UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE nacional” “Año del dialogo y la reconciliación nacional”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA ESCUELA PROFECIONAL DE DERECHO
FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DEL DERECHO LABORAL”
LOS TEMA: “ “ LOS
DOCENTE: MESTAS DOCENTE: MESTAS PONCE JOSÉ JAIME.
INTEGRANTES:
BECERRA QUISPE ALICIA.
ROCIO TICLIAHUANCA ROSA
LINGAN CALDERÓN MELVIN
MOYA SAVEEDRA ELSA
YESQUEN CHIROQUE OSCAR.
CALDERÓN ROSALES MARIO
ASIGNATURA: DERECHO CONSTITUCIONAL
UNIDAD
: I
CICLO
: III TUMBES-PERÚ 2018
DEDICATORIA
En esta ocasión primeramente le doy gracias a Dios por habernos permitido lograr nuestros objetivos y también este trabajo está dedicado para nuestros padres, porque gracias a ellos con esfuerzo día a día nos apoyan mutuamente para así seguir adelante con nuestras y cada una de las metas propuestas, también agradecer a nuestros docentes por sus enseñanzas que nos imparten día a día en nuestra formación profesional, y también al profesor del área de DERECHO LABORAL; JOSÉ JAIME MESTAS PONCE por ayudarnos a guiarnos en nuestro trabajo de evaluación y así mismo tener en claro su enseñanza diario para todos nosotros.
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INTRODUCCIÓN DE LOS FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DEL DERECHO LABORAL
La relación del Derecho del Trabajo se refleja a través de la llamada desregulación del trabajo, que no es más que considerar que el trabajo humano debe salir del proteccionismo laboral de las normas producidas por el Estado como derecho mínimo para los trabajadores. El mundo del trabajo se considera una mercancía individualizada del trabajador cuyo valor está determinado por la ley de la Oferta y la Demanda. También se puede decir que es una característica del hombre el estar siempre, “haciendo algo”. En este hacer y producir está la fuente de su salud y felicidad. El
trabajo es por lo tanto fundamental para la vida. Por ello, algunos filósofos sostuvieron que el hombre dejó de ser un simio o un simple animal, gracias al trabajo. Sin embargo, nuestra concepción sobre el trabajo, que es un deber y un privilegio, puede estar equivocada. ¿Cómo así? Como cuando consideramos que el trabajo es una carga, un mal necesario. O, cuando consideramos que es apenas un medio para alcanzar un fin: dinero, comodidad, prestigio, etc. ¿Será el trabajo un medio? Si el trabajo es apenas un medio para alcanzar los fines indicados y sus similares, y que éstos son la meta final, entonces habrán otras formas de alcanzar estos mismos fines sin necesidad de trabajar... pero, pensar así, significaría evadir una actividad, que nos da salud y satisfacciones espirituales, y que sería una contradicción a la esencia misma de nuestra existencia.
Equitativamente la filosofía de este derecho y las diversas ramas jurídicas como la laboral, penal, familiar, mercantil, fiscal; donde existe una relación que es el contenido Axiológico de estas, es decir , los valores jurídicos promotores de la justicia, la seguridad jurídica y la igualdad. También dentro del fundamento del derecho laboral, se puede decir que en el objeto y origen de la filosofía del derecho laboral; a hiso y sigue siendo una disciplina que ha evolucionado y que en su origen no se conocía con este nombre. Pero no obstante siempre ha tenido un ámbito de reflexión filosófico sobre el derecho laboral.
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SEGÚN LOS FILOSOFOS:
HERBERT MARCUSE
Fue un (Filósofo y Sociólogo Alemán): Entendemos solamente al trabajo como la actividad económica. El trabajo es una actividad económica, es decir producción de riqueza, la que permite nuestra subsistencia, por tal es una actividad existencial, trata de una actividad que se funda sobre la base de la administración, gestión y búsqueda de recursos necesarios para la satisfacción de nuestras necesidades particulares, es una actividad económica de nuestra existencia.
FRANCESCO CARNELUTTI
Equitativamente filósofo (Jurista y Abogado Italiano): Es la búsqueda de la satisfacción de nuestras necesidades, sin embargo nos hace la diferencia entre “trabajo directivo y trabajo dirigido o entre libre y esclavo”.
JUAN ANTONIO GARCÍA AMADO:
Este grande filósofo Manifiesta que el Derecho del Trabajo ha sido desconocido o ignorado por los filósofos, por ello plantea la necesidad de renovar la filosofía del derecho a partir del análisis de una disciplina, abordar el estudio de la realidad jurídica con alguna utilidad práctica y con una capacidad más o menos erudita.
TONY JUDT:
Hay que repensar el estado actual, su intervencionismo y su proteccionismo, o bien se repiensa el derecho del trabajo o bien se plantean los actuales elementos protectores del Derecho del Trabajo producidos por el estado de bienestar.
ANTOLIN DIAZ MARTINEZ :
La ciencia jurídica debe adquirir una dimensión más universalista de los conceptos jurídicos como único modo de contrarrestar el provincialismo
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ENTRE SUS CARACTERÍSTICAS TENEMOS:
Existen 4 características esenciales dentro de los fundamentos filosóficos del derecho laboral, las cuales daré a conocer a continuación:
AUTÓNOMA: Esta se puede dar porque es independiente del derecho civil y logra tratarse normativa y doctrinariamente como un cuerpo separado, es fundada por los siguientes componentes:
1. Se requiere que exista un objeto propio. 2. Es necesario que existan las fuentes propias del derecho. 3. Tiene principios propios.
DE GRAN FUERZA EXPANSIVA: Porque nació protegiendo a los obreros y luego a los empleados, es eminentemente clásica.
IMPERATIVO: Como normas del derecho público es imperativo y por lo tanto no puede renunciarse ni relajarse por convenios particulares.
CONCRETO Y ACTUAL: En la ley del trabajo existen normas de carácter abstracto, la normativa está dada a la necesidad del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos los regímenes especiales del trabajo.
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ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO LABORAL
Una de los elementos más esenciales de este fundamento del derecho laboral es que es obligatorio ante el cumplimiento de las normas ya que estas son impuestas por el estado; la cual regula las relaciones entre la mano de obra y el capital. Otra de los esenciales elementos de que regula las relaciones entre el empleador y trabajador (obrero, empleado)
PERSONA FÍSICA PARA QUE PRESTE UN SERVICIO PERSONAL BAJO SU DEPENDENCIA, A CAMBIO DEL PAGO DE UNA RENUMERACIÓN O SALARIO.
EMPLEADOR
ES LA PERSONA QUE VENDE SU FUERZA DE TRABAJO BAJO CIERTAS CARACTERISTICAS Y DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE SU ATIVIDAD.
TRABAJADOR
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BIBLIOGRAFÍA:
(FUNDAMENNTOS FILOSÓFICOS DEL DERECHO LABORAL, 2009) (ELEMENTOS FILOSOFICOS DEL DERECHO LABORAL, s.f.) (FILOSOFÍA DEL DERECHO LABORAL, 2007)
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