LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Los derechos de las mujeres y las niñas son derechos humanos. Abarcan todos los aspectos de la vida: la salud, la educación, la participación política, el bienestar económico, el no ser objeto de violencia, así como muchos más. Las mujeres y las niñas tienen derecho al disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos sus derechos humanos y a vivir libres de d e todas las formas de discriminación: esto es fundamental para el logro de los derechos humanos, la paz y la seguridad, y el desarrollo sostenible. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing confirma que la protección y promoción de los derechos humanos es la primera responsabilidad de los gobiernos y está en el centro del trabajo de las Naciones Unidas. La Plataforma de Acción apoya la consecución de la igu aldad de género género en el marco de derechos humanos y formula una declaración explícita sobre la responsabilidad de los Estados de cumplir los compromisos asumidos. La Carta de las Naciones Unidas garantiza la igualdad de derechos de mujeres y hombres. Todos los principales instrumentos internacionales en materia de derechos humanos estipulan que se debe poner fin a la discriminación por razones de sexo. Casi todos los países han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). Sin embargo, en la actualidad todavía existen importantes brechas y violaciones de derechos en todas las regiones del mundo. Por otra parte, el progreso ha sido demasiado lento, especi almente para las mujeres y las niñas más marginadas. En muchos países sigue habiendo discriminación en las leyes. Las mujeres no participan en la política en las mismas condiciones que los hombres. Enfrentan una discriminación flagrante en los mercados de trabajo y en el acceso a los bienes económicos. Las muchas formas de violencia dirigidas explícitamente hacia las mujeres y las niñas les niegan sus derechos y, con frecuencia, ponen en peligro sus vidas. En algunas regiones sigue habiendo niveles demasiado altos de mortalidad materna. Las cargas de trabajo de cuidados no remunerado que soportan las mujeres siguen representando una limitación al disfrute de sus derechos.
LA MUJER EN GUATEMALA Y LA DISCRIMINACIÓN “Las mujeres indígenas son objeto de tri ple discriminación por su origen étnico, género y pobreza”, indicó Ana Gezmes, directora regional de la oficina de la Mujer de la ONU para México, Centroamérica, República Dominicana y Cuba.
Esa es una de las principales conclusiones del informe preparado por ONU-Mujeres sobre el acceso de las mujeres a la justicia denominado “El progreso de las mujeres en el mundo”, presentado hoy en la capital guatemalteca. Según el estudio, la triple discriminación que sufren las mujeres indígenas de Guatemala se empeora en el momento en que ellas necesitan acceder a los servicios de justicia, porque la mayoría solo dominan sus idiomas maternos, y no el dominante español. No obstante, el informe, que hace un análisis global sobre la situación de las mujeres en el mundo frente a la justicia, reconoce “avances importantes” en la legislación guatemalteca respecto a la justicia para féminas. Destaca las recién aprobadas leyes para prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar, la ley contra el femicidio y la ley contra la violencia sexual, las cuales dotan de modernas herramientas jurídicas a las mujeres para exigir el respeto de sus derechos. Sin embargo, sostiene que se trata de “pasos pequeños” de bido a que la aplicación de esas normativas apenas empieza y la mayoría de las mujeres, que en la actualidad representan el 51% de los 14,4 millones de habitantes, aún son víctimas de injusticias. Para “garantizar que la justicia se convierta en una realidad” para todas las mujeres, el informe de Mujer-ONU insta al Gobierno, entre otras medidas, a revocar las leyes que discriminan a las féminas, así como a promover la aprobación de normas “que las proteja contra la violencia y la desigualdad”. Además de apoyar servicios innovadores de justicia y “colocar la igualdad de género en el centro de los objetivos de Desarrollo del Milenio”, para detener la histórica discriminación de que son víctimas las mujeres, principalmente las indígenas.
OFICINA NACIONAL DE LA MUJER ONAM La Oficina Nacional de la Mujer -también conocida como ONAM- es una oficina estatal de Guatemala, dependiente del Ministerio de Trabajo y de Prevención Social y se enfoca en la formulación de proyectos, investigación y comunicación para la mujer (Eurosur, s.f.). La ONAM fue creada en 1981 a partir del capítulo de la Comisión Interamericana de Mujeres -CIM-. La ONAM tiene a cargo la Asamblea General de Delegadas quienes representan diversos sectores gubernamentales y no gubernamentales y crean programas dirigidos a la mujer. Esta Asamblea tiene a su cargo la elección de la Junta Directiva entre las representantes. Aparte de la Asamblea, la ONAM cuenta también con un programa de información y divulgación y con un centro de documentación (Eurosur, s.f.). La ONAM está integrada por distintas instituciones y organizaciones, las cuales son, cada una, representada por un delegado que se nombra individualmente por dos años. Entre estas instituciones están los Ministerio del Organismo Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia, Consejo Nacional de Planificación Económica, Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, Gobernación Departamental de Guatemala, Municipalidad de la Ciudad de Guate mala, Instituto Indigenista Nacional, Alianza Cívica de Asociaciones Femeninas, Asociación ProBienestar de la Familia, Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras, Instituto Nacional de Cooperativas, Consejo de Bienestar Social, Asociación de Mujeres Periodistas y Escritoras de Guatemala. (CEPAL, s.f.). La ONAM tiene como objetivos concientizar y promover a la mujer guatemalteca sobre su participación en el desarrollo cívico y cultural y su importancia, involucrar a las mujeres en actividades desarrolladas por la Oficina a través de una amplia divulgación al igual que coordinar actividades con las de otras instituciones cuyos fines se asocian al desarrollo de la mujer (CEPAL, s.f.).
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE LA MUJERES Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (AWID) La Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (AWID) es una organización de afiliación internacional que vincula, informa y moviliza a personas y organizaciones que están comprometidas con el logro de la igualdad de género, el desarrollo sostenible y los derechos humanos de las mujeres. La misión de AWID es poner en contacto, informar y movilizar a personas y organizaciones comprometidas con alcanzar la igualdad de género, el desarrollo sostenible y los derechos humanos de las mujeres. URL: http://www.awid.org
Caribbean Association for Feminist Research and Action (CAFRA) Cafra es una red regional de feministas, investigadoras individuales, activistas y organizaciones de mujeres que definen las políticas feministas como un asunto tanto de conciencia como de acción. Su misión es celebrar y canalizar el poder colectivo de las mujeres en una transformación individual y social, creando así un clima en el que se lleve a cabo justicia social. URL: http://www.cafra.org/article68.html?lang=es
Central American Human Rights Commission (CODEHUCA) CODEHUCA is a nonprofit, nongovernmental, independent, non-religious regional organization, whose activity is based on defense of the Universal Declaration and the human rights covenants adopted by the United Nations General Assembly and on the Declaration of Algiers on the Rights of Peoples. It currently enjoys consultative status in the United Nations. It is part of the Union of Central American Development Organizations URL: http://www.skepticfiles.org/socialis/panama39.htm
PROYECTO POLÍTICO DE LA MUJER El Centro de Comunicación y Género de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social actualmente se encuentra realizando un proyecto de extensión universitaria titulado “Talleres sobre La participación política de las mujeres en el territorio: sentidos y saberes emergentes”. Este proyecto tiene como objetivo relevar los sentidos y prácticas que las mujeres tienen en relación a la política como parte de su trabajo territorial. Nos preocupa identificar como los estereotipos de genero se ponen en juego a la hora de la gestión de un espacio político y cual es su incidencia territorial. La pregunta que nos moviliza es cómo y por qué se juntan un grupo de mujeres a hacer por sus vecinos, cuál es su proyección en ese espacio, cuales son sus motivaciones y expectativas, como hacen política, para que lo hacen, como están pensando la participación. Se trata de un proyecto encarado desde la comunicación para el cambio social, perspectiva que tiende a generar propuestas de cambio a partir de una revisión crítica y transformadora de la vid a cotidiana. Partimos de la idea de política no como un partido ni como gobierno, sino como la gestión colectiva de acciones para el bien común que surgen de las necesidades sentidas en el territorio, es decir, el espacio geográfico donde se emplaza la vida cotidiana y desde el cual se genera la acción comunitaria. El lugar en el que estamos aplicando este Proyecto de Extensión es el Centro de Asistencia al Vecino (CAV), ubicado en el barrio de Los Hornos. Allí, realizamos talleres junto a las mujeres que forman parte del CAV en los cuales trabajamos sobre sus ideas sobre la política y sobre su objetivo como grupo.
LEY DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ¿Qué es la violencia intrafamiliar? Todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea, pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive del ofensor, su cónyuge o su actual conviviente, o bien, cuando esta conducta ocurre entre los padres de un hijo común, o sobre un menor de edad, adulto mayor o discapacitado que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.
¿Qué garantías ofrece esta ley? Crea el delito de maltrato habitual que castiga con cárcel la violencia psíquica y física ejercida habitualmente; aumenta las sanciones por este tipo de conductas; modifica el Código Penal, aumentan do en un grado las penas de cárcel en caso de lesiones causadas por violencia intrafamiliar; otorga mayores garantías de obtener protección para quienes denuncien maltratos, así como la obligación del agresor de abandonar la casa; la prohibición de que se acerque a la víctima, a su casa o a su lugar de trabajo, así como, a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente; la obligación de asistir a terapia; y la facultad concedida a las policías para incautarle toda clase de armas, aunque tenga autorización para tenerlas.
¿Qué organismos judiciales se ocupan de la violencia intrafamiliar? Los Tribunales de familia, cuando los actos de violencia intrafamiliar no constituyan delito. El Ministerio Público, cuando los actos de violencia intrafamiliar constituyan un delito. Este ministerio dará curso a la investigación pertinente en caso de que se presente el delito de maltrato habitual, si el respectivo Juzgado de Familia le ha remitido los antecedentes.