Expediente
: 1530-2015-0-0701-JP-FC-05
Especialis Especi alista ta Legal L egal : VIVERO DIEZ DIEZ,, JULIA E. Cuaderno Cuaderno
: Princi pal
Escrito
:
Sumilla
: SOLICITO SE DECLARE
DEUDOR
ALIMENTARIO
MOROSO
A
LA
DEMANDADA Y SE INSCRIBA EN EL REDAM, DE ACUERDO A LEY N°28970. SEÑORA SEÑORA JUEZ J UEZ DEL DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DEL CALLA CAL LAO O DE LA CORTE SUPER SUPERIOR IOR DE JUSTICIA JUSTICIA DEL CALLAO CALL AO PAUL RICHARD QUICHCA QUICHCA PEÑA, PEÑA , con generales en autos, en los seguidos contra Cynthia Rita Yaranga Cordova sobre Alimentos, ante Ud. con el debido respeto, manifiesto lo siguiente: I.
PETITORIO: Que, en calidad de padre y en representación del menor alimentista PAUL JOAQUIN QUICHCA YARANGA (12), (12), como parte afectada por el incumplimiento de la obligación alimentaria establecida mediante Sentencia, que recae en en la Resoluci ón número n úmero DIEZ de fecha ocho de marzo del dos mil di eciséis eciséis,, expedida por su judicatura y a la fecha la demandada demandada adeuda más de 18 cuotas sucesivas1; y por convenir a su derecho y legítimo interés, oncurro ante su honorable despacho a fin de SOLICITAR SE DECLARE DEUDOR ALIMENTARIO AL IMENTARIO MOROSO2 A LA DEMANDADA EN EL PRESENTE PRESENTE PROCES PROCESO O y conforme sus atribuciones 3 se inscriba 4 en el registro de deudores alimenticios morosos, morosos, cuya información relevante a considerar es la siguiente:
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Art. 1.- Ley N° 28970 Art. 4. Declaración Judicial. DEL REGLAMENTO DE LA LEY 28970 QUE CREA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS, APROBADO MEDIANTE D.S. N° 002-2007-JUS. 3 DIRECTIVA N° 004-2007-CE-PF - VII.NORMAS ESPECÍFICAS ESPECÍFICAS Item. 2. El Órgano jurisdiccional, previo cumplimiento cumplimiento de las condiciones descritas en el artículo 4° del Reglamento y siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 4° de la Ley, dispondrá la inscripción, del deudor alimentario moroso, en el REDAM, a través del REDIDAM de su respectiva Corte Superior de Justicia. Para tal efecto utilizará la Ficha de Registro que, como anexo 01. Forma parte integrante de la presente Directi va. 4 Art. 5. Procedimiento del Registro. DEL REGLAMENTO DE LA LEY 28970 QUE CREA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS APROBADO MEDIANTE D.S. N° 002-2007-JUS. 2
a) Nombres y apellidos apellidos completos completos del Deudor Deudor Alimentario Moroso: CYNTHIA CYNTHIA RITA YARANGA YA RANGA CORDOVA. b) Domicilio real del Deudor Alimentario Moroso: JIRON MARACAIBO N° 2361 DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES Y PROVINCIA DE LIMA. c) Número de Documento Nacional de Identidad: DNI N° 43242247. 43242247 . II. FUNDAMENTOS DE HECHO: HECHO: Amparo mi pedido, en los siguientes siguientes enunciados: 2.1. A la demandada CYNTHIA RITA YARANGA CORDOVA, se le siguió un proceso de alimentos a favor del menor PAUL JOAQUIN QUICHCA PEÑA, ante el juzgado a su cargo, el mismo que a través de Sentencia de fecha 08 de Marzo del 2016, obligó a la demandada a asistir al menor agraviado, con una pensión alimenticia ascendente a la suma de S/. 530.00 Soles. 2.2. Con el incumplimiento de la demandada, con el pago de las nueve pensiones alimenticias en favor de mi menor hijo PAUL JOAQUIN QUICHCA YARANGA (12), su despacho mediante resolución DIECISEIS de fecha 01.09.2016, aprobó la liquidación de pensiones devengadas del periodo Agosto 2015 a Abril 2016, ordenando a la emplazda el pago de S/.4,820.77 soles, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público. 2.3. Que, al no cumplir la demandada con lo ordenado or denado en la resolución indicada en el punto anterior, a solicitud de esta parte demandante, vuestra judicatura mediante resolución DIECISETE de fecha 25.10.2016, dispuso se haga efectivo el apercibimiento ordenado y se remitan las copias al Ministerio Público, a fin que procedan con la denuncia por la comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, siendo recepcionadas por la Segunda Fiscalía Provincial Penal del Distrito Fiscal del Callao, ingreso N°……... 2.4. Que, como es de verse en autos, la demandada NO CUMPLE con la obligación que tenemos todos los padres hacia nuestros hijos, por consiguiente esta parte demandante, con fecha veinticinco de enero de los corriente, le solicitó a vuestro despacho se realice la segunda liquidación de
pensiones devengadas correspondientes al periodo Mayo 2016 a Enero 2017, señalando nuestra propuesta de liquidación, la misma que se le corrió traslado a la parte demandada y encontrarse debidamente notificada, la emplazada no ha cumplido con honrar su deuda. 2.5. Con respecto al periodo devengado de Mayo 2016 a la fecha Enero 2017, (09 meses), como se aprecia en autos, solicitamos se realice liquidación por ante su Juzgado. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Que, el presente requerimiento, se encuentra amparado en los siguientes dispositivos legales: 3.1. Ley N° 28970. Ley que crea el registro de deudores alimentarios morosos 3.2. D.S. N° 002-2007-JUS. Dispositivo que aprueba Reglamento de la Ley que crea el registro de deudores alimentarios. 3.3. Resolución Administrativa N° 136-2007-CE-PJ, que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM 3.4. Directiva N° 004-2007-CE-PJ Normas y procedimientos para el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.
IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. Sentencia de fecha 08.03.2016, que determina el monto de pensión mensual a S/.530.00 soles.
2. Resolución Número DIECISIES de fecha 01.09.2016, que aprobó la liquidación de devengados del periodo Agosto 2015 a Abril 2016 (09 meses)y ordena del pago, bajo apercibimiento de remitirse las copias certificadas al Ministerio Público.
3. Resolución Número DIECISIETE de fecha 25.10.2016, que dispone se haga efectivo el apercibimiento y se remitan las copias al Ministerio Público a fin que procedan con la denuncia por la comisión del delito de omisión a la asistencia familiar.
4. La Propuesta de Liquidación de pensiones alimenticias, del periodo Mayo 2016 a Enero 2017 (09 meses), el cual está pendiente de proveer por ante su Despacho. V. ANEXOS ADJUNTOS:
1.A-. Formato de Solicitud de Declaración 5 de deudor alimentario moroso, llenado con los datos requeridos. 1.B.- Fotocopia simple de Sentencia Sentencia que recae en la Resolución Número DIEZ de fecha 08.03.2016, emitida por su despacho. 1.C.- Fotocopia simple simple de DNI DNI del suscrito 1.D.- Fotocopia simple simple de DNI de menor menor agraviado. POR LO EXPUESTO: EXPUESTO: Acudo a su despacho a fin de SOLICITAR SE DECLARE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO A DOÑA CYNTHIA RITA YARANGA CORDOVA y conforme sus atribuciones se efectúe la debida inscripción en el registro de deudores alimenticios morosos, de acuerdo a Ley. Callao, 14 de Marzo del 2017.
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PAUL RICHARD QUICHCA PEÑA DNI N° 40055149
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el numeral c) del Artículo 4.- del Reglamento de la Ley N° 28970 que crea el registro de deudores alimenticios morosos, aprobado mediante D.S. N° 002-2007-JUS