FUSIÓN DE SOCIEDADES CONCEPTO . Por Fusión se entiende a la unión jurídica de dos o más sociedades mercantiles; es decir, dos o más empresas constituidas jurídicamente como entidades diferentes, deciden unirse para crear una nueva empresa o que una de las existentes crezca. En el caso de que una de las empresas en cuestión sobreviva se le denominará fusionante y a las empresas que desaparecen se les llamarán fusionadas. También se da el caso de que todas las empresas involucradas desaparezcan como entidades jurídicas independientes creándose una tercera empresa con una nueva razón social. La fusión implica el traspaso de bienes, derechos y obligaciones de una o varias empresas, a otra que asume tales bienes, derechos y obligaciones, desapareciendo las primeras para dar lugar al nacimiento o fortalecimiento de otra empresa. ORIGEN . La necesid ad de busc ar ar medios de competitivid ad en el mer c c ado es lo que d a or igen, igen,
pr incip incipalmente, a l a fusión de empr es esas; es deci r r , l a competenci a que sur ge ge en el me r c ca do ent r re los ofer entes entes de bienes y ser vicios vicios obliga a los administ ra rador es es a tomar decisiones sobr e est ra rategi as que t ra ransfor men men a sus empr es esas, con un c r recimiento e cimiento y for t ta lecimiento sano para lograr vent aja ajas competitiv as, por lo cual es considerad a como una buen a alter nativ a l a fusión. P r rincip i ncipales C ausas que or igin iginan una Fusión de Socied ades Según
la Organización de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD), nuestro mundo actual caracterizado por una globalización de la economía y de las relaciones humanas tras fuertes transferencias de información y de capitales principalmente, está creando presiones sobre las empresas, a tal grado que las ha impulsado a las operaciones de fusión y adquisición en el contexto de la reestructuración económica, teniendo como motivaciones las siguientes: Economías de operación y de escala Mejor administración Crecimiento Situación subvaluada Diversificación
Razones personales Motivaciones financieras Efectos de la información i nformación Utilidad por acción Estructura de capital Rapidez y costos
Economí as de operación y de esc al a Esta causa esta fundada principalmente en el hecho de que al unirse dos empresas, pueden abatir costos mediante la realización de ciertas acciones como eliminar duplicidad de
instalaciones o funciones; consolidar siempre y cuando se traten de fu nciones relacionadas a la contabilidad, compras o marketing; concentrar en una sola instalación, la mayor cantidad de operaciones posibles para disminuir los costos. Me j or administ ración
Cuando una empresa tiene una mala administración, esta se ve reflejada principalmente en sus bajas utilidades, por lo que es una buena razón para llevar a cabo una fusión siempre y cuando le de una mejor administración a la empresa y se puedan mejorar sustancialmente las utilidades. C re cimiento Puede resultar más barato para una empresa el hecho de adquirir otra que esté funcionando, con el fin de incrementar su capacidad o su penetración en el mercado a través de nuevas líneas de productos, que desarrollarlas mediante su estructura interna o adquirir los activos que le permitan aumentar su capacidad. Otra razón para utilizar este crecimiento es que se puede disminuir el costo de capital, debido a que los inversionistas ven un menor riesgo por el mayor tamaño de la empresa, y debido a esto se puede aprovechar una mayor capacidad de endeudamiento. Situación subv aluad a Se presenta cuando una compañía puede adquirir otra empresa a un precio muy barato, debido a que la que se pretende adquirir cuenta con un valor de mercado que esta muy por 16
debajo del valor de reposición de los activos, que se d ebe principalmente a bajas utilidades.
Diver sific ación Se lleva a cabo cuando una empresa desea adquirir otra que se desempeña en un sector distinto al suyo, con la finalidad de evitar que durante ciertos periodos las utilidades disminuyan. De esta forma cuando una de las empresas no cuente con gran actividad que se traduzca en bajas utilidades, la otra si las obtenga de esta manera se compense esta variabilidad con la fusión. Con esto se trata de diversificar el riego de la empresa. Razones per sonales Puede presentarse el caso de que existan sectores en la economía que estén sumamente controlados, por lo que los accionistas de una empresa perteneciente a uno de esos sectores opten por fusionarse con una compañía que tenga mayor facilidad de acceso al mercado accionario, con el fin de obtener una mejor liquidez. Motiv aciones
financieras Para una empresa con dificultades en la obtención de efectivo, resulta más fácil pagar con acciones a los accionistas de la empresa con la que quieren llevar a cabo la fusión, que vender esas acciones en el mercado accionario y posteriormente con ese dinero comprar lo que necesitan, además de que pueden adquirirlo a un costo menor. Efectos de l a infor mación Existe la posibilidad de que una empresa esté subvaluada y quiera ser adquirida por otra. Una vez que se empiezan a llevar a cabo las negociaciones para lograr la fusión, puede descubrirse esta subvaluación y la información filtrarse al mercado, mismo que se da cuenta de que en realidad esta empresa tiene un valor mayor del que muestra y por l o tanto incrementa su valor en el mercado y la empresa adquirente obtiene una gran ganancia por esta situación.
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Utilid ad por acción En algunas ocasiones una empresa busca adquirir a otra con el solo hecho de aumentar las utilidades por acción, lo que representa para los inversionistas de la empresa un buen parámetro para invertir en ella. Est ru ctu ra de C a pit al Esta causa motiva a la fusión cuando una empresa esta muy apalancada y desea adquirir una nueva compañía que este financieramente sana, lo que da como resultado una empresa con una mejor estructura de capital, que le permite tener una mayor capacidad de endeudamiento. Ra pide z y costo Existen sectores que son muy difíciles de incursionar, debido a los grandes controles que pueden tener, por lo que una manera de poder ingresar a ellos es mediante la fusión puesto que de esta forma ingresan a este sector evitándose muchos problemas.
TIPOS DE FUSIÓN . Existen dos tipos de fusión de empresas mercantiles. y
Por absorción
y
Por integración
Fusión por absor ción (o incorporación). Este tipo de fusión se da en el caso en que una de las empresas mercantiles que intervienen absorbe a las otras empresas, es decir desaparecen todas las empresas menos una, la cual asumirá los bienes, derechos y obligaciones de todas las que intervienen en el acto. Por lo tanto una de las empresas se convierte en empresa fusionante y absorbe a las demás empresas denominadas fusionadas. Fusión por integración(o pura), este tipo de fusión se da cuando dos o más empresas deciden unirse en una sola y jurídicamente estas empresas desaparecen y se crea una empresa nueva que es la que asume los bienes, derechos y obligaciones de las otras empresas.
METODOS
DE FUSIÓN .
El boletín B - 8 de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados del Instituto Mexicano de Contadores Públicos señala que "cuando una compañía adquiera la mayoría de las acciones de otra y se decida que la compañía adquirida debe desaparecer, existen dos métodos para registrar los efectos contables", estos métodos son el vertical y el horizontal, aun cuando en la definición que se señalan anteriormente estos métodos son aplicables a la fusión por absorción, también el método de fusión horizontal es aplicables para la fusión por integración.
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y
y
Método
de fusión ver tic al, este se da cuando las empresas fusionadas, es decir las que desaparecerán jurídicamente, forman, actualmente, del proceso de adquisición, producción o distribución de la empresa fusionante, la empresa que permanece jurídicamente. Por ejemplo: La empresa "X" fabrica zapatos y le compra a la empresa "Y" las cajas para la venta de su producto, así como contrata a la empresa "Z" para que transporte su producto al extranjero, si estas tres empresas deciden fusionarse y que la empresa "X" prevalezca, se estará dando un caso de fusión vertical. Método
de fusión hor i z ont al , este método se da en el caso en que empresas del mismo giro deciden fusionarse, por ejemplo, tres Instituciones de Crédito deciden fusionarse y constituir una nueva Institución de crédito, obsérvese que el giro de las tres es el mismo y el giro de la nueva empresa o de la que prevalece sigue siendo el mismo de las empresas iniciales, a diferencia del método de fusión vertical, según el ejemplo señalado, una empresa fabrica zapato, otra cajas de cartón y otra da servicio de transporte, son tres empresas con diferente actividad empresarial.
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ASPECTO LEGAL En su artículo 222, la Ley General de Sociedades Mercantiles, señala que la fusión de varias sociedades deberá ser decisión propia de todas y cada una de esas sociedades, en la forma y términos que corresponda según su naturaleza. En el artículo 223, de la ley citada, estipula que los acuerdos de fusión deberán ser inscritos en el Registro Público de Comercio y publicados en el Diario Oficial de la Federación del domicilio de todas y cada una de las sociedades involucradas en la fusión, además de publicar el "Estado de Situación Financiera" a la fecha de fusión y la forma en que serán cubiertos los pasivos. El artículo 224 de la misma Ley, señala que la fusión tendrá efecto tres meses después de efectuada la inscripción en el Registro Público de Comercio, esto es con el objeto de poder atender las inconformidades que pudieran surgir entre los acreedores de las sociedades involucradas en el proceso de fusión y sea atendida cualquier inconformidad ya sea mediante el acuerdo, convenio o ejecutoria de sentencia que declare que la oposición es infundada. Transcurrido el plazo sin haberse señalado oposición alguna, la fusión se podrá llevar acabo legal y mercantilmente, la sociedad que subsista o la nueva empresa, según el caso, asumirá a su cargo los bienes derechos y obligaciones de las sociedades extinguidas. Si
previamente a la publicación se pacto el pago de todas las deudas de las diferentes empresas involucradas, se constituye un deposito que garantice el importe de los créditos en una Institución Bancaria o se obtiene el consentimiento de todos y cada uno de los acreedores, la fusión podrá tener efecto en el momento de la inscripción, dichos acuerdos o pactos también deberán ser publicados en el mismo periódico y en la misma fecha. Articulo 226, si en la fusión de varias sociedades surgiera una distinta ( fusión por integración), su constitución se sujetará a los principios que rigen la constitución de sociedades del genero a que haya de pertenecer.
ASPECTO FINANCIERO La fusión deberá ser considerada necesariamente como una inversión, y para que esta fusión sea una inversión deberá ser rentable; como un objetivo de la fusión sería el incrementar la productividad de la empresa, esto se dará cuando en lugar de tener dos o cuatro sistemas administrativos se llevara sólo un sistema administrativo para manejar las cuatro empresas, así, los costos de administración se pretenden reducir a una cuarta parte, lo cual no es muy exacto ya que las cargas de trabajo anteriormente se repartían en cuatro ahora será en una sola parte, ello requerirá una nueva inversión, en personal capacitado, capacitación, establecimiento de sistemas, adecuación de sistemas, estudios de reorganización, etc., es decir, costos adicionales legales, administrativos de producción, entre otros, por ello será necesario identificar si esta inversión es adecuada, para ello podemos aplicar la siguiente razón financiera.
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VAER, valor actual de la empresa resultante de la fusión. VAEI, suma del valor actual individual de las empresas que se fusionan. VACI, valor actual neto de los ahorros incrementales menos los costos i ncrementales
originados por la fusión. CMI, costos marginales iníciales en que se incurre la fusión.
Con el objeto de poder determinar el beneficio neto de la fusión se aplica la razón financiera expresada a continuación: BF, Beneficio neto de la fusión. VAER, valor actual de la empresa resultante de la fusión. VAEI, suma del valor actual individual de las empresas que se fusionan.
El resultado positivo esta razón financiera mide el monto del beneficio inicial originado por la fusión
ASPECTO FISCA L Código Fiscal de la Federación. Art.11 "... en el caso de fusión, la sociedad que subsista o que se constituya presentará las declaraciones del ejercicio de las que desaparezcan...", se entiende que, ya sea que la fusión se haya efectuado al término o en cualquier parte del ejercicio fiscal de todas y cada una de las empresas, la empresa que subsiste o la que se integra tiene la obligación de presentar y/o cumplir con las obligaciones fiscales de las empresas que desaparecieron, como son: Declaraciones de impuestos, ISR, IVA, aviso de clausura para efectos de ISR, IVA, IMSS, Ayuntamiento, Secretaria de Comercio, etc. El cambio de patrón con respecto a los trabajadores no es motivo para que desaparezca o se invalide el contrato de trabajo pactado, este sigue vigente hasta su término acordado después del cual se podrán realizar los ajustes necesarios.
Art.14 - A. "Se entiende que no hay enajenación de bienes en los siguientes casos: escisiones y fusiones."...por lo anterior, el traslado de los bienes de las empresas a la empresa subsistente no es considerado como una venta o un acto de comercio, así mismo, para el caso de fusiones el Código señala que las acciones de los accionistas propietarios de la sociedad que subsista en la fusión no deberán ser enajenadas por lo menos en e l término del primer año posterior a la fusión.
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Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Art. 23. "... en el caso de fusión de sociedades, la que subsista o resulte de la fusión presentará el aviso por las sociedades que desaparezcan, junto con la última declaración a que se refiere la fracción VIII del artículo 58 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: la sociedad acompañará constancia de que la fusión ha quedado inscrita en el registro público correspondiente a la entidad federativa que se trate...".
Beneficios
de una Fusión de Socied ades
Desde el momento de la concepción de la idea de efectuar una fusión, hasta el momento de culminarla, debemos tener como premisa básica el obtener un beneficio o ventaja al llevar a cabo una operación de reestructuración de empresas como es el caso de la fusión. Entre las ventajas que se pueden mencionar para llevar a cabo una fu sión están las siguientes: Buscar mejorar la presencia o imagen corporativa.- Un aspecto muy importante a considerar es la presencia o imagen que ya tienen las empresas a fusionar, ya que podemos estar ante dos o más empresas que tiene un prestigio e imagen ante el público que puede ser bueno o malo desde luego no vamos a dejar como fusionante a una empresa que tenga una mala imagen ante la sociedad. Lo más conveniente seria el dejar como fusionante a la empresa que tenga una mejor imagen o presencia de mercado ya que este aspecto sería aprovechado por la fusionada mejorando su prestigio. Ahora bien, si estuviéramos en presencia de dos o más empresas que no tiene una buena imagen o presencia positiva en la sociedad, la opción más viable sería fusionarlas y crear una nueva empresa que no pueda ser relacionada directamente con las anteriores, para que de esta forma se arranque de cero en relación con la mala imagen o presencia que pudieran tener las empresas a fusionar. Mejorar las estructuras administrativas y capacidad de respuesta.- Una excelente oportunidad que se tiene al efectuar una fusión es eliminar en cierta forma los problemas de carácter operativo, de personal, proveedores, distribución, etc. En la medida que son resueltos se podrá adicionalmente obtener una empresa más sana con una ventaja competitiva y poder dedicar de esta forma una mayor cantidad de recursos tanto humanos como técnicos a desarrollar la forma de enfrentar la apertura económica. Aumento de capacidad instalada.- Uno de los primordiales objetivos de llevar a cabo una fusión es el de aumentar los bienes con que han venido operando, o bien aprovechar la fusión para adquirir todos aquellos activos necesarios para mantenerla a la vanguardia, permitiéndole de esta forma cubrir un mercado más amplio y abatir costos al estar en condiciones de operar en una forma más efectiva. Eficiencia de operación.- Es posible que por el tipo de empresas y características propias de ellas misma el objetivo de la fusión sea el congregar en una misma empresa dos o más departamentos que en algún momento pudieron operar como empresas abastecedoras de materias primas o algún servicio para que de esta manera sea más eficiente la operación de las 7
mismas, ya que la carga administrativa y de aprovechamiento de recursos puede optimizarse de esta manera. Nueva misión.- Se debe tomar en cuenta que la misión de una nueva compañía no es la suma de las misiones de las compañías fusionadas. Se deberá desarrollar una nueva misión y filosofía de la compañía que nacerá de la fusión para poder dar a conocer la misión de la compañía su entendimiento profundo por todos y cada uno de los empleados ya que es necesario para alinear esfuerzos y alcanzar sus nuevas metas. Nuevos valores.- La forma en la que los empleados deben actuar en la nueva empresa debe ser ampliamente documentada, explicada y compartida por todos los integrantes de la compañía, al realizar una fusión se deben de redactar y explicar las nuevas políticas y procedimientos de la nueva organización, para tener un mejor control sobre las actividades que se desarrollan dentro de la empresa. Los benéficos que se tiene de una fusión pueden no ser inmediatos así que se debe estar consciente de esto ya que la culminación de la fusión no termina hasta que las empresas se unifican y logran trabajar de una forma eficientemente, esto es el resultado principal de una fusión.
Desvent ajas de una Fusión de Socied ades Implicaciones Laborales.- En la actualidad las operaciones de fusión y adquisición entre empresas del mismo sector o sectores afines están generando un serio problema de desempleo al cerrar plantas o despedir por cuestiones de modernización tecnológica de la empresa. Sin
duda, el desempleo generado por las miles de fusiones y adquisiciones en todo el mundo se plantea como una de las contradicciones de estas operaciones empresariales que al mismo tiempo repercuten en las tendencias de los ciclos económicos, es decir, al bajar el empleo y aumentar el desempleo se ingresaría a una situación económica sin estabilidad y equilibrio donde la capacidad de consumo caería e impediría el incremento de la producción, se entraría en una fase de recesión y entonces se generarán tendencias cíclicas de la economía llamadas crisis. Comunicación.- Para el buen entendimiento de la misión, los nuevos valores y la cultura empresarial, es imprescindible una comunicación abierta, honesta y constante entre directivos y empleados. Esta comunicación, de doble dirección, debe hacerse con reuniones periódicas de empleados y también favoreciéndola día a día entre jefe y subordinado ya que es de suma importancia que se den a conocer los problemas inherentes a la fusión. El principal problema de la comunicación es la duplicación de esfuerzos o actividades, ya que se operaría de dos entidades distintas y se vería reflejado en un incremento de costos para la compañía.
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ESCISIÓN DE SOCIEDADES CONCEPTO
El Diccionario Jurídico Mexicano (editado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM) señala que es una forma de desconcentración por la cual una sociedad madre engendra a manera de partenogénesis una o más filiales y le transmite su patrimonio a título universal. El Diccionario de la Real Academia Española señala que escindir es rompimiento, dividir o separar, es decir, la escisión es la separación o división de un ente. Dentro de la legislación mexicana, particularmente en el ámbito fiscal, se recoge por primera vez el concepto de escisión de sociedades en los siguientes términos: Artículo 15-A.- Se entiende por escisión de sociedades, la transmisión de la totalidad o parte de los activos, pasivos y capital de una sociedad residente en el país, a la cual se le denominará escindente, a otra u otras sociedades residentes en el país que se crean expresamente para ello, denominadas escindidas. La escisión a que se refiere este artículo podrá realizarse en los siguientes términos: A.- Cuando la escindente transmite una parte de su activo, pasivo y capital a una o varias escindidas, sin que se extinga; o B.- Cuando la escindente transmite la totalidad de su activo, pasivo y capital a dos o más escindidas, extinguiéndose la primera. TIPOS DE ESCISIÓN Escisión total: es cuando una sociedad divide su patrimonio y, por ende, su personalidad jurídica en dos o más partes, en las cuales cada una de ellas se traspasa en bloque a una o más sociedades de Escisión parcial: es cuando se presenta en la división de patrimonio de una persona jurídica sin disolución de ésta, mediante la creación de otra u otras sociedades, las cuales son beneficiarias de la transmisión parcial del patrimonio de la primera. Escisión impropia: Se presenta cuando se verifica la transmisión de parte del patrimonio de una sociedad a otra (s) sociedad (es) beneficiarias, recibiendo en contraprestación la propia sociedad escindida acciones o participaciones de aquéllas. La impropiedad consiste en la falta de integración de los accionistas de la sociedad escindida en las sociedades beneficiarias, que es un requisito de la esencia de la escisión. Escisión homogénea: La escisión es homogénea cuando se verifica identidad de tipo entre las sociedades escindenda y escisionada es decir, cuando ellas son anónimas, de responsabilidad limitada, etc. Escisión heterogénea: La escisión es heterogénea cuando se presenta identidad de tipo entre las sociedades escindenda y escisionada
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PROCEDI MIENTO PARA UNA ESCISIÓN DE SOCIEDADES Acuerdo
De E scisión
En primer lugar habrá de realizarse un acuerdo de escisión a través de una asamblea general extraordinaria, a este efecto, debe prepararse un estado de posición financiera que refleje la situación de la sociedad, así como el proyecto de escisión que será sometido a la asamblea. Disolución De Sociedades
Este acuerdo de escisión lleva implícito una disolución de sociedades cuando la sociedad a escindirse vaya a desaparecer. Permiso De Relaciones
En el caso que como consecuencia de la escisión surge nuevas sociedades, deberá obtenerse de la Secretaría de Relaciones Exteriores la autorización para la denominación correspondiente. Balance De E scisión
El balance de escisión y el estado de posición financiera de la escisión deberá reflejar la situación patrimonial de la sociedad a la fecha que la escisión haya de realizarse. Deberá presentarse adicionalmente una evaluación de los bienes, mismos que se considerarán a valores reales a efecto de poder determinar las porciones en que habrá de d ividirse el patrimonio a dividirse. Además los estados financieros de escisión deberán estar dictaminados por contador público. Publicidad
Por lo que hace a los efectos frente a los terceros, debe seguirse el principio de publicidad a fin de dar a conocer a los afectados, los acuerdos de escisión, así como el balance para tal efecto y el proyecto de escisión propiamente dicho y en su caso, tramitarse u obtener un acuerdo con aquellos acreedores que se verán afectados por la escisión de sociedades, a fin de que los mismos no se opongan al trámite de escisión al pagarles los créditos a que tienen derecho. EFECTOS DE L A ESCISIÓN Cuando se requiera de la constitución de nuevas sociedades deberán establecerse los estatutos sociales que regirán las mismas, a fin de transmitirles simultáneamente los patrimonios o la parte del patrimonio que les corresponde, asimismo, las nuevas sociedades convocarán a una asamblea en la que se designen a los funcionarios de las mismas, deberán protocolizar estas actas y pasado el plazo de publicidad de cuarenta y cinco días para que los acreedores puedan ejercer su derecho de oposición, subsistirán plenamente los efectos de la escisión correspondiente. Las asambleas que se protocolicen deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio del domicilio de las sociedades involucradas y f inalmente se entregarán a los accionistas afectados, títulos de acciones de las nuevas sociedades en las que ahora forman parte.
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Por lo que hace el momento que surte efectos la escisión, debe afirmarse que éstos surtirán efectos plenos a partir de su inscripción en el Registro Público, como lo ordena la Ley General de Sociedades Mercantiles. E misión De Acciones
Un elemento característico de la escisión de sociedades lo constituye la emisión de nuevas acciones o cuotas a favor de los socios de las sociedades escindidas, ya que la ausencia de este tipo de valores implicaría la ausencia de una escisión y solamente se presentaría un contrato traslativo de dominio entre las sociedades. Res ponsabilidad
La Ley General de Sociedades Mercantiles dice: La determinación del cumplimiento de las obligaciones que por virtud de la escisión asume cada sociedad escindida. Si una sociedad escindida incumpliera alguna de las obligaciones asumidas por ella en virtud de la escisión, responderán ante los acreedores que no hayan dado su consentimiento expreso, la o las demás sociedades escindidas, durante un plazo de tres años contados a partir de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción V, hasta por el importe del activo neto que le haya sido atribuido en la escisión a cada una de ellas y, si la escindente no ha dejado de existir. Ésta responderá por l a totalidad de la obligación.
EFECTOS CORPORATIVOS DE L A ESCISIÓN DE SOCIEDADES Para analizar este aspecto debemos distinguir tres tipos de efectos. 1.- Efectos en las sociedades escindidas 2,- Efectos frente a los socios 3.- Efectos frente a los acreedores. Efectos Sociales 1.- La desaparición de la sociedad escindente, trae emparejada la pérdida de la personalidad jurídica. 2-. Modificación de los estatutos sociales en su parte relativa a duración de la sociedad. 3.- La liquidación Patrimonial 4.- Transmisión de relaciones, los derechos y obligaciones de la sociedad escindente pasan a las escindidas. 5.- Reforma estatutaria 6.- Títulos a los accionistas EFECTOS FRENTE A LOS SOCIOS
1.- Derechos patrimoniales, que se dan en interés particular y exclusivo de los socios y que se ejercen frente a la sociedad según su participación sea directa o accesoria. 2.- Derechos de participación a los beneficios, que es un derecho fundamental y constituye el motivo o fin de cualquier sociedad. 3.- La cuota de Liquidación 4.- Transmisión de la calidad de socios, recibiendo una compensación adecuada por dicha enajenación. 11
5.- Documentación de la calidad de socio, acreditación. Aportación 6.- Derechos de consecución o garantía a la percepción de beneficios. 7.- Derechos administrativos 8.- Derechos de vigilancia 9.- Derechos de participación en asambleas 10.- Derechos de nombramiento EFECTOS FRENTE A TERCEROS
1.- Publicidad 2.- Derecho de oposición SOCIO DISIDENTE Un problema derivado de la escisión de sociedades es si la resolución que se adopte, obliga a los socios disidentes. La Ley General de Sociedades Mercantiles resuelve el problema permitiendo al a ccionista ejercer su derecho de separación. VIII,. Los accionistas o socios que voten en contra de la resolución de escisión gozarán del derecho a separarse de la sociedad, aplicándose en lo conducente lo previsto en el artículo 206 de esta Ley. VENTAJAS DE L A ESCISIÓN Se
considera a la escisión como un fenómeno de concentración de empresas, situación que no es adecuada ya que incluso la realidad presenta un fenómeno contrario, es decir, implica la segregación patrimonial de una sociedad que desaparece parcelándose en unidades independientes; podríamos decir que es un medio de descentralización empresarial. Esta figura responde a las necesidades de impulso y desarrollo de la empresa contemporánea, ya que permite el crecimiento, diversificación y reorganización de las empresas. Es una forma de crecimiento, puesto que con objeto de lograr una mayor eficiencia productiva permite una descentralización organizativa para reorganizar las empresas existentes. Se
considera que particularmente en México, existen motivos que dieron origen a la escisión, como son el proteccionismo del patrimonio de los particulares en contra de las expropiaciones gubernativas que se dieron durante la época de expropiación de la banca en 1982. Esta figura permitió el separar activos bancarios de los no bancarios y salvar de esta manera parte del patrimonio evitando que cayera en manos del gobierno al nacionalizarse los bancos.
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ASPECTOS CONTABLES GENERALES (fusión y escisión) Se considera que en la fusión y escisión de sociedades sí hay liquidación patrimonial, la que tiene lugar a través de un solo acto, cuando las fus ionadas o la escindente extinguen sus patrimonios transmitiéndolos a la sociedad que personalice la fusión o las escindidas. El último supuesto del artículo 223 de la Ley General de Sociedades mercantiles (publicación del sistema de extinción del pasivo) sólo tendrá aplicabilidad cuando se pacte el pago de las deudas sociales, por lo tanto és te no puede considerarse como una regla general al i gual que los demás requisitos en esta disposición. Se considera que el tr atamiento que se da a l a figura de escisión de sociedades dentro del mundo fiscal en el artículo 15-A del Código Fiscal de la Federación y el artículo 228 Bis de la Ley de Sociedades mercantiles sigue la tesis contractual. El Código tributario recoge la teoría contractual al definir la escisión de sociedades como ³la transmisión de la totalidad de los activos, pasivos y capital de una sociedad a otra u otras que expresamente se crean para ello´, es decir que se requi ere del nacimiento previo de las escindidas para que una vez constituidas contraten con la escindente la t ransmisión patrimonial de activos, pasivos y capital. En cuanto al derecho de separación para el socio disidente de l a sociedad que se fusione, no procede, situación que en un m omento dado puede ser injusta. Cosa muy distinta para el caso de la escisión en donde de forma expresa se permite el derecho de separación. La ganancia derivada de la fusión de sociedades tiene un tratamiento distinto para l as personas físicas y para las sociedades mercantiles, ya que estas últi mas deberán considerarla como ingreso acumulable, mientras que las primeras no; ello es injusto porque produce un trato desigual para los iguales lo que además es contrario a los principios tributarios de equidad. Es injusto para las sociedades mercantiles el hecho de que la ganancia derivada de fusión sea acumulable y pague impuestos, mientras que en caso de pérdi da no sea amortizable ni deducible, ya que ello implica que no se cumplen los principios tributarios de equidad y proporcionalidad. El artículo 4-E del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, supone que como consecuencia de la escisión, necesariamente se anticipará el cierre del ejercici o fiscal de la escindente, cosa que no sucederá en el caso de escisión por excorporación, por lo que esto plantea problemas de índol e práctico que deben resolverse. Un problema de orden práctico se presenta para los casos por integración, en los que por ser la fusionante causahabiente de dos fusionadas, no existe regulación que establezca cual de los coeficientes de utilidad deberá aplicar, lo cuál frente a la laguna de ley, válidamente se puede resolver aplicando aquél que mejor convenga a la fusionante.
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BI BLIOGRAFÍA
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P r áctic as de E j emplo Fusión y Escisión de Socied ades
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