Informe sobre la situación de las Defensorías Zonales del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes CABA / Septiembre 2017
Informe sobre la situación de las Defensorías Zonales del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes CABA / Septiembre 2017
Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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Informe sobre la situación de las Defensorías Zonales del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes CABA / Septiembre 2017
Introducción
Las trabajadoras y los trabajadores de las defensorías de derechos de niñas, niños y adolescentes denunciamos, denunciamos, ante la ciudadanía, la Defensoría del Pueblo, los organismos de control de infancia y adolescencia, organizaciones sociales, medios de comunicación el abandono por parte del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (CDNNYA o Consejo) de las funciones conferidas por ley local 114 y Nacional 26.061, lo que conlleva a impedirnos nuestro trabajo y como consecuencia directa el agravamientos de la critica situación que atraviesa la niñez y adolescencia en el distrito.
Objeto de denuncia
Este informe detalla y denuncia la situación de las Defensorías Zonales dependientes del organismo y el estado de las políticas públicas destinadas a la niñez, adolescencia y familia en la CABA. Las Defensorías zonales son por las funciones conferidas por el Art 70 de la Ley 114 y como dependencias descentralizadas del Consejo, organismos de aplicación de la ley 26.061 en las distintas comunas de la Ciudad de Buenos Aires. Esta posición privilegiada las convierte en analizador del funcionamiento del Sistema de Protección de Derechos y de cómo el Paradigma de Protección Integral -emanado de los principios de las legislaciones de Derechos humanos humanos de Niños Niñas y Adolescentes- se implementan en dicho territorio.
Función del organismo y lugar de las DZ en el C onsejo
El Consejo es creado por la Ley 114/98 y es en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires el organismo especializado en infancia que tiene como finalidad promover, proteger y garantizar los derechos todas/os las niña/os y adolescentes. Con la sanción de la Ley 26061 a nivel nacional en el año 2005, el Consejo pasa a conformarse como la autoridad de aplicación de dicha Ley en la Ciudad de Buenos Aires. Las defensorías zonales son las unidades descentralizadas del Consejo en las Comunas, es decir son la autoridad de aplicación de las leyes 114 y 26061 en las comunas. Actualmente existen 17 defensorías zonales, una en cada comuna como dice el Art. 60° de la Ley 114 CABA, y por la particularidad de la Comuna, en la 4 hay 3 defensorías.
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Las funciones que le competen a cada defensoría están establecidas en el Art. 70 de la Ley 114 CABA y en el Art. 33°, 34°, 35°, 36°, 37°, 38°, 39°, 40° y 41° de la Ley Nacional 26.061. A continuación detallamos las principales funciones.
Adopción de Medidas de protección especial de derechos. La idea principal del sistema de protección integral es que las políticas públicas garanticen los derechos de los niños, niñas y adolescentes y que en casos de amenaza o vulneración, son las defensorías las que deben adoptar medidas a fin de preservar o restituir esos derechos.
Adopción de Medidas de exigibilidad de derechos. En la Ciudad el Consejo es el encargado de llevar adelante estas medidas. Desde las Defensorías, ante la amenaza o vulneración de un derecho, se solicita un recurso al Ministerio que corresponda, si éste no responde, hay un plazo para realizar un pedido reiteratorio y si tampoco da respuesta, se debe realizar una “medida de exigibilidad”. Esta medida es solicitada por las Defensorías a las autoridades del Consejo y son ellas
quienes deben enviarla al Ministro/a correspondiente, habiendo agotado las instancias anteriores. La Ley ampara la efectivización de los derechos de lxs niñxs y establece que el Estado debe dar respuesta.
Adopción de medidas excepcionales de protección de derechos. Otra de las funciones principales de las Defensorías es adoptar las medidas excepcionales. ARTICULO 39. — MEDIDAS EXCEPCIONALES. Son aquellas que se adoptan cuando las niñas, niños y adolescentes estuvieran temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio. Tienen como objetivo la conservación o recuperación por parte del sujeto del ejercicio y goce de sus derechos vulnerados y la reparación de sus consecuencias. Estas medidas son limitadas en el tiempo y sólo se pueden prolongar mientras persistan las causas que les dieron origen. (LEY 26061) Se denominan Medidas ecepcinales porque su ejecución priva de uno de los principales derechos garantizados por la Cosntitucion que es que los niñxs y adolescentes crezcan en ámbitos familiares y comunitarios de origen. Es en estos casos cuando entra a participar el Poder Judicial corroborando la Legalida de a medida ecepcional es decir que Evalua si la privación de este derecho es para garantizar el interés superior del niño y si se han agotado las medidas de Proteccion necesarias.
Conformación de Consejos Consultivos en cada Comuna
Promoción de derechos. También, entre sus principales funciones se encuentran las tareas de promoción de derechos, difusión de los principios de la Convención sobre los Derechos del Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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Niño, articulación con las instituciones, conformación de redes, realización de diagnósticos barriales y comunitarios, monitoreo del cumplimiento de la ley, sugerencia de propuestas de políticas públicas, entre muchas otras (Art. 70° LEY 114)
Es
así que desterrada la denominada Situación irregular que instituía el derogado
Patronato de Menores, ningún niñx o adolescente será sujeto de intervención de las defensorías cuando se la convoque por alguna situación que pueda sugerir alteraciones relacionadas con la falta de medios económicos, o a orden del organismo judicial, atento que la legislación ha corrido la voluntad sancionatoria hacia las familias poniendo al Estado como garante obligado de garantizar derechos a toda la ciudadanía, especialmente a los niñxs y adolescentes, reconociendo su situación de vulnerabilidad por considerarlos sujetos en pleno desarrollo con autonomía progresiva. Entonces ante una situación presentada por algunx niñxs o adolescente la pregunta es cual es el derecho vulnerado y no cuál es la situación de irregularidad que dio origen. Las defensorías deberían proteger y restituir derechos, no personas. Las personas, ciudadanos deben ser protegidos por el Estado en sus múltiples funciones. En caso de vulneración, el Consejo de Derechos a través de las Defensorías interpelarán a esos estamentos para que actúen en la restitución. La promulgación de las Leyes de infancia corre al poder Judicial de su función tutelar, desjudicializa las situaciones concernientes a niñxs y adolescentes y sus familias y lo coloca en el lugar de controlar el cumplimiento de la ley por parte del Organismo de control. Las Defensorías intervienen convocadas por niñxs y o adolescentes, instituciones estatales organizaciones privadas o cualquier ciudadano ante la privación, o amenaza de violación de uno o varios derechos. Técnicamente se podría decir que las defensorías no deberían intervenir con las personas sino con los derechos. Esta diferencia es sustancial a los efectos de la no victimización, discriminación o culpabilización tan propia de las acciones tutelares.
Sistema de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes
La ley 26.061 establece como andamiaje principal para el cumplimiento de derechos y garantías de niñxs y adolescentes, la constitución de un Sistema de Protección Integral cuya base son las Políticas Públicas (planes, programas y dispositivos dependientes del Poder Ejecutivo cuyas Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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acciones intervengan y o alcancen la vida de niños niñas y adolescentes) y su articulación inter ministerial en diversas dimensiones de manera tal que las acciones que emanen de ese Sistema garanticen Derechos, restituyan los vulnerados, remuevan obstáculos y garanticen de modo universal y asequible el ejercicio de Derechos de los ciudadanos menores de edad. (Art. 32° LEY NACIONAL 26061) Es intrínseco al Sistema de Protección Integral de Derechos (en adelante SPID) la articulación interáreas porque garantiza la concepción de un sujeto integral procurando abarcar todas las dimensiones de la vida de lxs niñxs. También requiere de una fuerte asignación presupuestaria que se traduzca en recursos humanos y materiales, dispositivos territoriales, locales y descentralizados. Todas las políticas públicas deben estar orientadas al fortalecimiento familiar y comunitario, fortaleciendo el rol de la familia en la efectivización de derechos de lxs niñxs, por ser la familia el primer y originario ámbito de cuidado y desarrollo integral, y la comunidad el primer espacio de ejercicio ciudadano de derechos. Los Derechos de lxs niñxs están garantizados por su máxima exigibilidad (Art. 1° LEY NACIONAL 26061). Cuando estas políticas públicas no garantizan el acceso a derechos el SPID establece que los organismos de control son los encargados de aplicar medidas para su cumplimiento.
Políticas públicas
La Ciudad de Buenos Aires es el distrito más rico del país y a su vez el que presenta las mayores desigualdades sociales y económicas. Las leyes de protección de derechos no se cumplen ni vienen acompañadas de los presupuestos necesarios. Un denominador común para las políticas políticas públicas destinadas a niñxs y adolescentes adolescentes y sus familias es la insuficiencia de presupuesto, lo que conlleva un profundo vaciamiento de recursos humanos y materiales. No solo son insuficientes en cantidad sino que desde los últimos 10 años se han visto disminuidas en su adecuación a la legislación de Derechos y deteriorándose en todos aquellos aspectos que hacen a su efectividad y eficiencia. Entre otras características podemos señalar, falta de profesionales, dificultades en su accesibilidad, orientación no adecuada al enfoque de derechos, inflexibilidad en cuanto a sus protocolos de implementación que hacen que las situaciones se deban ajustar a la oferta y no la oferta de política pública a la situación de vulnerabilidad. Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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La promulgación de las leyes no significó el cambio metodológico e ideológico que suponía para la adecuación de las políticas y los presupuestos al nuevo paradigma. Muchas áreas y programas sólo adaptaron su nombre al enfoque de derechos pero sin las l as reformas programáticas, ni los recursos humanos ni materiales necesarios. A continuación describimos la realidad de las políticas en la CABA.
En cuanto al área Educación, en la zona sur de la CABA hay una enorme falta de vacantes e instituciones en todos los niveles. Actualmente hay hermanxs en distintas escuelas y NNYA que concurren a otros distritos muy lejos de sus hogares lo que dificulta mucho su continuidad. La falta de vacantes es mayor cuanto menor es la edad de los niños y niñas. La situación de nivel inicial es de mayor gravedad. Si bien las Leyes establecen la obligatoriedad de los niveles de jardín y preescolar, la política educativa no ha tenido en cuenta el alto nivel de matrícula que se observa para ese nivel sin generar los espacios necesarios. necesarios. En general, los programas que atienden a la primera infancia dependen del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat (lo que ya de por si le quita una impronta educativa y se pone el acento en la "Asistencia Social") son los centros de primera infancia 1, que son tercerizados hacia organizaciones sociales, muchas veces sostenidos por personal no profesional e incluso sin la capacitación adecuada. Más allá de lo planteado, las vacantes de los CPI son insuficientes llegando las listas de espera mayores que a su oferta de vacantes, siendo actualmente de alrededor de 150 niñxs por institución. Las políticas de inclusión educativas son insuficientes e inadecuadas. No se prevén programas de acompañamiento educativo, tanto para los niñxs y adolescentes como para sus familias. Son deficitarias las políticas de accesibilidad, así como también de retención en el sistema, tornándose en este punto denunciante y expulsivo. Esta situación se da en los niveles primarios y secundarios. Salvo en algunas zonas de la CABA desde el sistema educativo, no se dá intervención al Programa Promotores de Educación, convirtiendo la falta de contacto en una posible vulneración de derechos y por lo tanto sin llevar a cabo acciones de inclusión educativa ni agotar las instancias desde el ámbito de educación.
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El Ministerio de Educación históricamente se ha desentendido del nivel inicial. Por su parte el Ministerio de Desarrollo Social implementó, hace muchos años, una cobertura para dicha franja etárea con los Centros de Desarrollo infantil (CeDI) y en estos últimos años con los Centros de Primera Infancia (CPI) Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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En relación con la Salud, los Hospitales de la Ciudad se encuentran desbordados en posibilidades de atención, de manera inversamente proporcional sube la demanda y bajan los recursos humanos y materiales. Hay serias dificultades para el acceso y excesivo tiempo de demora para la entrega de turnos en salud y salud mental tanto para los niñxs como para lxs adultos de las familias, siendo un promedio de entre 3 y 6 meses. Los Centros de Salud Comunitarios se encuentran colapsados, con poca posibilidad de atención de la demanda y pocos programas de extensión comunitaria comunitaria orientados a niveles niveles de cuidados primarios de aprendizaje, reflexión y contención. Por otro lado, la no implementación de la Ley de de Salud Mental ha generado una importante vulneración de derechos, negación de accesibilidad accesibilidad e imposibilidad de acceso, a espacios saludables a aquellxs niñxs y adolescentes y familias que requieran espacios espacios de atención. La falta de esta adecuación legislativa genera un mayor nivel de estigmatización y patologización de los padecimientos. padecimientos. Tampoco hay casas de medio camino ni tratamientos alternativos a la internación. En este punto, incluimos especialmente la atención de situaciones de maltrato infantil, padecimientos que van en aumento en cuanto a su detección pero que no se pueden abordar atento la falta de recursos adecuados, accesibles y suficientes. En cuanto a los dispositivos específicos, hay muy pocos dispositivos para la envergadura de la problemática en toda la CABA (2 dependientes de la Dirección Gral. de Mujer, uno en la Comuna 3 y otro en la Comuna 1). Tampoco hay programas de prevención. Faltan recursos adecuados para atender las problemáticas de violencia familiar y la atención a las mujeres víctimas de violencia doméstica en su contención, apoyo y empoderamiento, desde una perspectiva integral. La gran parte de los dispositivos de la Dirección General de la Mujer se encuentran desbordados, sin capacidad de atención, ofrecen turnos lejanos y muchos son inaccesibles por distancia geográfica o por los horarios de atención. Existen 9 centros de atención para toda la Ciudad (2 en la Comuna 1 y 1 en las Comunas 3, 5, 6, 7, 8 y 10) y solo uno de ellos aborda a NNyA víctimas de violencia. En el resto de las comunas, no existen dispositivos que aborden esta problemática.
En cuanto a la política alimentaria, los comedores comunitarios cuentan con enormes listas de espera. La política alimentaria no prevee otras alternativas que contemplen la integración Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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familiar y la nutrición saludable de lxs niñxs y adolescentes. Por otro lado, faltan estrategias educativas y comunitarias en ese sentido, así como mayor presupuesto para una transferencia real de ingresos.
La vivienda en la Ciudad es un problema creciente y se siente con mayor crudeza cuando nos acercamos a los sectores más vulnerados socialmente. Las condiciones de habitabilidad de los niñxs y adolescentes es de suma precariedad. Las familias viven hacinadas, en viviendas de suma precariedad que no solo pone en riesgo sus vidas sino que son inadecuadas para conformaciones de espacios saludables para la constitución familiar y para el desarrollo de sus integrantes.
La característica común de las políticas destinadas a la niñez y su familia del área de desarrollo humano y hábitat es el vaciamiento, la falta de presupuesto, pocos profesionales y en su gran mayoría precarizados, lo cual reduce la capacidad de atención y a veces, genera alejamiento o expulsión de la población con que se trabaja. Asimismo se observa la prevalencia de dispositivos de atención de la urgencia por sobre el fortalecimiento familiar y comunitario, la prevención y la promoción de derechos. El programa de Fortalecimiento de Vínculos Familiares y Comunitarios dependiente de la DGNyA resulta insuficiente por falta de operadorxs y en algunas intervenciones, inadecuado para las situaciones de vulneración de derechos que se reciben en las Defensorías. Se han desmantelado los Programas de trabajo con niñxs en situación de calle y/o de pasillo en las villas y asentamiento. Faltan referentes territoriales que trabajen en terreno con jóvenes en situación de transgresión a la ley así como también faltan dispositivos territoriales
accesibles que trabajen con población infantil y adolescentes con consumo problemático de sustancias desde una perspectiva de salud comunitaria. Esta falta de recurso adecuado, no
estigmatizante, no culpabilizadora, adecuada al enfoque de derechos y con los recursos humanos y materiales necesarios, hace que se deba recurrir a recetas ya conocidas y que han fracasado con la población en situación de calle, en conflicto con la ley o que atraviesa consumos problemáticos de sustancias. En cuanto a la política pública destinada a la trata y explotación sexual infantil , existe un área específica en el CDNNYA y un programa en la Dirección Gral. De Niñez cuyos operadorxs son realmente insuficientes para toda la CABA y para las tareas de acompañamiento que requiere la Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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complejidad de estas situaciones. Por otro lado este tipo de situaciones deberían ser abordadas coordinando efectores judiciales y de seguridad ya que estamos ante la comisión flagrante de un delito que no tiene sanción y la dilación de esto solo revictimiza a las víctimas.
Agotadas las instancias de trabajo desde la Defensoría y de fortalecimiento familiar y comunitario y llegando como última instancia, a la toma de una Medida excepcional de protección de derechos y por consiguiente a la separación del niñx o adolescente de su familia comienza una nueva aventura que es el lugar de alojamiento. Puede ser que el niñx quede al cuidado de otrxs referentes o familiares o que deba ingresar a un Hogar Convivencial. Conscientes lxs trabajadoxs de lo traumático que significa para un niñx o adolescente ser separado de su familia (sería importante que el sistema también asi lo entendiera) esta situación debería resolverse rápida y lo más acogedoramente posible, sin embargo no es lo que sucede.
Hogares convivenciales. Al momento de la decisión de las tomas de las Medidas
Excepcionales no se cuenta inmediatamente ni a veces en el corto plazo, con el recurso de hogares convivenciales o de salud adecuados. Y no se puede cumplimentar tal como exigen las normativas respecto de las medidas, la información sobre el dispositivo de alojamiento, como así tampoco informárselo al NNyA y a sus familiares y/o referentes. En algunas oportunidades, se generan discusiones interáreas -que puede durar varios díaspara evaluar qué tipología de Hogar se asigna. Otras veces, la única opción para lxs niñxs que deben ser separadxs de sus madres y padres es un dispositivo transitorio, destinado a otra población y que no cuenta con la estructura adecuada para estas situaciones por lo que se convierten en espacios expulsivos y/o poco contenedores para ciertxs niñxs. En cuanto a la ubicación geográfica, la mayoría están establecidos en Pcia. de Buenos Aires lo que genera que los niñxs y adolescentes deban abandonar sus escuelas y sus centros de vida y dificulta las vinculaciones con las familias y/o referentes afectivos. En la mayoría de los casos, se deben separar hermanxs por ser hogares de varones o de mujeres o para diferentes franjas etarias. Al ser tercerizados, algunos hogares generan como un derecho de admisión, ocasionando largas esperas para el ingreso o bien que lxs niñxs deban pasar largo tiempo en Paradores u Hogares de Tránsito. Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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Existe un requisito en cuanto a salud, que requiere que los niñxs y adolescentes al momento anterior al ingreso deban pasar por una revisación médica, que no se encuentra protocolizada ni articulada a nivel central entre el CDNNYA y el Ministerio de Salud por lo que hace más difícil la situación que atraviesan esxs niñxs revictimizándolxs. Muchos hogares en general tienen falta de personal y de recursos materiales. Otro punto preocupante es la sobrepoblación (especialmente en los Hogares del propio Gobierno de la Ciudad). Otro punto deficitario es el que contempla las vinculaciones familiares. A veces son muy rígidas las posibilidades que ofrecen y otras veces escasas o nulas.
Como párrafo final queremos destacar que la precariedad laboral, los bajos salarios y el descuido y descontención de trabajadorxs que trababan con sujetos tan vulnerables y vulnerados como niñxs adolescentes y sus familias atraviesan a todxs los trabajadorxs de las áreas sociales, de salud y educación. Esto conlleva a pesar del alto compromiso de los trabajadorxs, un fuerte deterioro en el trabajo, alta rotación de profesionales, ya que cotidianamente se enfrentan con la frustración y el fracaso por ausencia del Estado.
Desjerarquización Desjerarquización del organismo y de las DZ dentro del organismo
Hace muchos años desde ATE venimos denunciando que el CDNNYA no cuenta con el presupuesto ni la estructura necesarios para funcionar. Comparando con el año anterior, este año el aumento del presupuesto para el CDNNYA votado por la Legislatura -restando la inflación- fue sólo del 10%, menor al aumento del presupuesto total de la Ciudad. El organismo disminuyó su participación en el presupuesto total, de un 0,18% del presupuesto total en el 2016 pasó a representar el 0,15% en el 2017. Este desinterés se ve demostrado en el vaciamiento y desprestigio del organismo. A pesar de tener por Ley este rol fundamental, las defensorías son el eslabón más frágil de la cadena institucional y se encuentran atravesadas por la precariedad, falta de institucionalidad, que se traduce en ninguneo de Juzgados, Organismos del Poder Judicial de la Ciudad, desconocimiento de los pedidos de recursos de los diversos Ministerios, falta de respuesta del mismo Consejo, poco presupuesto.
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En el contexto actual de falta de acceso a una ciudadanía plena y de un modelo socio económico nacional de ajuste, desinversión en lo social, vaciamiento y reconversión del Estado, retroceso en materia de derechos, se reconfigura la población a la que va dirigida la política de Defensorías. Así, la población que atendemos en las Defensorías es mayoritariamente la que se encuentra en situación de vulnerabilidad social y económica, con generaciones anteriores víctimas de exclusión social con el alto costo subjetivo que ello conlleva, cuando por Ley deberíamos intervenir en situaciones de vulneración de derechos de toda la ciudadanía menor de edad. Esto desnuda la preexistencia a pesar de los cambios legislativos de la concepción tutelar hacia niñxs y adolescentes y sus familias. En este contexto las defensorías dejan de ser un organismo residual de control y se encuentran sobresaturadas de situaciones de vulneración de derechos, o bien situaciones que no competen su intervención pero caen en ella por déficit de las Políticas Públicas. Situaciones de índole social deberían ser abordadas en los primeros niveles de atención de las Políticas Públicas del Sistema de Protección. Por lo tanto, las Defensorías Defensorías pasan a convertirse convertirse en un efector PP cuando debería los dispositivos que disparan el funcionamiento funcionamiento del Sistema Sistema de Proteccion Integral. La falta de recursos humanos y materiales así como la nula, escasa y/o lenta respuesta de los programas genera un cuello de botella en las Defensorías, aumentada por la presión de diversos organismos del Poder Judicial de la Ciudad que exige a quien no debe. Dado que no hay suficientes PP (en cantidad, diversidad integralidad y cualidad) que atiendan a la población, población, llegan a las Defensoría necesarios para la ejecución. Situación que genera un círculo vicioso que revictimiza a los NNyA y sus familias que ya han transitado por diferentes efectores públicos sin respuestas satisfactorias. A su vez, vemos con preocupación cómo las autoridades del organismo priorizan áreas del organismo de extrema focalizacion con poco impacto en la poblacion total de niños niñas y Adolescenters
(por ejemplo, área penal juvenil juvenil y adopciones), adopciones), pero si de amplio impacto
mediático; con una política de crecimiento de su estructura a costa del vaciamiento presupuestario y un desinterés absoluto por las unidades descentralizadas, y por otro lado abandona su rol de Exigibilidad de política pública adecuada, generando una situación de profesía autocumplida que termina en muchos casos con los pedidos de adoptabilidad o con jóvenes llevados a la comisión de transgresiones a una ley que no respetó sus derechos. Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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Debido a su desprestigio institucional, las medidas de exigibilidad que adoptan las Defensorías son ninguneadas por los Ministerios y hasta a veces terminan siendo cajoneadas por las propias autoridades del organismo que prefieren “hablarlo personalmente” con las y los
Ministros. Dada las condiciones de las Defensorías, las tareas vinculadas a la promoción de derechos, prevención y trabajo comunitario deben ser relegadas por las de atención a situaciones individuales y dentro de éstas, a las más graves o urgentes. Por otro lado dada la falta de línea política que emane del Consejo hacia los Ministerios el trabajo de promoción es estéril ante la falta de Protocolos que contemplen la Doctrina de derechos por parte de los Ministerios, es decir lo que no es instituido en este caso no es instituyente; o queda sujeto a articulaciones personales y artesanales. Muchos juzgados continúan pretendiendo ejercer el rol que ejercían durante el régimen de patronato de menores, derogado en nuestro país por la Ley 26061 del año 2005. En este sentido, muchos juzgados que a más de 10 años de vigencia de la Ley no se adecuaron al nuevo modelo de trabajo con la niñez y adolescencia desde una perspectiva de derechos humanos, solicitan a las defensorías información sobre las familias y pretendiendo intervenciones no pertinentes, conciben a las defensorías como auxiliares suyas dando instrucciones y órdenes sobre qué hacer con las familias desde una lógica de control, y desconociendo el rol de las mismas, piden “informes socio ambientales” pro pios de la lógica de control social y que en muchas situaciones
nada tienen que ver, ni contribuyen con la estrategia de protección de derechos que nos enmarca. La ausencia de protocolos de intervención propios de las defensorías y de articulación con otras áreas demuestra también el desinterés político por la niñez, la precariedad institucional y la falta de criterios claros y unificados a la hora de adoptar medidas de protección para lxs niñxs. Las diferencias de criterios entre las autoridades que pasan por el organismo (en los últimos 9 años, 6 presidencias distintas) atraviesa y debilita el trabajo cotidiano. Esta misma falta de Protocolos de acción y de la reivindicación de las funciones que las Defensorías tienen por Ley, hacen que desde distintos Ministerios se nos convoque delegando en nosotrxs las funciones que que les son propias, propias, en el sentido sentido de agotar las instancias instancias de accesibilidad accesibilidad al derecho que garantizan, es decir no abonan los conceptos de corresponsabilidad ni de ciudadanía plena, sus demandas tienen que ver con considerar a las Defensorías como Policías de Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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la Familia al decir de Philipe Aries, y no como organismos defensores de derechos que ellos
mismos violan en sus derivaciones.
Los Ministerios no se cuestionan a si mismos mismos ante
determinadas prácticas fallidas o deserciones sino cuestionan al sujeto o a la familia, no no agudizan o innovan intervenciones, derivan y se abstienen..
Por otro lado la falta de adecuación de las prácticas de los Ministerios a las pautas de la legislación de derechos y ciudadanía plena y el consecuente corrimiento del Poder Judicial en cuestiones de infancia, infancia, genera un gran vacío que no ha querido llenar la política Social .
Dentro del enorme caudal de situaciones de violencia familiar que las DZ reciben, una gran parte corresponde a situaciones de violencia hacia las mujeres, en su gran mayoría derivadas por la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) y con la intervención de juzgados civiles. La OVD le ofrece a la mujer los servicios que brinda la Dirección Gral. Mujer y deja librado a su persona si concurre o no y deriva a las DZ todas las situaciones cuando están involucrados niñas, niños o adolescentes, ya sean víctimas directas o testigxs de violencia. El organismo que debe dar respuesta es la DG de Mujer con un abordaje integral, atención psicológica, legal, social, acompañamiento y ayuda para que las mujeres puedan fortalecerse y salir definitivamente de esa situación. Sin embargo, la gran mayoría de las veces y entendiendo el circuito de la violencia, las mujeres no se acercan a las instituciones o tratamientos. En las situaciones en que la mujer adulta madre se encuentra al cuidado de los niños y la situación de violencia no es contra ellos directamente o son testigxs de esa violencia entre adultos, nuestr o trabajo “re-quiere” necesariamente que intervenga y se trabaje en conjunto con un dispositivo de la DG de Mujer que debería contar con las herramientas adecuadas para generar la demanda con estas madres y su acceso a las políticas públicas. Ante la inexistencia de dispositivos de este tipo, las Defensorías se convierten en las únicas responsables de los seguimientos y abordajes de estas situaciones.
Asimismo se han creado desde los últimos 12 años a esta parte diversos Organismos de Control con Presupuestos abultados cuya únicas funciones son controlar a las defensorías y no al Ejecutivo en el incumplimiento de sus funciones de garante de Derechos.
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En este pandemónium los trabajadrxs quedamos atrapados en una maraña administrativa que no conduce a ningún caso o si, a no cumplir con sus funciones ni con la misión que la Ley les confiere.
Defensorías en emergencia Cuidado de lxs que cuidan Los derechos de la l a niñez necesitan trabajadoxs con derechos
La precariedad laboral no es solo un reclamo gremial de las y los trabajadores sino que debilita, precariza y deteriora la atención a las niñas, niños, adolescentes y sus familias. Se constituye en maltrato institucional cuando “cualquier legislación, procedimiento,
actuación u omisión procedente de los poderes públicos o derivada de la actuación individual de los profesionales comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del niñ@ y/o la infancia.” (Martínez Roig, 1989).
Las Defensorías cuentan con áreas administrativas, los equipos técnicos interdisciplinarios y los de la tarea de promoción de derechos.
Áreas administrativas. Las áreas administrativas son las encargadas del flujo de información, tanto entrante como saliente, lo que implica una enorme cantidad de tareas tanto a nivel administrativo como de recepción a las y los consultantes que se comunican con la Defensoría telefónicamente o vienen personalmente. Entre las tareas administrativas, y dependiendo de la dinámica interna de cada Defensoría, se encuentran: la entrada y salida de informes, notas y oficios externos y con el propio Consejo, derivación a los equipos de lo que se recibe relativo a cada una de las situaciones, envío de notas externas de solicitud de recursos o informes de los equipos, archivo, carga de legajo único electrónico, registro de las situaciones abiertas y cerradas, presentación de cajas chicas, entre muchas otras. Además, el primer contacto con las familias y las instituciones la mayoría de las l as veces, está a cargo de las l as y los administrativos lo que requiere un tiempo especial, un conocimiento específico acerca del circuito, los procedimientos y una primera evaluación acerca de la urgencia y gravedad Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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de la situación. Esto le otorga a las y los administrativos de las defensorías un rol particular porque excede lo meramente administrativo y son compañeras/os que poseen conocimientos específicos del enfoque de derechos y el sistema de protección integral de derechos. Este plus en la tarea administrativa debe ser reconocido. Son actores fundamentales en la atención y la protección de derechos. En general y sobre todo en aquellas Defensorías que tienen mucho volumen de situaciones, son escasos los recursos humanos destinados a tal fin como también es irrelevante la provisión de insumos para llevar adelante las tareas (sobretodo de atención o archivo) y cuentan con espacios físicos inadecuados. i nadecuados.
Equipos técnicos interdisciplinarios. El Art. 64° de la Ley 114 establece que los equipos técnicos deben ser interdisciplinarios para garantizar intervenciones integrales sin embargo, muchos equipos técnicos no cuentan con el “mínimo” de profesiones que establece la Ley
(trabajador/a social, psicóloga/o y abogada/o), lo que genera no solo una sobrecarga en las y los trabajadores sino que impide la mirada y abordaje desde las distintas disciplinas.
Por cada situación de cada niñx o adolescente un equipo debe realizar como mínimo, las siguientes acciones:
Lectura de la situación Abrir la intervención o confeccionar el Legajo Único Reunirse entre lxs profesionales para evaluar la situación y diseñar las estrategias Contactar al niñx o adolescente y citar por teléfono, por telefonograma o por policía Entrevistar al niñx y/o adolescente en sede, domicilio familiar o una institución Entrevistar a referentes familiares en sede, domicilio familiar o una institución Generar articulaciones, trabajo coordinado con otros profesionales y equipos de otras instituciones, telefónica y personalmente Realizar visitas al domicilio, a la escuela u otras instituciones Solicitar informes informes a otras instituciones instituciones Realizar llamadas telefónicas Coordinar encuentros y reunirse con diversos efectores para coordinar la estrategia Realizar informes interdisciplinarios de intervención Gestionar recursos que implica llamados telefónicos, acercamiento a instituciones, realizar notas de pedidos de recursos, si no hay respuesta realizar pedidos reiteratorios, si tampoco responden realizar medidas de exigibilidad de recursos (las firma la autoridad máxima del Consejo dirigida a la autoridad máxima del Ministerio)
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Responder oficios judiciales: a la AGT, a los juzgados, a las fiscalías, a las defensorías públicas, etc. Concurrir a audiencias en el juzgado Responder solicitudes a diversas áreas del Consejo Evaluar en equipo el seguimiento de la estrategia Realizar el seguimiento y evaluar la necesidad de nuevas medidas En las Defensorías, se perciben a grandes rasgos dos aspectos, que son llamativamente
contradictorios o que marchan con velocidades distintas. Uno es la capacidad de contar con profesionales aptos para el funcionamiento adecuado de la misma, especializados y capacitados y otro se debe a las bajas remuneraciones –tanto en la planta permanente, transitoria o contratadas/os- y las pésimas condiciones laborales: contratos precarios, salarios insuficientes, ningún reconocimiento de la tarea que realizamos, falta de recursos materiales con que trabajar, falta de capacitación específica, falta de supervisión institucional, no pago de gastos de movilidad y viáticos, etc. Esto imposibilita la conformación de equipos de trabajo que perduren en el tiempo, por la altísima rotación de los equipos que obtura el trabajo continuado con los NNYA y sus familias, el conocimiento de la situación, el seguimiento de la estrategia, el vínculo con ellos. (A modo de ejemplo: en la Defensoría Comuna 9, los últimos 6 años pasaron 30 trabajadores por la defensoría). A su vez, la sobresaturación de intervenciones por equipo genera dificultades para sostener una frecuencia adecuada de entrevistas con las familias y de articulaciones con otros actores intervinientes, así como también la falta de tiempo constituye un obstáculo a la hora de reflexionar en equipo acerca de las estrategias. Hay insuficiencia de recursos materiales para llevar adelante el trabajo, espacios físicos inadecuados, mobiliarios e inmobiliarios poco acordes a las exigencias del trabajo. La mayoría de los espacios de atención no garantizan la intimidad que los/as niños/as y sus familias requieren, ni el respeto ni la privacidad que ameritan las situaciones con las que trabajamos. Espacios sin puertas, sin paredes, donde se escucha desde las oficinas laterales y muchas veces, las entrevistas deben hacerse ante la presencia de otrxs profesionalxs por la falta de espacio. En el organismo especializado en niñez, los espacios no son para nada inclusivos ni amigables para niñxs y adolescentes. Ni los lugares de atención ni las salas de espera son accesibles, no cuentan con materiales adecuados y muchas veces parecen espacios abandonados, fríos, expulsivos.
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No contamos con móviles de traslado que nos permitan hacer el trabajo de campo en domicilios, instituciones barriales, escuelas, hospitales, hogares. El organismo cuenta con una sola camioneta para las 17 defensorías y todos los programas centrales, que es muy difícil de conseguir claramente. Algunas pocas veces, se pueden contar con un taxi, que no contribuye para nada con las estrategias ni con la presencia institucional. Hay una sobreexigencia de tareas administrativas por cada intervención que impide la fluidez de la atención y una gran parte de la jornada laboral es destinada a tareas burocráticas y a responder oficios judiciales, lo que resta al trabajo de articulación, atención y protección que debemos realizar a lo que se suma la falta de equipamiento para su realización.
El trabajo propio de los equipos y la adopción de medidas excepcionales, excepcionales, muchas veces, no son aceptadas por los adultos de las familias, generándose en muchos casos situaciones de violencia donde los trabajadorxs somos víctimas de agresión física o amenazas contra la vida, situaciones que ponen en riesgo nuestra integridad psicofísica y la de lxs niñxs y familias que atendemos. Se toman medidas de protección de derechos de niñxs víctimas de malos tratos físicos y psicológicos severos; se pone a resguardo a niñxs rescatadxs de redes de tratas; de familias en serios conflictos con la ley penal; de personas armadas con armas blancas y armas de fuego. Hemos sido víctimas de agresiones agr esiones físicas, psicológicas, hostigamientos, ofensas a nuestro honor y buen nombre. Ante ello, lxs trabajadorxs hemos realizado denuncias en absoluta soledad institucional. Estas situaciones suelen ser abordadas sin el menor cuidado institucional, cuando no agravándolo con intervenciones extemporáneas e impulsivas por parte de algunxs funcionarias. También, se desconoce el desgaste emocional que estas tareas implican con un alto costo de estrés y angustia. Hemos solicitado muchas veces personal de seguridad en las Defensorías obteniendo como respuesta, en el mejor de los casos, una presencia de personal policial ocasional, en otro, personal de seguridad privada, que sólo cuida los objetos del lugar las 24hs o la instalación de videocámaras. Todas respuestas que evaluamos como inadecuadas i nadecuadas e insuficientes. En otros casos, se proveyó de botón de pedido auxilio conectado a la fuerza de seguridad de la zona lo que abre una instancia de demora en la intervención que refuerza la exposición de quienes podrían estar siendo víctimas de una agresión. Junta Interna de Delegadas y Delegados ATE CDNNYA
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En diversas ocasiones las familias asistentes y lxs niñxs, a quienes se deben proteger sus derechos, son nuevamente revictimizados al presenciar escenas de agresiones verbales, gritos, agresiones físicas. Frente a lo cual, no se cuenta con personal de seguridad capaz de intervenir en dichas situaciones.
Que aún no haya habido un herido de gravedad o muerto entre lxs compañerxs y lxs niñxs asistentes a nuestros espacios de atención, ha sido sólo cuestión de suerte y no el resultado de una política de seguridad.
EMERGENCIA DE LAS DEFENSORIAS DE ZONA SUR
Ante la situación general de la niñez en la Ciudad y de las defensorías zonales descriptas, las de zona sur en particular se encuentran atravesando una situación crítica y de emergencia total. Estas son: Comuna 1 Lavalle, Comuna 4, boca barracas, Pompeya y Zavaleta, Comuna 7 Flores, Comuna 8 Lugano, Comuna 9 Mataderos. La excesiva cantidad de situaciones que ingresan a las DZ de zona sur genera una sobrecarga en los equipos de trabajo que ven desbordada su capacidad de atención debido a: - La poca cantidad de equipos técnicos con respecto a la cantidad de situaciones que ingresan - Las grandes cantidades de población que viven en villas, asentamientos y barrios del sur de la Ciudad y que cuentan con los mayores indicadores estadísticos de vulnerabilidad social y económica
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Los siguientes cuadros muestran el estado de las Defensorías Zonales de zona Sur:
Total equipos:
1. Lavalle Norte
1 Lavalle Sur
4 Boca Barracas
9 4 4 5 7 8 Lugano Matader Zavaleta Pompeya Centro Flores os
2
2
4
2
3
3
3
6
3
Completos
4
1
1
2
2
1
5
3
Incompletos (falta)
No
3 (2ts y ps)
1 (ts y psic)
1 (psic)
1
2
1 (ts) y 1 (ps)
0
0
1
0
1
0
0
1
3
5
3
21
15
Integr. Eq. Promoción
2
1
Cantidad de administrativos
3
3
2
4
3
Total personas
19
16
16
16
15
Cantidad de situaciones x equipo:
650
600
450/500
700
250
650/ 700
650
700
1
2
2
1
4
4
0
2
Cantidad de espacios de trabajo y atención con la privacidad adecuada
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Espacio propio x equipo (si/no)
No
No
Si
No
Si
Espacios de trabajo que favorezcan la discusión en equipo
0
0
2
0
Líneas de teléfono x DZ
2
2
1
Cantidad de computadoras
5
8
4
Cantidad de tiempo en un día que se ocupa en responder oficios o llamados telefónicos de juzgados y organismos de control por sobre las acciones de protección de derechos (en %)
50%
60%
75%
Si
No
No
1
0
1
1
2
2
2
5
5
12
7
75%
60%
60%
ENTONCES…
En un mes, con un promedio de 600 situaciones por equipo, considerando 7 horas laborales, los 5 días a la semana, que son 35 horas semanales, un mes tiene 4 semanas, o sea, 140 horas reloj: los equipos disponemos de 14 minutos por mes para cada situación
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para que las familias sean atendidas atendidas y se realicen todas las acciones que conlleva la restitución y protección de derechos de niñas, niños o adolescentes
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Considerando los criterios históricos institucionales institucionales del CDNNYA, un equipo técnico puede abordar hasta 200 situaciones. Entonces, de acuerdo al promedio de intervenciones abiertas abiertas actuales de las DZ de zona sur, hacen falta la s iguiente cantidad de equipos, como mínimo:
DEFENSORIAS ZONA SUR DZ COMUNA 1 NORTE DZ COMUNA 1 SUR DZ COMUNA 4 BOCA BARRACAS DZ COMUNA 4 ZAVALETA DZ COMUNA 4 NUEVA POMPEYA DZ COMUNA 5 CENTRO DZ COMUNA 7 FLORES DZ COMUNA 8 LUGANO DZ COMUNA 9 MATADEROS
CANTIDAD SITUACIONES PROMEDIO TOTAL DZ
EQUIPOS ACTUALES
DEBERIA TENER
EQUIPOS QUE FALTAN
1300 1300 2400 1000 2100 750 2100 3900 2100
2 2 4 2 3 3 3 6 3 28
7 7 12 5 10 4 10 20 10 85
5 5 8 3 7 1 7 14 7 57
(Aunque no se encuentren en el mismo estado de EMERGENCIA, el mismo cálculo debe hacerse para el resto de las Defensorías de las otras comunas) VALE ACLARAR QUE, ESTA CANTIDAD DE EQUIPOS GARANTIZARIA AL MENOS, LA ATENCION DE PARTE DE LAS DEFENSORÍAS Y LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES, SIN EMBARGO LAS FUNCIONES DE LA DEFENSORIAS REQUIEREN NECESARIAMENTE DE RECURSOS Y POLITICAS PUBLICAS DE OTROS EFECTORES Y MINISTERIOS PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
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Para finalizar
Pretendemos con esta publicación informar a todo aquel que tenga acceso, sobre la situación de las Defensorías de Derechos de Niños Niñas y Adolescentes de la Ciudad. Creemos que la situación se agrava geométricamente tanto se deteriora cada día más la cotidianeidad de las familias vulneradas, la falta de recursos y la nula voluntad política de reparar esta situaciones. Asistimos al vaciamiento de sentido de las Leyes garantes de Derechos de niños niñas y adolescentes y del Organismo que deben garantizarlo.
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Para finalizar
Pretendemos con esta publicación informar a todo aquel que tenga acceso, sobre la situación de las Defensorías de Derechos de Niños Niñas y Adolescentes de la Ciudad. Creemos que la situación se agrava geométricamente tanto se deteriora cada día más la cotidianeidad de las familias vulneradas, la falta de recursos y la nula voluntad política de reparar esta situaciones. Asistimos al vaciamiento de sentido de las Leyes garantes de Derechos de niños niñas y adolescentes y del Organismo que deben garantizarlo. La ideología de la fuerza gobernante en la ciudad y en el país, más ligada al Patronato que a las políticas de garantía de Derechos pone en riesgo los avances republicanos en mejoras de las realidades de niños niñas y adolescentes. El Consejo por Ley debería ser conducido por el Plenario, el cual garantiza la autonomía. Las autoridades de la Dirección Ejecutiva del Consejo deberían ser seleccionadas de manera tal que no tengan pertenencia política al partido que gobierna el Ejecutivo de manera que pueda ejercer el rol de control y exigibilidad que le atribuye la Ley Nacional 26061 y la Ley Local 114. El presupuesto del Consejo debería ser muy superior al actual de manera de adecuar sus recursos humanos y materiales y poder cumplir con sus tareas. Y las y los trabajadoras/es, recursos esenciales para el trabajo con niñas, niños, adolescentes y sus familias, deberíamos ser reconocidos y sostenidos en nuestras tareas. Los derechos de la niñez necesitan trabajadoras y trabajadores con derechos.
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