Concepto de poder y aplicación del mismoDescripción completa
Kelsen - Pure Theory of LawDescrição completa
Kelsen: -Influencia principal es Kant - aplica el método kantiano a la ciencia jurídica. - common law anglosajon: anglosajon: Derecho pactico y cuya cuya principal fuente creadora creadora es la labor de los tribunales de justicia. - Ciencia jurídica: Conociemiente y descripción de las fenómenos jurídicos y de las leyes que la rigen. - teoría pura del derecho: consiste en dejar estipular ciertas nociones básicas y esenciales fundamentales de la ciencia del derecho. - Leyes Naturales: son un conjunto de leyes basadas por el conocimiento empírico que se refieren al conjunto de doctrinas en moral, política y teoría legal. - el acto natural no tiene sentido si no se le da un significado moral ni jurídico si no hay una norma n orma jurídica o moral dándole un significado o un valor. -El derecho es una especifica técnica social por medo de la cual es posible obtener la conducta humana deseable. - Puresa metódica: conciste en desviar del método de conocimiento jurídico aquellas derivaciones de la naturaleza. - ciencia del derecho: - ciencia normativa que su único objeto es el derecho. (solo ordenamiento jurídico) - ciencia del derecho positivo excluye todo tipo de problemas referidos a ordenes ideales que no pertenecen a lo jurídico. - ciencia formal que se rige por el resultado de los derechos positivos. - es una ciencia lógica que estructura su objeto en su sistema único sin contradicciones.
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Toda Toda norma norma las las normas normas jurí jurídic dicas as van van de la mano mano una de de otra otra hasta hasta llega llegarr a la norma hipotética hipotética fundamental (constitución) (constitución) .
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Norma hipotética fundamental: se limita a establecer una autoridad legistaliva superior. (obedece al legislador ordinario)
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Sin norma fundamental no tendría validez el orden jurídico. (fundamenta la unidad del objeto de la ciencia del derecho).
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Norma fundamental = hipótesis
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La norma se trata de una hecho determinado e indica lo que debe ser, su fin es provocar una determinada conducta humana.
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Derecho: conjunto de normas que pertenecen al deber ser.
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Ciencia del derecho: ciencia normativa
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La norma hipotética fundamental facilita el conocimiento jurídico.
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Sin ella el conjunto de hechos naturales en los que se manifiesta el derecho no tendría ninguna significación jurídica. No existíria la transformación del ser al deber ser.
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Es única y exclusiva.
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Si es para regir una nocion o estado en particular la norma hipotética fundamental es valida pero si se mescla con otras nociones hay que acudir al derecho internacional.
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Que una norma sea valida significa que sus prescripciones (ordenes) obligatorias para todos quienes esta conducta se refiere.
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Validez: mundo normativo del deber ser y la existencia en el mundo real del ser.
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Una norma valida declara su existencia (reconoce la fuerza obligatoria frente a la conducta que regula).
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La validez depende de que si la conducta del hombre se ajusta a ella.
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Su esencia es que puede ser violada.
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Relación entre el ser y el deber ser (derecho y naturaleza) POSITIVIDAD.
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La validez puede ser espacial, temporal, personal y material que establece la misma norma.
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Estructura del derecho establece que un determinado hecho debe regir la realización de otro hecho
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Condicion juridica: conducta indeseable
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Consecuencia juridica: sanción coactiva pena o ejecusion.
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Ley juridica al igual que la natural es un juicio hipotético.
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Condición y consecuencia: se describe una conducta y si no se cumple se genera una sanción.
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CONSECUENCIAS DE LA NORMA JURIDICA:
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Normas secundarias: expresa la conducta debida. Norma juridica que obliga la sanción.
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Normas primarias: lo indeseable o las bases de lo repudiable según las leyes.
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La norma juridica es un juicio, no todas las normas positivas son juicios y generan un juicio hipotético
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La norma antijurídica es la condición del acto coactivo asi mismo se tranforma en elemento integrante del derecho.
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Derecho subjetivo: entre las condiciones de la realización del acto coactivo figura la manifestación de la voluntad de otro individuo.
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También es la capacidad de una persona para hacer o no hacer algo o para impedir a otro a hacer algo.
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Titular del derecho subjetivo es la persona
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Derecho objetivo: conjunto de reglas que rigen la vida en sociedad. Conjunto de normas que establecen derechos o facultades y y establecen o imponen obligaciones.
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Persona natural: el hombre
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Persona jurídica : institución.
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En el derecho solo se le nombra al hombre como persona natural sino que solo da significación a los derechos que la norma le da significación juridica no al hombre como persona psicofísica.
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El hombre es el objeto del conocimiento de la ciencia causal.
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En la norma juridica no se da significación al hombre como entidad psicofísica(relación entre los estumulos físicos y las reacciones eso es psicofísico) sino que ciertas determinaciones u omisiones suya.
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El hombre no existe para la ciencia del derecho sino solo atravez de sus acciones o omisiones que la norma ha incorporado como deberes o facultades.
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Las normas que contienen la conducta del hombre como deber o facultad es una unidad normativa que es un sistema de normas relativamente autónomas. (PERSONA FISICA)
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En las acciones u omisiones del hombre debe distinguirse si la acción va agena a la idea de voluntad. Debe distinguirse la voluntad psíquica del hombre de la voluntad juridica.
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Imputación: acto mediante al cual se acusa formalmente a una persona de un delito concreto.
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La voluntad de la persona juridica es el deber ser del hombre cuyas personificaciones constituyen La imputación del acto a una persona juridica es primario.
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Intención del estado es querer todos los actos definidos como debidos por el ordenamiento jurídico.
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Elemento del estado: territorio y pueblo que son ámbitos espaciales y personales de validez del orden.
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Primero viene la norma fundamental después viene la constitución que le da la validez a la norma fundamental hipotética.
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Regimenes políticos, democracia y autocracia (gobierno de una sola ley o persona) son diferentes métodos de cracion del derecho.
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Elementos del estado el territorio y el pueblo no son sino los ámbitos espacial y personal de la validez del orden, y el poder la validez misma.
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Normas generales: tienen como destinatario clases de individuos
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Normas abstractas regulan la acción de clases de sanciones (no individuos concretos ni sanciones especificas).
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Acto coactivo es abstracto
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La sentencia es también abstracta solo que su condición y su consecuencia es concreta.
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Sentencia judicial es la concreción de la norma general pero no deja de ser una norma juridica individual.
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La lejislacion, la jurisdicción y la administración (poderes del estado) generan una dependencia entre ellos son etapas en la formación de la voluntad del estado.
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Los órganos del estado son órganos de creación del orden (órganos del estados son los poderes del estado ).
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Soberanía estatal: estado comunidad suprema y única que comprende a todas las demás comunidades y crea la unidad del sistema jurídico.
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La soberanía estatal: es el estado que se gobierna por si mismo y que instaura leyes no contrarias a la constitución.
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Un estado particular en el derecho internacional, su normativa pasa a ser parcial es decir la noma hipotética fundamental deja de ser hipotética y se convierte en positiva del derecho internacional.
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La norma hipotética fundamental no puede llevarse a cabo al mismo tiempo por que se generaría una contradicción de principios funamentales de las dos normas.
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Teoría pura del derecho es un aporte valioso pero no definitivo y plantea una superación de ella sobre la base de sus conclusiones.