Dogmas del concilio vaticano I Se definieron los dogmas de la Inmaculada Concepción y el de la Infalibilidad del Romano Pontífice.
"...declaramos, proclamamos proclamamos y defnimos que la doctrina que sostiene que la beatísima Virgen Virgen María ue preservada inmune de todo mancha de la culpa original en el primer instante de su concepcin por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, en atencin a los m!ritos de risto #es$s %alvador del g!nero humano, est& revelado por Dios y debe ser por tanto frme y constantemente creída creída por todos los feles ... " 'ío I(, bula Ine)abilis Ine)abilis Deus, * de diciembre de +*-/ "Dios ineable, +.../ habiendo provisto desde toda la eternidad la ruina lamentabilísima de todo el g!nero humano que había de derivarse de la culpa de 0d&n, y habiendo determinado, en el misterio escondido desde todos los siglos, culminar la primera obra de su bondad por medio de la encarnacin del Verbo +.../, eligi y se1al desde el principio y antes de todos los siglos a su unig!nito 2i3o, una Madre, para que, hecho carne de 4lla, naciese en la eli5 plenitud de los tiempos6 y tanto la am por encima de todas las criaturas, que solamente en 4lla se complaci con se1aladísima benevolencia omo nos indican las anteriores palabras de 'ío I(, la concepcin inmaculada de la Virgen María es un maravilloso misterio de amor. amor. 7a Iglesia lo ue descubriendo poco a poco, al andar de los tiempos. 2ubieron de transcurrir siglos hasta que uera defnido como dogma de e.
Inabilidad papal En la teología de la Iglesia católica romana, romana , la infalibilidad pontificia constituye un dogma dogma,, según el cual el papa está preservado de cometer un error cuando él promulga, a la Iglesia, una enseñanza dogmática en temas de fe y moral bajo el rango de solemne definición pontificia! o declaración
ex cathedra "
#omo toda verdad de fe, nin guna discusión se permite
dentro de la Iglesia católica y se debe acatar y obedecer incondicionalmente" Esta doctrina es una definición dogmática establecida dogmática establecida en el #oncilio $aticano I de %&'( "con la aprobación del )agrado #oncilio, enseñamos y definimos ser dogma divinamente revelado *ue el +omano ontífice, ontífice, cuando -abla ex cathedra, esto es, cuando, ejerciendo su cargo de pastor y doctor de todos los cristianos, en virtud de su )uprema .utoridad .postólica, .postólica, define una doctrina de /e o #ostumbres y enseña *ue debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina *ue le fue prometida en el bienaventurado edro, a*uella infalibilidad de la *ue el divino +edentor *uiso *ue gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres" or lo mismo, las definiciones del 0bispo de +oma son irreformables por sí mismas y no por razón del
consentimiento de la Iglesia" 1e esta manera, si alguno tuviere la temeridad, lo cual 1ios no permita, de contradecir ésta, nuestra definición, sea anatema"