LA ORGANIZACIÓN DE PERSONAS NO INSCRITAS
2.1 DEFINICIÓN
Es la agrup agrupac ación ión de person personas as (Natu (Natural rales es o juríd jurídica icas) s),, que que actú actúan an conjuntamente conjuntamente con fines no lucrativos; lucrativos; pero que no han cumplido con la formalidad de inscripción registral. on personas que se juntan con el o!jetivo de alcan"ar un fin valioso pero que no han cumplido con el requisito formal de inscri!irse en el regi registr stro o corr corresp espond ondie ient nte, e, sin sin em!ar em!argo go son son regul regulado ados s por por nuest nuestro ro ordenamiento jurídico # en algunos casos pueden ser suscepti!les de tener derechos # de!eres como si fueran una persona jurídica
2.2 TIPOS INSCRITAS
DE
ORGAN GANIZAC ZACIONES
DE
PERSONAS
NO
$.$.% &sociación no inscrita 'a asoc asocia iaci ción ón no insc inscri rita ta es un conj conjun untto de suje sujeto tos, s, el cual cual es no reconocido, como persona jurídica, solamente en el sentido de que esta desprovisto de su!jetividad colectiva plena, esta asociación no inscrita es una organi"ación que reali"an esfuer"os mancomunados en !usca de una finalidad no lucrativa. Esta Esta asoc asocia iaci ción ón est est dota dotada da de cier cierta ta capa capaci cida dad d jurí jurídi dica ca,, los los acto actos s real reali" i"ad ados os por por quie quiene nes s actú actúan an en su repr repres esen enta taci ción ón se impu imputa ta a la asoc asociac iación ión no insc inscri rita ta en tant tanto o sujet sujeto o de dere derecho cho.. 'as relac relacio iones nes de cond conduc ucta ta inte inters rsu! u!je jeti tiva va de las las pers person onas as natu natura rale les s inte integr gran ante tes s de la asociación no inscrita de!en ajustarse a los acuerdos de los asociados, es así que el ordenamiento interno # la administración de la asociación no inscrita se de!e regular de conformidad con la decisión de sus miem!ros, sin distorsionar los alcances # la naturale"a de la asociación.
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$.$.$ 'a fundación no inscrita 'a fundación no inscrita es conceptualmente un sujeto de derecho autónomo, destinado a la reali"ación de un fin social, pero que no ha cumplido con la formalidad legal respectiva, que consiste en su inscripción en los registros correspondientes. e podría decir que son muchas las circunstancias por las cuales una fundación no adquiere la calidad de persona colectiva, es por esta ra"ón que el código civil en su artículo %$, la facultad del consejo de supe vigilancia de fundaciones, del *inisterio pú!lico o quien tenga legítimo inter+s, para iniciar las acciones pertinentes para lograr su inscripción. En este caso # en cualquier otro en el que se verifique la falta de inscripción de una fundación, el art. %$ esta!lece que corresponde al onsejo de upervigilancia de -undaciones, al *inisterio ú!lico o a quien tenga legítimo inter+s reali"ar las acciones para lograr su inscripción. i la fundación ha iniciado sus actividades ese hecho es demostrativo de su actuación real como sujeto de derecho en la e/periencia jurídica # en la trama de relaciones económicas. En este supuesto, pese a que no se encuentra inscrita como persona jurídica, de!e recha"arse la posi!ilidad de que el fundador tenga capacidad para revocar el acto constitutivo. $.$.0 El comit+ no inscrito El comit+ no inscrito es aquella agrupación de personas que se organi"an para recaudar aportes del pú!lico # destinarlos a una finalidad altruista, pero que no ha cumplido con la formalidad de inscri!irse en el 1egistro El comit+ es tal ve" el caso ms común de organi"ación de personas no inscritas que se presenta en la realidad social, en tanto satisface # canali"a necesidades humanas, sociales de naturale"a altruista, frecuentemente sentidas. El comit+ no inscrito, en cuanto a sujeto de derecho, es similar a aquel que por ha!er cumplido con el requisito formal de su inscripción adquiere la categoría de persona jurídica, participa de las mismas notas que caracteri"a al comit+ inscrito. El comit+ no inscrito se constitu#e por la li!re iniciativa de una pluralidad de personas, se rige por los acuerdos de sus miem!ros, la consecuencia patrimonial que genere este tipo de organi"ación, es que sus organi"adores 5
# gestores son solidariamente responsa!les de la conservación de los aportes recaudados, su aplicación al fin fijado # de las o!ligaciones a las cuales se han comprometidos. El comit+ no inscrito a trav+s de sus representantes de!idamente acreditados puede comparecer en juicios. 'os organi"adores # aquellos que tienen la gestión de los aportes colectados son responsa!les de la aplicación a la finalidad propuesta # de las o!ligaciones contraídas.
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