EL DERECHO EN LA SOCIEDAD MODERNA
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA SEDE PÉREZ ZELEDÓN
FACULTAD DE DERECHO
CURSO: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO
PROFESOR: FERNANDO GAMBOA
ENSAYO: EL DERECHO EN LA SOCIEDAD MODERNA
ELABORADO POR: GÓNZALEZ MÉNDEZ, KEMBLY Página 1
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FEBRERO, 201 EL DERECHO EN LA SOCIEDAD MODERNA
El papel del Derecho en la sociedad moderna se constituye en un tema muy amplio. Tan numerosas son las nociones del Derecho concebidas por diversos autores, como distintas las sociedades, al considerar tanto la ubicación geográfica como temporal de éstas. Sin embargo, de forma general se puede afirmar que el derecho tiene un fin social. ste es un elemento en com!n en los diversos conceptos que le han sido dados, por lo cual el ordenamiento va a depender en gran manera de la sociedad en que se desarrolle. "nicialmente, se debe tomar como fundamento la conceptuali#ación moderna del Derecho, como el con$unto de normas impuestas y protegidas por un Estado, cuyo propósito es regular las relaciones humanas en sociedad. Estas normas $ur%dicas poseen un carácter impositivo, ya que el Estado, además de establecerlas como obligatorias, cuenta con los mecanismos coactivos para garanti#ar el cumplimiento de éstas. Este papel de creación de las leyes por parte del Estado es caracter%stico del derecho moderno, por cuanto en la antig&edad no suced%a de la misma manera. Es válido e'plicar, entonces, cómo se desarrollaba el derecho en una civili#ación primitiva, a modo de comparación. El derecho que se aplicaba en la antig&edad era muy rudimentario y surgió a ra%# de la costumbre. ( partir de la convivencia de los individuos se originaron conflictos y éstos necesitaban ser resueltos, de lo contrario la vida en sociedad no hubiera sido posible. )as costumbres y la tradición $uegan un papel fundamental en este tipo de sociedad, pues las normas surgen de manera natural y necesaria, al otorgar a estas Página 2
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costumbres un carácter imperativo y obligatorio. Todo aquel acto que sea considerado *malo+ o il%cito por la colectividad, pasa a ser prohibido y sancionado, mientras que se promueven ciertas formas de actuar en las personas, dentro de lo que se estima correcto y aceptable. En resumen, el Derecho y la moral están sumamente enla#ados. El contenido del derecho es básicamente el mismo que el de la moral reconocida por la comunidad. ( través del tiempo se pueden apreciar los cambios que fue sufriendo el Derecho. En este aspecto se diferencia el Derecho oderno, pues sus reglas no son necesariamente el resultado de la convivencia del hombre con sus seme$antes. (ctualmente, las normas que rigen las relaciones entre su$etos son dictadas por un ente superior y muchas de éstas no corresponden a ese sentido general de lo que es *bueno+ seg!n la sociedad. Se puede deducir que el Derecho se ha separado de la moral, dando origen a una serie de regulaciones distintas a las morales y sociales. -n segundo elemento distintivo del Derecho en la sociedad moderna es que el ordenamiento es cambiable. uando las normas dependen de la vida cotidiana y corresponden a nociones generali#adas del deber, tales como no hurtar o no cometer homicidio, éstas se mantienen invariables, pues son acciones básicas para la convivencia. /or el contrario, al tratarse de normas $ur%dicas cuyo contenido es m!ltiple y distinto a la moral, la normativa puede variar constantemente, sin necesidad de que las costumbres cambien. (quello que es válido hoy puede que no lo sea ma0ana, pues las autoridades pueden derogar normas y emitir nuevas, por lo que es factible que el derecho vigente cambie de un d%a para otro. 1eferente a ese aspecto del contenido variado de las normas, cabe resaltar que en los ordenamientos modernos e'iste una gran variedad de leyes creadas con propósitos espec%ficos, por lo que generalmente no afectan a la población en general, sino a un estrato determinado. Tal es el caso de aquellas medidas que regulan la actividad económica de un pa%s, normas tributarias y mercantiles, las cuales son de interés para las personas Página 3
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involucradas en dicho sector de actividades, mientras que para otras simplemente pasan desapercibidas. -no de los aspectos en los cuales se pueden percibir mayores transformaciones a lo través de la historia es en el campo penal. ada sociedad, históricamente, ha creado sus propias normas penales caracteri#adas por su entorno. 2riginalmente no e'ist%an un sistema penal estructurado, sino que las prohibiciones depend%an de una serie de elementos religiosos y mágicos. Dentro de este conte'to se daba que, ante la comisión de una falta, el individuo se enfrentaba a una vengan#a por parte del afectado y sus familiares, quienes se aseguraban de infligir al primero y a su familia un da0o mayor. /osteriormente, surgen limitaciones al método de vengan#a como castigo, como lo fue la )ey del Talión. on su famosa frase *o$o por o$o, diente por diente+, buscaba que el castigo no fuera desmedido, sino proporcional al delito cometido. ste ob$etivo se plasmó en códigos tales como el ódigo de 3ammurabi, la )ey de las 4"" Tablas y el Torá 5)ey de oisés6. En las sociedades primitivas eran comunes los a#otes, amputaciones de distintas partes del cuerpo y, por supuesto, la pena de muerte como castigos. /ara el hombre moderno, este tipo de acciones pueden parecer brutales, pero es un hecho que era lo que se acostumbraba e inclusive e'isten pa%ses hoy en d%a que a!n las practican. (hora bien, en la actualidad las penas están dirigidas a la privación de derechos o la libertad del individuo sentenciado. (demás e'isten las que afectan al patrimonio de la persona, es decir, que ésta debe pagar en dinero por el delito. )a pena más drástica, la de muerte, con el pasar de los a0os fue abolida en muchos pa%ses, sin embargo, en otros a!n se lleva a cabo. En resumen, el sistema de penali#ación cambió drásticamente desde los pueblos primitivos hasta ahora, pues en la sociedad moderna se encuentra en función de la $usticia y su$eto al respeto de los derechos humanos.
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2tro factor importante a considerar referente al tema son las relaciones que se establecen entre Estados. Se e'plicaba anteriormente el papel fundamental que cumple el Estado en la sociedad moderna, como el ente creador y protector de las normas $ur%dicas que caracteri#an al derecho en la época presente. De esta manera, cada pa%s cuenta con su derecho interno y particular. Sin embargo, debido a diversos factores macroeconómicos y principalmente al fenómeno de la globali#ación, las relaciones entre pa%ses alrededor del mundo son abundantes y muy comunes. Estas relaciones acarrean consigo impactos a nivel económico, cultural y social, repercutiendo igualmente en el ámbito $ur%dico. ( ra%# de la necesaria interacción entre Estados se originó un Derecho "nternacional, el cual está formado por las normas $ur%dicas internacionales que regulan las leyes de los Estados, define las responsabilidades legales de éstos con otros pa%ses y el trato que brindan a las personas dentro de sus fronteras. )os acuerdos y tratados internacionales, as% como los principios generales del Derecho, forman parte del derecho internacional. )a aplicación de este derecho se encuentra en manos de la 2rgani#ación de las 7aciones -nidas y abarca una gran cantidad de aspectos a nivel mundial. 1eferente a este alcance, en el sitio 8eb de la 27- se puede leer la siguiente información9 *Su dominio engloba un ámbito muy amplio de temas de interés internacional, tal como los derechos humanos, los programas de desarme, los delitos internacionales, los refugiados, la inmigración, los problemas de nacionalidad, el trato a los prisioneros, el uso de la fuer#a y la forma de actuar en la guerra, entre otros. También regula el patrimonio mundial, como el medio ambiente, el desarrollo sostenible, las aguas internacionales, el espacio e'terior, las comunicaciones mundiales y el comercio mundial.+ 5888.un.org6. on base en lo anterior se puede tener una idea de la amplitud de este tipo de derecho y su importancia, ya que su ob$etivo es crear condiciones ba$o las cuales puedan mantenerse la Página 5
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$usticia y el respeto a las obligaciones originadas en los tratados y demás fuentes a nivel internacional. )o que busca el derecho en este caso es asegurar el cumplimiento de las normas $ur%dicas que se han establecido para regir el comportamiento de los Estados dentro de la omunidad "nternacional. Este fin es, en esencia, el mismo que persigue el derecho interno de un pa%s, pero es evidente que a nivel macro representa un esfuer#o mucho mayor y no siempre se logra cumplir. En s%ntesis, el Derecho como se conoce actualmente es el resultado de una serie de procesos a lo largo de miles de a0os, pues este tiene su origen en los pueblos primitivos y ha recibido aportes de muchas culturas distintas. (l reali#ar una comparación entre lo que fue en la antig&edad y lo que es ahora, es evidente que ha sufrido considerables transformaciones desde esas épocas. En la sociedad moderna cumple un papel primordial para que los seres humanos podamos relacionarnos unos con otros y convivir en armon%a y pa#.
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