretende dar con la nueva moneda. No obstante, para que estas condiciones se den será necesario y dependerá, como afirma el economista estadounidense Robert Chote, de que los representantes de los sectores públicos y privados de todo el mundo usen el euro como reserva de valor, como medio de intercambio o como unidad contable57 para que éste logre su posición como divisa internacional. Además se debe tomar en cuenta que para que el euro logre su credibilidad58 deberá estar constituido por dos elementos: la capacidad de los Estados miembros de respetar los criterios de convergencia, en particular en lo que concierne al déficit público y, la preparación técnica sólida para superar esta unificación; así como al estrecho marco de la utilización oficial del euro; y el interés del sector privado por la nueva moneda, pues anteriormente ya se buscaba un instrumento monetario adaptado al aumento de los intercambios intracomunitarios e internacionales59 para facilitar las transacciones.
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ILZKOWEITS, Fabienne. L 'ecu, future monnaie Internationale? Ecu-activities. Internet, p. 7. 57 VIDAL RUCABADO, Luis. op. cit; p. 14. 58 VON DEWALL, Frederik A. The transfer to the ECU, fron concept to hard currency. Ecu-activities. p. 6. 59 OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. El ECU. Luxemburgo, 1987.
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Capítulo VI LAS EMPRESAS EUROPEAS FRENTE A LOS CAMBIOS Y EN EL SIGLO XXI a tendencia europea de las empresas se ha estado produciendo en muchos sectores e industrias en los últimos años, por lo cual es necesario comprender las fuerzas que están en juego y reflejar los cambios que probablemente se van a originar en el entorno competitivo. En primer lugar, es necesario referirse a los años sesenta que se caracterizaron esencialmente por un crecimiento económico estable, junto con las bajas tasas de inflación y el desempleo en la mayoría de los países industrializados. Durante este período, las empresas que estaban dirigidas y administradas adecuadamente pudieron aumentar sus ingresos, tener su cuota de mercado y generar beneficios saludables. Exceptuando ciertas mercancías, los mercados siguieron siendo internos, y dominados por unos pocos productores locales. Los dilemas estratégicos fueron pocos; el papel de la alta dirección y la esencia misma de la estrategia estaban enfocados a las 133
LA UNIÓN EUROPEA
prestaciones a corto plazo, ya que había muy poca preocupación por el éxito a largo plazo. En esos años, la inquietud y ocupación de la alta dirección era asegurar la eficiencia a corto plazo, desplegando los activos y recursos existentes de manera óptima. Por otra parte, los centros de beneficios competían entre sí para captar los fondos de inversión. La situación de los negocios cambió bruscamente a mediados de los años setenta. Al elevarse el precio del petróleo e incrementarse la competencia, el crecimiento económico se detuvo; mientras que la situación económica mejoraba en los Estados Unidos y en Japón, los países europeos y sus empresas encontraban que era cada vez más difícil adaptarse al nuevo y competitivo entorno. Muchos mercados comenzaron a decaer y las empresas que permanecieron se vieron obligadas a sobrevivir compitiendo ferozmente. También cabe destacar que la nueva tecnología introdujo productos y servicios sustitutivos, provocando que se aumentara la oferta, proporcionando así alternativas mejores y más baratas. Los mismos consumidores adquirieron más conocimientos y se hicieron más sofisticados. Por otra parte, un mayor acceso al capital y a la tecnología, aunado con barreras arancelarias más bajas, permitió que surgieran nuevos competidores transformando el mercado en un área global, con lo cual la innovación tecnológica se extendió rápidamente a través del mundo. A finales de los años setenta y ya propiamente en la década de los ochenta cambiaron las preocupaciones de la gestión de empresas. A medida que crecía la necesidad de los clientes de comprar productos importados más baratos, en lugar de los productos fabricados localmente, muchas empresas fueron incapaces de continuar siendo rentables Debido al aumento de la competencia, las empresas europeas repentinamente cayeron en cuenta que tenían que desarrollar 134
LAS EMPRESAS EUROPEAS FRENTE A LOS CAMBIOS Y EN EL SIGLO XXI
estrategias para mantener la ventaja competitiva, que las pudiera ayudar a sobrevivir y expandirse. De esta manera, los directivos comenzaron a comprender que la rentabilidad a corto plazo, en ningún modo, era una garantía para la supervivencia a largo plazo. La preocupación en la dirección se volcó hacia el concepto de estrategia competitiva, esto es, una idea que podía ayudar a identificar las fuentes de las ventajas competitivas a largo plazo. En los años ochenta, la palabra estrategia pasó a ser un sinónimo de la búsqueda de ventajas competitivas que abarcaban la decisión sobre cuál era el negocio en el que se podía competir, y la selección de segmentos de mercado en los cuáles la empresa poseía o podía alcanzar una ventaja mediante la no intervención de los competidores en dichos segmentos seleccionados. Empleando la terminología de estrategia, una empresa podría ser, de esta manera, un productor de bajo costo o bien concentrarse en algún punto rentable del mercado ofreciendo productos claramente diferenciados. A medida que avanzaban los años ochenta, los mercados y la competencia se fueron haciendo cada vez más globales. La globalización fue facilitada por un transporte aéreo más rápido y más barato, por el correo electrónico y el fax, lo cual contribuyó a reducir las barreras de la comunicación y a disminuir la importancia de las distancias geográficas. En los años noventa surgieron tres desafíos estratégicos principales. Primero, la intensificación de la competencia impulsó a las empresas a una profunda reestructuración; segundo, la creciente incertidumbre del entorno que exigió una mayor flexibilidad estratégica; y por último, que la legitimidad de las empresas estaba siendo abiertamente cuestionada. Asimismo, el incremento de la competitividad obligó a las empresas a buscar ventas competitivas por medio de una reestructuración de sus prioridades estratégicas. A medida que el entorno tecnológico y de competencia cambió durante los años ochenta, muchas empresas cayeron víctimas de la búsqueda de una ventaja competitiva específica. 135
LA UNIÓN EUROPEA
Frente a este entorno impredecible, la estrategia ideal consistió en no hacer ninguna inversión. Actuando de esta manera, la empresa constantemente tendría todas sus opciones abiertas. Sin embargo, la no inversión es imposible, puesto que se deben explotar o desarrollar nuevas tecnologías, enfrentarse a las nuevas demandas del mercado, bajar o suprimir costos unitarios, mejorar la calidad, fortalecer la imagen de la marca, todo lo cual requiere una inversión. De esta manera, las empresas deben invertir, cosechando las ventajas de tales inversiones, y al mismo tiempo evitando los riesgos que están asociados con un entorno incierto. Esto se puede hacer minimizando los compromisos, o incrementando la flexibilidad, con el fin de responder a los cambios competitivos o del mercado. De esto se desprende que la fabricación se sustenta en la flexibilidad, de ahí el nombre de economía flexible. En conclusión, los tipos de desafíos estratégicos para las empresas globales serían: las barreras determinadas por la geografía, los reglamentos, la economía de escala y la tecnología, lo cual está desapareciendo. Esto conduce a que los límites que definen un sector queden borrosos y a cambios en las reglas de competencia. Por otra parte, los mercados se están haciendo cada vez más eficientes. Además, el aumento de la eficiencia conducirá a costos de transición más bajos y a comunicaciones eficaces, transformando a las empresas en redes de relaciones de integración vertical y horizontal. Por último, lo que decidirá la diferencia entre el fracaso y el éxito será la capacidad de una empresa para desencadenar y explotar el poder creativo de su personal. La tarea de los estrategas es el encontrar formas prácticas de incrementar la eficiencia operacional, así como de formular e implantar creativas estrategias alternativas. Sus esfuerzos tendrán que concentrarse en su habilidad de explotar las capacidades de núcleo que existen dentro de sus organizaciones.
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Capítulo VII EVALUANDO LA UNIÓN EUROPEA a tendencia a formar bloques regionales, es una corriente que se inició en Europa después de la segunda guerra mundial, y que evolucionó determinando la formación de la actual Unión Europea (véase anexo A). Cabe destacar que esta integración se enfrenta a ciertas connotaciones como es la caída del socialismo, en los países de Europa Oriental. Éstos por una parte podrían ser una amenaza si sus actividades económicas no son reactivadas, ya que pueden significar grandes flujos migratorios hacia los países de Europa Occidental. Y esto pudiera significarles a los países comunitarios grandes desequilibrios internos, como fue el caso de Alemania Oriental.* Por lo que una alternativa para evitar este tipo de problemas, es tratar de incorporarlos a la Unión Europea, que por otra parte, significan ventajas pues éstos cuentan
"... los hechos de Alemania Oriental en 1989 modificaron drásticamente la demografía alemana. En lugar de contar con una fuerza de trabajo cada vez más reducida en la década de 1990, Alemania tiene 9 millones de trabajadores nuevos y es necesario llevarlos a niveles de ingreso de Alemania Occidental con la mayor rapidez posible". Ver THUROW, Lester. op. cit; p. 86.
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LA UNIÓN EUROPEA
con gran preparación técnica y con altas capacidades científicas de alta tecnología. Lester Thurow opina que Europa cumplirá finalmente las condiciones establecidas, tanto una verdadera unión económica que se abra rápidamente a los países de la Europa Oriental y a la ex-Unión Soviética, como que los países ex-socialistas europeos pongan en marcha un sistema de economía de mercado; pero esto no porque Europa se encuentre preparada, sino porque no tiene otro camino frente a la crisis que plantea la posible afluencia de los emigrantes de los países del Este, así como resolver los problemas del empleo en conjunto. Tatsuo Yamaguchi plantea, a diferencia de Thurow, que Europa no será una gran región económica sólo por el hecho de ampliarse y con ello resolver el problema de la migración del este al oeste; ya que si bien en Japón y en los Estados Unidos la crisis de los inmigrantes no es tan inminente como en Europa, requiere de ellos cambios y adopciones de medidas adecuadas. Además que por la crisis surgida en el Sistema Monetario Europeo, va a retrasar aún más entrar de pleno a la verdadera unión económica. Ante lo descrito cabe señalar que el primer problema, de ser insistente, tiene menor importancia en razón de los flujos constantes de comercio y los programas de ayuda a la región del este europeo, incorporados en los acuerdos marcos de cooperación con Hungría, Polonia, Bulgaria y las Repúblicas Checa y Eslovaca. Segundo, al plantearse los problemas de la unión monetaria y por la ampliación de los índices de convergencia, así como por otros instrumentos más expansivos, el Sistema Monetario Europeo tiene más probabilidades de incorporarse de pleno a la consolidación de una economía de mercado donde el comercio intracomunitario y las cadenas productivas de los países del
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EVALUANDO LA UNIÓN EUROPEA
este se articulen a una región más productiva y, por ende, competitiva.60 Libre comercio contra unión económica Estados Unidos en su participación internacional
Europa en la comunidad • Comercio de mercancías con aranceles uniformes
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• Movilidad de capitales con libre convertibilidad
Comercio de mercancías con aranceles independientes
• Movilidad de mano de obra • Criterios de convergencia macroeconómica 0
Movilidad de capitales
• Tendencia a unificar políticas fiscal y monetaria • Convergencia en marco regulatorio e institucional • Banco central único • Moneda única
Fuente: Departamento de Estudios Económicos de BANAMEX. Examen de la situación económica de México.
"La contigüidad, la proximidad, promueve el transporte de bienes a escala regional; los sistemas de desarrollo industrial y 60
YAMAGUCHI, Tatsuo. El siglo XXI ¿es un siglo japonés? Entre Bloques y Globalidad. Editorial Complutense. Madrid, 1995. pp. 25-42.
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LA UNIÓN EUROPEA
de la indispensable protección en fronteras aunque sea en un mundo que tanto avanzó hacia el libre cambismo, tienen mucho más sentido cuando del estrecho marco del Estado nacional se pasa a las grandes organizaciones del ámbito regional. Por ello... tales formaciones regionales no son un paso atrás, sino, por el contrario, una forma de organizar la economía mundial de manera más eficaz. Lo que, a su vez, permitirá una globalización también más racional y duradera".61 Algunas características de la Unión Europea: • El esperado 1992 era la respuesta a la creciente competencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y del crecimiento económico y del comercio de los países asiáticos de la Cuenca del Pacífico. Individualmente los 15 integrantes de la Unión Europea no son tan importantes con relación a estas áreas. Juntos representan el poder económico más grande del mundo. Sobresalen Alemania y Francia como países dominantes. • Es parte de una tendencia mundial y de largo plazo hacia el libre comercio, con la creación de una política supranacional. • Con la posibilidad de integrar a la Europa del Este y Central. Aspectos económicos de la Unión Europea: • 15 países miembros de la Unión Europea. • Acuerdos con otros países de la región: la Europa del Este y Central. • Acuerdos económicos con países en desarrollo. • PNB mayor de los Estados Unidos con 7.3 billones de dólares. • 40% del comercio mundial. Calva, José Luis. op. cit; pp. 23-24.
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EVALUANDO LA UNIÓN EUROPEA
• 30% del PNB mundial. • 7% de la población mundial (370 millones). • Larga historia en el proceso de integración económica. • Economías industrializadas, con características homogéneas. • Ingreso per cápita en promedio mayor a 20 mil dólares anuales. • Opciones de expansión, a incorporar para el 2004 a Polonia, Hungría, República Checa, Eslovenia, Estonia, Chipre (negociaciones comenzadas en marzo de 1998) Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania, Malta y Rumania (iniciaron las negociaciones en octubre de 1999). Con relación a los países que pretenden su adhesión a la Unión Europea, el principio básico de las negociaciones es la aceptación del acervo comunitario, esto es, deben de sujetarse, entre otros, a los criterios económicos y financieros que están estipulados en los criterios de convergencia económica, mismos que fueron descritos anteriormente.
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Capítulo VIII MÉXICO Y SU RELACIÓN CON LA UNIÓN EUROPEA a nueva conformación geopolítica señala claramente a la Unión Europea como uno de los tres bloques económicos y políticos más importantes, debido a su participación creciente en los intercambios internacionales como también por el peso de su influencia política en asuntos tan diversos como los conflictos armados, el medio ambiente y los derechos humanos, entre otros. En este contexto, habría que considerar a la Unión Europea como una oportunidad por el significado de su poder económico, su mercado y su influencia política. Para el caso de México, esta oportunidad representa la posibilidad de diversificar los intercambios comerciales a la par de reducir la dependencia de un solo mercado como es el de Estados Unidos. En 1975, se registra el primer antecedente importante de un acuerdo comercial entre México y la entonces Comunidad Europea, expresado a través de un convenio de cooperación económica. 143
LA UNIÓN EUROPEA
Posteriormente, la relación comercial se fundamentó en el "Acuerdo Marco de Cooperación" que fue signado en Luxemburgo en 1991. El avance en este nuevo acuerdo respecto del anterior es que en éste se consideraban instrumentos de política comercial que tendían a profundizar el comercio y la inversión. No obstante las buenas intenciones señaladas en los mencionados convenios, las cifras que dan cuenta sobre los niveles del intercambio comercial con los países europeos señalan un déficit durante el período 1990-1997. Esta situación se explica tal y como lo señala el informe de la Unión Europea en 1995 a la influencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que pone en desventaja a las empresas europeas debido a que las empresas de Estados Unidos y Canadá exportan mercancías a México libres de arancel y en condiciones preferenciales. En el mismo sentido, las empresas mexicanas se enfrentan en desventaja competitiva con otros países que cuentan con acuerdos preferenciales, así como con beneficios que se desprenden de su asociación con la Unión Europea. De igual manera, México ha incrementado su intercambio comercial con países de América Latina con los cuales se han firmado acuerdos de libre comercio; son los casos de Bolivia, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Chile y Venezuela y, recientemente con los países del llamado Triángulo del Norte: Honduras, Guatemala y El Salvador. Debido a ello, la Comisión Europea planteó la necesidad de impulsar un acuerdo Marco de Cooperación entre México y el bloque para fomentar las relaciones económicas. En este interés, el 8 de diciembre de 1997 en Bruselas, Bélgica, se firma el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte y los Estados Unidos Mexicanos, por la otra. El primero que la Unión Europea negocia con un país de América Latina.
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MÉXICO Y SU RELACIÓN CON LA UNIÓN EUROPEA
Es necesario destacar que la firma de este acuerdo fue precedida por una serie de negociaciones que en lo esencial plantearon las exigencias de la Unión Europea como requisito a México. Una de ellas se relaciona más con el ámbito político que con el estrictamente comercial; muestra de ello son las declaraciones que se dieron a conocer en mayo de 1996, cuando fuentes de la representación de la Unión Europea en México señalaron que la cláusula democrática es un requisito que la Unión Europea introduce desde 1991 en los acuerdos que celebra con terceros países, y que establece que éstos deberán contar con gobiernos democráticos y respetuosos de los derechos humanos. Sin embargo, y precisamente relacionado con los derechos humanos, la Unión Europea ha sido muy cuidadosa al no introducir en sus acuerdos comerciales cláusulas sociales referentes a los bajos salarios, que representan mano de obra barata en los países en desarrollo. Una de las justificaciones esgrimidas por la Unión Europea para no considerar éstos, es el hecho que no se quiere privar a este tipo de países de una ventaja que los sitúa en una posición más competitiva. Al respecto, es necesario clarificar, que si bien es cierto, que los países industrializados tratarían de imponer una cláusula social de este tipo como una medida proteccionista ante los altos costos de mano de obra que enfrentan, también es evidente que uno de los mayores atractivos que encuentran los inversionistas extranjeros en países en desarrollo, es el hecho de contar con mano de obra barata que reduce sustancialmente sus costos de producción. Más allá de las exigencias presentadas por la Unión Europea, el Acuerdo contiene tres capítulos: el político, el de cooperación y el comercial. Con relación al capítulo político se acordó la institucionalización e intensificación del diálogo político, el cual incluye todo lo referente a las cuestiones bilaterales e internacionales 145
LA UNIÓN EUROPEA
de interés común. Esta cooperación contempla 27 ámbitos, entre los que se encuentran los siguientes: 1. Industrial 2. Pequeña y mediana empresa 3. Aduanas 4. Turismo 5. Agropecuario 6. Minero 7. Energía 8. Formación y educación 9. Lucha contra las drogas 10. Lavado de dinero 11. Control de precursores químicos 12. Medio ambiente 13. Recursos naturales 14. Protección al consumidor 15. Derechos humanos 16. Democracia 17. Refugiados Por otra parte, y respecto al ámbito comercial, hasta enero de 1998, cuando todavía no se ratificaba el Acuerdo por los Parlamentos, se acordó un mecanismo, que de hecho constituía una vía rápida llamada "Acuerdo Interino", para negociar aspectos de la liberalización comercial que solamente son competencia de la Unión Europea. Las expectativas que ambas partes se plantean obedecen a intereses recíprocos por beneficiar a sus propias economías Esta reconciliación de intereses se refleja en los siguientes aspectos: Por el lado de México: • La diversificación de sus relaciones comerciales y económicas debido a la fuerte dependencia que existe 146
MÉXICO Y SU RELACIÓN CON LA UNIÓN EUROPEA
de sus transacciones con Estados Unidos; por ello la consolidación de las relaciones con la Unión Europea contribuirá, de manera sana, a equilibrar esta sujeción. • El acuerdo comercial otorga a México los privilegios que ya se han concedido a los empresarios de otros países con los cuales la Unión Europea ha realizado convenios. En este sentido, las empresas mexicanas podrían ser más competitivas. Respecto a la Unión Europea: • La posibilidad que los empresarios europeos obtengan también mayores márgenes de competitividad al suspenderse imposiciones arancelarias que los colocan en desventaja con respecto a sus competidores estadounidenses y canadienses. • Fortalecer su acceso a uno de los mercados más grandes de América Latina, con las consecuentes implicaciones benéficas para la ampliación de inversiones. Es de señalarse que uno de los puntos en el que los europeos han sido especialmente insistentes es el de las reglas de origen. Un temor expresado por países como Francia, es que Estados Unidos utilice como puente a México para exportar sus granos y otros productos, que gozarían de beneficios arancelarios. De manera concreta, una de las expectativas que se están formando en la Unión Europea es la posibilidad que las empresas europeas compitan en sectores que serán objeto de mayores inversiones: bienes industriales y de servicios, transporte, telecomunicaciones y energía. Por el lado de la oferta, se ha creado la expectativa que las empresas europeas podrán satisfacer la demanda creciente en México de productos con un alto valor agregado, como son artículos electrónicos y eléctricos, y equipos de computación. Sin
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LA UNIÓN EUROPEA
embargo, esta consideración tendría que fundamentarse en el hecho que debe de haber una fuerte demanda de este tipo de productos que son solicitados por una clase media con la capacidad adquisitiva para pagarlos y que en las actuales condiciones de la nación existe una cierta incertidumbre respecto del mantenimiento de los niveles de ingreso, a pesar de la expectativa de incrementar las fuentes de empleo a través de la inversión extranjera que fluya al país. Si bien es cierto que la Unión Europea representa para México la oportunidad de diversificar sus relaciones comerciales, también lo es el hecho innegable que la relación que se ha mantenido con los países de este bloque, ha sido de desventaja, en virtud que las importaciones europeas rebasan las exportaciones de empresas mexicanas, es decir, México presenta un déficit en su relación comercial con este bloque. El reto, en un primer momento, para los empresarios mexicanos tendrá que ser el de aprovechar las ventajas arancelarias que la Unión Europea proporciona, manteniendo la calidad de los servicios y la producción que también ofrecen otros países con los que los europeos mantienen relaciones comerciales. Por otra parte, el Acuerdo con la Unión Europea cuestiona la hegemonía de Estados Unidos sobre México, especialmente si se considera que la Unión Europea ha dado fuertes reveses al vecino del norte, sobre todo en lo que se refiere a su rechazo a la Ley Helms Burton. En este sentido, el avance de México en su dependencia de Estados Unidos no sólo podría reflejarse en el plano comercial, sino tal vez en un futuro, en el de la política exterior.
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CONCLUSIONES ablar de globalización es común, dentro de ello de los procesos de integración económica, y sin embargo, el proceso como tal comprende, en primer lugar, el desarrollo de instituciones que permitan entender el concepto de economías abiertas que conducen a la regionalización; y en segundo plano, la necesidad de adecuaciones nacionales a los objetivos y estrategias de la integración, que si bien plantean problemas y obstáculos a vencer, se sobrepone el interés colectivo sobre el nacional, en la perspectiva de mejores condiciones de desarrollo económico y de libre movilidad de trabajadores, capitales, bienes y servicios, más aquéllos que se planean como estratégicos. Derivado del Acta Única y del Tratado de Maastricht, 1994 fue un afio que puso a prueba el consenso de la modificación de los documentos rectores de la Europa Comunitaria. Así se dieron las nuevas adhesiones de Finlandia, Suecia y Austria, y la perspectiva de incorporar más Estados en los próximos años. Hoy la Unión Europea cuenta con 15 miembros y se prevé que en el siglo XXI, se adhieran otros países. Así mismo, es importante conocer los alcances en el ámbito sectorial y la problemática que se deriva con la adhesión de nuevos 149
LA UNIÓN EUROPEA
Estados, particularmente' en materia económica, considerando la estrategia de cada uno de los países para alcanzar su nivel de bienestar económico, con una estructura productiva determinada. Si bien a partir de la década de los noventa se ha acelerado el proceso de integración comercial y económico en diversas latitudes y entre países con diferentes niveles de desarrollo, sigue siendo la Europa Comunitaria un modelo de estudio y análisis, por los alcances obtenidos en un período de más de cuarenta años. Hoy nos planteamos esquemas que buscan reducir la inflación, disminuir la pobreza, aumentar el comercio mundial, alcanzar el crecimiento sostenido, más sin embargo, hay que ser conscientes de la necesidad de desarrollar nuevos modelos teóricos, no sólo de corto plazo, sino que tengan alternativas a situaciones cíclicas que posibiliten avanzar en estadios más altos de desarrollo económico. Esto se relaciona con el crecimiento poblacional, los niveles de bienestar y sobre todo con la relativa escasez de recursos naturales. Así, con la UEM se procura dar solución, más otras estrategias, al proceso de expansión, que tenga una duración mayor, a entrar en el nuevo milenio a un mundo más interdependiente y con cierta dirección. Según hemos expuesto, el proceso de integración de la Unión Europea para llegar a la Unión Económica y Monetaria y Política Supranacional plantea graves obstáculos, y los tiempos, que si bien se ven adecuados, es posible que para la mayoría de los países sean insuficientes para lograr los puntos de convergencia. Además el proceso de globalización en que se encuentra la economía mundial, conforma interdependencia en el campo financiero y en lo económico y monetario, y podría incidir negativamente en las metas europeas. Para el caso de México y el Tratado que recientemente entró en operación con la Unión Europea, son importantes algunos aspectos de diversificación de comercio y de retos empresariales, que nos lleva necesariamente a elevar la productividad y a motivar al sector productivo y exportador ante los nuevos escenarios. 150
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ANEXO A SINOPSIS DE LAS ETAPAS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA 1944
Creación del BENELUX. Unión Económica de Bélgica, Holanda y Luxemburgo. 1951 Tratado de París. Crea la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). Entra en vigor en 1952, con Alemania Occidental, Francia, Italia, y los países del BENELUX: Bélgica, Holanda y Luxemburgo. El objetivo principal era la consecución de un mercado del carbón y del acero mediante instituciones y normas comunes. 1953 Proyecto de un Tratado de la Comunidad Política Europea que fracasa porque la Asamblea Nacional francesa rechaza el Tratado de la Comunidad Europea de Defensa (agosto 1954). 1955-1956 En Messina (Sicilia, Italia), los ministros de asuntos exteriores de los seis países que conformaban la CECA deciden estudiar las posibilidades para lograr una mayor integración económica.
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LA UNIÓN EUROPEA
Tratados de Roma. Se inicia con seis miembros. Crean la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Entran en vigor en 1958. Los propósitos fundamentales de la naciente integración europea son: a) Evitar nuevas guerras en Europa b) Reconstruir la economía europea Asimismo, se orienta a establecer • Un Sistema Original: ni federación, ni simple cooperación entre Estados. • Instituciones Comunes: Parlamento Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia. • Políticas Comunes: Agricultura (PAC), Política Comercial, Transporte, Libre Competencia. • Un Presupuesto Común. • Un Derecho Propio. Entra en vigor el Tratado de Roma. La CEE constaba de cuatro organismos fundamentales, coreados por el Tratado de Bruselas en 1965: la Comisión, el Consejo de Ministros, El Tribunal de Justicia y el Parlamento Europeo. El Reino Unido y otros seis países no comunitarios formaron la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA, por sus siglas en inglés). Austria, Dinamarca, Reino Unido, Noruega, Portugal, Suecia y Suiza). Creación de un área de libre comercio entre los países miembros. En 1961 se afilió Finlandia, en 1970 Islandia y en 1971 Licchtenstein.
152
ANEXOS
1961-1962 Informe de un comité de embajadores (Comité Fouchet) sobre la Comunidad Política Europea. 1965 Tratado de Fusión. Se crea el Consejo Único y la Comisión Única de las Comunidades Europeas. 1969 La Cumbre comunitaria de La Haya cursa el mandato de estudiar las posibilidades de una evolución de la Comunidad hacia la Unión Económica y Monetaria. 1970 El Informe Davignon, elaborado por encargo de la Cumbre Europea de La Haya, que recibe su nombre del entonces diplomático belga y posterior comisario comunitario, marca el comienzo de las consultas regulares de los Ministros de Exteriores, conocidas como la Cooperación Política Europea. Se plantea la adopción de una Unión Monetaria Europea (UME). 1971 La Comunidad decide un plan por etapas para la constitución de una Unión Económica y Monetaria en un plazo de diez años. El proyecto fracasa en gran parte por las repercusiones del hundimiento del sistema monetario mundial basado en el dólar americano y la liberalización de los tipos de cambio de diversos Estados miembros vinculada a aquél. 1972 Adhesión de Dinamarca, Irlanda y Reino Unido. Creación de la "serpiente monetaria", primer intento de mantener el tipo de cambio de los países participantes estable entre ellos y flexible frente al dólar. La cifra de Estados miembros que participan y vuelven a salir de la "serpiente" varia con el paso del tiempo. 1975 El Informe Tindemans (así llamado por el entonces Ministro del Exterior belga) sobre la Unión Europea no tiene apenas consecuencias políticas. 153
LA UNIÓN EUROPEA
Marzo de 1979
1981
1983
1984
1985 1986
Entrada en vigor del Sistema Monetario Europeo (SME), decidido en 1978, en el que en un principio ocho Estados miembros mantienen sus tipos de cambio dentro de un margen de fluctuación determinado. Creación del ECU, que se compone de todas las monedas de la Comunidad Europea con un peso acorde con la importancia económica de cada país (PNB). Adhesión de Grecia. Informe de Londres de los ministros de Asuntos Exteriores comunitarios sobre la Cooperación Política Europea con nuevas orientaciones para la mejora de la misma. Declaración de Stuttgart de los jefes de Estado o de gobierno, basada en el documento GenscherColombo de 1981, para el fortalecimiento de la construcción de la cooperación de los países comunitarios (Unión Europea). El Parlamento Europeo, aprueba por una gran mayoría, el proyecto de Spinelli de un Tratado Constitutivo de la Unión Europea. Adhesión de España y Portugal (La Europa de los Doce). Acta Única Europea (firmada los días 17 y 18 de febrero de 1986; entró en vigor el Io de julio de 1987). Se prevé establecer un mercado único europeo, se fija enero de 1993 para dar inicio a la unificación. Mercado Interior sin Fronteras en 1993 (libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales). Más voto por mayoría en el Parlamento Más poderes para el parlamento Europeo. Más políticas comunitarias (medio ambiente, investigación y desarrollo). 154
i
ANEXOS
1986 Junio de 1988
Se duplican los recursos económicos procedentes de los fondos estructurales para las regiones menos desarrolladas. En la Cumbre comunitaria de Hannover se crea un comité de expertos (presidido por Jacques Delors) cuya misión es estudiar las vías para la consecución de la Unión Económica y Monetaria (UEM).
Junio de 1989
La Cumbre comunitaria de Madrid aprueba el informe Delors, los jefes de Estado y de gobierno deciden iniciar, el Io de julio de 1990, la primera etapa de la UEM y preparar una conferencia intergubernamental sobre la UEM. La peseta entra en el Sistema Monetario Europeo. 1990 Primera fase de la UEM con la supresión de la mayoría de las barreras aún existentes al tráfico de capitales, el fortalecimiento de la coordinación de las políticas económicas nacionales y la intensificación de la colaboración entre los bancos centrales. La libra esterlina entra en el Sistema Monetario Europeo. Diciembre El Consejo Europeo acuerda en Maastricht el de 1991 Tratado de la Unión Europea: plena realización de la UEM e introducción del ECU a más tardar en 1999. 1992 Tratado de la Unión Europea (firmado en Maastricht, Holanda). En donde se tiende a consolidar el proceso integracionista a través de fortalecer los principios de más democracia, más eficacia y más solidaridad, principalmente a través del fortalecimiento institucional y de sus políticas sociales y económicas.
155
LA UNIÓN EUROPEA
1992
El escudo portugués entra en el sistema monetario europeo. 1993 Creación de la Unión Europea (entra en vigor el Io de noviembre de 1993 y se le conoce como el Tratado de la Unión). Comienza la convergencia hacia la estabilidad de precios y el saneamiento de las finanzas públicas. 1994 Inicio de la segunda fase de la UEM. Adhesión de Austria, Finlandia y Suecia (La Europa de los Quince). Se coordina la política monetaria y de tipo de cambio. 31 de mayo La Comisión aprueba el Libro Verde sobre la de 1995 moneda única. Diciembre El Consejo Europeo adopta el nombre de "euro" de 1995 para la moneda única y establece la estrategia técnica para la introducción del euro y del calendario para el paso a la moneda única, previsto para 1999. Diciembre El IME establece el marco reglamentario, organizativo y logístico del Banco Central Europeo de 1996 (BCE) y del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). La Comisión, el Consejo y el IME preparan la legislación relativa al BCE y al SEBC, así como a la introducción de la nueva moneda. 1997 Constitución del SEBC el cual instrumentará la política monetaria y cambiaría. 1998 Los Jefes de Estado o de gobierno deciden qué Estados miembros serán los primeros en participar en la moneda única, en función de los criterios de convergencia, y a partir de los resultados económicos de 1997.
156
ANEXOS
2 de mayo Se constituye el Banco Central Europeo, y se de 1998. acuerda por los ministros de finanzas de los 15 Estados miembros de la Unión Europea para crear la zona del euro y alinear las cotizaciones de un grupo inicial de 11 monedas que respaldarán esa divisa común. Reino Unido y Dinamarca por decisión propia y Suecia y Grecia, por no cumplir con los requisitos de adhesión, no entraron al euro. 1999 Inicio de la tercera fase de la UEM. Fijación irrevocable de los tipos de conversión de las monedas de los países participantes. Definición y ejecución de la política monetaria única en euros. 1999-2002 Transición al euro en los sectores bancario y financiero. Io de enero Entrada en circulación de billetes y monedas en de 2002 euros. Transición completa al euro en las administraciones públicas.
157
LA UNIÓN EUROPEA
ANEXO B
Comercio TLCAN, distribución regional (millones de dólares)
ESTADOS UNIDOS TLCAN UE
142,634 94,992 113,603 36,726 68,877 456,832
222,829 140,803 168,816 63,034 93,414 688,896
56.2 48.2 48.6 71.6 35.6 50.8
153,739 102,239 206,600 34,743 92,120 589,441
253,880 157,519 274,659 53,666 130,999 870,723
65.1 54.1 32.9 54.5 42.2 47.7
296,373 197,231 320,203 71,469 160,997 1,046,273
476,709 298,322 443,475 116,700 224,413 1,559,619
60.8 51.3 38.5 63.3 39.4 49.1
111,008 8,179 11,032 1,897 4,870 136,986
166,244 10,361 14,754 3,162 6,823 201,344
49.8 26.7 33.7 66.7 40.1 47.0
90,839 12,546 16,779 2,127 9,042 131,333
137,462 19,336 20,721 3,613 14,889 196,021
51.3 54.1 23.5 69.9 64.7 49.3
201,846 20.725 27,811 4,024 13,912 268,318
303,706 29,697 35,475 6,775 21,712 397,365
50.5 43.3 27.6 68.4 56.1 48.1
44,420 2,789 1,009 2,251 1,364 51,833
96,458 3,988 2,060 5,219 2,706 110,431
117.1 43.0 104.2 131.9 98.4 113.1
46,470 7,799 6,517 2,346 2,235 65,367
83,969 9,917 9,330 2,493 4,099 109,808
80.7 27.2 43.2 6.3 83.4 68.0
90,890 10,588 7,526 4,597 3,599 117,200
180,427 13,905 11,390 7,712 6,805 220,239
98.5 31.3 51.3 67.8 89.1 87.9
485,531 475,311 62.9 291,048 298,062 105,960 186,772 155,152 46.4 122,584 304,710 185,630 47.7 229,896 125,644 Asia-Pacífico* 39,216 74.7 59,772 40.874 71,415 América Latina 149,987 102,943 37.1 103,397 75,111 Otros 55.0 786,141 1,176,552 645,651 1,000,671 Total • Asia-Pacifico comprende Australia, Japón, Cliina y Nic's UE: 12 países en 1993 y 15 en 1997 América Latina: Centro y Sudamérica
63.3 52.4 32.5 52.4 45.1 49.7
298,062 228,544 355,540 80,090 178,508 1,140,744
485,531 341,924 490,340 131,187 252,930 1,701,912
62.9 49.6 37.9 63.8 41.7 49.2
Asia-Pacífico* América Latina Otros Total CANADA TLCAN UE
Asia-Pacífico* América Latina Otros Total MÉXICO TLCAN UE
Asia-Pacífico* América Latina Otros Total COMERCIO TLCAN-MUNDO TLCAN UE
Fuente: USDOC, STATISTICS CAÑADA y BANXICO
158
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LA UNIÓN EUROPEA
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LA UNIÓN EUROPEA: UNA EXPERIENCIA DE INTEGRA CIÓN REGIONAL se terminó de imprimir en junio de 2002 El tiraje consta de 1 000 ejemplares Impreso en los talleres de TRASSO Grupo Creativo Digital, José Revueltas No. 305 Col. Villa de Cortés Tels. 5696 1571 5590 2625 Fax 5696 6141 e-mail:
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