85 3$ 2 1 4 9 7 0 7 3 35 96$ $28 6 $
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Marzo - Abril 2013
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INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
IMPLEMENTACION IMPLEMENT ACION Y REVISION DEL CONTROL DE CALIDAD EN LAS PEQUEÑAS FIRMAS DE AUDITORIA
¿QUÉ IMPLICACIONES EXISTEN POR PRESENTAR PRESENTAR FUERA DE PLAZO EL DICTAMEN DICTAMEN FISCAL?
EL CONTROL INTERNO Y LAS MEJORES PRÁCTICAS; LEY SARBANES – OXLEY OXLEY Y GOBIERNO CORPORATIVO CORPORATIVO
LA MATRIZ HUSSMANNS: HERRAMIENTA PARA MEDIR LA INFORMALID INFORMALIDAD AD LABORAL
Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C.
ÍNDICE
Consejo Directivo 2012-2013 C.P.C. C.P .C. Laura Cervera Urtiaga Ur tiaga Presidenta
CONTENIDO
C.P. Miguel Ángel Ayala López Vicepresidente de Relaciones y Difusión
C.P.C. C.P .C. Lía Josefina Marín Ordoñez Vicepresidente de Desarrollo Profesional
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Informe del auditor independiente
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Implementacion y revision del control de calidad en las pequeñas firmas de auditoria
C.P. Adria Adriana na Escalant Esc alante e Avilés
C.P.C. Salvatore Cascio Traconis Vicepresidente de Finanzas y Administración
C.P.. C. José Martin C.P Mar tin Vazquez Montalvo Secretario Sector Gubernamental
L.C.A. Jorge V. V. Mukul Fuentes
C.P.C. C.P .C. Alejandro José Ontiveros Gomez Secretario Práctica Externa
C.P.. Martha C.P Mar tha Bojorquez Zapata Secretario Sector Docencia
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¿Qué implicaciones existen por presentar fuera de plazo el dictamen fiscal? C.P. y M.A.T. M.A.T. José Alfonso Canché Pérez
C.P.C. C.P .C. Irving Alberto Escalante Castillo Secretario Sector Empresa
C.P.C. Jorge Enrique Pérez Zapata Auditor Propietario
C.P.. Víctor Manuel Zapata Villalobos C.P
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C. P. y M. A. Javier A. Solis Uc
Auditor Suplente
Comisión de Trabajo Editorial
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15 Coordinadora:
El control interno y las mejores prácticas; Ley sarbanes – Oxley y gobierno corporativo corporativo
LA MATRIZ HUSSMANNS: HERRAMIENTA PARA MEDIR LA INFORMALIDAD LABORAL M.G.P.P M.G.P .P. Jorge Mi guel Barrera B arrera Peniche
C.P.C. María Isabel Vergara Pérez Integrantes:
C.P.C. Francisco Arturo Castro Abraham C.P.C. C.P.. Rubén Eduardo Barrera Díaz C.P M.D.G. Mario Rene Chan Magaña DRA. María Te Teresa resa Mendoza Fernández C.P.. Javier Solís Uc C.P C.P.C. C.P .C. Fernando González Hernández C.P.. José Alfonzo Canche Pérez C.P
Política Editorial. Editorial. Los artículos publicados expresan únicamente la opinión del autor o autores. El CCPY a través de su Comisión Editorial evalúa los artículos técnicos para su inclusión en la revista. La revista se difunde a través de los portales en internet de CCPY y CMIC. No se permite la reproducción de los artículos publicados sin la autorización escrita del Colegio de Contadores Públicos Públicos de Yucatán, A.C.
Editoia
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B ienvenido estimado lector a la edición bimestral de marzo – abril de “Entre Contadores y Empresarios”, no sin antes desearle que en este segundo bimestre del año no se presentara a usted, una de esas “sorpresas” derivadas del conocimiento del resultado fiscal del ejercicio 2012, la cual, sin una adecuada prevención, en la mayoría de los casos repercute en los flujos financieros. Como nuestras publicaciones anteriores, anteriores, ésta seguramente no será la excepción, nuestros autores le brindarán con un profesional punto de vista temas interesantes en su camino profesional o empresarial. empre sarial. El tema inicial será de especial interés, no sólo para los colegas auditores sino a aquellos contadores y/o dueños de empresas, ya que se abordará desde una visión familiar el nuevo formato del informe del auditor independiente, el cual ha sido modificado de manera importante al apegarse a normas internacionales de auditoría. El dictamen fiscal ha sido información que nuestra autoridad hacendaria espera y analiza con atención ya que, en palabras simples, es una radiografía de la situación fiscal de las entidades, de la cual opina el Contador Público Certificado (CPR) resultado de su revisión. Por lo anterior el autor, nos muestra aquellas implicaciones que existen el presentar dicho dictadicta men fuera de plazo, no sólo para la entidad sino también para el CPR. Es una obligación profesional para las firmas de auditores cumplir con un adecuado control de calidad, por lo que presenta el autor, en una forma general, la implementación y aplicación de dicho control, la cual le será útil aún y cuando no sea usted perteneciente a una firma. Continuando con el control interno, el artículo que nos hablará de las mejoras prácticas de acuerdo a la Ley Sarbanes – Oxley y Gobierno Corporativo, motivará a varios empresarios a iniciar su camino a la institucionalidad, la cual, en estos tiempos toma un papel importante en la administración de un negocio. Muy contrario a la institucionalidad es la informalidad laboral, por lo que en esta ocasión se presentan los resultados de una herramienta innovadora. Por otro lado, lo invitamos a participar en nuestra revista la cual no es de algunos, sino de todos aquellos Contadores y Empresarios que desean aportar sus conocimientos; en el interior de esta publicación podrá obtener los datos necesarios para participar participar.. Agradecemos como siempre su preferencia.
C.P.C. Fernando González Hernández
Entre Contadores Contadores y Empresarios Empresarios * Marzo - Abril 2013
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Por: C.P. Adriana Escalant Escalante e Avilés Despacho Ordaz Gonzalez Supervisor de Auditoría
[email protected]
Una de las actividades más importantes que realiza el Contador Público Independiente es la emisión de una opinión o informe, ya que representa la terminación de su auditoría, la cual brinda confianza a los usuarios de la información financiera. Los cambios en los ámbitos legal, político y económico en que se desarrollan los negocios, aunados a los cambios en los lineamientos para el desarrollo de la auditoría, obligan a que éste se mantenga actualizado en aspectos técnicos, nacionales e internacionales, para conservar un alto nivel de calidad. FORMACION DE UNA OPINIÓN
El objetivo del auditor es formarse una opinión sobre la razonabilidad de las cifras plasmadas plasmadas en los estados financieros con base en una evaluación de las conclusiones y resultados de la evidencia de auditoría obtenida, expresar claramente esta opinión a través de un informe por escrito que también describa la base para esa opinión, y que están preparados en todos los aspectos importantes de acuerdo con el marco de referencia de información aplicable. En particular, el auditor debe evaluar principalmente, en vista de los requerimientos del nuevo marco de referencia de información financiera aplicable. El contenido del nuevo informe del auditor auditor,, de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Titulo. Destinatario. Párrafo introductorio. Responsabilidad de la administración en relación con los estados financieros. Responsabilidad del auditor auditor.. Opinión del auditor. Otras responsabilidades de informar (Párrafo de énfasis). Firma del auditor. Fecha del Inform Informee del auditor. Entre Contadores Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2013
Dirección del auditor. A continuación se presentan algunos comentarios a los principales párrafos del contenido anterior. anterior. Párrafo introductorio:
Identificar a la entidad cuyos estados financieros han sido auditados; Declarar que los estados financieros han sido auditados; Identificar el título de cada estado que forman los estados financieros; Referirse al resumen de las políticas p olíticas contables significativas y otra información aclaratoria; y especificar la fecha o periodo cubierto por cada uno de los estados financieros que conforman el juego de estados financieros. Responsabilidad de la administración por los estados financieros.
Esta sección del informe describe las responsabilidades de aquéllos en la organización que preparan los estados financieros. Responsabilidad del Auditor
El auditor, debe declarar que su responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados financieros con
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base en la auditoría, también debe declarar que ésta se llevó a cabo de acuerdo con las NIA. Explicar que esas normas requieren que el auditor cumpla con los requerimientos éticos y que planee y realice la auditoría para p ara obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de errores significativos. (Párrafo nuevo) Opinión del Auditor
Existen los siguientes tipos de opinión: Opinión sin salvedades: Cuando se expresa una opinión sin salvedades sobre los estados financieros preparados de acuerdo con un marco de referencia de presentación razonable, la opinión del auditor debe, a menos que la legislación o normatividad establezcan algo distinto, utilizar una de las siguientes frases: • Los estados nancieros están preparados razonable -
mente, en todos sus aspectos importantes,…. De acuerdo con (el marco de referencia de información financiera aplicable); o • Los estados nancieros dan una certeza razonable
de…. De acuerdo con (el marco de referencia de información financiera aplicable). Opinión Modificada: En la opinión modificada (anteriormente opinión con salvedades) el objetivo del auditor es expresar, con claridad, sobre los estados financieros, cuando en la evidencia de auditoría se concluya. Es decir, ésta se presenta cuando los estados financieros en su conjunto, no están libres de incorrección material ó el auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de incorrección material. Existen los siguientes tipos de opinión modificada: Con Salvedades: El auditor expresará una opinión con salvedades cuando: Habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las incorreccione incorrecciones, s, individualEntre Contadores Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2013
mente o de forma agregada, son materiales, pero no generalizadas,, para los estados financieros, ó el auditor generalizadas NO PUEDA OBTENER EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión, pero concluya que los posibles efectos sobre los estados financieros de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser materiales, aunque no generalizadas. Desfavorable (o adversa): El auditor expresará una opinión desfavorable (o adversa) cuando: Habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las incorreccione incorrecciones, s, individualmente o de forma agregada, son materiales y generalizadas en los estados financieros. De Negación (o abstención de opinión): El auditor denegará la opinión (o se abstendrá de opinar) cuando: No pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión y concluya que los posibles efectos sobre los estados financieros de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser materiales o generalizados. Así mismo cuando, en circunstancias extremadamente poco frecuentes que supongan la existencia de múltiples incertidumbres, el auditor concluya que, a pesar de haber obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con cada una de éstas, no es posible formarse una opinión sobre los estados finan-
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cieros debido a la posible interacción entre las ya mencionadas y su posible efecto acumulativo en los estados financieros. Otras responsabilidades de informar
El objetivo del auditor, una vez formada la opinión sobre los estados financieros, es llamar la atención de los usuarios, cuando a su juicio sea necesario, comunicar claramente en su informe lo siguiente: - Una cuestión que, aunque haya sido revelada en los estados financieros, sea de tal importancia que resulte fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros ó cualquier otra cuestión que sea relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría. Cuando el auditor incluya un párrafo de énfasis en el informe de auditoría se requiere lo siguiente:
nes. Los cuales la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) nos dice que deberían de ser utilizadas solo en caso de ser estrictamente necesarios, y si en el año anterior se emitió una opinión opinión limpia, no necesaria la utilización de éste párrafo. Y ahora por la diferente interpretación que se le pueda dar a una opinión, varias o algunas firmas, optarían por resaltar el uso de los diferentes marcos de referencia en un “Párrafo de Otras Cuestiones” independientemente de la opinión generada en el año anterior. Una de las aplicaciones más frecuentes del dictamen del auditor, es su utilización por parte de las autoridades fiscales, para verificar la correcta determinación y pago de las diversas contribuciones a que el contribuyente esté obligado al dictaminar sus estados financieros o que optan por ellos. Por último, debemos ser los más claro posibles, informar todo lo que se deba informar con la mayor claridad posible, aplicando correctamente los lineamientos que ahora el código de ética internacional, nos enmarca. ¡¿Y cuáles son?! Ese ya sería otro tema a tratar tratar..
- Insertará inmediatamente después después de la opinión; Utilizará el título “Párrafo “Párrafo de énfasis” u otro título apropiado; Incluirá en el párrafo una clara referencia a la cuestión que se resalta y a la ubicación en el estados ARBOL DE DECISIONES – INFORME NIAS financieros, de la correspondiente información en la que se describa detalladamente dicha cuestión; JUICIO DEL AUDITOR SOBRE LA GENERALIZACION DE LOS EFECTOS e Indicará que el auditor no expresa una opinión NATURALEZA DEL O POSIBLES EFECTOS SOBRE LOS modificada en relación con la cuestión que se HECHO QUE ORIGINA ESTADOS FINANCIEROS LA OPINION resalta. MODIFICADA
Cuando el auditor incluya un párrafo de sobre otras cuestiones en el informe de auditoría, este se incluirá con el título “Párrafo sobre otras cuestiones” u otro título apropiada. Éste párrafo se incluirá inmediatamente después del párrafo de la Opinión y, en su caso, del párrafo de énfasis. Si el auditor prevé poner un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría, comunicará a los responsables del gobierno de la entidad esta previsión y la redacción propuesta para dicho párrafo.
Material pero NO Generalizado
Los estados financieros contienen incorrecciones materiales.
Opinión con Salvedades
Imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Opinión con Salvedades
Para concluir estimado lector, en los últimos meses, la adopción de las NIA en el informe ha causado mucha controversia,, ya que existe una diversidad de opiniones controversia en cuanto a redacción e interpretación de la opinión del Auditor independiente.
Material y Generalizado Opinión desfavorable adversa)
(o
Denegación de Opinión (o abstención)
Fuente: MODELOS DE DICTAMEN Y OTRAS OPINIONES E INFORMES DEL AUDITOR Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento.
Una de las tantas controversias que están apareciendo, es el de la utilización de los párrafos de Otras cuestioEntre Contadores Contadores y Empresarios Empresarios * Marzo - Abril 2013
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IMPLEMENTACION Y REVISION DEL CONTROL DE CALIDAD EN LAS PEQUEÑAS FIRMAS DE AUDITORIA Por: L.C.A. Jorge V. V. Mukul Fuentes F uentes Despacho Ordaz Gonzalez Supervisor de Auditoria
[email protected]
A partir del 1 de Enero de 2010 entró entró en vigor la Norma de Control de Calidad que fue aprobada y publicada por la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoria (CONPA), (CONP A), dicho precepto tiene como objetivo principal establecer las bases y lineamientos que las firmas de Contadores Públicos y Contadores Públicos independientes “deben” considera considerarr al establecer y desarrollar su Control de Calidad, Calidad, así como los elementos que que deben de contener contener las políticas y procedimientos procedimientos a adoptar. Un año después (Enero 2011) entro en vigor la Norma de Revisión del Control de Calidad (NRCC) y el Reglamento de la Norma de Revisión de Control de Calidad (RNCC) que bajo el mando de la Comisión Técnica de Calidad (CTC) establece establece los lineamientos lineamientos a seguir para para revisar el sistema de control control de calidad calidad adoptado por las firma o contadores públicos independientes, aunado a la la NRCC NRCC entra en vigor vigor la Norma Internacional de Auditoria 220 “Control de Calidad de la Auditoria de Estados Financieros” Financieros” la cual menciona que debemos de establecer los procedimientos que nuestra firma debe seguir para el desarrollo de una auditoria de estados financieros. De conformidad conformidad con el Reglamento Reglamento de la Norma de Revisión de Control Control de Calidad, empezará a revisar revisar a las firmas o contador público independiente de acuerdo al siguiente calendario:
Año 2012 2013 2014 2015
Número de socios de la firma 10 o más 5 o más 2 o más 1
Número de oficinas de la firma 5 o más 3 o más 2 o más 1
De acuerdo a dicho calendario para el 2014 las pequeñas firmas ya deben de contar con un control de calidad que soporte los procedimientos empleados en el desarrollo de su trabajo. Entre Contadores Contadores y Empresarios Empresarios * Marzo - Abril 2013
Para la implementación de un control de calidad eficiente, se requiere cumplir con los estándares y lineamientos de calidad bien establecidos en la Norma de Control de Calidad, el Reglamento Reglamento de la Norma y las Normas Internacionales de Auditoria (NIA 220). Hablar de la implementación de un control de calidad es hablar de desarrollar un control de controles (disculpando la redundancia), de políticas contables, financieros, operativos, administrativos, etc., donde cada colaborador colaborador se sienta comprometido comprometido en cumplir y ejercer las políticas establecidas en todos los trabajos que la firma desarrolle; lo cual nos lleva a las siguientes interrogantes: ¿quién puede desarrollar el control de calidad? y ¿cómo desarrollarlo? En sentido estricto la(s) persona(s) a cargo cargo de la dirección de la firma, el o los mismos socios conjuntamente conjuntamente con la gente de confianza que se considere necesaria son los indicados para desarrollar dicho control, apegándose en todo momento a la NCC. Para desarrollar desarrollar el control de calidad se deben tener en cuenta los siguientes elementos: a. Responsabilidad de los líderes de la firma sobre el control de calidad en la misma. b. Requisitos éticos relevantes.
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c. Aceptación y retención de las relaciones profesionales con clientes y trabajos específicos. d. Recursos humanos e. Desempeño del trabajo. f. Monitoreo. Todos y cada uno de los elementos antes mencionados deben tener políticas y procedimientos procedimientos bien estableciestablecidos, y lo más importante, importante, comunicárselo a los los colaboradores haciéndoles haciéndoles énfasis en cuáles son los objetivos objetivos a lograr, lograr, sus responsabilidades responsabilidades y las políticas y proceprocedimientos establecidos que tiene tiene que llevarse a cabo para conseguir la calidad que la firma persigue. persigue. Se menciona esto porque uno de los trabajos de la CTC C TC es revisar y evaluar si se está dando el debido cumplimiento al control de calidad. Como socio o socios de la firma, considero que el principio básico que no debe perderse perderse es el compromiso y la responsabilidad sobre el control de calidad, que al final, será la guía que nos lleve a mejores estándares de crecimiento crecimiento,, obtener mejores clientes, un mayor mayor reconocimiento reconocimient o y lograr mayores mayores ganancias. Ahora bien, ¿cómo saber si la política p olítica a implementar es la correcta? Para darle darle respuesta a esta interrogante interrogante recordemos que una política se puede ver como un concepto de forma general sobre la actuación de la firma, esto es, definir qué es lo que se quiere lograr y los planes de acción (procedimientos) a tomar para poder cumplir con esa política. Antes de definir una política es recomendable recomendable realizar realizar un estudio del entorno que rodea a la firma (conocimiento del negocio), que puede ser desde lo que hacemos para contratar a un nuevo elemento y/o
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hasta lo que se hace para entregar un informe de auditoría, y también tener en cuenta que la política abarque a todos los departamentos vinculados para así ayudar a tomar decisiones firmes y congruentes con la dirección. Una de las características de una política es que no señala cómo proceder, eso lo marca el procedimiento, por lo que siguiendo con el orden secuencial que conlleva a la implementación de una política, una vez definida ésta, se tiene t iene que establecer el procedimiento a seguir para dar cumplimiento a esta política. Un procedimiento bien definido puede verse como una guía detallada que que muestra de manera manera secuencial y ordenada cómo 2 o más personas realizan realizan una actividad. Si una política es clara, también el procedimiento tiene que ser claro. Desarrollar e implementar un control de calidad conlleva a cumplir con los requisitos que la misma norma dispone apegándonos a los principios que el código de ética de la profesión nos ordena cumplir, entre otros: - La integridad. - Objetividad. - Diligencia y competencia profesional. - Confidencialidad. - Comportamiento profesional. Toda vez que las políticas y procedimientos procedimientos estén definidos en un “manual”, lo siguiente será registrar a la firma ante la Comisión Administradora de Calidad, declarando que se cumple con la NCC, utilizando los formatos que la CTC previamente ha publicado en el sitio oficial de ésta comisión.
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APLICACION DE LA NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 220
Debido a que las Normas Internacionales de Auditoria son de uso obligatorio, no hay que perder de vista la Norma Internacional 220 “Control de Calidad de la Auditoria de Estados Financieros”; pues el objetivo que persigue es similar a lo que la Norma de Control de Calidad requiere, es decir, contar con procedimien procedimientos tos bien definidos. Su diferencia radica en que la Norma de Control de Calidad pide establecer establecer políticas y procedimientos procedimientos para el actuar de la firma y la NIA 220 requiere que se establezcan procedimientos procedimientos particulares a seguir para el desarrollo de una auditoria, que en muchos casos dependen del giro y las operaciones del negocio. Para las pequeñas pequeñas firmas que realizan trabajos de auditoría cumplir con estas dos Normas es sinónimo de aprobación al momentos momentos de ser revisada por la Comisión Comisión Técnica de Calidad. REVISION DE LA NORMA DE CONTROL DE CALIDAD
La encargada de revisar y evaluar el sistema de control de calidad de la firma es la Comisión Técnica Técnica de Calidad. Dicha comisión tendrá como objetivo establecer los procedimientoss para llevar a cabo las revisiones del sisteprocedimiento ma de control de calidad. La metodología que viene descrita en el RNCC RNCC que será utilizada para una adecuada revisión al Control de Calidad de la firma se basara en: a. La naturaleza de la revisión de control de calidad abarcará tanto los controles generales de calidad que deben tener las Firmas, así como las revisiones de trabajos específicos para comprobar que los controles están funcionando adecuadamente adecuadamente.. b. La duración de cada una de las revisiones no deberá exceder de cinco días hábiles. c. La Comisión Técnica podrá auxiliarse de los medios que considere convenientes para estos propósitos. Al respecto, deberán prepararse las herramientas de trabajo necesarias, que consistirán en programas de trabajo, cuestionarios de revisión de controles generales y de revisión de trabajos específicos.
Entre Contadores Contadores y Empresarios * Marzo - Abril Abril 2013
d. El líder del equipo deberá requerir a la Firma a revisar revisar,, con treinta días y recibir con quince días de anticipación, respectivamente, a la fecha del inicio de la revisión, la información sobre su sistema de control de calidad e información estadística (existencia de revisiones internas de control de calidad, número de compromisos sujetos a la NCC, número de horas, estructura de socios y personal profesional y otros de esta naturaleza), con el propósito de efectuar la planeación detallada de la revisión. Para este propósito, se deberá utilizar el formato de requerimiento anexo. e. Los procedimientos que las Firmas hayan diseñado para su revisión interna, serán considerados en la definición del alcance de las revisiones. f. Establecerá los criterios de selección de trabajos a revisar,, sobre auditorías por las cuales existan razones revisar suficientes para ser revisadas. g. Establecerá un programa de revisión de trabajos, basado en un muestreo que contemple el riesgo implícito de los trabajos, diversidad de industrias y otros factores que den una muestra representativa de los trabajos efectuados por la Firma revisada, conforme a lo siguiente:
Número de horas del compromiso
Tiempo estimado para la revisión
Menor a 500 hs De 501 a 1000 hs De 1001 a 2000 hs De 2001 a 5000 hs Mayores a 5000hs
1 a 2 días 2 a 3 días 3 a 4 días 4 a 5 días 5 días
En caso de no existir un soporte documental del sistema de control de calidad, el líder deberá suspender la revisión y emitirá el informe correspondiente a la CAC. h. Supervisará el mantenimiento de las bases de datos que le permitan tener un control de los informes y cartas de comentarios emitidos, con el propósito, de facilitar el seguimiento de la corrección de aquellas deficiencias localizadas en cada una de las revisiones practicadas.
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Después de que el personal asignado por la CTC concluya con la evaluación de los controles, los “tipos” de informe que pueden emitir son: TIPO INFORME
Sin comentarios
Con comentarios
Con comentarios adversos
RESULTADO DE LA REVISION Cuando los procedimientos observados cumplen con los requisitos de control de calidad establecidos en la NCC y el Boletín 3020, Control de calidad para trabajos de auditoría, sin que existan deficiencias importantes. Cuando exista una o más deficiencias importantes que indiquen que no se cumple con la NCC y las Normas de Auditoría, Audit oría, pero que pueda puedan n ser subsanadas en un corto plazo (menos de un año) por medio de acciones alcanzables. Cuando existan deficiencias importantes que indiquen que no se cumple con la normatividad establecida por la NCC y/o con las Normas de Auditoría, Audit oría, y que no se prev prevé é que puedan ser subsanadas en el corto plazo, aun cuando se establezcan acciones al respecto.
Los integrantes de la CTC serán profesionales con absoluta independencia y confidencialidad declarada, por lo que los resultados de su revisión serán enviados a la firma con total discreción.
de los trabajos de la firma y cumpliendo al mismo tiempo, con la norma internacional internacional 220. Por último, el elemento más importante para la implementación del sistema de control de calidad es el compromiso hacia la aplicación del mismo, no servirá a la firma tener un adecuado sistema de control de calidad si el socio o los socios, el personal de la firma y toda la gente involucrada involucrada no demuestran una cultura de compromiso y aplicación de las políticas y procedimientos plasmados en el sistema. No está de más comentar, que la CTC ha estado publicando en su sitio oficial: http://nrcc.imcp.org.mx/categ http://nrcc.imcp .org.mx/category/banco-de-informacion/ ory/banco-de-informacion/ “guía “guías” s”
para implementar un control de calidad eficiente y formatos para proceder al registro de la firma. Con todo lo anterior, ya tenemos una idea de cómo proceder a elaborar un manual de control de calidad que en su momento podrá ser solicitado para su revisión por la CTC. Fuente: Boletín Norma de Control de Calidad. Normas de Auditoria para Atestiguar, Revisión y otros servicios relacionados, edición 2013. http://nrcc.imcp.org http://nrcc .imcp.org.mx/category/banc .mx/category/banco-de-informacion/ o-de-informacion/ Código de Ética.
Cuando las deficiencias encontradas en la revisión sean significativas, la firma deberá presentar ante la CTC un plan por escrito, indicando la metodología a seguir para corregir esas deficiencias indicando las acciones a seguir y los plazos en que estas serán subsanadas. CONCLUSION
Para contar con un control de calidad adecuado para una firma, se tienen que conocer y estudiar el entorno entorno de la misma, definir las políticas y procedimientos a aplicar tomando en cuenta el resultado del estudio. El dejar documentado todas las políticas y procedimientos en un manual y hacerlo del conocimiento de cada colaborador será una buena estrategia para demostrar a la comisión técnica de calidad que las políticas no fueron implementados arbitrariamente, y que existe evidencia documental del cumplimiento y difusión de las mismas, que se ve reflejado en cada uno Entre Contadores Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2013
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“ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS”
TE INV INVIT ITA A A PART PARTIC ICIP IPAR AR Estimado Colega Contador Público o Empresario, te invitamos a colaborar, si cuentas con material escrito relativo a temas contables, fina fin a ncieros, económicos, económicos, fiscal fiscales, es, laborales, a uditorí ditoría a o de actualidad. ENTRE ENTR E CONTADORES CONTADORES Y EMPRESAR EMPRESARIOS IOS puede pu p ublicar tu t us artí a rtículos. culos. Sólo debes enviar enviar tu artícul art ículo o al a l correo electrónico
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¿QUÉ IMPLICACIONES EXISTEN POR PRESENTAR FUERA DE PLAZO EL DICTAMEN DICTAMEN FISCAL? Por: C.P. y M.A M.A.T .T.. José Alfon Alfonso so Canché Canch é Pérez Gestión y Transferenc ransferencia ia del Conocimie Conocimiento nto Empresarial, Em presarial, S.C.P. S.C.P. Socio Revisor de Impuestos
[email protected]
Por diversos factores tanto internos como externos, algunos contribuyentes se han visto en la problemática de presentar fuera de plazo o incluso incumplir con la presentación del dictamen, esta situación trae consecuencias económicas para el contribuyente, así como implicaciones de importancia para el dictaminador. El presente artículo esboza de manera general, con el propósito de obtener un contexto claro sobre todo lo concerniente al dictamen y responder los cuestionamientos más comunes para un contador o no, como son: ¿QUÉ ES EL DICT DIC TAMEN?
El dictamen se puede entender como el documento que suscribe el contador público, relativo a la naturaleza, alcance y resultados del examen realizado sobre los estados financieros; es decir, expresa una opinión profesional sobre el resultado de su trabajo. t rabajo. De manera adicional, el articulo 52 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), establece que la autoridad presumirá ciertos (salvo prueba en contrario), hechos afirmados por el contador público sobre los estados financieros de los contribuyentes o derivado de otras actividades de carácter fiscal como la enajenación de acciones, la declaratoria formulada por motivo de devolución de saldos a favor de impuestos entre otros. ¿QUIÉN ESTÁ DICTAMEN?
OBLIGADO
A
PRESENTAR
EL
Cabe recordar que todas las personas físicas con activiac tividades empresariales y las personas morales, de acuerdo a lo expresamente señalado en el numeral 32-A del CFF, tienen la obligación de dictaminar sus estados financieros en los términos del artículo 52 del mismo código por Contador Público Registrado (CPR), existen otras situaciones dentro de la ley que obligan a los
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2013
contribuyentes dictaminar su información financiera por diversos motivos en el desarrollo de sus actividades, por lo que, debemos estar pendientes de esas situaciones particulares, sin embargo, a modo de ejemplo cito entre otras: • La enajenación de acciones. • La solicitud de devolución de saldos a favor de
impuestos. Algo importante es que existe la posibilidad de optar por presentar dicho dictamen sin estar obligado a ello, por lo que, el propio contribuyente debe decidir y manifestarlo al momento de presentar su declaración anual teniendo una fecha máxima para ésta opción al 31 de marzo o 30 de Abril según se trate, del año inmediato siguiente al ejercicio de que se trate. En el artículo 66 segundo párrafo del reglamento del CFF se contempla la posibilidad de renunciar a la presentación del dictamen siempre que se presente por escrito la razón que dio lugar a este suceso a más tardar el último día del mes en que se deba presentarse dicho dictamen. ¿CUÁNDO SE PRESENTA EL DICTAMEN?
De acuerdo al artículo del que nace la obligación de presentar el dictamen, el 32-A del CFF, el dictamen fiscal deberá presentarse a más tardar el 30 de junio del
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2013, sin embargo, el Servicio de Administración TribuTributaria (SAT), mediante reglas de carácter general, señala que se podrán establecer períodos para la presentación del dictamen en grupos de contribuyentes, partiendo del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), adicionalmente el SAT puede establecer facilidades para el cumplimiento de ésta obligación en tiempo fuera de lo establecido, sin embargo es importante no confiarse de esta facultad de dicha Secretaría y evitar controversias de tiempo, recuerde que el último día del plazo el sistema de recepción por internet se satura lo cual pudiera poner en riesgo la presentación del dictamen en tiempo y forma. ¿POR QUÉ MEDIO SE PRESENTA PRESENTA EL DICT DIC TAMEN?
va pero no limitativa los siguientes: El dictamen se presenta a través de internet, mediante la página del SAT, SAT, por lo que es importante tener vigente la firma electrónica avanzada (FIEL) tanto del contribuyente como del contador que dictamina los estados financieros, cabe recordar que dicho dictamen se elabora y encripta en el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED), que contiene diversos de anexos que se deberán llenar partiendo de la información del contribuyente al cierre del ejercicio, una vez terminadas las pruebas y exámenes dl dictaminador.
1. Contar con información financiera confiable derivado del análisis realizado por un CPR. 2. Seguridad razonable sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 3. Tener Tener la información necesaria para cualquier crédito financiero ante organismos externos. 4. Devolución de impuestos en menor tiempo.
¿FACILIDAD DE NO PRESENTAR EL DICTAMEN?
El pasado 30 de junio del 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federaci Federación ón (DOF) el “Decreto de facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria”, tributaria”, en el cual en el Artículo tercero se establece la opción, aun estando obligado de acuerdo a lo anteriormente expuesto en el Articulo 32-A, de no presentar el Dictamen de Estados Financieros, sin embargo lo condiciona a la presentación de información en los plazos y medios que mediante reglas de carácter general establezcan las autoridades fiscales correspondientes, es por eso que nace el Sistema de Presentación de la Información Alternativa al Dictamen (SIPIAD), el cual es muy similar al SIPRED. VENTAJAS VENT AJAS DEL DICTAMEN. DI CTAMEN.
Cuando el Contribuyente opta por presentar o bien al dar cumplimiento cabal a la obligación de presentar con el dictamen, se hace acreedor a una serie de beneficios, dentro de las cuales menciono de forma enunciati-
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5. Una revisión secuencial, es decir, la autoridad no puede visitar al contribuyente directamente, sino deberá primero revisar el trabajo del CPR y si esta no la satisface entonces podría visitar al contribuyente. Cabe señalar que en el caso de que el contribuyente no realice el pago de las diferencias determinadas en el dictamen en los 10 días hábiles la autoridad tiene la facultad de revisarlo en forma directa, de acuerdo a lo señalado en el artículo 52-A Fracción II y 73 Fracción III del CFF. Por lo anterior y en seguimiento a lo comentado al inicio de este artículo, en varias ocasiones, por factores tanto internos como externos del contribuyente, no se cumple en tiempo y forma la obligación de presentar el dictamen, lo que nos lleva a las siguientes interrogantes: ¿qué sucede con ese dictamen? y ¿qué implicación tiene el CPR al respecto? El último párrafo del artículo 66 del reglamento del CFF establece que la presentación del dictamen y la infor-
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mación relacionada con el mismo fuera de los plazos que prevé este reglamento, se tendrán como no presentados, lo que significa que no surtirá efecto legal alguno, es decir, no tendrá validez para el fisco y cualquier otra cuestión legal externa. Por otro lado, dentro del texto del artículo 52-A del CFF CFF,, que regula la revisión secuencial del dictamen, menciona que: “Para el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, no se deberá observar obser var el orden establecido en este artículo, cuando: c) El dictamen dict amen no surta surt a efectos legales” Por lo anterior, no tendrá validez alguna el presentar el dictamen fuera del plazo establecido.
“A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones: …. …IX. De $ 7,728.00 a $ 77,284.00, y en su caso, la cancelación de la autorización para recibir donativos deducibles, a la comprendida en la fracción X" Debemos considerar que dichas cantidades se tendrán que actualizar de acuerdo al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal, por lo que dicha sanción será mayor. Es importante mencionar que no existe alguna sanción para el CPR en el CFF de forma verbal, escrita o económica, sin embargo, el problema radica principalmente en el efecto de desprestigio ante dicho cliente así como la propia autoridad. CONCLUSIÓN.
Por otro lado, todo incumplimiento de las obligaciones fiscales tiene una consecuencia que se traduce en afectaciones económicas para el patrimonio del contribuyente, por lo que, esta situación se contempla dentro del artículo 83 del CFF, CFF, en el capítulo de las infracciones, puesto que se establece: “Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación, las siguientes:... …X. No dictaminar sus estados financieros en los casos y de conformidad con lo previsto en el artículo 32-A de este Código, o no presentar dicho dictamen dentro del término previsto por las leyes fiscales”. En concordancia al artículo antes citado el numeral 84 del mismo código, establece las siguientes sanciones para las infracciones señaladas por dicho artículo: Entre Contadores Contadores y Empresarios * Marzo - Abril Abril 2013
En resumen, podemos señalar que los efectos de la presentación extemporánea del dictamen fiscal, será el hecho de que no surtirá efecto legal alguno, es decir, no tendrá validez, así mismo, en caso de una revisión del SAT al ejercicio fiscal dictaminado, dicha autoridad no quedaría obligada a respetar la revisión secuencial, esto es que podrá ejercer sus facultades de comprobación directamente con el contribuyente. Por último la autoridad en caso de una revisión aplicará la sanción prevista en la fracción IX del artículo ar tículo 84 anteriormente citada, lo que le traerá al contribuyente una carga económica adicional a todo lo erogado por la preparación de la información para dictaminar dict aminar.. Fuente: Compilación Fiscal Correlacionada Correlacionada y Actualizable 2013. México: Dofiscal Editores. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. (s.f.). http://imcp.org.mx/normas-de-auditoria. Recuperado el 26 de abril de 2013, de http://imcp http://imcp.org.mx/norm .org.mx/normas-de-auditoria as-de-auditoria Secretaria de Hacienda y Crédito Público Público.. (30 de Junio de 2010). DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. México, D.F.
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EL CONTROL INTERNO Y LAS MEJORES PRÁCTICAS; PRÁCTICAS; LEY SARBANES – OXLEY Y GOBIERNO CORPORATIV CORPORATIVO O Por: C. P. y M. A. Javie Javierr A. Solis Uc Gerente de Contabilidad Grupo Canteras Peninsu Peninsulares lares
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La calidad clase mundial, consiste en la integración de las mejores prácticas de negocios en la empresa, generalmente las grandes organizaciones con operaciones globales, son las que adoptan inicialmente estas prácticas, para ofrecer certeza de sus productos y operaciones a sus clientes en cualquier latitud del orbe. Cuando estas prácticas son difundidas y se conocen sus metodologías, alcances y beneficios, un mayor número de empresas evalúan como aplicarlas y optan en varios casos por implementar la metodología sin que necesariamente se llegue a una certificación. El único fin, es una mejora en sus procesos, y que se vea reflejado en la calidad de los productos y/o servicios, el incremento en sus ventas y en las utilidades del negocio. En las áreas productivas y comerciales es donde principalmente se ve un mayor estudio de estas mejores prácticas de negocios, sistemas como: Justo a Tiempo, Ingeniería Esbelta o Benchmarking, por poner solo unos ejemplos, son herramientas que generalmente adoptan las organizaciones. Y el área administrativa, ¿cómo aplica las mejores prácticas en los procesos contables, financieros o de auditoría?, ¿seguimos trabajando con las mismas bases de hace tiempo?, ¿será que la administración y la contabilidad no han evolucionado? y ¿acaso es difícil aplicar
nuevas maneras de administrar o controlar un negocio?. En Julio de 2002, después de un profundo debate en la cámara de representantes de los Estados Unidos de América, fue aprobada la Ley Sarbanes – Oxley como respuesta a los escándalos financieros protagonizados principalmente por Enron y Word Comm. Esta ley que afecta solo a las sociedades que cotizan en Estados Unidos de América, se ha convertido en referencia en todo el mundo. Ya anteriormente, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) emitió en 1999 los Principios de la OCDE para los gobiernos de las sociedades, que fueron revisados en 2004, y que representan una referencia para que cada país emita los propios, adecuándolos a su marco regulatorio y a su cultura empresarial. En México, a iniciativa del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), se constituyó el Comité de Mejores Prácticas Corporativas que en 1999 emitió el “Código de Mejores Prácticas Corporativas” (Código) en donde se establecen recomendaciones para un mejor gobierno corporativo de las sociedades en México. A catorce años de su emisión, se han presentado dos revisiones, la ultima en abril de 2010, y como a la letra dice dicho Código:
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“En su edición, se tomaron en cuenta las necesidades y características de las sociedades mexicanas, su origen, su estructura accionaria y la importancia que pueden tener ciertos grupos de accionistas en su administración. Se busca ayudarles a ser institucionales, competitivas y permanentes en el tiempo; que puedan acceder a diversas fuentes de financiamiento en condiciones favorables y ofrezcan confianza a los inversionistas nacionales e internacionales.” Salvo las empresas mexicanas que cotizan en bolsa y que tienen la obligación de presentar informes de este tipo, muy pocas organizaciones han analizado la evaluación del control interno desde el enfoque de la ley Sarbanes – Oxley y mucho menos administrar los negocios de una manera institucional, basados en los principios del Gobierno Corporativo Corporativo..
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Cuando adoptamos por convicción las mejores prácticas en nuestras organizaciones lo ideal es implementarlas por completo, sin embargo, una vez estudiada y analizada la metodología, esta implementación puede ser parcial o por etapas. Cada empresa, dependiendo su estructura y sus necesidades, puede establecer programas a través de los cuales se cumplan la implementación total o parcial un nuevo sistema. Por ejemplo en el caso de la Ley Sarbanes – Oxley Oxley podemos comencomenzar atacando algunos puntos como los siguientes: En el área de: “Mejora en la calidad de la información pública y en los detalles de la misma” La seccion 302: nos solicita que la informacion publica presentada, deberá ser legitimada por los directivos de la sociedad, es decir, deben certificar su responsabilidad y correccion respecto a: Los informes trimestrales y anuales. ¿Que procedimiento se deber establecer para cumplir con este punto? Y ¿cómo se garantiza la organización para que, quien elabora y firma un reporte sea responsable del mismo?. Y con respecto al area de “Aumento de Exigencia y presión sobre la independencia efectiva de los auditores” La seccion 201: indica que debe haber una prohibicion total para que el auditor, pueda prestar determinados servicios a su cliente de auditoria. auditoria. La seccion seccion 203: 203: establece que el socio firmante y el socio revisor deben rotar cada 5 años. Generalmente
obviamos
estos
puntos, ya que los auditores en algunas circunstancias, despues de varios años de realizar la auditoria a una empresa, sentimentalmente se vuelven parte de la organización, mermando en alguna medida la independencia que se busca de esta actividad. En este sentido, ¿cómo establecemos los lineamientos para definir los trabajos que puede hacer y cuales no deberia hacer quien audita la empresa?, ¿que evaluacion se debe establecer para que durante el ciclo de trabajo de un auditor (5 años) no baje la calidad de sus servicios?, ¿cómo se da el proceso de selección del nuevo auditor que llevará el trabajo por el período establecido de 5 años?. Y con respecto al gobierno corporativo, la práctica 30, sugiere que se sometan a la aprobación del Conse jo de Administración las políticas y criterios contables utilizados para la elaboración de la información financiera de la empresa, y que se le informe sobre su aplicación consistente. En muy contadas ocasiones por no decir ninguna, los Consejos de Administracion conocen las politicas que rigen el negocio y cuando por alguna problemática que se complican, buscan el origen del caso, se enteran de las deficiencias en el procedimiento, los vicios y en ocasiones la obsolescencia de las politicas que se aplican en la empresa.
no tanto por su obligatoriedad, si no por el beneficio que trae en la administracion de los negocios. Temas como el control interno basado en la ley Sarbanes – Oxley y Gobierno Corporativo, son cada vez más importantes a nivel mundial y afortunadamente las organizaciones mexicanas están aplicándolas, se percibe una mayor participación de empresas familiares y de grandes empresas que no cotizan en bolsa, esto muestra que, más que un tema de cumplimiento, se percibe como una estrategia para el fortalecimiento y crecimiento de las organizaciones organizaciones.. Temas como calidad, evaluación y resultados, son aspectos clave en las empresas, y quienes tengan bien cubiertos estos aspectos, conozcan los riesgos y adopten las mejores prácticas para tomar decisiones, les será menos complicado sortear las dificultades económicas cada vez más complicadas y difíciles que a diario tenemos que enfrentar. Fuente: Código de Mejores Prácticas Corporativas, Consejo Coordinador Empresarial, México, 2010. Ley Sarbanes – Oxley Del Rio, Juan. Mejores Prácticas Corporativas. Ejecutivo de Finanzas, México: Junio 2010.
Como se puede apreciar, estas dos metodologias, ayudan a fortalecer el control interno en los negocios,
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LA MATRIZ HUSSMANNS: HERRAMIENTA PARA MEDIR LA INFORMALIDAD LABORAL Por: M.G.P.P. Jorg Jorge e Miguel Barrera Barr era Peniche Penich e Maestro en Gobierno y Políticas Públicas Profesor de Posgrado en la Facultad de Economía de la UADY Email: jbarrerap_69@ho
[email protected] tmail.com
Desde diciembre de 2012, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) aplica un nuevo esquema para la medición de la informalidad laboral, que utiliza lineamientos plasmados en un manual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Este nuevo esquema redefine a la informalidad como un fenómeno que puede estar presente en cualquier parte del panorama económico y de la que el Sector 1 Informal (SI) es un caso específico. Asimismo, para cuestiones estadísticas tienen que identificarse tanto el empleo en el SI como el empleo que opera fuera de este sector para generar el agregado de la Informalidad. I nformalidad. La Informalidad, entendida en su sentido más amplio, es el conjunto de actividades económicas realizadas por los individuos que, por el contexto en que lo hacen, no pueden invocar a su favor el marco legal o institucional que corresponda y será entonces ocupación informal todo el espectro de modalidades ocupacionales, ya sea dependientes o independientes, sobre las que gravita esta circunstancia. LA MATRIZ HUSSMANNS
La necesidad de integrar ambas dimensiones de forma complementaria y sin incurrir en duplicidad de conteos dio como resultado un esquema denominado Matriz Hussmanns, que es un mecanismo que conjunta la perspectiva tanto de unidad económica como de condiciones laborales para integrar en una sola cuenta el SI, otras informalidades como la agricultura de subsistencia, el servicio doméstico remunerado y los trabajadores familiares auxiliares, así como formas emergentes de trabajo no protegido y pseudoindependiente pseudoindependiente.. Una matriz Hussmanns comienza integrándose con dos clasificaciones (figura 1):
1 Según la posición en la ocupación 2 Según el tipo de unidad económica empleadora El primer clasificador se compone por cuatro grupos: los trabajadores subordinados remunerados, remunerados, que se subdivide en asalariados y con percepciones no salariales; empleadores, trabajadores por cuenta propia y los trabajadores no remunerados El segundo clasificador se divide en: sector informal, trabajo doméstico remunerado, empresas, gobierno e instituciones, y ámbito agropecuario agropecuario.. Esta matriz permite conjuntar el trabajo subordinado no registrado ante la seguridad social que labora para unidades económicas formales y todos los trabajadores subordinados remunerados registrados en la seguridad social, el trabajo doméstico remunerado que contratan los hogares para consumir servicios, así como el trabajo de la agricultura de subsistencia que encabezan unida-
1 El SI se compone de las unidades económicas cuyos activos fijos y otros activos utilizados no pertenecen pertenecen a las unidades como como tales sino a sus dueños, por sí mismas no
realizan transacciones ni establecen contratos con otras unidades, tampoco asumen obligaciones. Los dueños tienen que hacerse de financiamiento bajo su propio riesgo y están personalmente comprometidos, por cualquier obligación incurrida en s us procesos productivos. El negocio no tiene una personalidad económica, legal o jurídica.
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des de producción familiares Al llenar la matriz con la información requerida quedan recuadros vacíos que se definen como “imposibilidades conceptuales”; por ejemplo, no puede haber personas cuya actividad y remuneración provenga del servicio doméstico y que lo realicen como patrones o empleadores; tampoco puede haber empleadores o cuentas propias formales encabezando unidades económicas del SI. Estas casillas corresponden a empleadores y cuentas propias que operan en unidades económicas registradas ante la autoridad fiscal y todos los trabajadores subordinados remunerados registrados en la seguridad social El INEGI considera que en el caso de los ocupados en el SI, se puede dar la existencia de trabajadores que pueden contar con protección de la seguridad social laborando en dicho sector, pero su clasificación en la ocupación informal se ha determinado a partir de la naturaleza de la unidad económica, y no por las condiciones laborales. En la Matriz Hussmanns alimentada con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) correspondientes al cuarto trimestre de 2012, se desglosa una ocupación específicamente en el SI (empresas o negocios de hogares sin registros contables) de 13.5 millones de personas, cifra que significó una disminución de (-)3.7% anual y constituyó 27.9% del total de ocupados (Tasa de Ocupación en el Sector Informal 1); 2.2 millones corresponden al servicio doméstico remunerado, 6.3
millones pertenecen al ámbito agropecuario y otros 6.9 millones a las empresas, gobierno e instituciones.. Sin embargo, el total de la ocupación bajo condiciones de informalidad en México -y de la cual el SI es sólo un componente- suma 28.9 millones de personas, para un crecimiento de 0.3% respecto a igual periodo de 2011 y representó 59.9% de la población ocupada (Tasa de Informalidad Laboral 1). De manera detallada, 13.5 millones conformaban específicamente la ocupación en el sector informal. En su comparación trimestral, la tasa de informalidad laboral 16 descendió (-)0.18 puntos porcentuales con relación a la del trimestre julio-septiembre de 2012, y la tasa de ocupación en el sector informal 1 se redujo (-)1.09 puntos porcentuales. CONCLUSIONES
Esta nueva medición del trabajo informal en México viene a complementar la publicación de la ocupación en el sector informal, que el INEGI difunde desde el inicio de la ENOE en 2005. En virtud de lo anterior, a partir de la información de noviembre de 2012, se agregó a los resultados de la ENOE, los datos de la informalidad laboral, que representa la medición de la informalidad ampliada en el país. Así, el empleo informal, o medición ampliada de informalidad, añade, a la definición de trabajo informal
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que venía difundiendo el INEGI, las siguientes categorías: el trabajo no protegido en la actividad agropecuaria, el servicio doméstico remunerado de los hogares, así como los trabajadores subordinados que, aunque trabajan para unidades económicas formales, lo hacen bajo modalidades en las que se elude el registro ante la seguridad social. De esta manera, la medición de la ocupación en el sector informal no desaparece, sino que se considera el punto de partida y un componente del cálculo de una medida más amplia: el empleo informal. En el sitio de Internet del INEGI está a disposición de los usuarios las Tasas de informalidad laboral, 2005-2012, los Indicadores básicos de informalidad laboral, 20102012, los Indicadores estratégicos de informalidad laboral, 2010-2012 y la Matriz Hussmanns de personas, p ersonas, 2010-2012. Esta información está disponible con una cobertura geográfica nacional y estatal, y desglosada por sexo. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2012). La informalidad laboral: Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo: marco conceptual y metodológico, México Negrete, R. (2012) Nueva medición del trabajo informal en México. [Diapositivas de PowerPoint] Recuperado de http://www.inegi.org.mx/es http://www .inegi.org.mx/est/contenidos/ t/contenidos/Proyectos Proyectos/encuest /encuest as/hogares/regulares/enoe/Default.aspx Sojo, E. (2012) México: estadísticas de informalidad laboral
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ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS Revista electrónica del CCPY que sirve de enlace entre la comunidad contable y el empresariado. La revista Entre Contadores y Empresarios está indexada en LATINDEX www.latindex.org Diseño
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