Universidad Rural de Guatemala Licda. Diana Juárez Ordóñez Derecho Procesal Laboral I Derecho to. !emestre !ede "illa #ueva
“EL ARBIT A RBITRAJE RAJE” ”
$ida $le%andra $le%andra Garc&a 'astellanos 'astellanos 'arn( )*+)+),
Guatemala- / de #oviembre del 0),
1
INDICE
INDICE................................................................................................................. 2 Introducción al arbitraje......................................................................................3 Nociones Generales del Arbitraje..................................................................... 4 Clasifcación del Arbitraje................................................................................5 Arbitraje de Derecho........................................................................................ 5 Arbitraje de Euidad........................................................................................ 5 Arbitraje !or"oso.............................................................................................. 5 Arbitraje #oluntario.......................................................................................... 5 Arbitraje Internacional..................................................................................... $ %n arbitraje es internacional& cuando'............................................................. $ Arbitraje (ibre o Ad)hoc................................................................................... $ Arbitraje Institucional o Ad*inistrado.............................................................. + El Acuerdo........................................................................................................ , (os -rbitros.................................................................................................... 1 C/NC(%0I/NE0................................................................................................. 11 EC/ENDACI/NE0.........................................................................................12 I(I/GA!IA.................................................................................................... 13
2
Introducción al arbitraje Una sociedad debe encauzar de manera adecuada la solución de controversias- de dis1utas- de di2erencias suscitadas en la reci1roca relación de sus inte3rantes. Por ello la or3anización de %usticia es tarea indele3able del 4stado. Pero ha5 2ormas institucionalizadas 5 1aralelas de lo3rarlo6 una es la del $rbitra%e. !e admite 7ue ori3inalmente- en el Derecho Romano- el arbitra%e se em1leaba en todas las materias- a8n en la criminal- 5 solo más tarde se le descarto de a7uellos liti3ios en 7ue entraba en %ue3o el inter(s del 4stado. $sumido 7ue el con2licto es una realidad insosla5able de toda or3anización 3ru1aldesde tiem1os remotos las 1ersonas han buscado di2erentes 2ormas de resolverlosla manera de 1oder mantener la convivencia armónica 5 1ac&2ica. 4n este sentidoel Derecho- el ordenamiento %ur&dico- es una de las maneras de 3arantizar las condiciones de vida de una sociedad- en tanto 1rocura 1reservar el orden estableciendo re3las de convivencia estructuradas sobre la base de derechos 5 obli3aciones 5 l&mites 1ara el e%ercicio de los derechos. 9istóricamente- el 1rimer 1aso 2ue la eliminación de la violencia 5 la 2uerza como m(todos de com1osición 5 la instauración de 2ormas de administración de %usticia- a trav(s de un tercero im1arcial 7ue dirimiera las contiendas de intereses. Pero como la e:istencia de intereses contradictorios 2orma 1arte de la naturaleza del 3ru1o- el estadista ha debido crear sistemas 7ue 1on3an remedio a los disensos- obli3ando a los miembros a observar ciertas re3las 5 1reviendo 7ue un tercero zan%e las dis1utas. 4s indis1ensable 7ue se establezcan tribunales 1ara cada comunidad 5 %ueces 7ue decidan las di2erencias 7ue se susciten6 un 4stado no ser&a 4stado si lo 7ue concierne a los tribunales no estuviese arre3lado como es debido. La administración de %usticia +en sentido lato+ a1arece as& como una de las herramientas de 7ue se han valido inicialmente las sociedades 1ara dominar los con2lictos 5 1ermitir la convivencia de sus miembros- haciendo intervenir a un tercero 1ara resolverlos 1ac&2icamente. 4s 1rueba de ello 7ue la e:istencia de %ueces es 1ree:istente a8n a la 2ormación de normas %ur&dicas; la 1rimera 1reocu1ación de los hombres 2ue la 2ormación de tribunales de %usticia. Los más anti3uos monumentos %ur&dicos
an8 5 #arada en la India- las ?II @ablas romanas 5 la le: sálica de los 2rancosA estaban consa3rados a la materia %udicial antes 7ue a la le3islativa. 4n los tiem1os modernos el 1roblema de cómo mantener la 1az social se a3rava 1or7ue el crecimiento demo3rá2ico- la ma5or concentración de 1oblación en las 3randes ciudades- el avance tecnoló3ico 5 el aumento del trá2ico de servicios 5 ne3ocios- la 3eneración 1ermanente de nuevas necesidades sociales +entre otras muchas razoneshan 1roducido un aumento en la con2lictividad- 7ue a su vez ha desbordado las estructuras 7ue el 4stado 1rovee 1ara dirimirlos- esto es- el Poder
3
Judicial. 'omo contra1artida- en los 8ltimos tiem1os se está veri2icando una ma5or 1resencia de los m(todos alternativos de solución de controversias- tales como la mediación o el arbitra%e. $ modo introductorio- debemos señalar 7ue en el arbitra%e e:iste un tercero im1arcial 7ue emite un veredicto sobre dos 1retensiones controvertidas. Pero a di2erencia de la Justicia- es un sistema en el 7ue la decisión 7ue 1one 2in al con2licto no emana de los %ueces del 4stado- sino de 1articulares. $ (l se lle3a 3eneralmente en 2orma voluntaria- a trav(s de cláusulas mediante las cuales las 1artes deciden someter determinadas cuestiones a resolución de árbitros en lu3ar de acudir a los %ueces. La ado1ción del arbitra%e 1or la voluntad de las 1artes +o 1or el le3islador en ciertos casos en 7ue lo im1one como 2orzoso+ im1lica des1lazar total o 1arcialmente la %urisdicción de los ór3anos del Poder Judicial.
Nociones Generales del Arbitraje 4l arbitra%e es un 1roceso en el cual se trata de resolver e:tra%udicialmente las di2erencias 7ue sur%an en las relaciones entre dos o mas 1artes- 7uienes acuerdan la intervención de un tercero
4
Clasifcación del Arbitraje Una de las venta%as del arbitra%e es su 2le:ibilidad. 4n 1rinci1io- las 1artes 1ueden convenir todos los as1ectos del sistema 5 ada1tarlo a las necesidades del caso. Las modalidades de arbitra%e más im1ortantes son6
Arbitraje de Derecho Los árbitros de derecho o iuris act8an en base a 2ormas le3ales 5 deciden las cuestiones liti3iosas se38n el derecho 1ositivo- en 2orma similar a como lo har&a un ma3istrado %udicial. 4l laudo debe estar sustentado en derecho. 4l árbitro iuris dictará su laudo a%ustado a las normas estrictas de un derecho determinado- con arre3lo a la le5 5 1rocedimiento 2i%ado. <$rt. */ numeral 0- Decreto #o. /+B,A.
Arbitraje de Equidad 4l árbitro Carbitrador o ami3able com1onedor resuelve e: ae7uo et bono- es decirse38n su leal saber 5 entender dándole la le5 en este caso- ma5or mar3en de discrecionalidad en la b8s7ueda de solución de controversia. Pueden 1rescindir de las normas %ur&dicas 1ositivas- tanto en la tramitación del 1roceso- como en la 2undamentación del laudo. Para los comerciantes- ho5 en d&a- es mucho mas conveniente 7ue el arbitra%e sea llevado 1or árbitros de e7uidad- 5a 7ue (stos 1ueden ser comerciantes a la vez 5 7ue 1osean conocimiento 5 e:1eriencia sobre los con2licto 7ue sur3en entre los comerciantes- 7ue se1a de la materia- 5 no al contrario del arbitra%e de derecho en el cual los árbitros resolverán de acuerdo a le5- 1asando as& los diversos 2actores 7ue intervienen en los ne3ocios mercantiles.
Arbitraje Forzoso 4n determinados su1uestos- no es la voluntad de las 1artes la 7ue sustrae la contienda del conocimiento de los %ueces estatales- sino una dis1osición le3al 7ue lo establece como 2orzoso- siendo el le3islador 7uien decide la su%eción del caso a arbitra%e.
Arbitraje voluntario @ambi(n llamado 'onvencional tiene su ori3en en la autonom&a de la voluntad de las 1artes- 7uienes eli3en la v&a del arbitra%e 1ara la solución de sus controversias. $rbitra%e Dom(stico o #acional 4ste ti1o de arbitra%e se constitu5e cuando abarca las controversias dentro del marco %ur&dico estatal.
5
Arbitraje Internacional 'om1rende la solución de controversias 7ue e:ceden el marco de un 4stado- 5 de con2ormidad con el Decreto #8mero /+B, del 'on3reso de la Re18blica de Guatemala- Le5 de $rbitra%e- en su $rt&culo 0 establece6
Un arbitraje es internacional, cuando Las 1artes en un acuerdo de arbitra%e tienen- al momento de su celebración- sus domicilios en estados di2erentes- o Uno de los lu3ares si3uientes está situado 2uera del estado en el 7ue las 1artes tienen sus domicilios6 4l lu3ar del arbitra%e- si (ste se ha determinado en el acuerdo de arbitra%e o con arre3lo de acuerdo de arbitra%e. 4l lu3ar del cum1limiento de una 1arte sustancial de las obli3aciones de la relación comercial o el lu3ar con el cual el ob%eto del liti3io ten3a una relación más estrecha. Las 1artes han convenido e:1resamente en 7ue la cuestión ob%eto del acuerdo de arbitra%e está relacionada con más de un 4stado. Para los e2ectos del numeral )A de este art&culo- se entenderá 7ue6 !i al3una de las 1artes tiene más de un domicilio- el domicilio será el 7ue 3uarde una relación más estrecha con el acuerdo de arbitra%e. !i una 1arte no tiene nin38n domicilio o residencia habitual- se considerará domiciliada en el lu3ar donde se encuentre. 4n el orden internacional la cuestión de la arbitrabilidad se encuentra res3uardada 1or las convenciones internacionales tales como la 'onvención sobre el Reconocimiento 5 4%ecución de !entencias $rbitrales 4:tran%era de #ueva EorF de )B,-
Arbitraje !ibre o Ad"hoc @iene cabida cuando las 1artes convienen el 1rocedimiento 5 el Derecho a1licable3uardando las 3arant&as básicas. De hecho esta modalidad de arbitra%e es más
$
com1le%a 5 lenta de llevar a cabo- 1ero las 1artes suelen creer 7ue ellas controlan me%or el desenvolvimiento 1rocesal- 1or lo 7ue a8n subsiste este ti1o de arbitra%e. Debe distin3uirse dos 2ormas en el arbitra%e ad+hoc6 el estricto- en 7ue las 1artes establecen su 1ro1io re3lamento; 5 el am1lio- en 7ue las 1artes se someten a un re3lamento 1re2i%ado. 4n el arbitra%e libre o ad hoc no e:iste nin3una institución 7ue administre el sistema- 1or lo 7ue las 1artes deberán 1onerse de acuerdo en las re3las sobre las cuales se desarrollará el arbitra%e6 tendrán 7ue acordar las normas en base a las 7ue actuarán los árbitros 5 1roveer todo lo necesario 1ara 7ue el arbitra%e 1ueda comenzar. Deberán convenir los mecanismos de elección de los árbitros- el lu3ar donde se llevará a cabo 5 en su caso el idioma- los 1rocedimientos a1licables- m(todos de coerción 1ara el caso de reticencia de al3una de ellas a coo1erar o de 2alta de cum1limiento de las resoluciones de los árbitros- 2i%ar a los árbitros el 1lazo 1ara laudar- eventualmente establecer los recursos 7ue cabrán contra el laudo- etc.
Arbitraje Institucional o Ad#inistrado 4n el arbitra%e institucional se 1rev( la 1artici1ación de una entidad 7ue administra 5 or3aniza el trámite- 5 1resta una serie de servicios 1ara 7ue la contienda sea resuelta con ma5or e2icacia. La cuestión liti3iosa es1ec&2ica es resuelta 1or árbitros esco3idos 1or las 1artes. La entidad 1resta tareas de a1o5o a las 1artes 5 a los árbitros- 1ero no 1artici1a en la decisión del caso. 9abitualmente tienen listas de árbitros 1ara 7ue las 1artes eli%an- un re3lamento de 1rocedimientos 5 modelos de acuerdo arbitral- lo 7ue 2acilita a las 1artes el sometimiento a arbitra%e. $simismo 1roveen el local 5 toda la in2raestructura necesaria 1ara 1oder llevar a cabo el %uicio arbitral- 5 1restan servicios de secretar&a6 recibir 5 noti2icar la demanda- 2i%ar honorarios- ele3ir a los árbitros 5 resolver las recusaciones 7ue 1uedan 1lantearsereem1lazar árbitros cuando sea necesario 1or renuncia o vacancia- 2i%ar la sede del arbitra%e- el idioma en 7ue tramitará- etc. 4n Guatemala- entre otros- se encuentran los centros de arbitra%e de la 'ámara de Industria 5 de la 'ámara de 'omercio 7uienes o2recen sus servicios. >arzorati establece 7ue el arbitra%e institucional será 1re2erible en a7uellos contratos cu5a e%ecución sea duradera en el tiem1o- mientras 7ue el arbitra%e ad+ hoc será una alternativa a contratos con 1restaciones de e%ecución instantánea. Personalmente di2iero de esta a2irmación- 1uesto 7ue sea cual7uier asunto 7ue se someta al arbitra%e- este debe de ventilarse 1or e:1ertos 5 dentro de una institución sólida- 1or las m8lti1les venta%as 7ue arriba se indicaron- 5a 7ue nin38n
+
comerciante considerara o1ortuno de%ar en libertad la solución de la controversia1uesto 7ue en cual7uier v&a 5 sobre todo 1rote3erá su inter(s económico 5 su ca1ital.
El Acuerdo 4l convenir de las 1artes constituirá la columna vertebral del arbitra%e 5 será una 1ieza clave en el desarrollo 1osterior. 4n base a ellas las 1artes 1odrán e:i3ir la realización del arbitra%e. 4l arbitra%e nace normalmente a 1artir de la voluntad de las 1artes 7ue deciden e:cluir la %urisdicción %udicial- remitiendo determinadas cuestiones liti3iosas a la decisión de 1articulares. 4se acuerdo de voluntades +7ue 3en(ricamente denominaremos acuerdo arbitral o 1acto de arbitra%e+ 1uede hallarse re1resentado en un solo acto- o bien dividirse en dos actos sucesivos. 4n esta 8ltima hi1ótesis tendremos una cláusula com1romisoria 5 un 1osterior com1romiso arbitral. La cláusula com1romisoria es el convenio mediante el cual las 1artes deciden someter al3unos asuntos a arbitra%e- sustra5(ndolos al conocimiento de los %ueces ordinarios. Las diver3encias a las 7ue se re2iere son- al momento de suscribir la cláusula- meramente eventuales- sin 7ue si7uiera se se1a si lle3arán a 1roducirse. $ la cláusula com1romisoria le son a1licables- en 3eneral- los re7uisitos 3en(ricos de los contratos6 tendrá 7ue e:istir un consentimiento válido- mani2estado 1or 1ersonas con ca1acidad 1ara obli3arse- versando sobre un ob%eto l&cito 5 1lasmado en la 2orma 1revista 1or la le5. $dicionalmente- la cláusula com1romisoria tiene un re7uisito es1ec&2ico- consistente en la necesidad de 7ue e:ista entre las 1artes un v&nculo %ur&dico más am1lio- del cual 1uedan sur3ir controversias 7ue son as& la materia sobre la 7ue recaerá el arbitra%e. 9abida cuenta de 7ue al momento en 7ue se celebra este acuerdo todav&a no e:isten diver3encias concretas 5 actuales- la cláusula com1romisoria está habitualmente re2erida a con2lictos eventuales 5 2uturos. Para el caso en 7ue de esa relación %ur&dica se suscitaran controversias- las 1artes 1rev(n su solución 1or la v&a del arbitra%e. 4n ese momento- las 1artes no conocen con certeza cuáles serán 1untualmente los as1ectos concretos 7ue deberán resolver los árbitros. 4llo no im1lica- sin embar3o- 7ue el sometimiento de las mismas a arbitra%e sea inválido6 el acuerdo contenido en la cláusula com1romisoria hace irrevocable 5 de2initivo el 1acto. 4l 1roblema es 7ue- en las le3islaciones 7ue a8n mantienen la e:i3encia del com1romiso arbitral- cuando el con2licto e2ectivamente se 1roduce- es necesario celebrar un nuevo acuerdo de voluntades 7ue com1lemente la cláusula com1romisoria 5 la ha3a o1erativa.
,
4sta es la 2unción del com1romiso arbitral6 mediante este nuevo acuerdo las 1arteslue3o de veri2icado el con2licto de intereses- convienen los as1ectos concretos de 2uncionamiento del arbitra%e. !u cometido es com1lementar la dis1osición 3en(rica contenida en la cláusula com1romisoria de remitir a árbitros las eventuales dis1utas- al concretarlas en determinados 1untos es1ec&2icos. 4l com1romiso arbitral está re2erido a controversias 5a e:istentes 5 no meramente eventuales 5 tiene 1or 2inalidad la de de2inir +entre otras cosas+ los 1untos liti3iosos 7ue los árbitros habrán de resolver. 'on el com1romiso arbitral se com1leta el acuerdo arbitral 5 ad7uiere o1eratividad concreta la e:clusión de la %urisdicción %udicial 5 el sometimiento de las cuestiones a %uicio de árbitros. #o obstante la di2erencia conce1tual entre ambos- debe tenerse 1resente 7ue traducen una misma 2inalidad6 1ermitir 7ue cierta clase de dis1utas sean resueltas 1or árbitros. La cláusula 2i%a 3en(ricamente el ob%eto del arbitra%e- esti1ula una clase de con2lictos 2uturos; el com1romiso es1eci2ica uno o más liti3ios 1resentes- la cláusula no contiene necesariamente una sumisión- 1or7ue (sta es la entre3a de un con2licto a árbitros determinados. La cláusula se %usti2ica- 1ara al3unos- 1or 2acilitar el arbitra%e- en cuanto se 2orma en el momento más adecuado 1ara convenir- 1ues las 1artes no conocen el carácter e:acto del liti3io 2uturo lo 7ue- si en al3una 2orma im1ide desi3nar el árbitro adecuado- en cambio evita im1oner a los interesados con la determinación minuciosa de los re7uisitos 5 circunstancias restantes del arbitra%e 7ue- en ese momento- es solo 1osible. 'uando voluntariamente se recurre al arbitra%e- ello su1one 7ue las 1artes- a 1esar de sus di2erencias- están de acuerdo- 1or lo menos- sobre tres 1untos6 el 1rocedimiento- los árbitros 5 el ob%eto del liti3io. !i3ni2ica 7ue- reconociendo su inca1acidad 1ara hacerse %usticia ellas misma- demandan 7ue la im1arcialidad de otro reem1lace en ese sentido tal im1otencia. !in embar3o- es im1ortante e:aminar la ca1acidad de com1rometer en arbitra%e 7ue tendrán las 1artes- 1or7ue la misma 1odr&a a2ectar la e:istencia de la cláusula o convenio arbitral. 'omo 1unto de observación se enmarca 7ue dentro del Decreto #o. ))+ 0 del 'on3reso de la Re18blica + Re2ormas le3ales 1ara la im1lementación del @ratado de Libre 'omercio Re18blica Dominicana- 'entroam(rica 5 4stados Unidos+ e:1resa 7ue no será necesario el acuerdo de las 1artes 1ara redactar el com1romiso arbitral1ara los casos de los 'ontratos de Re1resentación- $3encia 5 Distribución- 5a 7ue el arbitra%e se 1resumirá en ausencia de dis1osición contraria establecida 1or las 1artes.
!os $rbitros 4l si3ni2icado del t(rmino Cárbitro- 1odemos establecerlo tomando en cuenta distintas o1iniones. 9umberto =riceño !ierra- nos e:1lica6 CHen cuanto a los %uz3adores 1rivados- árbitros en lat&n 5 avenidores en romance ario Gordillo- 3uatemalteco- dentro de su obra C4l Derecho Procesal 'ivil 3uatemalteco- nos dice 7ue árbitro CHes la 1ersona a 7uien transitoriamente 7ueda investido de %urisdicción 1ara 1ro2erir un laudo- con la cate3or&a 5 e2ectos de una sentencia %udicial
1
CONCLUSIONES ). La e:e3esis del derecho laboral se encuentra en los 1rinci1ios 7ue le ins1iran- tanto en )s de naturaleza sustantiva como en )s de naturaleza ad%etiva; los cuales tienen como 1rinci1al ob%etivo 5 2unción- mantener la armon&a entre el ca1ital- 7ue re1resenta al 1atrono; 5 el traba%o- 7ue re1resenta al traba%ador; siendo de suma im1ortancia 1ara el desarrollo de cual7uier sociedad- 1er en el caso de Guatemala actualmente los Juz3ados de @raba%o 5 Previsión !ocial 7ue conocen en materia laboral no los a1lican adecuadamente. 0. 4l 1roceso ordinario oral laboral 2ue instituido en sus or&3enes como un 1roceso e2iciente 5 e2icaz en la solución de las controversias sur3idas con ocasión del traba%o; actualmente- 3racias a la saturación de 1rocesos- se revela 7ue las situaciones han cambiado- 5a 7ue ha de%ado de res1onder a )s 1rinci1ios del derecho laboral- convirti(ndose en un 1roceso sumamente lento 5 oneroso 1ara las 1artes; sobre todo 1ara el traba%ador. *. Un m(todo alternativo de resolución de con2lictos- 7ue contribuir&a 3randemente al des con3estionamiento de los ór3anos %urisdiccionales- es el arbitra%e; 7ue se encuentra re3ulado 8nicamente 1ara con2lictos colectivos de traba%o 5 1ara con2lictos civiles 5 mercantiles; observándose 7ue e:iste una 2alta de re3ulación le3al en cuanto a la 1osibilidad de la a1licación del arbitra%e en con2lictos individuales de traba%o.
11
RECOMENDACIONES ). 4l 4stado de Guatemala- a trav(s de los Juz3ados de @raba%o 5 Previsión !ocial 7ue conocen de materia laboral 5 a1lican la 'onstitución 5 normativa laboral vi3ente a casos concretos- debe 3arantizar a la 1oblacin 3uatemalteca el cum1limiento de los 1rinci1ios del derecho laboral- tanto de naturaleza sustantiva como los 1rinci1ios de naturaleza ad%etiva- 1ara 7ue se manten3a la armon&a entre el ca1ital 5 el traba%o. 0. ue el 4stado de Guatemala- a trav(s del >inisterio de @raba%o 5 Previsión !ocial 5 los Juz3ados de @raba%o 5 Previsión !ocial- 1resente un 1ro5ecto en el cual se establezcan 1ro1uestas encaminadas a 7ue e:ista celeridad en el 1roceso ordinario oral laboral 5 7ue al resolver se a1li7uen los 1rinci1ios 3enerales del derecho- 1ara 7ue e:ista ra1idez en los 1rocesos 5 estos no se vuelvan en3orrosos 1ara las 1artes *. 4l 4stado de Guatemala- a trav(s del 'on3reso de la Re18blica- debe analizar la 1osibilidad de re3ular de una manera adecuada el arbitra%e laboral- 1ara 7ue 1ueda ser utilizado 1ara resolver con2lictos individuales de traba%o- 5a 7ue actualmente la le3islación 3uatemalteca carece de dicha institución- lo 7ue limita la 1osibilidad de las 1artes a subsanar su con2licto en dicha instancia.
12
BIBLIOGRAFIA htt16KKbiblioteca.usac.edu.3tKtesisKKMBB*.1d2
13