BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA MATERIA: CONTABILIDAD DE SOCIEDADES MERCANTILES I NRC NRC: 4400 44008 8 NOMBRE: PONCE AMIGON JACQUELINE
PROGRAMA •
Capítulo I: Introducción
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Capitulo II: Clasificación de las sociedades mercantiles
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Capitulo III: Contrato de sociedades mercantiles
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Capitulo IV: Proceso constitutivo de sociedad mercantil
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Capítulo V: Estudio de los los diversos conceptos de capital en las sociedades mercantiles.
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Capítulo VI: Sociedad en nombre colectivo
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Capitulo VII: Sociedad en comandita simple
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Capitulo Capitulo VIII: Sociedad Sociedad de responsabilid responsabilidad ad limitada
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Capitulo Capitulo IX: Estudio Estudio de las partes sociales sociales
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Capitulo Capitulo X: Estudio de las prestaciones prestaciones y accesorias
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Capitulo Capitulo XI: Estudio Estudio de la aplicación de utilidades utilidades
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Capitulo XII: Estudio de la amortización de partes sociales
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Capitulo Capitulo XII XIII: I: Estudio Estudio de las partes partes sociales sociales des desertas ertas
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Capitulo Capitulo XIV: Aumentos Aumentos y disminuciones disminuciones del capital capital social
BIBLIOGRAFÍA •
Baz G, Gustavo, Contabilidad Contabilidad de sociedades sociedades mercantiles, México, Baz 1999.
•
Perdomo Moreno Abraham, Contabilidad de sociedades, E.A.C.A.S.A, México, 2006.
•
Ley General de Sociedades Mercantiles Mercantiles y Cooperativas, Cooperativas, México; Purrua, Purrua, 2008.
•
Normas de Información Financiera, CINIF.
•
Guajardo, Gerardo, Contabilidad Financiera, Mc Graw Hill.
•
Morales, Ma. Elena, Contabilidad de Sociedades, México, Mc. Graw Hill.
•
Resa Manuel Contabilidad de Sociedades, México, E.C.A.S.A. E.C.A.S.A.
Capítulo I Introducción Antecedentes Antecedentes históricos históricos de las sociedades mercantiles mercantiles El origen de las sociedades mercantiles, lo encontramos en el transcurso del tiempo y en las grandes etapas económicas, las cuales podemos resumir en las siguientes: Etapa comercial: a) Unión de personal personal con ne nexo xo familiar familiar ejercitando ejercitando el co comercio mercio de forma forma ocasional. ocasional. b) Unión dde e personas personas sin ne nexo xo familiar, familiar, ejerciendo ejerciendo el comercio comercio en forma permanente. Etapa industrial: a) Etapa enotécni enotécnica ca aparecen aparecen los gremios gremios artesanales artesanales,, se emplea emplea la energía energía hidráulica, etc. b) Etapa neotéc neotécnica nica se se acondi acondiciona ciona la la turbina turbina hidráulic hidráulicaa empieza empieza la pproducci roducción ón en serie.
Se entiende por sociedades mercantiles la unión jurídica de dos o más personas que de acuerdo a la Ley General de Sociedades Mercantiles Mercan tiles (LGSM) aportan algo en común para un fin determinado o colectivo. La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce las siguientes especies en su artículo 1° de Sociedades Mercantiles. I.
Sociedad en Nombre Colectivo
(S.N.C.)
II.
Sociedad en Comandita Simple
(S.C.S.)
III.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
(S. de R.L.)
IV.
Sociedad anónima
(S.A.)
V.
Sociedad en Comandita por Acciones
(S. en C. por A.)
VI.
Sociedad Cooperativa
(S. Coop.)
VII.
Sociedad po por Ac Acciones Si Simplificadas
(S.A.S.)
Cualquiera de las sociedades mencionadas podrá constituirse como sociedades de capital variable las sociedades mercantiles inscritas en el registro público de comercio (R.P.C.) tiene personalidad jurídica distinta de la de los socios. Las sociedades que tenga un objeto ilícito o ejecuten dichos actos serán nulas y se procederá a su
III. Análisis a) Unión, reunión reunión de personas personas físi físicas cas personas personas morales, morales, persona física física y moral. moral. b) Jurídica, Jurídica, por estar estar contenida contenida y regida regida por la ley ley general general de sociedades sociedades mercantiles y por la Ley de Sociedades Cooperativas. c) Aportación, Aportación, dinero, dinero, especies, especies, conocimi conocimientos. entos. Los Los que aportan aportan dinero o especie especie se les denomina “socios “socios capitalistas” capitalistas” y la aportación aportación será rápida según según la fecha de constitución. Los que aportan solo conocimientos se les denomina “Socios industriales” y su aportación será mediata a la fecha de constitución. d) Fin determinado determinado,, debe ser fin fin licito, licito, es decir, decir, activida actividad d dentro de la la ley, no debe estar fuera de ésta, el fin determinado de la sociedad es económico, o sea, con fines de lucro. Sociedad
Mínimo
Máximo
S.N.C.
2 socios
∞ socios
S.C.S.
2 socios
∞ socios
S. de R.L.
2 socios
50 socios
S.A.
2 accionistas
∞ accionistas
del capital social, sin este requisito la sociedad no puede nacer jurídicamente. jurídicam ente. El capital social se constituye con las aportaciones de los socios accionistas o cooperativistas.
Domicilio. Este puede fijarse libremente, pero en todo caso deberá fijarse en el lugar en donde se encuentre establecida la administración. (Artículo 33°, Código Civil)
Nacionalidad. Mexicana o extranjera. Finalidad Social. Debe declarar y establecer en la escritura pública o se, en la escritura constitutiva, la clase de actividad que la sociedad va a realizar, este requisito es indispensable.
Duración de la sociedad . En la escritura constitutiva se debe indicar la duración de la sociedad libremente, aunque la ley impone un cierto tiempo, las sociedades cooperativistas tienen una duración indefinida.
Reparto de las utilidades y perdidas. Estas deben distribuirse entre los socios, su distribución será proporcional a sus aportaciones según el artículo 16° de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
IV. Investigación
Cuando el capital sea variable, así se expresará indicando el mínimo que se fije. VII.- El domicilio domicilio de la sociedad sociedad VIII.- La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores. IX.- El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social. X.- La manera de hacer la distribución distribución de las utilidades utilidades y perdidas entre los miembros de la sociedad. XI.- El importe del del fondo de reserva reserva XII.- Los casos en que la sociedad haya de disolverse disolverse anticipadamente. XIII.- Las bases para practicar la liquidación liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente. Todos los requisitos a que se refiere este articulo y las demás reglas que se establezcan en la escritura sobre organización y funcionamiento de la sociedad
Artículo 33° Código Civil Las personas morales tienen su domicilio en el lugar y donde se halle establecido su administración. Las circunstancias que tenga su administración fuera del DF pero que ejecuten actos jurídicos dentro de su inscripción, se considera domiciliadas en este lugar en cuanto a todo lo que a esos actos actos se refiera. refiera. Las sucursales que operen en lugares distintos de donde radica la cosa matriz, tendrán su domicilio en esos lugares para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las mismas sucursales.
Dinero. Es todo activo o bien generalmente aceptado como medio de pago por los agentes económicos para sus intercambios y que cumple con las funciones de ser unidad de cuenta y depósito de valor.
Dinero Fiduciario. Es aquel que está respaldado en la confianza de una sociedad, es decir, no se basa en el valor de metales preciosos sino en la creencia general del que ese dinero tiene valor.
Capitulo II Clasificación de las sociedades mercantiles Las sociedades mercantiles mercantiles pueden pueden clasificarse clasificarse desde diversos puntos de vista: vista:
Atendiendo a su doctrina jurídica. a) Sociedades personalistas: “Aquellas en la cual, de los cuatro elementos de la sociedad (personal, patrimonial objetó social y forma externa) el principal lo constituye el personal, es decir, los terceros que contratan con la sociedad, les interesa la personalidad, honradez, prestigio, etc., de los socios, tal es el caso, por ejemplo, de la sociedad de nombre colectivo”. b) Sociedades capitalistas: “Son aquellas en donde el principal elemento de la sociedad es el patrimonial, es decir, los terceros que contratan con la la sociedad, pondrán especial interés en el monto del capital por ejemplo es el caso de la sociedad anónima”. c) Sociedades mixtas: “Aquellas en las cuales tanto el elemento personal, como el element elem ent pat patrimo rimonia niall están están en primer término término
ndo a segundo segundo término término los dem demás ás
Atendiendo a la responsabilidad de los socios a) Sociedades de responsabilidad limitada: “Aquellas en donde los socios responden de las obligaciones sociales hasta por el monto de sus aportaciones, tal es el caso, por ejemplo, de la sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, anónima, etc. b) Sociedades de responsabilidad ilimitada: “Aquellas en la cual, los socios responden de las obligaciones sociales hasta con su patrimonio personal, por ejemplo, sociedad en nombre colectivo”. c) Sociedades de responsabil responsabilidad idad mixta: “Aquellas “Aquellas en los cuales uno o más socios responden de las obligaciones sociales limitadamente, y otro u otros socios responden ilimitadamente, por ejemplo, la sociedad en comandita simple”.
Atendiendo Atendiendo a la variabilidad variabilidad del del capital a) Sociedad de capital fijo: “Aquellas en la cual para aumentar o reducir el importe del capital social, es necesario, en términos generales, cumplir con los siguientes requisitos: Celebrar asamblea extraordinaria.
D. Sociedad anónima. E. Sociedad en comandita por acciones.
Atendiendo a la nacionalidad a) Sociedades mexicanas: “Aquellas que se constituyen: •
De acuerdo con la ley de sociedades mercantiles, y
•
Establecen su domicilio dentro de la república mexicana”.
b) Sociedades extranjeras: “Aquellas que no tienen tienen los requisitos anteriores, es decir, sociedades constituidas en un determinado país, conformen a sus leyes con domicilio legal en el mismo, en relación con los demás países”.
Atendiendo a la Ley General de Sociedades Mercantiles a) Sociedad en nombre colectivo. b) Sociedad en comandita simple. c) Sociedad de responsabilidad limitada. d) Sociedad anónima. e) Sociedad en comandita por acciones.
Capitulo III Estudio del contrato de sociedades mercantiles. I.
Concepto
Convenio celebrado entre dos o más personas, dos o más accionistas, cinco o más cooperativistas que de acuerdo con la Ley de Sociedades Mercantiles aportan algo en común para un fin determinado.
II.
Análisis
a) Convenio. Sinónimo Sinónimo de contrato, contrato, este puede ser bilateral o plurilateral plurilateral.. b) Ley General de Sociedades Mercantiles . Adquiere lo de cantidad mercantil porq po rque ue así lo esta establ blec ecee el artíc artícul uloo 1° ddee di dich chaa le ley. y. c) Aportación. La aportación puede ser en efectivo o en especie, cuando es en efectivo puede ser mediata o inmediata a la fecha de constitución, cuando cuando la aportación es en especie, es mediata a la fecha de constitución. d) Fin determinado. Debe ser licito.
III
Elementos del contrato
b) Accion Accionist istas as com comand andita itados dos Los cooperativistas se clasifican en: a) Prod Produc ucttores ores b) Co Cons nsum umid idor ores es
2.- Elemento Elemento patrimo patrimonial. nial. Está formado por las aportaciones de los socios, accionistas, cooperativistas más la utilidad o bien menos las pérdidas.
3.- Capita Capitall social. social. Está formado por las aportaciones de los socios, accionistas, cooperativistas, con capacidad de goce y ejercicio. a) Part Partes es soc socia iale less Sociedad de Nombre Colectivo Sociedad en Comandita Simple
4.- Forma Forma Externa Externa.. El contrato debe constar por escrito, debe estar de acuerdo por la Ley General de Sociedades Mercantiles, debe protocolizarse, deben tener autorización de un juez de primera instanci instancia a y de la Secretaría Secretaría de Economía, Economía, debe est estar ar vigilado vigilado por la Comisión Comisión Nacional Nacional de Vigilancia Vigilancia Extranjera Extranjera y debe estar estar inscrito inscrito en el Registro Registro Público Público de Comercio y en el Reg Registro istro Público Público Federal del Come Comercio rcio Nacional. Nacional.
IV.
Denominaciones
Contrato social Escritura Social Contrato Constitutivo Escritura Constitutiva
V.
Investigación
Capacidad de Goce.
Capacidad de Ejercicio. Es la aptitud de una persona física o moral para poder contraer derechos y obligaciones, así como también ejercitar sus derechos compareciendo en un juicio por propio derecho. En ese sentido la capacidad de ejercicio es la “capacidad de ejercer” directamente sus derechos, por lo que puede celebrar en nombre propio o en representación de alguien más: actos jurídicos, contraer obligaciones y ejercer acciones legales en Tribunales.
Elementos del contrato de acuerdo al derecho civil. Elementos Esenciales. Son aquellos sin los cuales el contrato no tiene valor, o degenera en otro diferente. Estos son: son: la capacidad, capacidad, el consent consentimien imiento, to, el objeto objeto y la causa. En algu algunos nos ordenamientos jurídicos y para algunos contratos puede exigirse como validez también la forma. -
Capacidad: se subdivide en capacidad de goce (la aptitud jurídica para ser titular de derechos subjetivos) y capacidad de ejercicio (aptitud jurídica para ejercer
Elementos Naturales. Son aquellos que entienden incorporados en el contrato, pero que son las partes pueden libremente libremente eliminar eliminar del mismo, sin que este deje de ser válido. válido.
Elementos Accidentales. Son aquellos aquellos que las partes partes establ establecen ecen por clausulas clausulas especial especiales, es, que no sean sean contrarias contrarias a la ley, la moral, las buenas costumbres costumbres o el orden públi público. co. Por ejemplo, el plazo, la condición, el modo, la solidaridad, la indivisibilidad, la representación, etc. En conformidad con la libertad de la voluntad, los contratantes pueden establecer los pactos, clausulas clausulas y condiciones condiciones que tengan por conveniente convenientes, s, siempre que no sean contrarios a la ley, la moral, las buenas costumbres o el orden público.
Funciones del fedatario. La responsabilidad institucional confiada del corredor público es garantizar la seguridad y certeza jurídica con su actuación, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia competen cia federal, brindando con ello un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto
entre proveedores y consumidores, brindando solución a los conflictos comerciales mediante un proceso rápido, económico y equitativo. •
Fedatario público: Actúa como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.
Asimismo, actúa como fedatario en la constitución cons titución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, incluso aquellos en los que se haga constar co nstar la representación orgánica.
Funciones de la Secretaría de Economía. Tal y como se ha fijado en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 34 le corresponde el despacho de las siguientes funciones: •
Formular, conducir, regular y controlar las políticas generales de industria, comercio exterior e interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes
•
Establecer y vigilar las normas de calidad, pesas y medidas necesarias para la actividad actividad comercial; comercial; así como las normas y especificacione especificacioness industriales, industriales, entre entre otras funciones.
•
Establece presupuesto a las demás secretarias del gobierno federal
Funciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores. •
Dirigir el servicio exterior en sus aspectos cotidiano en , la tareas diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes del mismo servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; impartir protección a los mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial y las demás funciones federales que señalan las leyes, y adquirir, administrar y conservar las propiedades de la Nación en el extranjero.
•
Coadyuvar a la promoción comercial y turística del país a través través de sus embajadas y consulados.
•
Capacitar a los miembros del Servicio Exterior Mexicano en las áreas comercial y turística, para que puedan cumplir con las responsabilidades derivadas de lo
•
Intervenir en todas las cuestiones relacionadas con nacionalidad y naturalización.
•
Guardar y usar el Gran Sello de la Nación.
•
Coleccionar los autógrafos de toda clase de documentos diplomáticos.
•
Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República.
•
Intervenir, por conducto del Procurador General de la República, en la extradición conforme a la ley o tratados, y en los exhortos internacionales o cartas rogatorias para hacerlos llegar a su destino, previo examen de que llenen los requisitos de forma para su diligenciación y de su procedencia o improcedencia, para hacerlo del conocimiento de las autoridades judiciales competentes.
•
Los demás que le atribuyen expresamente las leyes y reglamentos.
Bibliografía •
Ley Federal de Correduría Pública
•
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
•
http://www.gob.mx/sre/que-hacemos
•
Ruiz Vadillo, E.: Derecho civil. Introducción al estudio teórico-práctico. Ed.
Capitulo IV Estudio Estudio del proceso constitutivo constitutivo de la sociedad mercantil. mercantil. Nombre con el que se le conoce al proceso de constitución de una sociedad mercantil. a) Proce Proceso so const constititut utiv ivoo b) Proce Proceso so de gest gestac ació iónn c) Proce Proceso so de cons constititu tuci ción ón
Pasos a seguir en el proceso de constitución: 1. Proy Proyec ecto to de cont contrat ratoo soci social al.. 2. Solicitar Solicitar permiso permiso a la Secretaría Secretaría de Economía, Economía, este permiso se se realiza realiza con la finalidad de que dicha secretaría controle los siguientes puntos: a) Co Cont ntrol rol de de extran extranje jeros ros b) No Nombr mbree de la soci socied edad ad c) Acti Activi vida dadd soci social al d) Ca Capi pita tall soc socia iall e) Do Domi mici cillio
d) Cap Capaci acidad dad de goce goce y ejerci ejercicio cio a) Nombre: Es Es propio y exclusi exclusivo vo de la sociedad sociedad mercantil, mercantil, es decir, decir, no existen existen do doss sociedades mercantiles con el mismo nombre; reviste las siguientes modalidades el nombre se clasifica para la sociedad mercantil, en razón y denominación social. Razón social se forma por: •
Nombre de persona.
•
Nombre de todos los socios.
•
Nombre de uno o dos socios más la palabra compañía.
•
Nombre del socio y si murió, la palabra sucesores.
Ejemplo: “Luis Sabal, S.N.C.” “Arellano y Compañía S de R.L.” La Denominación social se forma por el nombre de:
Investigación. Proceso Constitutivo de la sociedad cooperativa. De la constitución y registro Artículo 11.- En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente: I.- Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones; II.- Serán de capita capitall variable; variable; III.- Habrá igualdad igualdad esencial en derechos derechos y obligaciones obligaciones de sus socios e iguald igualdad ad de condiciones para las mujeres; IV.- Tendrán duración duración in indefini definida, da, y V. Se integrarán con un mínimo de cinco Socios, con excepción de aquellas a que se refiere el Artículo 33 Bis de esta Ley.
Artículo 16.- Las bases constitutivas de las sociedades cooperativas contendrán: I.- Denominación Denominación y domicilio domicilio social; social; II.- Objeto social, expresando concretamente cada una de las actividades a desarrollar; III.- Los regímenes de responsabilidad limitada o suplementada de sus socios, debiendo expresar en su denominación el régimen adoptado; IV.- Forma de constitu constituir ir o incrementar incrementar el capit capital al soc social, ial, expresión expresión del valor de los certificados de aportación, forma de pago y devolución de su valor, así como la valuación de los bienes y derechos en caso de que se aporten; V.- Requisitos y procedimiento para la admisión, exclusión y separación voluntaria voluntaria de los socios; VI.- Forma de constituir constituir los los fondos sociales, sociales, su monto, monto, su objeto objeto y reglas para su aplicación; VII.- Áreas de trabajo trabajo que vvayan ayan a crearse y reglas para su funciona funcionamiento miento y en particular de la de educación cooperativa en los términos del artículo 47 de esta esta Ley;
XIII.- Las demás disposiciones disposiciones necesarias para el buen funcionamiento de la sociedad cooperativa siempre que no se opongan a lo establecido en esta ley. Las cláusulas de las bases constitutivas que no se apeguen a lo dispuesto por po r esta ley, serán nulas de pleno derecho para todos los efectos legales correspondientes.
Diferencia entre persona física, moral y sociedad mercantil. Una persona física es todo miembro de la especie humana h umana con la posibilidad de adquirir adqui rir derechos y contraer obligaciones. Mientras que una persona moral, es un conjunto de personas físicas que se unen con un fin específico, por ejemplo, formar una sociedad o una empresa. •
Las personas físicas físicas se individual individualizan izan por su nombre y las personas morales se distinguen por una razón social. La razón social puede hacer referencia a la actividad que desarrolla la sociedad o ser un nombre inventado.
•
Las personas morales no tienen cuerpo material que se pueda tocar.
Las personas físicas físicas pueden pueden tener más de una nacion nacionalidad alidad.. Las personas morales y las sociedades sociedades tie tienen nen en común un co contrato ntrato social, social, sin sin embargo, las sociedades mercantiles son un rubro de las personas morales, ya que las clasificaciones de las personas morales son: •
Civiles
•
Mercantiles
•
Sociales
•
Publicas
Bibliografía. •
Ley general de sociedades cooperativas.
•
Lee Hidalgo, José (2006). Contabilidad de Sociedades. Vigésima Edición. México: Ediciones ECA, S.A. De C.V.
Capítulo V Estudio de los diversos conceptos de capital. Existen diversos conceptos de capital siendo siendo los principales: 1. Cap Capitital al soli solici cita tado do 2. Cap Capitital al au auto tori riza zado do 3. Cap Capitital al nnoo auto autori riza zado do 4. Ca Capi pita tall emi emititido do 5. Cap Capitital al no emi emititido do 6. Ca Capi pita tall susc suscri rito to 7. Cap Capitital al no sus suscr crititoo 8. Ca Capi pita tall exhi exhibi bido do 9. Cap Capitital al no exhi exhibi bido do
1. Capital solicitado: es el que está inscrito en la solicitud so licitud que se envía a la Secretaría de Economía con la finalidad de que dicha secretaría tenga conocimiento, mas no
4. Capital emitido: Es aquel que consta en la escritura constitutiva y se controla con las siguientes cuentas:
Emisión de partes sociales
Partes sociales emitidas
X4
X4
5. Capital no emitido : Es igual al capital autorizado menos el capital emitido. Capital Autorizado Autorizado – Capital Capital Emitido Emitido = Capital Capital No Emitido Emitido X5 = Capital 6. Capital suscrito: Aquel por el cual se obligan los socios según la escritura e scritura social a aportar dinero o especie.
Socios cuenta aportación
X6 Partes sociales sociales emitidas emitidas
X6a
Capital Social
X6 Partes sociales en circulación
X6a
Norma de Información Financiera, C-11, Capital Contable. Alcance: Las disposiciones de esta NIF son aplicables a las entidades lucrativas que emiten estados financieros en los términos establecidos A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros. La distinción entre un instrumento financiero de capital y uno de pasivo es compleja y en esta norma se indica únicamente el principio básico a seguir. La normativa específica de cómo distinguir un instrumento financiero de capital y uno de pasivo, o los componentes de capital y de pasivo en un mismo instrumento financiero se tratan en la NIF C-12, instrumentos financieros con característica de pasivo y de capital. La NIF C-11 no incluye los siguientes temas: a) Los pago pagoss basados basados en acciones acciones que sse e tratan tratan en la NIF D-8, Pagos Pagos bas basados ados en acciones; b) Los efectos efectos de la iinflac nflación ión en el ca capital pital contabl contable e que se tratan tratan en la N NIF IF B-10, Efectos de la inflación; y c) La presentaci presentación ón en los cambios de los los rubros rubros de capita capitall contable contable que se se tratan tratan en la NIF B-4, Estado de cambios en el capital contable. El reconocimiento del patrimonio en las entidades con propósitos no lucrativos no se encuent encuentra ra comprendido comprendido dentro del alcance alcance de esta NIF; NIF; este se trata en la NIF B-16, B-16, Estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos. Esta NIF utiliza utiliza terminología que es propia para sociedades anónimas y similares. similares. Las
d) Otros Otros res resul ulta tado doss integ integral rales es (ORI (ORI)) – son son ingr ingres esos, os, cos costo toss y gasto gastos, s, qu que, e, si bie bienn ya están devengados, están pendientes de realización, pero a demás: a. Su real realiz izac ació iónn se prevé prevé a medi median anoo o a la larg rgoo pl plaz azo, o, y b. Es probab probable le que que su imp import ortee varíe varíe debi debido do a cambi cambios os en el valor valor razonab razonable le de los activos o pasivos que les dieron origen, motivo por el cual podrían incluso incluso no realiz realizarse arse en una parte o en su su totalidad. totalidad. e) Propiet Propietari arioo o inve inversi rsioni onista sta – es toda toda persona persona que partici participa pa cont contrac ractua tuall o no contractualmente en los beneficios y riesgos económicos de los activos netos de una entidad; f) Reserv Reservas as de capita capitall – represe representa ntann una segrega segregació ciónn de las utili utilidad dades es acumul acumulada adass de la entid entidad, ad, con fines fines específicos específicos y creadas creadas por decisiones decisiones de sus propietarios propietarios y-o requerimientos legales; g) Result Resultado ado integ integral ral – es el incre increment mento o o decremen decremento to del del capita capitall ganado ganado de una una entidad lucrativa, derivado de su operación, durante un periodo contable, originado originado por la utilidad utilidad o pérdida neta, neta, más los otros resultado resultadoss integrales; integrales; h) Split Split y Split Split inver inverso so – es el aume aumento nto (Split) (Split) o la dismi disminuci nución ón (Spli (Splitt inver inverso) so) en en el número de acciones en circulación que no modifican el monto del capital capital social de la entidad y no representan cambio en la participación proporcional de los propietarios propietarios en el el capit capital al contabl contablee ni en el valor de inversi inversión; ón; i) Util Utilid idad ades es o pér pérdi dida dass acum acumul ulad adas as – se inte integr gran an por por el mo mont ntoo net netoo de de las las utilidades utilidades o pérdidas pérdidas netas, que aún no han han sido sido distribuidas distribuidas por los los propiet propietarios arios o resarcidas resarcidas por los los resultados resultados de las op operacio eraciones nes respectivam respectivamente; ente; j) Utilidad o pérdida neta – la utilidad neta es el valor residual de los ingresos de una entidad lucrativa, después de haber disminuido sus gastos y costos relativos desconocidos en el estado de resultado integral, durante un periodo contable,
a) De sus susta tanci nciaa eco econó nómic micaa – cuya cuya valu valuac ació iónn se se enf enfoc ocaa pri princi ncipal palmen mente te en establecer si el instrumento financiero financiero de su capital, basándose en que el tenedor del mismo este expuesto a los riesgos y tiene derecho a los beneficios económicas de la entidad, en el instrumento financiero de capital esté subordinado en pago a cualquier otro instrumento y en que no tenga monto y fecha fija de redención. Esta base de clasificación en cuanto a sustancia económica, se describe en la sección 41 de la NIF C-12, Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital. b) De aspecto aspectoss legales legales y contra contractu ctuale aless – est estos os inc incide idenn también también en en su cla clasifi sificaci cación ón tales como los que definen las diferencias entre relación y amortización de acciones. Al evaluar estos aspectos legales y contractuales debe considerarse también su sustancia económica y no solo su forma. De acuerdo con su origen, el capital contable se clasifica en capital contribuido y en capital ganado. En las acciones subsiguientes de esta norma se explican las características de varios aspectos del capital contable, las cuales son las necesarias para entender su clasificación y, en consecuencia, su valuación.
Capital contribuido Características generales El capital contribuido lo integran las aportaciones de los propietarios recibidas por la entidad y el monto de otros instrumentos financieros emitidos por la entidad que califican como capital. En el capital contribuido se integran también las aportaciones para futuros aumentos de capital, las primas en emisión de acciones y otros instrumentos financieros que por su sustancia económica califican como capital.
Capital social Los instrumentos instrumentos financier financieros os de capita capitall que integran el capital capital social social pueden ser dependiendo del tipo de sociedad emisora, acciones, partes sociales o títulos equivalentes. Estos instrumentos pueden ser de varias clases: Ordinarios, preferentes, con voto limitado, con o sin expresión de valor nominal, con dividendos mínimos acumulativos, al portador, nominativos, etc. El importe recibido por la entidad por las acciones escritas y pagados representa el capital social. No todas las acciones tienen expresados un valor nominal; no obstante, obstant e, todas tienen tienen un valor nominal intrínseco intrínseco,, resultante resultante de dividir dividir el capital social entre el número de acciones suscritas y pagadas. Cuando los propietarios no pagan totalmente el importe de las acciones escritas, el importe no pagado debe restarse del capital social suscrito para representar el capital social pagado. No debe reconocerse el importe no pagado de las acciones suscritas como una cuenta por cobrar a los propietarios de la entidad, aun cuando esté amparada por títulos de crédito. Una acción ordinaria común es un instrumento financiero de capital que está subordinado a todas las otras clases de acciones en cuanto a su derecho de recibir dividendos o su rembolso. Las acciones ordinarias participan en las utilidades solo después de que han participado todos los otros tipos tipos de instrumentos de capital. Es posible que una entidad tenga más de una clase de acciones ordinarias. Las acciones de la misma clase tienen los mismos derechos de recibir dividendos o de
d) Como no tie tienen nen carácter carácter rembolsable, rembolsable, deben que quedar dar reconocidas reconocidas en la mo moneda neda funcional de la entidad funcional. En caso de que exista aportaciones para futuros aumentos de capital por un acuerdo de pagos en acciones para la compra de bienes y servicios, dicho incremento calificara como capital si el número de las acciones a entregarse es fijo, a cambio de un bien o servicio predeterminado por un monto fijo en moneda funcional.
Acciones preferentes Las acciones preferentes normalmente limitan el derecho a voto de sus tenedores, pero, a cambio, podrán tener derechos preferentes para la recepción de dividendos y, solo en caso de liquidación liquidación de la la entida entidad d emisora, emisora, deben rembolsars rembolsarsee antes que los los instrumentos de capital ordinarios. En ocasiones, estas acciones pueden estipular un derecho a dividendos acumulativos a pagar en cuanto existan a pagar utilidades, en las circunstancias anteriores las acciones preferentes califican como capital. Una acción que establezca un rendimiento fijo, aun cuando no existan utilidades, no debe reconocerse como parte del capital, sino como un pasivo. Por ejemplo, si se establece el dividendo predeterminado aun cuando no existen utilidades.
Prima en emisión de acciones y otras primas Es práctica común que al efectuarse colocaciones de acciones las entidades emisoras reciban importes que exceden a los valores nominales de esas acciones, los cuales deben reconocerse en un rubro determinado prima en emisión de acciones o en prima en suscripción de acciones. Quienes efectúan esos pagos no tienen derecho preferencial sobre ese capital adicional, ya que todos los propietarios participan de ese
Cuando se trata trata de estos estos estados financieros consolidados el importe importe total del capital contable debe presentarse segregando en e n el estado de situación financiera los importes que corresponden a la participación controladora y en la participación no controladora de acuerdo con lo establecido en la NIF B-8, estados financieros consolidados o combinados. Por lo anterior, la participación no controladora en subsidiarias, es un rubro integrante del capital contable. Generalmente ese se presenta en un solo renglón, a continuación, desglose del capital que corresponde a la participación controladora. Las aportaciones para futuros aumentos del capital, las primas, el componente de capital de las obligaciones convertibles en acciones y otros instrumentos financieros que en sustancia económica son de capital, que cumplan con los requisitos para considerarse como capital contable, deben presentarse en un rubro de capital contribuido por separado del capital social. Las partidas que integran el capital ganado deben segregarse de acuerdo a su naturaleza, presentado por separado las utilidades acumuladas, las utilidades asignadas a reservas y a los otros resultados integrales acumulados. Una entidad que no tenga su capital integrado por acciones, como puede ser una asociación en participación o un fideicomiso, debe presentar equivalente a la que se requieren.
Aspecto contable. Ejercicio 1. A. La sociedad denominada “David de Miguel Ángel S. de R.L.” envía solicitud a la Secretaría de Economía donde le da a conocer que tiene un capital de $1,000, $1,000,000.00 000.00 pesos. B. Se recibe el oficio oficio #4040 de dicha dicha secretaría secretaría donde donde le menciona menciona que tie tiene ne conocimientos de su capital que es de $800,000.00 pesos. C. De acue acuerdo rdo con la escritur escrituraa constituti constitutiva va la sociedad sociedad tiene un capital capital emitido emitido de $500,000.00 pesos. D. De acuerdo al al contrato social social los socios socios suscriben suscriben $400,000. $400,000.00 00 pesos. E. Los socios socios exhiben exhiben $300, $300,000.00 000.00 pesos de la la siguiente siguiente forma: forma: 15% en crédito mercantil 35% en maquinaria y equipo 20% en mercadería 30% en efectivo F. Se le paga al notario notario público público se según gún chequ cheque e 01 por $2,0 $2,000.00 00.00 pesos al Li Lic. c. Rafael Rafael Moreno Valle Peña Nieto, por constitución o gestación de la sociedad. • • • •
Se pide: Información financiera.
DAVID DE MIGUEL ANGEL S. de R.L. Concepto 1 Capi tal sol i ci tado Capi tal pe ndi ente de autori zar *Por solicitud a la Secretaría de Economía 2 Capi tal pe ndi ente de autori zar Capi tal soli ci tado *Según oficio #4040 3 Emi si ón de parte s soci al e s Parte s soci al e s e miti das *Por capital emitido 4 Soci os cue nta aportaci ón Capi tal social *Por capital capital suscrito 4a Parte s soci al e s e mi ti das
$ 1,000,000.00 $ 1,000,000.00
800,000.00 800,000.00
500,000.00 500,000.00
400,000.00 400,000.00
400,000.00
David de Miguel Angel, S.R.L. REGISTRO EN ESQUEMAS DE MAYOR EJERCICIO 2017 Bancos 90, 90,000. 000.00 00
5)
$
9 0 , 0 0 0 .0 0 88,000.00
$
$
4 0 0 , 0 0 0 .0 0 $ 100,000.00
6 0 , 0 0 0 .0 0 6 0 , 0 0 0 .0 0
0 .0 0
1 0 5 , 0 0 0 .0 0 $ 1 0 5 ,0 0 0 .0 0
$
300,000. 300,000.00 00 (5
3 0 0 , 0 0 0 .0 0
0 .0 0
400,000.00 (4
2 , 0 0 0 .0 0 2 , 0 0 0 .0 0
0 .0 0
Capital solicitado 1 ) 1,000, 1,000,000. 000.00 00
1 , 0 0 0 ,0 0 0 .0 0 $ 2 0 0 , 0 0 0 .0 0
0 .0 0
4 0 0 , 0 0 0 .0 0 $ 4 0 0 ,0 0 0 .0 0
Capital pendiente de autorizar
800,000. 800,000.00 00 (2
8 0 0 , 0 0 0 .0 0
Partes so sociales em emitidas
0 .0 0
0 .0 0
Capital social
2,000.00
0 .0 0
Emisión de pa partes so sociales
0 .0 0
5) 105,000.00
Gastos de constitución 6)
Socios cuenta aportación 4) 400,000. 400,000.00 00
Maquinaria y equipo
5 ) 60,000.00
2 , 0 0 0 .0 0
45,000.00
4 5 , 0 0 0 .0 0 45,000.00
1
Almacén 2,00 2,000. 0.00 00 (6
Credito Mercantil 5)
HOJA N°
0 .0 0
2)
800,000.00 1,000,000.00 1,000,000.00 (1
8 0 0 , 0 0 0 .0 0
1 , 0 0 0 , 0 0 0 .0 0 $ 2 0 0 ,0 0 0 .0 0
Partes so sociales en en ci circulación
0 .0 0
0 .0 0
DAVID DE MIGUEL ANGEL S. de R.L. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017 CONCEPTO ACTIVO CORTO PLAZO Efectivo y equivalentes de efectivo Ba nc os
Almacén Almacén TOTAL ACTIVO CIRCULANTE
$ 88,000.00
60,000.00
$ 148,000.00
LARGO PLAZO Propiedad planta y equipo Ma qui na r i a y equi po
$105,000.00
Intangibles Ga s tos de c ons ti tuc i ón
2,000.00
Cr edi to Mer c a nti l
45,000.00
TOTAL ACTIVO NO CIRCULANTE CIRCULANTE
TOTAL ACTIVO
CAPITAL CONTABLE CAPITAL CONTRIBUIDO
$ 152,000.00 $ 300,000.00
DAVID DE MIGUEL ANGEL S. de R.L. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017
CONCEPTO
CONCEPTO
ACTIVO
CAPITAL CONTABLE
CORTO PLAZO
CAPITAL CONTRIBUIDO
Ba ncos
$
88,000.00
Al ma cén
Capi tal Soci al
60,000.00
TOTAL ACTIVO CIRCULANTE
$
Soci os cuenta a porta ci ón
400,000.00 -100,000.00
$ 148,000.00 Capi tal Exhi bi do
300,000.00
LARGO PLAZO Ma qui nari a y equi po
105000.00
Gas tos de cons ti tuci ón
$ 2,000.00
Credi to Mercanti l
$ 45,000.00
47,000.00
TOTAL ACTIVO NO CIRCULANTE
$ 152,000.00
TOTAL ACTIVO
$ 300,000.00 TOTAL CAPITAL
$ 300,000.00
Contador General
Representante Legal
___________ _________________ ____________ ________ __
____________ __________________ ____________ ________ __
CP. Jacqueline Ponce Amigón
Sr. Yafith Herrera Waldhess
DAVID DE MIGUEL ANGEL S. de R.L. Estado de diversos conceptos de capital al 31 de Diciembre del 2017 Concepto $ 1,000,000.00 Capital solicitado -800,000.00 menos Capital Capital autorizado autorizado $ 200,000.00 Capital no autorizado Capital autorizado menos Capital emitido Capital no emitido
800,000.00 -500,000.00
Capital Emitido menos Capital suscrito Capital no suscrito
500,000.00 -400,000.00
Capital suscrito menos Capital exhibido Capital no exhibido
400,000.00 -300,000.00
$
300,000.00
$
100,000.00
$
100,000.00
Ejercicio 2. 1. La sociedad sociedad de denominad nominada a “GIL SHAHAM S. de R.L.” envía solicitud solicitud a la Secretarí Secretaríaa de Economía donde le da a conocer que tiene un capital de $5,000,000.00 pesos. 2. Se recib recibee el ofic oficio io #1698 #1698 de dicha dicha secre secretar taría ía donde donde le le mencion mencionaa que tien tienee conocimientos de su capital que es de $4,500,000.00 pesos. 3. De acuerdo acuerdo con la la escritur escrituraa constitut constitutiva iva la sociedad sociedad tiene tiene un capita capitall emitido emitido de $4,300,000.00 pesos. 4. De acuerdo acuerdo al cont contrato rato social social los socios socios suscriben suscriben $4,000,000. $4,000,000.00 00 pesos pesos.. 5. Los socios socios exhi exhiben ben $3, $3,900,000 900,000.00 .00 pesos pesos de la la sigui siguiente ente forma: forma: 26% en maquinaria maquinaria y equipo 9% en mobiliario y equipo 4% en equipo de computo 8% en equipo de oficina 14% en terrenos 16% en mercancía 10% en equipo de transporte 13% en efectivo 6. Se le pag pagaa al notar notario io púb públic licoo según según cheque cheque 01 por por $2,700. $2,700.00 00 pesos pesos a la Lic Lic.. Mariela Mariela Anahí Hernández Díaz por constitución o gestación de la sociedad. • • • • • • • •
Se pide:
GIL SHAHAM S. de R.L. Concepto 1 Capi tal sol i citado Capi tal pe ndie nte de autorizar *Por solicitud a la Secretaría de Economía 2 Capi tal pe ndi e nte de autori zar Capi tal sol i ci tado *Según oficio #1698 3 Emi si ón de parte s soci al e s Parte s soci al e s e mi ti das *Por capital emitido 4 Socios cue nta aportaci ón Capi tal soci al *Por capital suscrito 4a Partes soci ale s e mi ti das Partes soci ale s e n circul aci ón
$ 5,000,000.00 $ 5,000,000.00
4,500,000.00 4,500,000.00
4,300,000.00 4,300,000.00
4,000,000.00 4,000,000.00
4,000,000.00 4,000,000.00
GIL SHAHAM, S.R.L. REGISTRO EN ESQUEMAS DE MAYOR EJERCICIO 2017 2017 Bancos 5)
507 ,000.00
5 0 7, 0 00 .0 0 $ 504,300.00
5)
2 ,7 0 0 .0 0
6 24 , 00 0 .0 0 $ 6 2 4 ,0 0 0. 0 0
5)
0 .0 0
Equipo de transporte
3 9 0, 0 00 .0 0
0 .0 0
1 ,0 1 4 ,0 0 0. 00 $ 1, 0 14 , 00 0 .0 0
0 .0 0
0 .0 0
3 5 1 ,0 0 0. 0 0
5 46 , 00 0 .0 0
0 . 00
$ 3 5 1, 00 0 .0 0
Gastos de constitución
546,000.00
$ 5 4 6 ,0 0 0. 0 0
351,000.00
5)
Terrenos 5)
0 . 00
Mobiliario y equipo
$ 1 5 6 ,0 0 0. 0 0
390,000.00
$ 390,000.00
5) 1,014,000.00
156,000.00
1 56 , 00 0 .0 0
$ 312,000.00
5)
Maquinaria y equipo
624,000.00
Equipo de cómputo
312,000.00
3 1 2, 0 00 .0 0
1
Almacén 2 ,700.00 (6
Equipo de oficina 5)
HOJA N°
2,700.00
6)
0 .0 0
2 ,7 0 0 .0 0 $
2, 7 00 . 00
0 . 00
GIL SHAHAM S. de R.L. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017 CONCEPTO ACTIVO CORTO PLAZO Ba ncos
$ 504,300.00
Al ma cén TOTAL ACTIVO CIRCULANTE
62 4,0 00.00
1,128,300.00
LARGO PLAZO Ma qui na r i a y equi po
1 ,01 4,0 00.0 0
Mobi l i a ri o y equi po
35 1,0 00.00
Equi po de ofi ci na
31 2,0 00.00
Equi po de computo
15 6,0 00.00
Equi po de tra ns porte
39 0,0 00.00
Terrenos
54 6,0 00.00
Ga s tos de cons ti tuc i ón
2,700.00
TOTAL ACTIVO NO CIRCULANTE
TOTAL ACTIVO
CAPITALCONTABLE CAPITAL CONTRI CON TRIBUI BUIDO DO
2,771,700.00 $ 3,900,000.00
GIL SHAHAM, S. de R.L. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017 CONCEPTO
CONCEPTO
ACTIVO
CAPITAL CONTABLE
CORTO PL AZO
CAPITAL CON TRIBUIDO
Ba ncos
$ 504,300.00
Al ma cén
Ca pi ta l Soci a l
624,000.00
TOTAL ACTIVO CORTO PLAZO
$ 4,000,000.00
Soci os cuenta a porta ci ón $ 1,128,300.00
-100,000.00
Ca pi ta l Exhi bi do
3,900,000.00
LARGO PLAZO Ma qui na r i a y equi po
1,014,000.00
Mobi l i a r i o y equi po Equi po de Ofi ci na
351,000.00 312,000.00
Equi po de Cómputo
156,000.00
Equi po de tra ns por te Terr enos
390,000.00 546,000.00
Ga s tos cons ti tuci ona l es TOTAL ACTIVO LARGO PLAZO TOTAL ACTIVO
2,700.00
$ 2,771,700.00
$ 3,900,000.00 TOTAL CAPITAL
Contador General
Representante Legal
___________ _________________ ____________ ________ __
____________ __________________ ____________ ________ __
CP. Jacqueline Ponce Amigón
Sr. Yafith Herrera Waldhess
$ 3,900,000.00
GIL SHAHAM S. de R.L. Estado de diversos conceptos de capital al 31 de Diciembre del 2017 Concepto $ 5,000,000.00 Capital solicitado -4,500,000.00 menos Capital autorizado $ 500,000.00 Capital Capital no autorizado autorizado Capital autorizado menos Capital emitido Capital no emitido
4,500,000.00 -4,300,000.00
Capital Emitido menos Capital Capital suscrito suscrito Capital no suscrito
4,300,000.00 -4,000,000.00
Capital suscrito menos Capital exhibido Capital no exhibido
4,000,000.00 -3,900,000.00
$
200,000.00
$
300,000.00
$
100,000.00
Ejercicio 3. 1. La socie sociedad dad deno denomin minada ada “MARI “MARIA A CALLAS CALLAS S. ddee R.L.” R.L.” enví envíaa solici solicitud tud a la Secretaría de Economía donde le da a conocer que tiene un capital de $1,356,000.00 pesos. 2. Se recib recibee el oficio oficio #98 de dicha dicha secre secretar taría ía donde donde le le mencio menciona na que que tiene tiene conocimientos de su capital que es de $1,000,000.00 pesos. 3. De acuerdo acuerdo con la la escritur escrituraa constitut constitutiva iva la sociedad sociedad tiene tiene un capita capitall emitido emitido de $900,000.00 pesos. 4. De acuerdo acuerdo al contra contrato to social social los socios socios suscr suscribe ibenn 700,000.0 700,000.000 pesos. pesos. 5. Los socios socios exhi exhiben ben $600, $600,000.0 000.000 pesos de la siguie siguiente nte forma: forma: 35% en mercancía 15% en patent patentes es y marcas 25% en efectivo 25% en mobiliario y equipo 6. Se le paga paga al al notari notarioo púb públic licoo según según cheque cheque 08 08 por $1,87 $1,875.00 5.00 peso pesoss a la Li Lic. c. Carlos Carlos Emmanuel Saavedra Saavedra Juárez por constitució constituciónn o gestac gestación ión de la la sociedad. sociedad. • • • •
Se pide: Información financiera.