LA CONCUSIÓN CONCUSIÓN Art. 382º del C.P.
¿QUÉ ES EL DELITO DE CONCUSIÓN? Es un DELITO ESPECIAL Pa!a )l
La Concusión
Conducta mediante el cual el unciona!io "#$lico a$usando de su ca!%o& o$li%a o induce al su'eto "asi(o a da! o "!omete! inde$idamente no inte!esa +ue ten%a !elación con actos es"ec,*cos de su ca!%o.usca "!ote%e! el !e%ula! / co!!ecto uncionamiento& el "!esti%io / la $uena !e"utación de la administ!ación "#$lica& e(itando a$usos de "ode! +ue conlle(en a aecta! los inte!eses inte!e ses del "a!ticula! "a!ticul a!--
Te!ce!a "e!sona Un $ien o $ene*cio "at!imonial
As"ecto O$'eti(o0 CO1PO2TA1IENTO TIPICO0 A.USO DE AUTO2IDAD
E3t!alimitación en la conducta idónea !e%ulada en le/es / +ue de$e mantene! el se!(ido! o unciona!io "#$lico De$e esta! en uso del ca!%o en em"leo "e!o con le%itimidad-
Se "od!4 comete! en situación de (acaciones o "e!misos-
Elemento Su$'eti(o0 O$li%a! o induci! a una "e!sona0
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El obligar, según el tipo penal de concusión solo comprenderá la violencia en baja intensidad. El inducir, consiste en dirigir entendimiento e inclinar voluntad, donde necesariamente se requiera engaños, artificios o astucia
el la no de
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El da! / "!omete!0 La conducta de dar no solo consistirá en la entrega de algo sino tami!n a la retenci"n de la cosa indeida.
La #romesa$ el agente %a a oligar al su&eto #asi%o a #rometer dar un ien o un ene'cio #atrimonial
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El o$'eto de la concusión0 lo%!a ! "a!a s,
Lo%!a ! "a!a ot!o
o$tención de un $ien o $ene*cio "at!imoni al
:
El destinata!io 8"a!a s, o "a!a ot!o90 Se entiende que la conducta se dirige a obtener el provecho para sí mismo o para otro. Este otro puede ser un funcionario o servidor público, un familiar o particular confabulado o no con el sujeto activo!, una persona natural o una persona jurídica
Consumación / Tentati(a0 admite la tentati%a *a +ue #ara llegar a determinar la %oluntad del agente #ara conlle%arlos a la daci"n o la #romesa$ ello su#one +ue se realicen actos anteriores #ara llegar al momento de la daci"n o #romesa.
Se consumará al momento de #roducirse la entrega del ien o ene'cio mediante com#ulsi"n (delito de resultado) o al momento de #roducirse la #romesa. Igual situaci"n ocurre en el su#uesto de inducir a una #ersona a dar o #rometer.
PA2TICIPACIÓN0 ,uncionarios #-licos o ser%idores en calidad de c"m#lices o instigadores.
Los #articulares #artici#an a titulo de c"m#lices e instigadores$ nunca de autores
/ACCIÓN IL0AL Art. 383º del C.P.
.IEN ;U2
Es la administ!ación "#$lica en su no!mal desen(ol(imiento& (ulne!ando los l,mites le%ales / !e%lamenta!ios del unciona!io o se!(ido! "#$lico-
Ti"o O$'eti(o0 Es un Delito Es"ecial
La Acción t,"ica0 es e3i%i! de!ec>os no de$idos& es deci!& +ue no les co!!es"onda !eci$i! al unciona!io "o! !aón del ca!%o-
O$'etos de la E3acción0 son cont!i$uciones / los emolumentos-
las
Ti"o Su$'eti(o0 Consumación Primer su#uesto1 Las contriuciones
Segundo su#uesto1 molumentos
s necesario +ue el ser%idor o ,uncionario #-lico$ ausando de su cargo$ ei&a el #ago o entrega de una contriuci"n o emolumento no deido o en eceso de la tari,a legal
s necesario +ue el ser%idor o ,uncionario #-lico #ercia el #ago o la entrega de una contriuci"n o emolumento indeido o en eceso de la tari,a legal
LA COLUSIÓN Art. 38º del C.P.
7escri#ci"n t5#ica La colusi"n es sin"nimo del termino concertaci"n. 4sta ser5a el acto de #onerse de acuerdo clandestinamente #ara conseguir un 'n il5cito mediante la traici"n a la con'an6a. n el delito de colusi"n ilegal el ,uncionario #-lico * el ser%idor #-lico ostentan un deer &ur5dico intensi'cado de #roteger los intereses * el #atrimonio del stado al negociar con #articulares * #ersonas &ur5dicas. s decir$ +ue tiene #osici"n de garante.
s un delito es#ecial$ #or+ue re+uiere de una cualidad en el su&eto agente #ara su con'guraci"n.
.IEN ;U2
Patrimonio administrado #or la administraci"n #ulica Legalidad del e&ercicio ,uncionarial Carácter #-lico de la ,unci"n.
2e+uisitos La Corte Su#rema di&o sore la concertaci"n * el #re&uicio de,raudatorio1 El núcleo rector típico es el defraudar al Estado o entidad u organismo del Estado, siendo el perjuicio un elemento intrínseco de la defraudación, que viene a ser un componente material en cuanto implica un prejuicio ocasionado a los intereses estatales, que se concretara en su sentido patrimonial, pero también se concreta cuando un perjuicio se da con relación a las expectativas de mejoras. En la concertación ilegal es necesaria la concurrencia de los siguientes elementos: a) El acuerdo clandestino entre dos o más personas para lograr un fn ilícito, b) perjudicar a un tercero, en este caso el Estado y c)mediante ormas contractuales , para lo cual se utiliza el cargo o comisión especial”.
7e,raudaci"n La de,raudaci"n no re+uiere como elemento del ti#o el #ro%ec9o o ene'cio #ersonal del ,uncionario #-lico o del ser%idor #-lico$ #ero la &uris#rudencia nacional #arece considerar todo lo contrario$ *a +ue 9a mani,estado +ue1 además de un sujeto activo funcionario público, que actúa por raón de su cargo, en concierto con la parte interesada también sería un presupuesto del delito el! bene"cio propio!.
ELE1ENTO SU.;ETIO
n este delito se eige el dolo directo$ *a +ue se eige conocer los elementos :concertar$ :ilegalidad * :,raude$ siendo estos los +ue descrien la intenci"n del su&eto. n este ti#o #enal no se #odr5a admitir el dolo e%entual$ *a +ue #or la #ro#ia redacci"n del ti#o$ en este delito el agente +uiere el resultado #or ello se colude con un tercero #ara de,raudar al stado.
CONSU;ACION
Por ser un delito de resultado !ste necesita +ue se realice la de,raudaci"n a los intereses del stado$ es decir$ +ue se d! el #er&uicio econ"mico.
TENTATIA
S5 es #osile admitir casos de tentati%a en este ti#o #enal$ como #or e&em#lo1 La sim#le concertaci"n con 'nalidad de,raudadora sin +ue se #rodu6ca la de,raudaci"n (tentati%a inacaada). l desistimiento %oluntario es admisile s tentati%a a+uella colusi"n +ue no llega a ocasionar #re&uicio al stado.
AUTO2IA B COAUTO2IA
n este ti#o #enal$ la autor5a recaer5a sore los ,uncionarios o ser%idores #-licos +ue act-an en ra6"n de su cargo o #or comisi"n es#ecial La autor5a esta restringida a los su&etos #-licos %inculados$ +ue se relacionan con el o&eto material del delito #or ra6ones deri%ados solo del cargo o comisi"n es#ecial. Siem#re +ue los ,uncionarios se 9allen en id!ntica #osici"n de %inculaci"n ,uncional con relaci"n a las negociaciones en ra6"n al cargo. No se concie como coautor5a$ la #resencia de otros ,uncionarios de ma*or &erar+u5a +ue est!n ,uera de esa %inculaci"n
PA<=OCINIO IL0AL Art. 38>º del C.P.
l +ue$ %ali!ndose de su calidad de ,uncionario o ser%idor #-lico$ #atrocina intereses de #articulares ante la administraci"n #-lica$ será re#rimido con #ena #ri%ati%a de liertad no ma*or de dos a@os o con #restaci"n de ser%icio comunitario de %einte a cuarenta &ornadas.
TIPO O.;ETIO- n ,orma general %iene a ser un delito es#ecial$ *a +ue la norma #rescrie +ui!nes son los -nicos ca#aces de cometerlos.
=SPONSAILI7A7 7 P=O
Las dis#osiciones de los Art5culos 38º * 38>º son a#licales a los Peritos$ Aritros * Contadores Particulares$ res#ecto de los ienes en cu*a tasaci"n$ ad&udicaci"n o #artici"n inter%ienenE *$ a los tutores$ curadores * alaceas$ res#ecto de los #ertenecientes a inca#aces o testamentar5as.
CASO P2CTICO0 CONCUSIÓN 2-N- N 676FFG ABACUCHO
Partes del #roceso "
Los denunciados @e!a!do Bau!i A%ui!!e / ;uan León Oscco& +uienes e!an se!(ido!es nom$!ados del Hos"ital 2e%ional de A/acuc>o& con el ca!%o de o$stet!a ni(el / t)cnico administ!ati(o I ni(el !es"ecti(amente& adem4s de los ca!%os +ue ocu"a$an e!an di!i%entes del sindicato #nico de t!a$a'ado!es del Secto! Salud de A/acuc>o-
"
Los denunciantes son los !e"!esentantes de las em"!esas El Naa!eno& Ca!"inte!,a 1et4lica JA%ust,n Cisne!os e >i'osK-
Acci"n t5#ica1 delito de concusi"n (art. 382 C.P.)
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Se consuma el ti"o cuando el unciona!io o se!(ido! "#$lico& a$usando de su ca!%o o$li%a o induce a una "e!sona a da! o "!omete! inde$idamente& "a!a s, o "a!a ot!o un $ien o un $ene*cio "at!imonial .
Elementos o$'eti(os / su$'eti(os del ti"o "enal desc!ito ante!io!mente-
"
Los denunciados solicitan donati(os / (enta'as económicas a las em"!esas aduciendo >a$e! sido ellos +uienes >a$,an >ec>o "osi$le +ue o$tu(ie!an la $uena "!o "a!a la "!o(isión de di(e!sos se!(icios al nosocomio donde la$o!a$an-
=ecurso de nulidad "
La Co!te Su"!ema de ;usticia decla!a no >a$e! nulidad en la sentencia !esuelta "o! la Sala Su"e!io!& +ue condena a @e!a!do Bau!i A%ui!!e / ;uan León Oscco& como auto!es del delito cont!a la administ!ación "#$lica& en su modalidad de concusión-