2012 LAROUSSE JOSE ARLEY ESPITIA ANGARITA
[DICCIONARIO ECONÓMICO] Esta enciclopedia se dirige no solo a estudiantes de economía sino a la vez a aquellos profesionales u otros lectores que deseen adquirir una amplia visión de los términos más comúnmente utilizados en la operatoria comercial, mercantil y financiera.
Diccionario Económico
A A CRÉDITO:
Forma de pago mediante la cual parte o la totalidad del
importe de una deuda no se abona en el momento, sino que es aplazado a un momento posterior. Generalmente se cargan intereses en función del tiempo transcurrido
A CUENTA:
Pago parcial, por anticipado, de una determinada deuda, o
entrega por el comprador de una fracción del precio de la compra
A DINERO:
Una situación en la que el precio de ejercicio de una opción y el
precio actual del mercado del activo subyacente son el mismo, por lo que no hay valor intrínseco. En ocasiones también se utiliza para describir un activo que se negocia a su valor nominal, tal como un swap de tipos de interés cuyo tipo fijo refleja la situación actual del mercado.
A FORFAIT: Expresión francesa que significa a destajo o por un tanto alzado, acordado previamente.
A LA APERTURA:
También denominado en la apertura. Las órdenes de
compra o venta de un activo durante el período de tiempo que constituye el período de apertura oficial del mercado. Las órdenes casadas durante este período deben ejecutarse a un precio que esté dentro de la banda de apertura.
A LA BAJA:
Visión de la evolución de un mercado en la que se presume una
tendencia hacia cotizaciones progresivamente reducidas.
A LA ORDEN:
Expresión aplicada a algunos documentos que indica que
pueden ser transmitidos simplemente por endoso.
A LA PAR:
Cuando el precio de emisión o cotización de los títulos, acciones,
obligaciones, bonos o títulos de la Deuda Pública coincide con su valor nominal. Tanto el precio de emisión como el de cotización suelen expresarse en tanto por ciento del
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Diccionario Económico valor nominal. Un título se emite o cotiza a la par cuando sus precios de emisión o cotización son, respectivamente, iguales a 100.
A LA VISTA:
Expresión que califica aquellos depósitos en los que el titular
puede disponer del dinero en el momento en que lo desee.
A PLAZO FIJO/A FECHA FIJA: Expresión aplicada a documentos mercantiles que indica que su vencimiento se encuentra establecido en la fecha señalada en ellos.
A TANTO ALZADO: Valoración que se hace sin tener en cuenta el precio de un bien.
A VENCIMIENTO:
Se denomina así a la suscripción en el mercado
primario de pagarés de nueva emisión y a la compraventa en el mercado secundario de pagarés en circulación.
AAA:
Indicación que expresa la más alta valoración de la solvencia de una
empresa, según las compañías estadounidenses Moody's y Standard & Poor's. AAA.
ABANDONO:
Permitir que una opción expire sin ejercerla. Por lo general,
esto sólo sucederá si la opción está fuera de precio al vencimiento o si la opción está dentro de precio al vencimiento pero por menos que los costes de transacción asociados con su ejercicio.
ABANICO SALARIAL:
Franja comprendida entre el sueldo base
del nivel más bajo y el sueldo base del nivel más alto de una economía o sector productivo.
ABINTESTATO:
Procedimiento legal que se inicia cuando una persona
fallece sin testamento o, en caso de haberlo hecho, si existe algún impedimento (muerte del heredero, renuncia a la herencia, etc.) que no permite su cumplimiento. Son los parientes más cercanos los que se ven favorecidos en la sucesión abintestato sobre los más lejanos.
ABOGADO: Letrado. Licenciado en derecho. Persona que defiende a otra (inculpado) a la que se le imputan ciertos hechos
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ABONADO: Persona que, a cambio de una cuota, recibe un bien o servicio continuado o periódico.
ABRAZO AMISTOSO:
Una oferta de absorción amistosa que
entraña la amenaza de una absorción hostil si se rechaza la propuesta de absorción amistosa.
ABRAZO DEL OSO:
Táctica emprendida por quienes persiguen
hacerse con una empresa de forma hostil mediante una oferta pública de adquisición de valores (OPA), una vez que han obtenido un paquete importante de control. Consiste en dar un ultimátum al Consejo de Administración de dicha empresa comunicándole que si no oponen resistencia a dicha adquisición el equipo directivo no será despedido y el precio ofrecido por las acciones será superior. Normalmente la gerencia dispone de entre 12 y 36 horas para adoptar una posición frente a la OPA.
ABRIR:
Crear una cuenta para registrar una transacción no contemplada
previamente en ninguna de las cuentas ya existentes en la contabilidad de una sociedad o empresa, o proceder a una nueva apertura de las cuentas al comienzo de un período contable.
ABROGACIÓN:
Revocación, cancelación o abolición de una norma o ley
por otra posterior.
ABSORCIÓN:
La adquisición de una empresa por otra. Si la absorción
forma parte de un acuerdo negociado entre los consejos de administración de ambas compañías, se dice que la absorción ha sido amistosa. Pero si la absorción se ha llevado a cabo mediante una oferta de adquisición hecha directamente a los accionistas de la empresa objetivo, con la implicación de que la alta dirección de la empresa adquirida seguramente perderá sus empleos, la absorción se suele describir como hostil.
ABSORCIÓN DE COSTES:
Imputación, a los productos
fabricados durante un período, de todos los costes tanto variables como semivariables, fijos e indirectos en los que se ha incurrido
ABSORCIÓN DE EMPRESAS:
Proceso mediante el cual una
o más sociedades se disuelven y sus patrimonios pasan a integrarse en el de una sociedad ya existente, la llamada absorbente, que ampliará, en su caso, su capital social en la cuantía necesaria para efectuar la adquisición de los patrimonios de las sociedades absorbidas.
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ABSORCIÓN FISCAL:
Aumento automático de la recaudación
potencial, derivado del crecimiento del producto nacional bruto. Fiscal absorción.
ABSORCIÓN HOSTIL:
El intento por parte de una compañía (es
decir, la absorbente) de absorber otra compañía (es decir, la objetivo). La compañía objetivo percibe el intento como hostil. En tales situaciones, normalmente se espera que la dirección de la empresa absorbente no busque un entendimiento con la dirección de la empresa objetivo a fin de conseguir la cooperación de esta última en los trámites de la adquisición. Además, en tales casos, la absorbente normalmente sustituirá a la dirección superior de la empresa objetivo en caso de que la absorción tenga éxito.
ACAPARAMIENTO:
Procedimiento tendente a dominar la oferta de
un producto y a acrecentar o provocar su escasez con fines especulativos
ACCIÓN AL PORTADOR: Acción que no acredita a una persona determinada como propietario, sino a su tenedor, contrariamente a la acción nominativa.
ACCIÓN AUTORIZADA:
Acción emitida bajo el respaldo de la
escritura de constitución que autoriza dicha emisión. El capital autorizado (conjunto de acciones que la escritura permite puedan ser emitidas) suele ser mayor que el realmente emitido.
ACCIÓN CONCERTADA:
Acuerdo suscrito en el marco de un
programa o plan entre las empresas de un sector industrial y la Administración, en el que se fijan de mutuo acuerdo los derechos y deberes recíprocos; las empresas se comprometen a alcanzar determinados objetivos de producción, inversión y promoción social del trabajador, y el Estado a concederles determinados beneficios fiscales, subvenciones, créditos privilegiados, etcétera, en el caso de que dichos objetivos sean efectivamente alcanzados. Tomada del modelo de desarrollo económico francés, la acción concertada ha sido utilizada en España con especial intensidad en la década de los sesenta, con motivo de la puesta en práctica de los Planes de Desarrollo, de carácter vinculante para la Administración y meramente indicativos para el sector privado de la economía.
ACCIÓN CONVERTIBLE:
Acción, normalmente preferente, que
puede ser canjeada por una acción ordinaria a un precio acordado.
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ACCIÓN COYUNTURAL:
Medidas de carácter ocasional y de no
larga duración, con el fin de mantener o recuperar un determinado nivel de actividad económica a escala general o para un sector concreto
ACCIÓN DE DISFRUTE:
Acción que carece de valor nominal, no
tiene derecho a voto y que percibe beneficios aunque de cuantía y por un tiempo limitados.
ACCIÓN GRATUITA:
Acción que se reparte al accionista en caso
de una ampliación de capital sin que este tenga que realizar ninguna aportación. La acción gratuita se emite con cargo a reservas disponibles. Es el equivalente a una acción liberada al cien por cien.
ACERVO:
Haber que pertenece en común a los socios de una compañía civil o
comercial, a los coherederos en una sucesión, o a cualquier pluralidad de personas
ACORDEÓN:
Operación que consiste en la reducción de capital social a la
que sigue una ampliación. Suele aplicarse en una situación de pérdidas, para acomodar el capital social y dotar a la compañía de nuevos recursos.
ACREEDOR:
La persona a quien otra persona debe dinero. La relación de
acreedor normalmente surge como consecuencia de un préstamo de dinero, pero puede surgir también por otros motivos. También denominado prestamista y obligatario.
ADUANA:
Órgano de la Administración, dependiente del Ministerio de
Economía y Hacienda, situado en puertos, fronteras y aeropuertos, que se encarga de vigilar el paso de personas y bienes a través de éstos. Su misión principal es recaudar los derechos e impuestos de las mercancías importadas, aunque también interviene en las devoluciones de impuestos y apoyos a la exportación.
AFÍJACIÓN: Manera de repartir las observaciones muéstrales entre las diferentes partes o estratos de la población. Si se realiza un sondeo para conocer, por ejemplo, el grado de aceptación de un producto de consumo entre un conjunto de familias estratificadas por niveles de renta, el número de observaciones muéstrales asignadas a cada estrato puede ser igual, proporcional al número de familias de cada estrato, al nivel de renta, etcétera.
AGENCIA MULTILATERAL DE GARANTÍA DE LAROUSSE
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LAS INVERSIONES (MIGA):
Creada bajo los auspicios del
Banco Mundial, la MIGA (de Multilateral Investment Guarantee Agency), que comenzó a funcionar el 1 de julio de 1988, es una institución que forma parte del Grupo del Banco Mundial. Sólo los Estados miembros de esta última institución pueden serlo de la MIGA. Su misión es la de estimular la inversión extranjera directa en los países en vías de desarrollo, proteger a los inversores contra los riesgos no comerciales y favorecer la creación de condiciones propicias a la inversión.
AGENTE:
Una persona que actúa en nombre de otra por una comisión. La
relación de agencia establece una obligación fiduciaria por parte del agente para actuar en defensa de los intereses del principal que le paga la comisión de agente.
AGENTE FISCAL:
Una entidad, normalmente un banco comercial o un
banco de inversión, designada por el gobierno para que actúe por él o por una de sus entidades en cualquier variedad de transacciones financieras incluyendo la venta de valores de la entidad federal. El Banco de Nueva York de la Reserva Federal actúa como agente fiscal para la venta de valores del Tesoro.
ALPHA STOCKS:
En los medios de la City, la clasificación que
corresponde al máximo de liquidez de las acciones en bolsa. Para merecer el alpha, las acciones deben ser negociadas por un número determinado de agentes, la cifra de negocios de la compañía ha de superar una determinada cantidad y su capitalización bursátil habrá de situarse en unos mínimos establecidos. Asimismo, durante la jornada de negociación de la bolsa de Londres, el valor alfa habrá de negociarse durante un lapso de tiempo señalado, con un mínimo fijado de acciones. Siguen a la alfa, la beta, gamma y delta, en graduación descendente respecto a su grado de liquidez.
AUGE:
Período de expansión de la actividad económica, caracterizado por
aumentos rápidos de los precios de mercado, de los bienes y servicios y de los activos financieros, virtual ausencia de desempleo y aumento en los beneficios . Boom.
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BACKOFFICE:
Parte de la sala de mercado de tesorería que realiza la
mayor parte del tratamiento administrativo de las operaciones. En general, sector que da soporte administrativo al área funcional en la que está integrado.
BACKSPREAD:
Compra de contratos compensada con la venta de un
número inferior de contratos al mismo vencimiento. Es decir, un backspread con opciones de compra (calis) supone la compra de contratos con un precio de ejercicio superior al correspondiente a las opciones vendidas. En un backspread con opciones de venta (puts), los contratos comprados tendrán un precio de ejercicio menor al de los contratos vendidos.
BAII:
Beneficios antes de intereses (cargas financieras) e impuestos por
beneficios. También BAIT.
BANQUERO:
Jefe, dueño o gran accionista de un banco. Para ejercer
como banquero con negocio propio en España hay que estar inscrito en el Registro de Bancos y Banqueros, abierto en el Banco de España
BARGAINS:
Descuentos que, sobre sus comisiones, realizan los
operadores bursátiles a los inversores institucionales en operaciones de gran volumen.
BARRERA EXTERNA:
Una opción de barrera en la cual el activo
cuyo precio sirve como precio desencadenante para la opción es diferente del activo que sirve como activo subyacente de la opción. Por ejemplo, supongamos que la opción de barrera es una opción sobre el oro ejecutable en caso de subida. El desencadenante de la barrera está vinculado al precio del petróleo. Es decir, si el precio del petróleo sube por encima del desencadenante, entonces aparece la opción sobre el oro. Las barreras externas son relativamente infrecuentes en comparación con las barreras internas, que usan el mismo activo para el subyacente y el desencadenante.
BARRERAS AL COMERCIO:
Limitaciones o trabas que un
país impone para disminuir o desanimar a que se realicen las importaciones; con ello se pretende proteger la producción nacional frente a la extranjera. Su mayor o menor cuantía puede servir como indicador del grado de proteccionismo económico de un país. Los ejemplos más típicos son los aranceles y las trabas no arancelarias (contingentes, cupos, etc.).
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BARRERAS INTERNAS:
La forma más habitual de opciones
barrera. Las barreras internas son opciones barrera en las que el mismo precio de los activos sirve tanto como precio del activo subyacente y como precio de la barrera de la opción (es decir, desencadenante). Esto contrasta con una barrera externa en la que el activo cuyo precio se utiliza como desencadenante es diferente al activo subyacente.
BASE ACTUARIAL:
Se utiliza para calcular el valor del cupón
corrido, esto es, la parte proporcional del primer cupón que va a comprar y a la que tiene derecho el vendedor del título. Se obtiene dividiendo los días que han pasado desde la fecha de vencimiento del último cupón hasta la fecha de venta del bono entre los días existentes entre las dos fechas de vencimiento de los cupones.
BASE DE BONOS:
Una convención para citar las rentabilidades sobre
bonos que da por supuesta una convención específica de conteo de días. Ésta puede ser 30/360 (en el caso de bonos de empresa, bonos de organismos oficiales y bonos municipales) o real/real (en el caso de bonos del Tesoro de EE.UU.).
BASE DE CALIDAD:
La diferencia entre dos precios causada por la
diferencia entre las características de calidad de los dos bienes. Por ejemplo, el precio de un tipo de trigo (precio del trigo al contado) podría diferir del precio de los futuros de trigo en Chicago en parte porque el precio del trigo al contado podría ser de una variedad específica mientras que el contrato de futuros podría requerir la entrega de una variedad de trigo totalmente diferente. La base de calidad es un componente de la base general.
BASE DE COSTE:
El coste, después de los ajustes necesarios por
depreciación y/o mejora, de un activo de capital con la finalidad de calcular la ganancia o pérdida de capital en el momento de la venta del activo. Frecuentemente se denomina base contable o sencillamente la base. Este último término tiene también una amplia variedad de otros significados.
BASKET TRADING:
Actividad bursátil que aprovecha las
oportunidades de arbitraje derivadas de las fechas de vencimiento de contratos de opciones, futuros, acciones, en los tres mercados de Chicago.
BAZAR:
Nombre que se da en Oriente a los mercados públicos. Tienda grande
de venta al por menor en la que se ofrecen artículos de diversas clases, generalmente bienes de consumo duradero, como por ejemplo: juguetería, artículos de regalo, material y ropa deportiva, talabartería, discos, cintas de cásete y equipos musicales,
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Diccionario Económico etcétera. La utilización de este término está cayendo en desuso, reemplazado por el de grandes almacenes.
BEAR SPREAD:
Consiste en la venta de una opción de compra (o de
venta) y la compra simultánea de otra opción de compra (o de venta) a un precio de ejercicio superior al de la primera. Se utiliza cuando se tiene la expectativa de que el precio del activo subyacente puede bajar.
BENCHMARKING:
Práctica consistente en «espiar» a las empresas
de la competencia con el fin de adoptar para la propia empresa los recursos y capacidades que hacen que aquellas destaquen en ese campo de entre el resto de empresas.
BENEFICIARIO:
En derecho, aquella persona titular de los derechos
derivados de un contrato, negocio o acuerdo. Es la persona, natural o jurídica, sobre la que recaen los beneficios del seguro, caso de producirse el evento cuyo riesgo se aseguró
BENEFICIO:
De un modo general, se denomina beneficio a la ganancia, o
exceso de ingresos sobre gastos, de una transacción, operación o actividad económica, y pérdida cuando los gastos superan a los ingresos. Referido a la empresa, beneficio es la diferencia entre los ingresos obtenidos durante un determinado período de tiempo, generalmente el año, y los costes o gastos necesarios para obtener esos ingresos.
BENEFICIO ANTES DE IMPUESTOS:
Resultado de
deducir de los ingresos totales todos los gastos, a excepción del impuesto sobre sociedades. También puede venir expresado por el resultado ordinario del ejercicio (resultado de explotación más resultado financiero) al que se le suman los resultados extraordinarios.
BENEFICIO BRUTO:
Beneficio obtenido antes de ajustado por
depreciación, por los intereses de la deuda financiera y por el aumento de valor de los activos. Gross profit. Cifra resultante de deducir de las ventas el coste de ventas. Diferencia entre ingresos y gastos de una operación.
BENEFICIO DE EXPLOTACIÓN: LAROUSSE
El que una empresa
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Diccionario Económico obtiene una vez descontados los costes fijos. Cifra que se obtiene deduciendo de los ingresos los gastos generados por la operación normal de la empresa, es decir, el coste de las ventas, los gastos antes de resultados extraordinarios, los gastos financieros y los impuestos.
BENEFICIO DE FINANCIACIÓN:
Una situación en la
que el coste de financiación (o coste de mantenimiento) de un contrato de futuros o cualquier otra posición es negativo de manera que el beneficio de financiación se acumula para el arbitrajista. La situación surge cuando los ingresos obtenidos por mantener un valor (por ejemplo, pagos de cupón en el caso de los bonos y pagos de dividendos en el caso de las acciones) es superior al coste de financiar la posición.
BENEFICIO FICTICIO:
El que una empresa cree haber ganado,
aunque todavía no se haya materializado, por la venta de una determinada cantidad de producto
BENEFICIO LÍQUIDO:
Resultado final obtenido al restar todos
los gastos de todos los ingresos generados por una empresa durante un período de tiempo.
BENEFÍCIO NETO:
Diferencia entre el beneficio bruto y los gastos
(salarios, rentas e intereses) . Beneficio obtenido tras deducir del beneficio bruto las amortizaciones e impuestos. Vease Resultado después de impuestos.
BENEFICIO POR ACCIÓN:
Se suele expresar por su
acrónimo inglés EPS. El beneficio neto después de impuestos conseguido por una compañía dividido por el número de acciones ordinarias en circulación. Se puede calcular bien sobre una base diluida o bien sin diluir. Cuando se calcula sobre una base diluida, hay que añadir al número de acciones técnicamente en circulación el número potencial de acciones adicionales que podrían resultar del ejercicio de las opciones a la compra de acciones que la compañía haya distribuido más cualesquiera acciones que resultasen de la conversión de títulos convertibles.
BENEFICIO REPARTIBLE:
Parte del beneficio que queda libre
en la empresa para su distribución. El reparto debe seguir las reglas establecidas por ley y los estatutos, como son la imputación en reservas legales y estatutarias, pudiendo ser el resto distribuido de manera voluntaria (como reservas libres y
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Diccionario Económico reparto de beneficios a los accionistas).
BENEFICIOS ACUMULADOS:
Suma global de los
beneficios pendientes de distribuir que va obteniendo una empresa en los distintos períodos de su vida económica y que forma parte del patrimonio neto junto con el capital y las reservas.
BENEFICIOS FISCALES:
Bonificaciones o exenciones que la
Ley concede sobre las cantidades que, en defecto de aquéllas, se devengarían por distintos conceptos tributarios. Se conceden con el objeto de influir en el comportamiento de los agentes económicos y orientar su actividad en la dirección que conviene a la consecución de determinados objetivos de interés general.
BIFURCACIÓN:
La división en dos partes de algún aspecto de un
instrumento. Por ejemplo, podemos bifurcar los riesgos o los cash flows. Una bifurcación de riesgos podría suponer la separación del riesgo de crédito del riesgo de mercado. Una bifurcación de cash flows podría suponer la separación del pago de una hipoteca en intereses y principal y dirigir estos cash flows a diferentes inversores. El término se utiliza en ocasiones respecto a procesos analíticos que se han dividido en dos partes diferenciadas.
BILATERAL:
Término aplicado a los contratos o negocios jurídicos que
surgen de manera voluntaria por las dos partes intervinientes
BLACK KNIGHT: Aquella empresa que intenta romper el acuerdo alcanzado entre otras dos empresas, una de las cuales va a ser adquirida mediante una OPA por la otra, ofreciendo un precio de compra superior por las acciones.
BONUS:
Líneas de crédito con diversas opciones que permiten al prestatario
obtener fondos, cualquiera que sea la opción, con coste barato. Se combina en un mismo paquete un acuerdo NIF no comprometido, un programa de papel comercial, así como un crédito stand by comprometido
BOOM:
El nivel de renta y empleo y, en general, la actividad económica de un
país experimentan fluctuaciones. Se denomina boom a una expansión en la actividad económica y también al máximo de esas fluctuaciones en el nivel de renta y empleo, cuando la economía ha alcanzado prácticamente una situación de pleno empleo. A toda fase de prosperidad económica sigue, por lo regular, otra de depresión. Se denomina ciclo económico al tiempo que media entre dos fases alternas de prosperidad y depresión. El término boom se utiliza también en un sentido menos
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Diccionario Económico general para referirse a los períodos de mayor euforia compradora en el mercado de valores.
BORDERÓ: Documento en el que se encuentran detallados una serie de elementos. En el ámbito del reaseguro, es el documento en el que constan los riesgos cedidos por la entidad reasegurada a la reaseguradora. En este campo el borderó también es conocido como boletín de aplicación
BOUTIQUES:
Bancos de inversión especializados solamente en uno o
unos pocos y estrecho(s) nicho(s) de mercado, al contrario que los bancos de inversión de servicios plenos con una base más amplia.
BRECHA INFLACIONARIA:
Situación en la que la demanda
agregada planeada es mayor que la oferta agregada planeada.
BRECHA INFLACIONISTA: Según la teoría keynesiana, exceso de la demanda agregada sobre la oferta agregada en una situación de pleno empleo, la cual se corrige con una subida de los precios hasta conseguir de nuevo el equilibrio.
BROKER:
Término inglés que se utiliza para designar a la persona, física o
jurídica, que interviene como agente mediador en los mercados financieros, en operaciones de compraventa de mercancías en el comercio internacional o en el negocio inmobiliario. Trabaja generalmente a comisión. Cuando opera en el mercado monetario suele recibir el nombre de money broker.
BROKER CIEGO:
Sociedades mediadoras que operan, con
autorización del Banco de España, en redes informatizadas en el Mercado de Deuda Pública (Letras, Bonos y Obligaciones).
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Diccionario Económico
C CABALGAR LA CURVA DE RENTABILIDAD: También conocido como deslizarse por la curva de rentabilidad. Una estrategia de contratación de bonos considerada atractiva en un entorno de curva de rentabilidad con una pendiente marcadamente ascendente. El inversor compra un bono a largo plazo con una alta rentabilidad y lo conserva durante algún tiempo. Con el paso del tiempo, la rentabilidad desciende (suponiendo que no haya cambio alguno en la curva de rentabilidad) a medida que el vencimiento se acorta, lo que hace subir el precio del bono. En algún momento el bono cuyo vencimiento es ahora más corto, se vende, los ingresos se usan para comprar un nuevo bono a largo plazo, y el proceso se repite.
CABALLERO BLANCO:
Una compañía que conviene en una
absorción amistosa de otra compañía (es decir, la objetivo) a fin de evitar que la compañía objetivo sea absorbida por un potencial adquirente distinto mediante una absorción hostil.
CABALLERO NEGRO:
Designa a quien adquiere discretamente un
paquete significativo de acciones de una sociedad para, a continuación, lanzar una OPA. En ocasiones, el caballero negro persigue calentar los títulos, subiendo sus cotizaciones, para obtener plusvalías con su posterior venta.
CABLE:
Una referencia al tipo de cambio entre la libra esterlina británica y el
dólar estadounidense. El término se deriva de la transmisión de la información de tipo de cambio entre el Reino Unido y Estados Unidos a través del cable transatlántico.
CAC-40: Índice de la Bolsa de París, con base 100 al 31 de diciembre de 1987. Se calcula sobre los 40 valores más representativos de esta Bolsa y es actualizado cada treinta segundos.
CADENA VOLUNTARIA:
Cadena de establecimientos con el
mismo nombre e imagen comercial y que comparten tanto mayorista como distribuidor, aunque cada tienda es propiedad de una persona independiente.
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Diccionario Económico Frecuentemente se encuentran en los sectores de alimentación y droguería.
CADUCIDAD:
Pérdida o extinción de un derecho por el transcurso del
plazo fijado por la ley o por haber finalizado el período de vigencia, de forma que su titular no podrá seguir beneficiándose de él ni presentar ningún recurso reclamando este derecho.
CAJA:
Nombre de la cuenta de activo por la que pasan las entradas y salidas de
dinero. En un sentido más amplio, dentro de su saldo (diferencia entre cobros y pagos) se incluye no sólo el dinero guardado en la caja propiamente dicha, sino también el dinero depositado en los bancos, del que se puede disponer de forma inmediata o invertirlo en activos financieros fácilmente realizables (líquidos). Según esta segunda acepción, el concepto de caja se identifica con el de tesorería
CAJA DE AHORROS:
Institución financiera, en la que ejercen una
notable influencia algunas instancias públicas como ayuntamientos, diputaciones o comunidades autónomas. Carece de capital, teniendo en su lugar un fondo de dotación fundacional. No tiene ánimo de lucro y originariamente tenía una naturaleza benéfico-social, aunque ha ido perdiendo progresivamente esta característica.
CAMBISTA:
El que cambia moneda nacional por extranjera, y viceversa,
intentando maximizar el beneficio y minimizar el riesgo en las transacciones para conseguir recursos o invertir en los mercados
CANAL DE CONFIANZA:
Un continuo de intervalos de
confianza para los resultados de una cartera de inversión (medido como rendimiento total acumulado) en algún nivel de confianza dado sobre un continuo de horizontes de inversión. Por ejemplo, podemos estar interesados en el canal de confianza del 90% para un inversor con un horizonte de cinco años. Entonces, para cada punto en el futuro hasta dentro de cinco años, calculamos el intervalo de confianza del 90%. Cada intervalo tiene un límite superior y uno inferior. Conectamos los valores del límite superior sobre el horizonte de inversión para obtener un límite superior para el canal y los valores del límite inferior para obtener el límite inferior para el canal. También podemos trazar una línea que represente los resultados medios en el horizonte.
CANCELACIÓN:
En el caso de los swaps, un acuerdo entre las dos
partes contratantes para cancelar el swap, normalmente acompañado por un pago de cancelación por una parte a la otra que refleja el coste de reposición del swap. También conocida como salida del libro y como venta de liquidación.
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Diccionario Económico
CANON:
Precio que se paga por una concesión del gobierno o el disfrute de
algo de dominio público. Prestación pecuniaria convenida que grava la utilización de un bien (material o intangible) o la prestación de un servicio.
CAT:
Certificado de Abono Tributario. Instrumento financiero transable en la
bolsa de valores que otorga el Gobierno de Costa Rica como incentivo a las empresas exportadoras de productos no tradicionales. Se aplica en el descuento de impuestos sobre la renta.
CATASTRO:
Censo de la propiedad inmobiliaria, clasificada en rústica y
urbana, que incluye una descripción de cada finca: linderos, superficie, cultivos de que es susceptible el terreno y los que efectivamente se realizan, etcétera, en el catastro de fincas rústicas, y linderos, superficie y un amplio detalle de las características de la construcción, en su caso, en el catastro de fincas urbanas. En ambos casos se determina, como resultante de las circunstancias concurrentes, el valor atribuido a la finca y la renta anual que produce o es susceptible de producir, aparte de recoger otros datos, como el nombre y el domicilio del propietario. El catastro representa la culminación de un proceso secular de perfeccionamiento en la exacción de los tributos que gravan las rentas, reales o presuntas, de la propiedad inmobiliaria.
CAUCIÓN:
Prevención, cautela, fianza, garantía. Fórmula mediante la cual
una persona física o jurídica —generalmente una compañía de seguros— se compromete a pagar las deudas contraídas por otra, en el caso de que ésta no pueda hacerle frente llegado su vencimiento. Es el nombre dado a un tipo específico de seguro, practicado generalmente por determinadas instituciones crediticias, que cubre el riesgo de una eventual insolvencia del deudor o prestatario.
CAUSA:
Fundamento de las prestaciones en los negocios jurídicos (onerosa,
remuneratoria o gratuita). Razón que lleva a la celebración de un contrato, finalidad que persiguen los contratantes. Intención o voluntad.
CD A TIPO FLOTANTE:
Certificados de depósito en los que el
tipo de interés se reajusta periódicamente para reflejar las condiciones cambiantes del mercado. Tales CD generalmente tienen un vencimiento superior a los CD a tipo fijo.
CEBADO DE LA BOMBA: LAROUSSE
Expansión deliberada del gasto
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Diccionario Económico público sin aumentar los ingresos con el objetivo de aumentar la demanda agregada y estimular la producción y la ocupación de la economía
CEDENTE:
Persona que transfiere o traspasa a otra un bien, derecho o
acción. En los títulos de crédito susceptibles de giro o endoso, el cedente equivale al endosante.
CÉDULA HIPOTECARIA:
Títulos que tienen como garantía la
totalidad de los créditos hipotecarios concedidos por la entidad que los emite. Tienen una gran libertad respecto a las características de su emisión, pudiendo ser nominativos, a la orden o al portador, a corto o a largo plazo, con interés fijo o variable y con prima o sin ella
CENSO:
Operación mediante la cual, tras haber recibido cierta cantidad de
dinero, es necesario el pago de una cuantía anual en concepto de intereses, asegurándose dicho pago mediante la sujeción de un bien inmueble. También se denomina censo al derecho real inmobiliario que surge de la anterior operación, es decir, el derecho que adquiere una de las partes para exigir el pago del canon anual de la otra parte propietaria del bien sujeto a gravamen.
CENSOR JURADO DE CUENTAS:
Profesional titulado,
independiente y especializado en verificación y control de empresas, cuya función típica es la auditoría o censura de cuentas de las empresas .
CENTRAL DE BALANCES:
Organismo que recopila los
principales documentos contables de las empresas con vistas a servir un conjunto homogéneo de informaciones capaz de servir de base a estudios y evaluaciones
CENTRAL DE INFORMACIÓN DE RIESGOS DEL BANCO DE ESPAÑA: (CIRBE). Recoge la información facilitada por las entidades financieras sobre créditos superiores a determinado importe o sobre titulares de los mismos en quiebra, suspensión de pagos, mora o insolvencia, con la finalidad de que las entidades conozcan a los prestatarios con alto riesgo.
CENTRAL DE RIESGOS: Servicio que prestan los bancos centrales de cada país consistente en el análisis de la información suministrada por las entidades de crédito sobre los riesgos bancarios asumidos por personas o empresas, con objeto de identificar a los prestatarios que puedan originar problemas
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Diccionario Económico de reembolso.
CENTRALISMO:
Tendencia a que las decisiones políticas y
económicas se adopten por un único núcleo de poder.
CENTRALIZACIÓN:
Cuando el poder de decisión se halla en
manos de un reducido número de altos directivos situados en el vértice o cúspide del organigrama. La centralización es el medio más eficaz para asegurar la coordinación en una organización. Pero a medida que aumenta el tamaño de la empresa y la complejidad de su actividad productiva se hace mayor, los altos directivos tienen que abdicar de una parte de su poder de decisión, delegando en los directivos de inferior nivel y mandos intermedios una parte de su autoridad. La centralización de todo el poder de decisión en una única persona es imaginable, si bien ello implica la inexistencia de administradores subordinados y, por tanto, la carencia de una organización estructurada.
CENTRO DE COSTE: Unidad de una organización que asume la responsabilidad del uso correcto de los recursos, es decir, de los costes, pero que no participa en las decisiones relativas al nivel de producción ni a la calidad de los productos. El criterio aplicado para su control consiste en fijar la cantidad que ha de producir y establecer como objetivo la minimización del coste total.
CEPAL:
Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina.
Organismo de las Naciones Unidas creado el 5 de marzo de 1948, que ha llevado a cabo una gran labor en favor del desarrollo económico latinoamericano. Ha contado desde sus comienzos con la colaboración de prestigiosos economistas y sociólogos, que han estudiado el subdesarrollo económico desde una nueva perspectiva: el enfoque estructural. Propugnan la necesidad de acomodar las medidas de política económica a las circunstancias específicas de cada realidad y sostienen que el desarrollo económico de los países pobres no es posible sin la previa reforma de las estructuras sociales
CERTEZA DEL IMPUESTO:
Exigencia de que el
contribuyente pueda conocer con exactitud el importe de sus obligaciones tributarias.
CERTIFICADO DE ACCIONES:
Con el propósito de
facilitar la negociación en bolsa de acciones extranjeras, ciertos bancos extienden certificados del depósito de títulos y los ceden a sociedades interpuestas que se ocupan de su colocación.
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Diccionario Económico
CERTIFICADO DE CALIDAD:
Certificado de la empresa
que ofrece un producto en el que garantiza que el producto cumple las condiciones y características que en él constan. También es aplicable a la existencia de un sistema de aseguramiento de la calidad, auditado respecto de una norma determinada (ISO 9000, por ejemplo).
CERTIFICADO DE DEPÓSITO:
Conocido por el acrónimo
CD. Un certificado negociable de amplia denominación emitido por una institución depositaría, tal como un banco o entidad de ahorro, que evidencia un depósito. El certificado puede ser con intereses o al descuento. Si devenga intereses, el tipo de interés puede ser fijo o flotante. Como son negociables, frecuentemente se hace referencia a los CD como certificados de depósito negociables para distinguirlos de pequeños certificados de depósito de denominación no negociable adquiridos por inversores minoristas.
CERTIFICADO DE ORIGEN:
Documento que acredita la
procedencia de un producto. Debe ser extendido bajo una serie de formalidades y por una organización independiente como una Cámara de Comercio.
CERTIFICADOS DE REGULACIÓN MONETARIA: Activos emitidos por el Banco de España por medio de subastas semanales con la finalidad de drenar liquidez del sistema. El vencimiento de estos activos suele ser de tres meses y su emisión se formaliza mediante el sistema de anotaciones en cuenta. Los certificados de regulación monetaria se emiten al descuento y a sus subastas sólo pueden concurrir los bancos y demás intermediarios financieros. Sus antecedentes se encuentran en los Bonos del Tesoro y los Certificados de Depósito del Banco de España.
CERTIFICADOS DE TRANSFERENCIA DE PRÉSTAMOS: También conocidos como certificados de participación. Valores respaldados por hipotecas de clase única que representan una solicitud de prorrata en un grupo de hipotecas completas. Así, tanto el componente de intereses como el componente de principal de los pagos de hipotecas del grupo se transfieren a los tenedores del certificado de transferencia. Los pagos anticipados de principal, si los hay, también se transfieren.
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D DEBE:
En la contabilidad por partida doble, columna de la izquierda de una
cuenta a la que se llevan las operaciones que comportan la constatación de una deuda nacida a cargo de un tercero, de una entrada de bienes o valores en el patrimonio de la empresa o del agente o de un cargo soportado por este agente .
DEBER DE LEALTAD:
El deber legal de un fiduciario para actuar
en exclusivo beneficio de aquellos cuyo dinero está gestionando, no para beneficio personal del fiduciario o de cualquier otra parte.
DÉBITO A CLIENTES:
Cuenta del activo circulante del balance
que se genera por las operaciones de tráfico de la empresa con clientes; cuentas a cobrar de clientes
DEBT-EQUITY SWAP:
Swap de deuda por el que se adquieren
títulos en el mercado secundario con un determinado descuento. El país emisor recompra el título en moneda local a un precio aproximado al valor nominal.
DECLARACIÓN:
Manifestación, en el impuesto sobre la renta, de los
ingresos obtenidos por el sujeto pasivo.
DECLARACIÓN ABREVIADA:
Modelo de declaración
fiscal, incorporada el 8 de marzo de 1995, que únicamente podrán utilizar aquellos sujetos pasivos, integrados o no en una unidad familiar, cuyas rentas provengan exclusivamente de estos tipos de rendimiento: 1.-Rendimientos del trabajo. 2.-Rendimientos procedentes del uso de la vivienda habitual y de otros inmuebles urbanos de uso propio. 3.-Rendimientos del capital mobiliario que consistan en intereses, dividendos y rendimientos de letras del Tesoro. Entre las causas de exclusión de este modelo de declaración están: obtener rentas distintas de las enumeradas anteriormente, tratarse de declaración complementaria de una anterior y, en general, aplicar deducciones o conceptos no contemplados en
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Diccionario Económico el propio impreso.
DECLARACIÓN CENSAL:
A
efectos
fiscales,
notificación
obligatoria que todas las personas o entidades que se establezcan en territorio nacional para desempeñar una actividad empresarial o profesional tienen que hacer a la Administración Tributaria informándole del comienzo, modificaciones y del cese de sus actividades.
DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA:
Declaración o
liquidación tributaria que presenta voluntariamente el sujeto pasivo, adicional a una anterior, y que modifica su contenido o incorpora nuevos hechos imponibles. Si esta declaración, junto con el ingreso de la deuda, se realiza dentro del plazo voluntario de presentación de la declaración a la que complementa, no se producirá devengo de recargo ni interés alguno. Por otro lado, si se presenta fuera de plazo, se deberán pagar recargos e intereses de demora.
DECLARACIÓN FISCAL:
Documento suscrito por los sujetos
pasivos en el que se da a conocer a la Administración Tributaria que han concurrido las circunstancias y elementos constitutivos, en su caso, de un hecho imponible. De ella deriva el nacimiento de la cuota u obligación tributaria. Cuando el propio sujeto pasivo liquida la deuda tributaria al tiempo de presentar la declaración se denomina declaración en régimen de autoliquidación. La declaración puede ser luego revisada y comprobada por la Inspección Tributaria.
DEMANDA ECONOMICA:
La demanda se define como la
cantidad y calidad de bienes y servicios que pueden ser adquiridos en los diferentes precios del mercado por un consumidor (demanda individual) o por el conjunto de consumidores (demanda total o de mercado), en un momento determinado.
DEPRESIÓN ECONÓMICA:
Período prolongado
caracterizado por un descenso significativo en la actividad económica, una caída de los precios, un exceso de la oferta sobre la demanda, altos niveles de desempleo y deflación. Sin embargo, en la historia reciente se han detectado situaciones donde coexisten depresión e inflación (estanflación).
DERIVADO HIPOTECARIO:
Un instrumento financiero que
deriva su valor de grupos hipotecarios, tales como títulos subrogados respaldados por hipotecas u obligaciones hipotecarias colateralizadas.
DERIVADOS: LAROUSSE
Instrumentos financieros cuyo valor depende de otros
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Diccionario Económico títulos o valores subyacentes y cuyo objetivo es el de transferir el riesgo de los últimos. Cuando se habla de derivados se hace siempre referencia a las opciones y futuros.
DERIVADOS PARA CASOS CATASTRÓFICOS: frecuentemente denominados derivados CAT. Éstos incluyen futuros, opciones y swaps para casos catastróficos. Los derivados CAT están diseñados para utilizarlos cuando sea necesario cubrir los riesgos a los que se enfrentan las compañías aseguradoras de siniestros y otras con exposición a cataclismos tales como huracanes, terremotos y demás.
DESAMORTIZACIÓN:
Acción legal encaminada a liberar y
entregar a la contratación general las propiedades inmuebles acumuladas en poder de entidades incapacitadas para enajenar sus bienes.
DESARROLLO:
Mejora o progreso de un producto, empresa o país
mediante la investigación o mejor uso de los recursos disponibles. A diferencia del crecimiento, responde a un plan estructurado.
DESARROLLO ECONÓMICO:
Superación del subdesarrollo
o atraso económico. Muchos Economistas y autorizadas publicaciones científicas sobre cuestiones económicas identifican desarrollo y crecimiento económico. En general, se acepta que el desarrollo económico comporta, además de crecimiento económico en sentido estricto, la necesidad de efectuar reformas estructurales, condición sine qua non a su vez del propio crecimiento.
DESATESORAR:
Consumo o pérdida del capital. Una empresa se
descapitaliza cuando sus resultados negativos van consumiendo paulatinamente su capital social, hasta que llega el momento en el que su neto patrimonial se vuelve negativo (el valor de las deudas supera el valor de los activos) y la empresa alcanza, por tanto, el estado de quiebra técnica.
DESCAPITALIZAR:
Disminuir el valor del capital de una empresa o
de los activos que posee. Se produce cuando las pérdidas aumentan de manera continua, permaneciendo constante el capital social, de forma que el valor de las deudas llegará a ser superior al valor de los activos de la empresa y se alcanzará una situación de quiebra.
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DESCUBIERTA:
Cuando una posición financiera no está protegida.
Esto implica que el tenedor de la posición corre el riesgo de pérdida de valor por un movimiento desfavorable del mercado. En la mayoría de los casos este término se usa conjugado con posiciones de derivados.
DIARIO:
Libro de contabilidad en el que se registran por orden cronológico
los movimientos de valores vinculados a las operaciones de una entidad económica (empresa) o administrativa (servicios del Tesoro, por ejemplo) .
DIETA:
Cantidad diaria de dinero que reciben los trabajadores como
compensación de los gastos extraordinarios ocasionados por el desempeño de su tarea (gastos de viaje, de manutención, de desplazamiento, etc.).
DIFERENCIA DE PRIMERA CONSOLIDACIÓN: Diferencia (positiva o negativa) existente entre el valor contable representativo de la participación de la sociedad dominante en el capital de la sociedad dependiente y el valor de la parte proporcional de fondos propios de la sociedad dependiente atribuible a dicha participación en la fecha de primera consolidación. Esta diferencia formará parte del balance de situación de la empresa como fondo de comercio de consolidación o diferencia negativa de consolidación, según sea positiva o negativa respectivamente.
DIFERENCIA ENTRE DIFERENCIALES DE CALIDAD: La diferencia entre un diferencial de calidad en un mercado de tipos fijos y un diferencial de calidad en un mercado de tipos flotantes. La diferencia entre diferenciales de calidad se considera una medida de los beneficios potenciales de participar en swaps financieros. Esto, sin embargo, puede exagerar el alcance verdadero de las ganancias. La existencia de una diferencia entre diferenciales de calidad explica la ventaja comparativa que puede permitir a todas las partes de los swaps derivar alguna ventaja financiera.
DIFERENCIA NEGATIVA DE CONSOLIDACIÓN: La diferencia de primera consolidación, si es negativa, se inscribirá en una rúbrica del pasivo del balance consolidado bajo esta denominación, independientemente de su carácter de provisión para riesgos y gastos o ingresos diferidos. Esta diferencia únicamente podrá llevar a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada en los casos en que esté basada en la evolución desfavorable de los resultados de la empresa o en una previsión razonable de los
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Diccionario Económico gastos correspondientes a la misma, en la medida en que se realicen, o correspondan a una plusvalía realizada
DIRIGISMO:
El dirigismo es la actividad económica del Estado destinada
a la vigilancia y el control del sector privado. El dirigismo sólo puede cumplirse si existe un importante sector privado que justifique las medidas de encuadramiento de origen gubernamental. El objetivo de esta restricción deliberada de la iniciativa de productores y comerciantes consiste en impedir que los comportamientos individuales perjudiquen la búsqueda del bien común, definida dentro del marco general de la política y estimulada por el debate público
DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS:
Práctica utilizada
por algunas empresas consistente en imponer diferentes precios a grupos diferentes de consumidores o imponer a un mismo consumidor diferentes precios por unidades diferentes del mismo bien
DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS:
Práctica utilizada
por algunas empresas consistente en imponer diferentes precios a grupos diferentes de consumidores o imponer a un mismo consumidor diferentes precios por unidades diferentes del mismo bien
DIVIDENDO A CUENTA:
Dividendo del beneficio que se
espera obtener repartido a cuenta, antes de la aprobación por la Junta General de Accionistas de las cuentas anuales del ejercicio de referencia. Su importe está limitado por la disponibilidad de liquidez y no podrá exceder de los beneficios distribuibles generados desde el cierre del ejercicio anterior.
DIVIDENDO ACTIVO:
Partida del pasivo de las sociedades que
refleja el importe de los dividendos acordados pendientes de pago, una vez deducidos los impuestos, las reservas y las pérdidas de años anteriores.
E ECAOL: LAROUSSE
Entidades de Crédito de Ámbito Operativo Limitado: entidades de
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Diccionario Económico financiación y factoring, sociedades de arrendamiento financiero (leasing), sociedades de crédito hipotecario, sociedades de garantía recíproca, mercado interbancario y mercado de divisas.
ECOFIN:
Consejo que reúne a los ministros de economía y finanzas de los
distintos países comunitarios.
ECONOMATO:
Tienda de venta al por menor de bienes de consumo
cuya finalidad no es la obtención del máximo beneficio o lucro, sino la de procurar a sus asociados o beneficiarios los bienes de consumo objeto de tráfico en las mejores condiciones posibles de calidad y precio. Suelen estar organizados en forma de cooperativas. Hay también economatos creados o tutelados por instituciones públicas y empresas privadas, como forma de ayuda indirecta a su personal. Suelen estar exentos de impuestos o sometidos a regímenes fiscales especiales.
ECONOMETRÍA:
Rama de la estadística que comprueba y verifica
hipótesis económicas y estima parámetros económicos principalmente a través de técnicas de regresión lineal múltiple, aunque en algunos casos utiliza metodologías más sofisticadas.
ECONOMÍA: El término economía se ha utilizado originariamente para referirse a la recta administración de la casa o hacienda familiar. Muchas han sido las definiciones de economía vertidas a lo largo del tiempo. La definición que cuenta hoy día con un mayor número de adeptos es la formulada por Lord Robbins, en su obra Ensayo sobre la naturaleza y el significado de la ciencia económica (1932): «La ciencia que se ocupa de la utilización de medios escasos susceptibles de usos alternativos». La economía ha sido definida como la ciencia de la riqueza; la ciencia de la administración de los recursos escasos
ECONOMÍA ABIERTA:
Economía en la que la inversión
extranjera y las relaciones comerciales con otros países son relativamente fáciles de llevar a cabo y desempeñan un papel esencial para la vida económica.
ECONOMÍA APLICADA:
Aplicación de la teoría económica a la
resolución de problemas prácticos de la industria, el comercio y las finanzas.
ECONOMÍA CAPITALISTA:
Economía basada en la
propiedad privada de los factores de producción, en la que las empresas y los individuos persiguen la obtención de un beneficio.
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ECONOMÍA CERRADA: Al contrario que la economía abierta, es un sistema económico caracterizado porque la inversión extranjera y las relaciones comerciales con otros países prácticamente no existen.
ECONOMÍA CONCERTADA:
principio de organización de las
decisiones económicas según el cual se organiza una colaboración permanente entre los representantes del Estado y de las empresas a fin de asegurar una confrontación de las informaciones y de las previsiones y tomar decisiones en común .
ECONOMÍA CONTROLADA:
Sinónimo de economía
planificada, es aquella donde gran parte de las actividades económicas están dirigidas y controladas por el gobierno, no siendo así establecidas libremente por los mercados.
ECU: En español se traduce por Unidad de Cuenta Europea (UCE). Unidad monetaria europea, formada por una cesta ponderada de monedas de países de la UE. Sirve como unidad de cuenta del Sistema Monetario Europeo, como medio de pago entre las autoridades de los países miembros y como activo de reserva de los bancos. Unidad de cuenta europea compuesta por una cesta de monedas de 12 países de la Comunidad Europea y cuyo valor es la media ponderada del valor de las mismas.
ECU OFICIAL:
Creado por el 1ME, se utiliza como moneda ancla del
mecanismo de cambios del SME y como activo de reserva de los bancos centrales
EFECTIVIDAD:
Cualidad de efectivo o eficaz. Un agente económico es
efectivo cuando realiza la misión o el cometido que tiene asignao de conformidad con las previsiones o condiciones previamente establecidas. Se utiliza generalmente este término como sinónimo de eficacia.
EFECTIVIDAD DE LA COBERTURA:
El grado en que
una cobertura compensa el riesgo de precios asociado con una posición al contado o una posición al contado prevista. La efectividad de la cobertura frecuentemente se mide con la ayuda del coeficiente de correlación, que mide el grado de correlación entre el precio de la posición al contado (es decir, el precio al contado) y el precio del instrumento de cobertura. Cuanto mayor es el grado de efectividad de la cobertura, menor es el riesgo base.
EFECTO COMERCIAL: LAROUSSE
Documento utilizado en las transacciones
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Diccionario Económico comerciales representativo de un derecho de cobro de su poseedor y una obligación de pago de su librador. Puede transmitirse por endoso, salvo cláusula que lo impida, y descontarse en un banco como forma de captar liquidez. Los efectos públicos son los emitidos por el Estado o instituciones oficiales.
EFTA:
Denominación por la que preferentemente se conoce a la AELC o
Asociación Europea de Libre Comercio. Se trata de una zona de libre comercio que desde su fundación en 1960 en Estocolmo persigue la eliminación progresiva de los derechos arancelarios y otros obstáculos a las exportaciones de productos entre los países miembros. Tradicionalmente, ha servido de antesala para los países que deseaban incorporarse a la Unión Europea y, actualmente con la ampliación a 15 de ésta, el 1 de enero de 1995, la EFTA se ha visto devaluada al quedar reducida a 4 países (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).
EJERCER:
El comprador de una opción de compra o de venta requiere al
vendedor de la misma para que cumpla con la obligación de entregar o recibir el activo subyacente, tal como se especificó en el contrato entre ambos. El vendedor de la opción de compra debe entregar los títulos y el vendedor de la opción de venta debe recibirlos.
EMBARGO:
Rescisión de las relaciones comerciales de envíos de fondos,
armas u otro tipo de bienes a un país por iniciativa de los demás países para aislarlo de la comunidad internacional, con lo que, generalmente, se pretende ejercer cierta presión para que resuelva una situación interna conflictiva o un contencioso con otro país.
EMPAREJAMIENTO DE DURACIÓN:
Consiste en
emparejar las duraciones modificadas de los activos con las duraciones modificadas de los pasivos. El emparejamiento de duración es un componente de un balance inmunizado. Ampliamente utilizado por instituciones financieras en un esfuerzo por gestionar riesgos de tipos de interés.
ENCAJE:
Cantidad de dinero mantenida en caja, es decir, en forma de
liquidez momentáneamente no utilizada, pero que puede utilizarse .
ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA:
Sondeos
realizados por el Instituto Nacional de Estadística acerca de la tasa de población activa, es decir, los que trabajan más los que buscan empleo. Además informa sobre el empleo, el desempleo, el empleo a tiempo parcial, el subempleo y su distribución por sectores, por edades, por sexo, etc.
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Diccionario Económico
ENDEUDAMIENTO:
Conjunto de obligaciones de pago que una
empresa o persona tiene contraídas con otras personas e instituciones
ENDEUDAMIENTO EN DIVISAS:
La financiación en
divisas es una forma de anular el riesgo de cambio en las operaciones de exportación. La empresa factura una venta al extranjero en una divisa determinada y solicita un crédito en la misma divisa. En el momento de la concesión la empresa cambia el importe en divisas por pesetas, amortizando el crédito con la remesa de su cliente.
ENDOSATARIO:
Persona a la que se cede la titularidad de un
documento de crédito a la orden por medio de endoso. Pasa a ser el titular legítimo del derecho incorporado al documento.
ENDOSO:
Transmisión de la propiedad de un documento de crédito
extendido a la orden a una tercera persona, mediante una declaración escrita en el dorso.
ENRIQUECIMIENTO DE TAREAS:
Proceso inverso al
de la división o especialización del trabajo. Consiste en ampliar el contenido del puesto de trabajo tanto en sentido horizontal, asignando al trabajador una gama más amplia de actividades del mismo nivel técnico, como en sentido vertical, asignando al trabajador, además del suyo específico, cometidos productivo organizacionales de superior nivel, como los de planificar y controlar los resultados de su propio trabajo, atribuidos previamente a algún supervisor
ENSERES:
Muebles, bienes e instalaciones de una empresa cuya utilidad
radica en su vinculación a la propiedad en la que se encuentran. Generalmente no pueden separarse de ésta sin sufrir una pérdida de valor o deterioro.
ENTERO:
En Bolsa, centésima parte (1 %) del valor nominal de las acciones
o títulos. Se utiliza para medir los cambios de cotización que éstos experimentan.
ENTIDAD CON POCAS PROBABILIDADES DE DECLARARSE EN QUIEBRA: Una entidad creada para servir como emisora de instrumentos financieros estructurados (tales como valores respaldados por activos). La entidad con pocas probabilidades de declararse en quiebra normalmente es un vehículo con una finalidad especial, filial de otra entidad que busca agrupar y vender activos. Tales vehículos con una finalidad
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Diccionario Económico especial están estructurados para tener muy pocas probabilidades de declararse en quiebra, aun cuando la empresa matriz pudiera declararse en quiebra.
ENTREPÓT:
Centros financieros que ofrecen sus servicios -de
instituciones financieras, mercados de dinero y de capitales- a residentes y no residentes.
EUROCLEAR:
Sistema de depósito y liquidación informatizado que
permite custodiar, entregar y realizar los pagos de los eurobonos.
EUROCRÉDITO:
Préstamo concedido por un banco o grupo de ellos,
nacionales o extranjeros, en euro-dólares o eurodivisas.
EURODIVISA:
Divisa poseída y utilizada fuera del país de origen. El
término eurodivisa se aplica a todo depósito bancario denominado en una divisa que no es la moneda del país en que el banco se halla establecido. Aunque el término eurodivisa fue acuñado para referirse a un fenómeno monetario básicamente europeo en un principio, el término puede aplicarse también a otras divisas y áreas geográficas.
EURODÓLARES:
Dólares americanos adquiridos y negociados por un
banco que tiene su residencia fuera de los Estados Unidos. La práctica de efectuar depósitos en dólares y otras monedas extranjeras en bancos situados fuera del país al que corresponde la divisa es, desde luego, anterior al nacimiento del mercado de eurodólares.
EXPIRAR:
Concluir un contrato, acuerdo, licencia, suscripción, etc., por
haber finalizado el plazo por el que se pactó. También, prescribir el plazo existente para emprender una acción determinada, por ejemplo, cuando finaliza el plazo de revisión de deudas fiscales.
EXPOLIACIÓN:
Expropiación hecha en contra de la ley, y también,
indemnización no equitativa que se da en concepto de dicha expropiación.
EXPORTACIÓN:
Venta o salida de bienes, capitales, mano de obra,
etc., del territorio nacional hacia terceros países. El valor monetario de las exportaciones se registra en la balanza de pagos.
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Diccionario Económico
F FÁBRICA:
Recinto en el que se instalan máquinas y otro tipo de equipos
utilizados conjunta y ordenadamente para la producción en masa de un determinado producto u objeto o para la transformación industrial de una fuente de energía.
FABRICACIÓN EN SERIE:
Proceso de fabricación simple
consistente en producir unidades uniformes de un bien por medio de un sistema que realice una sola operación en tiempos relativamente cortos.
FABRICANTE:
Persona o sociedad que transforma productos sin
elaborar en bienes para la venta. Empresa dedicada a producir mercancías o transformar una fuente de energía a gran escala utilizando para ello maquinaria y procesos repetitivos, para luego venderla a distribuidores, mayoristas o directamente a los consumidores.
FABRICAR:
Producir bienes o servicios mediante la transformación de
materias primas o productos intermedios, valiéndose de una maquinaria y organización determinadas, de unos sistemas repetitivos y haciéndolo en gran volumen, puesto que, en caso de tratarse de un objeto único, se denominaría (En inglés: construcción ).
FACTOREO:
Actividad en la cual una institución financiera descuenta las
cuentas por cobrar de una empresa y se encarga de llevar a cabo la labor de cobro.
FACTURA:
Documento fechado entregado por el vendedor al comprador y
en el que se indican los nombres del vendedor y del comprador, la cantidad, el precio y la descripción de las mercancías vendidas . Documento o recibo entregado por el vendedor al comprador como prueba de que éste ha adquirido una mercancía determinada o recibido un servicio a un precio dado, y que representa, por lo tanto, un derecho de cobro a favor del vendedor. En la factura se especifican los datos personales de ambos, las características de los productos, así como la fecha y el precio de compra.
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Diccionario Económico
FACTURACIÓN:
Operación técnica de la gestión financiera mediante
la cual, dentro del marco de un acuerdo, una empresa especializada gestiona las «cuentas de clientes» de las empresas, adquiere sus cuentas acreedoras y se hace cargo del cobro de las mismas, corriendo con el riesgo de las pérdidas sufridas si los deudores rehúsan el pago de tales cuentas . Factoring.
FALACIA:
En el ámbito jurídico, engaño, fraude o mentira con que se
intenta equivocar a otro.
FALLIDO:
Se dice del crédito, préstamo o deuda comercial incobrable,
impagado por el deudor. En el balance puede anotarse en clientes de dudoso cobro o directamente en pérdidas, en función de su recuperabilidad
FALLO:
Veredicto, parte de una sentencia donde se establece la decisión del
juez.
FALLOS DEL MERCADO:
Situaciones en las que el sistema de
mercado origina una asignación de recursos que no es eficiente en el sentido de Pareto. Teoría económica que postula que las imperfecciones en el sistema de precios, como la competencia imperfecta, externalidades, bienes públicos, etc., restan eficiencia a la asignación de los recursos e incluso justificarían la intervención del sector público para, por ejemplo, garantizar el mantenimiento de la renta en situación de desempleo.
FANCLUB:
Conjunto de individualidades que se oponen a un grupo
concertado que pretende adquirir una empresa por oferta directa o mediante una OPA. Los miembros del fan club compran acciones para evitar la operación del grupo concertado. Puede darse que los miembros del fan club acuerden la venta de sus acciones al grupo concertado, lógicamente a un precio superior al de adquisición.
FAS 133:
Una norma largamente esperada y controvertida del Comité para
la Normalización de la Contabilidad, de EE.UU., que especifica criterios para la contabilización de los derivados financieros, especialmente en lo que concierne a la contabilización y el tratamiento de las coberturas.
FECHA DE ADQUISICIÓN:
Fecha efectiva de compra de un
activo, la cual es indicativa del día en que debe empezar a figurar en las cuentas o estados financieros
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Diccionario Económico
FECHA DE AMORTIZACIÓN:
La primera fecha en que la
parte tenedora del derecho de amortización de un instrumento de deuda o de un derivado rescatable puede amortizarlo
FECHA DE AMORTIZACIÓN (DECS):
Algunos
DECS pueden amortizarse antes del vencimiento con el precio inicial de amortización establecido con una pequeña prima sobre el precio de emisión. Normalmente, el precio de amortización va bajando con respecto al precio de emisión a medida que se acerca el vencimiento. Cuanto más alto sea el nivel de contratación de las ordinarias por encima del precio de amortización, más probabilidades habrá de que se amorticen antes del vencimiento.
FECHA DE CÁLCULO:
La fecha especificada como tal para el
cálculo de la cantidad de liquidación en efectivo en un contrato de tipos de interés o tipos de cambio. Si las fechas de cálculo y de liquidación difieren, la fecha de cálculo precederá a la fecha de liquidación.
FECHA DE CIERRE:
La fecha en que se completa una transacción
incluyendo el pago final por la propiedad y el traspaso legal de ésta. El término se utiliza frecuentemente en transacciones inmobiliarias, pero también puede aplicarse en otros contextos.
FEDERACIÓN BANCARIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS: Agrupación de bancos europeos entre cuyas funciones destacamos: su contribución a alcanzar, en el ámbito bancario, los objetivos del Tratado de Roma; los intercambios de información, la cooperación con las instituciones comunitarias y la representación de sus miembros ante las autoridades correspondientes.
FIADOR:
Persona que, en virtud de contrato, asume la responsabilidad de
cumplir con una obligación de otra persona, en caso de que ésta no la cumpla.
FIAMM:
Fondos de inversión en activos del mercado monetario. Tienen
como objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute, administración en general y enajenación de activos financieros a corto plazo del mercado monetario, para compensar, por una adecuada compensación de sus activos, los riesgos y tipos de rendimiento. (Véase Fondos de inversión mobiliaria.)
FIDEICOMISO: LAROUSSE
Acuerdo por el que se entrega una propiedad o se
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Diccionario Económico confieren derechos sobre ella a una persona natural o jurídica para que la utilice o disponga de ella en beneficio de terceros. Acto por el que un testador (fideicomitente) impone al heredero o legatario (fiduciario) la obligación de conservar y administrar los bienes o cosa legada para transmitirlos a su fallecimiento o en otras circunstancias a otra u otras personas (fideicomisario) designadas por el testador.
FIELATO:
Oficina establecida, a modo de aduana local, a la entrada de las
villas y ciudades para recaudar el impuesto local de consumos. En coparticipación con el Estado, este impuesto constituyó la principal fuente de ingresos de los municipios españoles durante la segunda mitad del siglo xix y la primera del xx. Desapareció en 1962.
FIFO:
método de valoración de inventarios utilizado para productos similares
respecto a su coste y precio de venta, consistente en considerar que las primeras unidades que entraron en almacén son las primeras que salen de él. En situaciones de inflación es un método que incrementa los beneficios al asignar un coste menor a la mercancía vendida, lo que es positivo a la hora de la presentación de resultados a accionistas, acreedores, etc., pero negativo a la hora del pago de los tributos.
FOB:
Fórmula de pago o clave utilizada en el comercio internacional para
indicar que el precio de venta de un determinado artículo incluye el valor de la mercancía y los gastos de transporte y maniobra necesarios hasta ponerla a bordo del barco que ha de transportarla al país de destino, pero excluye el seguro y el flete.
FONDO CONSOLIDADO:
Cuenta en la que se reflejan los
ingresos y gastos del gobierno central en Gran Bretaña.
FONDTESOROS:
Fondos cuyo objeto de inversión es, casi
exclusivamente, deuda pública en sus diversas modalidades. En los Fondtesoro FIM, un mínimo del 95% del activo deberá estar invertido en deuda del Estado y de ésta un 50% lo será en bonos y obligaciones del Estado y cualquier otra modalidad de deuda pública de plazo inicial de amortización superior al año. En los Fondtesoro FIAMM, el 95% del activo deberá estar invertido en deuda del Estado a corto plazo.
FORFAITING:
Compra de letras de cambio aceptadas, créditos
documentarios o cualquier otra promesa de pago, renunciando el adquirente de estos efectos de forma explícita —mediante la clausula sin recurso— a cualquier derecho de demanda frente al vendedor y los anteriores titulares. La compra de los efectos se realiza descontando por anticipado (de ahí el nombre) los intereses. Se
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Diccionario Económico utiliza generalmente en operaciones de comercio exterior. El banco que compra las letras al exportador recibe el nombre áeforfaiter.
FRANQUICIADO:
Persona que en un contrato de franquicia explota
un negocio bajo la marca o nombre social de otra (franquiciador), beneficiándose de la práctica y la experiencia de ésta y de un nombre y publicidad comunes al conjunto de las franquicias de esa misma organización
FUNGIBLE:
En finanzas y economía, se trata de la característica de
ciertos bienes, por la que dos elementos individuales de una determinada especie resultan totalmente equivalentes y sustituibles, pudiendo intercambiarse entre sí sin que se advierta diferencia alguna
FUSIÓN DE EMPRESAS:
Fórmula o procedimiento de la
concentración de empresas, según la cual dos o más sociedades se disuelven para pasar a integrarse con sus patrimonios y socios en una nueva sociedad que se constituye al efecto. Dos son las modalidades de fusión; fusión con creación de una nueva sociedad o fusión propiamente dicha, que se corresponde con la anterior definición; y la fusión de absorción, cuando una de las sociedades preexistentes no se disuelve, sino que continúa con su personalidad jurídica y absorbe a las restantes empresas, una vez disueltas, para pasar a fundirse los patrimonios y socios de las sociedades intervinientes
FUTUROS:
Contratos que suponen la venta de ciertos bienes en una fecha
futura. Acuerdos entre comprador y vendedor por el que se negocia la compraventa de bienes, valores o divisas en una fecha futura determinada y a un precio establecido. El comprador debe depositar una cantidad de dinero, margen, como garantía de cumplimiento de lo pactado. Al contrario que los forward, se negocian en mercados de futuros organizados.
FUTUROS FINANCIEROS:
Contratos de futuros emitidos
sobre índices bursátiles o instrumentos financieros de cualquier tipo. Esto contrasta con los futuros emitidos sobre mercancías. Los futuros financieros incluyen futuros sobre divisas, futuros sobre índices de renta variable y varios tipos de futuros sobre tipos de interés
FUTUROS SOBRE DIVISAS:
Contratos de futuros suscritos
sobre divisas. Cada contrato cubre un número específico de unidades de la divisa extranjera. En Estados Unidos, los precios de futuros sobre divisas se establecen según las condiciones norteamericanas. Por ejemplo, 0,8815 dólares por 1 euro
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FUTUROS SOBRE TIPOS DE INTERÉS:
Futuros
sobre instrumentos de deuda o tipos de interés. El valor de un contrato de futuros sobre tipos de interés se mueve inversamente con los cambios en el nivel de los tipos de interés. Entre otros ejemplos se incluyen los futuros de bonos del Tesoro y los futuros sobre eurodólares
G GANANCIA: Lo que se gana, particularmente dinero. Diferencia entre los ingresos de una empresa y el conjunto de las cargas ligadas a la producción y venta de sus bienes y servicios. Beneficio, lucro o provecho que se obtiene de la realización de un trabajo o actividad. Más específicamente, en las actividades comerciales es el beneficio obtenido como diferencia del precio de compra de un producto y el precio de venta
GANANCIA BRUTA:
Beneficio o lucro obtenido en la compra o
producción de un producto y su posterior venta a un precio superior a dichos costes de compra o producción, sin haber sido deducidos los restantes gastos.
GANANCIA DE CAPITAL:
Plusvalía. Algunos autores
distinguen entre plusvalía y ganancia de capital. Plusvalía es todo incremento de valor de un bien que sigue formando parte del patrimonio de su titular, mientras que ganancia de capital es una plusvalía que se hace efectiva por medio de la transmisión onerosa del correspondiente elemento patrimonial. Plusvalía. Aumento del valor de un activo inmovilizado de una empresa que se pone de manifiesto cuando éste se vende (es igual a la diferencia entre el precio de venta y el valor contable del bien).
GANANCIA LÍQUIDA: Diferencia positiva entre los ingresos procedentes de una determinada actividad menos todos los costes y gastos originados en la obtención de dichos ingresos.
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Diccionario Económico
GANANCIALES:
De la ganancia o pertenecientes a ella. Dícese de los
bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio que no procedan de herencia o donación. Mediante la sociedad de ganaciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, desde el momento de la celebración del matrimonio o, posteriormente, al tiempo de pactarse en capitulaciones, que les serán atribuidos por mitades al disolverse aquélla.
GANGA: Producto o servicio obtenido a muy bajo precio, ya sea por una rebaja de temporada o por cualquier otra causa.
GERENCIA:
Administración y dirección de una empresa o sociedad por
encargo o mandato, que tiene el fin de cumplir de la manera más eficiente posible una serie de objetivos preestablecidos.
GESTIÓN:
Función empresarial básica tendente a la utilización más eficaz
posible, mediante la adecuada ejecución de un conjunto racional de reglas y procedimientos, de los recursos existentes, para alcanzar los objetivos perseguidos. Management. Administración y dirección de una empresa atendiendo a una serie de procedimientos y reglas que mediante la coordinación y organización de los recursos disponibles persigue cumplir los objetivos prefijados de la manera más eficaz posible.
GESTIONAR: Administrar y tramitar las actividades propias o ajenas para lograr la consecución de un negocio o unos objetivos determinados.
GESTOR:
Persona que se ocupa de llevar los negocios o defender los
intereses concretos de otra.
GESTORÍA:
Empresa dedicada a la administración de las actividades y
asuntos de un tercero, ya sea una persona física o jurídica.
GIRAR:
Remitir fondos mediante transferencia bancaria o a través de un
servicio de correos o telégrafo.
GLASS-STEAGAL ACT:
Ley del Congreso de EE UU. que desde
1933 prohibió a la banca de ese país la intervención directa en los mercados
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Diccionario Económico bursátiles
GLOBALIZACIÓN:
La tendencia creciente a que las fronteras
nacionales pierdan relevancia para los mercados financieros. Integración a nivel mundial de los mercados financieros y de la economía en general. Proceso de vinculación y dependencia de los mercados financieros de los diferentes países entre sí.
GLOBEX:
Un sistema de contratación desarrollado mediante un trabajo de
colaboración de la Bolsa de Chicago, el Mercado de Productos Agrícolas de Chicago y Reuters para contratar electrónicamente contratos de futuros. Su principal finalidad cuando se desarrolló fue la contratación fuera de horario hábil.
GLOBO:
1)Es una hipoteca a interés fijo que está programada para devolver
la totalidad del principal pendiente, o una parte importante de él, en forma de cantidad a tanto alzado en una fecha previa al momento en que la hipoteca debería amortizarse totalmente. 2) Una emisión de bonos prevista para devolver una gran parte del principal en alguna fecha previa al vencimiento. Los fondos de servicio de la deuda (un tipo de fondo acumulativo) frecuentemente están asociados con tales bonos para garantizar que habrá fondos suficientes para cubrir la obligación globo
GOBIERNOS: En ocasiones el término se refiere solamente a valores del Tesoro de Estados Unidos; en otras ocasiones habla de valores del Tesoro y de valores de entidades públicas. Los últimos son emisiones de deuda de entidades estadounidenses y corporaciones patrocinadas por la Administración federal.
GOLDEN SHARE:
Previsión que obliga a someter a la aprobación del
gobierno una posible toma de control del 10% o más del capital de una entidad bancaria.
PROBLEMA DEL GORRÓN:
Así denominado al problema que
se plantea cuando se trata de fijarle precio al consumo de ciertos bienes (servicios) públicos, como la seguridad, la policía, la sanidad, la educación o la investigación científica, que por tratarse de bienes públicos indivisibles en los que no puede aplicarse el principio de exclusión nunca puede saberse con exactitud la cantidad de servicio que cada ciudadano demanda o efectivamente consume. Más concretamente, el gorrón (en inglés free rider) no revelará sus preferencias para no
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Diccionario Económico tener que pagar, porque sabe que el servicio ha de ser a la postre prestado.
GRAN PRINCIPIO DEL MANAGEMENT (GPM): El Gran Principio del Management o GPM proclama que «sólo se hacen aquellas cosas que nos deparan alguna compensación». Se trata del viejo principio organizativo según el cual para que la gente trabaje en cualquier organización necesita contar con la promesa (explícita o implícita) de una recompensa (pecuniaria o moral) o el temor de un castigo (recompensa de no ser sancionado). El gran principio del management es el título de una obra de Michael Leboeuf, profesor de dirección empresarial de la Universidad de Nueva Orleans, publicada en 1985.
GRANDES CAPITALIZACIONES:
Compañías que
tienen una gran capitalización bursátil. La cantidad de capital en acciones necesaria para calificar a una compañía como gran capitalización es en cierto modo arbitraria.
GRANDES SUPERFICIES:
Término general para referirse a
los puntos de venta minoristas de gran tamaño como son los hipermercados y supermercados. Atraen a gran cantidad de personas porque ofrecen una gran variedad de productos (normalmente de alimentación y para el hogar) y, generalmente, a unos precios más bajos que los comercios tradicionales.
GRATIFICACIÓN:
Compensación monetaria que se da a cambio de
un servicio prestado de forma eventual o como recompensa por un buen rendimiento obtenido en el desempeño de la actividad laboral.
GRAVAMEN:
Obligación de hacer o consentir algo que pesa sobre una
persona. Carga que se hace sobre un bien como forma de garantizar el pago de lo debido. Porcentaje que se aplica a la base liquidable para determinar la cuota íntegra. Se trata, pues, de la proporción de riqueza gravada que constituye la prestación tributaria.
GRAVAMEN PROGRESIVO:
Gravamen progresivo sobre la
base liquidable, lo que significa que el porcentaje aplicado aumenta según una escala en función de los aumentos de la base liquidable. El IRPF constituye el ejemplo por antonomasia, puesto que el tipo de gravamen es creciente a medida que la renta es mayor. Tiene una función redistributiva.
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Diccionario Económico
GRAVAMEN PROPORCIONAL:
Gravamen proporcional a
la base liquidable, lo que significa que el porcentaje aplicado es el mismo sea cual sea el valor de la base liquidable. El Impuesto sobre Sociedades y el IVA están afectos a este tipo de gravamen.
GRAVITACIÓN DEL COMERCIO AL POR MENOR: Ley de. Según esta ley, formulada por W. J. Reilly, de la Universidad de Texas, dos ciudades atraen el comercio de un núcleo de población más pequeño intermedio aproximadamente en proporción directa al número de habitantes de las ciudades más importantes y en proporción inversa al cuadrado de las distancias de cada ciudad al núcleo de población más pequeño. Haciendo uso de esta ley, con las adaptaciones o correcciones que el caso requiera, se pueden delimitar las áreas comerciales de las ciudades y las villas cabeceras de comarca y confeccionar, de este modo, el atlas comercial de una región o territorio
GREEN SHOE:
En una emisión asegurada de títulos, se designa así a la
posibilidad de ampliación del volumen de la oferta como consecuencia de la opción de compra concedida a las entidades aseguradoras de la emisión. También, cuando tras la oferta pública las entidades pueden reservarse un grupo de acciones para regular el movimiento de las mismas.
H HABER:
En términos bancarios, cifra que refleja los abonos que se realizan
al titular de una cuenta corriente
HABERES:
Honorarios o rentas periódicas que se otorgan a determinadas
personas por los servicios prestados; sinónimo, por tanto, de sueldo o pensión
HABITAT:
Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos
Humanos. Organismo de las Naciones Unidas establecido en 1978, que tiene por misión facilitar a los Estados asesoría técnica, bienes y servicios, y financiación necesarios para asegurar los asentamientos humanos, organizando planes de desarrollo económico, social y físico y creando las infraestructuras necesarias.
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Diccionario Económico
HACIENDA:
Conjunto de recursos económicos y financieros de que
dispone una persona física o jurídica, pública o privada, para realizar los cometidos que le son propios. Riqueza o patrimonio. Finca o conjunto de fincas que constituyen una propiedad. Bienes propiedad de alguien. Conjunto de recursos con los que cuenta un ente público para atender al cumplimiento de sus fines.
Patrimonio, conjunto de bienes, y más particularmente, bienes raíces que posee una persona. Activos o bienes del Estado. Organismos que se dedican a la administración de dichos bienes.
HACIENDA PÚBLICA:
Ciencia que se ocupa del análisis de las
necesidades y actividades financieras Conjunto de bienes y derechos de titularidad pública destinados por el Estado al cumplimiento y satisfacción de las necesidades de la nación y al desarrollo de la actividad económica y financiera.
HANG SENG:
Índice más popular de la Bolsa de Hong Kong, con base
100 el 31 de julio de 1964. Está compuesto por una ponderación de la capitalización bursátil de las 33 empresas con mayor volumen de negocio de este mercado.
HARD DISCOUNT:
Descuento duro. Nombre dado a la fórmula de
distribución comercial consistente en vender ciertos productos de consumo duradero a bajo precio, en supermercados y autoservicios en general. Tuvo un gran auge en Alemania después de la Segunda Guerra Mundial para extenderse desde allí a otros muchos países. Se aplica generalmente a una reducida gama de productos y los establecimientos que lo practican suelen ser muy agresivos en el plano comercial.
HECHO IMPONIBLE:
Presupuesto de naturaleza jurídica o
económica fijado por la ley configuradora de cada tributo, cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. Negocios, actos o circunstancias de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo. Supuesto de naturaleza jurídica o económica legalmente establecido para configurar cada impuesto y cuya realización provoca el nacimiento de la obligación de tributar.
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Diccionario Económico Acto o suceso fijado en la ley de cada tributo que genera el nacimiento de una obligación tributaria (obtención de renta, transmisión de bienes, etc.). Es el hecho cuya realización origina la obligación tributaria; expresado de otra forma, es la situación económica o jurídica en virtud de la cual la ley obliga a tributar Cartera de valores en la que el inversor, para reducir e incluso eliminar el riesgo, protege sus posiciones a corto plazo en algunos títulos (vendiendo al descubierto) con posiciones a largo en otros títulos (comprando). En general, cartera de valores en la que mediante una diversificación conveniente y un inteligente reparto de la inversión entre acciones y opciones el riesgo de la cartera se reduce al nivel deseado.
HEDGING:
Cobertura de riesgos. Estrategia inversora dirigida a reducir las
posibles pérdidas debidas a una variación del tipo de interés, del tipo de cambio, del precio de las acciones o de cualquier bien. Combina diferentes posiciones: operaciones de contado y a plazo, inversiones en acciones y opciones, opciones cruzadas, etcétera, al objeto de reducir los riesgos que se derivan de la fluctuación de los precios.
HEREDAR: Recibir parte o la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones de una persona a su fallecimiento, ya sea por voluntad de ésta o porque lo determine la ley.
HEREDERO:
Persona que recibe parte o la totalidad de los bienes,
derechos y obligaciones de otra, ya sea porque ésta así lo ha establecido en su testamento o porque así lo determine la ley (heredero forzoso).
HERENCIA:
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que son
transmitidos de una persona fallecida a un tercero o terceros que sobreviven, siempre que éstos acepten la herencia.
HIFO:
Siglas de la expresión inglesa Highest-In, First-Out, método de
valoración de inventarios por el que a las salidas de almacén se les da el valor de la mercancía que tiene el coste de adquisición o de producción más alto. Este método suele resultar similar al LIFO (Last In, First Out), al ser las últimas unidades las más caras en una situación de inflación. Por otro lado, es muy poco utilizado, debido a que no está recogido en la legislación mercantil española.
HIPERINFLACIÓN: Situación de una economía en la que la tasa de inflación crece a un ritmo vertiginoso, alcanzando incluso un 1.000 % anual, lo que
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Diccionario Económico provoca la caída precipitada del poder adquisitivo y los intentos de deshacerse del efectivo antes de que pierda totalmente su valor. La hiperinflación suele estar causada porque los poderes públicos financian sus gastos con emisión de dinero sin ningún tipo de control, en situaciones de posguerra en países no desarrollados y en ausencia de un buen sistema fiscal. Un caso extremo de hiperinflación se dio en Alemania en 1923.
HIPOTECA ABIERTA:
Hipoteca en la que el deudor puede
ampliar sin límite la cantidad obtenida como préstamo, o cambiar cualquier otra condición
HIPOTECA CON CUENTA PIGNORADA: Conocida por el acrónimo inglés PAM. Un contrato hipotecario que requiere una cuenta de depósito a plazo por separado dedicada a hacer una parte de cada pago de la hipoteca. La cantidad retirada de la cuenta pignorada aumenta el pago hecho por los deudores hipotecarios. Como consecuencia, el pago mensual hecho por los deudores hipotecarios es menor que el de una hipoteca convencional.
HIPOTECABLE:
Término que califica todos aquellos bienes que
pueden ser sujetos a hipoteca. Son hipotecables los bienes inmuebles, los derechos reales asociados a éstos y ciertos bienes muebles (como naves y aeronaves) que, a efectos jurídicos, se asimilan a los primeros.
HISTÉRESIS DE LOS COSTES:
Proceso en el que, al
descender el volumen de producción, los costes totales son mayores que los correspondientes a esos mismos niveles cuando la producción era creciente.
HOLDINGS:
Empresas propietarias de acciones de otras empresas y cuyo
objetivo es maximi-zar sus rentas a través de los dividendos y ganancias de capital, no interviniendo en la producción de bienes y servicios de las empresas en que participan ni en otras.
HUECO:
Espacio vacío en un gráfico de precios. Se produce cuando el precio
más bajo de un período de operación está por encima del precio más alto del período de operación anterior, o cuando el precio más alto de un período de operación está por debajo del precio más bajo del período de operación anterior
HUELGA:
Cese colectivo en el trabajo efectuado de común acuerdo por los
asalariados para conseguir alguna reivindicación de carácter profesional o económico.
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I IBEX-35:
Índice de la Bolsa de Madrid, formado por la capitalización
ponderada de valores pertenecientes a 35 empresas que cotizan en el mercado continuo de las Bolsas españolas. Su valor base es de 3.000 al 29 de diciembre de 1989. Sirve como referencia bursátil general y como subyacente de los contratos de opciones y futuros sobre índice.
IDA:
Asociación Internacional de Desarrollo.
IDENTIFICAR:
En econometría, analizar la posibilidad de estimar los
parámetros que en las ecuaciones del modelo relacionan a unas variables con otras .
IGUALA:
Cantidad fija recibida periódicamente, en lugar de una cantidad a
acordar por trabajos específicos, como remuneración de los trabajos de asesoramiento
INGRESOS TOTALES:
Ingresos recibidos por el Estado u otro
ente público, constituidos tanto por exacciones impositivas como derivados de operaciones con contraprestación.
INMOVILIZADOS INMATERIALES:
Inmovilizaciones
en elementos patrimoniales intangibles, constituidos por derechos susceptibles de valoración económica.
ILEGALIDAD SOBREVINIENTE:
Un cambio en la
legislación aplicable, la imposición de controles sobre el cambio de divisas por un gobierno, o cualquier otra condición similar de tal manera que a una de las partes contratantes de una transacción financiera se le prohiba dar cumplimiento a los términos del contrato.
ILIQUIDEZ:
Falta de tesorería de una empresa, o del sistema económico
en general, que le impide hacer frente a sus obligaciones a corto plazo. Viene dada
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Diccionario Económico por la relación entre los activos líquidos (disponibilidades monetarias y en cuentas bancarias a la vista) y el pasivo circulante.
ILÍQUIDO:
Difícil de comprar o vender sin hacer una concesión de precios
muy significativa. La liquidez frecuentemente se mide por la cuantía del diferencial oferta-demanda y/o por el tamaño del mercado tanto a los precios de oferta como a los de demanda. Cuenta, obligación, deuda o cantidad cuya suma total o cuyo importe exacto no están determinados, por corresponder a un concepto difícilmente cuantificable y no haber sido aún liquidada.
ILUSIÓN FINANCIERA:
Concepto debido a Puviani, que
significa la errónea percepción popular del auténtico sentido de una disposición tributaria, provocada por la Administración con objeto de ocultar la carga real de los impuestos y exagerar los efectos beneficiosos de los gastos públicos.
ILUSIÓN MONETARIA:
Impresión que tienen los individuos y
empresas de haber aumentado su capacidad de compra al haber sufrido un cambio sus rentas nominales o los precios, cuando de hecho no toman en cuenta la inflación, que produce una pérdida de la capacidad adquisitiva real del dinero.
IMITACIÓN DINÁMICA DE ACTIVOS:
Una
estrategia activa que entraña el ajuste periódico de los tamaños de las posiciones que se mantienen en uno o más instrumentos, a fin de imitar el comportamiento del mercado de algún otro instrumento. Frecuentemente, el término se utiliza para describir estrategias aseguradoras de cartera que se logran mediante la asignación dinámica de activos.
IMPAGADO:
Obligación de pago que no ha sido cumplida en la fecha de
vencimiento establecida. Deuda vencida y no pagada. Específicamente, es el término que se emplea para designar los efectos comerciales, como facturas y letras de cambio, que el librador, próxima la fecha de vencimiento, ha entregado a su banco para que las envíe al librado o al banco de éste, si el efecto está domiciliado, para que satisfaga su pago, y que han sido devueltos por no haber sido atendido su pago.
IMPASSE: En teoría del presupuesto, insuficiencia de los ingresos recaudados para cubrir la totalidad de los gastos habidos.
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Diccionario Económico
IMPERIALISMO ECONÓMICO:
Dominación de una
economía, normalmente la de un país en vías de desarrollo, por parte de empresas o gobiernos extranjeros
IMPORTACIÓN:
Entrada en un país de bienes y servicios producidos
y vendidos por un país diferente. Imports (EE.UU.). Adquisición de bienes o servicios procedentes de otro país. El concepto se puede aplicar también a capitales o mano de obra, etc.
IMPORTADOR:
Persona física o jurídica que realiza la importación de
bienes o servicios. En las relaciones internacionales, se denomina así al país que ocupa la posición compradora.
IMPOSICIÓN:
Transferencia obligatoria de dinero (u ocasionalmente
de bienes y servicios) de individuos privados, instituciones o grupos al gobierno [Bannock y otros]. Taxation. Carga, tributo, obligación que grava la manifestación de renta, la posesión de patrimonio o determinadas actividades de un sujeto pasivo.
IMPOSICIÓN A PLAZO FIJO:
Depósito de dinero en una
institución financiera por un plazo prefijado de tiempo, instrumentalizado normalmente en una libreta de imposición donde constan el importe, la fecha en que se realizó, y su interés y vencimiento. El depositante puede retirar el dinero antes del vencimiento de dicho plazo, previo pago, generalmente, de una penalización.
IMPUESTO:
Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y
empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.
IMPULSADO POR LOS SWAPS:
En sentido un tanto
laxo se usa este término para describir los comportamientos en la determinación de precios de instrumentos que no son swaps pero que, en virtud de determinadas vinculaciones con el mercado de los swaps, están sujetos a la influencia de éstos. Entre otros ejemplos cabe citar los movimientos de precios en los mercados de
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Diccionario Económico eurobonos.
IMPUTABLE:
Rentas, pagos o costes asignables a un destino
determinado.
IMPUTACIÓN:
Operación consistente en asignar o atribuir
determinados costes a un producto o centro de costes concreto, cualquiera que sea el criterio o clave de distribución que se utilice. Afectación de una anotación o de una operación a cuenta, al servicio o a la función a que pertenece.
INCAUTARSE:
Tomar posesión de bienes de una persona física o
jurídica, acto llevado a cabo por un tribunal o autoridad administrativa al amparo de una ley o resolución judicial, con fines diversos (evitar el contrabando de mercancías, actividades especulativas, etc.).
INTERVENTOR DE CUENTAS:
Profesional que revisa las
cuentas anuales de una empresa con el objetivo de determinar su situación económico-financiera real.
IRA:
Acrónimo inglés de cuenta de jubilación individual. Una importante
innovación adoptada por el Congreso para fomentar que los individuos ahorren para su jubilación concediendo un tratamiento fiscal preferente a los ingresos generados por estas cuentas y, en algunos casos, para los fondos con que se contribuye a estas cuentas.
IRREDIMIBLE:
Que no se puede recuperar o liberar. Califica a
aquellas deudas u obligaciones que no tienen fecha fija de amortización o vencimiento.
ISDA:
International Swap Dealers Association. Contribuye al desarrollo de las
operaciones de swaps y de productos derivados. Su objetivo fundamental es facilitar la fluidez del mercado y fortalecer un código de
ISOCOSTO:
Curva que representa las diferentes combinaciones que se
pueden obtener de dos factores determinados a un coste dado
ISOMARGEN: LAROUSSE
Planteamiento estratégico consistente en intentar igualar
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Diccionario Económico el margen de todas las líneas de negocio de una empresa.
J JEFE:
Toda aquella persona que tiene la facultad de supervisar o controlar a
otras personas, tiene el poder de dar órdenes e instrucciones y obligar a cumplirlas o la posibilidad de tomar decisiones que guíen las acciones de sus subordinados. Los jefes o mandos de primer nivel se agrupan en unidades de segundo orden, coordinadas a su vez por un jefe o mando de superior nivel, y así sucesivamente, hasta alcanzar la cima o vértice de la organización, en la que se encuentra la superior autoridad
JERARQUÍA FINANCIERA:
Clasificación de las distintas
fuentes de financiación, tanto propias como ajenas, en función de variables como su coste, fórmulas de retorno del capital, garantías, riesgos, etcétera
JOINT VENTURE:
Sociedades mixtas o empresas conjuntas que
resultan de la cooperación de dos o más empresas (empresas cooperantes o matrices) que deciden crear una nueva sociedad con personalidad jurídica propia, en cuyo capital participan, con el objeto de realizar a través de ella un determinado negocio. Se trata de alianzas, aunque bajo la cobertura de la fórmula jurídica de sociedad anónima, entre distintas empresas de un mismo o diferente país.
JORNAL:
Forma del salario, que fija la retribución del trabajador a tanto por
día de obra... Nomenclatura de Economía
JURADOS MIXTOS:
Corporaciones formadas por delegados de los
capitalistas y representantes de los obreros, que tienen el encargo de resolver las cuestiones que se suscitan entre esas clases con motivo de sus relaciones en la industria.
JUBILACIÓN:
Situación del trabajador que deja de prestar servicios
por razón de su edad. Retiro definitivo de una persona de su vida laboral por razones de edad, con derecho
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Diccionario Económico a percibir una pensión económica vitalicia por parte del Estado. La edad mínima legal de jubilación en España es de 60 años (jubilación anticipada) o 65 años (jubilación ordinaria).
JUBILADO:
Persona dispensada, por razones de edad, de los servicios
que prestaba en el ejercicio de su profesión. Generalmente con derecho a pensión.
JUEGO DE EMPRESAS:
Entrenamiento que consiste en la
simulación de condiciones de mercado para el estudio de una situación. En él los diferentes grupos, que compiten entre sí, deben ir tomando una serie de decisiones acerca de la financiación, stocks, ventas, etc., de una empresa ficticia, que, una vez introducidas en un ordenador, dan unos resultados y balances finales. De esta manera se observa qué grupo ha seguido la mejor estrategia en un ambiente competitivo de mercado.
JUEGO DE LIBROS:
Conjunto de libros (libro de inventarios y
cuentas anuales, libro diario y libro de actas) que todo empresario debe cumplimentar. Los dos primeros libros son exigidos para todo empresario, mientras el tercero sólo es obligatorio para las sociedades mercantiles.
JUEGO DE SUMA CERO:
Término económico empleado para
describir cualquier tipo de transacción financiera en la que los beneficios de los ganadores igualan exactamente a las pérdidas de los perdedores. La contratación de futuros y de opciones es un ejemplo de juegos de suma cero, si se pasan por alto los gastos de transacción. Lo mismo sucede con la mayoría de los juegos de azar. Juego donde la ganancia de uno de los jugadores se compensa con la pérdida de otro jugador. Zero-sum gome. Este término se aplica a los mercados de futuros, donde el conjunto de las pérdidas de los participantes iguala al conjunto de las ganancias obtenidas, descontando las comisiones y los gastos.
JUEVES NEGRO:
Día en el que comenzó el pánico en la Bolsa de
Nueva York en 1929. Referencia al jueves 24 de octubre de 1929, fecha en que se desató el pánico bursátil en la Bolsa de Nueva York.
JUGAR A LA BAJA:
Realizar operaciones especulativas a corto
plazo, vendiendo títulos con elevada cotización para recomprarlos posteriormente,
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Diccionario Económico en la confianza de que haya disminuido su cotización, y obtener así una ganancia sin modificar la composición de la cartera.
JUGAR AL ALZA:
Realizar operaciones especulativas a corto plazo,
comprando títulos de baja cotización para revenderlos posteriormente, con la esperanza de que haya aumentado su cotización, y obtener así un beneficio.
JUROS:
Préstamos hechos a la corona, por los cuales ésta abonaba a sus
titulares un rédito anual. Constituyeron la forma habitual de endeudamiento de la corona desde los Reyes Católicos hasta el reinado de Carlos III, cuando se pasó a emitir los vales reales. Como garantía del pago de sus intereses, se les afectaba a los juros el rendimiento de algún tributo, regalía o renta pública. La mayoría de los juros poseídos por los vecinos de Valladolid a mediados del siglo xvi estaban situados sobre las alcabalas de la ciudad y se cobraban de ellas.
JUSTIFICANTE:
Prueba que acredita un determinado acto,
generalmente referido a documentos. Más en concreto, documento que acredita la entrega, de mercancías o efectos, a una persona física o jurídica.
JUSTIPRECIO:
El Justiprecio o justo precio constituye una
indemnización por la pérdida de los bienes y derechos expropiados, y es un elemento esencial de la expropiación, que diferencia esta de la confiscación, en la que hay pérdida de la propiedad del particular pero no existe indemnización.
K K: Signo por el que en economía se representa al capital, como factor de producción
KEYNES JOHN MAYNARD:
Economista británico (1883-
1946), padre de la economía moderna, fue el mayor crítico de la economía clásica. Su libro (En inglés: The General Theory of Employment, Interest and Money )
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Diccionario Económico (Teoría general del empleo, el interés y el dinero) expresó su principal teoría de que el paro es consecuencia de una caída en la demanda agregada y, por lo tanto, para lograr el pleno empleo sería necesaria la intervención del Estado, a través de la inversión, para reactivar la economía.
KEYNESIANISMO:
Escuela de pensamiento creada por J. M.
Keynes (1883-1946) y desarrollada por sus seguidores, que ha supuesto una ruptura con el pensamiento económico anterior y ha influido de forma decisiva en las políticas económicas seguidas por los países occidentales después de la Segunda Guerra Mundial. Los principales elementos de esta corriente de pensamiento se hallan contenidos en la obra de J. M. Keynes Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero, publicada en 1936.
KIO:
Siglas de «Kuwait Investment Office». Organización dependiente del
Ministerio de Finanzas de Kuwait que se ocupa de todas las inversiones que realiza este país en el extranjero.
L LABORISMO:
Corriente política surgida en Gran Bretaña, a finales del
siglo XIX, caracterizada por profesar un socialismo no marxista que no creía en la lucha de clases, y por postular una vía de acceso pacífico al socialismo
LADO:
Cada una de las posiciones de compra o de venta de opciones que
componen una combinación.
LADOS (FUTUROS):
En una operación de diferencial que implique
futuros, un operador tiene una posición larga un mes de entrega y una posición corta un mes de entrega diferente. Cada contrato se llama un lado del diferencial. El diferencial puede realizarse como una unidad o «lado por lado», un lado cada vez.
LANZAMIENTO:
Desahucio, desalojo y, en general, privación
mediante mandato judicial de la propiedad de una cosa.
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Diccionario Económico
LÁPIDA:
Anuncio que se publica indicando que se ha preparado una oferta
de valores. El nombre se deriva de la similitud del anuncio con una lápida mortuoria. La lápida ofrece una somera descripción de los valores, identifica a los aseguradores directores y relaciona a todos los componentes del sindicato con quienes se puede contactar para conseguir un folleto.
LEY MONETARIA - Es la relación establecida entre el metal fino y la liga que se emplean en la moneda, o sea la cantidad de metal precioso que ha de contener ésta
LIBRE CAMBIO:
Es el sistema que proclama como régimen único del
comercio la acción de la oferta y la demanda, rechazando todas las limitaciones y obstáculos puestos por los Gobiernos a la circulación de la riqueza
LIMOSNA:
Es la donación hecha a un necesitado por motivos de caridad
LUJO: Consumo de lo superfluo; gasto hecho por ostentación y vanidad; consumo de las cosas caras: tales son las definiciones que suelen darse del lujo, considerándole siempre como un exceso o extralimitación del consumo; pero no es a esto a lo que corresponde la idea del lujo.
LARGO PLAZO:
A más de cinco años, según el Plan General de
Contabilidad. Período de tiempo del proceso de producción durante el cual es posible variar todos los factores productivos. Long term. Long notice. En general, período mayor a doce meses, aunque es un término que depende de la actividad a la que se refiera.
LATIFUNDIO:
Finca rústica de gran extensión. large landed estáte.
Latifundium. Explotación agrícola que, en contraposición al minifundio, tiene una gran extensión y está por debajo de la intensidad de cultivo que sería la adecuada.
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Diccionario Económico
LAVADO DE CUPÓN:
La retención a cuenta sobre el pago de
intereses es reintegrada inmediatamente a los tenedores de bonos y obligaciones si éstos son extranjeros y los tienen en su poder 30 días antes de su vencimiento. Las entidades financieras, para aprovechar el beneficio de oportunidad de las cantidades que de esta manera no se anticipan al fisco, ceden temporalmente sus títulos a no residentes.
LBO: Es aquella operación consistente en financiar una parte importante del precio de adquisición de una empresa mediante deuda. Ésta se asegura en parte por la capacidad crediticia del comprador, pero también, y de forma más importante, por los activos de la empresa que se adquiere y de los flujos de caja esperados. Si la empresa es adquirida por los propios directivos de la empresa, el LBO recibe el nombre de MBO (Management Buy-Out o compra por la dirección), y si es adquirida por los empleados de ésta, se denomina LEBO (Leveraged Employee Buy-Out, o compra por los empleados apalancada).
LEAPS: Éstas son opciones sobre valores individuales e índices bursátiles que tienen en el momento de su creación un plazo de vigencia hasta la prescripción mucho más largo que el de las opciones estándar de renta variable. Este plazo frecuentemente es tres años.
LEGADO:
Sucesión particular mortis causa, que se produce en virtud de
una disposición particular otorgada en testamento o contrato sucesorio, o en virtud de un precepto general de la ley. A diferencia de la herencia, el legado conlleva una pura percepción de bienes.
LEY DE 1974 PARA LA PROTECCIÓN DE LAS RENTAS POR JUBILACIÓN DE LOS EMPLEADOS: Conocida en EE.UU. por el acrónimo ERISA. Esta legislación regula los fondos de pensiones privados. Estableció, para las compañías que ofrecen planes de pensiones a sus empleados, responsabilidades en cuestiones tales como financiación de sus obligaciones, inversión en los propios valores de la compañía y traspaso de derechos. También creó la Corporación para Garantía de Planes de Jubilación.
LEY DE 1980 PARA LIBERA I IZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DEPOSITARÍAS Y CONTROL MONETARIO: Esta legislación puso en marcha una LAROUSSE
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Diccionario Económico importante liberalización del sector de la banca comercial y estableció las pautas para eliminación final de gran parte de la Ley Glass-Steagall.
LEY DE ASESORES DE INVERSIONES DE 1940: Esta legislación amplió la autoridad reguladora y de supervisión de la SEC a personas y entidades que prestan servicios de gestión de inversiones y servicios conexos de asesoría.
LEY DE BANCA DE 1933 (EE.UU.):
Popularmente
conocida como Ley Glass-Steagall. Aun cuando esta legislación tenía varias disposiones importantes, se la conoce más como la legislación que dividió el sector de servicios financieros en tres sectores diferenciados: banca de inversión, banca comercial y seguros. La Ley limitaba las actividades de una institución financiera a uno de estos tres escenarios y en gran medida dio forma a la evolución del sector de servicios financieros de Estados Unidos. La Ley de Servicios Financieros de 1999 eliminó o modificó muchas de las disposiones de la Glass-Steagall.
LEY DE BOLSA DE FUTUROS DE 1974:
EL
Congreso de EE.UU. aprobó en 1974 la Ley de la Comisión del Mercado de Futuros de Mercancías. Esta legislación creó la Comisión del Mercado de Futuros de Mercancías (CFTC) para regular el sector de futuros. Antes de la aprobación de esta Ley, la contratación de futuros la regulaba la Autoridad del Mercado de Materias Primas (CEA), una división del Departamento de Agricultura.
LEY DE COMPAÑÍAS DE INVERSIÓN DE 1940 (REVISADA): Esta legislación frecuentemente se denomina «la Ley de los 40». Entre sus exigencias: las sociedades de inversión de capital y cartera variable (fondos de inversión) y las sociedades de inversión de capital cerrado y cartera fija deben inscribirse en la SEC; las sociedades de inversión deben facilitar folletos a los potenciales inversores; y las sociedades han de tener consejeros externos en sus consejos de administración.
LIBERALISMO:
Doctrina económica, cuyo padre fue Adam Smith,
que defiende el libre juego de las fuerzas del mercado, restringiendo la intervención del Estado a cuestiones mínimas indispensables (defensa, hacienda, moneda, relaciones exteriores), de modo que cada individuo, al buscar su propio interés, hace posible el bienestar general
LIBERALIZACIÓN: LAROUSSE
Supresión de las restricciones existentes en un
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Diccionario Económico mercado. En los intercambios internacionales, se refiere a la eliminación de las restricciones impuestas por los países, como medida para promover la expansión y disminuir el proteccionismo.
LIBERTAD DE PRECIOS:
Expresión que hace referencia a la
situación de un mercado donde los precios se determinan según la ley de la oferta y la demanda sin intervención, o con una intervención mínima del Estado.
LIBID:
El tipo de interés demandado del mercado interbancario de Londres.
Éste es el tipo de interés al que un banco tomará prestados depósitos de eurodólares. No se usa mucho como tipo de referencia. LIBOR Bid. Es el tipo de interés para los depósitos en el mercado interbancario de Londres.
LIBOR:
Acrónimo inglés de tipo de interés ofertado del mercado
interbancario de Londres. Tipo de interés que un gran banco internacional con excelente calificación crediticia está ofreciendo para prestar depósitos en eurodólares. Por ejemplo, el LIBOR en dólares sería el tipo ofrecido en los depósitos de eurodólares. El LIBOR se cotiza para diferentes divisas y para diferentes plazos de depósito.
LICITACIÓN COMPETITIVA: 1) Un proceso en el que las partes pujan por valores y los valores se adjudican a las partes que ofertan el mayor precio, luego a las partes quen ofertan el siguiente precio superior y así hasta que se ha adjudicado toda la emisión. 2) En la colocación de emisiones de valores, la licitación por sindicatos colocadores para hacerse con el derecho a colocar la emisión.
LIMITACIÓN AL LIBRE COMERCIO:
Trabas o
barreras proteccionistas impuestas por los países como forma de favorecer a los productores o consumidores nacionales. Interfieren en la libre competencia en las transacciones internacionales, y pueden ser de muchos tipos: aranceles, cuotas, licencias de importación, subsidios, barreras administrativas, etc.
LÍMITE DE CAMBIO: LAROUSSE
Cambio máximo o mínimo al que cada
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Diccionario Económico inversor está dispuesto a negociar determinados valores bursátiles.
LIQUIDAR:
Vender productos a bajo precio con el fin de deshacerse de
bienes perecederos o que están fuera de temporada, de obtener liquidez, etc.
LIQUIDEZ:
Una referencia a la facilidad, y la concesión de precios
requerida, para comprar y vender activos. Cuanto más fácil sea comprar y vender y menor sea el diferencial entre el tipo comprador y el tipo vendedor (que representa la concesión de precios), más líquido es el mercado del activo. Dinero o cualquier otro activo susceptible de ser convertido en dinero inmediatamente por su valor contable. Capacidad para hacer frente rápidamente a las obligaciones financieras Posibilidad que tiene un inversor de vender su inversión lo más rápidamente posible sin tener que soportar una rebaja excesiva del precio de la misma. Capacidad para hacer frente con rapidez a los compromisos y obligaciones financieras contraídas, mediante la disposición de un activo líquido inmediato.
LOTE DE ACCIONES:
Parte de las acciones de una empresa que
pertenecen a una misma ampliación o que poseen características similares diferenciadoras de las demás (también denominada clase o tipo de acciones). El conjunto de lotes distintos da lugar a la totalidad de las acciones de la sociedad.
M M-1:
Definición restrictiva de la oferta monetaria, compuesta por
billetes y monedas en circulación más depósitos a la vista. M-1
M-3:
Definición más amplia de la oferta monetaria, compuesta por billetes y
monedas en circulación más todos los depósitos tanto a la vista como de ahorro o a plazo en bancos comerciales o en instituciones financieras [Pearce]. M-3.
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Diccionario Económico
MADUREZ:
Tercera etapa del ciclo de vida de un producto, en la que las
ventas alcanzan su nivel máximo, y ya no es posible incrementarlas sin ningún tipo de cambio en el producto. Los beneficios se estabilizan y los costes de fabricación disminuyen.
MAGNATE:
Hombre de negocios o persona pública que ha acumulado
abundante poder y una gran fortuna.
MANAGER:
El que ejerce tareas de management. El manager no siempre
es el propietario de la empresa, ni exclusivamente el gerente profesional de una institución pública y privada, con fines de lucro o sin ellos. Tampoco es necesariamente un jefe al que tienen que obedecer un determinado número de subordinados; se pueden realizar tareas de management —en puesto de stajf— sin necesidad de tener que dar órdenes (mandar) a otras personas. Se utiliza habitualmente este término como sinónimo de directivo, ejecutivo o gerente.
MANCEBO:
Encargado de vender al por mayor o al por menor en un
almacén o establecimiento abierto al público. Están autorizados para cobrar el importe de las ventas que hagan y sus recibos, expedidos a nombre del principal, serán válidos a todos los efectos. Cuando un comerciante encarga a su mancebo la recepción de mercaderías y éste las recibe sin reparo sobre su cantidad o calidad, su recepción surtirá los mismos efectos que si la hubiera hecho el principal.
MANCHESTERISMO: Movimiento intelectual y político británico de la primera mitad del siglo xix, propulsado inicialmente por empresarios y parlamentarios de Manches-ter, que defendía a ultranza el libre cambio.
MAQUINAS:
Son todos los instrumentos formados por el hombre que se
emplean en hacer más eficaz y menos penosa la acción del trabajo económico
MARTES NEGRO:
Día (29 de octubre de 1929) en que tuvo lugar la
mayor baja en las cotizaciones de la Bolsa de Nueva York. Black tuesday. Referencia al desplome de las cotizaciones en la bolsa de valores de Nueva York el 29 de octubre de 1929.
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Diccionario Económico
MAYORISTA:
Dícese del comerciante que no vende directamente al
consumidor final, sino que compra a un fabricante o a un importador (incluso a otro mayorista) para vender a los minoristas, quienes luego venden a los consumidores. Como su nombre indica, mayorista es un comerciante que vende al por mayor. Existen diversos tipos de mayoristas. Mientras que los mayoristas de servicio completo hacen publicidad, venden a crédito y sirven a domicilio el producto que venden, los llamados mayoristas de contado actúan como meros depositarios o almacenistas. Persona que se encuentra en el escalón intermedio de la cadena de distribución: adquiere la producción de las empresas para venderla a los minorista. Persona o empresa intermediaria entre fabricantes y minoristas. Compra la mercancía de fábrica al por mayor para luego venderla a los detallistas o minoristas, quienes la revenderán al público.
MAYORITARIO:
Dícese del socio de una empresa que posee más del
50 % de las acciones o que cuenta con el número necesario de acciones para poder influir en la toma de decisiones de ésta.
MECANIZACIÓN:
Sustitución, en los procesos productivos, de las
operaciones manuales hechas por el hombre por la acción de las máquinas .
MERCADERIA, MERCANCIA:
Reciben esas
denominaciones todos los productos ofrecidos en cambio o destinados a él.
MERCADO: Es el lugar a donde se llevan los productos para el cambio. MISERIA:
Privación total de los bienes económicos
MONEDA CONVERTIBLE:
Moneda que puede ser cambiada
sin ningún tipo de restricción por la moneda de cualquier otro país y que, por tanto, puede servir como medio de pago en los intercambios comerciales entre países.
MONEDA DE CUENTA:
Moneda técnica que no tiene expresión
material, ni en acuñaciones ni en papel moneda, pero que sirve para fijar en sus unidades cualquier transacción . Moneda teórica, sin existencia física, que se usa para fijar determinadas
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Diccionario Económico transacciones entre países.
MONEDA DE CURSO LEGAL:
Cualquier forma de dinero
que puede utilizarse para saldar una deuda según la ley. Legal tender. Moneda a la que el Estado de un país confiere la facultad de servir como medio de pago y que, por tanto, debe ser aceptada por todas las personas que quieran realizar transacciones en ese país
MONEDA DÉBIL:
Moneda cuyo tipo de cambio baja de manera
persistente debido a continuos déficits de la balanza de pagos
MONEDA EXTRANJERA:
Moneda o bonos de otro país que se
poseen. Foreign exchange. Divisa, moneda emitida fuera de las fronteras de aquel país que está utilizando el término y que es objeto de control por parte de las autoridades encargadas del control de cambios.
MONEDA FUERTE:
Moneda que tiene un nivel de demanda
permanente alto en el mercado de divisas [Pearce]. Hard currency. Moneda muy utilizada en las transacciones internacionales y que, por tanto, en el mercado de divisas cotiza al alza. El marco alemán es un ejemplo de moneda fuerte (años noventa).
MONETARISMO:
Escuela de pensamiento económico que atribuye a
las variaciones en la cantidad de dinero una influencia determinante en las fluctuaciones de la actividad económica, y a la política monetaria la mayor efectividad para regularlas. Con el respaldo doctrinal y metódico en la teoría cuantitativa del dinero, el monetarismo gozó de gran predicamento entre los economistas hasta que fue eclipsado por el keynesianismo. En la década de los sesenta se produjo un renacimiento del monetarismo de la mano de Milton Friedman, principalmente.
MONETIZACIÓN DE LA DEUDA:
Proceso por el que se
paga la deuda pública a su vencimiento sin una nueva emisión de títulos, haciendo que aumente la oferta monetaria
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Diccionario Económico
MONETIZAR UNA OPCIÓN:
A veces, las empresas poseen
opciones sin realizarlas. Muchas veces esas opciones son componentes implícitos de contratos o algún otro aspecto de su actividad comercial. Estas opciones tienen valor pero a menudo se pasan por alto o se desatienden, con el resultado de que se permite que prescriban sin valor. Si estas opciones se reconocen, pueden venderse opciones simétricas a un agente de derivados, permitiendo que la compañía convierta sus opciones en efectivo. Este proceso se llama monetizar opciones incorporadas.
MONOPOLIO:
Un monopolio (del griego monos 'uno' y polein 'vender')
es una situación de privilegio legal o fallo de mercado, en el cual existe un productor (monopolista) oferente que posee un gran poder de mercado y es el único en una industria dada que posee un producto, bien, recurso o servicio determinado y diferenciado.1 Para que exista un monopolio, es necesario que en dicho mercado no existan productos sustitutos, es decir, no existe ningún otro bien que pueda reemplazar el producto determinado y, por lo tanto, es la única alternativa que tiene el consumidor para comprar. Suele definirse también como «mercado en el que sólo hay un vendedor», pero dicha definición se correspondería más con el concepto de monopolio puro. El monopolista controla la cantidad de producción y el precio, aunque no de manera simultánea, dado que la elección de la producción o del precio determinan la posición que se tiene respecto al otro; vale decir, el monopolio podría determinar en primer lugar la tasa de producción que maximiza sus ganancias para luego, determinar, mediante el uso de la curva de demanda, el precio máximo que puede cobrarse para vender dicha producción.
MONOPOLIO BILATERAL:
Forma concreta de mercado en la
que hay un solo demandante o comprador y un solo oferente o vendedor. Mercado en el que hay un solo comprador y un solo vendedor. Bilateral monopoly. Situación del mercado caracterizada por la existencia de un único oferente y un único demandante. El precio lo fijará aquel que tenga mayor poder o sea más
.
fuerte
MONOPOLIO COMERCIAL:
Monopolio en el que un único
vendedor o un único comprador tiene capacidad para fijar el precio de un bien determinado.
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Diccionario Económico
MONOPOLIO DE DEMANDA:
Forma concreta de mercado
caracterizada por la existencia de un único comprador y numerosos vendedores. Al monopolio de demanda también se le denomina monopsonio. Es el caso simétrico del monopolio de oferta.
MONOPSONIO:
Monopolio de demanda. Forma de mercado en la que
existe un único comprador. Situación en la que hay un comprador único de un bien o un factor de producción en el mercado. Mercado en el que existe un único comprador y que, por tanto, tiene capacidad de influir en el precio del producto ofrecido en dicho mercado. Es un sinónimo de monopolio de demanda.
MOR:
Siglas de Multi Option Facilities, ofrecen al prestatario la posibilidad de
combinar una línea de eurocrédito sobre una base roll-over (crédito a interés variable o crédito renovable) o los mecanismos asociados a euronotas (emisiones aseguradas de eurobonos).
MULTA:
Sanción de tipo monetario que se impone cuando se infringe una
norma o no se cumple determinada obligación.
N NACIONALIZACIÓN:
Acción legal por la cual bienes o
actividades de propiedad privada pasan a propiedad o control del Estado. Nationalization. Actuación por la cual los bienes, industrias o servicios del sector privado pasan a ser patrimonio del Estado o de los poderes públicos a cambio o no de una compensación. La práctica contraria se denomina privatización. También, paso a manos de nacionales o del propio Estado de bienes que estaban en poder de extranjeros. Configuración y apropiación por el Estado, con o sin compensación, de una actividad
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Diccionario Económico privada
NACIONALIZACIONES:
Operaciones de apropiación por el
Estado, con indemnización o sin ella, de tierras y empresas propiedad de particulares (nacionales o extranjeros) y explotadas con anterioridad, por tanto, en régimen de empresa privada. Durante la segunda mitad del siglo xix y los dos primeros tercios del siglo xx el objetivo de las nacionalizaciones —esto es, el paso de manos privadas a manos públicas de determinadas actividades productivas, bien fueran de naturaleza comercial, industrial o financiera, figuraba generalmente en los programas electorales de los partidos políticos progresistas
NASDAQ:
Fue creado en 1971 por el NASD (de National Association
ofSecurity Dealers) como mercado secundario de valores especializado en las pequeñas y medianas empresas estadounidenses. Gestionado por market makers y completamente informatizado, es considerado como uno de los ejemplos a seguir por los mercados de valores de todo el mundo. Con más de cinco mil empresas cotizadas (entre ellas, Microsoft, WorldCom, Intel y Schweppes) y un volumen de contratación que hace sombra a Wall Street, el NASDAQ ha demostrado ser un mercado muy eficiente para la promoción y el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas innovadoras.
NETEAR:
En el argot bancario, compensar las operaciones con el fin de
reducir al mínimo los flujos financieros y los costes de transacción. Se trata de un término importado del inglés financiero.
NETO:
1) Sin prima o descuento. Como en el caso de un tipo de interés
flotante que se establece en igualdad con un tipo de referencia, como el LIBOR, sin añadir o deducir ningún punto básico. 2) Una cotización de bono que incluye los intereses devengados. Esto contrasta con una cotización de bono que no incluye los intereses, denominada e intereses.
NETTING:
Operación por la cual dos o más empresas, en general
pertenecientes a países distintos, con o sin relación accionarial entre ellas, deciden cancelar cuentas mutuas por el saldo neto que presenten, mediante un procedimiento formalizado e interviniendo generalmente en la acción una entidad bancaria interpuesta.
NEUTRAL A LA DURACIÓN:
1) Una situación en la que
una estrategia de contratación de bonos tiene una duración de cero sobre una base
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Diccionario Económico neto-neto. 2) Un balance en el que la duración en dólares de los activos es exactamente igual a la duración en dólares de los pasivos.
NICHO DE MERCADO:
Segmento de un mercado claramente
diferenciado del resto, ya sea por motivos de calidad, precio, zona geográfica, etc. Para ser atractivo, el nicho de mercado debe ser lo suficientemente grande como para proporcionar un beneficio, y lo suficientemente pequeño como para no atraer a otros competidores.
NIFO:
Método de valoración de las salidas de existencias, en las que éstas se
valoran a los precios de reposición vigentes en la fecha en que se produce la salida. NIFO (Next In, First Out). Método de valoración de existencias consistente en asignar a las unidades que salen de almacén el precio de las unidades que próximamente van a ser compradas (precio de reposición). En un entorno inflacionista, incrementa el coste de las mercancías vendidas, con la consecuente disminución del beneficio contable, lo que hace que este método no sea aceptado a efectos fiscales.
NIKKEI 225:
El índice bursátil japonés más ampliamente citado.
Calculado como índice ponderado por precios de 225 valores que se contratan en la Bolsa de Tokio. Frecuentemente usado como punto de referencia en swaps vinculados a renta variable.
O OBJECIÓN FISCAL:
Actitud del contribuyente que se niega a
pagar un impuesto, alegando motivos de conciencia.
OBJETIVO:
Una empresa que otra desea adquirir mediante una maniobra
de absorción. La empresa compradora es la adquirente (a la que se suele denominar tiburón si la maniobra es hostil y pretendiente si la maniobra es amistosa) y la empresa que va a ser comprada se denomina la objetivo.
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Diccionario Económico
OBLIGACIONISTA:
Titular de una obligación al menos.
Portador o tenedor de obligaciones negociables. Bond holder. Titular de obligaciones por suscripción en el momento de su emisión o por compra posterior en el mercado secundario de obligaciones. Se agrupan formando un sindicato para proteger sus intereses
OBRA BENEFICO-SOCIAL:
Parte de los excedentes líquidos
de las cajas de ahorros que se destinan a la inversión, mantenimiento y administración de obras orientadas a la sanidad, investigación, enseñanza, cultura, servicios de asistencia social, etc. y que se desarrollan en el ámbito territorial de actuación de cada entidad.
OBRERO:
Empleado asalariado que desempeña un trabajo físico, en
contraposición a empleado, que desempeña un puesto más administrativo
OBSOLESCENCIA:
De obsoleto, fuera de uso.
Proceso por el que los bienes de producción dejan de utilizarse al ser sustituidos por otros que incorporan una tecnología más moderna. Obsolescence. Situación producida por la aparición y desarrollo de nuevas tecnologías que hacen que los activos de una empresa queden anticuados. Otras causas son las variaciones en la demanda, de forma que diferentes equipos sean más indicados para los distintos volúmenes de producción, las disposiciones estatales, los factores ecológicos, los cambios en la política interna de la empresa y las alteraciones en la retribución del capital o del trabajo. La obsolescencia es una de las razones para llevar a cabo una política de amortizaciones que permita dotar anualmente a la empresa de unos fondos que, en el momento de retirar algún elemento del inmovilizado, sirvan para financiar la adquisición del nuevo elemento patrimonial.
OBSOLETO:
Aquel producto o instalación que se encuentra en la fase
final de su ciclo de vida al haber perdido gran parte de su valor inicial porque su demanda se ha desplazado hacia otro producto sustituto y que se adecua más a las necesidades del momento (véase obsolescencia).
OCC:
1) En el contexto de los mercados de opciones, se refiere a la Cámara de
Compensación de Opciones. 2) En el contexto del sector bancario, se refiere a la Oficina del Interventor General,
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Diccionario Económico responsable de la inspección de la Banca en EE.UU.
OCDE: La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización de cooperación internacional, compuesta por 34 estados, cuyo objetivo es coordinar sus políticas económicas y sociales. Fue fundada en 1960 y su sede central se encuentra en el Château de la Muette, en la ciudad de París (Francia). Los idiomas oficiales de la organización son el francés y el inglés.
OCULTACIÓN DE BIENES:
Acción y efecto de esconder o
encubrir bienes, con el objeto de sustraerlos de los efectos de reclamaciones por responsabilidades patrimoniales, de naturaleza pública o privada, o de eludir determinados tributos u obligaciones fiscales. Algunos supuestos de ocultación pueden llegar a tener consecuencias penales.
OFERTA PÚBLICA DE VENTA:
También conocida como
oferta pública de enajenación, operación mediante la cual un inversor o una sociedad trata de enajenar una participación significativa que posee en otra sociedad mediante su ofrecimiento al público, procedimiento que ha de cumplir los mismos requisitos que la emisión de valores. Esta operación, contraria a la OPA, es utilizada a menudo por el Estado para la privatización de las empresas públicas.
OFICINA DEL INTERVENTOR GENERAL:
Un
organismo gubernamental responsable de autorizar y supervisar los bancos inscritos a escala federal en EE.UU. (llamados bancos nacionales).
OIT:
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo
especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944.
OLIGOPOLIO: es un mercado dominado por un pequeño número de vendedores o prestadores de servicio (oligopólicos-oligopolistas). Debido a que hay pocos participantes en este tipo de mercado, cada oligopólico está al tanto de las acciones de los otros. Las decisiones de una empresa afectan o causan influencias en las decisiones de las otras. Por medio de su posición ejercen un poder de
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Diccionario Económico mercado provocando que los precios sean más altos y la producción sea inferior. Estas empresas mantienen dicho poder colaborando entre ellas evitando así la competencia.
OLIGOPSONIO: Situación del mercado en el que la competencia es imperfecta del lado de la demanda debido a la existencia de un número muy limitado de compradores . Oligopsony. Término utilizado para designar el oligopolio de demanda, que es aquella forma concreta de mercado en la que hay un pequeño grupo de compradores, quienes la mayoría de las veces tienen el poder suficiente para fijar las condiciones de compra.
OMC: La Organización Mundial del Comercio conocida como OMC y cuya sigla en inglés es WTO (World Trade Organization) , fue establecida en 1995. Tiene su sede en Ginebra y sus idiomas oficiales son el inglés, el francés y el español.
ONG:
Una 'organización no gubernamental' (también conocida por siglas
'ONG') es una entidad de carácter civil (entendido como "El derecho y la disposición de participar en una comunidad, a través de la acción autorregulada, inclusiva, pacífica y responsable, con el objetivo de optimizar el bienestar público.") o social, 1 2 con diferentes fines integrantes, creada independientemente de los gobiernos ya sea locales, regionales y nacionales, así como también de organismos internacionales. Jurídicamente adoptan diferentes estatus, tales como asociación, fundación, corporación y cooperativa, entre otras formas.
ONU:
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) o simplemente
Naciones Unidas (NN. UU.) es la mayor organización internacional existente. Se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.
OPA:
La OPA tiene lugar cuando una persona (oferente), pretende adquirir
acciones (u otros valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de éstas) de una sociedad (sociedad afectada), cuyo capital esté en todo o en parte admitido a negociación en bolsa de valores, para de esta forma llegar a alcanzar, junto con la que ya se posea, en su caso, una participación significativa en el capital con derecho de voto de la sociedad.
OPERADOR:
Persona que conoce el funcionamiento de una máquina y
está además encargada de su uso.
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Diccionario Económico Persona encargada de ejecutar las órdenes de compra y venta solicitadas por el agente de bolsa.
OPV:
Una oferta pública de venta (OPV) es una operación que se realiza a
través del mercado bursátil, mediante la cual un ofertante pone a la venta algún activo financiero de una empresa o una sociedad.
OTAN:
La Organización del Tratado Atlántico Norte (OTAN, por sus siglas en
español; en inglés: North Atlantic Treaty Organization, NATO; en francés: Organisation du Traité de l'Atlantique Nord, OTAN) es una organización internacional de carácter militar creada como resultado de las negociaciones entre los signatarios del Tratado de Bruselas de 1948 (Bélgica, Francia, Luxemburgo, Países Bajos y el Reino Unido), Estados Unidos y Canadá, así como otros países de Europa Occidental invitados a participar (Dinamarca, Italia, Islandia, Noruega, España y Portugal...), con el objetivo de organizar Europa ante la amenaza de la Unión Soviética después de la Segunda Guerra Mundial, que constituyó una organización paralela al Pacto de Varsovia.1 La sede de la OTAN se encuentra en Bruselas y la de su comando militar en Mons, Bélgica. Mediante los medios logísticos de los países aliados, la OTAN cohesiona y organiza los países aliados en materia política, económica y militar. El secretario general electo es Anders Fogh Rasmussen, primer ministro de Dinamarca desde 2001 hasta 2009. Éste fue elegido el sábado 4 de abril del 2009 durante la cumbre del 60 aniversario de esta organización y tomó posesión el primero de agosto del mismo año
P PABELLÓN DE CONVENIENCIA:
Bandera bajo la que
navega un buque mercante y que es distinta a la de la nacionalidad de su armador.
PACTAR:
Negociar. Contratar. Llegar a algún convenio que ponga de acuerdo
a las partes intervinientes.
PADRÓN:
Relación nominal de contribuyentes, con indicación de las cuotas
a satisfacer por cada uno de ellos, que se utiliza en la recaudación de algunos tributos
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Diccionario Económico de devengo periódico. Estas listas cobratorias han servido de base para clasificar como directos a los impuestos recaudados con la utilización de las mismas, en contraposición a los impuestos indirectos, recaudados eventualmente con motivo de determinados actos del contribuyente. Relación nominal de los habitantes de una unidad administrativa en la que se especifican determinadas características de los mismos.
PAGADERO:
Término mercantil relativo a la obligación monetaria que ha
de satisfacerse en un plazo, lugar y de forma estipulada.
PAGADERO (A TANTOS DÍAS):
Adjetivo que acompaña
a un título de deuda, indicando a continuación el tiempo que ha de transcurrir hasta que el acreedor presente ese título de deuda al deudor exigiendo su liquidación.
PAGADERO EN DÓLARES:
Un término utilizado para describir
cualquier instrumento o el componente de cualquier instrumento que paga en dólares. El término se utiliza con más frecuencia cuando la divisa en que se efectuará el pago no está clara en el contexto o cuando un instrumento tiene componentes en más de una moneda.
PAGADOR:
El que cumplimenta la acción de satisfacer créditos y demás
sumas de dinero exigidas para el acatamiento de las obligaciones contraídas
PAGARÉ:
Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional
de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré"
PAGARÉ A INTERÉS FLOTANTE:
Un instrumento de
deuda que paga un tipo de interés flotante de tal manera que el tipo se reajusta periódicamente basándose en algún tipo de referencia comparativo. El tipo de interés se reajusta en las fechas de reajuste designadas y cada reajuste es habitualmente aplicable al período de cupón inmediatamente siguiente. También se denomina flotante y FRN.
PAGARÉ A MEDIO PLAZO:
A menudo representado por el
acrónimo inglés MTN. Un instrumento de deuda de empresa que tiene varias gamas
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Diccionario Económico de vencimiento que varían desde 9 meses hasta 30 años. La característica que los distingue es que son continuamente ofrecidos a los inversores por un agente del emisor. Así, son un subgrupo del mercado continuamente ofrecído. Los pagarés a medio plazo están registrados en el SEC a tenor de la Regla 415 (registro previo a la emisión). Como pueden tener vencimientos muy largos, el término «pagaré a medio plazo» es un nombre poco apropiado.
PAGO:
El pago es uno de los modos de extinguir las obligaciones que consiste
en el cumplimiento efectivo de la prestación debida, sea esta de dar, hacer o no hacer (no solo se refiere a la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa). Pago es el cumplimiento del contenido del objeto de una prestación. En economía es toda salida material o virtual de fondos de la tesorería de una entidad
PANEL DE CONSUMIDORES:
Muestra de consumidores
que aceptan someterse periódicamente a encuestas para que su comportamiento pueda examinarse y así obtener información acerca de las compras, la evolución de los consumos, los precios pagados por los consumidores, las nuevas salidas para los productos, la complementariedad y sustitución del mercado, etc.
PARQUET:
Espacio situado en el patio de operaciones de la bolsa y que
ocupan los agentes de cambio.
PASIVO:
Parte derecha o Haber del Balance de Situación. Cualquier
elemento del patrimonio que tiene un valor económico negativo para la empresa. En el pasivo del balance se describe la composición de la estructura financiera o capital definancia-miento de la empresa. Importe total de los débitos y gravámenes que tiene una persona o entidad. Liabilities. Masa patrimonial que recoge aquellos elementos que son para la empresa una fuente de financiación ajena; es decir, recoge todas las deudas y obligaciones pendientes de pago
PATENTE:
Título otorgado por el Estado que confiere a su titular el derecho
de explotación en exclusiva de una invención industrial en todo el territorio nacional. Procedimiento legal a seguir ante el Registro de la Propiedad Industrial dependiente del Ministerio de Industria, para que un inventor pueda mantener el control durante un determinado período de tiempo (veinte años, en España) de los productos o procedimientos industriales que crea.
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Diccionario Económico
PATRIMONIO BRUTO:
Suma del valor económico del conjunto
de bienes y derechos de una persona física o jurídica sin incluir las deudas o pasivo exigible. Este término se refiere, por tanto, exclusivamente al activo total del balance.
PATRIMONIO DEL ESTADO:
Conjunto de bienes y
derechos que pertenecen al Estado. Bienes que, siendo propiedad del Estado, no se hallen afectos al uso general o a servicios públicos, a menos que una ley les confiera expresamente el carácter de demaniales que tienen los edificios de propiedad estatal en los que se alojen órganos del Estado. También son los derechos reales y de arrendamiento de que sea titular el Estado, junto con aquellos de cualquier naturaleza que deriven del dominio de los bienes patrimoniales; así como los derechos de propiedad incorporal que pertenezcan al Estado. Su administración y representación están a cargo del Ministerio de Economía y Hacienda a través de sus Delegaciones y de la Abogacía del Estado.
PATRIMONIO EMPRESARIAL:
También denominado
patrimonio neto, está formado por los medios económicos y financieros con los que cuenta una empresa para realizar sus operaciones, el cual se verá aumentado con la obtención de beneficios o aportaciones de accionistas y disminuido si se producen pérdidas o distribución de dividendos. En un balance se obtiene como diferencia entre el activo total y el pasivo exigible o bien por la suma de las aportaciones de capital de los accionistas más los resultados obtenidos y retenidos por la empresa desde su constitución.
PATRIMONIO LÍQUIDO:
El patrimonio bruto menos las
deudas y obligaciones que constituyen el pasivo exigible.
PATROCINAR:
Financiar total o parcialmente por medio de una
aportación económica un proyecto o actividad con fines sociales. La idea es que, como contraprestación, al nombre de la entidad financiadora se le dé publicidad junto al proyecto y ésta vea mejorada su imagen
PATROCINIO:
Acto por el que una empresa sufraga los gastos
derivados de la puesta en marcha de un espectáculo, una obra social, un evento cultural o deportivo o un programa televisado. Cualquiera de estos actos puede estar patrocinado por uno o varios anunciantes, modalidad esta última denominada copatrocinio.
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Diccionario Económico
PATRÓN CAMBIOS ORO:
El que rigió después de que el
patrón oro fuera abolido y una vez que los acuerdos de Bretton Woods se hicieron efectivos. Según este sistema, el Banco Central está obligado a redimir su moneda no necesariamente en oro, sino en cualquier otra divisa que sea convertible en oro. Fue adoptado por países pequeños o pobres que no disponían de reservas de oro suficientes para mantener la estabilidad de los tipos de cambio. Todos los países socios del FMI, al garantizar la convertibilidad de sus monedas en dólares, los cuales a su vez eran convertibles en oro, se consideraron incluidos dentro de este nuevo sistema. Fue abolido formalmente en 1971, al suspender el presidente Nixon la convertibilidad en oro del dólar.
PATRÓN DE CAMBIOS-DÓLAR:
Sistema monetario
vigente desde la conferencia de Bretton Woods (1944) hasta principios de la década de los setenta, que sustituyó al patrón de cambios-oro y por el que se da un valor fijo al dólar respecto al oro, y a las restantes monedas un valor fijo en dólares, las cuales, a su vez, son convertibles entre sí.
PATRÓN FIDUCIARIO:
Sistema monetario que se caracteriza
porque la unidad base tiene un valor monetario superior al del metal con el que está fabricado.
PATRÓN LINGOTE ORO:
Régimen de patrón oro en el cual la
circulación monetaria se compone de billetes de banco convertibles en lingotes de oro.
PATRÓN MONETARIO:
Valor o materia convencionalmente
adoptados como base del sistema monetario de uno o varios países y que sirve de referencia para definir los demás tipos de monedas y especialmente las unidades monetarias . Sistema monetario por el que se establece la equivalencia entre la unidad monetaria y su peso correspondiente en metales preciosos (oro, plata o los dos), o con cantidades de otras monedas. De esta forma se establece, en definitiva, el sistema de paridades en el mercado de divisas.
PATRÓN ORO:
Sistema monetario en el que el valor de la moneda es
convertible en oro de una calidad determinada a un tipo de cambio fijado previamente por ley. El Banco Central está obligado a entregar oro a cambio de moneda, y viceversa, al precio fijado oficialmente y en el momento que se le demande. La cantidad de oro de que dispone el correspondiente país determina el montante de dinero en circulación.
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Diccionario Económico
PAUPERISMO:
El pauperismo designa la situación de pobreza en que se
encuentra la totalidad o una fracción considerable de la población de un país. A pesar de la imprecisión de las estadísticas que a escala mundial se han realizado en este campo, se calcula que el pauperismo cubre alrededor de dos tercios de la población del globo. El medio más común para medir el pauperismo es el ingreso medio anual por habitante, calculado entre el valor neto de los productos fabricados y los servicios prestados por habitante y por año en un país.
POLÍTICA:
Conjunto de medidas e instrumentos disponibles para intervenir
y mejorar determinados aspectos de la economía o de sus apartados, como pueden ser la política monetaria, política social, etc
POLÍTICA AGRARIA:
Rama de la política económica que trata de
la producción y distribución de bienes agrícolas, y de las instituciones relacionadas con la agricultura
POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA: Comúnmente conocida por PAC, es una de las políticas más importantes de la Unión Europea, y en el Tratado de Roma ya se establecían sus principales objetivos: incrementar la productividad agraria, aumentar el nivel de vida de la población rural, estabilizar los mercados y garantizar el abastecimiento de productos agrícolas a precios razonables. Para lograrlo se establecen unos precios orientativos para los productores, unos precios de intervención que suponen una garantía para el agricultor y unos precios umbrales que impiden la llegada de productos de fuera a un precio inferior. Actualmente, los dos principales problemas con los que se enfrenta la PAC son su gran participación en el presupuesto total de la Unión Europea y la gran cantidad de productos que cada temporada quedan sin ser vendidos y deben ser comprados con fondos comunitarios para regular los precios.
POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN:
Política que en materia
agrícola ha venido aplicando la Comunidad Económica Europea (CEE), en desarrollo de los principios y objetivos previstos en los artículos 38 a 47 del Tratado de Roma. Según el artículo 39 de dicho Tratado, son fines de la Política Agrícola Común los siguientes: 1) incrementar la producción agrícola, fomentando el progreso técnico, asegurando el desarrollo racional de la producción agrícola, así como el empleo óptimo de los factores de producción y, en particular, de la mano de obra; 2) garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, en especial, mediante el aumento de la renta individual de los que trabajan en la agricultura;
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Diccionario Económico 3) estabilizar los mercados; 4) garantizar la seguridad de los abastecimientos; 5) asegurar al consumidor suministros a precios razonables.
POLÍTICA ANTICÍCLICA:
También llamada política
coyuntural o de estabilización, persigue la reducción de las desviaciones que se produzcan respecto a los valores tomados como objetivo en el nivel de precios, en el empleo y en la balanza de pagos.
PÓSITO:
Institución de carácter municipal, destinada a almacenar granos y a
prestarlos a los vecinos en condiciones módicas en épocas de escasez. Asociación de carácter mutuo o cooperativo.
POSMON TRADER:
Operador con posición larga y que busca un
beneficio de las fluctuaciones importantes del mercado
POSTINDUSTRIAL ESTADO:
Estado que ha superado la
primera etapa de desarrollo industrial caracterizado por el abandono de las actividades artesanales y el inicio de la producción en masa.
PUBLICIDAD:
Actividad desplegada por una empresa para dar a
conocer sus productos y estimular su demanda. Conjunto de métodos y técnicas utilizados con esa finalidad. La palabra publicidad se deriva de la voz público o pública. Una cosa es pública cuando pertenece a todos o es conocida por todos. En su acepción original, el término publicidad significa dar a conocer al público algo: un producto, una idea, una persona o institución. En la actualidad se suele hablar de publicidad cuando ésta se hace únicamente con fines comerciales, y de propaganda cuando la publicidad se hace con fines distintos de los estrictamente comerciales (políticos o religiosos, generalmente).
PUBLICIDAD COMPARATIVA:
Dícese de la publicidad
que trata de promocionar un producto a costa de otro producto sustituti-vo, sin apoyar la crítica en características esenciales, afines y objetivamente demostrables. Al igual que la publicidad subliminal, la publicidad comparativa es considerada como desleal. La que consiste en presentar una marca o producto de la competencia comparándolo con el propio para resaltar las cualidades superiores de éste. En España, a no ser que
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Diccionario Económico cumpla una serie de requisitos muy precisos, se considera publicidad desleal.
PUBLICIDAD REGISTRAL:
Este término se refiere a la
naturaleza pública de los Registros, cuya información podrá ser conocida mediante certificación del contenido de sus asientos, por simple nota informativa o bien a través de copia de los asientos y documentos que se encuentran en él depositados. Sin embargo, el significado de esta palabra va más lejos, también hace referencia a la veracidad de la información contenida en el Registro y su oponibilidad frente a terceros como garantizador de la seguridad jurídica.
PUBLICIDAD SUBLIMINAL:
La que mediante técnicas de
producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos o análogas incide sobre el público destinatario sin ser consciente de haberla percibido. Modalidad de publicidad, totalmente prohibida en los países de la Unión Europea, consistente en lanzar mensajes sobre el destinatario sin que éste sea consciente de su percepción, a través de técnicas de producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos o análogas. La más común es incluir la imagen del producto entre la secuencia normal de fotogramas por segundo en televisión.
PUNTO DE NIVELACIÓN:
En macroeconomía, nivel de renta
en el cual todo lo que se ingresa se gasta en bienes de consumo, de forma que la siguiente unidad de renta se destinará al ahorro o la inversión.
PUNTO DE PEDIDO:
En la gestión de inventarios, nivel de
existencias que indica que se debe realizar un nuevo pedido teniendo en cuenta, entre otros aspectos, el volumen de ventas y el tiempo que tarda el proveedor en servir el pedido. Se trata de evitar el coste de ruptura y de minimizar el (En inglés: coste de pedido ) y de (En inglés: posesión ) del bien.
PUNTO DE REFERENCIA:
Un instrumento, índice o tipo que
servirá como base para la comparación o a partir del cual se tomará una observación con la finalidad de establecer un interés en un instrumento a interés flotante. En el último contexto, frecuentemente se denomina activo de referencia, crédito de referencia o tipo de referencia. Las carteras de referencia, tales como los índices de valores y los índices de bonos, también se conocen como carteras normales.
PUNTO DE RENOVACIÓN:
Período en el tiempo durante el
cual alguna o todas las posiciones de una cobertura completa concentrada se retiran en un mes de entrega o vencimiento y se reestablecen en un mes diferente de
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Diccionario Económico entrega o vencimiento.
PUNTO DE RUPTURA:
Momento en el que en el mercado
secundario el descuento de un título que cotiza en el euromercado es superior o igual a la comisión de venta cobrada por el banco intermediario.
PUNTO DE SATURACIÓN:
Nivel de demanda de un producto
o servicio, por encima del cual no cabe esperar nuevos incrementos yaque todos los demandantes tienen ya satisfechas sus necesidades . Situación de mercado en la que la demanda del producto crece muy lentamente debido a que todos los demandantes poseen dicho bien o servicio, de forma que la oferta satisface únicamente reposiciones por obsolescencia o a nuevos demandantes que se incorporan por vez primera al mercado. Cuando el nivel de demanda de un producto o servicio alcanza un punto a partir del cual no cabe esperar nuevos incrementos, puesto que la mayor parte de demandantes han cubierto sus necesidades.
PUNTO MUERTO:
También denominado umbral de rentabilidad o
análisis coste-volumen-beneficio. El punto muerto de la empresa (break-even point, en inglés) viene dado por aquel volumen de ventas que cubre todas las cargas de estructura o costes fijos del período (ejercicio económico) más los costes variables correspondientes a dicho volumen. Se trata de un importante punto de equilibrio económico-empresarial
PUNTOS SWAP:
En el mercado de divisas, se denomina así a la
diferencia entre el tipo de cambio a plazo y el tipo de cambio al contado.
PUNTOS SWAP:
En el mercado de divisas, se denomina así a la
diferencia entre el tipo de cambio a plazo y el tipo de cambio al contado.
Q LAROUSSE
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Diccionario Económico
Q DE TOBIN:
Relación por cociente entre el valor de mercado de la
empresa y el coste de reemplazamiento de sus activos. Aquellas empresas cuya Q es mayor que la unidad se sentirán estimuladas a invertir, puesto que el valor de mercado de la nueva inversión excederá a su coste; y viceversa, aquellas empresas cuya Q sea inferior a la unidad se sentirán estimuladas a desinvertir. El proceso inversor (o desinversor) se detendrá cuando el valor de Q sea igual a la unidad en todas las empresas de todos los sectores. La Q de Tobin se utiliza también como indicador del poder competitivo o grado de monopolio de la empresa o del sector. Se puede estimar dividiendo la suma del valor de mercado de las acciones de la sociedad más el valor de las deudas por el valor total de los activos de la sociedad según libros.
QUEBRADO:
Deudor mercantil (comerciante, empresario individual o
sociedad mercantil) que ha sido declarado judicialmente en quiebra por encontrarse en una situación de insolvencia definitiva. Los principales efectos de la declaración de quiebra sobre el quebrado son su inhabilitación para el ejercicio del comercio, para disponer y administrar tanto sus bienes como los bienes ajenos y para participar en la Bolsa; e incluso podría ser arrestado como medida cautelar.
QUEBRANTO:
En un contexto financiero, cantidad que hay que pagar a
los bancos en concepto de comisión al efectuar el descuento de efectos
QUEBRANTO DE MONEDA:
Descuadre producido entre el
saldo efectivo y el saldo teórico de caja o de una cuenta
QUEBRAR:
Cesar en la realización de la actividad que se venía realizando
hasta el momento por sobreseer en el pago corriente de las obligaciones contraídas y ser el pasivo exigible superior al activo.
QUERELLA:
Acto jurídico procesal con el que se inicia una causa criminal a
instancia de quien la suscribe, al tiempo que éste se constituye en parte acusadora de la causa penal, solicitando el inicio de un procedimiento para la represión de un presunto delito.
QUIEBRA:
Una quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una
persona (persona física), empresa o institución (personas jurídicas) no puede hacer frente a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque éstos son superiores a
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Diccionario Económico sus recursos económicos disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudor se encuentra declarado judicialmente en estado de quiebra, se procede a un juicio de quiebras o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender con su patrimonio a las obligaciones de pago pendientes.
QUIEBRA CULPABLE:
Quiebra derivada de una actuación
negligente por parte del deudor, como pueda ser el no cumplimiento de los requisitos legales exigidos en la llevanza de los libros de contabilidad, la obtención de elevadas pérdidas en el juego, la incursión en unos gastos personales y domésticos excesivos, etc.
QUIEBRA FORTUITA:
Quiebra que no puede ser imputada al
deudor, por haber sido consecuencia de circunstancias ajenas a su voluntad. Esta modalidad de quiebra está exenta de responsabilidad penal.
QUIEBRA FORZOSA:
Quiebra decretada por un juez a solicitud de
cualquier acreedor legítimo
QUIEBRA FRAUDULENTA:
Grado máximo de calificación de
la quiebra por sentencia judicial en la que se manifiesta el comportamiento doloso e intencionado por parte del quebrado de perjudicar al crédito concedido por sus acreedores, donde incluso se ha cometido algún delito (simulación de pasivo inexistente, ocultación de activos, etc.). Al igual que en la quiebra culpable, el juez ha de declarar la posibilidad de proceder criminalmente contra el quebrado de forma que se siga una causa penal, si bien no es condición suficiente para considerar probadas las responsabilidades penales, por lo que no obliga, sin más, a la imposición de sanciones penales al quebrado.
QUIEBRA TÉCNICA:
Cuando aun siendo el pasivo exigible superior
al valor del activo real, la empresa no ha hecho cesación de pagos ni el estado legal de quiebra ha sido declarado.
QUIEBRA VOLUNTARIA:
Quiebra que se produce cuando el
propio quebrado, debido a su situación económica de insolvencia, insta al juez a realizar la declaración judicial constitutiva de quiebra.
QUIROGRAFARIO ACREEDOR: Aquel acreedor que concede un crédito sin garantías.
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Diccionario Económico
QUITA:
Rebaja de la cuantía de una deuda, para facilitar su pago, convenida
por acreedor y deudor. Parte o totalidad de una deuda que es redimida o condonada. Así, en un procedimiento de quiebra o de suspensión de pagos puede ser uno de los contenidos del convenio del deudor con los acreedores, por el que efectivamente se acuerda la remisión de parte de las deudas del quebrado, de modo que éstas se extinguen en la parte o proporción que se apruebe.
QUITA Y ESPERA:
Propuesta hecha por el deudor insolvente por la
que solicita a sus acreedores un aplazamiento en la exigibilidad de sus deudas (espera), o bien una condonación de parte de ellas (quita) o, lo más habitual, una combinación de ambas cosas. Ésta es la fórmula más común empleada en el convenio entre el deudor y los acreedores por el que se llega a la resolución judicial de una quiebra o suspensión de pagos.
QUITACIÓN:
Ingresos dinerarios equivalentes al salario que corresponde
al desempeño de un oficio, aunque éste no fuera real.
QUÓRUM:
Número de miembros cuya presencia es requerida en una
asamblea para que sean válidos los acuerdos tomados en la misma. Quorum. Nivel de asistencia mínima requerido para que se constituya cualquier tipo de reunión (junta, asamblea, etc.) y sus resoluciones sean válidamente aprobadas. Por ejemplo, en las sociedades anónimas, la Junta General queda constituida en primera convocatoria cuando acuden accionistas poseedores de al menos el 25 % de las acciones con derecho a voto o, en su caso, un quórum superior previsto en los estatutos; por otro lado, la segunda convocatoria queda constituida cualquiera que sea la representación del capital, si bien los estatutos pueden establecer un quórum de asistencia en segunda convocatoria, siempre inferior al primero.
R RACIONALIZACIÓN:
Utilización racional de todas las
posibilidades económicas de un sistema. Rationalization.
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Diccionario Económico
RACIONAMIENTO:
Sistema por el que, en caso de escasez, se
someten los artículos de primera necesidad a una distribución establecida por la autoridad. Rationing. En economía, distribución de los productos entre los consumidores, de forma que a cada uno le corresponde una asignación determinada a un precio fijado por las autoridades. Este intervencionismo se aplica a productos escasos, generalmente de primera necesidad, que de otra manera, si se dejara que su precio se fijara por las leyes del mercado, resultarían inaccesibles para aquella parte de la población con niveles de renta más bajos. Esta fórmula produce, en la mayoría de los casos, la creación de un mercado negro para estos productos en el que los precios se disparan
RACIONAMIENTO DE CAPITAL:
Para las empresas,
limitación en los recursos de capital que obliga a elegir entre distintos proyectos de inversión.
RACIONAMIENTO DEL CRÉDITO:
En las concesiones
crediticias, término utilizado cuando bien el banco central de un país limita estos recursos a las entidades financieras, o bien cuando son éstas las que restringen los créditos a sus clientes.
RAMA DE ACTIVIDAD:
Definida a partir de una nomenclatura
de bienes y servicios, la rama representa el conjunto de unidades de producción que proporcionan sólo un producto y nada más que uno de dicha nomenclatura .
RAMA INDUSTRIAL:
Conjunto de empresas que derivan de un
determinado sector de la actividad económica; por tanto, cada rama produce una misma categoría de bienes o presta el mismo tipo de servicios de forma que cada conjunto de empresas es conocido por una misma nomenclatura oficial, como, por ejemplo, la rama del metal, del textil y de la alimentación.
RAMPS:
Del inglés Resource Allocation and Multi Project Scheduling.
Asignación de recursos y programación de proyectos múltiples.
RANKING:
Anglicismo que hace referencia a cualquier ordenación de
países, personas, empresas, etc., siguiendo algún criterio predeterminado. Por ejemplo, un ranking de audiencia es aquel que clasifica los programas televisivos ofrecidos en una misma franja horaria del día según el número de telespectadores que tuvieron.
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Diccionario Económico
RAPPEL:
Descuento que conceden la mayoría de los proveedores a sus
clientes por el volumen de compras alcanzado. Esta figura es ampliamente utilizada en los sectores de distribución y publicidad.
RAPPEL SOBRE COMPRAS:
Descuento obtenido por la
empresa de sus proveedores por haber alcanzado un determinado volumen de pedido, en el año u otro período previamente fijado
RATING:
Índice representativo del nivel de riesgo por el que se califican las
emisiones de deuda de las empresas. Este enjuiciamiento se basa principalmente en la valoración histórica, aunque también en expectativas futuras. La valoración que se da al riesgo financiero de las obligaciones de una sociedad depende principalmente de su apalancamiento financiero, de la rentabilidad de los activos, de la estabilidad de los beneficios registrados en el pasado y del tamaño de la empresa. Los ratings son elaborados por empresas especializadas en el análisis del riesgo, siendo las de mayor prestigio las norteamericanas Standard and Poors Corporate y Moody's.
RATIO DE COBERTURA:
El número de unidades de un
instrumento de cobertura que se debe mantener, por unidad de la posición al contado que se mantiene, con objeto de minimizar la varianza de la cartera general (es decir, la varianza del valor de la posición al contado y la cobertura combinadas). Cifra que generalmente se utiliza en determinadas operaciones financieras que intentan medir el número de veces que una magnitud está contenida en otra. Por ejemplo: neto/activo fijo, pasivo fijo/activo fijo y dividendos/beneficio.
RATIO DE COBERTURA DE INTERESES:
Ratio
que mide el apalancamiento financiero de la empresa y proporciona el grado en que los intereses son absorbidos por los beneficios antes de intereses e impuestos más la amortización. El pago periódico de intereses es una carga fija para la empresa, por lo que conocer esta proporción evita futuras dificultades. La misma ratio se puede aplicar para una operación concreta en los mercados financieros, y sería la proporción entre el cash flow de la inversión y los intereses y comisiones del préstamo, más la amortización de la deuda.
RAZÓN DE CONVERSIÓN:
Número de acciones comunes que
recibe un inversionista a cambio de un título de deuda convertible, cuando ejerce su opción de convertibilidad. Generalmente es una relación fija, que sólo podrá variar como resultado del ajuste por la protección anti-dilución con que cuentan los títulos.
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Diccionario Económico
RAZÓN SOCIAL:
Denominación o nombre comercial de una sociedad
de responsabilidad limitada, de una compañía colectiva o de una compañía en comandita. La sociedad de responsabilidad limitada habrá de girar bajo una denominación social, a la que deberá añadirse, en todo caso, la indicación de: «Sociedad de Responsabilidad Limitada» o «Sociedad Limitada». No se podrá adoptar una denominación o razón social idéntica a la de otra sociedad preexistente, sea o no limitada.
REACCIÓN:
Situación de un valor tras un anterior avance.
Situación de descenso en el precio REASEGURO PROPORCIONAL La cesión de primas de la aseguradora a la reaseguradora es proporcional al volumen de primas del seguro directo.
REACTIVACIÓN:
Recuperación de la actividad económica tras una
situación de recesión. Acción que estimula la actividad económica tras un período de caída o crisis de la misma. Recovery.
REAJUSTE PRORROGABLE:
Una característica que se
encuentra en algunos bonos de elevado rendimiento que requieren que el cupón se reajuste en uno o más momentos del futuro de manera que el bono se negocie a un precio preestablecido. El reajuste reflejará el nivel de los tipos de interés en el tiempo y el diferencial de crédito, tal y como dicte el mercado.
REAL:
En contraposición a nominal, adjetivo que hace referencia a todos
aquellos valores que no están expresados en términos monetarios, es decir, que no llevan incorporada la inflación por haber sido deflactados.
REAL/360:
Un convenio para conteo de días que cuenta el número real de
días que han transcurrido desde el inicio de un período de devengo de intereses y que luego divide este número por 360 como parte del proceso para determinar el importe de interés que ha devengado un instrumento de deuda. Este convenio de conteo de días se usa, por ejemplo, para calcular el interés vencido en depósito en eurodólares, certificados de depósito y acuerdos de recompra.
REALIZABLE:
Conjunto de partidas del activo que se espera convertir en
líquidas a corto o medio plazo. Current assets. Cualquier elemento del activo que puede ser convertido en dinero de forma más o menos inmediata. Puede clasificarse en funcional, cuando dicho elemento de activo
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Diccionario Económico está ligado estrechamente al proceso productivo, y en no funcional en caso contrario. Desde otro punto de vista, puede dividirse en cierto, cuando su materialización en dinero es independiente de la actividad empresarial, y en incierto, si para su conversión en dinero es necesario que concurran determinadas circunstancias en el mercado.
REALIZACIÓN:
Materialización en dinero de un activo (bien, derecho
de cobro, etc.), mediante su enajenación para la inmediata obtención de liquidez.
REALIZACIÓN DE BENEFICIOS:
Venta de unos valores
que han subido antes de que experimenten una baja. En Bolsa, enajenación de los títulos que los inversores adquirieron con fines especulativos en cuanto se produce una subida en su cotización con el fin de obtener una ganancia. Esta venta de títulos provocará una caída en sus precios
REASEGURO:
Contrato por el que una entidad aseguradora asume en
todo o en parte el riesgo ya asegurado por otra, obligándose, mediante el cobro de una prima, a resarcir a ésta del total o parte de la indemnización que tenga que pagar en caso de siniestro. Reinsurance. (En inglés: reinsurance ) Contrato por el que una entidad de seguros (reasegurada) cede a otra entidad aseguradora (reaseguradora) parte de los riesgos que componen su cartera, lo que le permite obtener y conservar el adecuado equilibrio técnico-financiero. La entidad reasegurada debe pagar una prima a la entidad reaseguradora, y ésta, a cambio, le abonará, en caso de producirse la circunstancia que cubría el seguro, la cantidad que en concepto de indemnización tuviera que entregar al asegurado original.
REBAJA:
Disminución, reducción o descuento en el precio. Rebate.
Disminución o reducción de determinada variable. En el ámbito comercial, disminución del precio de venta de un producto o servicio por diversos motivos (aumentar las ventas, atraer compradores al establecimiento, liquidar existencias, etc.).
REBAJAS:
Comercialmente, venta de todos los productos a precios más
bajos de lo normal durante un determinado período de tiempo. Al finalizar cada temporada, es costumbre en muchos países una época de rebajas
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Diccionario Económico
RECAPITALIZACIÓN:
1) La venta de deuda adicional y/o valores
de renta variable para traer nuevo capital a una empresa. 2) Un cambio en la estructura de capital de una compañía por la venta, recompra, o venta y recompra de deuda y/o valores de renta variable.
RECARGOS:
Incrementos en la cantidad a pagar por el sujeto pasivo de
determinados impuestos, calculados mediante la aplicación de coeficientes sobre la base imponible o liquidable, o bien sobre la cuota del impuesto. Estos recargos pueden ser a favor del Tesoro o de otros Entes públicos. La tendencia seguida por el sistema tributario español fue la de eliminar los recargos sobre determinados impuestos que tenían como finalidad allegar fondos para la financiación de las Corporaciones Locales y otros Entes públicos. En la actualidad es muy reducido el número de recargos existentes.
RECAUDACIÓN:
Conjunto de operaciones que permiten percibir el
impuesto a partir del momento en que ha sido liquidado. Reverme. Receipt. Collection. Ingresos obtenidos generalmente con motivo de la venta de entradas para un espectáculo, o simplemente en actividades organizadas para conseguir fondos para una causa benéfica.
RECESIÓN:
Caída o disminución de la actividad económica. Recession.
Descenso temporal que experimenta el crecimiento económico caracterizado por la disminución de la demanda, de la inversión y de la productividad y por el aumento del paro y de la inflación. La actividad económica tiene un comportamiento cíclico, de forma que los períodos de auge en la economía van seguidos de una recesión o desaceleración del crecimiento, a la que sigue, por lo general, una depresión, si no se mantienen bajo control los indicadores económicos, o bien una recuperación, si es que se adoptan las necesarias políticas económicas.
RECIBÍ:
En un documento escrito, fórmula por la que se da fe de que se ha
percibido la cantidad de dinero que viene indicada a continuación, en la fecha y lugar indicados, de forma que la firma del receptor valida este testimonio. También aparece esta expresión sobre determinados documentos para acreditar que han sido debidamente entregados.
RECIBO:
Escrito o resguardo firmado en el que se declara haber recibido
dinero u otra cosa. Receipt.
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Diccionario Económico Documento expedido por el acreedor y debidamente firmado, por el que constata haber recibido el importe de la deuda, con lo que el deudor queda liberado de su obligación. También se emplea como comprobante de que un bien ha sido entregado.
RHO:
Una de las medidas griegas de opciones. Se define como la cantidad de
dólares en que el valor de una opción, o un instrumento que contenga una opción incorporada, cambiaría si hubiera un cambio en el tipo de interés.
RIESGO ASEGURABLE:
Cualquier riesgo tal que las
exposiciones al riesgo de aquellos que soportan el riesgo no están altamente correlacionadas unas con otras. Tales riesgos pueden asegurarse. Ejemplos de riesgos asegurables incluyen las consecuencias económicas de un fallecimiento (seguro de vida), fraude, incendio, responsabilidad civil, etcétera. Esto es diferente de los riesgos no asegurables, tales como caídas de precios, en los que las exposiciones de todas las partes tienen un riesgo similar altamente correlacionado. Estos últimos riesgos se pueden cubrir, aunque no están asegurados en el sentido usual.
RIESGO CATASTRÓFICO:
Riesgo que tiene su origen en
sucesos extraordinarios e improbables pero que, por su magnitud, implican una elevada cuantía de los daños que ocasionan; por esa razón no pueden cubrirse con una póliza de seguro normal, y es un organismo oficial, el Consorcio de Compensación de Seguros, quien asegura este tipo de riesgos por medio de las aportaciones de fondos de cada entidad de seguros.
RIESGO CONTABLE:
El riesgo de variabilidad en los beneficios
declarados de una compañía mercantil o un banco como consecuencia de un cambio bien en las normas contables o bien en su interpretación. Por ejemplo, los usuarios de derivados a efectos de cobertura emplean la contabilidad de cobertura. Durante algunos años el Comité para la Normalización de la Contabilidad Financiera de EE.UU. (FASB en acrónimo inglés) debatió nuevas reglas antes de promulgar la Norma de Contabilidad Financiera 133 (FAS 133) que abordaba el asunto. Esta norma es difícil de interpretar y emplear y cambia espectacularmente las reglas concernientes a la contabilidad de cobertura.
RIGIDEZ:
Característica de la oferta o demanda cuando apenas varían en
función de los precios
RIQUEZA NACIONAL:
Valor total, en términos monetarios, del
conjunto de bienes económicos poseídos por los integrantes de una economía en un
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Diccionario Económico momento determinado. National wealth. Conjunto de bienes y servicios que posee una nación. Existen varios métodos para estimar la riqueza de un país, como el método del balance o inventario, que consiste en sumar el valor de todos los activos que tiene una nación, o el método consistente en capitalizar la renta percibida por la población a un tipo de interés estimado. Se trata de una magnitud difícil de determinar y costosa, por lo que no todas las estimaciones de los distintos países son fiables
RIGIDEZ DE PRECIOS:
Situación producida cuando, ante la
variación de la demanda/oferta de un bien, su precio no es sensible a esta mayor o menor demanda/oferta.
RIGIDEZ DEL MERCADO:
Situación producida cuando el
mercado no reacciona de acuerdo con lo previsible al no concurrir en él las hipótesis de la eficiencia en los mercados. Puede generarse por previsiones de las partes, entorno regulador, situaciones de monopolio u oligopolio, etc. Un ejemplo de rigidez sería cuando, ante reducciones drásticas en el número de demandantes de un producto, los oferentes no reaccionan reduciendo el precio del bien.
RUFS:
Siglas de revolving underwriting facili-ties. Instrumento híbrido
consistente en emisiones de títulos al portador, generalmente pagarés a corto plazo, renovables de conformidad con un crédito stand by a medio o largo plazo, asegurado por un sindicato de bancos.
S S&P 500:
Índice que incorpora el comportamiento promedio del precio de
500 acciones de la bolsa de valores de Nueva York.
SABOTAJE:
Intento de forzar, generalmente con violencia, una situación
de inestabilidad, presionar en la toma de una decisión o medida política o económica, o causar una repercusión social importante, mediante el destrozo y asalto de maquinaria, productos, instalaciones, vías de comunicación, etc. En otras ocasiones esta resistencia es más sutil y se realiza de forma encubierta, pero con las mismas
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Diccionario Económico intenciones.
SALARIO:
Remuneración monetaria o en especie que reciben los
trabajadores por prestar sus servicios personales en una empresa. Precio del trabajo. El salario puede fijarse de forma bilateral, por acuerdo entre las dos partes contratantes (empresario y trabajador), o ser objeto de negociación colectiva, entre los sindicatos y las organizaciones empresariales. En el salario del trabajador hay que incluir tanto las retribuciones directas
SALARIO A DESTAJO:
El obrero percibe por cada trabajo
realizado el salario acordado de antemano con el empresario. También se llama salario por tarea o pieza. El salario total a percibir por el trabajador viene dado por el producto del número de tareas ejecutadas o piezas fabricadas por el salario fijado previamente para cada tarea o pieza. Defendido por los empresarios, este sistema salarial es combatido por los obreros y los sindicatos. En contra de este sistema de remuneración del trabajo se arguye que provoca el agotamiento del trabajador e incita al patrono a reducir el salario cuando los obreros con su esfuerzo consiguen aumentar la productividad y superar el límite del salario normal. Es otra de las modalidades del salario de rendimiento.
SALARIO CON PRIMA:
Modalidad del salario de rendimiento
que trata de conciliar las ventajas del salario por tiempo y del salario a destajo. El salario en este sistema de remuneración del trabajo se halla integrado por dos sumandos; el primero sería el salario normal, cuya cuantía depende únicamente de la categoría profesional del trabajador y del tiempo trabajado, y un segundo sumando que sería la prima, cuya cuantía va a depender de la cantidad de trabajo realizado o de la economía de tiempo lograda en alcanzarlo. Este sistema de remuneración del trabajo ha dado lugar a su vez a numerosos sistemas: sistema Taylor, sistema Halsey, sistema Bedaux, sistema Rowan o sistema
SALDAR:
En banca, liquidar una cuenta, deuda u obligación entregando la
cantidad que se debe o recibiendo la cantidad a la que se tiene derecho
SALDO:
El saldo en contabilidad es la diferencia entre haber y deber, y puede
dar como resultado 3 opciones:
1) El debe es mayor al haber: la diferencia entre ambos se denomina saldo deudor 2) El haber es mayor al debe: la diferencia entre ambos se denomina saldo acreedor 3) Ambos son iguales: se lo denomina saldo nulo, también puede decirse que las cuentas han quedado "saldadas"
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Diccionario Económico
SALDO VIVO:
Importe pendiente de cobro o pago en una transacción
comercial o financiera (préstamo, cuenta a cobrar o a pagar, etc.).
SALIDA:
Cantidad total de un bien producida durante un determinado
período de tiempo.
SALIDA A BOLSA:
Acto por el que una empresa acude a la Bolsa de
Valores por primera vez de forma que la totalidad o parte de sus acciones coticen en ella. La salida a Bolsa permite a las empresas obtener financiación, pero para poder cotizar es necesario tener un tamaño mínimo, así como cumplir una serie de requisitos.
SALIDA DE CAPITAL:
En la balanza de pagos, salida de recursos
monetarios que no es debida a las transacciones corrientes de bienes y servicios y transferencias, sino a adquisiciones de activos financieros en el exterior (instrumentos financieros de crédito e inversiones financieras en el exterior) y, en general, a todas aquellas operaciones que implican un incremento de la posición acreedora del país o reducción de la posición deudora.
SALIDA DE DIVISAS:
En la balanza de pagos, transacciones que
suministran divisas desde el país que elabora la balanza, que se registran como pagos, como las importaciones de mercancías, las inversiones en el extranjero o la reducción de reservas.
SALVEDAD:
También denominada en auditoría reserva o calificación,
circunstancia que el auditor considera pueda tener un efecto importante en las cuentas anuales y que hace constar en su informe de auditoría. Éstas son principalmente de tres tipos: -Limitaciones al alcance, cuando el auditor no puede aplicar todas las pruebas y procedimientos que considera necesarios (el auditor dará una opinión con salvedades o denegación de opinión). -Incumplimientos de los principios contables o cambios respecto a los utilizados en el ejercicio precedente (opinión con salvedades u opinión negativa). -Incertidumbres acerca de las cuentas anuales que dependan de sucesos futuros (opinión con salvedades o denegación de opinión).
SALVO ERROR U OMISIÓN:
Cláusula que en un documento
acompaña a determinadas cifras para indicar que existe la posibilidad de que éstas se vean modificadas por la existencia de errores u omisiones involuntarias.
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SAMURAI:
Bonos emitidos en yenes en Japón por empresas o entidades
prestatarias no residentes en el país y que cotizan en el euromercado.
SANCIÓN:
Pena o multa que la ley o los contratantes imponen al que
infringe las normas de conducta fijadas o vulnera las condiciones establecidas en un contrato.
SCRIP DMDENDS:
Se denomina así al pago de dividendos en
nuevas acciones de la sociedad y no en dinero en efectivo.
SECTOR:
Ámbito en el que se desarrolla una determinada actividad
económica. Sector. Conjunto de empresas dedicadas a la misma actividad económica. En el análisis de la actividad económica nacional los grandes grupos de sectores, según la división clásica, son el sector primario, el sector secundario y el sector terciario. Otra clasificación, atendiendo a la propiedad, divide la actividad económica de un país en otros tres sectores: sector público, sector privado y sector exterior.
SECTOR EXTERIOR:
Conjunto de relaciones económicas, de
carácter comercial o financiero, que establece un país con el resto del mundo, las cuales vienen detalladas en el registro de caja de las operaciones con el exterior del Banco de España y se incorporan a la balanza de pagos.
SECTOR PRIMARIO:
El que comprende las actividades extractivas
y la agricultura y ganadería. Conjunto de actividades económicas relacionadas con la obtención de productos procedentes del mar, la tierra o el aire, es decir, obtenidos directamente de la naturaleza sin ningún proceso de transformación (minería, pesca, agricultura, ganadería, etc.).
SECTOR PRIVADO:
Parte de la economía que comprende las
economías domésticas, las empresas privadas de todo tipo y los organismos privados sin ánimo de lucro. Prívate sector. Sector de la actividad económica de un país, integrado por las familias, las empresas privadas y otras organizaciones privadas sin ánimo de lucro, donde los precios se establecen libremente según la ley de la oferta y la demanda, es decir, se rigen por la libre economía de mercado.
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Diccionario Económico
SECTOR PÚBLICO:
Parte de la economía que comprende la
administración central y local, las empresas nacionalizadas y demás empresas públicas y el banco emisor. Public sector. Parte de la economía que está controlada por los poderes públicos, es decir, todos aquellos órganos e instituciones en los que participa la Administración. Este sector está formado por las administraciones central, autonómica y local, el sector público empresarial y otras instituciones financieras como el Banco Central, la Seguridad Social y los organismos autónomos.
SECTOR SECUNDARIO:
El constituido por las industrias que
elaboran las materias primas para transformarlas en bienes terminados. Comprende todas las actividades económicas de un país relacionadas con la transformación industrial de los alimentos y de las materias primas (construcción, industria, etcétera).
SECTOR TERCIARIO:
Sector de la economía dedicado a la
producción de servicios de todas clases: banca, seguros, profesiones liberales, etc. Sector económico integrado por todas aquellas actividades económicas relacionadas con la producción de servicios; es decir, todas aquellas actividades económicas no incluidas en el sector primario ni en el sector secundario (turismo, banca, transporte, etc.).
SECTORES ECONÓMICOS:
Actividades o conjuntos de
actividades económicas. Los grandes agregados en los que se divide a efectos de su análisis la actividad económica nacional. Se ha hecho clásica la clasificación del conjunto de actividades económicas de un país en tres grandes grupos o sectores: sector primario (minería, agricultura, ganadería, pesca y silvicultura), sector secundario (industrias manufactureras o transformadoras) y sector terciario (comercio y servicios en general), a los cuales se añade más recientemente el denominado sector cuaternario,
SIMULACIÓN:
Representación de situaciones económicas reales
mediante modelos matemáticos que permiten reproducir artificialmente su funcionamiento interno y, por experimentación analógica sobre el modelo, obtener nuevos conocimientos acerca del funcionamiento del mundo real, que a su vez pueden servir de base para perfeccionar el propio modelo matemático. Frente a los modelos económicos tipo o estándar, en los de simulación el número de hipótesis o proposiciones no empíricas es mínimo. Un modelo de simulación es siempre, por definición, un modelo más realista, un traje hecho a medida. El de Montecarlo es el
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Diccionario Económico método de simulación más conocido.
SIMULACIÓN (MONTECARLO):
Un proceso estadístico
basado en las probabilidades. La simulación se puede usar para valorar ciertos instrumentos financieros y para derivar medidas de riesgo (tales como el valor en riesgo) cuando no se dispone de un modelo analítico o cuando sea inaplicable. Esencialmente, el analista describe, en un sentido probabilista, las variables que condicionan el valor. Luego, empleando un generador de número aleatorio, el analista obtiene un valor posible de la variable objeto de análisis. Por ejemplo, el valor del precio del activo subyacente es uno de los condicionantes del valor de una opción sobre el subyacente. El activo subyacente es luego una variable condicionante y el valor de la opción es la variable objeto. Al repetir este proceso miles de veces, el analista obtiene muchos valores posibles para la variable objeto. A partir de estos valores se puede determinar un valor esperado. La simulación Montecarlo recibió este nombre debido a que sus raíces están en simular los resultados del juego de azar.
SMI:
El SMI regula los pagos y cobros derivados de las transacciones
económicas internacionales. Su objetivo principal es generar la liquidez monetaria (mediante reserva de oro, materias primas, activos financieros de algún país, activos financieros supranacionales, etc,) para que los negocios internacionales, y por tanto las contrapartidas de pagos y cobros en distintas monedas nacionales o divisas, se desarrollen en forma fluida.
SOBERANÍA MONETARIA:
Capacidad que tiene un Estado
para decidir y controlar todas las cuestiones relativas al dinero, las operaciones con él relacionadas, la cantidad de éste en circulación, los tipos de interés, el tipo de cambio de la moneda, etc. La actual globalización que se está produciendo en los mercados internacionales, así como la pertenencia a determinados sistemas monetarios, como pueda ser el Sistema Monetario Europeo, hacen que cada vez se vea más limitada la soberanía monetaria de los distintos países.
SOBRANTE:
En general, conjunto de mercancías que no se han podido
vender y que permanecen en el almacén hasta su liquidación o destrucción. Más en concreto, reciben este nombre los ejemplares no vendidos de periódicos y revistas.
SOBREEMPLEO:
Situación en la que el número de puestos de trabajo
no cubiertos es mayor que el de personas sin empleo
SOBREGIRO
En una póliza de crédito, cuando el beneficiario dispone de
una cantidad superior al límite establecido. Las entidades bancarias suelen cobrar un tipo de interés elevado por estos excedidos en cuentas de crédito
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Diccionario Económico
SOBRE LA PAR:
Cuando el precio de emisión o cotización de los
títulos, acciones, obligaciones, bonos o títulos de la Deuda Pública es superior a su valor nominal. Tanto el precio de emisión como el de cotización suelen expresarse en tanto por ciento del valor nominal. Un título se emite o cotiza sobre la par cuando su precio porcentual de emisión o cotización es superior a 100.
SUPLIR:
Completar o reemplazar algo que falta o sustituir a alguien en el
ejercicio de sus funciones.
SURTIDO:
Conjunto de artículos organizados por secciones, familias o
categorías de un mismo producto, expuestos y disponibles para ser vendidos en un establecimiento de venta al por menor o por catálogo.
SURTIDO BÁSICO:
Conjunto formado por las necesidades mínimas
de artículos que constituyen las demandas permanentes durante todo el año, en contraposición a las demandas de artículos que sólo se producen en determinadas épocas del año.
SUSCRIBIR:
En el ámbito financiero, comprar títulos de renta fija o
variable
SUSCRIPCIÓN:
Acto por el que se contrae la obligación de adquirir un
cierto número de acciones de una empresa. Acto por el cual se contrae la obligación de adquirir títulos de nueva emisión. Se puede tratar de una emisión de acciones, donde el suscriptor se convierte en socio de la sociedad si no tenía acciones de ésta con anterioridad o de una emisión de deuda pública, en la que se convierte en acreedor del Estado.
SUSCRIPCIÓN INFLADA:
En las emisiones de valores muy
solicitados, se producen demandas de cantidades mayores de las que en realidad se quiere adquirir, con la intención de obtener el número de títulos efectivamente deseado en el supuesto de que se proceda al prorrateo.
SUSCRIPCIÓN PREFERENTE:
Aquella suscripción
realizada de acuerdo con la tenencia del derecho de suscripción preferente con el que cuentan los accionistas poseedores de acciones preferentes que les permitirá acceder los primeros a las nuevas acciones procedentes de la ampliación de capital; posteriormente, se producirá la suscripción pública de acciones, a la que tiene acceso el público en general.
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SUSCRIPTOR PRINCIPAL:
El banco de negocios
seleccionado para gestionar una suscripción y supervisar las actividades del consorcio de emisión. El suscriptor principal también se conoce como el director o corredor de libros. Si dos o más bancos de negocios comparten el papel de suscriptor principal, como ocurre algunas veces, los suscriptores principales se llaman codirectores.
SUSPENSIÓN DE PAGOS:
Cuando aun teniendo un activo
real superior al pasivo exigible, la empresa se muestra incapaz de hacer frente al pago de sus deudas por falta de liquidez. Situación en la que se encuentra la empresa que aplaza, por falta de liquidez transitoria, los pagos corrientes de sus deudas. Procedimiento judicial que tiene por objeto evitar la declaración de quiebra o liquidación de la sociedad por medio de acuerdos de moratorias o remisión de deuda con los acreedores. La pueden solicitar tanto los empresarios mercantiles que se encuentren en una situación de liquidez, es decir, que aun siendo su activo superior al pasivo, no pueden hacer frente a sus deudas porque atraviesan dificultades coyunturales o estructurales; como aquellos cuyas deudas exceden definitivamente al activo.
SUSTITUTO DEL CONTRIBUYENTE:
Sujeto pasivo
que, en lugar del contribuyente, está obligado legalmente al cumplimiento de las prestaciones materiales y formales de la obligación tributaria. Suele aplicarse este concepto principalmente a las personas que por ley deben detraer, con ocasión de los pagos que realicen a otras personas, el gravamen tributario correspondiente, y efectuar el ingreso de esa cantidad en la Hacienda Pública.
SWAP: Transacción financiera, que en castellano se traduce por permuta financiera, en la que dos partes acuerdan intercambiar flujos monetarios en el tiempo. Mediante un swap es posible reducir la exposición al riesgo de oscilaciones de las monedas o de los tipos de interés y aprovechar la ventaja comparativa de una parte o de ambas, en la entrada en un mercado determinado (de divisas o de intereses). Esto se consigue siempre que las partes tengan interés en intercambiar el pago de sus obligaciones porque cada una de ellas preferirá la moneda, el tipo de interés o el tipo de referencia de la otra, y conseguirá así reducir el coste de sus deudas.
SWOT:
Del inglés «strengths, weaknesses, opportunities and threats», es un
sistema de análisis por el que una empresa identifica sus fuerzas y sus debilidades internas, así como las oportunidades y amenazas que hay en el mercado, de forma que, con toda la información anterior, pueda elegir los objetivos a alcanzar dentro del
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Diccionario Económico ámbito del marketing o de la gestión de la empresa, así como las estrategias más adecuadas para su consecución. En español podría traducirse por DAFO (debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades).
T TABLA DE SALARIOS:
Estructura salarial de los empleados de
un departamento o de toda la empresa. El salario de cada empleado se determina en función del cargo que ocupa, los deberes y la responsabilidad que tiene que asumir, considerando también el índice salarial en el mercado laboral.
TABLA INPUT-OUTPUT:
Matriz que muestra las interrelaciones
entre los sectores económicos, incluyendo al gobierno y a los consumidores. Inputoutput table. Matrix. Sistema de relaciones representadas por medio de tablas en las que se representan las entradas y salidas de bienes y servicios que se producen entre sectores o industrias de una economía, entre departamentos de una empresa u otros entes económicos, de forma que quedan así sintetizadas, en la estructura económica de un país desde un punto de vista técnico, sus relaciones industriales.
TABLAS FINANCIERAS:
Tablas que simplifican los cálculos
matemáticos, ya que proporcionan los valores de varias de las expresiones que se utilizan en finanzas, para distintas entradas de los parámetros tiempo y tipo de interés. Este tipo de tablas proporciona cálculos sobre el valor de las anualidades de la capitalización compuesta, el valor actual de una renta o de una serie de rentas prepagables o pospagables y el valor futuro. También se consideran tablas financieras a ciertas tablas estadísticas sobre distribuciones de probabilidad.
TABLAS FISCALES:
Usualmente esta expresión hace referencia a
aquellas tablas que establecen los coeficientes máximos y mínimos de amortización de los elementos de inmovilizado material que periódicamente fija el Estado.
TABLEAU DE BORD:
Fórmula de control de la actividad
empresarial ideada por la doctrina francesa que constituye una simplificación de la
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Diccionario Económico contabilidad presupuestaria o gestión previsional. Cuando se trata de organizaciones medianamente complejas, en las que la concatenación entre la actuación empresarial y sus resultados no es inmediata o trivial, como ocurre, por lo general, en organizaciones empresariales más simples, la intuición o la mera observación no son suficientes para medir los resultados de la gestión. Se necesita el concurso de métodos o técnicas para evaluar los resultados de la actuación empresarial
TAE (TIPO ANUAL EFECTIVO):
Tipo de interés que
representa el coste total del dinero tomado a crédito de las entidades financieras .
TALONARIO DE ACCIONES:
Libro en el que los emisores
de acciones registran todos los datos relativos a éstas. Con la emisión de acciones representadas mediante anotaciones en cuenta, el anterior documento está perdiendo vigencia.
TANGIBLE:
Referido a activos o bienes, aquellos que tienen una
naturaleza material. También se utiliza para indicar que algo puede ser observado de manera exacta (resultados tangibles).
TARA:
Peso del embalaje o del continente de una mercancía u objeto.
TARGET:
Trans European Automated Real Time Gross Settlement Express
Transfer. Sistema automático de transferencias transeuropeas con liquidación bruta en tiempo real
TARJETA DE COMPRA:
Tarjeta emitida por una entidad
comercial a nombre de una persona y que permite a ésta abonar las compras en todos los establecimientos de dicha entidad sin necesidad de llevar dinero en efectivo. Dependiendo de la entidad de que se trate, la tarjeta de compra puede funcionar como una tarjeta de débito que carga en la cuenta del titular la compra realizada en el momento, o como una tarjeta de crédito que permite aplazar el pago de la compra a un momento posterior.
TARJETA DE CRÉDITO:
Tarjeta de material plástico, de carácter
nominativo, que constituye un medio de pago y puede dar acceso a su titular a toda una gama de servicios financieros entre los cuales puede o no estar el crédito. Tarjeta de plástico emitida generalmente por una institución financiera a nombre de una persona y que permite a ésta la compra de bienes y servicios tanto nacional como internacionalmente, ya que la presentación de dicha tarjeta en los
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Diccionario Económico establecimientos comerciales garantiza que el pago de las compras va a ser efectuado por la entidad emisora de la tarjeta. Presenta varias modalidades de pago: fin de mes, revolvente, pago aplazado de sus cuotas, etc. Dependiendo de su modalidad, la entidad cargará en la fecha fijada (por ejemplo a final de mes) en la cuenta del titular los gastos anteriores (éstos tienen fijado generalmente un tope máximo). La entidad financiera cobra una comisión a los establecimientos que permiten el pago con tarjeta de crédito, así como una cuota fija a sus tenedores.
TASA:
Tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la
realización de actividades en régimen de Derecho público, que se refieran, afecten o beneficien a los sujetos pasivos, cuando dichos servicios o actividades sean de solicitud o recepción obligatoria de los administrados. Tienden a cubrir el coste del servicio o de la actividad que constituye el hecho imponible. Su pago puede hacerse en efectivo o mediante el empleo de efectos timbrados
TASA ANUAL EQUIVALENTE:
Generalmente conocido por
su acrónimo TAE, tipo de interés efectivo que cobran o pagan anualmente las entidades de crédito en la concesión de un préstamo o aceptación de un depósito, respectivamente. Para su cálculo se tienen en cuenta el tipo de interés nominal, así como todas las comisiones y gastos que sean repercutibles al prestatario. Este tipo de interés, junto con la fórmula financiera utilizada para su determinación, debe obligatoriamente constar en todas las operaciones de crédito.
TASACIÓN:
Justiprecio, valoración de las cosas. Assessment. Valuation.
Estimación del precio o del valor de un bien en función del mercado, realizada por expertos o peritos, generalmente para calcular el valor de los bienes que van a ser subastados o de bienes dejados en prenda o afectados por una garantía hipotecaria.
TASAS DE IMPAGO:
1) El porcentaje ponderado de los bonos u
otros instrumentos de deuda en una cartera impagados en el curso de un año. 2) Medidas de la tendencia histórica al impago dentro de períodos específicos de tiempo de los bonos de unas calificaciones dadas.
TAYLORISMO:
Doctrina sobre la administración de empresas creada
por el ingeniero norteamericano Frederick W. Taylor (1856-1915). Sus principales aportaciones se hallan en la obra Principios de la administración científica, publicada en 1911. (Véase Escuela administrativa clásica.)
TECHO: LAROUSSE
Una opción multiperíodo que se parece a una banda de opciones de
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Diccionario Económico compra de período único. El tipo más habitual es un techo de tipo de interés que renta en cada fecha de liquidación basándose en el valor de mercado de un tipo de referencia y un tipo de contrato especificado. Los componentes individuales de la opción de compra de período único se denominan techitos.
TECNOESTRUCTURA:
Concepto acuñado por J. K. Galbraith para
designar el conjunto de técnicos o profesionales: economistas, ingenieros, juristas, especialistas en mar-keting, etcétera, que dirigen las grandes empresas. En su obra El nuevo estado industrial, Galbraith describe el capitalismo de las grandes corporaciones empresariales como una excrecencia del mundo neoclásico del monopolio y oligopolio. Las grandes empresas no pueden ser dirigidas por una sola persona, sino de forma colegiada. En ellas los accionistas tienen un poder despreciable y quienes realmente las gobiernan son los managers o ejecutivos.
TEJEMANEJE DE FONDOS:
Una práctica poco ética (utilizada
por algunos corredores/agentes que tiene autorización discrecional para operar con las cuentas de los clientes), según la cual se dedican a operar excesivamente a fin de arañar más comisiones. El tejemaneje es una práctica ilegal pero frecuentemente es difícil de distinguir de actividades de inversión legítimas.
TELERATE:
Constituye un centro emisor de información a través de
teletexto, que actúa como un periódico electrónico permanente. Radica en EE. UU. y es propiedad de la compañía DOW Jones.
TENENCIA DE DIVISAS:
Reserva de divisas que mantiene un
país para hacer frente a sus transacciones internacionales en el caso de devaluación de las divisas que tiene. Gold holdings
TEORÍA ECONÓMICA:
Conjunto de proposiciones que establecen
una relación entre los hechos económicos. Economic theory. A diferencia de la política económica, el objeto de la teoría económica no es intentar influir sobre los acontecimientos económicos, sino dedicarse exclusivamente a su observación, al estudio de las interacciones entre los agentes económicos, a su contrastación empírica y a la formulación de leyes que sirvan para su predicción. En función de su ámbito de aplicación se puede dividir en macroeconomía y microeconomía.
TEORÍA X:
Para la escuela clásica o tradicional, o Teoría X en terminología
de McGregor (1960), cuyos principales representantes a la vez que fundadores son Tay-lor y Fayol, organizar eficientemente una empresa consiste en disponer el trabajo
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Diccionario Económico de tal forma que se utilice al máximo la capacidad fisiológica de los individuos. Jerarquía y liderazgo autocrático, comunicación desde arriba, rígidos sistemas de supervisión y control, poniendo siempre especial acento en el aspecto formal de la organización, son las características principales de esta corriente de pensamiento.
TEORÍA Y:
Para las escuelas de las relaciones humanas y del
comportamiento, o Teoría Y en terminología de McGregor (1960), las relaciones interpersonales y grupales y el buen clima de trabajo son factores determinantes de los resultados del mismo. En su formulación extrema, esta corriente de pensamiento considera a la organización empresarial como un sistema social, condicionado o determinado por las relaciones entre los trabajadores únicamente. La tecnología y el puesto de trabajo son datos externos: información básica o de partida. El rígido modelo de organización tradicional impide, según esta visión, que los trabajadores puedan desplegar toda su capacidad creadora y productiva.
TERCERO:
En derecho, se trata de la persona que no participa en un pacto
o contrato, es decir, que no tiene un interés directo en él, y que está generalmente protegido por la ley para que no se vea perjudicado por lo acordado entre las partes.
TERMINACIÓN:
La cancelación de un contrato de swap. Normalmente
entraña el que una parte pague a la otra parte una tasa de terminación igual al valor a precio de mercado (también conocida como coste de reposición) del swap. La terminación puede ser el resultado bien de una negociación que lleve al mutuo consentimiento en la terminación, o bien de que ocurra un suceso de terminación o un suceso de incumplimiento, tal como se definan dentro del contrato de swap.
TÉRMINO:
Hecho futuro y cierto que en el momento de producirse y por
disposición legal o acuerdo entre las partes dará lugar a la extinción de un negocio jurídico, o al inicio de los efectos del mismo
TÉRMINOS AMERICANOS:
Un método para cotizar un tipo
de cambio en términos del número de dólares que comprará una unidad de la moneda extranjera. Por ejemplo, si el euro cotiza a 0,8805 dólares, la cotización está en términos americanos. Desde el punto de vista de un norteamericano, se puede decir que la cotización está en términos directos. Esto contrasta con una cotización en términos europeos (también denominada términos indirectos) en la que la cotización se hace en términos del número de unidades de la divisa en cuestión que se podrán comprar por un dólar (en el caso precedente, 1,1358 euros por 1 dólar).
TÉRMINOS DEL INTERCAMBIO:
La expresión términos
del intercambio designa la relación que se establece entre los bienes y los servicios
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Diccionario Económico intercambiados por dos países o dos grupos de países. Esta relación evoluciona con el tiempo. De manera esquemática, cuando los ingresos provenientes de las exportaciones permiten pagar un volumen de importaciones cada vez menor, existe un deterioro de los términos del intercambio para el país exportador.
TIERRA:
Factor de producción que incluye todos los recursos naturales.
Land. Uno de los factores de producción, junto con el capital y el trabajo. En él se incluyen tanto la tierra como todos los recursos naturales.
TIERRA QUEMADA:
Estrategia suicida llevada a cabo por una
empresa que va a ser adquirida por un tiburón financiero. Para evitar que éste se haga con el control, la empresa vende todos sus activos como forma de desincentivar al posible comprador. Esta estrategia exclusivamente se utiliza cuando ya no existe ninguna otra solución. Una variante consiste en vender exclusivamente los activos más valiosos de la empresa, motivo por el cual esta modalidad recoge el nombre de venta de las joyas de la corona.
TIME-SHARING:
Tiempo compartido. Derecho al uso y disfrute de un
bien por tiempo limitado. Fórmula de promoción inmobiliaria, generalmente en zonas turísticas, consistente en vender un mismo inmueble a diferentes personas para utilizarlo por turno y en períodos de tiempo determinados. El titular de un derecho de propiedad de esta naturaleza, en realidad de una cuota o parte de la propiedad del correspondiente inmueble, puede venderlo, alquilarlo o ceder su uso del mismo modo que cualquier otro bien de su propiedad. El promotor de este tipo de operaciones suele ser alguna multinacional importante del sector. Un administrador se encarga del mantenimiento de los inmuebles y de que se respete el reglamento de régimen interno. Existen además sociedades encargadas de coordinar las relaciones de intercambio, tanto a nivel nacional como internacional, entre los partícipes de las diferentes operaciones time-sharing.
TIPO A PLAZO:
1) Respecto a los tipos de interés, un tipo de interés
que está previsto como vigente en alguna fecha futura. Frecuentemente se utiliza para hablar de un tipo a plazo corto, que es el tipo de interés previsto que prevalezca en un instrumento monoperíodo en alguna fecha futura. Estos tipos se pueden derivar, o inferir, de tipos imperantes en otros instrumentos. 2) Respecto a los tipos de cambio, un tipo de cambio que impera ahora para el cambio de divisas en una fecha posterior
TIPO ACTUARIAL: LAROUSSE
Un tipo de rendimiento que se espera obtener.
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Diccionario Económico Se usa para calcular las aportaciones que se han de hacer a un plan de pensiones o las primas que se han de pagar por una póliza de seguros.
TOPIC:
Servicio de teletexto en pantalla que ofrece la bolsa de Londres.
Informa sobre las cotizaciones de las acciones, los precios ofrecidos y demandados para los principales valores y otras cuestiones económicas y financieras. La negociación sobre los datos del TOPIC se realiza a través del SEAQ.
TORMENTA DE IDEAS:Reunión de un grupo con la intención de resolver un problema mediante la aportación de ideas nuevas
TRABAJO EN CADENA:
Basado en la incorporación de la
especialización y división del trabajo al proceso productivo, consiste en la fabricación de un bien a partir del ensamblaje de las diferentes piezas que se van incorporando a medida que pasan por determinados centros de trabajo, donde cada trabajador realiza una tarea específica. Con este sistema se logra reducir significativamente el tiempo de producción, lo cual repercute en una bajada del precio, si bien condiciona la flexibilidad laboral
TRADER:
Operador de bolsa especializado en mercados nuevos o en
mercados emergentes.
TRADING:
Se dice de la estrategia financiera de las entidades que buscan
obtener beneficio de las posiciones tomadas en el mercado interbancario.
TRÁFICO:
Acción de comerciar con dinero o mercancías, cambiando,
comprando o vendiendo. Circulación de vehículos por calles y carreteras. Traffic. (En inglés: trade ) Transacciones comerciales y actividades mercantiles con ánimo de lucro, como la compraventa, concesiones de préstamos, operaciones de crédito, es decir, cualquier negocio en general. En ocasiones se emplea para referirse a una actividad o negocio fraudulento.
TRÁFICO DE INFLUENCIAS:
En política, intercambio de
favores recíprocos. Situación en la que determinadas personas se aprovechan del poder o de la información a que tienen acceso como consecuencia del desempeño de un cargo
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Diccionario Económico político o económico, y desde el cual se benefician en provecho propio o de un tercero al que quieran beneficiar.
TRÁFICO DE PERFECCIONAMIENTO:
Conjunto de
medidas para fomentar la exportación, eliminando los efectos de los derechos de arancel sobre los materiales importados para elaborar productos destinados a la exportación. Entrepót trade. Cooperación entre la producción nacional y la de algún otro país, gracias a la cual se logra un producto final de mayor calidad y más competitivo, al incorporar cada país aquellos recursos económicos en los que comparativamente es más competitivo. Se consigue, pues, mediante importaciones, exentas del pago de derechos arancelarios, de materias primas, productos semielaborados o finales que se transforman o se incorporan a productos nacionales y que luego son exportados de nuevo
TRAMO:
En ocasiones se usa el término original francés tranche. Uno de dos
o más instrumentos regidos por la misma documentación aunque puedan tener diferentes condiciones. El término se asocia en la mayoría de los casos con obligación hipotecaria colateralizada (CMO). Por ejemplo, en la estructura de las CMO, el emisor emite un bono garantizado por un grupo de hipotecas. El bono se divide en varios tramos diferentes. Cada tramo recibe intereses periódicos, pero solamente un tramo recibe el principal. Cuando se ha amortizado plenamente el principal del primer tramo, el tramo termina y el principal empieza a pasar al segundo tramo, y así sucesivamente. Cada una de las partes en que está dividido algo que se desarrolla linealmente. Parte de una emisión de títulos. Bracket. Slice. Tranche. En una operación crediticia, cada una de las partes del crédito cuyas características coinciden plenamente. Por ejemplo, un tramo del crédito puede estar denominado en una divisa y otro en otra o un tramo puede ser a interés variable y otro a interés fijo o pueden ser disponibles en distinta fecha o cuando se cumplan distintas condiciones, etc.
TRANSACCIÓN:
Trato, convenio o negocio. transaction. Trade-off.
En derecho civil, contrato por el que las partes llegan a un acuerdo a través del cual, dando, prometiendo o reteniendo cada una alguna cosa, evitan la incoación de un pleito o le ponen término.
TRANSACCIÓN ALTAMENTE APALANCADA: En ocasiones se representa con el acrónimo HTL. Una transacción, normalmente integrada por una cartera de préstamos bancarios, que se vende a un inversor
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Diccionario Económico utilizando un apalancamiento considerable en la compra. Tales transacciones están compuestas por fondos de cobertura. Si hay riesgo de crédito, el inversor podría mitigar el riesgo de crédito utilizando derivados de crédito.
TRANSFERENCIA:
Toda renta percibida que no corresponde a pagos
por los servicios realmente prestados por sus perceptores. Son transferencias las subvenciones y auxilios de naturaleza similar, las donaciones, las pensiones de jubilación no contributivas, los subsidios familiares, las becas y ayudas al estudio, los salarios sociales, etcétera. Pago que no retribuye una actividad productiva sino que supone una simple redistribución de la renta. En aduana, declaración por la que el exportador entrega la mercancía al importador sin haber pagado los derechos de aduana.
TRANSFERENCIA BANCARIA:
Operación por la que por
orden de un cliente de una entidad bancaria se produce el traspaso de una determinada cantidad de dinero que el cliente tiene depositado en una cuenta en ese banco a otra cuenta de la misma institución financiera o de otra distinta, y por lo que la entidad puede cobrar a su cliente una comisión en concepto de gastos de transferencia.
TRATADO:
Ajuste, convenio o conclusión de un negocio o materia, después
de haber negociado sobre ella. Acuerdo resultante de una negociación o discusión sobre un asunto. También, conclusión o discurso sobre una materia y, por extensión, el documento o escrito donde se recoge.
TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA:
Tratado suscrito
en 1991 por los países que formaban parte en ese momento de las Comunidades Europeas, que no fue ratificado por todos los miembros hasta 1993, fecha en la que entró en vigor. Por este Tratado se constituyó la Unión Europea, como un paso más en la cooperación política, económica, monetaria, y social entre los países de Europa y que culminará con la creación de la Unión Económica y Monetaria.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO NORTEAMERICANO: Fue creado en diciembre de 1992 (el acuerdo entró en vigor en enero de 1994), por Canadá, Estados Unidos y México, como amplia zona de librecambio. En un plazo de quince años todos los obstáculos
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Diccionario Económico aduaneros (arancelarios y de cualquier otra naturaleza) habrán de desaparecer. Dos acuerdos complementarios, uno sobre el medio ambiente y otro laboral, han sido firmados en octubre de 1993.
TRATADO DE ROMA:
Tratado Constitutivo de la Comunidad
Económica Europea, firmado en Roma el 25 de marzo de 1957 por Su Majestad el Rey de los Belgas, el Presidente de la República Federal de Alemania, el Presidente de la República Francesa, el Presidente de la República Italiana, Su Alteza Real la Gran Duquesa de Luxem-burgo y Su Majestad la Reina de los Países Bajos. La Comunidad Económica Europea estaba constituida inicialmente por estos seis países, para pasar a tener nueve países miembros en 1973 con las adhesiones del Reino de Dinamarca, de Irlanda y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, diez países en 1981 con el ingreso de Grecia y doce en 1986 con el ingreso de Portugal y España. Conjunto de convenios firmados el 25 de marzo de 1957 por los gobiernos de Bélgica, Holanda, Luxemburgo, República Federal Alemana, Francia e Italia por los que se creaba la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea para la Energía Atómica. Treaty of Rome
U UDIBONO: Medio de cambio de una unidad de valor, definido por referencia a la ubicación geográfica de las autoridades monetarias responsables
UE: La Unión Europea (UE) es una comunidad política de Derecho constituida en régimen de organización internacional sui generis, nacida para propiciar y acoger la integración y gobernanza en común de los estados de Europa. Está compuesta por veintisiete estados europeos y fue establecida con la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea (TUE), el 1 de noviembre de 1993. Con ese acto, la supraestructura «Unión Europea» aunaba y se fundaba sobre las tres Comunidades Europeas preexistentes (CECA, Euratom y CEE/CE) y les añadía la política exterior común y la cooperación judicial y policial, formando un sistema complejo conocido como «los tres pilares». Sin embargo, con la entrada en vigor, el 1
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Diccionario Económico de diciembre de 2009, del Tratado de Lisboa, la Unión Europea sucedió, por completo aunque con ciertas particularidades, a las Comunidades Europeas y asumió con ello su personalidad jurídica única como sujeto de Derecho internacional.
UEM: La Unión Económica y Monetaria (UEM) es el área formada por el conjunto de países, dentro de la Unión Europea, que comparten un mismo mercado, y una misma moneda, el euro, y donde se ejecuta una política monetaria única. La Unión económica y monetaria (UEM) supone la integración de los distintos países miembros en un Mercado Común en el que se respeten las "cuatro libertades", es decir, la libertad de circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. Igualmente, se pretende el establecimiento de una Política Comercial Común respecto a los países que no pertenezcan a dicho Mercado Común. Así mismo, la Unión Económica culmina con la Unión Monetaria, proceso por el cual se instauró el euro como moneda única de una parte de los países de la Unión Europea.
UEPS:
Sistema de valoración de inventarios según el cual el precio de la última
entrada de un elemento particular es el usado para la valoración y cálculo del costo.
ÚLTIMO DÍA DE TRANSACCIÓN:
Es el último día en
que se puede negociar un contrato de futuros. En él, se pueden compensar las posiciones abiertas en el mercado, liquidando la posición mantenida mediante una operación contraria. A partir de esta fecha, quien tenga una posición larga está obligado a comprar (recibir) el activo subyacente y quien tenga una posición corta está obligado a vender (entregar) el activo subyacente
ULTRAMARINOS:
Productos alimenticios traídos antaño de ultramar.
Arcaísmo utilizado para designar a una amplia gama de comestibles sustitutivos o complementarios de aquéllos. Por extensión, tiendas de venta al por menor en donde se venden estos productos.
UMBRAL DE BENEFICIO:
Punto a partir del cual, en el
desarrollo de una empresa, se empieza a conseguir ganancias netas
UMBRAL DE RENTABILIDAD DE UNA OPCIÓN: Precio del activo subyacente, a partir del cual la opción genera beneficios si se ejerce.
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Diccionario Económico
UNANIMIDAD:
En una votación, coincidencia de todos los votos en el
mismo resultado. El hecho de que una votación tenga que ser aprobada por unanimidad concede a los votantes el derecho a vetar su resolución
UNIDAD MONETARIA: (Del latín divisa, del verbo divido -dividir) Podemos definir a la divisa como la moneda utilizada en una región o país determinado. Las divisas fluctuan entre sí dentro del mercado monetario mundial. De este modo, podemos establecer distintos tipos de cambio entre divisas que varían constantemente en función de diversas variables económicas como el crecimiento económico, la inflación o el consumo interno de una nación.
UNION ADUANERA:
Acuerdo de países que adoptan una
estructura uniforme de barreras tarifarias en relación a los demás países
UPAC :
Unidad de poder adquisitivo constante. Unidad de cuenta que permite
realizar operaciones de crédito hipotecario a largo plazo a través de ajustes de valor de acuerdo con la capacidad adquisitivo de la moneda legal. Su valor se modifica de acuerdo con la variación resultante del promedio del Índice Nacional de Precios al Consumidor. Esta unidad se trabaja dentro del sistema de valor constante. Unidad de poder adquisitivo constante.
UNDERWRITERS:
Entidades financieras que suscriben emisiones de
títulos para su posterior colocación entre el público, percibiendo por ello una comisión. Cuando se trata de emisiones importantes, de alguna institución privada o pública, suelen asociarse con entidades financieras similares del mismo o de diferentes países formando un sindicato. Los underwriters juegan un activo e importante papel en el mercado de eurobonos
UNDERWRITING:
Actividad bancada propia de los bancos de
negocios que consiste en colocar emisiones aseguradas de títulos. Es un contrato celebrado entre un banco de inversión ú otra entidad financiera y una empresa emisora para asegurarse la colocación de una emisión de títulos valores.
UNDERWRITING DE MEJOR ESFUERZO:
La
empresa que colocará los títulos se compromete con la empresa emisora a hacer el mejor esfuerzo posible para colocar la emisión, pero no garantiza su colocación.
UNDERWRITING EN FIRME: LAROUSSE
Es el caso en que la empresa
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Diccionario Económico que colocará los títulos le compra la totalidad de la emisión a un determinado precio a la empresa emisora, esperando venderlo luego a un precio mayor a otros inversionistas.
UNESCO:
Mundialmente conocida por sus siglas en inglés, es la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Fue fundada en 1945 y actualmente está formada por 185 países, entre los que no se incluyen ni Estados Unidos ni el Reino Unido (en 1996 estaban tramitando su reincorporación después de haberse desvinculado de ella hacia mediados de los ochenta por considerar que su política era tercermundista). Su principal misión consiste en contribuir a la armonía de los pueblos a través del desarrollo de numerosos proyectos de carácter cultural, educacional y científico.
UNIDAD COLECTIVA DE RESERVA:
Instrumento de
reserva derivado del oro a disposición de las autoridades monetarias para saldar las balanzas de pagos deficitarias con otros países.
UNIDAD DE CUENTA:
Dinero en el que se expresan los valores o
se definen las deudas. Valor establecido de forma convencional en función del cual se establece el precio de los bienes y servicios de la comunidad en la que se utiliza esa unidad de cuenta. La unidad de cuenta puede ser una unidad monetaria o de otro tipo
UNIDAD DE PRODUCCIÓN:
Conjunto de personas y de
medios materiales organizados con la finalidad de obtener bienes o servicios.
UNIDAD DE VENTA:
Número de unidades físicas o cantidad que
sirve de referencia en las ventas (docenas de huevos, un litro de leche, etcétera).
UNIDAD FAMILIAR:
Grupo de individuos ligados por parentesco
que, en el IRPF, tienen la posibilidad de tributar conjunta y solidariamente. A efectos del IRPF, se considera unidad familiar: -La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, los hijos menores, con excepción de los que, con consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos. -La formada por el padre o la madre y los hijos que reúnan los requisitos del párrafo anterior, sin que ninguna persona física pueda formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
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Diccionario Económico
UNIDAD PERIFÉRICA:
Dispositivo o parte de un equipo
informático, como una impresora o el teclado, que está conectado a la unidad central de un ordenador y a través del cual se transfiere información al y desde el exterior.
UNIDADES DE CONSUMO:
En el ámbito microeconómico,
empresas públicas y privadas, administraciones públicas y hogares a los que van destinados los bienes y servicios resultantes de la actividad realizada por las unidades de producción.
UNILATERAL:
En el ámbito mercantil, dícese de aquellos actos o
contratos en que se establece una obligación de una persona respecto de otra sin que exista reciprocidad.
UNIÓN ADUANERA:
Acuerdo entre dos o más países para eliminar
los aranceles y demás restricciones al comercio entre los países miembros de la unión, manteniendo un arancel exterior común frente a terceros países. Una unión aduanera se diferencia de una zona de libre comercio en que los países miembros de esta última eliminan las barreras arancelarias y permiten el libre comercio entre ellos, pero pueden mantener aranceles nacionales diferentes frente a terceros países. La existencia de una unión aduanera requiere una cierta coordinación de las políticas económicas por parte de los países miembros. Unión de dos o más naciones que acuerdan eliminar las restricciones comerciales entre ellas y seguir una política arancelaria común frente a las demás naciones. Customs unión. Grado de integración económica en el cual un conjunto de países suprime los derechos de aduana existentes entre ellos (aranceles, contingentes, cuotas, etc.) y establece al mismo tiempo un arancel común para todos aquellos productos procedentes de terceros países. A diferencia de lo que ocurre en el mercado común, en la unión aduanera aún no existe libertad para la circulación de factores.
UNIÓN CREDITICIA:
Institución, sin ánimo de lucro, formada por
personas que pertenecen a una organización común, como los trabajadores de una empresa o los miembros de un sindicato, y que actúa como una cooperativa de crédito ofreciendo una gama muy amplia de servicios financieros. Remunera generalmente los depósitos a un tipo de interés superior al de la mayoría de las entidades de crédito, y cobra tipos más reducidos por los préstamos.
UNIÓN ECONÓMICA:
Etapa de la integración de países diferentes
situada entre el mercado común y la unión política o integración total. Economic
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Diccionario Económico unión. En las fases de integración económica, paso siguiente al mercado común, en la que los estados miembros deciden establecer una política económica, monetaria y fiscal común.
UNIÓN EUROPEA:
Fue constituida en 1993 por el Tratado de la
Unión Europea, y forman parte de ella los quince países miembros de la Comunidad Europea. Sus principales objetivos son potenciar un desarrollo económico y social equilibrado, establecer una política exterior y de seguridad común, proteger los derechos e intereses de los ciudadanos de los países miembros y cooperar en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior, todo ello para, en un futuro, alcanzar la Unión Económica y Monetaria Europea
UNIÓN EUROPEA DE PAGOS (UEP):
Acuerdo de
pagos concluido en 1950, mediante el cual los países miembros de la OECE convinieron la compensación de sus deudas y créditos bilaterales, la institución de modalidades particulares de dicha compensación y la liberación progresiva de sus intercambios
UNIÓN MONETARIA EUROPEA (UME): Establecida por el Tratado de la Unión Europea, la UME representa la tercera etapa hacia la unión: supondrá una política monetaria única dirigida por el BCE y la utilización del euro como moneda común.
EMPRESAS:
Fórmula de colaboración o cooperación interempresarial. Las
UTES fueron reguladas en España por la Ley 196/1963, de 28 de diciembre, sobre Asociaciones y Uniones de Empresas, y la posterior Ley 18/1982, de 26 de mayo. Son fórmulas de colaboración interempresarial por tiempo cierto para la ejecución de una obra o la prestación de un servicio. La Unión Temporal de Empresas (UTE) carece de personalidad jurídica, si bien se halla representada por un gerente, con poderes suficientes de todos y cada uno de sus miembros. Su duración habrá de ser idéntica a la de la obra, servicio o suministro que constituya su objeto. Como diferencias importantes con relación a las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) hay que señalar que tanto el ámbito temporal como los cometidos del objeto de las AIE pueden ser y de hecho en la práctica son de mayor duración y contenido, respectivamente, que los de las UTES.
UNIT UNKED:
Instrumento de inversión consistente en un seguro. La
compañía de seguros invierte su capital en varios fondos para conseguir el máximo beneficio. Los asegurados que utilizan este tipo de inversión pueden cambiar de un
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Diccionario Económico fondo a otro sin perder las ventajas fiscales y sin pagar nuevas comisiones
UNIVERSALIDAD DEL PASIVO:
Principio según el cual
el pasivo de una empresa no está asociado, salvo en casos muy concretos, a elementos específicos de activo, sino que financia la totalidad del activo menos los fondos propios o neto patrimonial.
URBANISMO:
Conjunto de conocimientos y actividades relacionadas con
el planteamiento y gestión del suelo urbano
USO MERCANTIL:
Se considera una fuente del derecho mercantil.
Este nace y se desarrolla a través de un lento proceso de repetición de actos. Se requiere de su aceptación generalizada en el sector o actividad mercantilen la cual se origina.
USURA:
Tipo de interés pagado por el uso del dinero ajeno superior al
establecido por la Ley. Cobrar un tipo de interés superior al máximo legal sobre los préstamos. En su acepción moderna se refiere al cobro "abusivo" o "excesivo" de intereses sobre los prestamos, en relación al nivel corriente de las tasa de interés vigentes en el mercado. Según determinadas concepciones éticas vigentes en el pasado, se proclama la injusticia del cobro de cualquier interés, considerándose que constituía una apropiación indebida de ingresos por parte del prestamista.
USUARIO FINAL:
En el contexto de swaps y otros derivados
extrabursátiles, cualquier parte contratante que no sea el agente de derivados. El usuario puede ser una compañía, una Administración local, una entidad federal, un banco, una compañía de inversiones, un fondo de pensiones o incluso un Estado soberano. El punto clave es que el usuario final está utilizando el derivado para la especulación, cobertura o arbitraje en contraste a crear mercados en instrumentos derivados con objeto de ganar un diferencial entre el tipo de comprador y el de vendedor.
USUFRUCTO:
Derecho real de una persona (usufructuario) para usar y
gozar de una cosa propiedad de otro (nudo propietario), que otorga al usufructuario las facultades de poseer la cosa, usarla y percibir sus frutos, si bien con las limitaciones de conservar su forma y sustancia.
USURPACIÓN: LAROUSSE
Delito consistente en la apropiación de hecho, sin título
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Diccionario Económico legítimo, de una propiedad, de un cargo o de un derecho; con mala fe, violencia o engaño en perjuicio de otro.
UTILIDAD:
Aptitud de un bien o servicio para satisfacer una necesidad
humana. Para Jeremy Bentham, la utilidad es una propiedad que tienen los objetos. Para otros economistas, como William Stanley Jevons y Vilfredo Pareto, la utilidad no es una propiedad de los objetos, sino una cualidad que depende del particular uso que el hombre haga de ellos. El concepto de utilidad es básico en teoría del consumo, una de las tres partes fundamentales de la microeco-nomía (consumo, producción y precios).
UTILIDAD CARDINAL:
Concepto defendido por autores como
Walras y Marshall, según la cual la utilidad es una magnitud exactamente cuantificable, por lo que las utilidades producidas por varios bienes a un consumidor pueden ser comparadas, pero además puede establecerse en qué cuantía difieren unas de otras
UTILIDAD DECRECIENTE:
Relación inversa que se establece
entre la utilidad y las cantidades consumidas de un bien o de una cesta de bienes, de forma que, a medida que aumenta el consumo, disminuye la utilidad que éste proporciona al consumidor.
UTILIDAD ORDINAL:
Concepto defendido por autores como
Pareto y Hicks, según los cuales a la utilidad no se le puede asignar un valor en concreto, pero sí puede ser comparada con otras utilidades de forma que se determine cuál de ellas proporciona mayor satisfacción al consumidor.
UTILIDAD TOTAL:
Satisfacción total que el consumo de una
cantidad dada de un bien proporciona al consumidor. Total utility. Satisfacción total que proporciona el consumo de una determinada cantidad de un bien o un conjunto de bienes. La función de la utilidad total tiene un comportamiento ascendente hasta que se llega a un punto de saturación de las necesidades que este bien cubre, de forma que, en ese momento, la utilidad marginal es igual a cero, con lo que la utilidad total decrece a medida que se consumen unidades adicionales.
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Diccionario Económico
V VACANTE:
Cargo o empleo que está sin proveer
VACANTES NO CUBIERTAS:
Cargos o empleos que no se
proveen cuando quedan vacantes
VALE:
Documento interior de la empresa contra el cual se entregan los
materiales necesarios para la fabricación. Documento que se proporciona a la persona que ha de efectuar una entrega para que acredite dicha operación y exija su importe.
VALIDEZ:
Facultad de un documento o acto jurídico por la cual éste produce
todos los efectos que, dada su naturaleza, le son atribuidas por ley.
VALOR A LA PAR:
También conocido como valor de amortización y
como valor nominal, aunque estos términos pueden tener significados diferentes en contextos diferentes. Por lo general, el valor nominal de un bono o una acción preferente. Cuando se usa de esta manera, el valor a la par se estipula por bono o por acción. En el caso de un bono, el valor a la par suele ser 1.000 $, pero puede ser más o menos.
VALOR ACTIVO NETO:
Habitualmente representado por el
acrónimo inglés NAV. La participación proporcional en el valor del activo (menos el pasivo) en cualquier vehículo de inversión mancomunada tal como un fondo de inversión colectiva. Es decir, tomamos el valor de mercado de todo el activo del fondo de inversión colectiva, restamos el valor de mercado de todo el pasivo del fondo de inversión colectiva, y luego dividimos esta diferencia entre el número de acciones del capital suscrito del fondo de inversión colectiva. El resultado es el valor activo neto por acción.
VALOR ACTUAL:
El valor presente (es decir, el valor justo ahora) de
una cantidad de dinero que se va a recibir en alguna fecha futura. El cálculo de un
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Diccionario Económico valor actual requiere el conocimiento, o al menos una estimación, de un cash flow futuro y un tipo apropiado al que descontar el cash flow. El proceso es la función matemática inversa al cálculo de un valor final.
VALOR ACTUAL:
El valor presente (es decir, el valor justo ahora) de
una cantidad de dinero que se va a recibir en alguna fecha futura. El cálculo de un valor actual requiere el conocimiento, o al menos una estimación, de un cash flow futuro y un tipo apropiado al que descontar el cash flow. El proceso es la función matemática inversa al cálculo de un valor final.
VALOR ACTUAL DE RECOGIDA DE INGRESOS: En el contexto de las PERCS y ELKS, el valor actual de la cantidad en la que los rendimientos de las PERCS y ELKS superan el rendimiento de las acciones ordinarias subyacentes
VALOR ACTUAL NETO:
Valor, en un período determinado, de las
corrientes futuras de ingresos netos durante los sucesivos períodos de vida útil de un bien económico. Net present valué. Criterio financiero para el análisis de proyectos de inversión que consiste en determinar el valor actual de los flujos de caja que se esperan en el transcurso de la inversión, tanto de los flujos positivos como de las salidas de capital (incluida la inversión inicial), donde éstas se representan con signo negativo, mediante su descuento a una tasa o coste de capital adecuado al valor temporal del dinero y al riesgo de la inversión. Según este criterio, se recomienda realizar aquellas inversiones cuyo valor actual neto sea positivo.
VALOR ACTUAL NETO (VAN):
Es el valor presente (a
hoy) de los flujos de efectivo de un proyecto descontados a una tasa de interés dada.
VALOR AMORTIZABLE:
Valor de los elementos de activo fijo
que se considera a la hora de determinar las cuotas de amortización de que es necesario dotar a cada ejercicio económico, y que generalmente coincide con el coste de adquisición. En ocasiones, al coste de adquisición se le resta el valor residual.
VALOR AÑADIDO:
Diferencia entre el valor de los outputs y el valor
de los inputs de Una empresa, esto es, diferencia entre el va lor de las ventas y el valor de las compras —imputables a dichas ventas— que la empresa ha realizado. Suma de los sueldos y salarios más los intereses del capital más la renta de los recursos naturales (renta pagada por el arrendamiento de un terreno o el alquiler de
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Diccionario Económico un inmueble.
VALOR ASEGURABLE:
En el campo de los seguros, valor por el
que se suscribe el seguro de un bien después de que éste ha sido evaluado objetivamente.
VALOR BURSÁTIL DE LA EMPRESA:
El valor que
resulta de multiplicar el precio de una acción por el número total de acciones en circulación (número total de acciones en que el capital social de la empresa se halla subdividido). Como la cotización suele variar de un día para otro, para que el valor bursátil de la empresa tenga una mayor representatividad, más que la cotización en un día concreto se debe tomar el valor medio de las cotizaciones durante un determinado período de tiempo.
VALOR CAPITAL:
Valor actualizado (descontado) del cash-flow que
se espera genere una inversión. Se obtiene por diferencia entre el valor actualizado de la corriente de cobros menos el valor, también actualizado, de la corriente de pagos, incluyendo entre los pagos el desembolso inicial o tamaño de la inversión y entre los cobros su previsible valor residual. Constituye una medida en valor absoluto y actual de la capacidad generadora de renta de una inversión. Sólo conviene realizar aquellas inversiones cuyo valor capital sea positivo, las únicas que le suponen un incremento de riqueza o patrimonio al agente económico que las realiza.
VALOR CATASTRAL:
El valor que un tasador oficial asigna a una
propiedad a efectos de exacción fiscal. Los valores catastrales pueden diferir significativamente del valor real de mercado o del valor tasado y no se pretende que sean un indicador del valor de mercado. (En inglés: assessed value , cadastral value ) Valor, generalmente inferior al de mercado, al que los bienes inmuebles rústicos y urbanos están registrados en el catastro o padrón municipal, y que está integrado por los valores del suelo y de las construcciones, corregido por un factor en función de la relación entre el óptimo aprovechamiento del suelo y el tipo de edificación sobre él. Con esta base se realiza el cálculo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
VALOR CONTABLE DE LA EMPRESA:
También
llamado valor matemático, es el valor de la empresa según balance, que viene dado por la diferencia entre el activo y el pasivo exigible o valor del neto patrimonial. En el lenguaje corriente el concepto de valor contable de la empresa se identifica con el de valor sustancial neto. (Véase Valor sustancial de la empresa.)
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Diccionario Económico
VALOR DE CAMBIO:
Capacidad de compra de un bien. Cantidad
de otro bien que puede ser adquirida a cambio de dicho bien. Se le contrapone en economía al concepto de valor de uso: utilidad o aptitud de los bienes para satisfacer necesidades humanas. El valor de cambio surge con la división social del trabajo y el desarrollo de la economía especializada de intercambio. No siempre los bienes de mayor valor de uso son los que tienen un mayor valor de cambio.
VALOR DE CONVERSIÓN:
El valor de las acciones ordinarias
representadas por cada convertible. El valor de conversión se calcula multiplicando el precio de las acciones ordinarias subyacentes por la ratio de conversión. Con respecto a los bonos convertibles, se debe dividir el valor de conversión por 10, ya que los precios de los bonos se cotizan por cientos y no por miles.
VALOR DE COTIZACIÓN:
Es el producto de la cotización en
enteros por el valor del entero. También se puede calcular multiplicando el valor nominal del valor por la centésima parte de la cotización en enteros.
VALOR DE INVERSIÓN:
El valor de un título convertible por
debajo del cual su precio no debe caer independientemente de una bajada del valor de las acciones ordinarias subyacentes. Este es el valor que tendría el instrumento en ausencia del privilegio de conversión. Por ejemplo, un bono convertible tiene cierto valor mínimo basado en su valor como bono directo. Éste es una función de su cupón, vencimiento y las rentabilidades de los bonos directos de riesgo comparable. Cuando el título convertible es un bono convertible, el valor de la inversión frecuentemente se denomina valor del bono del convertible.
VALORES QUE NO PAGAN DIVIDENDO:
Valores
que no pagan un dividendo. Ciertos modelos de valoración de opciones sobre acciones se basan en la suposición de que las acciones subyacentes no pagan dividendo.
VEGA:
una de las griegas de las opciones. Vega se define como el importe en
unidades monetarias del cambio de precio de una opción que sería resultado de un cambio en la volatilidad implícita del precio del activo subyacente. La volatilidad se mide como la desviación típica del cambio de precio en porcentaje anual compuesto continuamente. La vega de una opción se va haciendo más pequeña a medida que la opción se aproxima más a su vencimiento. La vega se conoce también como ¡cappa y a veces se denomina lámbela y sigma. Desviación estándar analizada del porcentaje de cambios diarios en los precios. Es una variable que expresa la volatilidad, es decir, el cambio del precio durante un
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Diccionario Económico determinado período de tiempo.
VEGA NEUTRAL:
Una referencia a una cartera de opciones que se ha
cubierto contra el riesgo vega de tal manera que un cambio en la volatilidad implícita del activo subyacente no produzca un cambio en el valor de la cartera de opciones.
VENCIMIENTO:
Cumplimiento del plazo de una deuda u obligación.
Maturity. En un contexto jurídico, fecha en que ha de cumplirse una obligación o en que se concluyen los términos estipulados por los contratantes o los concedidos por la ley para el ejercicio de la obligación o de ciertos derechos.
VENCIMIENTO DE MEDIA PONDERADA:
Se
puede usar tanto para una cartera de bonos como para un agrupamiento de hipotecas. Es el vencimiento medio de la cartera o agrupamiento formado a base de tomar el plazo restante hasta el vencimiento de cada uno de los componentes de la cartera o agrupamiento y ponderándolos por el valor a la par o principal pendiente como porcentaje del valor total a la par de la cartera o del principal total pendiente de las hipotecas.
VENDEDOR:
El que traspasa a otro por el precio convenido la propiedad
de algo que posee. Seller. Persona que, en una operación de compraventa, enajena el bien o derecho que adquiere el comprador.
VENDEDOR A COMISIÓN:
Vendedor que recibe un
porcentaje previamente establecido por unidad vendida o por objetivo alcanzado.
VENDEDOR DE UNA OPCIÓN:
Persona que vende una
opción y asume, en consecuencia, la obligación de vender o comprar el activo subyacente al que se refiere la opción, si ésta es ejercida por su comprador.
VENDÍ:
Documento que acredita que el accionista de una sociedad ha vendido
determinado número de acciones a un comprador concreto.
VENTA:
Acción en virtud de la cual se transfiere a alguien una cosa propia por
el precio pactado. Sale.
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Diccionario Económico Operación mediante la cual una persona transmite la propiedad que tiene sobre un bien o derecho a otra a cambio de un precio determinado.
VENTANA AMERICANA:
Un híbrido entre una opción de tipo
europeo y una opción de tipo americano. Este tipo de opción permite que el titular ejerza la opción durante un período de tiempo limitado (la ventana), que por lo general es hacia el final de la vigencia de la opción. La ventana es mayor que el muy limitado período de ejercicio de una opción de tipo europeo, pero más corta que toda la vigencia de la opción, como en las opciones de tipo americano.
VENTA A COMISIÓN:
La entidad vendedora actúa como
intermediaria entre la empresa emisora de valores y el público, percibiendo comisión por los títulos vendidos.
VENTA A CRÉDITO:
Venta en la que el pago se realiza después de
la transferencia física del bien. El plazo normal de pago depende del sector de actividad y de la relación de fuerza entre fabricantes y distribuidores. Los plazos más habituales son los de treinta, cuarenta y cinco, sesenta y noventa días.
VENTA A PLAZOS:
Contrato por el que, a cambio de la entrega de
los bienes, se acuerda realizar el pago de los mismos en momento o momentos determinados, posteriores a la venta. Hire-purchase. Instalment plan. Modalidad de venta a crédito, en la que el precio del bien o servicio se recibe de forma fraccionada en cantidades previamente estipuladas.
VENTA AL CONTADO:
Venta en la que las obligaciones
recíprocas de los contratantes deben consumarse en el mismo momento de la celebración del contrato de venta.
VENTA AL POR MAYOR:
Venta de mercancías por parte del
mayorista a los minoristas o detallistas en cantidades importantes.
VENTA AL POR MENOR:
Venta de mercancías por parte del
minorista o detallista a los consumidores finales en pequeñas cantidades.
VENTAS:
Cantidad que una empresa factura a sus clientes por los bienes
vendidos o servicios prestados. Según el Plan General de Contabilidad, las ventas se deben registrar sin incluir los impuestos que gravan estas operaciones. Los descuentos, bonificaciones y rebajas incluidos en la factura serán deducidos del
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Diccionario Económico importe de la venta, excepto los descuentos por pronto pago. El resto de gastos inherentes a la venta (transportes, publicidad, etc.) así como los descuentos por pronto pago se contabilizan en cuentas de gastos.
VENTAS CORTAS:
l) Respecto a valores, la venta de valores
tomados a préstamo. 2) Respecto a opciones y futuros, la creación de una posición por medio de la venta del instrumento.
VENTAS SIMBÓLICAS:
Los inversores frecuentemente tienen
un marcado incentivo fiscal para no vender una posición en un título cuyo valor ha aumentado notablemente a pesar de que no deseen mantener durante más tiempo la posición, bien porque el riesgo esté demasiado concentrado o porque ya no consideran que esos valores sean una buena inversión. Los ingenieros financieros han diseñado una amplia variedad de instrumentos y estrategias para generar un resultado que desde el punto de vista económico sea equivalente a una venta sin que llegue a producirse la venta real de los valores. Frecuentemente esto se consigue utilizando swaps de valores o una combinación de opciones. A fin de reducir la capacidad de utilización por los contribuyentes de estrategias como éstas para evitar que les graven las ganancias de capital, el Congreso de EE.UU. aprobó unas reglas sobre ventas simbólicas que, esencialmente, trataban una estructura o estrategia destinada a ser económicamente equivalente a una venta como si la venta se hubiera producido de verdad.
VIABILIDAD:
Probabilidad de que un proyecto, dadas sus
circunstancias, pueda llevarse a cabo. Viability. Feasability. Conclusión a la que se llega acerca de las posibilidades de llevar a cabo un proyecto de inversión, del que, tras ser sometido a estudio, se puede garantizar su rentabilidad a largo plazo
VICEPRESIDENTE:
Persona que en una organización asume las
facultades del presidente en su ausencia. Respecto a sus funciones, suele ser también el segundo en importancia, después del presidente, si bien esto varía dependiendo de la organización jerárquica de cada sociedad.
VIDA ECONÓMICA:
Referida generalmente a los equipos
industriales, la vida económica de una máquina es aquella duración que desde el punto de vista económico a la empresa le resulta más conveniente, bien sea porque le reporta un valor actualizado neto (valor capital) máximo o un coste anual medio mínimo. Para la determinación de vida o duración óptima de un equipo industrial se
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Diccionario Económico han formulado numerosos modelos matemáticos, generalmente de naturaleza estadística o econométrica, que responden a situaciones económicas diversas. Duración de la utilidad económica de un bien. Economic Ufe. Número de años de funcionamiento de una elemento del inmovilizado, tanto material como inmaterial, durante los que la empresa considera la inversión rentable desde un punto de vista meramente económico. El bien dejará de ser rentable por ser deficiente o quedarse obsoleto.
VIDA TÉCNICA:
Referida generalmente a los equipos industriales, se
denomina vida técnica o vida útil de una máquina al número de años que se estima que la misma podrá funcionar normalmente. Por tratarse de una estimación que se formula ex ante o a prio-ri, la vida técnica de un equipo industrial nunca podrá conocerse con exactitud. Tomando como base la experiencia y las características técnicas siempre se podrá formar una idea, aproximada al menos, de cuál va a ser (salvo imprevistos) la duración de un equipo industrial. La vida técnica no siempre coincide con la vida económica. La vida técnica se puede alargar, aumentando los gastos de conservación y reparación, o acortar, según convenga. Se denomina vida económica de un equipo industrial a aquella duración que, desde el punto de vista estrictamente económico, a la empresa le resulta más beneficiosa, bien sea porque le reporta un valor actualizado neto (valor capital) máximo o un coste anual medio mínimo.
VÍNCULO JURÍDICO:
Nexo o relación que produce efectos
jurídicos entre los individuos o entre las personas y bienes a los que afecta. Así, por ejemplo, el deudor queda ligado al acreedor hasta que haga efectiva su deuda por la prestación recibida.
VOCAL:
Persona que por sufragio, nombramiento o por derecho goza de voz y
voto en un consejo, convención o junta.
VOL:
Tal como se usa en la determinación de precio de las opciones, una vol es
la desviación típica del porcentaje anual de cambio compuesto continuamente. Dado que la vol es un porcentaje, lo correcto es decir, por ejemplo, la vol es 13%. Sin embargo la costumbre del mercado ha dado en prescindir del símbolo del% y limitarse a decir, por ejemplo, «la vol es 13», en cuyo caso se da por sobreentendido el porcentaje. Nota: vol se deriva del término unidad de volatilidad.
VOLATILIDAD:
Una medida de la frecuencia e intensidad de los
cambios del precio de un activo o de un tipo. La volatilidad se puede medir de muchas maneras pero, a efectos de valorar una opción o un instrumento que
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Diccionario Económico contenga una opción incorporada, la volatilidad se mide normalmente como desviación típica del porcentaje anual de cambio cuando ese porcentaje se compone continuamente.
VOLATILIDAD EN CORTO:
Cualquier posición en la que su
tomador se beneficiará de un descenso de la volatilidad implícita del precio de un activo. En la mayoría de los casos, esto significa que la parte está corta neta en opciones. Cuando desciende la volatilidad implícita, el valor de las opciones desciende. De seguir igual todas las demás cosas, el tomador de una posición corta se beneficiará, por lo general, del descenso del valor de las opciones. El efecto de la volatilidad en los precios de las opciones se mide con una métrica conocida como vega. De aquí que la volatilidad en corto se suela denominar frecuentemente vega en corto.
VOLUMEN COMERCIAL:
Cantidad de transacciones comerciales
que se producen en un determinado período de tiempo entre dos unidades económicas; por ejemplo, entre dos países.
VOLUMEN DE CONTRATACIÓN:
En los mercados de
valores, el total de títulos que se contratan en un día o en un intervalo de tiempo y su equivalente en efectivo. Referido a un solo título de una empresa o a una cartera, cantidades de ese título o cartera que se han negociado (comprado y vendido) en la jornada. Se puede aplicar también a la cantidad de transacciones contratadas en cualquier otro tipo de mercado público, como el mercado interbancario.
VOLUMEN DE NEGOCIOS:
Cifra que recoge las ventas o
prestación de servicios realizados por una determinada empresa. Proporciona una idea de la trascendencia que tiene en el sector en el que opera y de la cantidad de dinero que mueve. También puede referirse al volumen de ventas de todo un sector económico.
VOLUMEN DE VENTAS:
Cifra de ventas realizada durante un
determinado período de tiempo en términos monetarios. Turnover. Cifra que recoge las ventas que durante determinado período de tiempo se han producido en una empresa.
VOLUMEN EFECTIVO:
Es la suma de los importes por los que se
han realizado las transacciones de los títulos negociados en una sesión de bolsa y del total negociado en el año en curso.
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Diccionario Económico
VOLUMEN NOMINAL:
Es la suma del valor nominal de los títulos
negociados en una sesión de bolsa y del total negociado en el año en curso.
VOTACIÓN:
Proceso mediante el cual un grupo de personas dan su
opinión acerca de un asunto. También recibe este nombre el conjunto de votos emitidos.
VOTO:
Expresión formal de la elección u opinión de una persona. Es uno de los
derechos que confiere la acción a los accionistas, y consiste en el derecho a asistir a las juntas generales de la sociedad y a votar en ellas. El voto es proporcional a la participación en el capital social, y es la forma que tiene el accionista de intervenir en la toma de las decisiones sociales
VOZ:
Derecho de una persona a expresar su opinión acerca de un tema
determinado, opinión que no tiene por qué ser vinculante a la hora de resolver el asunto tratado.
VPB:
Parámetro de gestión. Valor de 1 punto básico. Costo adicional de la
cobertura en caso de subida de 0,01 % del tipo de interés.
w WAGNER :
Ley formulada por el economista alemán Adolf Wagner (1835-
1917), según la cual el crecimiento de las actividades del Estado (del gasto público, en definitiva) es consecuencia ineludible del mayor bienestar o progreso económico y social que acompaña a una creciente industrialización. También se le conoce bajo la denominación de ley de las actividades crecientes del Estado
WALL STREET:
Mercado de valores de Nueva York, situado en la calle de
este nombre. Wall Street. Calle de Nueva York donde están situadas la Bolsa y muchas de las instituciones
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Diccionario Económico financieras. Por estar en ella localizada la Bolsa de Valores, en numerosas ocasiones se designa a esta organización con el nombre de la calle. Calle de Nueva York donde se hallan las principales entidades del mercado financiero, constituyendo uno de los centros de decisiones económicas más importantes de EE. UU. y del mundo. Nombre común con el que se designa al distrito financiero de la ciudad de Nueva York.
WALL STREET RULE:
Según la denominada Regla Wall Street, lo
que uno debe hacer es vender en Bolsa sus acciones cuando ha perdido su confianza en los directivos de la empresa que las emitió
WARRANT ANTICAÍDA:
Un warrant similar al de compra
vinculado a un índice en el que el precio de ejercicio es igual a la menor de estas dos cifras: el valor del índice a la emisión o el valor del índice en una fecha específica del futuro. Esencialmente hemos de echar la vista atrás para Ver qué valor del índice fue el más bajo a fin de determinar el ejercicio. Ver opciones retrospectivas para una descripción más general de los instrumentos con características retrospectivas.
WARRANT DE VALORES:
Una opción para comprar los valores
de una compañía y que normalmente emite la compañía sobre cuyas acciones se emite. Los warrants frecuentemente se unen a un bono como estímulo con objeto de vender el bono con un tipo de cupón inferior. Los warrants suelen tener vencimientos considerablemente más largos en el momento de la emisión que las opciones de compra.
WARRANTS:
El equivalente económico a poseer el activo subyacente en
forma de opciones a largo plazo que se pueden emitir de forma privada o registrar para su contratación en Bolsas de valores de cualquier parte del mundo. Al contrario que las opciones normales admitidas a contratación que están garantizadas por una bolsa o cámara de compensación, los warrants están respaldados por el crédito del emisor. Los warrants se suelen vender como parte de un paquete que podría contener acciones ordinarias y warrants, o un bono y warrants. Cuando se venden como un paquete, los warrants suelen ser separables (es decir, se pueden separar de los otros componentes del paquete y contratarse por separado).
WEBS:
Acrónimo inglés de acciones de referencia para renta variable a escala
mundial. Son similares en diseño a las SPDR pero están basadas en el índice mundial
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Diccionario Económico de renta variable de Morgan Stanley y permiten que un inversor negocie con un referente mundial como una sola unidad.
WHITE KNIGHT:
Expresión inglesa con la que se designa a la persona
a la que recurre una empresa cuando se enfrenta a una OPA hostil, para que sea aquella, y no el tiburón, la que se haga con su control, ya que supone que va a actuar de forma más favorable para sus intereses. Habitualmente, a pesar de estar prohibido, la empresa atacada le suele proporcionar información privilegiada para conseguir que pague un precio alto por las acciones.
WILLIAMSON:
Oliver E. Williamson (1975, 1981) sostiene quelas
empresas conglomeradas tipo M pueden crear en su interior mercados de capitales más eficientes que los externos. Los altos directivos de dichas empresas conocen las oportunidades de inversión que se le presentan y pueden ejercer un control más efectivo sobre el uso del capital. Las empresas conglomeradas tipo M realizan una asignación de capital a usos productivos más eficiente que el propio mercado financiero. Las empresas conglomeradas tipo M son en realidad, según Williamson, mercados de capital en miniatura.
WORKING CAPITAL:
Expresión inglesa utilizada con frecuencia en
España que hace referencia al fondo de maniobra o capital de trabajo
Y YANKEE:
Término inglés con el que se designan los bonos emitidos en dólares
en Estados Unidos por empresas o entidades prestatarias no residentes en el país y que cotizan en el euromercado
YEN :
Moneda correspondiente al Japón que por la importancia de su economía
tiene gran relevancia en los mercados internacionales de divisas y en operaciones financieras internacionales
YIELD:
Término anglosajón equivalente a rendimiento de una inversión.//
Designa también la rentabilidad por dividendo de una acción cotizada y se aplica la siguiente fórmula:
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Diccionario Económico Rentabilidad por dividendo = (dividendo bruto total/cotización de la acción ) x 100
YIELD TO MATURITY:
Rendimiento obtenido de un valor detenta
fija cuando se mantiene hasta la fecha de maduración, el cual será mayor que el rendimiento actual si es vendido con descuento, y menor si es vendido con prima.
YUPI:
Del inglés Young Urban Professio-nal. Joven profesional urbano, bien
situado normalmente, que ama sobre todo la buena vida y la seguridad en el trabajo. Prototipo de joven profesional triunfador, consumista y conservador. Son los hijos más brillantes del Estado de bienestar que suelen encontrar acomodo en los puestos directivos de las grandes empresas multinacionales y desde ahí, muchos de ellos, aunque generalmente de forma ocasional, saltan a la política.
YUPPY:
Del inglés «Young Urban Professional». Este término, puesto de moda
durante los años ochenta, se utiliza para designar a aquellos jóvenes ejecutivos de carácter ambicioso que tienen una alta cualificación, unos ingresos elevados y buscan obtener un gran prestigio en su trabajo.
z ZAITECH:
Práctica por la que las empresas invierten sus excedentes de
liquidez, o los recursos obtenidos mediante financiación, en valores de otras sociedades con el propósito exclusivo de obtener beneficio de la transacción.
ZETA:
El importe en unidades monetarias en que cambia el precio de la opción
debido al paso del tiempo. Esto es, a medida que pasa el tiempo y se acorta el tiempo que falta para el vencimiento de la opción, ésta pierde valor. Esta pérdida de valor se mide como la zeta de la opción. La zeta es una de las medidas de riesgo asociadas con las opciones. Colectivamente, estas medidas del riesgo componen las griegas de la opción.
ZONA DE ATRACCIÓN:
Área geográfica sobre cuyos habitantes
ejerce influencia un determinado establecimiento. La dimensión del radio de atracción depende de varios factores, tales como la clase de establecimiento (centro médico, tienda, colegio, etc.), la competencia, las facilidades de acceso, el hábito de compra,
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Diccionario Económico etcétera
ZONA DE LA LIBRA:
Área del mundo en la que la libra esterlina es
la principal moneda empleada en el comercio
ZONA DE LIBRE COMERCIO:
Acuerdo entre varios países
para eliminar los aranceles y demás restricciones al comercio entre ellos, pero manteniendo aranceles nacionales diferentes frente a terceros países. Un ejemplo característico de zona de libre comercio lo constituye la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA). (Véase Integración económica internacional.) Grado de integración de países que supone un paso más respecto al sistema de preferencias aduaneras o régimen preferencial, y que consiste en la eliminación total de las barreras al comercio existentes entre los países firmantes del acuerdo, pero con el mantenimiento por parte de cada uno de ellos de su propia tarifa frente a terceros países.
ZONA DE VENTA:
Área, en la que actúa un vendedor en concreto o un
grupo de ellos, fijada según criterios diversos (geográficos, demográficos, comerciales, etc.). La zona de venta puede dividirse en distintas rutas.
ZONA FRANCA:
Extensión de terreno situada en el litoral, en cuyo
recinto entran las mercancías con exención de deudas arancelarias, pueden efectuarse operaciones e instalarse industrias. Customs-free área.
Territorio de un país claramente delimitado, generalmente situado en el litoral, y con puerto propio o cercano, en el que pueden entrar mercancías sin tener que pagar derechos de aduana, y en el que pueden establecerse todo tipo de industrias con la única condición de que no perjudiquen a la economía nacional.
ZONA MONETARIA:
Conjunto de países agrupados en torno a un
país central que convienen en mantener una paridad fija entre sus monedas, en la convertibilidad de éstas y en poner en común sus reservas de cambio. Currency área. Territorio que generalmente abarca a varios países, los cuales establecen unas relaciones monetarias especiales; bien adoptando una moneda única o un sistema de paridades entre sus monedas. Un buen ejemplo es el Sistema Monetario Europeo.
ZUR:
Zonas de Urgente Reindustrialización, completadas luego con las Zonas de
Promoción Económica y las Zonas Industriales en Declive. Nuevo instrumento de la
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Diccionario Económico política de reconversión industrial puesto en práctica en España en 1983, al objeto de promover la creación de nuevas industrias en aquellas zonas más directamente afectadas por la reconversión, que supuso una disminución drástica de la capacidad productiva y el grado de ocupación de muchas de las industrias tradicionales. A las empresas que se instalasen en un área declarada ZUR se les concedían subvenciones y beneficios fiscales y crediticios. (Véase Industrias de interés preferente.)
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