Si Juan impusiese a Manuel el máximo de la pena establecida para el tipo penal en donde fue subsumida la conducta en cuestión, siendo que 1 días antes había impuesto el mínimo al autor de un hurto calicado de . un bien mueble que quintuplicaba el valor de la tira de pan (cometido en similares circunstancias circunstancias de tiempo, modo y lu ar!, estaría violando el principio de" #rivacidad $eserva %ealidad &cción' exterioridad #roporcionalid ad
2 .
Pr e v i oac o nc e de rl ae x t r a di c i ó n,e lj ue zde bea s e gur a rq ues ec u m mp pl a nl o ss i gui e nt e srequisitos de forma" que el ue) que conceda la extradición se traslade con el imputado a los nes de controlar la lealidad del uicio en el extranero una descripción clara del hecho delictivo (circunstancias de tiempo, modo*! que se acompa+e sin excepción' al exhorto u ocio internacional una fotorafía del imputado y sus huellas diitales una tipicación leal del hecho que se arant arantice ice al imputa imputado do el pao pao de los astos astos del traslado traslado de su aboad aboado o defensor
3 .
%a teoría de la prevención especial positiva, sostiene que el n de la pena es" $esociali)ar delincuente-
al
.ntimidar al delincuenteMantener la pa) socialMotivar la conan)a en la norma/oaccionar a la sociedad-
4 .
%a conducta conducta supuestamente supuestamente cometida por Manuel puede ser clasicada como de" 0erecho administrativo
#enal
0erecho #enal com1n
0erecho #enal especial
5 .
0erecho disciplinario
#enal
0erecho contravencional
#enal
2l hecho de que Manuel se encuentre sufriendo los efectos del dictado de la prisión preventiva en el proceso de referencia y que sea actualmente considerado 3peliroso procesal4 por un hecho acontecido die) a+os antes, es compatible con" 5n derecho penal liberal 5n derecho autoritario
penal
no
5n derecho culpabilidad-
penal
de
5n derecho penal de acto5n derecho penal de autor-
6 .
Si Juan anali)ara los elementos subetivos contenidos en la conducta de Manuel en el estado de la culpabilidad (citando a autores como Soler o 61+e)!, podría decirse que utili)ó a tales nes la teoría" 6ormativi sta #ositivista 2cl7ctica 8uncionali sta 8inalista
7 .
Si Juan absolviere a Manuel debido a que su conducta 3no perudica u ofende los derechos individuales o sociales de un tercero, la moral o el orden p1blico4, debería fundamentar su decisión en el principio de" %ealidad #rivacidad $eserva &cción' exterioridad %esividad
8 .
2l tipo penal de hurto (en donde fue subsumida la conducta de Manuel!, que establece 3Será reprimido con prisión de un mes a dos a+os, el que se apoderase ileítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente aena4 es una denible en cuanto a su estructura como" Meramente preceptiva 9ipo penal abierto Meramente sancionatoria %ey penal en blanco %ey penal completa
9 .
%a conducta de Manuel, para ser considerada delito en nuestro ordenamiento, debe estar" &ceptada como delito por la costumbre .ncluida como delito por los 3principios enerales del derecho4 &ceptada como delito por la sociedad en eneral &ceptada como delito por la urisprudencia 0eterminada en el códio penal o ley especial
10 2l .
funcionalismo sist7mico radical de Ja:obs sostiene que la función del derecho penal es* la tutela de valores 7tico'sociales la tutela de la viencia de la norma la tutela de bienes urídicos la tutela de determinados valores subetivosla tutela de intereses sociales-
determinados
11 9eniendo .
en cuenta los interroantes que se le formula Juan con respecto a los nes o funciones del 0erecho #enal, se+ala o marca la;s respuesta;s correcta;s" %as teorías mixtas, no obstante su nombre, niean la posibilidad de combinar conceptualmente la absoluta con las relativas%as teorías absolutas de la pena sostienen que la pena se aota en sí misma%as teorías absolutas niean que la pena sea un mal que se impone necesariamente para lorar 3usticia42n la actualidad las teorías absolutas de la pena dominan el ambiente acad7mico y
udicial%as teorías relativas de la pena sostienen que el 0erecho #enal puede alcan)ar nalidades preventivas que exceden la pena en sí-
12 9eniendo .
en cuenta los interroantes y planteos que se reali)a a Juan, respecto a la situación procesal y social de Manuel, se+ala o marca la;s respuesta;s correcta;s" %a escuela es un medio de control social formal2xisten medios de control social formales e informales2l 0erecho #enal es un medio de control altamente formali)ado2l 0erecho no es un medio de control social%a familia es un medio de control social formal-
13 .
%os instrumentos de control social se proponen--2vitar conductas indeseables socialmente .mplantar un sistema de pensamiento uniforme a los nes de lorar la dominación de una sociedad determinada 2stimular determinados comportamientos expectables socialmente %orar la imposición en la sociedad de una idea moral o reliiosa determinada %orar una heemoni)ación social de orientación política
14 Si .
Juan impusiese a los familiares de Manuel una pena económica por el hecho que 7ste ha cometido, estaría violando el principio de"
15 #ara .
=>nter Ja:obs, la conducta del acusado (delito! podría ser identicada como" 5na lesión a un bien urídico
5n ataque al orden social establecido 5na violación a los deberes 7tico'sociales prevalecientes en una comunidad determinada 5n ataque a un derecho subetivo individual 5na comunicación defectuosa
16 Si .
la conducta desarrollada por Manuel fuese deroada o excluida del sistema penal, el ue) debería" absolver o sobreseer sólo si la defensa lo solicita absolver o sobreseer a Manuel por haber el leislador desincriminado la conducta en cuestión continuar el proceso si el querellante u otra parte del proceso lo requiere continuar el proceso si el scal lo requiriese continuar el proceso hasta su culminación
17 .
Si Juan reali)ara un 3uicio de reproche4 en el estadio de la culpabilidad (citando a autores como 8ran:, Jim7ne) de &s1a y 8rías /aballero!, podría decirse que utili)ó a los nes de anali)ar la conducta de Manuel la teoría" #ositivista 8uncionali sta 2cl7ctica 8inalista 6ormativi sta
18 .
Si Juan adhiriese a una teoría 3nalista4 del 0erecho y, a tales nes, utili)ara ese m7todo para anali)ar la conducta de Manuel, el elemento subetivo del tipo penal (hurto calicado! seria ubicable en el semento del" antiuridici dad tipo subetivo tipo obetivo culpabilida d punibilidad
19 .
Si Juan quisiese u)ar la conducta de Manuel no obstante haber sido incluida en el ordenamiento penal nacional con posterioridad a su desarrollo, chocaría con el principio penal de raiambre constitucional de" reserva (art- ?@ /6! proporcionalidad subsidiariedad lealidad (nullum crimen, nulla poena, sine lege! mínima suciencia
lt i pope n a l( a s í c o mol al e ype n a le nge n e r a l )e ndo ndef ues ub s u mi dal ac o nduc t adeMa nue lde b e 20 E .
r e uni rl oss i gui e nt e sc ar a c t e r e s : 6o iualitario 6o obliatorio 2scrito 2stricto 2xclusivo
&trá s 87.50%