FUNCIÓ N PÚBLICA DERECHO ADMINISTRATIVO I
DERECHO V – “A”
“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
“FUNCIÓN PÚBLICA” INTEGRANTES
:
Campos Garca! Mar"a V"c#or"a Da$ P"%&'o! G("'o T&)*+o L(&ra Ocampo! Rosa ,"a%&++M&%&s&s A+"a.a! A+&/a%'ra S0%c1&$ R&%."2o! F&r%a%'o Ta+a3&ra%o Ta+a3&ra%o L)p&$! L)p&$! N&+" Grac"&+a Grac"&+a
AULA
: D&r&c1o V4A
CURSO
: D&r&c1o A'm"%"s#ra#"3o I
DOCENTE
: Dr5 Vc#or T&''- L)p&$ Pa%a"2o
“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
“FUNCIÓN PÚBLICA” INTEGRANTES
:
Campos Garca! Mar"a V"c#or"a Da$ P"%&'o! G("'o T&)*+o L(&ra Ocampo! Rosa ,"a%&++M&%&s&s A+"a.a! A+&/a%'ra S0%c1&$ R&%."2o! F&r%a%'o Ta+a3&ra%o Ta+a3&ra%o L)p&$! L)p&$! N&+" Grac"&+a Grac"&+a
AULA
: D&r&c1o V4A
CURSO
: D&r&c1o A'm"%"s#ra#"3o I
DOCENTE
: Dr5 Vc#or T&''- L)p&$ Pa%a"2o
PUCALLPA – PERÚ 2015
DEDICATORIA: A nuestros nuestros padres por por su apoyo incondicional incondicional
INDICE:
INTRODUCCIÓN
6
CAPÍTULO CAPÍTULO I: DE LA FUNCION PUBLICA
7575ANTECEDENTES HISTÓRICOS 7585DEFINICION 758575 DIFERENCIA CON LA FUNCION ADMINISTRA ADMINISTRATIV TIVA A 7595IMPORTANCIA 75:5FINES 7565ESTRUCTURA CAPÍTULO CAPÍTULO II: DE LOS AGENTES PUBLICOS DE LA ADINISTRACION ADINISTRACION
8575DEFINICION DE EMPLEADO PU;LICO PU;LICO 8585PRINCIPIOS! DE;ERES Y PROHI;ICIONES PROHI;ICIONES 8595FUNCIONARIO P<;LICO 85:5SERVIDOR P<;LICO CAPÍ CAPÍTU TUL LO III: III: RELACI RELACION ON !URÍDI !URÍDICA CA ENTRE ENTRE LOS AGENT AGENTES ES ESTADO 575 575 RELA RELACI CION ON ,UR ,UR=D =DIC ICA A
95757 CARRERA ADMINISTRA ADMINIS TRATIVA TIVA 9595 ORGANISMOS >UE SE ENCARGAN DEL ROL DE CONTROL DE FUNCIONARIOS PU;LICOS 95:5 RESPONSA;ILIDAD DE LA FUNCION P<;LICA
CONCLUSIÓN RECOMENDACIONES ;I;LIOGRAF=A ANE?OS A47 A48 A49 A4: A46 A4@
Y EL
A4 A4B A4
INTRODUCCIÓN
La sociedad en su continua lucha por alcanzar la justicia se ha empeñado en desarrollar los conceptos democráticos de justicia, igualdad y libertad, dando muestras de su dignidad individual que la caracteriza por encima de todas las especies yendo a la par con el proceso evolutivo en todas sus formas. A raíz de aquellos conceptos democráticos el ser humano ha creado en su entorno social sistemas que le permitan alcanzar sus ideales constituyndose en epicentro de la actividad social. !e tal forma podemos entender c"mo esos ideales sociales encajan en el desarrollo de los sistemas democráticos, donde la dignidad humana habla en lenguaje de mritos, moralidad, transparencia, igualdad, abriendo paso a la constituci"n de un engranaje #statal basado en principios que acogen el inters general y por ende el $ienestar social. %ist"ricamente podemos ver, c"mo el ser humano entabla relaciones en beneficio del inters general encuadrando sus actividades sociales en una funci"n abarca un espacio más amplio &La 'aci"n&. #n aras de cimentar ese sentimiento, organiza lo que denominamos #stado y establece unos parámetros bajo los cuales ste debe funcionar, que es lo que denominamos "Función Pública" y tambin c"mo provee al #stado de instrumentos y herramientas necesarias para su funcionamiento constituyendo lo que denominamos &(atrimonio ()blico& riqueza de todos.
CAPÍTULO I: DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
1.1 ANTECEDENTE !ITÓRICO
Los cambios en la organizaci"n del trabajo producto de la llamada revoluci"n industrial
favorecieron
que paulatinamente se desarrollara
una serie de
conocimiento acumulado acerca de c"mo resolver los diferentes problemas que se presentan en la administraci"n. !e la misma manera poco a poco aparecieron una serie de profesionales en la organizaci"n de la empresa. A mediados del siglo ** era ya com)n observar que los dueños de los medios de producci"n no necesariamente eran los administradores o gerentes. Las lecciones aprendidas en la historia de la humanidad y sobre todo a partir de finales de +-- fueron integradas en un marco de referencia l"gico a partir de que aylor propone el estudio de la administraci"n científica a principios del /iglo **. /i bien ya en la 0glesia cat"lica y en la organizaci"n militar se habían realizado esfuerzos en dicho sentido como la redacci"n de manuales sobre la direcci"n de la guerra. Los diversos enfoques que
se desarrollaron durante todo el siglo
pasado
pusieron un nfasis cambiante en la tarea, en la estructura, en las personas, en la tecnología, en el ambiente y en la estructura. odos ellos sin embargo han tenido implicaciones prácticas en la administraci"n. Aunque las diferentes concepciones que se han desarrollado sobre la manera de diseñar los ambientes organizacionales incluyen
una forma de comprender la
realidad, cada una de ellas ha aportado herramientas prácticas y )tiles para resolver los problemas cada vez más complejos a los que se han tenido que enfrentar. La teoría administrativa deber ser vista no solo como un conjunto de conceptos, sino como e1periencia acumulada sobre la manera de encontrar soluciones a situaciones específicas. A continuaci"n se presentan una e1tracci"n de lo que el autor de este trabajo consideran son esas lecciones que deben ser aprendidas de cada teoría y que han sido resumidas por 2hiavenato 34---5 al realizar una revisi"n hist"rica de la eoría Administrativa. #l !erecho administrativo moderno tiene su origen con las revoluciones liberales de los siglos *6000 y *0*.
#l paso del Antiguo 7gimen al #stado liberal supone el tránsito de un sistema de normas que se encontraban a disposici"n del monarca a un sistema caracterizado por8 •
La e1istencia de unas normas jurídicas, aprobadas por asambleas representativas, con carácter abstracto, general y permanente que regulan
•
c"mo debe relacionarse el #stado con los ciudadanos9 La e1istencia de un entramado institucional de controles, independiente del
•
monarca9 La aparici"n de una afirmaci"n con carácter constitutivo y vinculante de los derechos individuales, tales como la !eclaraci"n de los !erechos del %ombre y del 2iudadano de +:;.
ras este proceso y sobre todo a partir de las revoluciones liberales surge lo que se conoce como #stado liberal. Antes de estas revoluciones no se reconocía la igualdad de todos los hombres como principio jurídico9 a partir de ellas, estos dejarán de ser s)bditos para pasar a ser ciudadanos, con derechos y obligaciones iguales. 2on posterioridad a la instalaci"n del rgimen administrativo, surge en obierno.
1.DEFINICION
#stado puede realizarlas de manera directa o de manera indirecta, mediante la participaci"n de particulares 3ya sean concesionarios ?obra p)blica y sus contrataciones? u otros tipos de relaci"n de trabajo o servicios5. /e entiende por funci"n p)blica toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la Administraci"n ()blica, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. + Reinhold Zippelius, establece que el #stado, en tanto estructura organizada de
poder, tiene como funci"n garantizar una convivencia ordenada y sin contradicciones y, en especial, la paz y la seguridad jurídica. #n tanto que el #stado tiene como fin )ltimo, el @bien com)n, que es definido como la com)n felicidad temporal, la perfecta suficiencia de vida, el buen vivir humano o la arm"nica plenitud de los bienes humanos, para alcanzar este fin )ltimo lleva a cabo la funci"n p)blica. El Comité Jurídico Interamericano de la OEA establece que &
es toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del #stado o al servicio del #stado, o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. 36illar 'avarro, 4--;5 4 #n otras palabras,
3L"pez (anaifo, 4-+B5 C.
1..1 DIFERENCIA CON LA FUNCION AD#INITRATI$A La funci"n administrativa es la que el #stado realiza bajo un orden jurídico, y que consiste en la ejecuci"n de actos que determinan situaciones jurídicas para casos individuales que se ocupa de la satisfacci"n de los intereses comunitarios impostergables. #s la funci"n más amplia que se utiliza en la esfera estatal y es la 7 Ar#"c(+o 8 '& +a L&- 8B764 C)'".o '& #"ca '& +a F(%c"o% P+"ca 8 V"++ar Na3arro! V5 A5 '& Ma-o '& 85 La Función Pública y la Responsabilidad Administrativa. O#&%"'o '& D&r&c1o A'm"%"s#ra#"3oJ 1##pJKK5m"%(s5.o5p&Kp4 co%#&%#K(p+oa'sK87:K6KVC9ADc#or4A%'rC9As4V"++ar4Narro4La42(%c"C9;9%4 pC9;A+"ca4-4+a4r&spo%sa"+"'a'4a'm"%"s#ra#"3a5p'2
9 L)p&$ Pa%a"2o! V5 T5 8765 Manual de Derecho Administrativo I. P(ca++pa5
funci"n principal del (oder #jecutivo, donde encontramos el derecho administrativo puro. #s la funci"n principal del (oder #jecutivo 3a cargo del presidente de la 'aci"n5. La palabra @administraci"n p)blica, es un trmino proveniente del latín &ad? ministrare&, que significa servir, o de &ad manus trahere& que alude a la idea de manejar o gestionar. %ace referencia a la organizaci"n integrada por un personal profesional, dotada de medios econ"micos y materiales p)blicos que pone en práctica las decisiones tomadas por la sociedad, que en un sistema representativo se realizan a travs del gobierno. La administraci"n p)blica es el brazo ejecutor del gobierno, es la pieza fundamental que le da capacidad operativa al mismo. #l cual, busca dirigir el progreso del país con el fin de satisfacer las necesidades de los ciudadanos de manera eficiente y eficaz. La administraci"n p)blica por sus funciones y lo que envuelve, es sumamente de gran importancia para la sociedad civil. #n cuanto a este trmino como tal, se puede definir en pocas palabras a la sociedad civil como la esfera de relaciones entre individuos, e1ternas a las relaciones que se desarrollan dentro de las instituciones estatales9 es decir, es el campo donde se desarrollan los conflictos econ"micos, ideol"gicos, sociales y religiosos y los cuales el #stado tiene la obligaci"n de solucionarlos.
1.%I#PORTANCIA La funci"n p)blica se ejerce para realizar la labor de administraci"n del #stado, distribuyendo los servicios y los bienes p)blicos entre los ciudadanos y ciudadanas. La administraci"n p)blica es como el motor que pone en marcha la actividad del #stado. A travs de cientos y miles de personas 3funcionarios y servidores5, se desarrollan m)ltiples actividades en beneficio de la poblaci"n. 2on el paso del tiempo la actividad administrativa del #stado ha ido creciendo y hacindose cada vez más compleja, diversa y especializada.
#ste aparato administrativo requiere de un personal capacitado. D las personas que realizan estas funciones p)blicas tienen como tarea el contribuir con su responsabilidad, talento y dedicaci"n a la buena marcha de los asuntos y servicios p)blicos, y así lograr que el #stado brinde el servicio y las condiciones adecuadas para que las y los ciudadanos puedan alcanzar su bienestar. /i esto no funciona así la marcha del #stado se quiebra y ya no es posible que atienda los requerimientos de la ciudadanía. #s necesario que se haga una correcta elecci"n del personal que tendrá a su cargo esta administraci"n, e1igindole condiciones de capacidad, moralidad y honestidad, y recibiendo a cambio una remuneraci"n acorde con la importante misi"n que tienen. En elemento central para el correcto desarrollo de los objetivos que se busca a travs de la funci"n p)blica es una adecuada gesti"n de los recursos. F
1.&FINE Los fines de la funci"n p)blica son el /ervicio a la 'aci"n, de conformidad con lo dispuesto en la 2onstituci"n (olítica, y la obtenci"n de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atenci"n a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos p)blicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Garco de Godernizaci"n de la >esti"n del #stado. B #s decir tiene como fin el servicio a la comunidad.
1.'ETRUCTURA 1.POR LO NI$ELE DE CO#PETENCIA ( TERRITORIO a5
8 (oder #jecutivo, (oder Legislativo, (oder
=udicial, (residente de 2onsejo de Ginistros, =efe de la /E'A, =efe de la 2ompañía de bomberos. b5
obiernos 7egionales, !irecciones 7egionales.
c5
8 Gunicipalidades (rovinciales, Gunicipalidades
!istritales. 3L"pez (anaifo, 4-+B5 : 1##pJKK5"p&'&1p5or.5p&K(s&r*+&sK@8ROL8DEL8FUNCIONARIO 8PU;LICO5p'2 6 Ar#c(+o 9 '& +a L&- 8B764 C)'".o '& #"ca '& +a F(%c")% P+"ca
.
ECTORE:
a5
Ginistro de 7elaciones #1teriores
b5
Ginistro de !efensa
c5
Ginistro de #conomía y
d5
Ginistro del 0nterior
e5
Ginistro de =usticia y !erechos %umanos
f5
Ginistro de #ducaci"n
g5
Ginistro de /alud
h5
Ginistro de Agricultura
i5
Ginistro de rabajo y (romoci"n del #mpleo
j5
Ginistro de 2omercio #1terior y urismo
H5
Ginistro de #nergía y Ginas
l5
Ginistro de ransportes y 2omunicaciones
m5
Ginistro de la (roducci"n
n5
Ginistro de 6ivienda, 2onstrucci"n y /aneamiento
o5
Ginistra de la Gujer y (oblaciones vulnerables
p5
Ginistro de !esarrollo e 0nclusi"n /ocial
q5
Ginistro del Ambiente
r5
Ginistra de 2ultura
%. a5
ÓR)ANO
Alta !irecci"n
8 /e considera Alta !irecci"n a los directivos con cargo
más alto en una organizaci"n9 el (residente, el >erente >eneral y los !irectores de las distintas áreas. La Alta !irecci"n de las entidades configura el primer nivel organizacional de la #ntidad. b5
Línea
8 /e encargan de formular, ejecutar y evaluar políticas
p)blicas y en general realizar las actividades tcnicas, normativas y de ejecuci"n
necesarias para cumplir con los objetivos de la entidad en el marco de las funciones que las normas sustantivas atribuyen a sta. Los "rganos de línea son aquellas unidades tcnico normativas que formulan y proponen las normas y acciones de política de alcance nacional sobre la materia de su competencia y supervisan su cumplimiento. c5
Asesoramiento
8 /e encargan de orientar la labor de la entidad y de
sus distintos "rganos mediante actividades tales como8 planificaci"n, presupuesto, organizaci"n, asesoría jurídica. Las entidades contarán con "rganos de asesoramiento denominados @Ificina para atender las siguientes funciones8 a5 Asesoría =urídica. b5 (laneamiento y presupuesto, incluyendo las actividades de racionalizaci"n y cooperaci"n tcnica internacional. 3(acori 2ari, 4--J5 d5
2ontrol
8 Ificina de 2ontrol 0nterno. #l Krgano de 2ontrol
0nstitucional es el "rgano conformante del /istema 'acional de 2ontrol, encargado de ejecutar el 2ontrol >ubernamental interno y permanente, seg)n sus planes y programas9 tiene como misi"n promover la correcta y transparente gesti"n de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados mediante la ejecuci"n de acciones y actividades de control. e5
Apoyo
8 /e encargan de ejercer las actividades de administraci"n
interna que permiten el desempeño eficaz de la entidad y sus distintos "rganos en el cumplimiento de las funciones sustantivas. #ntre estas funciones pueden incluirse las de contabilidad, recursos humanos, sistemas de informaci"n y comunicaci"n, gesti"n financiera, gesti"n de medios materiales, servicios au1iliares imagen institucional, secretaria, etc. Las entidades contarán con una Ificina >eneral de Administraci"n como "rgano de apoyo a cargo de por lo menos las siguientes materias8 2ontabilidad y
&.
ITE#A
a5
=urado 'acional de #lecciones8 #s un organismo constitucional aut"nomo
del #stado (eruano. iene como finalidad fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. #n consecuencia es el "rgano encargado de proclamar los resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales correspondientes a las autoridades electas. Así mismo tiene como funci"n el dictar resoluciones de carácter general, para reglamentar y normar las disposiciones electorales. b5
Ificina 'acional de (rocesos #lectorales8 #s un organismo constitucional
aut"nomo del (er). iene como finalidad organizar las elecciones, velar por el respeto de la voluntad popular y promover la libre participaci"n electoral de la ciudadanía. #n consecuencia, es el organismo aut"nomo especializado en la planificaci"n, organizaci"n y ejecuci"n de los procesos electorales. c5
7egistro 'acional de 0dentificaci"n y #stado 2ivil8 #s un organismo
aut"nomo del #stado (eruano encargado de la identificaci"n de los peruanos, otorgando el !ocumento 'acional de 0dentidad 3!'05, registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. !urante los procesos electorales, proporciona el (adr"n #lectoral que se utilizará en las elecciones.
CAPÍTULO II: DE LO A)ENTE PÚBLICO DE LA AD#INITRACIÓN
.1.
DEFINICION DE E#PLEADO PÚBLICO
/e considera como empleado p)blico a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administraci"n ()blica, en cualquiera de los niveles jerárquicos sea este nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del #stado, no importando e
rgimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el rgimen laboral o de contrataci"n al que este sujeto. J
..PRINCIPIO* DEBERE ( PRO!IBICIONE Los (rincipios, !eberes y (rohibiciones ticos que se establecen en el presente 2"digo de tica de la eneral, incluyendo a las empresas p)blicas.
..1 PRINCIPIO
7#/(#I
Adecua su conducta hacia el respeto de la constituci"n y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento.
(7I$A$0L0!A!
Act)a con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el inters general y desechando todo provecho o ventaja personal, obteniendo por sí o por interp"sita persona.
#<020#'20A
$rinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitaci"n s"lida y permanente.
0!I'#0!A!
@ L&- 8B764 C)'".o '& #"ca '& +a F(%c")% P(+"ca Ar#c(+o 7 '& +a L&- 8B764 C)'".o '& #"ca '& +a F(%c")% P+"ca
#ntendida como aptitud, tcnica y moral, es condici"n esencial para el acceso y ejercicio de la funci"n p)blica. #l empleado p)blico debe propender a una formaci"n solida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.
6#7A20!A!
/e e1presa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su instituci"n y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.
L#ALA! D I$#!0#'20A
Act)a con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su instituci"n cumpliendo las ordenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que re)nan las formalidades del caso y tengan por objeto la realizaci"n de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de su instituci"n.
=E/020A D #NE0!A!
iene permanente disposici"n para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en su relaciones con el #stado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general.
L#ALA! AL #/A!I !# !#7#2%I
#l funcionario de confianza debe lealtad a la 2onstituci"n y al estado de !erecho. Icupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la funci"n p)blica.
.. DEBERE #l empleado ()blico tiene los siguientes deberes8
'#E7AL0!A!
!ebe actuar con absoluta imparcialidad política, econ"mica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.
7A'/(A7#'20A
!ebe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tiene en principio carácter p)blico y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. #l empleado p)blico debe brindar y facilitar informaci"n fidedigna, completa y oportuna.
!0/27#20I'
!ebe guardar reserva respecto a los hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasi"n del ejercicio y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el acceso y la transparencia de la informaci"n p)blica.
#=#72020I A!#2EA!I !#L 2A7>I
2on motivo o en ocasi"n del ejercicio de sus funciones el servidor p)blico no debe adoptar represalia de ning)n tipo o ejercer coacci"n alguna contra otros servidores p)blicos u otras personas.
E/I A!#2EA!I !# LI/ $0#'#/ !#L #/A!I
!ebe proteger y conservar los bienes del #stado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes de #stado para fines particulares o prop"sitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados.
7#/(I'/A$0L0!A!
odo servidor p)blico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funci"n p)blica. Ante situaciones e1traordinarias, el servidor p)blico puede desarrollar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten.
..% PRO!IBICIONE
GA'#'#7 0'#7#/#/ !# 2I'
Gantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo conte1to sus intereses personales, laborales, econ"micos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.
I$#'#7 6#'A=A/ 0'!#$0!A/
Ibtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.
7#AL0OA7 A2060A!#/ !# (7#/#L00/GI (IL002I
7ealizar actividades de proselitismo político a travs de la utilizaci"n de sus funciones o por medio de la utilizaci"n de infraestructura, bienes o recursos p)blicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos.
%A2#7 GA/ E/I !# 0'0A!A
(articipar en transacciones u operaciones financieras utilizando informaci"n privilegiada de la entidad a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condici"n o ejercicio del cargo que desempeña el uso impropio de dicha informaci"n para el beneficio de alg)n inters.
(7#/0I'A7, AG#'AOA7 I A2I/A7
#jercer presiones, amenazas o acosa se1ual contra otros servidores p)blicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realizaci"n de acciones dolosas. :
.%.FUNCIONARIO PÚBLICO #s aquella persona que en mrito de una designaci"n especial y legal, como consecuencia de un nombramiento o de una elecci"n y de una manera continua, bajo normas y condiciones determinadas en una delimitada esfera de competencia, ejecuta la voluntad del estado en virtud de un fin p)blico. #ste tiene B Vas& L&- 8:8 L&- '& Pr&3&%c")% - sa%c")% '&+ Hos#".am"&%#o s&/(a+
la particularidad de tener una responsabilidad al jefaturar un organismo u "rgano p)blico. Así mismo el 7eglamento de la Ley de $ases de la 2arrera Administrativa P !./. 'M --B?;-?(2G define al
()blico
()blico P
puede
ser Ley
seg)n
Ley Garco
del
#mpleo
'M
4:+B8
a5 !e elecci"n popular directa y universal o confianza política originaria. 3(residente,
2ongresistas,
alcaldes,
etc.5
b5 !e nombramiento y remoci"n regulados. 3=efes de reguladores por ejemplo5 c5 !e libre nombramiento y remoci"n. 3ípico caso de ministros de #stado5. La 2onvenci"n 0nteramericana contra la 2orrupci"n define en un solo concepto al &funcionario p)blico&, &oficial gubernamental& o &servidor p)blico& como cualquier funcionario o empleado del #stado, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del #stado o al servicio del #stado, en todos sus niveles jerárquicos. La 2onvenci"n de las 'aciones Enidas contra la 2orrupci"n, entiende por &funcionario p)blico& a toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un #stado (arte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario, sea cual sea la antigQedad de esa persona en el cargo, o toda persona que desempeña una funci"n p)blica, incluso para un organismo p)blico o una empresa p)blica, o que preste un servicio p)blico. 'uestra 2onstituci"n (olítica en el artículo C;R establece que, odos los funcionarios y trabajadores p)blicos están al servicio de la 'aci"n. #l !./. 'R -B?;-?(2G, define al
entidades de la administraci"n p)blica con nombramiento o contrato de autoridad competente, suscrita con las formalidades de ley en jornada legal y sujeto a retribuci"n remunerativa permanente en periodos regulares.
.&.ER$IDOR PÚBLICO En servidor p)blico es una persona que brinda un servicio de utilidad social. #sto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no genera ganancias privadas 3más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo5. Los servidores p)blicos, por lo general, prestan servicios al E+,a- . Las instituciones estatales 3como hospitales, escuelas o fuerzas de seguridad5 son las encargadas de hacer llegar el servicio p)blico a toda la c/uni-a-. #l servidor p)blico suele administrar recursos que son estatales y, por lo tanto, pertenecen a la sociedad. 2uando una persona con un puesto de esta naturaleza comete delitos tales como la malversaci"n de fondos o incurre en la corrupci"n de alguna forma, atenta contra la riqueza de la comunidad. #l hecho de manejar recursos p)blicos confiere una responsabilidad particular a la labor de los servidores p)blicos. /u comportamiento debería ser intachable, ya que la sociedad confía en su honestidad, lealtad y transparencia. La actuaci"n de un servidor p)blico está sujeta a diversos reglamentos y normativas. 2abe mencionar que en la Cn+,i,ución nacinal se detallan sus obligaciones. L)p&$ Pa%a"2o! V5 T5 8765 Manual de Derecho Administrativo I. P(ca++pa5
#n cuanto al rgimen laboral de los servidores p)blicos, estos trabajadores suelen contar con mejores condiciones que los empleados privados, para brindarles independencia frente a las autoridades de turno 3se impide que las nuevas autoridades despidan a los empleados p)blicos y contraten a gente de su entorno5 y evitar que los más valiosos se vayan al sector privado. #s importante señalar que los servidores p)blicos tienen la posibilidad de desarrollarse a nivel profesional de un modo que no conseguirían en la mayoría de las empresas privadas. A importancia de los servidores p)blicos para su comunidad #s aquel que ejecuta que inspira y el que sirve para el gobernante posibilite el desarrollo integral de la comunidad. +-
CAPÍTULO III: 7 L)p&$ Pa%a"2o! V5 T5 8765 Manual de Derecho Administrativo I. P(ca++pa5
RELACIÓN 0URÍDICA ENTRE LO A)ENTE ( EL ETADO
%.1.RELACION 0URÍDICA #l nacimiento de la relaci"n jurídica entre el funcionario y el #stado se producen cuando un individuo ingresa en el servicio del #stado como funcionario o servidor, sujeto a las siguientes reglas8
a. La c2ación* +u32+ión ,an+4/ación -2 l+ 2/3l2+ o cargos p)blicos es de la incumbencia del >obierno y 2ongreso de la 7epublica la sugerencia y aprobaci"n. b. T-+ l+ 32uan+ +n i5ual2+ an,2 la L26 y pueden aspirar y ser admitidos a los empleos y cargos p)blicos, seg)n su merito, capacidad y lo establecido en la ley.
c. u72,+ a un 3c2-i/i2n, -2 +2l2cción donde el aspirante tenga que demostrar condiciones de capacidad en relaci"n a un sistema que permita apreciarlas y consecuentemente acceder a un nombramiento de contrataci"n.++
%.1.1 CARRERA AD#INITRATI$A 2arrera administrativa es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores p)blicos que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administraci"n ()blica. iene por objeto permitir la incorporaci"n de personal id"neo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realizaci"n personal, en el desempeño del servicio p)blico. /e e1presa en una estructura que permite la ubicaci"n de los servidores p)blicos, seg)n calificaciones y mritos. +4
La 2arrera Administrativa es permanente y se rige por los pri ncipios de8 a5 0gualdad de Iportunidades9 b5 #stabilidad9 c5 >arantía del nivel adquirido9 y d5 7etribuci"n justa y equitativa, regulada por un sistema )nico de remuneraciones.
%.. OR)ANI#O 8UE E ENCAR)AN DEL ROL DE CONTROL DE FUNCIONARIO PUBLICO
77 L)p&$ Pa%a"2o! V5 T5 8765 Manual de Derecho Administrativo I. P(ca++pa5 78 1##pJKKo.rr115(%msm5&'(5p&K*+&sK%orma#"3asK'&crosKDLQ8@Q7B:5p'24 DECRETO LEGISLATIVO N86@
#l /istema 'acional de 2ontrol y la 2ontraloría >eneral de la 7ep)blica, tienen un rol fundamental al ejercer como funci"n especializada, el control gubernamental, en el marco de lo establecido en el Artículo :4M de la 2onstituci"n (olítica del #stado de +;;C, así como de su Ley Irgánica, Ley 'M 4:B. 2ontrol >ubernamental 3Art. JM Ley 4:B5, #l 2ontrol >ubernamental, implica la supervisi"n, vigilancia y verificaci"n de los actos y resultados de la gesti"n p)blica, respecto del uso y destino de los recursos y bienes del #stado, atendiendo a8eficiencia, eficacia, transparencia y economía cumplimiento de las normas legales 2umplimiento de los lineamientos de política y planes de acci"n, #valuaci"n de los sistemas de administraci"n, gerencia y control,
%.%. REPONABILIDAD DE LA FUNCION PÚBLICA #n la Ley 'M 4FFF de (rocedimiento Administrativo >eneral, en el ítulo 6 habla acerca de la responsabilidad de la Administraci"n ()blica y del (ersonal a su servicio y del (ersonal. Además, ellos tienen responsabilidad penal, civil, y administrativo propiamente dicho, pero para calificarlo como tal, como una responsabilidad, para determinar la responsabilidad el primer paso es identificar la e1istencia de un sujeto, quien sea responsable de un conjunto de funciones yTo atribuciones determinadas, de carácter p)blico al que por dicha condici"n se le puede denominar funcionario, servidor, empleado p)blico. La responsabilidad radica en las consecuencias derivadas de las acciones u omisiones, las cuales deben producirse dentro de la funciones asignadas al empleado del #stado. La Ley Garco del #mpleo ()blico, artículo +;R, establece que, los empleados p)blicos son responsables civil, penal o administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio p)blico. La Ley Irgánica del /istema 'acional de 2ontrol y de la 2ontraloría >eneral de la 7ep)blica, Ley 'R4:B, contempla las siguientes responsabilidades8 7esponsabilidad (enal. 7esponsabilidad 2ivil. 7esponsabilidad Administrativa.
Ahora bien, la responsabilidad penal es aquella en la que incurren los empleados o trabajadores del #stado, funcionarios o servidores p)blicos, que en el ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisi"n tipificado como delito o como falta. /eg)n el Acuerdo (lenario 'R-4?4-++ @#l funcionario o servidor p)blico, en tanto en cuanto su responsabilidad penal se sustenta en la infracci"n del deber, siempre será autor de delito contra la administraci"n p)blica. /eg)n la 'ovena !isposici"n
CONCLUIÓN (odemos decir que la racias a la funci"n ()blica, podemos entender con más precisi"n el trabajo que realiza el #stado y la responsabilidad que adquieren los funcionarios y servidores
p)blicos al momento de asumir sus cargos. (odemos decir que la funci"n p)blica es la aplicaci"n de las funciones te"ricas del estado, que son desempeñados por el recurso humano, generando lo que nosotros conocemos como funci"n p)blica.
RECO#ENDACIONE
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La presente monografía fue redactada para fines acadmicos, e1positivos e informáticos, por lo tanto no debe tomarse como )nica, esta fuente escrita.
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$uscar más informaci"n por cuenta propia para que pueda engendrar su propio conocimiento del tema9 tome esta monografía como incentivo para tal acto.
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7ecomendamos, en )ltima instancia, que al finalizar la lectura de la presente monografía, el lector realice su propio resumen del tema tratado, y comparta este material con allegados a fin de que, compartida la informaci"n, se ayude a tener un concepto más claro de lo qu es la
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odo estudiante de derecho, debe estar constantemente leyendo e investigando, por tal, esperamos que esta monografía motive a la profundizaci"n e investigaci"n del tema tratado.
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ANEXOS
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A"2 O#$%&'$#%(% )* +% F,&-'.& P/+'-% C*&#%+ A)('&'#%)3#
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