simulaciones para ingenieria finanicieraDescripción completa
Descripción completa
Descripción completa
Quadros para provaDescrição completa
FORMULARIO ISOSTATICA
anexos
Descripción: AUTORIZACIONES PARA SALIDAS EDUCATIVAS
Descripción: acceso cnp
Tema 09 Autonomia PacFull description
Cursos de Educação e Formação de Adultos- Nível Básico Aprender com Autonomia
Descripción completa
La autonomía municipal se ha concebido en nuestras Constituciones en una relación directa al cumplimiento de sus competencias y funciones. Ello se fundamenta en que, cuando se refiere a las …Descripción completa
Descripción completa
Descrição completa
Descripción: Acceso Multiple por Division en Frecuencia
ACCESO A LA AUTONOMIA
TERRITORIOS QUE PUEDEN ACCEDER
- Provincias limitrofes con caracteristicas historicas, culturales y economicas comunes. - Territorios insulares. -Provincias con entidad regional historica.
VIA RAPIDA (ART 151) VIA LENTA, GENERAL (ART 143.2) INICIATIVA.
- Diputaciones u organo interinsular.
- 2/3 Municipios cuya poblacion suponga mayoría del censo electoral.
INICIATIVA.
VIA ESPECIAL (ART 144)
- Diputaciones u organo interinsular.
INICIATIVA.
- 3/4 Municipios cuya poblacion suponga mayoria del censo electoral. - Ratificacion por MAYORIA ABSOLUTA de los electores de CADA PROVINCIA. (L.O.) (Solo Andalucia).
Las Cortes Generales mediante LEY ORGANICA y por motivos de INTERES NACIONAL - Autorizar la constitucion de una comunidad autonoma cuando su ambito territorial no supere el de una provincia y no reuna las condiciones del 143.1. (MADRID) - Autorizar o acordar un Estatuto de autonomia para territorios que no esten integrados en la organizacion provincial. provincial. (CEUTA Y MELILLA) - Sustituir la iniciativa de las Corporaciones Locales del 143.2 (Incluir Segovia en CL)
PLAZOS 6 Meses desde la adopción del primer acuerdo Si NO prospera se podrá reiterar pasados 5 AÑOS
COMPETENCIAS A ASUMIR. -
Pueden asumir las competencias del 148.1
COMPETENCIAS A ASUMIR. -
Competencias plenas sin necesidad de dejar transcurrir 5 años.
- Transcurridos 5 años pueden asumirse las del 148.2.
ELABORACION ESTATUTO (ART 146) - Elaborado por asamblea formada por miembros de la Diputacion + Diputados y senadores elegidos en ella. - Elevado a las Cortes para su tramitación como Ley.