UNIDAD 16 TÍTULO DE CRÉDITO POR EL GOBIERNO FEDERAL Objetivo Particuar : Estudiar el concepto y justificación de la desmaterialización de los títulos de crédito por causa de utilidad pública, CETES y PET!"!#!S$ Para ubicar este tema es necesario recordar %istóricamente al&unos conceptos, con el objeto de comprender la función del tema en comento$ El término '()SC!* fue %eredado del latín por todas las len&uas occidentales occidentales +()SCS, ()SC-. ()SC-.)S, )S, ()C-E ()C-E// 0ue en latín latín tempra temprano no si&nif si&nifica icaba ba 'espu 'espuert ertaa de mimbre mimbre 0ue &uarda oro*, y en el latín culto 'tesoro público*, entendiendo por 'tesoro* lo 1alioso e intocable, y por público, 'lo 0ue todos %an pro1eído* y no 'lo 0ue pertenece a todos*$ En nues nuestro tro país país el térm términ inoo '()S '()SC! C!** se asim asimil ilaa a la -utor utorid idad ad eca ecaud udad ador oraa de Contri Con tribuc bucion iones, es, y subsid subsidiar iariam iament ente, e, a los 0ue 1i&ila 1i&ilann la adecu adecuada ada recaud recaudaci ación ón y contribución$ Teoreticamente el '()SC!* no sólo si&nifica la recaudación tributaria, sino también se refi refier eree a toda todass las las form formas as a tra1 tra1és és de las las cual cuales es un 2o 2obi bier erno no se alle alle&a &a dine dinero ro,, '()#-#3-S P4".)C-S*$ Es decir, las (uentes de (inanciamiento de los 2obiernos +del sistema 0ue sea/ descansan por una parte en la recaudación tributaria y por la otra en el endeudamiento con prestamistas nacionales nacionales o e5tranjeros a tra1és de las formas de endeudamiento endeudamiento contempladas por la Le! Ge"era #e Deu#a P$bica , 0ue en su artículo 6 dispone lo si&uiente: Para los efectos de esta .ey se entiende por el financiamiento la contratación dentro o fuera del país, de créditos, empréstitos o préstamos deri1ados de: I% .a susc suscri ripc pció iónn o emis emisió iónn de Títu Título loss de Créd Crédit itoo o de cual cual0u 0uie ierr otro otro documento pa&adero a plazo$ II% .a ad0uisición de bienes, así como la contratación de obras o ser1icios cuyo pa&o se pacte a plazos III% .os plazos contin&entes relacionados con los actos mencionados$ I&% I&% .a celebración de -ctos 7urídicos an8lo&os a los anteriores$ El 2obierno %a sido prolífico en el dise9o de diferentes tipos de Títulos de euda Públic Pública, a, pero pero fundam fundament entalm alment entee con con su emisi emisión, ón, todos todos obe obedec decen en b8sica b8sicamen mente te a ; especies diferentes del mismo &énero: a' E Certi(i Certi(ica# ca#oo #e Te Te)orer )orer*a *a b' E Bo"o Bo"o P$b P$bic icoo ! c' E Cert Certi(ic i(ica#o a#o #e Par Partic tici+a i+aci, ci," " Todos ellos inte&ran la misma cate&oría cartular: un título confiere a su titular la participación indi1idual en un crédito colecti1o a car&o del 2obierno (ederal 0ue est8 técnicamente &arantizado por la Tesorería de la (ederación$ Son títulos de crédito de deuda pública 0ue se emiten en serie y 0ue est8n dise9ados para 0ue de manera masi1a los ad0uiera el público in1ersionista, a tra1és del mercado de 1alores en 1irtud de 0ue son 1alores burs8tiles$ Corresponde al Ejecuti1o (ederal, por conducto de la Secretaría de
Lo) Bo"o) P$bico) se crean en =>?6, estos son: .os "onos de enta fije a plazo indefinido los ")"S +bonos del &obierno federal para el pa&o de la indemnización/, los "!ES( +bonos de reno1ación urbana/, los P-2-(ES +pa&arés de la Tesorería de la (ederación/, los TES!"!#!S +bonos de la Tesorería de la (ederación/, los "!#ES +bonos de desarrollo del &obierno federal/, los -7ST-"!#!S +bonos ajustables del &obierno federal/, y los bonos de e&ulación @onetaria de "-#A)C!$ 16%1 CERTIFICADO- DE LA TE-ORERÍA DE LA FEDERACI.N /CETE-' CETE- Son Títulos de Crédito 0ue confieren a su Tenedor la participación indi1idual en un Crédito Colecti1o a car&o del 2obierno (ederal y 0ue confiere a sus tenedores idénticos derec%os representados en Títulos @últiples o Colecti1os$ Se crean por decreto del Con&reso de la nión en =>B6 +!( 6? de diciembre de =>B6/ y constituyen un tipo de naturaleza propia$ - partir del a9o de => el uso de los Cetes se 1uel1e sistem8tico con base del decreto del Con&reso de la nión 0ue autoriza al ejecuti1o (ederal para emitir Certificados de tesorería +!( 6? de no1iembre de =>/ 0ue establece las re&las &enerales de emisión, circulación, colocación y literalidad de los CETES$ Este e el decreto 0ue fue inscrito en el e&istro #acional de Dalores e )ntermediarios, el =? de enero de =>?, con base en e cual se fundamentan todas las emisiones de CETES 0ue se %an realizado %asta la fec%a actual el a9o 6$
16%1%1 CONCEPTO 0 U-TIFICACI.N DE LA DE-2ATERIALI3ACI.N DE LO- TÍTULO- DE CRÉDITO POR CAU-A- DE UTILIDAD P4BLICA .a materialización e1oca la consideración simultanea de dos elementos e5istenciales del título de crédito: la incorporación y la le&itimación, por0ue pretende mostrar 0ue el título debe e5istir en un cuerpo material, desde lue&o, en un papel, y 0ue pertenece en la propiedad por tratarse de una cosa, a una persona concreta$ .a desmaterialización es un concepto 0ue sólo se aplica a los títulos burs8tiles, dic%o concepto tiene rele1ancia en las cosas del mercado de 1alores y subsidiariamente en la transferencia electrónica de fondos$ .a desmaterialización de los títulos abordados en esta unidad obedece a causas 0ue se desprenden del acto de creación, 0ue consiste en un decreto del Con&reso de la nión 0ue faculta al Poder Ejecuti1o para la emisión, de: Certificados de la Tesorería de la (ederaciónF "onos Públicos: y Certificados de Participación, en estos tres supuestos el documento 0ue respalde la emisión se&ún corresponda se deposite en • •
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CETES en "-#A)C! "!#! P4".)C! se inscribe en el e&istro #acional de Dalores e )ntermediariosF CET)()C-!S E P-T)C)P-C)G#, se inscribe en el e&istro #acional de Dalores e )ntermediarios
En estos dos últimos el documento 0ue ampara la emisión se deposita en al&una )nstitución para el epósito de Dalores$
-l estar depositado el documento 0ue da ori&en a los títulos de referencia, e imposible 0ue este lle&ue a poder de los in1ersionistas 0ue %acen operaciones de compra de estos, en el mercado de 1alores, y 0ue reciben tan sólo constancias de depósito 0ue certifican la e5istencia de operaciones realizadas con 1alores burs8tiles$ e esto elementos se desprende 0ue el cliente de las casas de bolsa, 0uienes son los 0ue aportan el dinero 0ue permite el funcionamiento y desarrollo del mercado burs8til, no inter1ienen en nada 0ue no sea la entre&a de su dinero a la casa de bolsaF jam8s 1er8n un título$ Todos los títulos de cada emisión &eneralmente concentrados en un título único, permanecen depositados en una institución para el depósito de 1alores, institución 0ue nunca entrar8 en contacto con el cliente, esta entra en contacto tan solo con el intermediario burs8til$
16%1%5 DECRETO DEL % CONGRE-O DE LA UNI.N 7UE AUTORI3A LA E2I-I.N DE CETEEl decreto 0ue autoriza el Ejecuti1o (ederal a emitir Certificados de Tesorería, fue publicado en el iario !ficial el 6? de no1iembre de =>, en el se establecieron las e&las 2enerales de Emisión, Circulación, Colocación, .iteralidad, elementos 0ue se detallan a continuación: a/ Emisora El Ejecuti1o (ederal a tra1és de la S
16%1%8 CONCEPTO 0 NATURALE3A URÍDICA DE LO- CERTIFICADO- DE LA TE-ORERÍA DE LA FEDERACI.N CETE- Son Títulos de Crédito al Portador 0ue confieren a su Tenedor la participación indi1idual en un Crédito Colecti1o a car&o del 2obierno (ederal y 0ue confiere a sus tenedores idénticos derec%os representados en Títulos @últiples o Colecti1os$ NATURALE3A URÍDICA .os CETES son Títulos de Crédito Públicos, son Dalores "urs8tiles, 0ue se emiten en serie por0ue est8n destinados a colocarse en el @ercado de Dalores, para 0ue sean ad0uiridos de manera masi1a por el público +-%orradores o )n1ersionistas/ 16%1%9 ADECUACI.N DE LA TEORÍA GENERAL DE LO- TÍTULO- DE CRÉDITO APLICABLE- A LO- CETE- 0 PETROBONO- /certi(ica#o) #e +artici+aci,"' e la Teoría 2eneral de los Títulos de Crédito, se aplican a los CETES y PET!"!#!S las características esenciales de los Títulos de Crédito en lo conducente a su naturaleza jurídica: )ncorporaciónF .e&itimaciónF .iteralidad y -utonomía Con base en estas características aplicadas en lo conducente, es posible encuadrar a los CETES y PET!"!#!S dentro de los criterios de: ClasificaciónF CirculaciónF y Ejercicio de las -cciones 0ue el erec%o otor&a a los tenedores de títulos$ •
Es necesario se9alar 0ue la teoría de los títulos de crédito se aplica a los documentos 0ue certifican la realización de operaciones con CETES y PET!"!#!S, en 1irtud de la desmaterialización de los títulos de crédito, tema al 0ue se %izo referencia en el punto =B$=$=
16%1%: DERECO- 0 OBLIGACIONE- DE LA AD7UI-ICI.N DE CETEEste punto se satisface con lo se9alado en el punto =B$=$6 inciso c, d y e, particularmente$ -l 1encimiento del plazo al 0ue estén sujetos los CETES, "-#A)C! pública en el iario !ficial de la (ederación un a1iso comunicando a los tenedores de los CETES, a la fec%a a partir de la cual puede cobrar el monto de los CETES, 0ue se encuentran en su poder, por re&la &eneral este acto lo realiza en el lu&ar en el 0ue los ad0uirió +casa de bolsa, banco, etc$ /
16%1%6 AD7UI-ICI.N 0 NEGOCIACI.N DE LO- CERTIFICADO- DE LA TE-ORERÍA DE LA FEDERACI.N Ka %emos 1isto 0ue "-#A)C! es el a&ente colocador y depositario de los CETES, una 1ez 0ue se %a aprobado el acta de emisión la cual ser8 la base estructural del título único
0ue representara a la totalidad de la emisiónF se deposita en "-#A)C!, %ec%o lo anterior, los "ancos, las casas de bolsa y los in1ersionistas institucionales compran en subasta, los CETES de manera primaria, mediante posturas en firme 0ue presenten semanalmente a la Comisión #acional "ancaria y de DaloresF .as casas de bolsa a su 1ez lo colocan entre el &ran público o los ad0uieren como parte de su cartera de fondos$ El resto de la emisión se coloca entre los bancos e in1ersionistas %asta a&otar la emisión$
16%1%; NOR2ATI&IDAD APLICABLE AL CONTRATO DE CO2PRA&ENTA DE LO- CETEEl primer re&istro del ecreto 0ue autoriza al 2obierno (ederal a la emisión de CETES, fue realizado el =? de enero de =>? ante el 2E2)ST! #-C)!#-. E D-.!ES E )#TE@E)-)!S$ Este ecreto por una parte autoriza al 2obierno (ederal la emisión de CETES en repetidas ocasiones al a9o, &eneralmente los días miércoles de cada semana se realiza una nue1a emisión de CETES y cada una de ellas se conoce por la Cla1e 0ue se le asi&na, la cual se inte&ra por el a9o de la emisión y el número de la semana en 0ue e %izoF y por la otra se9ala los re0uisitos &enerales, tanto 0ue su emisión, depósito y colocación, así como los derec%os 0ue se confieren a sus titulares$
BRE&E DE-CRIPCI.N DEL PROCEDI2IENTO DE E2I-I.N DE CETE•
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Cuando el 2obierno decide %acer una nue1a emisión, con1oca al Comité de Emisiones 0ue se inte&ran con la S
De e)to) #ato) )e #e)+re"#e a e" vario cuer+o) "or=ativo)? E Decreto #e Co"@re)o #e a U"i," a" a Ejecutivo Fe#era +ara e=itir Bo"o) #e Te)orer*a /CETE-' •
La Le! #e I")titucio"e) #e Cr#ito La Le! #e 2erca#o #e &aore) La Le! #e Ba"co #e 2ico La Le! Ge"era #e Or@a"i>acio"e) ! Activi#a#e) Auiiare) #e Cr#ito La Le! #e a Co=i)i," Nacio"a Ba"caria ! #e &aore) La Le! +ara Re@uar a) A@ru+acio"e) Fi"a"ciera)
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EL ACTA DE E2I-I.N DE CETE- DEBE CONTENER LO- -IGUIENTEDATOI% II% III% I&% &%
E "$=ero #e e=i)i," La (eca #e a e=i)i," E vaor "o=i"a #e ca#a t*tuo La (eca #e ve"ci=ie"to ! La (or=a #e a=orti>aci,"
16%5 PETROBONO- /Certi(ica#o) #e +artici+aci,"'? Partiendo de la información introductoria de esta unidad 0ue nos permite ubicar al PET!"!#! como un Título de euda Pública, con las si&uientes precisiones: •
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El PET!"!#! es una nue1a aplicación para los CET)()C-!S E -P.)C-C)G# 0ue se utilizan como )nstrumentos de (inanciamiento @asi1o, a tra1és de su colocación en la "olsa como Dalores "urs8tiles$ -l ser un Dalor "urs8til, recibe la desi&nación de CET)()C-!S E P-T)C)P-C)G# amortizable mobiliario o inmobiliario, en publicaciones y pizarras +CEP)S/
EL CONTRATO DE CO2PRA&ENTA DEL PETR.LEO CO2O PRE-UPUE-TO PARA LA E2I-I.N DE PETROBONO- 0 EL FIDEICO2I-O CO2O BA-E DE -U E2I-I.N El L de abril de =>, se publicó en el iario !ficial el -cuerdo por el 0ue se autoriza la creación de un ()E)C!@)S! para la emisión de CET)()C-!S E P-T)C)P-C)G#, !rdinarios amortizables denominados PET!"!#!S con las si&uientes características: • • •
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()E)C!@)TE#TE$ El 2obierno (ederal a tra1és de S
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P-T)@!#)! .TE)!$ .as aportaciones 0ue %a&a el 2obierno (ederal de los derec%os pro1enientes de posteriores contratos de compra1enta de Petróleo crudo$
FINE-? =$
.a (iduciaria de día emitir CET)()C-!S E P-T)C)P-C)G# +PET!"!#!S/ con 1alor de 6 millones de pesos cada uno, como se puedan, cotizando el total de los 66? millones de "arriles a la cotización del 6J de abril de =>$ 6$ -l 1encimiento de los Certificados, los titulares participarían de forma alícuota, en el e5cedente 0ue %ubiera entre el Dalor #ominal de la emisión y el Dalor 0ue tu1ieran a la fec%a de la amortización el número de "arriles 0ue se %ubieran tomado en cuenta para constituir el (ondo para la emisión$ ;$ Pero adem8s$ .os Certificados &ozaban de un rendimiento mínimo &arantizado$
EL CONTRATO DE CO2PRA&ENTA? .a S
CONCEPTO 0 NATURALE3A URÍDICA DE LO- PETROBONOLo) Certi(ica#o) #e Partici+aci," /PETROBONO-' Son títulos de Cresito Colecti1os 0ue confieren a sus Tenedores la participación indi1idual de un crédito a car&o del Estado, emitidos por un ()E)C!@)S! P4".)C!$ Naturae>a ur*#ica Son Títulos de Crédito Públicos son un 1alor burs8til 0ue recibe la denominación de Certificados de Participación$ #!@-T)D)- -P.)C-".E -. C!#T-T! E C!@P-DE#T- E PET!"!#!S
Esta operación se ajustar8 en lo conducente a las leyes si&uientes: • • • • • •
.a .ey de )nstituciones de Crédito .a .ey del @ercado de Dalores .a .ey del "anco de @é5ico .a .ey 2eneral de !r&anizaciones y -cti1idades -u5iliares del Crédito .a .ey de la Comisión #acional "ancaria y de Dalores .a .ey para e&ular las -&rupaciones (inancieras