Formatos para Aprobación Reglamento Interno de Trabajo CREDENCIAL Yo, ………………………, ………………………, acciona accionando ndo en mi condici condición ón de Gerent Gerente e General General (O Presidente del Consejo de Administración) de la Sociedad mercantil denominada ……………… ……………………… ……….., .., por por medio medio de este este docum document ento o nombr nombro o y autori autorio o a los se!ores se!ores …………………… ……………………….. ….. y ………… ……………… ………… ………. ….., ., para ara "ue inte inte#r #ren en la Comisión $i%ta por parte del patrono para "ue discutan y aprueben junto con los representantes de los trabajadores el Anteproyecto de &e#lamento 'nterno y lo sometan a su aprobación y &e#istro ante la Secretaria de rabajo y Se#uridad Social. …………………….., epartamento de ……………., a los …………………. d*as del mes de …………………. del ……………..
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ACTA No. 1 n la ciuda udad de……… e………… …………. ……….,, eparta rtament mento o de… de…………… ……………… ……..., a los……… los……………… …………… ……….. ….. d*as d*as del del $es de ……………… ………………… … del del ……………… ……………….+ .+ &eun &eunido idos s los emplea empleado dos s de la mpr mpresa esa ……………… ……………………. …….,, con el objet objeto o de nomb nombra rarr los los repr repres esen enta tant ntes es "ue "ue les les -a de repr repres esen enta tarr en la apro aproba baci ción ón conju conjunt ntame ament nte e con con el patro patrono no del del &e#l &e#lame ament nto o 'nter 'nterno no de raba rabajo jo de esta esta empresa, por conenio se eli#ió y nombró a los compa!eros/ ………………………… y …………………………, "uienes aceptan el nombramiento y 0irman todos los empleados para constancia.
NOMBRES:
FIRMAS:
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ACTA DE CIERRE DE NEGOCIACION n la ciudad de ……………………., epartamento de ……………………. a los ……………. d*as d*as del del mes mes de ………… ……………… ………… …… del del a!o a!o ………… ……………… ………. …..+ .+ &eun &eunido idos s los los miem miembr bros os representantes por parte de los trabajadores y el Patrono en el local "ue ocupa la empresa …………………… de este domicilio, con el 3nico objetio de darle se#uimiento al estudio "ue -emos estado realiando sobre el Anteproyecto de &e#lamento 'nterno de rabajo de esta empresa.+ Se le dio el se#uimiento y una e realiado el estudio y discusión se procedió a su apro aproba bació ción, n, y por por esta estarr en ape# ape#o o a la 4ey 4ey, y no ser ser iol iolat ator oria ia a los los inte intere rese ses s de los los trabajadores, por unanimidad 0irmamos en el mismo lu#ar y 0ec-a arriba indicado.
POR LOS TRABAJADORES: ……………………………..
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POR LA EMPRESA: ……………………………..
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SE SOLICITA APROBACION Y REGISTRO DE UN REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO.- PETICIÓN.- TRAMITE. SEÑOR SECRETARIO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Yo, ……………………….. , -ondure!o, mayor de edad, casado, con domicilio en la ciudad de …………………….., …………………….., epartamento de …………………. y en tr5nsito por esta ciudad, Abo#ado, inscrito en el Cole#io de Abo#ados de 6onduras con el numero ……….., actuando en mi condic condición ión de Apode Apoderad rado o 4e#al 4e#al de la Socied Sociedad ad $ercan $ercantil til…………………..! , e%trem e%tremo o "ue acredito con Carta Poder debidamente autenticada "ue acompa!o a la presente solicitud7 con el debido debido respet respeto o compar comparec eco o ante ante usted usted solici solicitan tando do la aproba aprobació ción n del REGLAMENTO INTERN INTERNO O DE TRABAJ TRABAJO O de mi repres represent entada ada,, Para Para lo cual cual acompa acompa!o !o los docume documento ntos s correspondientes. Al se!or Secretario en los espac-os de rabajo y Preisión Social con mi acostumbrado respeto PIDO/ Admitir Admitir el presente escrito escrito junto con los documentos documentos acompa!ados, acompa!ados, darles el tr5mite de 4ey y resoler de con0ormidad a lo solicitado.+ 0undamento la presente solicitud en los art*culos 89 al :; del Códi#o de rabajo, y art*culos <= al <9 de la 4ey de Procedimiento Administratio.. e#uci#alpa, e#uci#alpa, $..C., $..C., 11111 de 1111111111111111111111 del 1111111.
F"#$% & '())o *() %+o*(#%*o )(%)
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO NOMBRE DE LA EMPRESA PREAMBULO!
No$#( *( )% ($+#('% , del domicilio de ……………………., epartamento de ……………….., cuya actiidad principal es ……………………………..7 con el objeto de dar cumplimiento al contenido del t*tulo '', Cap*tulo >, art*culo oc-enta y siete (89) y oc-enta y oc-o (88) del Códi#o del rabajo, proyecta el presente &e#lamento 'nterno de rabajo, para re#ir las normas de trabajo de sus laborantes, bas5ndose en los principios de erdadera justicia social, el cual ser5 obserado y cumplido por la empresa y sus trabajadores, en todas sus estipulaciones.
C A P I T U L O I! DISPOSICIONES PRELIMINARES A#/02)o 1.- l presente &e#lamento 'nterno de rabajo es el conjunto de normas obli#atorias "ue determinan las condiciones de trabajo a "ue se sujeta la empresa ………………………, como patrono y sus empleados en la prestación del sericio. Para los e0ectos de este re#lamento, se considerar5 como establecimiento todos a"uellos lu#ares de trabajo en "ue la empresa desarrolle las actiidades propias de su #iro.
Artículo 2.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento obligan tanto a la empresa como aquellas personas naturales que presten sus servicios bajo la dirección, subordinación o dependencia de aquélla.
A#/02)o 3.- 4a empresa mantendr5 las buenas relaciones e%istentes con sus trabajadores y eitar5 en lo posible las controersias "ue pudiesen suscitarse en la interpretación de las normas del trabajo, bajo los medios de conciliación, sin perjuicio de "ue las partes puedan concurrir ante la autoridad competente a justi0icar sus derec-os.
A#/02)o 4.- l trabajador, y a e0ecto de aplicar el presente re#lamento, ser5 a"uella persona natural "ue preste a la empresa sus sericios materiales, intelectuales o de ambos #?neros, mediante el pa#o de una &emuneración y en cumplimiento a un contrato o relación de trabajo.
A#/02)o 5.- Patrono ser5 la persona natural o jur*dica desi#nada como tal, o simplemente ……………………, "uien a tra?s de su representante contrate los sericios de uno o m5s trabajadores, mediante un contrato o relación de trabajo. Para los e0ectos del representante de la empresa se estar5 a lo dispuesto en el art*culo seis (<) del Códi#o del rabajo "ue establece "ue se consideran representantes de los patronos y en tal concepto obli#an a ?stos en sus relaciones con los dem5s trabajadores/ los irectores, Gerentes, Administradores, Capitanes de @arco y en #eneral las personas "ue en nombre de otro, ejeran 0unciones de dirección o de administración.
A#/02)o 6.- odo trabajador "ue celebre un contrato de trabajo con..............................0irma un pacto de e%clusiidad con el mismo, por lo "ue se pro-*be terminantemente a los trabajadores laborar en otros establecimientos mientras dure el contrato indiidual con la empresa, el cual estipular5 esta condición por escrito.
A#/02)o 7.- l presente &e#lamento tendr5 aplicación en todas las dependencias, establecimientos y sucursales de .............................. y su or#aniación jer5r"uica es la si#uiente/ a.+)
Gerente General
b.+)
e0e de Personal
c.+)
Contador General
2o obstante la anterior clasi0icación, ?stas podr5n ser disminuidas o aumentadas, si as* lo e%i#e la marc-a de las actiidades de la empresa.
C A P I T U L O II! CONDICIONES DE ADMISION! A#/02)o 8.- oda persona "ue desee in#resar como trabajador en la empresa deber5 llenar una solicitud "ue contendr5 por lo menos los si#uientes datos/ 2ombres y apellidos, 0ec-a de nacimiento, estado ciil, domicilio, nacionalidad, estudios realiados, trabajos desempe!ados durante los 3ltimos cuatro a!os o los "ue -aya trabajado si son menos, salarios deen#ados, el motio del retiro y el nombre y domicilio de tres personas no 0amiliares conocidas y residentes en la ciudad "ue puedan dar re0erencia del solicitante, asimismo el aspirante deber5 presentar los si#uientes documentos/ a)
arjeta de 'dentidad7
b)
Certi0icación de estudios y t*tulos7
c)
Carnet del Se#uro Social si lo tuiere7
d)
res 0oto#ra0*as7
e)
Carta de recomendación de su trabajo anterior7
A#/02)o 9.- 4a selección del personal de la empresa se -ar5 empleando un criterio racional tendiente a detectar a los postulantes m5s cali0icados y considerando especialmente la posibilidad del 0uturo desarrollo del mismo. 4o anterior sin perjuicio de los derec-os de promoción y traslado "ue aparecan establecidos a 0aor de los trabajadores de la empresa como mandatos de orden le#al y contractual.
A#/02)o 1.- l trabajador "ue al momento de su contratación -aya suministrado datos "ue no sean erdaderos, tanto en la solicitud de empleo, como en los documentos necesarios y "ue en el 0uturo se descubra y compruebe la 0alsedad de los mismos, dar5 lu#ar a "ue se le apli"ue la sanción "ue corresponde se#3n el art*culo ciento doce (BB;) del Códi#o del rabajo. Sin embar#o, despu?s de treinta (=) d*as de la prestación del sericio, esta causal de sanción deja de tener e0ecto.
C A P I T U L O III! DEL PERSONAL, APRENDI;AJE Y PERIODO DE PRUEBA! A#/02)o 11.- l personal de la empresa se clasi0icar5 de la si#uiente manera/ a)
Permanentes,
b)
n per*odo de prueba7
c) Accidentales, temporales o transitorios.
PERIODO DE PRUEBA
A#/02)o 1<.- 4os trabajadores de primer in#reso se sujetar5n a un per*odo de prueba de sesenta (<=) d*as, "ue es la etapa inicial del Contrato de rabajo y tiene por objeto, por parte de la empresa apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de ?ste, la coneniencia de las condiciones de trabajo. ste per*odo de prueba se -ar5 constar por escrito. urante el per*odo de prueba cual"uiera de las partes podr5 ponerle t?rmino al contrato por su propia oluntad, con justa causa o sin ella, sin incurrir en responsabilidad al#una.
C A P I T U L O IV! JORNADAS Y HORARIO DE TRABAJO! A#/02)o 13.- 4a jornada ordinaria de trabajo es la "ue conen#an las partes, o a 0alta de conenio la m5%ima le#al.
A#/02)o 14.- rabajo suplementario o de -oras e%tras es el "ue e%cede de la jornada ordinaria, y en todo caso el "ue e%ceda de la m5%ima le#al.
A#/02)o 15.- 4a jornada ordinaria diurna de trabajo no podr5 e%ceder de oc-o (8) -oras diarias y cuarenta y cuatro (DD) a la semana, e"uialentes a cuarenta y oc-o (D8) -oras de salario. Se entiende por jornada diurna la "ue ejecuta entre las cinco (E) de la ma!ana y las siete (9) de la noc-e.
A#/02)o 16.- 4a jornada nocturna de trabajo no e%ceder5 de seis (<) -oras diarias y treinta y seis (<) a la semana.+ Se entiende por jornada nocturna la "ue se ejecuta entre las siete (9) de la noc-e y las cinco (E) de la ma!ana.
4a jornada mi%ta es la "ue comprende per*odos de tiempo de la jornada diurna y nocturna, siempre "ue el per*odo nocturno abar"ue menos de tres () -oras, pues en caso contrario, la jornada se reputar5 como jornada nocturna.+ 4a duración m5%ima de la jornada mi%ta ser5 de siete (9) -oras diarias y cuarenta y dos (D;) a la semana.
A#/02)o 17.- 4as -oras de trabajo se establecer5n con0orme las necesidades del sericio de las operaciones de.............................., pero siempre dentro de los l*mites establecidos para las jornadas ordinarias de trabajo.
A#/02)o 18.- n los lu#ares en "ue el trabajo se e0ect3e en jornada ordinaria continua, el trabajador tiene derec-o a un descanso m*nimo de treinta (=) minutos dentro de la jornada, "ue lo destinar5 a tomar sus alimentos y "ue se computar5 como tiempo de trabajo e0ectio.
l personal prestar5 sus sericios a la empresa, en los lu#ares en "ue ?sta ten#a establecido o estableca sus o0icinas, as* como en cual"uier otro lu#ar donde se re"uieran sus sericios.
A#/02)o 19.- Para la realiación del trabajo, los -orarios ser5n consi#nados en los contratos indiiduales de trabajo para cada caso.
4os -orarios podr5n ser modi0icados dentro de la jornada diaria o semanal "ue estableca el Códi#o del rabajo cuando los intereses de la empresa as* lo justi0i"uen, d5ndole para tal e0ecto un aiso anticipado a los trabajadores de cuarenta y oc-o (D8) -oras.
A#/02)o <.- s entendido "ue nin#3n trabajador podr5 abandonar el centro de trabajo antes de las -oras de salida consi#nadas en el art*culo anterior, salo en casos justi0icados, para lo cual deber5 comunic5rselo al patrono y obtener de ?ste el permiso respectio, el cual se dar5 por escrito. espu?s de iniciada cada jornada y en casos no justi0icados con pruebas 0e-acientes, se aplicar5 la correspondiente sanción disciplinaria.
A#/02)o <1.- Por la misma naturalea de las labores "ue se realian y la actiidad misma de .............................. , ?sta podr5 re"uerir a sus trabajadores, se#3n lo establecido en el Códi#o del rabajo, en el momento "ue lo estime coneniente para "ue laboren en d*as no contemplados en el presente re#lamento, como ser d*as de descanso o de 0eriados establecidos por la ley7 el trabajador est5 en la obli#ación de prestar su colaboración, sin perjuicio del d*a de descanso a "ue tiene derec-o7 y los cuales ser5n remunerados de con0ormidad a las leyes del trabajo y se#uridad social. 4a inobserancia de ?sta obli#ación ser5 considerada como 0alta #rae y por lo tanto una causa de despido sin responsabilidad para..............................Asimismo, se#3n el art*culo trescientos treinta y siete (9) del Códi#o del rabajo, el patrono no permitir5 "ue sus trabajadores presten sericio en 0orma "ue les obli#ue a sacri0icar el tiempo normal "ue deben dedicar a la restauración de sus 0ueras.
A#/02)o <<.- 2in#3n empleado podr5 trabajar -oras e%tras sin preia noti0icación o autoriación e%presa de la empresa, de su superior o Gerente, "uienes ser5n los "ue determinen y 0ijen el tiempo de trabajo e%tra "ue el empleado pueda trabajar y "ue e0ectiamente trabajó.
A#/02)o <3.- 4as jornadas e%traordinarias de trabajo o de -oras e%tras, ser5 remunerado de la si#uiente manera/ a)
Con un einticinco por ciento (;EF) de recar#o sobre el salario de la jornada diurna cuando se e0ect3e en el trabajo diurno.
b)
Con un cincuenta por ciento (E=F) de recar#o sobre el salario de la jornada diurna cuando se e0ect3e en el per*odo nocturno7
c)
Con un setenta y cinco (9EF) por ciento de recar#o sobre el salario de la jornada nocturna cuando la jornada e%traordinaria sea prolon#ación de a"u?lla.
A#/02)o <4.- 2o ser5n remuneradas las -oras e%traordinarias cuando el empleado las ocupe en subsanar errores imputables solamente a ?l, cometidos durante la jornada ordinaria.
A#/02)o <5.- l pa#o de las -oras e%tras se -ar5 en las 0ec-as 0ijadas para el pa#o de los salarios ordinarios.
A#/02)o <6.- 4a jornada de trabajo comenar5 desde el momento en "ue el trabajador est? a las órdenes de la empresa en los lu#ares en "ue se a a ejecutar el trabajo7 terminar5 cuando el trabajador deje de estar a las órdenes del mismo, de acuerdo con los -orarios, costumbres, naturalea y condiciones de trabajo.
A#/02)o <7.- uedan e%cluidos sobre la re#ulación de la jornada m5%ima le#al de trabajo, los empleados "ue desempe!an car#os de dirección, con0iana o de manejo, tal como lo prescribe el art*culo trescientos einticinco (;E) del Códi#o del rabajo, re0ormado por el ecreto 4e#islatio 2o.;B de 0ec-a ;: de enero de B:9. Sin embar#o, estos trabajadores no estar5n obli#ados a permanecer m5s de doce (B;) -oras diarias en su trabajo.
A#/02)o <8.- odo el personal de la empresa est5 obli#ado a asistir puntualmente a su trabajo y es obli#atorio marcar tarjeta, ya sea el reloj marcador o el libro de entrada y salidas del establecimiento. Cuando -ubiere reloj marcador y 0uere necesario marcar las -oras de entrada y salida y se 0uere la lu, la persona desi#nada por el e0e de Personal llear5 un libro de entradas y salidas denominado libro de entradas y salidas de emer#encia7 con el objeto de "ue se mar"uen las -oras e%traordinarias laboradas. 4os empleados de con0iana como el Gerente, e0e de Personal y el Contador General, as* como los empleados autoriados por escrito para ello estar5n e%entos de marcar las tarjetas de entrada y salida.
l -orario de entrada y salida del personal ser5 de Oc-o con reinta $inutos (8/=) de la ma!ana a Cinco con reinta $inutos (E/=) de la tarde de lunes a S5bado, dentro del cual se comprende un descanso de una -ora con treinta minutos (B/=) para el almuero comprendido en cual"uier -ora "ue medie entre las Once con reinta minutos de la ma!ana (BB/= am) a las os -oras (;/== pm) de la tarde.
C A P I T U L O V! TRABAJO DE LAS MUJERES Y DE LOS MENORES DE EDAD! A#/02)o <9.- l trabajo de las mujeres, debe ser adecuado especialmente a su se%o, edad, condiciones 0*sicas, desarrollo intelectual y moral.
A#/02)o 3.- oda trabajadora en estado de #raide o embarao, #oar5 de un descanso 0oroso durante las cuatro (D) semanas antes y seis (<) semanas despu?s del parto, retribuido del mismo modo "ue su trabajo y de la estabilidad en el empleo. ic-o descanso se otor#ar5 con0orme certi0icación m?dica en la cual se -a#a constar lo "ue al respecto establece el art*culo ciento treinta y cinco (BE), tercer p5rra0o del Códi#o del rabajo7 dic-a certi0icación ser5 e%tendida por el 'nstituto 6ondure!o de Se#uridad Social o en su de0ecto por un m?dico particular la cual deber5 ser re0rendada por el 'nstituto 6ondure!o de Se#uridad Social.
2in#una empleada de la empresa puede ser despedida por motio de embarao o lactancia, salo en los casos preistos en el Códi#o del rabajo y si#uiendo los mismos procedimientos se!alados al e0ecto.
C A P I T U L O VI! DESCANSOS, FERIADOS, VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS! A#/02)o 31.- 4os trabajadores de .............................. #oar5n de un d*a de descanso remunerado, pre0erentemente el domin#o, cada seis (<) d*as de trabajo. Sin embar#o, podr5 darse en d*a semanal debido a la naturalea del sericio o trabajo a realiarse, para tal e0ecto la empresa con anticipación de einticuatro -oras por lo menos, noti0icar5 en lu#ar isible del establecimiento la relación de los empleados "ue por raón de las labores no pueden disponer del descanso dominical. n esta relación se incluir5 tambi?n el d*a de descanso compensatorio.
A#/02)o 3<.- Sin perjuicio de posteriores re0ormas de ley sobre la materia, la empresa pa#ar5 los si#uientes d*as 0eriados o de 0iesta nacional/ BH de enero, BD de abril, BH de mayo, BE de septiembre, , B; y ;B de octubre, ;E de diciembre, aun"ue cai#an un d*a domin#o, el juees, iernes y s5bado de semana santa. Cuando coincidan dos 0eriados en un mismo d*a, se entender5 cumplida la obli#ación pa#ando un d*a 0eriado o de 0iesta nacional con0orme a lo estipulado en el Códi#o del rabajo en su art*culo trescientos cuarenta (D=).
Cuando por motio de 0iesta no estipulada en el p5rra0o anterior, la empresa suspendiese el trabajo, la misma estar5 obli#ada a pa#ar el salario de ese d*a como si se -ubiese trabajado.
s entendido "ue cuando el salario se -ubiere pactado pro "uincena o por mes, incluye en 0orma impl*cita el pa#o de los d*as 0eriados o de 0iesta nacional "ue no se trabajen.
VACACIONES
A#/02)o 33.- 4a ?poca de acaciones debe ser se!alada por la empresa a m5s tardar dentro de los tres meses si#uientes a la 0ec-a en "ue se tiene derec-o a #oar de ellas, y deben ser concedidas o0iciosamente o a petición del trabajador. 4a empresa -ar5 saber al trabajador con die (B=) d*as de anticipación, la 0ec-a en "ue le conceder5 las acaciones7 las sumas "ue debe recibir el trabajador en concepto de acaciones le ser5n li"uidadas y pa#adas con tres () d*as de anticipación respecto a la 0ec-a en "ue comience a dis0rutar de ellas.
A#/02)o 34.- l trabajador "ue -ubiere ad"uirido derec-o a acaciones y "ue por cual"uier causa cesare en su trabajo, recibir5 el importe correspondiente en dinero sin perjuicio de lo "ue le corresponda por las acaciones proporcionales.
A#/02)o 35.- 4os trabajadores deben #oar sin interrupción de su per*odo de acaciones, pero por ur#ente necesidad del patrono, ?ste podr5 re"uerirlo para "ue las suspenda, debiendo el trabajador presentarse obli#atoriamente a su trabajo, sin perjuicio de remunerarlas y reanudarlas despu?s de -aber cesado la necesidad ur#ente de sus sericios "ue motie a"uella suspensión. 2in#3n trabajador podr5 ser obli#ado a tomar sus acaciones mientras se encuentre padeciendo de en0ermedad comprobada7 en tal caso, se esperar5 "ue a"u?l se restableca completamente para autoriar el #oce de sus acaciones.
Cuando un trabajador est? #oando de sus acaciones y se incapacite, a"u?llas se suspender5n teniendo derec-o el empleado a reanudarlas cuando -aya recuperado su salud. Cuando se comprobase mediante dictamen m?dico "ue el empleado "ue #oa de incapacidad no #uarda el reposo recomendado, le ser5 aplicada la sanción correspondiente, sin perjuicio de la cancelación "ue -a#a el 'nstituto 6ondure!o de Se#uridad Social ('6SS) de su incapacidad.
A#/02)o 36.- l per*odo de acaciones remuneradas a "ue el trabajador tiene derec-o todo trabajador despu?s de cada a!o de sericio continuo al sericio de la empresa tendr5 una duración m*nima con0orme al computo si#uiente/ a)
espu?s de un (B) a!o de sericios continuos, die (B=) d*as laborables consecutios.
b)
espu?s de dos (;) a!os de sericios continuos, doce (B;) d*as laborables consecutios.
c)
espu?s de tres () a!os de sericios continuos, "uince (BE) d*as laborables consecutios.
d) espu?s de cuatro (D) a!os o m5s de sericios continuos, einte (;=) d*as laborables consecutios.
2o interrumpir5n la continuidad del trabajo, las licencias sin #oce de salario, los descansos otor#ados por el Códi#o del rabajo, sus re#lamentos y sus leyes cone%as, las en0ermedades justi0icadas, la prórro#a o renoación del contrato de trabajo, ni nin#una otra causa an5lo#a "ue no termine con ?ste.
A#/02)o 37.- urante el per*odo de acaciones el trabajador bene0iciado no podr5 dedicarse a trabajar en nin#una 0orma por cuenta ajena.
A#/02)o 38.- l trabajador tiene derec-o a acaciones aun"ue su contrato no le e%ija trabajar todas las -oras de la jornada ordinaria ni todos los d*as de la semana.+ Se considera cumplida la condición de continuidad en el sericio cuando el trabajador -aya trabajado un m*nimo de doscientos d*as en el a!o, se#3n el art*culo trescientos cuarenta y siete (D9) del Códi#o del rabajo.
A#/02)o 39.- 4os permisos para ausentarse del trabajo ser5n concedidos por la empresa sólo por causas justi0icadas y debidamente comprobada, por un tiempo raonable7 tales permisos deber5n solicitarse por escrito o por lo menos con un (B) d*a de anticipación, e%cepto en los casos de emer#encia en "ue el trabajador no pueda presentar la respectia solicitud en el tiempo indicado. l trabajador "ue por 0uera mayor o emer#encia no pueda solicitar el permiso o licencia en la 0orma anteriormente indicada, deber5 justi0icar por escrito el motio de su inasistencia al trabajo, con la documentación pertinente dentro de las einticuatro (;D) -oras si#uientes a la 0ec-a en "ue se reinte#re a su trabajo, so pena "ue se le apli"uen las medidas disciplinarias "ue con arre#lo a derec-o procedan.
4a empresa conceder5 permisos a sus empleados por las si#uientes causas/ a) Para "ue puedan cumplir con las obli#aciones de car5cter p3blico impuestas por la ley7 b) n caso de #rae calamidad dom?stica7 c) Para asistir al entierro de sus compa!eros, siempre "ue aisen con la debida anticipación.
Para conceder los permisos antes descritos, el trabajador deber5 aisar con la debida oportunidad a la empresa o a sus representantes, y en los dos 3ltimos casos, cuando el n3mero de los "ue se ausenten no sea tal "ue perjudi"ue el 0uncionamiento de la empresa7 pero el patrono no est5 obli#ado a reconocer por esta causa m5s de dos (;) d*as con #oce de sueldo en cada mes calendario7 y en nin#3n caso m5s de "uince (BE) d*as en el mismo a!o. l trabajador al obtener permiso para ir al 'nstituto 6ondure!o de Se#uridad Social a recibir asistencia m?dica o a e0ectuar otras dili#encias, est5 obli#ado a presentar al representante patronal la -oja de asistencia m?dica u otro comprobante "ue acredite la solicitud de ausencia o permiso7 de i#ual manera se aplicar5 ?sta disposición a cual"uier tipo de permiso o licencia, sea remunerada o no.
“C A P I T U L O VII”
SALARIO Y FORMAS DE PAGO! A#/02)o 4.- l salario se estipular5 libremente, pero no podr5 ser in0erior al "ue se estipule o 0ije como m*nimo7 se pa#ar5 directamente al trabajador o a la persona "ue ?l autorice por escrito, mediante carta poder o a "uien desi#ne por acta leantada por la autoridad del trabajo.+ 4a cancelación del salario se e0ectuar5 en moneda de curso le#al en el pa*s.
A#/02)o 41.- 4a empresa podr5 pactar el c5lculo de la remuneración para los e0ectos de pa#o en la 0orma si#uiente/ a.
Por unidad de tiempo (mes, "uincena, semana, d*a y -ora)7
b.
Por unidad de obra (piea, tarea, precio alado o destajo)7
A#/02)o 4<.- 4os salarios ser5n cancelados en las o0icinas administratias de la empresa durante las -oras de trabajo, o donde se pacte con el trabajador.
A#/02)o 43.- 4a empresa -ar5 las retenciones le#ales correspondientes al pa#o de 'mpuesto sobre la &enta, Se#uro Social, 'nstituto 2acional de Iormación Pro0esional ('2IOP), y cual"uier otra "ue se establecan le#almente7 asimismo -ar5 las retenciones "ue le ordenen los ribunales de usticia en su caso. 4os trabajadores 0irmar5n una constancia de pa#o "ue mostrar5 el sueldo #anado en el per*odo "ue corresponda, as* como las deducciones autoriadas por la ley o por el propio trabajador.+ 4os trabajadores de la empresa #oar5n de todas las #arant*as constitucionales, as* como tambi?n al d?cimo tercer mes en concepto de a#uinaldo, d?cimo cuarto mes en concepto de compensación social, s?ptimo d*a y bono educatio cuyos pa#os se -ar5n de con0ormidad con el ecreto D+:9 de 0ec-a ;: de mayo de B::9.
C A P I T U L O VIII! MEDIDAS DE ORDEN Y SEGURIDAD, PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES Y ACCIDENTES, INDEMNI;ACIONES! A#/02)o 44.- .............................. se obli#a a suministrar el e"uipo de trabajo, as* como tambi?n el acondicionamiento de locales "ue #aranticen la e0ectiidad del sericio, la se#uridad y la salud de los trabajadores, acatar y -acer cumplir las medidas preentias destinadas a eitar ries#os pro0esionales "ue emitan la Secretaria de rabajo y las dem5s autoridades de Se#uridad Social.
2in#3n trabajador podr5 ser obli#ado a realiar labores "ue impli"uen un es0uero "ue est? 0uera de su capacidad 0*sica y mental.
A#/02)o 45.- s obli#ación de todos los trabajadores acatar las órdenes y cumplir con las medidas de se#uridad, de -i#iene ocupacional "ue dicte la empresa a tra?s de sus representantes para protección de los trabajadores y los lu#ares de trabajo.
A#/02)o 46.- 4a empresa -ar5 e0ectia la -i#iene en sus centros de trabajo y la protección de sus trabajadores durante el ejercicio de sus labores cumpliendo y -aciendo cumplir las disposiciones contenidas en el &e#lamento de 6i#iene y Se#uridad Ocupacional7 y al e0ecto inte#rar5 con representantes propios y de los trabajadores las comisiones de 6i#iene y Se#uridad "ue sean necesarias para la obtención de estas 0inalidades.
A#/02)o 47.- 4os trabajadores "ue ten#an conocimiento de "ue se est5n ejecutando labores peli#rosas sin tomar en cuenta las medidas de se#uridad est5n obli#ados a ponerlo en conocimiento de su superior inmediato y de la Comisión de Se#uridad a 0in de "ue se adopten las medidas preentias indispensables.
A#/02)o 48.- 4a empresa se obli#a a instalar tantos boti"uines como sean necesarios, atendiendo las disposiciones para su localiación y contenido "ue recomienda el Sericio de $edicina 6i#iene y Se#uridad Ocupacional de la Secretaria de rabajo y Se#uridad Social .
A#/02)o 49.- 4a empresa est5 obli#ada a pa#ar las indemniaciones "ue correspondan por los ries#os pro0esionales a "ue est5n e%puestos sus trabajadores a causa de las labores "ue ejecuten por cuenta de a"u?l. ic-as indemniaciones, salo los casos de e%cepción, est5n a car#o de la empresa de con0ormidad a l o dispuesto en el Códi#o del rabajo y dem5s leyes de Se#uridad Social. Para inesti#ar las causas de los ries#os pro0esionales, proponer medidas para preenirlos y i#ilar "ue las mismas se cumplan, se establecer5n las comisiones de se#uridad "ue se ju#uen necesarios, compuestas por i#ual n3mero de representantes del patrono y de los trabajadores.
l cometido de dic-as comisiones ser5 desempe!ado #ratuita y obli#atoriamente por sus miembros dentro de las -oras de trabajo y "uienes permanecer5n en comunicación directa con la Secretar*a de rabajo y Se#uridad Social, obteniendo el cat5lo#o de los mecanismos y dem5s medidas destinadas a impedir el acaecimiento de ries#os pro0esionales.
A#/02)o 5.- 2o son ries#os pro0esionales los ocurridos al trabajador a causa de 0uera mayor e%tra!a al trabajo sin relación al#una con el mismo, los proocados intencionalmente por la *ctima y los debidos a estados de embria#ue oluntaria, a no ser "ue en este caso la empresa y sus representantes le -aya permitido al trabajador el ejercicio de sus 0unciones a pesar de su estado anormal.
A#/02)o 51.- n caso de en0ermedad com3n "ue impida al trabajador su asistencia al trabajo, deber5 comunic5rselo a la empresa a m5s tardar el si#uiente d*a -5bil y por el medio m5s adecuado.
C A P I T U L O I=! DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS PARA APLICARLAS! A#/02)o 5<.- Cuando el trabajador cometa actos "ue impli"uen iolaciones o pro-ibiciones "ue a ?l incumbe o las "ue ordene la empresa para el mejor desenolimiento de las labores o al comportamiento debido en el trabajo y "ue no constituya causa de despido se sancionar5 en la 0orma si#uiente/ a)
Por primera e con amonestación erbal priada, "ue se -ar5 constar en el e%pediente del empleado con la 0irma de ?ste o en su de0ecto con la de dos testi#os si el trabajador se ne#ase a -acerlo.
b)
Por la se#unda e, amonestación por escrito, 0irmando la copia el empleado como acuse de recibido7
c)
Por la tercera e con suspensión -asta por oc-o d*as sin #oce de salario7
oda amonestación por escrito o suspensión, se eniar5 copia a la Secretar*a de rabajo y Se#uridad Social.
4a reincidencia por cuarta e por parte del trabajador en la comisión de 0altas de las preistas en este re#lamento, o "ue cometa cual"uiera de las 0altas contenidas en el art*culo ciento doce (BB;) del Códi#o del rabajo dar5 lu#ar a "ue la empresa pon#a 0in al contrato de trabajo sin responsabilidad de su parte.
A#/02)o 53.- l trabajador a "uien se comuni"ue la sanción de amonestación o suspensión estar5 obli#ado, como consecuencia de -aber recibido la nota respectia, a 0irmar una copia de ella7 su ne#atia a 0irmar dic-a nota comprobada por la 0irma de dos testi#os en la constancia respectia y teniendo el trabajador el debido derec-o a de0enderse, podr5 ser sancionado la primera e -asta por oc-o d*as de suspensión, y la se#unda e con despido, sin responsabilidad ni pa#o de indemniación al#una por parte de ..............................
Artículo 54.- En los casos en que la falta cometida por el trabajador amerite suspensión o despido, estas medidas no podrán decretarse antes de haber oído al interesado y sin previa comprobación de las faltas cometidas, ante autoridad del trabajador competente.
A#/02)o 55.- 4as lle#adas tardes del personal a su trabajo, se sancionar5n de la manera si#uiente/ a)
Por las primeras dos (;) lle#adas tarde durante un mes, se le amonestar5 erbalmente7
b)
espu?s de dos (;) y -asta tres () lle#adas tarde durante un mes, amonestación por escrito7 c)
Por cada lle#ada tarde en e%ceso de tres () durante un mes, se le sancionar5 con suspensión de trabajo por un d*a sin #oce de sueldo.
Se considerar5 como lle#ada tarde cuando el trabajador lle#a despu?s de la -ora re#lamentaria de in#reso. l trabajador procurar5 estar en su lu#ar de trabajo a la -ora se!alada y abandonarlo a las -oras establecidas, no antes.
Artículo 56.- l trabajador que marque la tarjeta de asistencia o la hora de control de tiempo de otro trabajador, se le aplicarán las siguientes sanciones!
"# $or primera ve% con amonestación por escrito& '# $or la segunda ve%, suspensión hasta por ocho días sin goce de salario& (# $or la tercera ve%, se le pondrá fin al contrato sin responsabilidad laboral para la empresa. Artículo 5.- La empresa de acuerdo con las faltas que cometan los trabajadores podrán imponer sanciones disciplinarias.) Estas faltas se clasificarán en muy graves, graves y leves!
So! "#lt#$ %u& 'r#()$* #+ unque se hayan cometido una ve%, aquellas que facultan a la empresa a dar por terminado el contrato de trabajo, sin responsabilidad alguna de su parte, de conformidad con el artículo ciento doce *""'# del +ódigo del rabajo. ,+ odas aquéllas prohibiciones contenidas en el artículo noventa y ocho *-# del +ódigo del rabajo.
So! "#lt#$ 'r#()$*
quéllas que facultan a la empresa para suspender sin goce de salario al trabajador hasta por ocho *# días.) Es entendido que esta sanción se aplicará en aquéllos casos en que la falta revista de cierta gravedad en los que sea necesario aplicar una medida disciplinaria que no llegue a despido.
So! "#lt#$ L)()$*
La violación de las cláusulas contractuales, disposiciones legales y las reglamentarias de la empresa que no estén comprendidas en los incisos anteriores.
La acumulación de tres *(# faltas leves en la hoja de servicio del trabajador facultará a la empresa para considerarlo como falta grave y podrá aplicar la sanción que corresponda.
S) Co!$)r#! /#lt#$ L)()$*
"# /o enviar aviso en el tiempo oportuno cuando no asista al trabajo por motivo justificado& '# La reincidencia en llegadas tardes por dos *'# veces consecutivas o *(# tres alternas en el lapso de treinta *(0# días calendario& (# La utili%ación indebida o desautori%ada, de máquinas, herramientas, uniformes, armas, instrumentos y materiales que la empresa hubiese confiado al trabajador para el desempe1o de sus labores& 2# La conversación en el trabajo que pueda distraer al personal& 3# La mala ejecución de la o las labores encomendadas, por distracción o falta de atención, siempre que las consecuencias no sean de importancia& 4# La negativa del empleado a presentar a su superior jerárquico la hoja patronal del 5eguro 5ocial para asistencia médica, cuando le sea requerido al haber sido sometido el trabajador a consulta o tratamiento médico& 6# 7tras faltas que no estando comprendidas en el artículo ciento doce *""'# del +ódigo del rabajo, tengan que ser objeto de sanción, seg8n las circunstancias y conforme a un criterio objetivo y ra%onado.
T#%,0! $) co!$)r#! /#lt#$ 'r#()$*
"# La reincidencia de faltas leves& '# /o dar cuenta al personal de relevo de una sección, al estado de la misma, cuando aquél se hace cargo de ésta y si la omisión no implica consecuencias muy graves& (# $roporcionar datos incorrectos a sus superiores sobre los trabajados que se les han
encomendado, siempre que no obre de mala fe& 2# La continua y habitual falta de aseo y limpie%a personal cuando produ%can quejas justificadas de los compa1eros de trabajo, de sus superiores o de los clientes de .............................. 3# /o atender debidamente las instrucciones dadas por los jefes o inmediatos superiores sobre la ejecución de los trabajos, y que ello produ%ca alteración que no sea muy grave& 4# $roducir averías, trastorno, malgaste de uniformes, de armas y materiales por falta de prevención o descuido, siempre que no sea muy grave, sin perjuicio de la restitución o pago de las mismas& 6# Las blasfemias habituales& # Las bromas entre compa1eros que den lugar a malas interpretaciones o malos entendidos y que pongan en riesgo la seguridad física del trabajador o las adecuadas relaciones entre los trabajadores& -# La negligencia o desidia en el trabajo que afecte la buena marcha de los servicios siempre que no conlleven consecuencias muy graves& "0# La incidencia o violación de los secretos o faltas de reserva obligada& si ello no conlleva gran perjuicio a la empresa& ""# La reincidencia injustificada de no marcar la tarjeta o sistema de control de tiempo, a la entrada o la salida, en vista de que la tarjeta o sistema de control de tiempo constituyen el comprobante el tiempo trabajado& "'# 9umar o portar artículos que puedan producir llamas de fuego en la empresa& "(# 5olicitar obsequios de los clientes& "2# +ualquier otra causa análoga a las anteriores.
SE CONSIDERAN /ALTAS 1U 'RAVES
"# La reincidencia de las faltas graves& '# :esprestigiar o desobedecer en cualquier forma o lugar al inmediato superior, o a los demás jefes o gerentes de la empresa& (# El abuso de autoridad calificado y comprobado& 2# $rovocar o dirigir agitaciones, trastornos o tumultos en los centros de trabajo& 3# 7cultar la falta de puntualidad&
4# 5imular la presencia de otro trabajador, marcando o firmando por él& 6# /o cumplir con los procedimientos o manuales que emita la empresa& # odos los incisos comprendidos en el artículo ciento doce *""'#, y los numerales del artículo noventa y ocho *-# del +ódigo del rabajo& -# ;sar las instalaciones de los clientes& "0# antener el arma cargada& "3# bandonar su puesto sin haber sido relevados debidamente& "4# :ormirse en servicio& "6# +ualquier otra causa análoga a las anteriores.
Artículo 53.- 5on causas de terminación de los contratos de trabajo, el ejercicio de las facultades que conceden a las partes los artículos ciento once *"""#, ciento doce *""'# y ciento catorce *""2# del +ódigo del rabajo.
Artículo 5.- La empresa se obliga a mantener un récord de cada empleado en e?pediente o carpetas separadas, en donde se archivarán todos los documentos relativos al historial y comportamiento de cada empleado, incluyendo el contrato de trabajo.
C A P I T U L O =! NORMAS ESPECIALES >UE DEBEN GUARDARSE EN LAS DIVERSAS CLASES DE LABORES!
A#/02)o 6.- Adem5s de las establecidas en el Códi#o del rabajo y en atención a la naturalea de los sericios "ue la empresa presta a sus trabajadores, ?stos cumplir5n con las si#uientes obli#aciones/ a)
trabajo& b) visar a su superior inmediato con la anticipación debida, las ra%ones que le impidan asistir
a su trabajo, a fin de que se puedan hacer los arreglos necesarios para su sustitución& c) +omunicar al @efe de $ersonal cualquier dato importante en relación con su nombre,
cambios de dirección o n8mero telefónico necesario para su e?pediente personal& d) $resentarse con puntualidad al trabajo ocupando prontamente su puesto en el lugar asignado
y escritorio, absteniéndose de formar grupos que n o sean indispensables para el trabajo& e) +umplir rigurosamente con la media hora establecida para tomar los alimentos del
medio día. f) :epositar sus enseres personales en un lugar destinado dentro de las instalaciones para
tal efecto. g) 5ometerse a un registro cada ve% que abandone el centro de trabajo.
Artículo 66.- 5in perjuicio de lo dispuesto en el +ódigo del rabajo, se prohíbe a los trabajadores de..............................!
a# Antroducir o sacar del establecimiento paquetes o bultos sin la aprobación de su jefe inmediato& listados con información de clientes, armas, artículos, material de desecho y en general cualquier tipo de herramientas& b# Antroducir al establecimiento de trabajo artículos y prendas de vestir con fines de lucro& c#
Llamar por sobrenombre a sus compa1eros&
g#
h# +ualquier otra se1alada por el +ódigo del rabajo, contrato individual de trabajo o el presente reglamento.
C A P I T U L O =I! PETICIONES DE MEJORAMIENTO Y RECLAMOS!
A#/02)o 61.- 4as peticiones de mejoramiento y los reclamos en #eneral, se deber5n presentar al #erente de la empresa o en su de0ecto a su representante en 0orma erbal cuando se trate de casos indiiduales, y en 0orma escrita cuando se trate o a0ecten en 0orma colectia, a todo o parte del personal de la empresa. 4as peticiones -ec-as en 0orma indiidual se deber5n resoler dentro de los tres () d*as si#uientes a su presentación7 y las "ue se -ayan -ec-o colectiamente dentro de un plao de die (B=) d*as posteriores a su presentación.
C A P I TU L O =II! OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LA EMPRESA! OBLIGACIONES
A#/02)o 6<.- .............................. le dar5 estricto cumplimiento a lo tipi0icado en el Cap*tulo >' art*culo noenta y cinco (:E) del Códi#o del rabajo y al presente re#lamento.
PROIBICIONES
A#/02)o 63.- .............................. obserar5 estrictamente lo establecido en el art*culo noenta y seis (:<) del Códi#o del rabajo y en el presente re#lamento.
C A P I T U L O =III! OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES! OBLIGACIONES A#/02)o 64.- 4os trabajadores se obli#an a dar estricto cumplimiento a lo establecido en el art*culo noenta y siete (:9) del Códi#o del rabajo y dem5s obli#aciones contenidas en este re#lamento.
PROIBICIONES
A#/02)o 65.- Son pro-ibiciones de los trabajadores las establecidas en el art*culo noenta y oc-o (:8) del Códi#o del rabajo y dem5s pro-ibiciones contenidas en este re#lamento y en su contrato indiidual de trabajo.
C A P I T U L O =IV! DISPOSICIONES FINALES! A#/02)o 66.- 2in#una disposición contenida en el presente re#lamento podr5 interpretarse como renuncia de la empresa o de los trabajadores a los derec-os "ue la ley les concede. 4os derec-os y obli#aciones no preistos en el presente re#lamento se re#ir5n por las normas #enerales y especiales contenidas en el Códi#o del rabajo y dem5s leyes aplicables.
A#/02)o 67.- odos los trabajadores y el patrono est5n obli#ados a conocer todas las disposiciones contenidas en el presente re#lamento.
A#/02)o 68.- ueda entendido y establecido en el presente &e#lamento 'nterno de rabajo, "ue los contratistas asumen todos los ries#os para realiar las labores en bene0icio ajeno, con sus propios medios y con libertad o autonom*a t?cnica y directia. n lo re0erente a la responsabilidad laboral del pa#o del salario, prestaciones e indemniaciones a "ue ten#an derec-o los trabajadores e indemniaciones a "ue ten#an derec-o los trabajadores se estar5 a lo establecido en el art*culo siete (9) re0ormado del Códi#o del rabajo.
A#/02)o 69.- .............................. colocar5 en sitio isibles de la empresa, un ejemplar del presente re#lamento a la ista del personal laborante para "ue se entere de su contenido y lo obseren 0ielmente una e "ue sea aprobado.
C A P I T U L O =V! DISPOSICIONES TRANSITORIAS! A#/02)o 7.- l presente re#lamento entrar5 en i#encia el d*a de su aprobación por la Secretar*a de rabajo y Se#uridad Social. Sus re0ormas o dero#atorias se sujetar5n al mismo tr5mite de su aprobación. 4a empresa mandar5 a imprimir un ejemplar a cada uno de sus empleados.