garanas4 lo anerior p$ede ser por ignorancia o incorreca inerpreacin de la Le0 de pare del 9$e#oso@ la inco!peencia se planea de o*icio o a insancia de pare enra a9$ la s$plencia del Cdigo ederales de Procedi!ienos Ci:iles4 a la Le0 de A!paro4 de ac$erdo al ar. 2. C$ando se planea a peicin de pare procede por declinaoria 0 por in?i/ioria. PO6 DECLINATO6IA. Se planea al #$e( de disrio 9$e las pares consideran inco!peene para 9$e decline s$ #$risdiccin 0 re!ia al #$e( 9$e se considera co!peene para 9$e ra!ie 0 res$el:a el as$no en c$esin. Ar. '2 L.A. PO6 INIGITO6IA. R$e se planea ane el rgano 9$e se considera co!peene para 9$e solicie al oro ri/$nal4 le re!ia el e8pediene del #$icio de a!paro4 por 9$e inco!peene. La Le0 planea 0a la sol$cin de los posi/les con*licos de co!peencia 9$e se p$edan dar enre di:ersos ri/$nales *ederales4 del Poder $dicial de la ederacin Es rele:ane la lec$ra del capi$lo de la s$/sanciacin de las co!peencias pre:isas en el C. . P. C del ar. 3% al 3&. Ar. 3%. Las coniendas de co!peencias podr-n pro!o:erse por in?i/iorio 0 por declinaoria. La in?i/ioria se inenar- ane el #$e( o ri/$nal a 9$ien se considere co!peene4 pidi;ndole 9$e diri#a o*icio al 9$e se esi!a no serlo4 para 9$e se in?i/a 0 le re!ia los a$os. La declinaoria se pro!o:er- ane el #$e( o Tri/$nal a 9$ien se considere inco!peene4 pidi;ndole 9$e res$el:a4 no conocer del negocio4 0 re!ia los a$os
al enido por co!peene. La declinaoria se pro!o:er- 0 s$/sanciar- en *or!a incidenal. CONLICTOS ENT6E LA SHP6EMA CO6TE 5 T6IGHNALES COLEIADOS 1. a0 $na crica al s$p$eso del arc$lo %+ de la Le0 de A!paro respeco al a!paro direco4 en donde de plano se declara la inco!peencia. 2. Si el a!paro indireco se presena ane la S. C.. a ra:;s de $n ac$erdo se declara inco!peene de plano 0 se re!ie al #$(gado de disrio co!peene4 seg7n el ar. %+ seg$ndo p-rra*o. El #$e( de disrio no o/#ea s$ co!peencia a e8cepcin del ar. '1. 3. De ac$erdo al ar. %+ si el a!paro indireco se presena al Colegiado4 ese se declara inco!peene de plano 0 re!ie la de!anda 0 ane8os al #$e( de disrio 9$e considera co!peene4 9$ien no o/#ea s$ co!peencia4 ar. '2. %. El ar. %& pre:; los con*licos de co!peencia enre las Salas de la S. C. . en el a!paro direco4 en la re:isin4 con*or!e a los arc$los 1,+ *rac. B111 0 14 ar. 21 de la L. O. P. . . CHESTIONES ENT6E T6IGHNALES COLEIADOS Con*or!e AL arc$lo %& /is4 esos con*licos se s$ceden en dos casos 1.
C$ando $n T. C. C. iene conoci!ieno de 9$e $n a!paro direco esa
conociendo oro $rna a la sala el a!paro4 para 9$e esa res$el:a 0 se s$spende el procedi!ieno. 2. El T. C. C de o*icio $rna al oro T. C. C. El a!paro direco para 9$e lo ra!ie 0 res$el:a por9$e lo considera co!peene.
;
CHESTIONES ENT6E HECES DE DIST6ITO. Presena!os res s$p$esos a
Por c$esin de la !aeria4 el a!paro ind. Se presena ane el #$e( de disrio 9$e especiali(ado por !aeria 9$e no le no le corresponde conocer4 lo re!ie al 9$e considera co!peene sin ad!iirlo ni resol:er acerca de la s$spensin4 ar. ', de la L.A.
/
El caso de liispendencia 9$e esa/lece el ar. '1@ de ac$erdo a ese s$p$eso4 se raa de dos #$icios de a!paro 9$e se es-n ra!iando por el !is!o 9$e#oso4 conra la !is!a a$oridad responsa/le 0 el !is!o aco recla!ado4 el o/#eo es resol:er c$al de los #$eces de disrio de/e resol:er4 si son e8pedienes o as$nos disinos a!/os de/en resol:er4 si se raa del !is!o as$nos4 res$el:e el 9$e originaria!ene esa conociendo del a!paro 0 so/resee el oro #$icio@ 0 no e8ise ac$!$lacin
'@
La ercera ?ipesis se enc$enra pre:isa en el s$p$eso del ar. '24 Si $n #$e( de disrio reci/e la de!anda de garanas 0 se considera inco!peene as se declara de Plano4 !ediane $n ac$erdo 0 la co!$nica al 9$e considera co!peene@ el #$e( re9$erido res$el:e en c$arena 0 oc?o ?oras si lo acepa o no4 si lo acepa lo co!$nicar- al re9$iriene para 9$e le re!ia los a$os4 pre:ia noi*icacin a las pares 0 a la S. C. .@ si se niega a aceparlo lo ?ar- sa/er al re9$iriene4 9$ien de/er- resol:er en c$arena 0 oc?o ?oras si insise o no en declinar s$ co!peencia4 si no insise se li!iar- a co!$nicarlo al re9$erido4 dando por er!inado el incidene.
Si se raa de #$eces de disrio 9$e no sean de la #$risdiccin de $n !is!o ri/$nal Colegiado de Circ$io4 el #$e( re9$iriene el #$e( de los a$os re!iir- los a$os a la Core4 dando a:iso al #$e( re9$erido4 para 9$e e8ponga lo 9$e a s$ iner;s con:enga.
6eci/idos los a$os 0 el o*icio del #$e( re9$erido en la Core o Tri/$nal Colegiado4 se ra!iar- el e8pediene con a$diencia del M. P. 0 se res$el:e denro de oc?o das sig$ienes4 p$diendo declarar co!peene a oro #$e( disrio Tene!os co!o disposiciones co!ple!enarias los arc$los 3)4 %24 '34 '%4 ''4 0 ')4 a si co!o la s$plencia del Cdigo ederal de Procedi!ieno Ci:iles@ se reco!ienda la lec$ra del cap$lo de la co!peencia de ese ordena!ieno4 co!o el ar. 1+ 9$e e8presa Es n$lo de Pleno derec?o odo lo ac$ado por el Tri/$nal 9$e *$ere declarado inco!peene. Sal:o disposicin conraria a la Le0. En los casos de co!peencia s$per:eniene la n$lidad slo opera a parir del !o!eno en 9$e so/re:ino la inco!peencia. No o/sane esa n$lidad4 las pares p$eden con:enir en reconocer co!o :-lidas odas o alg$nas de las ac$aciones pracicadas por el Tri/$nal declarado inco!peene. 6eglas *$nda!enales de las c$esiones de co!peencia. Ar 3). >C$ando con*or!e a las prescripciones de esa Le0 sean co!peenes los #$eces de disrio para conocer de $n #$icio de A!paro4 lo ser- a9$el en c$0a #$risdiccin de/a ener e#ec$cin4 rae de e#ec$arse4 se e#ec$e o se ?a0a e#ec$ado el aco recla!ado. Si el aco ?a co!en(ado a e#ec$arse en $n disrio 0 sig$e e#ec$-ndose4 en oro4 c$al9$iera de los #$eces de esas #$risdicciones4 a pre:encin4 ser- co!peene. Es co!peene el #$e( de disrio en c$0a #$risdiccin resida la a$oridad 9$e ?$/iese dicado la resol$cin recla!ada4 c$ando esa no re9$iere e#ec$cin !aerial. Ar. '3. >L$ego 9$e se s$scie $na c$esin de co!peencia las a$oridades conendienes s$spender-n odo procedi!ieno4 ?ec?a e8cepcin del incidene de s$spensin4 9$e se conin$ar- ra!iando ?asa s$ resol$cin 0 de/ida e#ec$cin.
!0
Ar. '%. >Ad!iida la de!anda de a!paro ning7n #$e( de disrio podr- declararse inco!peene para conocer del #$icio anes de resol:er so/re la procedencia de la s$spensin de*inii:a. En los casos de nooria inco!peencia del #$e( de disrio ane 9$ien se presene la de!anda4 el #$e( se li!iar- a pro:eer so/re la s$spensin pro:isional o de o*icio c$ando se rae de acos de los !encionados en el ar.1+4 re!iiendo4 sin pro:eer so/re la ad!isin de la de!anda4 los a$os al #$e( de disrio 9$e considere co!peene. $era de esos casos4 reci/ida la de!anda4 el $e( de disrio4 sin pro:eer so/re s$ ad!isin 0 sin s$/sanciar incidene de s$spensin la re!iir- con s$s ane8os al #$e( de disrio 9$e corresponda.
"
.
CAPÍTHLO B LOS PLAOS EN EL AMPA6O. 1. Caso. El pla(o para inerponer la de!anda de garanas es de 1' das 9$e4 >se conar-4 desde el da sig$iene al en 9$e ?a0a s$rido e*ecos con*or!e a la Le0 del aco4 la noi*icacin al 9$e#oso de la resol$cin o ac$erdo 9$e recla!e@ al en 9$e ?a0a enido conoci!ieno de ellos o de s$ e#ec$cin o al en 9$e se ?$/iese osenado sa/edor de los !is!os. Ar.21 i!p$gnar el Ac$erdo de e8radicin4 de la Secreara de 6elaciones E8eriores4 el 9$e#oso iene el pla(o de 1' das.
A#"))$/* G$#'&$. C$#)*+, O?,C%, 7, 2
!1
2. Caso. A parir de la :igencia de $na Le04 el pla(o es de 3, das4 para i!p$gnarla. ar. 22 *rac. I 3. Caso. C$ando se raa de acos 9$e i!poren peligro de pri:acin de la :ida4 aa9$es a la li/erad personal Q en #$icio o *$era de ;l deporacin4 desierro4 acos pro?i/idos por el ar. 22 Consi$cional@ en c$al9$ier ie!po. Ar. 22 *rac. II. %. Caso. C$ando se raa de senencias de*inii:as4 la$dos o resol$ciones 9$e ponen *in al #$icio4 0 el 9$e#oso no ?a sido ciado legal!ene4 iene el pla(o de ", das4 si reside *$era del l$gar del #$icio pero4 denro de la 6ep7/lica4 0 1&, das si reside *$era de ella. 22 *rac. III. '. Caso. Acos 9$e a*ecen derec?os agrarios4 de e#idos o co!$nidades el pla(o para la de!anda de a!paro es en c$al9$ier ie!po4 ar. 21+ ). Caso. Si se raa de acos 9$e per#$di9$en derec?os indi:id$ales de los e#idaarios o co!$neros4 3, das ar. 21& L. A. 1, E8ise $na di:isin de pla(os en la docrina4 se e8ponen los !-s rele:anes. a P6EHDICIALES= Ese pla(o corre anes de iniciar el #$icio4 seg7n los arc$los 214 22421+4 0 21&. L. A. / HDICIALES= Son a9$ellos 9$e se dan denro del #$icio 0 para odas las pares incl$0endo al $e(. c
POSTHDICIALES= Son a9$ellos 9$e ene!os poserior al dicado de la
senencia de*inii:a o d$rane el incidene de e#ec$cin de senencia d P6O66OAGLES= Son a9$ellos pla(os 9$e p$eden a!pliarse4 co!o el 9$e se re*iere a la o/ligacin de conesar el in*or!e #$si*icado de la a$oridad responsa/le4 ar. 1%". e.ATALES= Son los pla(os esa/lecidos por la Le0 0 por el $(gador4 $na :e( *enecidos4 las pares pierden el derec?o 9$e $:ieron para ?acerlo :aler4 por lo 9$e 10
C<#. =(#>*$ I>/$'*, O?,C%.
!2
les per#$dica Co!o el pla(o de o*reci!ieno de pr$e/as o de ?acer :aler los rec$rsos pre:isos por la Le0. DÍAS 5 O6AS UGILES EN EL AMPA6O. Son das ?-/iles a9$ellos en 9$e el Tri/$nal reali(a s$s *$nciones de *or!a nor!al4 esos das son seg7n el ar. 23 .L.A. 0 1)3 L.O.P... Los sig$ienes. 1. De enero da de a
De oc$/re da de la ra(a
2, de no:ie!/re ani:ersario de la 6e:ol$cin Me8icana 11 Ar. 23 >Son das ?-/iles para la pro!ocin4 s$/sanciacin 0 resol$cin de los #$icios de a!paro4 odos los das del a
11
C<#. D") C$+%))* 5") V$))".A)?"#%*, L" 5" A67$#* '*6"/%$5$, E5.(#&5'$+ A)6$,M9:'*, 200,7,12
!
Para los e*ecos de ;sa disposicin4 los #e*es 0 encargados de las o*icinas de correos 0 el;gra*os4 esar-n o/ligados a reci/ir 0 rans!iir4 sin coso alg$no para los ineresados ni para el go/ierno4 los !ensa#es en 9$e se de!ande a!paro por alg$no de los acos en$nciados4 as co!o los !ensa#es 0 o*icios 9$e e8pidan las a$oridades 9$e cono(can de la s$spensin4 a7n *$era de las ?oras del despac?o 0 a7n c$ando e8isan disposiciones en conrario de las a$oridades ad!inisrai:as. La in*raccin de lo pre:enido en ese p-rra*o se sancionar- con la sancin 9$e el Cdigo Penal aplica/le en !aeria *ederal se
Es $n aco #$risdiccional procesal ordenado por la le04 o por el
rgano #$risdiccional4 9$e se ?ace sa/er a las pares o a erceros4 en el #$icio de a!paro4 de/iendo sais*acer los re9$isios legales. 1.
12
Es $n aco #$rdico procesal.
O?,C%,77,1,1;
!!
2.
La noi*icacin s$re s$s e*ecos legales se enc$enre o no la persona4 se enere o no4 ar .2& *rac. III
.
Es $n aco #$rdico 9$e la le0 o el #$e( ordena.
!.
La noi*icacin de/e c$!plir con re9$isios para 9$e s$ra s$s e*ecos.
.
El o/#eo es ?acer sa/er a las pares4 a erceros4 $n aco procesal.
.
Se noi*ica $na de!anda4 $n incidene4 $na rendicin de c$enas4 el depsio de dinero4 de garana4 de *ian(a4 $n re9$eri!ieno4 $na pre:encin4 los rec$rsos4 ec.
De ac$erdo al ar. 2+ 0 sig$ienes de la L.A. Las noi*icaciones se ?acen por lisa4 por o*icio4 por correo4 por el;gra*os4 se ordena noi*icar al 9$e#oso4 a la a$oridad responsa/le@ al ercero per#$dicado@ al Miniserio P$/lico4 a las personas no pares@ ene!os noi*icaciones personales4 noi*icaciones $rgenes@ se reali(an ane el #$e( de disrio4 Tri/$nales Colegiados 0 la S. C. @ noi*icaciones en el a!paro indireco4 a!paro direco 0 rec$rsos Noi*icaciones por lisa de ac$erdo al ar. 2& *rac. III e#e!.2,J2,,' Pral4 s$ conenido se re*iere al no!/re del 9$e#oso4 a$. responsa/le4 $n e8raco del ac$erdo respeci:o 0 *ec?a@ se re*ieren a la ad!isin de la de!anda4 a la a$diencia consi$cional4 al oorga!ieno de la s$spensin pro:isional ec.
13
LAS NOTIICACIONES AL RHEOSO. De ac$erdo al ar. 2+4 Kc$al es el e*eco s$s alcances de la a$ori(acin 9$e ?ace el 9$e#oso 0 el ercero per#$dicado4 al 9$e#oso se le noi*ica por lisa co!o se desprende de los arc$los 2& *rac. II 0 III4 2" *rac. III@ el #$e( de disrio discrecional!ene p$ede ordenar la noi*icacin al 9$e#oso de !anera $rgene 0 personal4 dependiendo de la na$rale(a del aco recla!ado4 ar. 3,.
1
A#"))$/* G$#'&$. C$#)*+,*?.'%,71.
!
NOTIICACIONES PE6SONALES. Proceden las noi*icaciones personales c$ando el 9$e#oso se enc$enra pri:ado de s$ li/erad4 en los re9$eri!ienos 0 pre:enciones4 ar. 2& *rac. II. LAS NOTIICACIONES A LA AHTO6IDAD 6ESPONSAGLE A esa a$oridad se le noi*ica por o*icio4 por correo4 en los a!paros indireco 0 direco en los casos en 9$e el Tri/$nal Colegiado re!ie al $(gado de disrio esi!onio de la resol$cin o copia ceri*icada con ac$se de reci/o4 arc$los 2& *rac. I4 0 2" *rac. I NOTIICACIONES AL TE6CE6O PE6HDICADO. El ar. 2+4 a$ori(a al 9$e#oso 0 ercero per#$dicado el no!/ra!ieno de apoderados4 represenane4 se le noi*ica por lisa ar. 2& *rac. I4 II III4 2"4 *rac.I4 a!/i;n proceden las noi*icaciones personales re!ii;ndole las copias de la de!anda de a!paro 0 de los rec$rsos 9$e se inerpongan ar. 3, *rac. I.
NOTIICACIONES AL MINISTE6IO PGLICO. Se le noi*ica por lisa4 en c$al9$ier r-!ie o rec$rso4 en el a!paro indireco4 a!paro direco4 ane Tri/$nales Colegiados o Salas de la S$pre!a Core. Al Proc$rador eneral por o*icio4 al Agene del Miniserio P7/lico ederal adscrio a los Tri/$nales Colegiados se les noi*ica por o*icio en el pri!er a$o4 en las poseriores ac$aciones por lisa4 a!/i;n p$ede ser noi*icado de !anera personal aplicando s$pleoria!ene el C. . P. C. ar. 2+42& *rac. III4 2" *rac. II NOTIICACIONES A LAS PE6SONAS NO PA6TES.
!
Son los apoderados4 de*ensores4 represenanes4 perios4 esigos4 personas a$ori(adas por el 9$e#oso4 por el ercero per#$dicado4 se les noi*ica por lisa4 ar. 2& *rac4 I 0 II4 III4 0 2" *rac. III. NOTIICACIONES H6ENTES Se noi*ica en casos $rgenes a la a$oridad responsa/le de ac$erdo al ar. 31 L. A. el incidene de s$spensin por el;gra*o4 independiene!ene 9$e se realicen por escrio poserior!ene en el do!icilio de la a$oridad responsa/le4 el !ensa#e gra$io en el caso del ar. 1+4 22 0 234 acos 9$e i!poren peligro de pri:acin de la :ida4 aa9$es a la li/erad personal *$era de procedi!ieno #$dicial4 c$al9$ier aco pro?i/ido por el ar. 22 Consi$cional. 6ELAS DE LAS NOTIICACIONES PE6SONALES De ac$erdo al ar. 3, Se /$sca a la persona ineresada en s$ do!icilio 9$e iene en los a$os 0 se le de#a ciaorio en caso de no enconrarlo o /ien se eniende con las personas 9$e se enc$enren4 de#ando copias de la resol$cin o ac$erdo 9$e se noi*ica 0 reca/ar la *ir!a del ineresado4 de/iendo le:anar el noi*icador la diligencia para consancia 0 agregarla al e8pediene LOS EECTOS DE LA NOTIICACIN Ar. 3%. Las noi*icaciones s$ren e*ecos a parir de 9$e son noi*icadas a la a$oridad responsa/le4 las de!-s al da sig$iene. NHLIDAD DE LAS NOTIICACIONES ar 32 L. A. 0 C. . P. C. asa anes de dicarse senencia de*inii:a las pares p$eden soliciar la n$lidad de las ac$aciones a *in de reponer el procedi!ieno !ediane el incidene de n$lidad de noi*icaciones.
!
CAPÍTHLO BII LOS INCIDENTES EN EL HICIO DE AMPA6O. CONCEPTO DE INCIDENTE. Es oda c$esin conro:erida 9$e s$rge en el proceso co!o accesoria a la conro:ersia principal. S$ e8isencia se da denro de $n proceso de a!paro4 o desp$;s de la senencia@ no se re*iere al planea!ieno principal pero gira a s$ alrededor. La pala/ra incidene :iene del lan4 incidens4 incidenes4 9$e s$spende o inerr$!pe4 de cedere4 so/re:enir4 caer $na cosa denro de ora4 es $na c$esin 9$e ?a0 9$e resol:er. El ar. 3' esa/lece las reglas generales4 la pala/ra arc$lo es sinni!o de incidene4 la crica al !is!o consise en 9$e regla!ena el incidene de reposicin de a$os no es de pre:io 0 especial pron$ncia!ieno por lo 9$e se res$el:e en la senencia de*inii:a4 inde/ida!ene ?ace re*erencia al rec$rso de re:isin@ se clasi*ican de !anera general en= A. DE ESPECIAL P6ONHNCIAMIENTO. Son a9$ellos 9$e se res$el:en anes de la senencia de*inii:a4 en $na senencia inerloc$oria4 re9$iere $na resol$cin especial con iner:encin de las pares4 respeco al incidene planeado. 1% Esos incidenes NO PA6ALIAN EL P6OCEDIMIENTO4 se ra!ian al !is!o ie!po 9$e el principal. 1. N$lidad de noi*icaciones 0 ac$aciones ar. 32 2. Inc$!pli!ieno e incon*or!idad ar. 1,'. 3
6epeicin del aco e incon*or!idad ar. 1,&
%. C$!pli!ieno s$si$o4 ar. 1,'. ' Aclaracin de senencia ar. '& C..P.C. ). Li9$idacin de presaciones ar. 3'3 C..P.C. +. Incidene de s$spensin. Ar. 131 &. Biolacin de la s$spensin4 ar. 1%3. " 1!
O/#ecin de in*or!es pre:ios4 ar 13).
T#*/ P"%%, J"$/ ')$(5", M$/($) 5" )*+ I/'5"/%"+ "/ ") J('* 5" A67$#*,E5. TB"6+,7,2
!;
G. DE P6EBIO 5 ESPECIAL P6ONHNCIAMIENTO. Esos incidenes PA6ALIAN EL CH6SO DEL HICIO DE AMPA6O4 para conin$arlo se re9$iere 9$e se res$el:a pre:ia!ene los 9$e no ienen ese car-cer se res$el:en con la senencia de*inii:a@ 0 ene!os los sig$ienes. 1. 6eposicin de a$os. Ar. 3' 2. De ac$!$lacin ar.'+ 3. Inco!peencia de origen4 ar. ', 0 '2. %. Inco!peencia so/re:enida ar.'1. '. Cali*icacin de i!pedi!eno. Ar. )+. ). O/encin de doc$!enos4 ar. 1'2 +. O/#ecin de doc$!enos. Ar. 1'3. Los incidenes pre:isos en la Le0 de A!paro 0 el C. . P. C. 1. Cali*icacin de i!pedi!enos ar )+ 2. Inco!peencia de origen ar. ', '2 3. 6eposicin de a$os ar.3'. %. N$lidad de noi*icaciones 0 ac$aciones ar.32 ' Ac$!$lacin ar '+ ). O/encin de doc$!enos ar 1'2. +. O/#ecin de doc$!enos ar. 1'3. & Inc$!pli!ieno e incon*or!idad ar. 1,'. " 6epeicin del aco e incon*or!idad
ar. 1,&
1,. C$!pli!ieno s$/si$o ar. 1,' 11. Incidene de s$spensin ar. 131 12 Incidene de :iolacin de la s$spensin ar. 1%3. 13 O/#ecin de in*or!es pre:ios ar. 13) 1! Da
1'
D") C$+%))* D") V$))",A)?"#%*.*?,'%,7,10.
!
CAPÍTHLO BIII. LOS CASOS DE IMP6OCEDENCIA EN EL AMPA6O. El ar. +3 L. A. pre:; los casos de i!procedencia del #$icio de a!paro4 por s$ na$rale(a4 es $na insi$cin de orden p7/lico4 es procedene de o*icio4 es decir4 es $na de las pri!eras o/ser:aciones 9$e el #$e( de disrio iene 9$e anali(ar al conocer de ella4 si res$la posii:a4 se a/siene de Tra!iar 0 resol:er@ o a peicin de pare4 esas ca$sales ienen 9$e :er con el aco recla!ado4 en ra(n del 9$e#oso4 en ra(n de la a$oridad responsa/le4 la i!procedencia se deeca desde anes de iniciar el proceso 0 ac$erda s$ deseca!ieno4 de no ad!isin4 o /ien denro del !is!o $na :e( 0a iniciado4 dica el ac$erdo de so/resei!ieno4 no res$el:e so/re la consi$cionalidad del aco recla!ado4 las cosas ig$al. E8isen res clase de i!procedencia4 las esa/lece la Consi$cin ederal4 las 9$e esa/lece la $rispr$dencia4 a ra:;s de los Tri/$nales Colegiados o la S$pre!a
0
Core 0 las 9$e esa/lece la Le0 de A!paro4 *rac. BIII. E8isen ca$sas de i!procedencia a/sol$as4 0 relai:as4 las pri!eras co!o en el caso de la *raccin I4 no ?a0 d$das4 0 es con$ndene4 0 relai:as4 son a9$ellas 9$e dependen de las circ$nsancias p$eden o no darse denro del proceso del a!paro4 co!o la *rac. 4 >el ca!/io de si$acin #$rdica. >Ar. +3 El #$icio de a!paro es i!procedene= I.
>Conra acos de la S. C. @ Por ser el !-8i!o Tri/$nal $dicial consi$cional4 s$s resol$ciones son inaaca/les4 e ino/#ea/les4 en c$al9$ier as$no4 nadie la so!ee a #$icio.
II.
>Conra resol$ciones dicada en los #$icios de a!paro o en e#ec$cin de las !is!as@
Proege la seg$ridad #$rdica4 0 no p$ede i!p$gnarse $n #$icio de a!paro con oro #$icio de a!paro4 sera $na cadena iner!ina/le4 por ello e8isen los rec$rsos4 es i!procedene en los ri/$nales Hniarios4 o Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 esa ca$sal se re*iere a esos 7li!os Tri/$nales ederales. III.
>Conra le0es o acos 9$e sean !aeria de oro #$icio de a!paro 9$e se enc$enre pendiene de resol$cin4 0a sea en pri!era o 7nica insancia4 o en re:isin pro!o:ido por el !is!o 9$e#oso4 conra las !is!as a$oridades 0 por el propio aco recla!ado4 a$n9$e las :iolaciones consi$cionales sean di:ersas@ >
Es el caso de liispendencia4 por el s$p$eso de dos #$icios de garanas con idenidad de 9$e#oso4 a$oridad responsa/le 0 aco recla!ado@ se enc$enra
1
pendiene resol:er $n #$icio de garana el o/#ei:o es e:iar dicar
dos
senencias so/re la !is!a !aeria. IB.
>Conra le0es o acos 9$e ?a0an sido !aeria de $na e#ec$oria en oro #$icio de a!paro4 en los ;r!inos de la *raccin anerior@
En el anerior caso los #$icios es-n en r-!ie4 en ese s$p$eso los #$icios 0a *$eron res$elos4 0a ?a0 cosa #$(gada. A!paro direco4 no procede ning7n rec$rso4 o /ien el rec$rso de re:isin ane el T. C. C o S. C. . En el a!paro indireco4 a!/i;n si no se inerpone el rec$rso de re:isin4 por !iniserio de le0 ca$sa e#ec$oria4 o /ien se i!p$gna !ediane el rec$rso de re:isin ane el T. C. C. o /ien la S C .. B.
>Conra acos 9$e no a*ecen los inereses #$rdicos del 9$e#oso@ La accin consi$cional se e#erce4 personal!ene por el agra:iado4 c$ando se le a*eca s$ iner;s #$rdico4 e8ise $n agra:io a s$ es*era #$rdica consi$cional 0 legal4 no es iner;s si!ple. La S .C. . ?a considerado por iner;s #$rdico > El iner;s #$rdico rep$ado co!o $n derec?o reconocido por la le04 no es sino lo 9$e la docrina #$rdica reconoce con el no!/re de derec?o s$/#ei:o4 es decir4 co!o *ac$lad o poesad de e8igencia4 c$0a insi$cin consigna la nor!a o/#ei:a del derec?o ….
BI.
>Acos conra le0es4 raados inernacionales 0 regla!enos 9$e4 por s$ sola :igencia4 no ca$sen per#$icio al 9$e#oso4 sino 9$e se necesie $n aco poserior de aplicacin para 9$e se origine al per#$icio@
Esa ca$sal es si!ilar a la *raccin anerior4 descansa en el principio de la *ala de agra:io4 ar. % ene!os nor!as a$aplicai:as 0 9$e el 9$e#oso las
2
i!p$gna de in!ediao@ las le0es ?eeroaplicai:as son a9$ellas c$ando re9$iere de $n aco concreo de aplicacin poserior a la *ec?a de s$ enrada en :igencia para lesionar a $n go/ernado > BII.
>Conra las resol$ciones o declaraciones de los organis!os 0 a$oridades en !aeria elecoral@ Ar. 1,34 consi$cional el #$icio de a!paro procede por le0es o acos de a$oridad 9$e :iolen garanas indi:id$ales4 en el s$p$eso 9$e se co!ena no es el caso4 en :ir$d de la #$rispr$dencia de la S.C.. >La :iolacin de los derec?os policos no da l$gar al #$icio de a!paro4 por9$e no se raa de garanas indi:id$ales >E8isen !edios de i!p$gnacin en !aeria elecoral.
VIII. >Conra las resol$ciones o declaraciones del Congreso *ederal4 o de las
C-!aras 9$e los consi$0en4 de las Legisla$ras de los Esados o de s$s respeci:as co!isiones o dip$aciones per!anenes4 en eleccin4 s$spensin4 o re!ocin de *$ncionarios4 en los casos en 9$e las Consi$ciones correspondienes les con*ieran la *ac$lad de resol:er so/erana o discrecional!ene@ La i!procedencia en !aeria polica4 si a la procedencia en= En !aeria de #$icio polico 0 del #$icio de desa*$ero@ no ac7an de !anera discrecional 0 so/erana I.
>Conra acos cons$!ado de $n !odo irrepara/le@
Son a9$ellos 9$e e#ec$ados por alg$na a$oridad4 de#an a los Tri/$nales en la i!posi/ilidad de in:alidarlos de resi$irles s$s garanas indi:id$ales4 no c$!ple con la *inalidad del a!paro.
E8isen acos de car-cer posii:o 0 negai:o4 el principio *$nda!enal del #$icio de garanas es la resi$cin de las garanas al 9$e#oso4 ar. &, L. A. La $rispr$dencia de la S. C. . seC$ando el aco recla!ado4 se e#ec$a por la a$oridad responsa/le 0 *sica!ene es irrepara/le4 es i!posi/le :ol:er las cosas al esado en 9$e se enconra/an4 el #$icio de a!paro carece de o/#eo4 la irrepara/ilidad es a/sol$a4 por9$e a$n c$ando *$eron cons$!ados4 prod$cen e*ecos 9$e conin7an !ani*es-ndose4 9$e p$eden desaparecer por la proeccin del a!paro4 no ?a0 ca$sa para so/reseer $n e#e!plo se recla!a la orden de de!olicin de de $n in!$e/le 0 *$e e#ec$ada . E#e!. La pri:acin de la :ida4 pri:acin de la li/erad4 0a pas4 el arreso4 ec4 c$al9$iera de los acos pro?i/idos por el ar. 22 Consi$cional. .
>Conra acos e!anados de $n procedi!ieno #$dicial o de $n procedi!ieno ad!inisrai:o4 seg$ido en *or!a de #$icio4 c$ando por :ir$d de ca!/io de si$acin #$rdica4 en el !is!o de/an considerarse cons$!adas irrepara/le!ene las :iolaciones recla!adas4 en el procedi!ieno respeci:o4 por no poder decidirse en al procedi!ieno4 sin a*ecar la n$e:a si$acin #$rdica@
Ese caso se raa de irrepara/ilidad #$rdica4 el caso del a$o de *or!al prisin4 se presena con *rec$encia en los #$icio penales4 donde el ac$sado ca!/ia de $n esado a oro en el ransc$rso del procedi!ieno@ desde el li/ra!ieno de la orden de apre?ensin@ ?asa el dicado del a$o de *or!al prisin 0 la 7li!a a parir de 9$e dica la senencia de*inii:a4 cada $na des esas eapas se :an cerrando 0 ca!/iando en consec$encia la si$acin #$rdica del indiciado@ I.
>Conra acos consenidos e8presa!ene o por !ani*esaciones de :ol$nad 9$e enra
!
Esos caos de/en esar pro/ados plena!ene4 no de/e ?a/er d$das@ la pr$e/a doc$!enal es la idnea para pro/arla4 e#e!plo c$ando >la pare 9$e pierde el #$icio en el conrao de arrenda!ieno4 0 enrega las lla:es al #$e(4 !ani*esando 9$e el local arrendado 0a esa desoc$pado@ de donde esa acepando el aco recla!ado. II.
>Conra acos consenidos -cia!ene4 enendi;ndose por ales a9$ellos4 conra los 9$e no se pro!$e:a el #$icio de a!paro4 denro del er!ino 9$e se se
…………. III4 IB. B. Esas res ca$sales se re*ieren al principio de de*inii:idad4 al agoa!ieno de los rec$rsos4 la di*erencia esri/a respeco a los acos recla!ados 0 las a$oridades responsa/les@ iene s$s e8cepciones4 co!o la *ig$ra del ercero
e8ra
ECEPCIONES EN MATE6IA PENAL a Los casos seAHTO DE O6MAL P6ISIN P6OCEDENCIA DEL AMPA6O CONT6A EL4 SI NO SE INTE6PHSO 6ECH6SO O6DINA6IO4 C$ando se raan de las garanas 9$e oorgan los arc$los 1)41" 0 2,4 consi$cionales4 no es necesario 9$e pre:ia!ene al a!paro4 se ac$da al rec$rso de apelacin > c
AHTO DE SHECIN A P6OCESO4 NO ES NECESA6IO AOTA6 EL
6ECH6SO DE APELACIN PA6A LA P6OCEDENCIA DEL AMPA6O RHE SE INTE6PONE EN SH CONT6A. P6IM. SALA. d LAS SENTENCIAS PENALES SI SE DEGEN 6ECH66I6.
de lo conrario
el #$icio de a!paro sera i!procedene.
e
El 6ec$rso de apelacin si 0a se inerp$so ?a0 9$e desisirse4 para
inerponer el a!paro co!o en el caso del la apelacin del a$o de *or!al prisin. BI. >C$ando ?a0an cesado los e*ecos del aco recla!ado@ E#e! de esa *raccin se iene el derec?o de peicin 9$e esa/lece el ar. &. Consi$cional4 se recla!a la *ala de conesacin c$ando se enc$enra el r-!ie el #$icio la a$oridad responsa/le ac$erda la peicin del 9$e#oso 0 lo noi*ica4 c$ando se recla!a $na resol$cin ad!inisrai:a 0 esa es re:ocada 0 noi*icada opor$na!ene anes de dicarse senencia en el #$icio de a!paro. La desaparicin de los e*ecos del aco recla!ado acarrea4 la i!procedencia del #$icio de garanas4 a9$ el aco co!/ai:o desapareci4 la orden de de!olicin *$e re:ocada. En ese caso 0a no se lesiona al go/ernado4 en la cla$s$ra del in!$e/le4 el #$e( ordinario le:ana el esado de cla$s$ra del aco recla!ado4 por9$e es inconsi$cional4 es por ello 9$e el aco cesa en c$ano a s$s e*ecos@ oro caso4 c$ando la cla$s$ra se decrea por $n !es4 al pasar el ie!po4 ese pla(o4 el aco recla!ado cesa en c$ano a s$s e*ecos4 lo 9$e origina la i!procedencia del !is!o. En $na posi/le re*or!a a esas *racciones a e*eco de 9$e se deer!inara la responsa/ilidad ci:il de la a$oridad responsa/le para el pago de daC$ando s$/sisiendo el aco recla!ado no p$eda s$rir e*eco legal o !aerial alg$no por ?a/er de#ado de e8isir el o/#eo o la !aeria del !is!o@ 0 Si!ilar a las *racciones I4 0 BI4 ?a desaparecido el o/#eo del #$icio4 0 carece de *inalidad4 a9$ el aco recla!ado s$/sise4 pero la !aeria del !is!o a de#ado de e8isir4 la orden de de!olicin esa :igene4 pero el in!$e/le se derr$!/ a ca$sa del erre!oo. o /ien se raa de $n ?ec?o e8raordinario4 el o/#eo del aco recla!ado ?a desaparecido4 e#e! la cla$s$ra del negocio4 0 el
erre!oo o cicln4 ornado4 incendio4 in$ndacin4 $n desasre na$ral4 por lo c$al el aco recla!ado 0a no esa a*ecando al 9$e#oso4 el #$icio se so/resee. BIII. >En los de!-s casos en 9$e la i!procedencia res$le de alg$na disposicin de la Le0@ Las ca$sales de i!procedencia en s$ caso4 de/er-n ser e8a!inadas de o*icio. Co!o e#e!. 1. Tene!os el #$icio de a!paro es i!procedene conra acos de paric$lares 2 .Es i!procedene conra el Decreo de $na Legisla$ra. 3. La Secrearia de acienda no p$ede soliciar a!paro conra el Tri/$nal iscal %. El a!paro no procede en *a:or de ora a$oridad. CAPÍTHLO I EL T6UMITE DEL AMPA6O INDI6ECTO. El #$icio de a!paro indireco se rige por los arc$los 1,3 0 1,+4 *rac. BII4 Consi$cionales4 la co!peencia del #$e( de disrio4 por el ar. 11%4 de la Le0 de A!paro@ la regla general la de!anda de a!paro indireco se reali(a por escrio de ac$erdo al ar. 11) de la Le0 de A!paro4 los casos de e8cepciones son los sig$ienes= a PO6 COMPA6ECENCIA DEL RHEOSO. C$ando se raan de acos 9$e i!poren peligro de pri:acin de la :ida4 aa9$es a la li/erad personal4 *$era de procedi!ieno #$dicial deporacin4 desierro alg$no de los pro?i/idos por el arc$lo 224 de la Consi$cin ederal. 11+. L. A. / PO6 BÍA TELE6UICA.
C$ando el caso no ad!ia de!ora 0 el 9$e#oso
enc$enre incon:eniene en asisir a los #$(gados locales4 c$!pliendo con los
;
re9$isios del ar. 11)4 esa de!anda de/er- ser rai*icada a!/i;n por escrio4 ar. 11& 0 11"4 caso conrario se iene por no inerp$esa. Ar. 11). La de!anda de a!paro de/er- *or!$larse por escrio4 en la 9$e se e8presara= 1. El no!/re 0 do!icilio del 9$e#oso 0 de 9$ien pro!$e:e en s$ no!/re@ 2. El no!/re 0 do!icilio del ercero per#$dicado@ 3. La a$oridad o a$oridades responsa/les@ el 9$e#oso de/er- se
esa Le0 de/er- precisarse la *ac$lad reser:ada a los Esados 9$e ?a0a sido in:adida por la a$oridad *ederal4 0 si el a!paro se pro!$e:e con apo0o en la *rac. III4 de dic?o ar. Se se
. O?,C%, 7,
1. R$e acredien la personalidad del pro!o:ere4 en el caso de ser apoderado4 represenane. 2. Las copias para el raslado de la de!anda 0 para las pares as co!o para el inc4 de s$spensin en s$ caso4 ar. 12,. P6ESENTACIN DE LA DEMANDA. Ane la o*iciala de pares4 se presena la de!anda4 pre:ia re:isin del o*icial de pares4 si a s$ consideracin es procedene4 la reci/e asenando en la copia correspondiene la ?ora 0 *ec?a de presenacin4 as co!o los doc$!enos 9$e aco!pa
El ar. 1%'4 e8presa.
0
>El #$e( de disrio e8a!inar- ane odo4 el escrio de de!anda4 0 si enconrare !oi:o !ani*ieso e ind$da/le de i!procedencia4 la desec?ar- de plano4 sin s$spender el aco recla!ado. La ca$sal de i!procedencia de/e esar pro/ada4 0 no de/e ?a/er d$das de la i!procedencia de ac$erdo al ar. +34 si e8ise alg$na d$da enonces4 ?a/ra 9$e ad!iir la de!anda4 para 9$e las pares se s$/an al ring4 a pelear. 2. DE P6EBENCIN PA6A RHE ACLA6E LA DEMANDA. En ;se caso de ac$erdo al ar. 1%)4 la de!anda es irreg$lar4 no precisa c$al es el aco recla!ado4 0 las a$oridades responsa/les e#ec$oras $ ordenadoras4 no precisa si ?a0 o no erceros per#$dicados4 0 9$ienes son4 s$ do!icilio4 a *in de lla!arlo a #$icio si e8ise4 no c$!ple con los re9$isios del ar. 11)4 le *alan copias de la de!anda4 ar. 12,4 si el 9$e#oso no c$!ple con la pre:encin en el ;r!ino de res das4 la desec?a4 la iene por no inerp$esa@ no o/sane se podra inenar con $na n$e:a de!anda si esa!os denro en ie!po4 recorde!os 9$e lo pri!ero 9$e o/ser:a el #$e( son los pla(os para presenar la de!anda4 si no es el caso de las e8cepciones en !aeria penal4 nos la desec?a por9$e esa!os e8presando ?ec?os 9$e s$cedieron ?acer res o seis !eses4 o /ien el aco recla!ado 0a *$e consenido por el 9$e#oso4 por lo anerior de/e!os o!ar !$0 en c$ena las ca$sales de i!procedencia del ar. +3. 3 ACHE6DO DE ADMISIN. De ac$erdo al ar. 1%+4 si la de!anda pas odos los *ilros de la Le0@ de co!peencia4 de procedencia4 c$!ple con los re9$isios del ar. 11)4 el #$e( no es- i!pedido4 o /ien c$!pli con las pre:enciones 9$e le *$eron se
1
3. Solicia a la a$oridad responsa/le el in*or!e #$si*icado. %. Se ordena 9$e se noi*i9$e a las pares4 ane8-ndole copias de la de!anda. '. Tiene por a$ori(adas a los apoderados del 9$e#oso4 con*or!e al ar. 2+. ). Si es el caso de ac$erdo al ar. 1234 se ordena la s$spensin de o*icio del aco recla!ado de llegar a cons$!arse res$lara *sica!ene i!posi/le resi$ir al 9$e#oso en el goce de s$s garanas consi$cionales recla!adas. +. Se ordena se *or!e por separado 0 d$plicado el incidene de s$spensin4 si se solicia4 ar. 1%2. ig$al!ene en el caso del ar. 2334 de la L. A. &. Si es el caso se pre:iene al 9$e#oso para 9$e se
2
el #$icio de a!paro4 desde 9$e se inerpone la de!anda o la solicia ?asa el dicado de la senencia de*inii:a4 o ?asa resol:erse el rec$rso respeci:o4 seg7n el caso.1+ No odos los acos de a$oridad son s$spendi/les4 por9$e e8isen acos posii:os 0 negai:os4 los negai:os se !ani*iesan en $na cond$ca aci:a de la a$oridad4 en $n ?acer acos 9$e p$eden ser s$spendidos@ los negai:os consi$0en $na inaccin4 $n cr$(arse de /ra(os de la a$oridad4 acos de a$oridad 9$e por s$ na$rale(a no es posi/le el soliciar al #$e( de disrio s$ s$spensin4 solo si los acos negai:os prod$cen e*ecos posii:os si son s$spendi/les. 1& Hna de las caracersicas de la s$spensin es 9$e carece de e*ecos desr$ci:os o resi$orios4 por9$e s$ *inalidad es conser:ar la !aeria del #$icio4 del aco recla!ado4 por9$e si ;se se e#ec$a4 0a el #$icio de a!paro no iene caso4 por ?a/erse dado la ca$sal de i!procedencia del ar. +34 sal:o casos e8cepcionales co!o el 9$e e8presa la #$rispr$dencia sig$iene en !aeria ad!inisrai:a. >C$ando el aco recla!ado en el #$icio de garanas consisa en cla$s$ra e!poral4 e#ec$ada4 procede conceder la s$spensin4 con el o/#eo de 9$e el ;r!ino por el c$al se decre la cla$s$ra no se e8inga4 de !odo 9$e no 9$ede sin !aeria el a!paro 0 se ?aga i!posi/le la resi$cin de las cosas al esado 9$e enan anes de co!eerse la :iolacin de garanas@ sie!pre 9$e conc$rran los re9$isios esa/lecidos por el arc$lo 12% de la Le0 de A!paro4 paric$lar!ene los re*erenes al iner;s social 0 al orden p7/lico4 oda :e( 9$e de no concederse la !edida s$spensional4 se propiciara 9$e las sanciones ad!inisrai:as4 de car-cer e!poral4 co!o la cla$s$ra por ie!po deer!inado4 9$edaran *$era de conrol consi$cional4 en :ir$d de 9$e al ransc$rrir el periodo por el 9$e *$e i!p$esa4 el #$icio de a!paro de:endra i!procedene4 0 por lo ano no se podra anali(ar s$ consi$cionalidad. 1"
1
O?,C%,710 O"5$ =*B#("F. R'$#5*. E) A67$#* P"/$) I/5#"'%*,E5,P*##8$,M9:'*,!."5,$*,200,7,! 1 M$/($) 5") J('* 5" A67$#*,*?,'%.7,111. 1;
Se ?a dic?o 9$e a!poco es consi$i:a de derec?os4 e#e!. en el caso de $na licencia o per!iso4 sera inde/ido conceder la s$spensin4 si el 9$e#oso carece del per!iso o derec?os4 9$e por regla!enacin de/a enerla4 0a 9$e no p$ede reali(ar $na aci:idad al !argen de la Le0. La s$spensin procede de o*icio o a peicin de pare. P6OCEDE DE OICIO. 1. C$ando se raen de acos 9$e i!poren peligro de pri:acin de la :ida4 2. deporacin o desierro o de alg$nos de los pro?i/idos por el ar. 22 consi$cional 2. C$ando se rae de alg7n oro aco4 9$e si llegare a cons$!arse4 ?ara *sica!ene i!posi/le resi$ir al 9$e#oso en el goce de la garana indi:id$al recla!ada4 ar. 123 3. C$ando los acos recla!ado engan o p$edan ener por consec$encia la pri:acin oal o parcial 4 e!poral o de*inii:a4 de los /ienes agrarios del n7cleo de po/lacin 9$e#oso4 o s$ s$/sraccin del r;gi!en #$rdico e#idal 4 ar. 233. En odos esos casos la s$spensin se concede sin s$/sanciacin alg$na4 0 a$n9$e no la solicie el 9$e#oso4 de plano4 en el a$o de ad!isin de la de!anda P6OCEDE A PETICIN DE PA6TE. 1.
R$e la solicie el 9$e#oso4 en c$al9$ier !o!eno ?asa anes de dicar
senencia o poserior a la senencia si esa pendiene de resol:erse el rec$rso de re:isin ar. 1%1. 2. R$e el oorga!ieno de la s$spensin no ca$se per#$icio al iner;s social ni se conra:engan disposiciones de orden p7/lico4 el ar4 12% esa/lece alg$nos s$p$esos de c$ando se conra:iene el iner;s social4 al respeco la S. C. . a !ani*esado. Las ordenes 9$e ienden a pro:eer a la conser:acin de la
!
!oralidad p7/lica no de/en ser s$spendidas por9$e con ello se per#$dicara a la sociedad 0 al Esado. 3. R$e sean de di*cil reparacin lo da
20
S" #"'*6"/5$ )$ *?#$ J("/%/* C$+%#*. L$ +(+7"/+/ 5") A'%* R"')$6$5*,E5, P*##8$,M9:'*. A+& '*6* )$ *?#$ 5" 5*/ R'$#5* C*(%*, T#$%$5* T"*#'*-P#3'%'* 5" )$ S(+7"/+/. E5, P*##8$.
1. Mani*iesan Mani*iesan si es o no ciero el aco aco recla!ado. recla!ado. 2. Niegan Niegan la la e8ise e8isencia ncia del !is! !is!o. o. 3. E8pone los ?ec?os ?ec?os perinene perinenes4 s4 conra:inie conra:iniendo ndo los del 9$e#oso. 9$e#oso. %. $nda!ena $nda!ena 0 pr$e/a la i!procedencia i!procedencia de la de!anda. de!anda. '. Mani Mani*i*ies esa a 9$e 9$e el aco aco recl recla! a!ad ado o es consi consi$ $ci ciona onal4l4 aco!p aco!pa< a
las las
consancias perinenes. ). E8pondr E8pondr- la inco!p inco!pee eencia ncia del #$(ga #$(gado4 do4 o i!ped i!pedi!e i!eno no del del #$e(4 #$e(4 ars ars %"4 '24 0 )). +. P$ede solici soliciar ar la ac$!$lac ac$!$lacin in del #$icio4 #$icio4 al !is!o !is!o $ oro #$(gado4 #$(gado4 ar. '+. '+. &. P$ede o/#earla o/#earla *ala *ala de personalidad personalidad o capacid capacidad ad del 9$e#oso4 9$e#oso4 ar. 12 0 13 ". Depe ependie ndiend ndo o del del caso caso en conc concre reo o44 p$e p$ede arg$ arg$! !en enar el caso caso de liispendencia4 por9$e ?a0 idenidad del 9$e#oso4 a$oridades responsa/les 0 los !is!os acos recla!ados4 ar. '1. El #$e( de disrio respeco respeco a ese ac$erdo= ac$erdo= ordena 9$e se agreg$en los in*or!es in*or!es al e8pediene para 9$e o/ren co!o corresponda 0 9$e se noi*i9$e por lisa al ac$erdo 04 en s$ caso4 res$el:e 0 s$sancia la inco!peencia4 la ac$!$lacin o el i!pedi!eno alegados por la responsa/le. CAPÍTHLO II LAS P6HEGAS Hna de las di*erencias del a!paro direco con el indireco4 es 9$e en ;se 7li!o si se p$eden p$eden o*rece o*recerr pr$e pr$e/a /ass por por ora ora pare pare el !arco !arco lega legall en pri!er pri!er l$gar l$gar lo ene!os en la propia le0 de a!paro 0 lo 9$e a? no se enc$enre nos re!ie s$pleo s$pleoria ria!en !ene e al Cdigo Cdigo ederad ederadle le Procedi Procedi!ie !ieno noss Ci:ile Ci:iles4 s4 co!o co!o en oras oras insi$cion insi$ciones@ es@ las pr$e/as pr$e/as de/en de/en ener relacin relacin respeco respeco al aco reca!ado reca!ado44 a s$ consi$cionalidad o inconsi$cionalidad. La pr$e pr$e/a /a es esi! i!on onia ial4l4 peri perici cial al 0 la insp inspec ecci cin n #$di #$dici cial al de/e de/en n o*re o*rece cers rse e o an$nciarse cinco das anes de la a$diencia consi$cional4 para el e*eco de 9$e
se p$edan prepara 0 correrle raslado a las pares de s$ o*reci!ieno 0 desa?ogo respeci:o. >Ar. 1',. En el #$icio de a!paro4 es ad!isi/le oda clase de pr$e/as4 e8cepo la de posiciones 0 las 9$e *$eren conra la !oral o conra derec?o. Ar. 1'2. Las pr$e/as de/er-n o*recerse 0 rendirse en la a$diencia del #$icio4 e8cepo e8cepo la doc$!ena doc$!enall 9$e podrpodr- presenarse presenarse con con aneriorid anerioridad4 ad4 sin sin per#$icio per#$icio de 9$e el #$e( ?aga relacin de ella en la a$diencia 0 la enga co!o reci/ida reci/ida en ese aco4 a$n9$e no e8isa gesin e8presa del ineresado. C$ando las pares engan 9$e rendir pr$e/as esi!onial o pericial para acrediar alg7n ?ec?o4 ?ec?o4 de/er-n de/er-n an$nciarlas an$nciarlas cinco cinco das das ?-/iles ?-/iles anes del se
LA P6HEGA DOCHMENTAL. PGLICA 5 P6IBADA. Se p$ede presenar anes de la a$diencia de o*icio el #$e( la iene por presenada en la a$diencia4 las pares p$eden soliciar las pr$e/as perinenes a la a$oridad responsa/le o re9$erir por cond$co cond$co del #$(gado #$(gado 9$ien 9$ien podrpodr- di*erir di*erir la a$dienc a$diencia ia c$ando las pr$e/as pr$e/as no se se presenen opor$na!ene 4 ars. 1', a 1'3. LA TESTIMONIAL a De/en ser an$nciadas c$ando !enos cinco das ?-/iles 0 co!pleos anes del se
;
LA INSPECCIN HDICIAL. Se o*rece cinco das anes de la a$diencia son pracicada por el Ac$ario o Secreario del $(gado iene la *inalidad slo de ?acer consar en la diligencia lo 9$e se o/ser:a a ra:;s de los senidos. S$ :aloracin se e8presa al dicar la senencia de ac$erdo al Cdigo ederal de Procedi!ienos Ci:iles4 las pares 0 s$s represenanes podr-n asisir 0 ?acer las o/ser:aciones perinenes en s$ desa?ogo4 pre:ia ciacin. LA P6ESHNCIONAL LEAL 5 HMANA. La pres$ncin legal es la deer!inada por la Le0 o de derec?o. E#e!. Ar 132 0 1%". La pres$nciones ?$!anas son las 9$e *or!$la el #$e( /as-ndose en ?ec?os pro/ados en el #$icio4 la S$pre!a Core4 ?a !ani*esado 9$e la pr$e/a de pres$ncin al ani!o del #$e(. Es $n proceso lgico consisene en pasar de $n ?ec?o conocido a oro desconocido4 no es necesario 9$e las pares la o*re(can4 el #$e( de o*icio las anali(a. 21 ACTHACIN DEL HE 6ESPECTO DE LAS P6HEGAS. PE6ICIAL
An$nciada de/ida!ene la pericial=
1. ar- la designacin de $n perio o de los 9$e esi!e con:enienes para la pr-cica de la diligencia Qp$ede soliciar de alg$na dependencia o*icial 9$e no enga el car-cer de responsa/le4 9$e le proporcione a 9$ien ese en condiciones de dese!pe
21
M$/($) 5") J('* 5" A67$#*,*?,'%,77,12,1.
2. Ordenara 9$e se disri/$0an enre las pares las copias del c$esionario relai:o4 con*or!e al c$al de/er-n dica!inar los perios. 3. En la senencia cali*icar- la pr$e/a pericial4 seg7n pr$dene esi!acin ar. 1'1 TESTIMONIAL. An$nciada de/ida!ene la esi!onial. 1. Ordenar- 9$e se enreg$e a cada $na de las pares copia del inerrogaorio al enor del c$al de/an ser e8a!inados los esigos4 para 9$e a9$ellas p$edan *or!$lar por escrio o :er/al!ene las repreg$nas 9$e esi!e perinenes al e*ec$arse la a$diencia. 2. Si los esigos residen denro de la #$risdiccin de oro #$e( de disrio4 girare8?oro a ese aco!pa<-ndole copia del inerrogaorio respeci:o 0 co!ision-ndolo para 9$e desa?og$e la pr$e/a. Pedir- al #$e( e8?orado 9$e se
0
la !is!a 0 lo ?ar- sa/er a las pares para 9$e ;sas4 si lo desean4 p$edan conc$rrir 0 ?acer las o/ser:aciones 9$e esi!en perinenes. 2. Si la pr$e/a :a a desa?ogarse *$era del l$gar en 9$e enga s$ sede el
#$(gado4 en:iar- e8?oro o despac?o4 seg7n proceda a oro #$e(4 para 9$e la praci9$e4 en c$0o caso el #$e( re9$erido se
CAPÍTHLO III LA AHDIENCIA CONSTITHCIONAL. No sie!pre es posi/le cele/rar la a$diencia consi$cional en la *ec?a 0 ?ora se
1
d ala la asisencia de $n esigo4 o el dica!en de alg$no de los perios o la rai*icacin de los dic-!enes. e ala 9$e las responsa/les enreg$en copias soliciadas para las pares4 o 9$e las en:en direca!ene al #$(gado4 o las en:iadas son inco!pleas. * No ?a sido de:$elo4 diligenciado4 el e8?oro o despac?o 9$e el #$(gador ?$/iese girado a alg$na a$oridad enco!end-ndole la pracica de alg$na diligencia4 o es necesario :ol:er a re!irselo para s$ correca diligenciacin. g A7n no se ?a pracicado la inspeccin #$dicial. 2. Por esar a$sene el #$e(4 por :acaciones o licencia4 si no esa *ac$lado el Secreario para *allar4 ar. ") L. O .P. .. En caso de esar de/ida!ene inegrado el e8pediene 0 de 9$e sea procedene cele/rar la a$diencia consi$cional4 en la 9$e se reci/en las pr$e/as 0 los alegaos 0 se dice senencia4 se ac$ar- en el sig$iene orden= 1. Declara a/iera la a$diencia 2. Ordenar- 9$e la Secrearia ?aga consar la presencia de las pares asisenes 0 9$e de lec$ra a las consancias de a$os. 3. 6eci/ir-4 por s$ orden4 las pr$e/as 9$e se o*recieren 0 acepare. a LA DOCHMENTAL. R$e se desa?oga por s$ propia na$rale(a= Si $na de las pares o/#ea de *also alg7n doc$!eno presenado co!o pr$e/a4 s$spender- la a$diencia 0 se
2
c. LA TESTIMONIAL. Se o!ar- a los esigos la proesa de Le0@ se les separar- para 9$e los $nos no se eneren de las resp$esas de los oros@ se les e8a!inar- con*or!e al inerrogaorio relai:o 0 pre:ia!ene cali*icado por el #$e( las pares 0 el #$(gador podr-n *or!$lar las repreg$nas 9$e esi!en perinenes4 pero las de a9$ellas a!/i;n ser-n cali*icadas por el #$e(. d. LA INSPECCIN HDICIAL. Si no se ?a desa?ogado4 s$spender- la a$diencia 9$e se esa cele/rando4 para el solo e*eco de 9$e se raslade el personal 9$e co!isione4 en co!pa<a de las pares4 al l$gar 9$e de/a ser inspeccionado4 donde se le:anar- aca circ$nsanciada4 9$e ser- *ir!ada por 9$ienes conc$rran. Con el aca se dar- c$ena al #$e( 0 se conin$ar- el desarrollo de la a$diencia consi$cional.Qp$ede4 por e8?oro o re9$isioria4 co!isionarse a oro #$e( o a$oridad para el desa?ogo de la pr$e/a4 de la inspeccin !encionada4 en c$0o caso el #$e( o a$oridad re9$eridos se
M$/($) 5") J('* 5" A67$#*,*?,'%.
).
Ordenar- 9$e la Secreara reca/e !arginal!ene las *ir!as de las
personas 9$e es$:ieron presene. . Aco conin$o4 dicar- la senencia relai:a.
CAPÍTHLO IB LAS SENTENCIAS En el #$icio de a!paro e8isen res ipos de senencias4 las 9$e so/reseen4 las 9$e niegan 0 las 9$e conceden al 9$e#oso la proeccin de la #$sicia *ederal. LAS SENTENCIAS INTE6LOCHTO6IAS. Las 9$e se dican en los casos de los incidenes4 co!o el de s$spensin. SENTENCIAS DE SOG6ESEIMIENTO. No res$el:en so/re si el aco recla!ado es o no consi$cional4 el #$icio no iene ra(n de ser4 e#e!. C$ando el 9$e#oso se desise o *allece4 es $na senencia
!
declarai:a4 no iene e#ec$cin alg$na 9$edando las cosas co!o si no se ?$/iese soliciado el #$icio de a!paro. SENTENCIAS RHE NIEAN EL AMPA6O Esas Senencias consaan la consi$cionalidad del aco recla!ado4 es decir no ?a0 conra:encin a la Consi$cin ederal ni a la legislacin sec$ndaria4 a pesar de lo 9$e en conrario se arg$0a ?a/ilidosa!ene en los concepos de :iolacin4 o /ien el caso de 9$e esos sean de*icienes a consideracin de #$e(4 no p$ede declara la inconsi$cionalidad por el principio de >Esrico Derec?o a!/i;n se raa de $na senencia declarai:a4 en consec$encia la a$oridad responsa/le esa en li/erad de e#ec$ar el aco recla!ado seg7n s$s *ac$lades4 en las dos ipos de senencia aneriores de/e!os o!ar en c$ena la a!ena(a del ar. &1.
LAS SENTENCIAS RHE AMPA6AN. Esas senencias son las 9$e conceden al 9$e#oso la proeccin de la #$sicia *ederal co!o res$lado del an-lisis del aco recla!ado4 de las pr$e/as4 de los concepos de :iolacin e8presados en la de!anda al e*eco el ar. +) de la L. A. E8presa. Ar. +) >Las senencias 9$e se pron$ncien en los #$icios de a!paro slo se oc$paran de los indi:id$os paric$lares o de las personas !orales4 pri:adas $ o*iciales 9$e lo ?$/iesen soliciado4 li!i-ndose a a!pararlos 0 proegerlos4 si procediere4 en el caso especial so/re el 9$e :erse la de!anda4 sin ?acer $na declaracin general respeco de la Le0 o aco 9$e la !oi:are.
Ar. ++. >Las senencias 9$e se dicen en los #$icios de a!paro de/en conener= I. La *i#acin clara 0 precisa del aco o acos recla!ado4 0 la apreciacin de las pr$e/as cond$cenes para enerlos o no por de!osrados@ II .Los *$nda!enos legales en 9$e se apo0en para so/reseer en el #$icio4 o /ien para declara la consi$cionalidad o inconsi$cionalidad del aco recla!ado@ 0 III.
Los p$nos resol$i:os con 9$e de/en er!inar4 concre-ndose en ellos4 con claridad 0 precisin4 el aco o acos por los 9$e so/resea4 conceda o nieg$e el a!paro.
>Ar. &,. La senencia 9$e conceda el a!paro endr- por o/#eo resi$ir al agra:iado en el pleno goce de la garana indi:id$al :iolada4 resa/leciendo las cosas al esado 9$e g$arda/an anes de la :iolacin4 c$ando el aco recla!ado sea de car-cer posii:o4 0 c$ando sea de car-cer negai:o4 el e*eco del a!paro ser- o/ligar a la a$oridad responsa/le a 9$e o/re en el senido de respear la garana de 9$e se rae 0 a c$!plir4 por s$ pare4 lo 9$e la !is!a garana e8i#a. 6ESHLTANDOS CONSIDE6ANDOS 5 PHNTOS 6ESOLHTIBOS En oda senencia ene!os res pares esenciales. LOS 6ESHLTANDOS. En esa pare se narra la ?isoria del proceso4 9$ienes son las pares4 el 9$e#oso4 la a$oridad responsa/le 0 el aco recla!ado4 las pr$e/as 9$e se presenaron por las pares4 desde la de!anda ?asa la a$diencia consi$cional.
LOS CONSIDE6ANDOS. Ese es el p$no !-s desacado por el ra(ona!ieno #$rdico para resol:er la conro:ersia consi$cional. 1. Se precisa 0 anali(a la e8isencia del aco recla!ado aco recla!ado4 de lo conrario se dica el so/resei!ieno@ 2. Se anali(a si el #$icio es procedene4 de ac$erdo al ar. +34 de e8isir $na sola ca$sal de/e so/reseerse. 3.En ercer l$gar ?a/ra 9$e anali(ar los concepos de :iolacin4 los arg$!enos e8presados por el 9$e#oso en s$ escrio de de!anda4 a *in de con:encer al #$e( de la inconsi$cionalidad del aco recla!ado 9$e se co!/ae@ el #$e( e8pone las ra(ones por las c$ales se de/a conceder o negar la proeccin consi$cional al 9$e#oso@ el #$e( ac7a con independencia de crierio4 sin presiones policas o de ning$na ndole4 s$s li!ies de apreciacin son los concepos de :iolacin4 la consi$cin ederal 0 la legislacin aplica/le a la !aeria4 los concepos de :iolacin de/en ser *$ndados4 #$si*icados4 e*icaces4 0 operanes4 de lo conrario ind$da/le!ene se niega el a!paro4 de ac$erdo al ar. ++4 en esa pare considerai:a se e8ponen la :aloracin de las pr$e/as presenadas por las pares 0 las consideraciones #$rdicas aplica/les al caso concreo. PHNTOS 6ESOLHTIBOS. Ese es el aparado !-s rele:ane de la senencia en donde se coniene la resol$cin 9$e c$l!ina con la pri!era insancia4 ese p$no de/e dicarse con claridad 0 precisin en c$ano al 9$e#oso4 al aco recla!ado 0 a las a$oridades responsa/les.23 2
M$/($) 5" )$ S(7#"6$ C*#%",*?,'%.7,1!1.
LA SENTENCIA EECHTO6IA. La senencias p$eden ser i!p$gnadas por la pare 9$e se siena agra:iada a ra:;s de los rec$rsos 9$e la le0 esa/lece4 con la *inalidad de 9$e se re:o9$en4 se !odi*i9$e4 si no se ?acen :aler los rec$rso opor$na!ene la senencia ?a 9$edado *ir!a e inaaca/le 0 no 9$eda !as 9$e o/edecerlas4 en el !arco de la :igencia 0 respeo al esado de derec?o4 0 a la seg$ridad #$rdica 9$e de/e pre:alecer. La senencia e#ec$oria es a9$ella4 9$e no p$ede ser re:ocada o !odi*icada #$rdica!ene4 siendo e#ec$oria4 por !iniserio de Le0 o por declaracin #$dicial@ La senencia e#ec$oria por !iniserio de Le0 o de pleno derec?o4 dicadas en a!paros direcos en el caso de las dicadas por los T. C. C. La senencia e#ec$oria por declaracin #$dicial4 c$ando no se inerpone el rec$rso opor$na!ene4 o /ien inerp$eso4 el 9$e#oso se desise4 o el conseni!ieno e8preso de la senencia.
2%
CAPÍTHLO B EL AMPA6O CONT6A LE5ES. LA LE5 COMO ACTO 6ECLAMADO El ar. 1,3 Consi$cional e8presa= >Los ri/$nales de la *ederacin resol:er-n oda conro:ersia 9$e se s$scie= I.
Por le0es o acos de la a$oridad 9$e :iolen las garanas indi:id$ales
2!
S" #"'*6"/5$ )$ '*/+()%$ 5" )$ *?#$ 5" )$ S(7#"6$ C*#%",M$/($) 7$#$ )*>#$# ") "<'$F '(67)6"/%* 5" )$+ S"/%"/'$+ 5" A67$#*.E5. P*##8$.
;
II.
Por le0es o acos de la a$oridad *ederal 9$e :$lnere o resrin#an la so/erana de los Esados o la es*era de co!peencia del Disrio ederal.
III.
Por le0es o acos de las a$oridades de los Esados o del Disrio ederal 9$e in:adan la es*era de co!peencia de la a$oridad *ederal.
1,+ *rac. BII >El a!paro conra acos en #$icio4 *$era del #$icio o desp$;s de concl$ido4 o 9$e a*ece a personas e8ra ?eero4 signi*ica oro4 es decir 9$e $na a$oridad
apli9$e la le0 al go/ernado4 9$ien la i!p$gna iene iner;s #$rdico4 !ienras no se realice el aco de aplicacin no procede la solici$d del #$icio de a!paro en :ir$d de la ca$sal de i!procedencia de la *ala de iner;s #$rdico del 9$e#oso. El caso de la le0 Ca
CAPÍTHLO BI LOS 6ECH6SOS. Con el o/#eo de i!p$gnar de re:ocar o !odi*icar las resol$ciones del #$e( de disrio o de los Tri/$nales Colegiados4 la Le0 esa/lece los rec$rsos de 6e:isin4 de R$e#a 0 el de 6ecla!acin@ ene!os los rec$rsos procedenes4 los pre:iso en la Le04 0 9$e de/e ser pro!o:ido denro del ;r!ino legal esa/lecido. La re:ocacin o !odi*icacin de la resol$cin 9$e se i!p$gna :a a depender de 9$e sean *$ndados o in*$ndados los agra:ios e8presados 0 de s$ #$si*icacin o in#$si*icacin4 e8cep$ando si es el caso de la s$plencia en donde se anali(a4 sin s$#ecin a los agra:ios. EL 6ECH6SO DE 6EBISIN.
2
A#"))$/* G$#'&$. CARLOS.O?,'%,7,12.
;0
>Ar. &3. Procede el rec$rso de re:isin. I Conra las resol$ciones o del s$perior del Tri/$nal responsa/le4 en s$ caso4 9$e desec?en o engan por no inerp$esa $na de!anda de a!paro@ II. Conra las resol$ciones de los #$eces de sisrio o del s$perior del Tri/$nal responsa/le4 en s$ caso4 en las c$ales@ a Concedan o nieg$en la s$spensin de*inii:a. / Modi*i9$en o re:o9$en el a$o en 9$e concedan o nieg$en la s$spensin de*inii:a@ 0 c Nieg$en la re:ocacin o !odi*icacin a 9$e se re*iere el inciso anerior. III. Conra los a$os de so/resei!ieno 0 la s inerloc$orias 9$e se dicen en los incidenes de reposicin de a$os@ IB. Conra las senencias dicadas en la a$diencia consi$cional por los #$eces de Disrio4 o por el s$perior del ri/$nal responsa/le4 en los casos a 9$e se re*iere el ar. 3+4 de ;sa Le0. Al rec$rrirse ales senencias de/er-n4 en s$ caso4 i!p$gnarse los ac$erdos ciados en la ciada a$diencia@ 0 B. Conra las resol$ciones 9$e en !aeria de a!paro direco pron$ncien los Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 c$ando decidan so/re la consi$cionalidad de le0es *ederales o locales4 raados inernacionales4 regla!enos e8pedidos por el Presidene de la 6ep7/lica4 de ac$erdo con la *raccin I del ar.. &" Consi$cional 0 regla!enos de le0es locales e8pedidos por los go/ernadores de los Esados4 o c$ando esa/le(can la inerpreacin direca de $n precepo de la Consi$cin. La !aeria del rec$rso se li!iar-4 e8cl$si:a!ene4 a la decisin de las c$esiones propia!ene consi$cionales4 sin poder co!prender oras.
;1
En odos los casos a 9$esos a 9$e se re*iere ;se arc$lo4 la pare 9$e o/$:o4 resol$cin *a:ora/les a s$s inereses4 p$ede ad?erirse a la re:isin inerp$esa por el rec$rrene4 denro del ;r!ino de cinco das4 conados a parir de la *ec?a en 9$e se le noi*i9$e la ad!isin del rec$rso4 e8presando los agra:ios correspondienes@ en ese caso la ad?esin al rec$rso sig$e la s$ere procesal de ;se. LA COMPETENCIA DE LA SHP6EMA CO6TE. De ac$erdo al ar. &% es co!peene para conocer del rec$rso de re:isin en los sig$ienes casos. I. Conra las senencias pron$nciadas en la a$diencia consi$cional por los #$eces de disrio4 c$ando= a
a/i;ndose i!p$gnado en la de!anda de a!paro4 por esi!arlos inconsi$cionales4
le0es
*ederales
o
locales4
raados
inernacionales4 regla!enos e8pedidos por el Presidene de la 6ep7/lica4 de ac$erdo con la *raccin I del ar. &" consi$cional 0 regla!enos de le0es locales e8pedidos por los go/ernadores de los Esados4 o c$ando en la senencia se esa/le(ca la inerpreacin direca de $n precepo de la consi$cin4 s$/sisa en el rec$rso el pro/le!a de consi$cionalidad@ 0 /
Se rae de los casos co!prendidos en las *racciones II 0 III4 del ar. 1,3 Consi$cional.
II Conra las resol$ciones 9$e en !aeria de a!paro direco pron$ncien los Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 sie!pre 9$e se ese en el caso de la *rac. B4 del ar. &3@ 0
;2
III. C$ando la S$pre!a Core de #$sicia esi!e 9$e $n a!paro en re:isin4 por s$s caracersicas especiales4 de/e ser res$elo por ella4 conocer- del !is!o4 /ien sea procediendo al e*eco de o*icio o a peicin *$ndada del correspondiene Tri/$nal Colegiado de Circ$io4 o del proc$rador eneral de la 6ep7/lica4 aplic-ndose en lo cond$cene lo disp$eso por el ar. &3 de ;sa Le0. Si la S$pre!a Core de $sicia considera 9$e el a!paro c$0o conoci!ieno por ella ?$/iere prop$eso el Tri/$nal Colegiado de Circ$io o el Proc$rador eneral de la 6ep7/lica4 no re:ise caracersicas especiales para 9$e se a:o9$e a conocerlo4 resol:er- 9$e sea el correspondiene Tri/$nal Colegiado el 9$e lo cono(ca.
LA COMPETENCIA DEL T. C. C. De ac$erdo al ar. &' son co!peenes para conocer del rec$rso de re:isin4 en los casos sig$ienes= I. Conra los a$os 0 resol$ciones 9$e pron$ncien los #$eces de disrio
o el s$perior del Tri/$nal responsa/le4 en los casos de las *racciones I4 II4 0 III4 del ar. &3@ II. Conra las senencias pron$nciadas en la a$diencia consi$cional
por los #$eces de disrio o por el s$perior del Tri/$nal responsa/le4 sie!pre 9$e no se rae de los casos pre:isos en la *raccin I del ar. &%. DEL T6UMITE DEL 6ECH6SO DE 6EBISIN.
;
1. El rec$rso de/e inerponerse por escrio4 en original 0 copias para cada $na de las pares4 c$ando no presena las copias se le noi*ica en *or!a personal para 9$e lo ?aga denro del ;r!ino de res das en caso conrario se le iene por no inerp$eso el rec$rso. 2. El rec$rso se inerpone denro de die( das4 conados al da sig$iene en 9$e s$ra e*ecos la noi*icacin de la resol$cin. 3. Se inerpone por cond$co del #$e( de disrio4 por9$e si se inerpone de !anera direca4 no inerr$!pe el ;r!ino. %. Las a$oridades 6esponsa/les #$risdiccionales4 9$e ?an e!iido s$ resol$cin4 no la p$eden rec$rrir4 por 9$e carecen de iner;s #$rdico4 en el a!paro conra le0es si es-n a$ori(adas para rec$rrir dic?as senencias. La S$pre!a Core de $sicia esa/leci= >C$ando las a$oridades responsa/les ac7an resol:iendo $na conro:ersia 0 s$ resol$cin es aacada en $n a!paro4 carecen del derec?o de inerponer re:isin4 por a$sencia del iner;s necesario para la prosec$cin del #$icio 0 del 9$e slo son i$lares el 9$e#oso 0 el ercero per#$dicado. Por ano4 si el Tri/$nal ederal de Conciliacin 0 Ar/ira#e4 res$el:e $na conro:ersia4 carece del iner;s preciso para la prosec$cin del liigio en c$al se :ersan e8cl$si:a!ene los inereses de los s$#eos de la relacin #$rdica4 0 si se inerpone re:isin en el a!paro pro!o:ido en conra de s$ senencia4 al rec$rso de/e desec?arse > 2) '. El #$e( de disrio4 a 9$ien :alla a conocer de la re:isin4 las consancias relai:as 0 original del escrio del rec$rso4 re!iiendo copias a las pares.
2
M$/($) 5") J('* 5" A67$#*,*?,'%,71!.
;!
). Si se raa respeco al rec$rso del incidene de s$spensin se re!ien originales del e8pediene 0 del escrio de agra:ios. +. Si se raa del rec$rso inerp$eso conra el a$o 9$e concede o niega la s$spensin de plano4 se re!ie copia ceri*icada del escrio de de!anda4 del ac$erdo 9$e se rec$rre 0 del escrio del rec$rso de re:isin4 anoando la *ec?a 0 ?ora de reci/ido. El ri/$nal re:isor4 cali*ica la procedencia del rec$rso ad!ii;ndolo o desec?-ndolo4 ar. ",. &. El rec$rso de re:isin4 se con*ir!a4 re:oca o !odi*ica4 dependiendo de 9$e si son desr$idos por los agra:ios los p$nos resol$i:os de la senencia4 los p$nos resol$i:os p$nos resol$i:os4 9$e no se ocan 9$edan *ir!es.
EL 6ECH6SO DE RHEA. El rec$rso de 9$e#a en el #$icio de a!paro se sale de la ;cnica #$rdica procesal4 por9$e esa/lece la i!p$gnacin de las resol$ciones de los #$eces de disrio co!o 0 de los Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 co!o de las a$oridades responsa/les@ la 9$e#a se inerpone por c$al9$iera de las pares dependiendo de la resol$cin de 9$e se rae@ en c$ano al ;r!ino para inerponerse la le0 esa/lece los de ' das4 de $n a
;
En los casos de las *racciones II4 III4 0 IB4 del ar. "'4 inerp$eso el rec$rso4 se procede a noi*icar a cada $na de las pares con*or!e al ar. "& 9$e e8presa= >Dada enrada al rec$rso4 se re9$erir- a la a$oridad conra la 9$e se ?a0a inerp$eso para 9$e rinda in*or!e con #$si*icacin so/re la !aeria de la 9$e#a denro del ;r!ino de res das. Transc$rrido ;se4 con in*or!e o sin ;l4 se dar:isa al Miniserio p7/lico4 por ig$al ;r!ino4 0 denro de los res das sig$ienes se dicar- la resol$cin 9$e proceda. En los casos de las *racciones I4 B4 BI4 BII4 BIII4 I 0 4 del ar. "'4 la ra!iacin es si!ilar a la noa anerior con la e8cepcin del ;r!ino para resol:er del T. C. C 9$e ser- de die( das. En el caso de la *rac. I4 el #$e( de disrio re!ie de in!ediao el escrio de la 9$e#a al Tri/$nal 9$e de/a conocer4 con las consancias correspondienes@ 0 denro de las c$arena 0 oc?o ?oras4 el T. C. C res$el:e de plano lo 9$e proceda. En c$ano ?a la *rac BI4 la iner:encin del rec$rso de 9$e#a4 s$spende el procedi!ieno4 c$ando la resol$cin de la 9$e#a in*l$0e en la senencia. LA 6ECLAMACIN. Ese rec$rso slo es procedene conra los ac$erdos de r-!ie del presidene de la S$pre!a Core de $sicia o de los Presidenes de las Salas o del Tri/$nal Colegiado de Circ$io. Se inerpone por escrio 0 por c$al9$iera de las pares e8presando los agra:ios perinenes4 denro del ;r!ino de res das4 con-ndose a parir de 9$e s$ra e*ecos la noi*icacin de la resol$cin 9$e se i!p$gna. Se res$el:e de plano en el ;r!ino de 9$ince das4 0a sea el Pleno de la Core o de las Salas4 o /ien del Presidene del T. C. C. ar. 1,3
;
CAPITHLO BII O6MHLA6IO DEL AMPA6O INDI6ECTO A!paro Indireco conra orden de presenacin. C. HE DE DIST6ITO EN TH6NO P6ESENTE. R$e#oso4 por !i propio derec?o4 se
;
1. NOMG6E 5 DOMICILIO DEL RHEOSO4 0a ?a 9$edado e8presado. 2. NOMG6E 5 DOMICILIO DEL TE6CE6O PE6HDICADO4 no e8ise. 3. AHTO6IDADES 6ESPONSAGLES= Se
6ECLAMADOS= De la a$oridad se
recla!o la orden de presenacin del s$scrio ane s$ presencia 0 de la e#ec$ora4 recla!o la e#ec$cin !aerial de dic?a orden4 consisene en presenar!e por la *$er(a ane s$ presencia llegando incl$so a pri:ar!e de !i li/erad personal. '. A6ANTÍAS BOLADAS= Las garanas de li/erad seg$ridad 0 legalidad consagradas en los arc$los 1% 0 1) de la Consi$cin ederal. . HNDAMENTO DE LA DEMANDA= Arc$los 14 '4 2+4 11%411)4 122412% 0
de!-s relai:os de la Le0 de A!paro@ 1% 0 1) de la Consi$cin ederal. +. P6OTESTA .Ga#o proesa de decir :erdad4 !ani*ieso 9$e los ?ec?os 0 a/senciones 9$e consi$0en los anecedenes de los acos recla!ados4 son cieros. ANTECEDENTES. 1. En :arias ocasiones se ?an presenado en !i do!icilio $n gr$po de agenes !iniseriales adscrios en la Agencia del Miniserio P7/lico del Secor Cenral4 !ani*esando a !is :ecinos 9$e ienen orden de apre?ensin en !i conra. 2.
Dic?os Policas ?an !ani*esado 9$e no :an ?a de#ar de /$scar!e 0 pri:ar!e de !i li/erad.
;;
CONCEPTOS DE BIOLACIN P6IME6O. Las responsa/les :iolan en !i per#$icio las garanas de legalidad4 seg$ridad 0 legalidad pre:isas en el ar. 1%4 de la Consi$cin ederal4 al raar!e de pri:ar!e de !i li/erad4 sin ?a/erse seg$ido #$icio ane los ri/$nales pre:ia!ene esa/lecidos en el 9$e se ?a0an c$!plido las *or!alidades esenciales del procedi!ieno4 as co!o por carecer de *ac$lad consi$cional para pri:ar!e de !i li/erad4 *$era de procedi!ieno #$dicial4 al esar pro?i/ido por la Consi$cin ederal@ ade!-s de 9$e no ?e co!eido delio alg$no 9$e a!erie la pri:acin de !i li/erad 4 ni de presenacin ane la A$oridad responsa/le. SEHNDO. Las responsa/les :iolan en !i per#$icio las garanas de li/erad seg$ridad 0 legalidad consagradas en el arc$lo 1) de la Consi$cin ederal por9$e !e ca$san !olesias 0 !e a*ecan !is derec?os consi$cionales4 sin 9$e e8isa !anda!ieno escrio de a$oridad co!peene 0 sin 9$e se *$nde 0 !oi:e la ca$sa legal del aco ar/irario4 de la a$oridad responsa/le para pri:ar!e de la li/erad personal *$era de procedi!ieno #$dicial4 ade!-s de 9$e no ?e co!eido delio alg$no para 9$e se !e pri:e de la li/erad. SHSPENSIN P6OBISIONAL. Solicio se !e conceda la s$spensin pro:isional de los acos recla!ados4 para el e*eco de 9$e las cosas se !anengan en el esado en 9$e se enc$enren4 soliciando se !e e8pidan las copias ceri*icadas del ac$erdo en 9$e se conceda4 a$ori(ando a !is a/ogados para 9$e las reci/an. Por lo e8p$eso@ a Hsed C4 $e(4 aena!ene pido se sir:a= P6IME6O= Tener!e por presenado con el presene escrio soliciando la proeccin de la $sicia *ederal. En conra de las a$oridades 9$e e8presa.
;
SEHNDO. Conceder!e la s$spensin pro:isional de los acos recla!ados en los ;r!inos 9$e se solician P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA.
Acap$lco4 $errero4 al$gar 0 *ec?a.
A!paro indireco conra orden de apre?ensin. C. HE DE DIST6ITO EN TH6NO. P6ESENTE. Por !i propio derec?o4 se
NOMG6E 5 DOMICILIO DEL RHEOSO. 5a ?an 9$edados indicados.
0
II.
NOMG6E 5 DOMICILIO DEL TE6CE6O PE6HDICADO. No e8ise.
III.
AHTO6IDADES 6ESPONSAGLES. Se
IV.
ACTOS 6ECLAMADOS. De la a$oridad ordenadora recla!o la orden de apre?ensin girada en !i conra4 en la ca$sa penal n7!.
V.
A6ANTÍAS BIOLADAS. Las conenidas en los arc$los 1% 0 1)4 Consi$cionales.
VI.
HNDAMENTO DE LA DEMANDA. arc$los 14 '4 2+4 11%4 11) 0 de!-s de la Le0 de A!paro4 1%41)4 0 1"4 de La Consi$cin ederal.
VII.
P6OTESTA. Ga#o proesa de decir :erdad4 !ani*ieso 9$e los ?ec?os 0 a/senciones 9$e consi$0en los anecedenes de los acos recla!ados son cieros. ANTECEDENTES.
1. e enido conoci!ieno 9$e $n gr$po de la polica Miniserial del Esado4 en di:ersas ocasiones se ?an presenado en !i do!icilio raando de pri:ar!e de !i li/erad personal@ Sin 9$e ?asa ?o0 lo ?a0an conseg$ido. 2. Los agenes de la Polica Miniserial4 preenden pri:ar!e de !i li/erad4 e /ase a $na orden de apre?ensin girada en !i conra por el C. $e( 9$ino
1
penal4 del Disrio $dicial de Ta/ares4 de esa Ci$dad4 dic?a orden #$e( girada en /ase al s$p$eso delio de *ra$de co!eido en conra del C. CONCEPTOS DE BIOLACIN P6IME6O. Las responsa/les :iolan en !i per#$icio las garanas de li/erad4 seg$ridad 0 legalidad esa/lecidas en el ar. 1% Consi$cional4 por raar de pri:ar!e de la li/erad personal sin c$!plir las *or!alidades del procedi!ieno. Tengo en !i poder los doc$!enos legales 9$e a!paran la propiedad de !i casa con los c$ales de!$esro 9$e no ?e co!eido delio de *ra$de4 por lo 9$e la orden de apre?ensin girada en !i conra se *$nda en $n procedi!ieno :iciado en el 9$e no se c$!plen las *or!alidades del procedi!ieno 0 9$e ?ar; :aler en el c$rso del procedi!ieno del presene #$icio de garanas. SEHNDO. Las responsa/les :iolan en !i per#$icio las garanas de seg$ridad 0 legalidad consagradas en el ar. 1) Consi$cional4 por9$e !e ca$san !olesias4 sin 9$e se *$nde ni !oi:e la ca$sa legal del procedi!ieno4 por9$e so0 el propieario legii!o4 del in!$e/le de re*erencia4 0 9$e acredio con la escri$ra p7/lica n7!.4 doc$!eno 9$e presenare opor$na!ene ane ese #$(gado de disrio4 por lo 9$e no se con*ig$ra el delio de *ra$de 9$e !e se
2
Por lo e8p$eso 0 *$ndado a Hsed C. $e(4 aena!ene pido. Pro:eer con*or!e a derec?o.
P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA Acap$lco4 $errero4………. l$gar 0 *ec?a
A!paro conra el A$o de or!al Prisin. C. HE DE DIST6ITO EN TH6NO. P6ESENTE. 4 Por !i propio derec?o4 se
NOMG6E 5 DOMICILIO DE RHEOSO4 5a se indicaron.
II.
NOMG6E 5 DOMICILIO DEL TE6CE6O PE6HDICADO. No e8ise
III.
AHTO6IDADES 6ESPONSAGLES. Se
IB.
ACTOS 6ECLAMADOS. 6ecla!o el A$o de or!al Prisin dicado en !i conra en la ca$sa n7!ero de *ec?a @
B.
A6ANTÍAS BIOLADAS. Las garanas de li/erad4 legalidad 0 seg$ridad4 conenidas en los arc$los 1%41) 0 1" Consi$cionales@
BI.
HNDAMENTO DE LA DEMANDA. Se *$nda en los arc$los 14 '4 2+4 11%4 11)4 0 de!-s de la Le0 de A!paro@ 1%4 1) 0 1" de la Consi$cin ederal.
BII.
P6OTESTA. Ga#o proesa de decir :erdad4 !ani*ieso 9$e los ?ec?os 0 a/senciones 9$e consi$0en los anecedenes de los acos recla!ados4 son cieros.
ANTECEDENTES. 1. El Miniserio P7/lico del *$ero co!7n4 !e ac$so del delio de despo#o del erreno $/icado en 4 !oi:o
por el c$al eso0 siendo
procesado en la ca$sa penal4 n7!.4 9$e insr$0e el C. $e( Pri!ero penal. 2. Con *ec?a 4 la responsa/le dico en !i conra el A$o de or!al Prisin4 sin 9$e e8isan daos s$*icienes en dic?a ca$sa penal4 para ener por co!pro/ado la responsa/ilidad del s$scrio 0 el c$erpo del delio de re*erencia. CONCEPTOS DE BIOLACIN. P6IME6O. El A$o de or!al Prisin dicado en !i conra es :iolaorio de las garanas de li/erad4 legalidad 0 seg$ridad esa/lecidas en el arc$lo 1%
!
Consi$cional4 0a 9$e la responsa/le !e resringe !i li/erad personal 0 !is derec?os *$nda!enales4 sin 9$e en el procedi!ieno se ?a0an c$!plidos las *or!alidades del procedi!ieno4 oda :e( 9$e el A$o de or!al Prisin4 no se a#$s al ar. del Cdigo de Procedi!ienos Penales del Esado@ para 9$e se dice el A$o de re*erencia es re9$isio indispensa/le 9$e ese pro/ado el c$erpo de delio 0 la pres$na responsa/ilidad de !i persona. SEHNDO. La responsa/le :iola en !i per#$icio las garanas de seg$ridad 0 legalidad consagradas en el ar. 1) Consi$cional4 por9$e !e ca$sa !olesias 0 a*eca a !is derec?os *$nda!enales4 en consec$encia el A$o de or!al Prisin no se enc$enra *$ndado ni !oi:ado. TE6CE6O. La responsa/le :iola en !i per#$icio las garanas de legalidad 0 seg$ridad conenidas en el ar. 1" Consi$cional4 por9$e dica el A$o de or!al Prisin4 sin 9$e e8isan daos s$*icienes para ener por pro/ado el C$erpo del delio de DESPOO 0 la pres$na responsa/ilidad del 9$e#oso4 co!o se consaa de la declaracin #$dicial del den$nciane4 :iolando en consec$encia4 el #$e( de la ca$sa4 el ar. del Cdigo de Procedi!ienos Penales del Esado. PETICIN DE SHPLENCIA DE LA RHEA. Asi!is!o4 solicio al $e( de disrio4 s$pla la 9$e#a para el caso de 9$e el s$scrio ?a0a o!iido alg$nas re*erencias 0 alegaos. Por lo e8p$eso4 a Hsed C. $e(4 aena!ene pido. NICO. Pro:eer con*or!e a derec?o. P6OTESTO LO NECESA6IO I6MA.
Acap$lco4 $errero4 l$gar 0 *ec?a. COMENTA6IOS= P$eden ser 9$e#oso o 9$e#osa o :arios4 di:ersos4 sin l!ies en c$ano al n7!.4 solo con $n represenane co!7n@ a!/i;n ?a0 9$e adenrarse al *ondo del delio de 9$e se rae4 0 de la A:. Pre:ia o Ca$sa Penal4 0 e8presarlos en los anecedenes 0 concepos de :iolacin@ as co!o respeco de los arc$los consi$cionales de cada caso concreo4 en c$al9$ier !aeria4 ci:il4 ad!inisrai:o4 la/oral agrario ec. 6eco!endaciones4 odo escrio de/e ser presena/le4 /$ena orogra*a4 la de!anda de/e clara4 concrea4 no ano rollo4 con $n leng$a#e #$rdico4 no es necesarias anas ?o#as4 se de/e c$idar el *or!ao4 no ser repeii:os4 pero so/re odo4 no ol:idar *ir!ar las pro!ociones4 0 agregar las copias necesarias las copias 0 ane8os. A!paro indireco en !aeria ci:il. C. HE DE DIST6ITO EN TH6NO P6ESENTE. R$e#oso4 por !i propio derec?o4 se
2. NOMG6E 5 DOMICILIO DEL TE6CE6O PE6HDICADO. Lo es la e!presa deno!inada4 con do!icilio en 4 de esa Ci$dad@ 3. AHTO6IDAD 6ESPONSAGLE. Se
Ga#o proesa de decir :erdad4 !ani*ieso 9$e los ?ec?os 0
a/senciones 9$e consi$0en los anecedenes de los acos recla!ados4 son cieros. ANTECEDENTES. 1. La e!presa4 pro!o:i en !i conra el #$icio radicado en el #$(gado d;ci!o4 ci:il de ;sa Ci$dad4 e8p. N7!.4 recla!ado enre oras presaciones el pago de cinco !il pesos. 2. El a$o de *ec?a4 4 9$e consi$0e el aco recla!ado 0 9$e !e *$e noi*icado el da4 !ediane el c$al se dio enrada a la de!anda4 en $na :a errnea4 de/iendo darle enrada en la :a ordinaria !ercanil4 en :ir$d de 9$e el propio acor con*iesa 9$e los ?ec?os son !aeria de acos de co!ercio4 e in:oca incl$si:e co!o *$nda!enos los arc$los ++4+&4&%4&'4 0 &) del Cdigo de Co!ercio4 por lo anerior es procedene la Ba ordinaria !ercanil en ;r!inos del ar. 13++ al 13", del Cdigo de Co!ercio. CONCEPTOS DE BIOLACIN.
P6IME6O. La responsa/le :$lnera en !i per#$icio la garana de legalidad 0 seg$ridad consagradas en el ar. 1%4 consi$cional4 por9$e preende pri:ar!e de !is derec?os4 sin 9$e se c$!plan las *or!alidades esenciales del procedi!ieno4 por ?a/er ad!iido la de!anda en $na :a 9$e no es la adec$ada4 e!pla(-ndo!e para 9$e co!pareciera ane el #$(gado con el car-cer de de!andado4 0 recla!ado el pago de la canidad de cinco !il pesos4 dic?a :a es i!procedene en :ir$d de 9$e la acora4 a?ora co!o TE6CE6O PE6HDICADO4 re*iere en s$ de!anda 9$e se raan de ?ec?os 9$e consi$0en na$rale(a de ipo !ercanil in:ocando di:ersos arc$los del Cdigo de Co!ercio4 9$e corresponden a la Ba Ordinaria Mercanil4 0 no en la Ba 9$e la responsa/le preende@ ?ago noar 9$e considero co!peene a la responsa/le para conocer el presene caso en la Ba Ordinaria Mercanil4 0 no en la Ci:il. SEHNDO. La responsa/le :iola en !i per#$icio las garanas de legalidad 0 seg$ridad consagradas en el ar. 1) Consi$cional4 al ca$sar!e !olesias en !i persona 0 en !is derec?os *$nda!enales4 sin 9$e se *$nde 0 !oi:e la ca$sa legal del procedi!ieno4 oda :e( 9$e la responsa/le preende 9$e la conro:ersia se :enile en $na :a 9$e no es la legal4 siendo la procedene la BÍA O6DINA6IA ME6CANTIL4 esa/lecida en los arc$los 13++ al 13",4del Cdigo de Co!ercio4 9$e reg$la acos de co!ercio4 en consec$encia el aco recla!ado es aniconsi$cional. SHSPENSIN P6OBISIONAL 5 CONSE6BACIN DE LA MATE6IA DEL ACTO 6ECLAMADO. Solicio se conceda la s$spensin pro:isional de los acos recla!ados4 para el e*eco de 9$e las cosas se !anengan en el esado en 9$e se enc$enran4 ?asa en ano se res$el:a en de*inii:a el presene #$icio de garanas4 pidiendo se o!en las !edidas perinenes para conser:ar la !aeria en la presene solici$d
;
de a!paro@ soliciando se !e e8pidan copias ceri*icadas en 9$e se conceda la s$spensin pro:isional. Por lo e8p$eso 0 *$ndado a Hsed C. $e( de Disrio4 aena!ene Pido= NICO. Pro:eer de con*or!idad lo soliciado. P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA DEL RHEOSO L$gar 0 *ec?a.
De!anda de a!paro en !aeria la/oral. C. HE DE DIST6ITO EN TH6NO P6ESENTE. Carlos $enes Salgado4 apoderado legal de la e!presa Cond$!e84 personalidad 9$e engo reconocida en a$os del #$icio la/oral4 n7!. 1,J2,,'4 pro!o:ido por los se
a$oridades 9$e se
GAO P6OTESTA DE DECI6 BE6DAD. Mani*ieso 9$e consi$0en anecedenes del aco recla!ado 0 *$nda!enos de los concepos de :iolacin los sig$ienes. ANTECEDENTES.
1. Con *ec?a el s$scrio a no!/re de !is represenados4 pro!o: el incidene de n$lidad de ac$aciones 9$e le *$e pracicada a !is represenados el da as co!o en conra de la cele/racin de la a$diencia de Conciliacin de!anda4 e8cepciones o*reci!ieno 0 ad!isin
100
de pr$e/as de *ec?a4 en ra(n de 9$e no se a#$saron a los arc$los +%2 0 &+34 de la L. . T. 2.
La . $na responsa/le con *ec?a desa?og la a$diencia incidenal4 en la c$al las pares *$eron odas 0 se o*recieron las pr$e/as perinenes4 reser:-ndose la responsa/le para dicar resol$cin correspondiene4 la 9$e se dico el da 4 en la c$al res$el:e 7nica!ene en c$ano a 9$e la cele/racin de la a$diencia de conciliacin4 de!anda 0 e8cepciones4 o*reci!ieno 0 ad!isin de pr$e/as se apeg a la Le04 sin 9$e se oc$para respeco a la n$lidad de las ac$aciones4 0 el e!pla(a!ieno al #$icio s$p$esa!ene
reali(ada4
esa/leciendo
en
s$
p$no
resol$i:o4
>P6IME6O. Se declara i!procedene el incidene de n$lidad de ac$aciones en ;r!inos del seg$ndo considerando. SEHNDO. Se ordena dar de/ido c$!pli!ieno al ac$erdo de *ec?a orden-ndose $rnar los presenes a$os al C. A$8iliar para la cele/racin del pro0eco de resol$cin. CONCEPTOS DE BIOLACIN. P6IME6O. La $na responsa/le :iola en per#$icio de !is represenados las garanas consi$cionales de seg$ridad 0 legalidad #$rdica conenidas en los arc$los 1% 0 1) consi$cionales@ +%34 +'2 0 &+3 de la Le0 ederal del Tra/a#o4 la a$oridad resp. no se oc$pa4 de la n$lidad soliciada4 de ?a/erlo ?ec?o se ?$/iese percaado de la irreg$laridad de las ac$aciones del ac$ario. SEHNDO. La $na responsa/le :iola las garanas consi$cionales de seg$ridad 0 legalidad #$rdicas4 por :iolenar lo disp$eso en el ar. &+34 de la Le0. ederal del Tra/a#o4 al ransc$rrir solo oc?o das de la s$p$esa noi*icacin al desa?ogo de la a$diencia de conciliacin de!anda 0 e8cepciones o*reci!ieno 0 ad!isin de pr$e/as. Por lo e8p$eso a Hsed C. $e( de Disrio4 aena!ene pido.
101
P6IME6. Tener!e por presenado a no!/re de !is represenados4 soliciando el a!paro 0 proeccin de la $sicia ederal4 en conra de los acos recla!ados 0 a$oridades responsa/les ciados. SEHNDO. Conceder a !is !andanes la s$spensin pro:isional del aco recla!ado 0 en s$ opor$nidad la s$spensin de*inii:a. TE6CE6O. En s$ opor$nidad dicar senencia *a:ora/le a !is represenados. P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA. Acap$lco4 $errero4 a
A!paro por co!parecencia. En la Ci$dad de Acap$lco4 $errero4 siendo las doce ?oras del da 2" de sepie!/re del dos !il cinco4 co!parece ane el $e( c$aro de disrio4 en el Esado4 esando presene el C. $e( de disrio 0 s$ Secreario4 con 9$ien ac7a@ 9$ien di#o lla!arse4 $an P;re(4 de 2, a
102
:iolacin de las garanas 9$e oorgan los arc$los 1% 0 1) consi$cionales4 9$e !ani*iesa /a#o proesa de decir :erdad4 co!o lo re9$iere la *rac. IB4 del ar. 11) de la Le0 de A!paro4 9$e no ?a reali(ado ning7n ?ec?o o a/sencin 9$e p$diera consi$ir anecedene del aco recla!ado o *$nda!eno de los concepos de de :iolacin4 0 9$e a pesar de ello4 al salir de s$ casa4 *$e a/ordado por $nas personas 9$e preendieron deenerlo4 sin lograrlo4 por ?a/erse s$/ido al a$o!:il de s$ ?i#o4 9$ien lo cond$#o ?asa ese #$(gado@ 9$e solicia se le conceda la s$spensin pro:isional 0 la de*inii:a del aco recla!ado 0 en s$ opor$nidad4 la proeccin consi$cional 9$e solicia. Para consancia se le:ana la presene 9$e pre:ia s$ lec$ra 0 rai*icacin4 es *ir!ada por los 9$e en ella iner:inieron. Do0 e. El $e( de disrio
El co!pareciene. El Secreario.
a0 9$e ener el c$idado4 9$e no por c$al9$ier aco recla!ado se pedir- ese ipo de a!paro. Ac$erdo a la de!anda elegr-*ica. En la Ci$dad de Acap$lco4 $errero4 a 2" de agoso del dos !il cinco4 la Secrearia da c$ena al. $e(4 con la de!anda de a!paro elegr-*ica pro!o:ida por conra acos de di:ersas a$oridades. Conse. C$erna:aca4 Morelos a ' de sepie!/re de dos !il cinco4 . Bisa la de!anda de a!paro elegr-*ica pro!o:ida por 4 conra acos del C. Proc$rador eneral de $sicia del Esado4 del e*e de la polica #$dicial4 de desacada en C$a$la4 Morelos4 0 del Co!andane de la polica M$nicipal4 de C$a$la4 Morelos4 consisenes en la orden de apre?ensin 9$e dic en s$ conra el pri!ero de los no!/rados4 raan de e#ec$ar las de!-s a$oridades
10
!encionadas4 por considerar 9$e se :iolan en s$ per#$icio las garanas consignadas en los arc$los 1% 0 1)4 consi$cionales4 con *$nda!eno en el ar. 11& de la Le0 de A!paro4 ;ngase por presenada la !is!a 0 reser:ase a pro:eer lo procedene respeco a s$ ad!isin $na :e( 9$e el pro!o:ere la rai*i9$e por escrio denro del ;r!ino se
10!
#$icios de a!paro o en e#ec$cin de las !is!as 0 en la de!anda de c$ena se co!/ae la c$!pli!enacin 9$e preende reali(ar la a$oridad se
.
6egsrese
en
el
li/ro
de
A$8iliar
de
a!paro.
Noi*9$ese. Lo pro:e0 0 *ir!a el C. licenciado. El $e(.
El Secreario.
ACLA6ACIN DE LA DEMANDA. M;8ico Disrio ederal4 a de !il no:ecienos no:ena 0 Bisa la de!anda de a!paro pro!o:ida porConra acos del C. Proc$rador eneral de $sicia del Disrio ederal4 0 de ora a$oridad4 0 en aencin a 9$e el pro!o:ere se
10
Lo pro:e0 0 *ir!a el C. Licenciado $e( de Disrio en Maeria Penal del Disrio ederal. Do0 e. El $e(.
El Secreario
ADMISIN DE LA DEMANDA. M;8ico Disrio ederal4 a de !il no:ecienos. 0 Bisa la de!anda de a!paro pro!o:ida por conra acos del C. #$e( no:eno penal4 del Disrio ederal4 0 de oras a$oridades con *$nda!eno en los arc$los 1,+ raccin BII4 Consi$cional4 1%+4 1%&4 1%"4 0 1') de la Le0 de A!paro4 se ad!ie la !is!a4 anese en el li/ro de regisro de #$icios de a!paro4 *r!ese e8pediene 0 pdanse a las a$oridades se
10
A6EADOS. a. T;ngase por a$ori(ado para or noi*icaciones en ;r!inos del ar. 2+ de la Le0 de A!paro a…… / Por separado 0 por d$plicado ra!ese el incidene de s$spensin. c No se ra!ia el incidene de s$spensin por no soliciarlo el 9$e#oso. d Con *$nda!eno en el ar. 2,4 de la Le0 de la Maeria4 pre:;ngase a los pro!o:enes 9$e designen represenane co!7n elegido de enre ellos !is!os4 enendidos 9$e de no ?acerlo4 ese #$(gado endr- con al car-cer al pri!ero de los no!/rados.
DETENCIN INCOMHNICACIN MALOS T6ATOS 5 PELI6O DE P6IBACIN DE LA BIDA. BISTA La de!anda de a!paro pro!o:ida por4 conra acos del Direcor eneral de la Polica $dicial del Disrio ederal4 0 de oras a$oridades con *$nda!eno en los arc$los 1,+4 *raccin BII4 Consi$cional4 0 1234 1%+4 1%&4 1%" 0 1')4 de la Le0 de A!paro4 se ad!ie la !is!a4 anese en el li/ro de regisro de $icios de A!paro4 *r!ese e8pediene 0 e8pdase a las a$oridades se
10
a
O6DEN DE AP6EENSIN DICTADA PO6 AHTO6IDAD HDICIAL PO6 DELITO CALIICADO COMO 6ABE4 RHE NO DIS6HTA DEL GENEICIO DE LIGE6TAD PE6SONAL. BISTA la c$ena 9$e anecede de la Secrearia 0 en c$!pli!ieno a lo ordenado por a$o de esa *ec?a dicado en el c$aderno principal de #$icio de garanas n7!ero 4 pro!o:ido por conra acos de los CC. 0 oras a$oridades4 ra!ese incidene de s$spensin por d$plicado. Con apo0o en lo disp$eso por los arc$los 1224 12%413,4 13141324 13) 0 1%2 de la Le0 de A!paro4 pdase a las a$oridades se
10;
9$e dic en conra del 9$e#oso el #$e( se
El Secreario
AL CIHDADANO. Sr:ase Hsed rendir a ese #$(gado de Disrio4 denro de cinco das4 el in*or!e con #$si*icacin4 pre:enido en el arc$lo 1%" de la Le0 de A!paro4 acerca de los ?ec?os a 9$e se re*iere la de!anda de garanas c$0a copiase le ad#$n con el di:erso o*icio n7!ero de pro!o:ida por Al !is!o ie!po se ser:ir- $sed o!ar noa de 9$e la a$diencia consi$cional endr- l$gar en el local de ese !is!o #$(gado de Disrio4 a las ?oras del da. Sir:iendo ese o*icio de noi*icacin en *or!a4 para ese e*eco. Proeso a $sed !i aena consideracin. adedeV2,,& El #$e( de Disrio.
10
……………………………………………………………………………………………… ASHNTO. SE PIDE INO6ME P6EBIO AL C. Sr:ase $sed rendir a ese #$(gado de Disrio4 denro de :einic$aro ?oras4 el in*or!e pre:io pre:enido en el arc$lo 131 de la Le0 de A!paro4 acerca de los ?ec?os a 9$e se re*iere la de!anda de garanas4 c$0a copia se le ad#$na pro!o:ida por…4 conra acos de $sed….. Se ?a se
110
1. Tesi!onial a cargo de los se
Por lo e8p$eso a Hsed C. #$e(4 aena!ene pido se sir:a. NICO. Pro:eer con*or!e a derec?o. Acap$lco4 $errero4 a 2" de agoso de dos !il siee. O6ECIMIENTO DE P6HEGAS.
R$e#oso. A!p. Ind. N7!.
C. HE CHA6TO DE DIST6ITO P6ESENTE. R$e#oso4 pro!o:iendo en los a$os del #$icio de a!paro se
111
?ora 9$e se se
112
Por lo e8p$eso4 a Hsed4 C. $e( de Disrio4 aena!ene pido se sir:a= Pro:eer con*or!e a derec?o P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA. Acap$lco4 $errero4 a :einin$e:e de agoso de dos !il n$e:e.
INTE66OATO6IO AL TENO6 DEL CHAL SE6UN EAMINADOS LOS TESTIOS RHE O6ECE EL RHEOSO4 SEXO6 EN EL HICIO DE AMPA6O IND. NM. RHE SE T6AMITA EN EL HADO . Pre:ia s$s generales 0 proesa de Le0. 1. Si conoce al Se
3. R$e diga el esigo si es$:o presene en el l$gar de los ?ec?os el o*endido se
11
+. R$e diga el esigo si el se
LA AHDIENCIA CONSTITHCIONAL. En la Ci$dad de C?ilpancingo4 $errero4 siendo las die( ?oras de da siee de oc$/re del dos !il siee4 da 0 ?ora se
11!
a$oridades responsa/les Pri!era Sala Ci:il4 del Tri/$nal S$perior de $sicia4 0 #$e( Pri!ero de lo Ci:il4 a!/os de la Ci$dad de C?ilpancingo4 por los c$ales rinden s$ in*or!e con #$si*icacin4 re!iiendo el pri!ero de los no!/rados copias ceri*icadas de di:ersas consancias en s$ apo0o@ c$ena con el pedi!eno n$!ero4 4 del Agene del Miniserio P7/lico ederal4 adscrio por el 9$e solicia se so/resea en el presene #$icio de a!paro@ a conin$acin la pare 9$e#osa pide el $so de la pala/ra a 9$ien se le concede por :o( de s$ a$ori(ado en ;r!inos de le04 !ani*esando lo sig$iene@ R$e en ese aco e8?i/e 0 o*rece co!o pr$e/as de s$ pare@ copia ceri*icada de odo lo ac$ado en el oca n7!. 0 del e8pediene n7!ero4 de donde e!anan los acos recla!ados4 e8pedidas por los C. Secrearios de Ac$erdos de la Pri!era Sala Ci:il del T.S..4 0 del $(gado pri!ero de lo ci:il@ lo anerior en ;r!inos del arc$lo "3 del Cdigo ederal de Procedi!ienos ci:iles4 de aplicacin s$pleoria de la Le0 de A!paro@ el C. $e( ACHE6DA.
Se ienen por rendidos los in*or!es con #$si*icacin de las
a$oridades responsa/les en los ;r!inos de s$s o*icios de c$ena4 as co!o por reci/ida copia ceri*icada de di:ersas consancias 9$e re!ie el pri!ero de los no!/rados en apo0o de s$ in*or!e4 se ienen por o*recidas4 ad!iidas 0 desa?ogadas por s$ propia 0 especial na$rale(a4 las pr$e/as doc$!enales 9$e en ese aco o*reci la pare 9$e#osa4 se iene por reprod$cido el pedi!eno de c$ena del Agene del Miniserio P7/lico ederal adscrio4 por el 9$e solicia se so/resea en el presene #$icio de a!paro4 no ?a/iendo pr$e/as pendienes 9$e desa?ogar ni alegaos 9$e ener por reprod$cidos4 *ir!aron las pares 9$e en ella iner:inieron pasando a reirarse 0 el s$scrio #$e( pasa a dicar la resol$cin 9$e en derec?o proceda. Do0 e. C. $e(.
C. Secreario
11
CAPÍTHLO BIII. SEHNDA PA6TE EL AMPA6O DI6ECTO ANTECEDENTES. Se enc$enran en los principios de legalidad s$senados en la re:ol$cin rancesa de 1+&"4 con la >Declaracin Hni:ersal de los derec?os del ?o!/re 0 del Ci$dadano4 9$e oorga/a al Ci$dadano $n rec$rso para an$lar la senencia in#$sa4Q9$e odo ci$dadano $:iera la opor$nidad de an$lar la senencia in#$sa ese rec$rso se lla!o de casacin4 la accin de casar o an$lar4 en M;8ico ese rec$rso lo $:i!os en los arc$los 13%%4 0 sig$ienes del Cdigo de Co!ercio derogados en 1"&".
11
Ar. 13%%. >El rec$rso de casacin slo procede conra la senencias de*inii:as dicadas en la 7li!a insancia de c$al9$ier #$icio 0 9$e no ?a0an pasado en a$oridad de cosa #$(gada@ ar. 13%'. > P$ede inerponerse. I.
En c$ano al *ondo del negocio.
II.
Por :iolacin de las le0es 9$e esa/lecen el procedi!ieno.
>Ga#o c$al9$iera de esos dos aspecos4 la casacin e8ige para prosperar el esrico c$!pli!ieno de lo 9$e prescri/en las le0es locales respeci:as. Co!o la apelacin4 se ad!iir- o denegar- de plano 0 se s$/sanciar- con slo el escrio en 9$e se i!ponga4 el en 9$e se !e#ore 0 el in*or!e en esrados. El anecedene de la d$alidad de a!paros se enc$enra en el disc$rso de Ben$siano Carran(a4 en la sesin ina$g$ral de Congreso Consi$0ene4 el pri!ero de dicie!/re de 1"1).2+ >a0 9$e reconocer4 9$e en el *ondo de la endencia a dar al ar.1%4 $na e8ensin inde/ida4 es- la necesidad indigene de red$cir a la a$oridad #$dicial de los esados a s$s #$sos l!ies4 p$es /ien prono se palp4 9$e con:eridos los #$eces en insr$!enos ciegos de los go/ernadores4 9$e descarada!ene se in!isc$an en as$nos 9$e esa/an por co!pleo *$era del alcance de s$s ari/$ciones4 se ?acia preciso4 ener $n rec$rso4 ac$diendo a la a$oridad #$dicial *ederal4 para repri!ir anos e8cesos. >El p$e/lo !e8icano esa 0a an acos$!/rado al a!paro en los #$icios ci:iles para li/rarse de las ar/irariedades de los #$eces4 9$e el go/ierno de !i cargo ?a credo 9$e sera no slo in#$so4 sino i!polico4 pri:arlo a?ora de al rec$rso4 esi!ando 9$e /asar- li!iarlo 7nica!ene a los casos de :erdadera 0 posii:a necesidad4 d-ndole $n procedi!ieno *-cil 0 e8pedio para 9$e sea e*eci:o4 co!o se ser:ir- :er a la C-!ara en las /ases 9$e se proponen para s$ regla!enacin. En consec$encia se crea $na n$e:a Le0 Org-nica en 1"1"4 para esa/lecer la co!peencia de la S. C. . 0 los #$eces de disrio4 el !-8i!o Tri/$nal4 anes de 2
S" #"'*6"/5$ )$ '*/+()%$# )$ *?#$ M$/($) 5") J('* 5" A67$#*,*?,'%7,!;..
11
esa *ec?a no conoca direca!ene de los #$icios de a!paro4 slo a ra:;s del rec$rso de re:isin@ en principio la procedencia del a!paro direco para aacar las senencias de*inii:as se concreo en el orden ci:il 0 cri!inal4 seg7n la *rac. BIII del ar. 1,+ Consi$cional. La re*or!a al ar. 1,+ Consi$cional de *e/rero de 1"'14 0 a la Le0 Org-nica de 1"1"4 creo a los Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 0 la procedencia del rec$rso de re:isin del a!paro indireco a dic?os T. C. 0 a la S. C. 4 por c$ano a la inconsi$cionalidad de le0es4 con el o/#eo de red$cir la carga de as$nos del M-8i!o ri/$nal. La sig$iene re*or!a Consi$cional a la Le0 de A!paro del 1' de enero de 1"&&4 0 a la Le0 Org-nica4 *ac$la a los Tri/$nales Colegiados4 para conocer en !aeria penal de senencias o resol$ciones dicadas por a$oridades #$diciales del orden co!7n o *ederal 0 de las dicadas en los incidenes de reparacin del daPor consig$iene4 el a!paro direco a?ora se inerpone ane los Tri/$nales Colegiados de Circ$io a ra:;s de la a$oridad responsa/le ordenadora4 0 s$ /re:e ra!iacin slo iene $na insancia4 lo c$al signi*ica 9$e anes de la iner:encin de esos Tri/$nales *ederales ning$na ora a$oridad *ederal conoci de ellos4 en los ;r!inos 9$e disponen las *racciones B 0 BI4 del ar. 1,+ Consi$cional4 *racciones 9$e se enc$enran regla!enadas en el ar. 1'& de la Le0 de A!paro. 2& La de!anda de A!paro Direco se inerpone sie!pre por escrio4 no ?a0 e8cepciones.
2;
O?,'%,7!;;
11;
LA P6OCEDENCIA DEL HICIO DE AMPA6O DI6ECTO PO6 BIOLACIONES AL P6OCEDIMIENTO 5 PO6 BIOLACIONES COMETIDAS EN LA SENTENCIA. PO6 BIOLACIONES AL P6OCEDIMIENTO. El ar. 1'&4 de la Le0 de A!paro4 esa/lece el re9$isio esencial para la procedencia del #$icio de a!paro direco. >El #$icio de a!paro direco es co!peencia del Tri/$nal Colegiado de Circ$io 9$e corresponda4 en los ;r!inos esa/lecidos por las *racciones B 0 BI del ar. 1,+ consi$cional4 0 procede conra senencias de*inii:as o la$dos 0 resol$ciones 9$e pongan *in al #$icio4 dicados por Tri/$nales #$diciales ad!inisrai:os o del Tra/a#o4 respeco de los c$ales no proceda ning7n rec$rso ordinario por el 9$e p$edan ser !odi*icados o re:ocados4 0a sea 9$e la :iolacin se co!ea en ellos o 9$e4 co!eida d$rane el procedi!ieno a*ece a las de*ensas del 9$e#oso4 rascendiendo al res$lado del *allo 0 por :iolaciones de garanas co!eidas por las propias senencias4 la$dos o resol$ciones indicados . Los p-rra*os seg$ndo 0 ercero no son aplica/les a la !aeria penal@ el Cdigo de procedi!ienos penales del Disrio ederal4 en s$ ar. 3," esa/lece >No procede rec$rso alg$no conra las senencias 9$e se dicen en proceso s$!ario >4 en esos casos procede el a!paro direco por ser de*inii:as s$s senencias4 en !aeria penal se pone *in al #$icio c$ando se declara c$lpa/le o inocene de la ac$sacin4 co!o las resol$ciones de so/resei!ieno4
por9$e iene los e*ecos de $na
senencia a/sol$oria. En el a!paro direco se in:ocan :iolaciones a las le0es del procedi!ieno4 pero slo a9$ellas 9$e a*ecan las de*ensas del 9$e#oso 0 rascienden al res$lado del *allo4 de no ser as sera in7il la reposicin del procedi!ieno4 el a!paro se concede para e*ecos de reponer el procedi!ieno a parir de la ac$acin de las
11
:iolaciones4 9$eda in:alidada4 no se ?ace el es$dio de :iolaciones de *ondo en la senencia. El ar. 1), esa/lece las :iolaciones al procedi!ieno4 seis de ellas se cone!plan en el ar. 2, Consi$cional4 0 las de!-s se cone!plan
en el Cdigo de
procedi!ienos penales. BIOLACIONES EN LA SENTENCIA En ese caso se procede al an-lisis del aco recla!ado4 en la e8isencia del delio4 la e8isencia de las pr$e/as correspondienes a la responsa/ilidad del inc$lpado4 las penas respeci:as en /ase al grado de peligrosidad del ac$sado4 si no e8isen esas :iolaciones se niega el a!paro4 a e8cepcin de 9$e si se declaran *$ndados los concepos de :iolacin o se s$ple la de*iciencia de la 9$e#a4 en ;r!inos del ar. +) /is4 *rac. II4 se concede el a!paro en *or!a a/sol$a. 6ERHISITOS DE LA DEMANDA El ar. 1)) esa/lece los re9$isios de la de!anda de a!paro direco4 con e8cepciones de las *racciones II 0 B4 seg7n el ar. %%4 la de!anda se pro!o:erpor cond$co de la a$oridad responsa/le4 Q9$e pri:a de la li/erad al ac$sado 9$ien procede a inegrar el e8pediene del a!paro4 9$e se enc$enren las copias necesarias4 0 e!pla(ar a las pares para 9$e denro del ;r!ino de die( das co!pare(can ane el T.C.C. a de*ender s$s derec?os. S$ r-!ie. La a$oridad responsa/le ordena la s$spensin del aco recla!ado4 9$e iene por e*eco 9$e el ac$sado 9$edare a disposicin del T. C. C. por cond$co de la a$oridad 9$e orden la s$spensin 0 con *$nda!eno en el propio procedi!ieno del #$icio de a!paro la a$oridad responsa/le ordena s$ li/erad ca$cional al 9$e#oso4 si procediere.
120
La responsa/ilidad 0 r-!ie del a!paro direco ane el T. C. C.4 es- a cargo de s$ Magisrado presidene4 el Secreario eneral de ac$erdos re:isa si e8isen ca$sas de i!procedencia4 para desec?ar de plano la de!anda co!$nicando a la a$oridad responsa/le de in!ediao4 o se procede a re9$erir al 9$e#oso4 para 9$e aclare la de!anda en $n ;r!ino de cinco das. En caso conrario4 se ad!ie la de!anda4 0 se ordena noi*icar a las pares 0 se pone el e8pediene 0 ane8os a la :isa del Miniserio P7/lico4 para la *or!$lacin de s$ pedi!eno. La S$pre!a Core4 p$ede e#ercer s$ *ac$lad de araccin de c$al9$ier a!paro direco4 en oda la rep7/lica4 o a peicin del Proc$rador eneral de la 6ep7/lica4 o de los Propios T.C.C. Inegrado el e8pediene con o sin el pedi!eno del Miniserio P7/lico4 $na :e( 9$e los as$nos es-n preparados para resol:erse4 es cos$!/re de los Tri/$nales Colegiados4 se soreen los as$nos enre los Magisrados 9$e lo inegran4 de esa !anera se disri/$0e el ra/a#o para las ponencias respeci:as. El Magisrado ponene4 con s$s Secrearios de es$dio *or!$la los Pro0ecos de resol$cin4 ?ec?o lo anerior4 los en:a de in!ediao a los oros dos !agisrados para s$ es$dio. Es$diado el as$no por los res !agisrados se *or!$la $na lisa 9$e se *i#a en los esrados4 *ir!ada por el Magisrado ponene4 0 9$e se disc$en en sesin pri:ada en el orden de la lisa. Se procede a la :oacin 0 se res$el:e por !a0ora o por $nani!idad de :oos. En el caso de 9$e no se apr$e/e el pro0eco se designa a $n Magisrado de la !a0ora para 9$e *or!$le $n n$e:o pro0eco4 con*or!e al crierio de la !a0ora4 el Magisrado disidene *or!$la el :oo paric$lar. Concl$ida la sesin se le:ana $n aca circ$nsanciada4 se asiena el res$lado de la :oacin de cada as$no 0 se procede a *i#ar la lisa en los esrados.
121
ir!ada la e#ec$oria de a!paro por os res Magisrados 0 del Secreario eneral de Ac$erdos4 se noi*ica a las a$oridades responsa/les4Qc$ando concede oal!ene la proeccin del a!paro 0 el ac$sado se enc$enra deenido4 se *ir!a de in!ediao la e#ec$oria4 el ac$ario procede a s$ noi*icacin para 9$e se le ponga en li/erad al 9$e#oso. QEl caso Das In*ane el C.C.C. noi*ica de in!ediao de#ando en li/erad a Gra$n. El caso de 6a7l Salinas de orari4 2,,' C$ando
el Tri/$nal
Colegiado
de
Circ$io4
res$el:e
respeco
de la
consi$cionalidad de le0es *ederales o locales4 raados inernacionales4 regla!enos e8pedidos por el Presidene de la 6ep7/lica4 0 regla!enos de le0es locales4 e8pedidos por los go/ernadores4 o c$ando esa/lece la inerpreacin direca de $n precepo de la Consi$cin4 procede el rec$rso de 6e:isin ane la S$pre!a Core4 en odos los de!-s casos 9$e res$el:an los Tri/$nales Colegiados es de*inii:o@ as *$nciona el conrol de legalidad. EL AMPA6O DI6ECTO CIBIL. En la !a0ora de los #$icios ci:iles o !ercaniles4 del *$ero co!7n o *ederal4 sie!pre se inerpone el a!paro direco en conra de las senencias4 con*or!e a la *rac. B. del ar. 1,+ Consi$cional 9$e dice= >El a!paro conra senencias de*inii:as o conra la$dos 0 resol$ciones 9$e pongan *in al #$icio4 sea 9$e la :iolacin se co!ee d$rane el procedi!ieno o en la senencia !is!a4 se pro!o:er- ane el Tri/$nal Colegiado de Circ$io 9$e corresponda con*or!e a la disri/$cin de co!peencias 9$e esa/le(ca la Le0 Org-nica del Poder $dicial de la ederacin4 inc. c En !aeria ci:il4 >c$ando se recla!en senencias de*inii:as dicadas en #$icios del orden *ederal4 o !ercaniles sea *ederal o local la a$oridad 9$e dice el *allo4 o en #$icios del orden co!7n.
122
El ar. 1'& e8presa= >El #$icio de a!paro direco es co!peencia del Tri/$nal Colegiado de Circ$io4 9$e corresponda 0 procede conra senencias de*inii:as4 o la$dos 0 resol$ciones 9$e opongan *in al #$icio4 dicados por Tri/$nales #$diciales4 ad!inisrai:os o del Tra/a#o… los acos recla!ados son enonces senencias de*inii:as4 la$dos 0 resol$ciones 9$e pongan *in al #$icio4 en !aeria ci:il los acos recla!ados son senencias de*inii:as 0 resol$ciones 9$e ponen *in al #$icio4 De ac$erdo al ar. %% la de!anda de a!paro se pro!$e:e por cond$co de la a$oridad responsa/le .0 el ar. %)4 de*ine lo 9$e de/e enenderse por senencia de*inii:a. >Para los e*ecos del ar. %%4 se enender-n por senencias de*inii:as las 9$e decidan el #$icio en lo principal4 0 respeco de las c$ales las le0es co!$nes no concedan ning7n rec$rso ordinario por :ir$d del c$al p$edan ser !odi*icadas o re:ocadas. Con*or!e al ar. %%4 se eniende por resol$ciones 9$e ponen *in al #$icio4 a9$ellas 9$e sin decidir el #$icio en lo principal4 lo dan por concl$ido4 0 respeco de las c$ales las le0es co!$nes no conceden ning7n rec$rso ordinario por :ir$d del c$al p$eden ser !odi*icadas o re:ocadas. Por oro lado seg7n el Cdigo de Co!ercio ?a0 senencias de*inii:as e inerloc$orias4 esa 7li!a es la 9$e res$el:e $n incidene4 alg$na e8cepcin o co!peencia. Por c$ano a las resol$ciones 9$e ponen *in al #$icio independiene!ene de s$ na$rale(a4 p$ede raarse de $n a$o4 $na inerloc$oria4 o $na senencia4 por9$e el ;r!ino resol$ciones es gen;rico4 Qe#e!.la resol$cin 9$e decrea la cad$cidad del #$icio. De ac$erdo al ar. %%4 no o/sane 9$e se enc$enra en capi$lo de la >co!peencia 0 de la ac$!$lacin4 e8presa 9$e el a!paro direco se pro!o:erpor cond$co de la a$oridad responsa/le4 no se re*iere a la co!peencia sino al cond$co para presenar la de!anda 0 el ar 1)3 $/icado en el capi$lo e8presado4 a!/i;n el se
12
6ERHISITOS DE LA DEMANDA. De ac$erdo al ar. 1)) >La de!anda de a!paro de/er- *or!$larse por escrio en la 9$e se e8presar-n= I.
El no!/re 0 do!icilio del 9$e#oso 0 de 9$ien pro!$e:e en s$ no!/re@
II.
El no!/re 0 do!icilio del ercero per#$dicado@
III.
La a$oridad o a$oridades responsa/les@
IB.
La senencia de*inii:a4 la$do o resol$cin 9$e ?$/iere p$eso *in al #$icio4 consi$i:o del aco o de los acos recla!ados@ 0 si se recla!aren :iolaciones a las le0es del procedi!ieno4 se precisar- c$al es la are de ;se en la 9$e se co!ei la :iolacin 0 el !oi:o por el c$al4 se de#o sin de*ensa al agra:iado. C$ando se i!p$gne la senencia de*inii:a4 la$do o resol$cin 9$e ?$/iere p$eso *in al #$icio por esi!arse inconsi$cional la le04 el raado o el regla!eno4 aplicado ello ser- !aeria 7nica!ene del cap$lo de concepos de :iolacin de la de!anda4 sin se
B.
La *ec?a en 9$e se ?a0a noi*icado la senencia de*inii:a4 la$do o resol$cin4 9$e ?$/iere p$eso *in al #$icio4 o la *ec?a en 9$e ?a0a enido conoci!ieno el 9$e#oso de la resol$cin rec$rrida.
BI.
Los precepos consi$cionales c$0a :iolacin se recla!e 0 el concepo o concepos de la !is!a :iolacin@
BII.
La le0 9$e en concepo del 9$e#oso se ?a0a aplicado ine8aca!ene o la 9$e de#o de aplicarse4 c$ando las :iolaciones recla!adas se ?agan consisir en ine8aca aplicacin de las le0es de *ondo. Lo !is!o se o/ser:ara c$ando la senencia se *$nde en los principios generales del derec?o.
12!
C$ando se rae de ine8aca aplicacin de :arias le0es de *ondo4 de/erc$!plirse con esa prescripcin en p-rra*os separados 0 n$!erados. En esa !aeria iene rele:ancia los concepos de :iolacin co!o pare *$nda!enal de la de!anda por9$e la s$plencia de la 9$e#a no es an a!plia co!o en oras !aerias. Al respeco ene!os la sig$iene #$rispr$dencia. >CONCEPTOS DE BIOLACIN. CHANDO NO EISTEN4 DEGE SOG6ESEE6SE EL AMPA6O 5 NO NEA6LO. Si se o!ie en la de!anda de a!paro e8presar los concepos de :iolacin4 o solo se co!/ae la senencia recla!ada diciendo 9$e es incorreca4 in*$ndada4 in!oi:ada4 9$e no se c$!plieron las *or!alidades del procedi!ieno $ oras e8presiones se!e#anes4 pero sin ra(onar por9$e se consideran as4 ales a*ir!aciones an generales e i!precisas4 no consi$0en la e8presin de concepos de :iolacin re9$erida por la *raccin BII del ar.. 1)) de la Le0 de A!paro4 0 la S$pre!a Core4 no p$ede anali(ar la senencia co!/aida por9$e el a!paro ci:il4 es de esrico derec?o4 lo c$al deer!ina la i!procedencia del #$icio4 de con*or!idad con la *rac. BIII4 del ar +34 en relacin con el 1))4 *rac. BII4 de la Le0 de A!paro4 0 con el apo0o en el ar. +%4 *rac. III4 de dic?a Le04 de/e so/reseerse el #$icio 0 no negar el a!paro. LA SHGSTANCIACIN DEL AMPA6O DI6ECTO El ar. 1,+ *rac. I4 ig$al!ene los arc$los %% 0 1)34 0 1)'4 1))4 1)+41)&4 1)"4 1+&41++4 de la Le0 de A!paro4 esa/lecen la ra0ecoria de la de!anda4 la a$oridad responsa/le ?ace consar en el escrio de la de!anda4 la *ec?a en 9$e
12
se noi*ico al 9$e#oso de la resol$cin recla!ada 0 la presenacin del escrio4 as co!o los das in?-/iles 9$e !ediaron enre esas *ec?as. Son res los ac$erdos 9$e dica el T.C.C. El T.C.C. ac$erda la i!procedencia de plano ar. 1++. Ac$erdo de pre:encin de la de!anda ar. 1))4 1+& Si no e8isen ca$sas de i!procedencia4 o de*eco en la de!anda se ad!ie la !is!a 0 ordena noi*icar a las pares4 ar. 1+". El Presidene del Tri/$nal4 $rna el e8pediene denro del ;r!ino de cinco das4 al Magisrado relaor4 para 9$e *or!$le por escrio el pro0eco de resol$cin redacado en *or!a de senencia resol:iendo con*or!e al ar. 1&%4 si el pro0eco del !agisrado relaor se apr$e/a se iene co!o senencia4 si no *$ere apro/ado se designa a $n Magisrado de la !a0ora para 9$e redace la senencia con*or!e a lo e8presado en la sesin. Ig$al!ene ene!os la *ac$lad de araccin 9$e esa/lece la *raccin B del ar. 1,+ Consi$cional4 en 9$e la S$pre!a Core4 arae c$al9$ier #$icio de a!paro direco4 con caracersicas especiales. EL AMPA6O DI6ECTO EN MATE6IA LAGO6AL El ar. 1,+ Consi$cional *rac. B 0 1'& de la Le0 de A!paro4 esa/lecen la procedencia del a!paro direco conra resol$ciones 0 conra la$dos de los Tri/$nales del Tra/a#o4 $nas locales 0 *ederales de Conciliacin 0 Ar/ira#e4 Tri/$nales de Ar/ira#e de los Esados4 0 del Tri/$nal ederal de Conciliacin 0 Ar/ira#e 0 conra las resol$ciones 9$e ponen *in al #$icio@ las :iolaciones Co!eidas d$rane el procedi!ieno4 esas se recla!an en el a!paro direco4 sie!pre 9$e a*ecen las de*ensas del 9$e#oso 0 rasciendan al res$lado del #$icio4 0 :iolaciones 9$e se ?a0an co!eido en el la$do.
12
asa anes de la re*or!a de enero de 1"&&4 el a!paro direco conra los Tri/$nales ederales del Tra/a#o4 conoca la C$ara Sala de la S$pre!a Core4 esa/leciendo crierios 0 esis #$rispr$denciales i!poranes. 1. BIOLACIONES COMETIDAS DH6ANTE EL P6OCEDIMIENTO El ar. 1'" esa/lece >En los #$icios seg$idos ane Tri/$nales ci:iles4 ad!inisrai:os o del ra/a#o4 se considerar-n :ioladas las le0es del procedi!ieno 0 9$e se a*ecan las de*ensas del 9$e#oso. I.
C$ando no se le cie al #$icio o se le cie en *or!a disina de la pre:enida por la Le0@
II.
C$ando el 9$e#oso ?a0a sido !ala o *alsa!ene represenado en el #$icio de 9$e se rae@
III.
C$ando no se le reci/an las pr$e/as 9$e legal!ene ?a0a o*recido4 o c$ando no se reci/an con*or!e a la le0@
IB.
C$ando se declare ilegal!ene con*eso al 9$e#oso4 a s$ represenane o apoderado@
B.
C$ando se res$el:a ilegal!ene $n incidene de n$lidad@
BI.
C$ando no se le concedan los ;r!inos o prrrogas a 9$e $:iere derec?o @
BII.
C$ando sin s$ c$lpa se reci/an4 sin s$ conseni!ieno4 las pr$e/as o*recidas por las oras pares4 con e8cepcin de las 9$e *$eren insr$!enos p7/licos@
BIII.
C$ando no se le !$esren alg$nos doc$!enos o pie(as de a$os de !anera 9$e no p$eda alegar so/re ellos.
I.
C$ando se le desec?en los rec$rsos a 9$e $:iere derec?o4 con arreglo a la Le04 respeco de pro:idencias 9$e a*ecen pares s$/sanciales de
12
procedi!ienos 9$e prod$(can inde*ensin4 de ac$erdo con las de!-s *racciones de ese !is!o arc$lo@ .
C$an C$ando do el Tri/ Tri/$n $nal al #$di #$dici cial al44 ad!in ad!inis isr ra ai: i:o o o del del Tra/a Tra/a#o #o44 coni conin7 n7e e el procedi procedi!ie !ieno no desp$;s desp$;s de ?a/erse ?a/erse pro!o:i pro!o:ido do $na co!pe co!peenc encia4 ia4 o c$ando el #$e(4 !agisrado o !ie!/ro de $n Tri/$nal del Tra/a#o4 i!pedido o rec$sado4 conin7e conociendo del #$icio4 sal:o los casos en 9$e la Le0 lo *ac$le e8presa!ene para proceder@ 0
I. I.
En los los de! de!-s -s cas casos os anan-lo logo goss a los los de las las *ra *racc ccio ione ness 9$e 9$e prec preced eden en44 a #$icio de la S. C. .4 o de los Tri/$nales Colegiados de Circ$io4 seg7n el caso>
a
En c$an c$ano o a la *rac *rac.1 .144 esa esa no iene iene aplic aplicac aci in4 n4 por9$ por9$e e la C$ar C$ara a Sala Sala
esa/leci esa/leci #$rispr$denci #$rispr$dencia a en 1"%'4 en el senido de 9$e es el a!paro indireco indireco el 9$e procede en ese caso / La *rac. II4 se re*iere 9$e $n *also represenane ?a0a iner:enido iner:enido en no!/re del 9$e#oso. c. La *rac.III Se re*iere a la negai:a de reci/ir las pr$e/as4 con *rec$encia se in:oca d.La *rac. IB se re*iere a 9$e el 9$e#oso ?a0a sido declarado ilegal!ene con*eso4 en di:ersas *or!as en los sig$ienes s$p$esos. 1. R$e no se le ?a0a ?a0a noi*icado noi*icado personal!ene personal!ene a a/sol:er a/sol:er posiciones. posiciones. 2. R$e se le enga por con*eso con*eso de posicion posiciones es insidiosas insidiosas o in7iles in7iles.. 3. R$e se se descono(ca descono(ca la personal personalidad idad del represen represenane ane de la persona persona !oral al presenarse a a/sol:er posiciones. e La *rac. B4 9$e se re*iere a la ilegalidad ilegalidad de la resol$cin resol$cin de $n incidene incidene de n$lidad4 co!o el caso de los ar. +,)4 +1%4 0 +'24 de la Le0 ederal del Tra/a#o.
12;
* La *rac. *rac. BI4 se re*iere re*iere a 9$e no se conced concedan an al 9$e#oso 9$e#oso los ;r!inos ;r!inos de prrroga a 9$e iene derec?o4 co!o el ;r!ino para *or!$lar alegaos4 ars. &&24 0 +3+ de la Le0 La/oral. g.La *rac .I4 no iene aplicacin4 co!enarios al ar. &%&4 de la L..T. ? La *rac. *rac. 4 esa ca$sal ca$sal no es co!7n4 iene ienen n aplicaci aplicacin n los arc$l arc$los os +,3 0 +11 de la L..T@ i
En c$ano c$ano a la 7li! 7li!a a *rac. *rac. los ri/$ ri/$nal nales es edera ederales les ?acen ?acen $n $so $so pr$dene pr$dene de las ca$sas an-logas.
BIOLACIONES COMETIDAS EN EL LAHDO. Son c$aro clases de concepos de :iolacin 9$e se arg$!enan en el a!paro direco. a E8isen :iolaciones por o!isin4 c$ando la 6esponsa/le o!ie o!ie o se a/siene a/siene de #$(gar las acciones4 e8cepciones o las pr$e/as@ / Biolaciones Biolaciones por incongr$encia incongr$encia44 c$ando se oc$pa de c$esiones c$esiones no planeadas por las pares@ se dica $n n$e:o la$do c Biolac Biolacion iones es por inde/i inde/ida da :aloraci :aloracin n de las pr$e/as pr$e/as@@ c$ando rascie rascienda nda al res$lado del #$icio. d Biolaciones por no aplicar la le0 9$e rige el caso concreo@ de/e especi*icar 9$e le0 de/i aplicarse. Ta!/i;n es procedene el a!paro direco al i!p$gnar la inconsi$cionalidad de alg$nos arc$los arc$los de la Le0 La/oral La/oral enre ellos4 ellos4 el %& 0 1)24 co!o lo esa/lece esa/lece la *rac. IB del ar. 1))@ as co!o el c$!pli!ieno c$!pli!ieno 0 la inerpreacin inerpreacin de las cl-$s$las cl-$s$las de los Conraos Coleci:os de Tra/a#o o del Conrao Le0. 3. EL AMPA6O CONT6A 6ESOLHCIONES RHE PONEN IN AL HICIO
12
El 1' de enero de 1"&&4 se re*or!a el ar. 1,+ Consi$cional 0 la Le0 de A!paro para esa/lecer la procedencia del a!paro direco conra esas resol$ciones resol$ciones 9$e eran raadas raadas en el a!paro indireco@ las resol$ciones resol$ciones de los Tri/$nales Tri/$nales del Tra/a#o Tra/a#o 9$e ar/iraria!ene ar/iraria!ene ponen *in al #$icio proceden proceden en dos casos. a C$an C$ando do la de!a de!and nda a ?a sido sido pres presen ena ada da por por el apod apoder erad ado o del del ra/a ra/a#a #ado dorr 0 el de! de!anda andado do opon opone e la e8ce e8cepc pciin de *al *ala a de personalidad4 personalidad4 0 la #$na la declara procedene@ procedene@ iene aplicacin aplicacin el ar )"3 de la L..T. / C$ando C$ando el acor acor de#a de pro!o:er pro!o:er d$ran d$rane e seis !eses !eses 0 a peici peicin n del de!andado se le iene por desisido de s$ accin seg7n el ar. ++3 de la L..T.
CAPÍTHLO I O6MHLA6IO DE AMPA6O DI6ECTO.
CC. MAIST MAIST6AD 6ADOS OS DEL T6IGHN T6IGHNAL AL COLEI COLEIADO ADO DEL BISI BISIMO MO P6IME6 P6IME6 CI6CHITO EN TH6NO.
R$e#oso4 por !i propio derec?o se
10
Bengo a soliciar el a!paro 0 proeccin de la #$sicia *ederal4 en conra de los acos 0 a$oridades 9$e en seg$ida se
$e( pri!ero de lo Penal4 del Disrio $dicial de Ta/ares4 con do!icilio en 4 IV. SENTENCIA DEINITIBA. La senencia de*inii:a dicada en la ca$sa penal
n7!ero con *ec?a4 V. ECA EN RHE SE NOTIIC LA SENTENCIA. La senencia de*inii:a
9$e consi$0e el aco recla!ado se !e noi*ico con *ec?a VI. A6ANTÍAS BIOLADAS4 Las garanas de li/erad4 seg$ridad 0 legalidad4
consagradas en los arc$los 1% 0 1) consi$cionales. VII.
LE5 APLICADA INEACTAMENTE. Ar. del Cdigo penal del
Esado. VIII.
HNDAMENTO DE LA DEMANDA .Arc$los 14 '4 2+4 11%4 11)4 1224
12% 0 de!-s de la Le0 de A!paro. IK. P6OTESTA. Ga#o proesa de decir :erdad !ani*ieso 9$e los ?ec?os 0
a/senciones 9$e consi$0en los anecedenes de los acos recla!ados4 son cieros. ANTECEDENTES. 1. Ane el $e( Pri!ero penal4 del Disrio #$dicial de Ta/ares4 de esa ci$dad4 se !e insr$0 la ca$sa penal4 n7!ero co!o pres$no responsa/le del delio de *ra$de sig$i;ndose el #$icio s$!ario. 2. S$/sanciado dic?a ca$sa penal4 *$i condenado a la pena de a
11
3. Conra la senencia dicada en el #$icio ordinario4 no procede ning7n rec$rso ordinario. . CONCEPTOS DE BIOLACIN. P6IME6O. La responsa/le :iola en !i per#$icio las garanas de li/erad4 seg$ridad 0 legalidad conenidas en el arc$lo 1% consi$cional4 al raar de pri:ar!e de la li/erad personal4 sin 9$e se ?a0an c$!plido las *or!alidades esenciales del procedi!ieno4 0a 9$e en el considerando ercero4 de la senencia de*inii:a 9$e consi$0e el aco recla!ado4 la responsa/le !e consider personal!ene responsa/le de la co!isin del delio de *ra$de gen;rico4 no o/sane de 9$e no se acrediaron los ele!enos consi$i:os del delio co!o son el enga
12
Solicio se !e conceda la s$spensin pro:isional de los acos recla!ados4 para e*ecos de 9$e las cosas se !anengan en el esado en 9$e se enc$enran ?asa 9$e se res$el:a en de*inii:a4 proc$rando !anener la !aeria del a!paro. Por lo e8p$eso A $sed4 C. $e( de Disrio4 aena!ene pido se sir:a. Pro:eer con*or!e a derec?o. P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA. Acap$lco4 $errero a :einin$e:e de agoso del dos !il siee.
P6ESENTACIN DEL AMPA6O ANTE LA 6ESPONSAGLE. C. HE P6IME6O PENAL DEL DIST6ITO HDICIAL DE TAGA6ES. P6ESENTE. R$e#oso4 por propio derec?o4 se
1
recla!ado4 para el e*eco de 9$e las cosas se !anengan en el esado en 9$e se enc$enran ?asa en ano se dice la senencia de*inii:a en el presene #$icio de garanas. Por lo e8p$eso 0 *$ndado a Hsed C. $e(4 aena!ene pido se sir:a. Pro:eer con*or!e a derec?o. P6OTESTO LO NECESA6IO. I6MA. Acap$lco4 $errero. a Beinin$e:e de agoso del dos !il cinco.
HENTES DE INO6MACIN. GIGLIO6AÍA. 1. Arellano arca Carlos4 Pr-cica orense del $icio de A!paro4 Ed. Porr7a. 2. G$rgoa Ignacio El $icio de A!paro. Ed. Porr7a 3. Casro $:enino. La s$spensin del aco recla!ado. Ed. Porr7a. %. Co$o 6icardo4 Traado Tericopr-cico de la S$spensin. '. De la Cr$( AgWero Leopoldo. Gre:e Teora 0 pr-cica del $icio de a!p.4 Ed. P. ). ngora Pi!enel enaro 0 oro. La s$spensin del Aco recla!ado. +. Mirn 6e0es orge Al/ero. El #$icio de A!paro en !aeria penal &. Noriega Al*onso. Lecciones de A!paro dos o!os4 ed. Porr7a. ". O#eda Go?r9$e( 6icardo. El A!paro Penal Indireco4 ed. porr7a 1,. 6osales Ag$ilar 6!$lo. or!$lario del $icio de A!paro.ed. porr7a
1!