PREGUNTAS:
DESA DESARR RROL OLL LE TENIE ENIEND NDO O EN CON CONSIDE SIDERA RACI CIÓN ÓN LAS LAS CITA ITAS DE REFE REFERE RENC NCIA IAS S BIBL BIBLIO IOGRÁ GRÁFIC FICA AS UTIL UTILIZA IZANDO NDO MO MODE DELO LO APA LAS LAS DIFE DIFERE RENC NCIA IAS S EXIS EXISTE TENT NTES ES ENTR ENTRE E EL DERE DERECH CHO O INTER INTERNA NACIO CIONA NAL L PÚBLICO Y EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: CONSIDERANDO LOS SUJET SUJETOS OS,, FUENT FUENTES, ES, FUNDA FUNDAMEN MENTO TO EXEG EXEGÉTI ÉTICO CO Y POR LAS LAS FORMAS DE SANCIÓN.
DESARROLLE TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LAS CITAS DE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS UTILIZANDO MODELO APA LA IMPORTANCIA DE LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y CUÁLES SON LAS PRINCIPALES NORMAS CODIFICADAS . ! PUNTOS". IMPORTANCIA DE LA CODIFICACIÓN DEL DIPRI La diversidad Legislativa entre los países es un hecho impuesto por la historia y la geografía. La codificación como concepto genérico, es la sistematización científica, en un cuerpo orgánico, de las normas, reglas y demás disposiciones jurídicas referidas a una materia o campo especifico del Derecho. Desde el inicio de la labor de codificación del derecho internacional privado se han adoptado dos criterios
!l primero supone un enfo"ue global "ue contempla un cuerpo de normas para abarcar toda la normativa de esta disciplina !l criterio de preparar un código #nico prevaleció en el $ongreso de Lima de %&'' y culminó con la adopción de un código #nico de derecho internacional, el $ódigo (ustamante, en la )e*ta $onferencia +nternacional mericana, en La -abana en %/&. 0ientras "ue el segundo prevé un proceso más gradual y progresivo, "ue supone la formulación de instrumentos internacionales sobre temas jurídicos particulares. !n la actualidad la $odificación del D+1 se realiza como un proceso jurídico por medio de las $onferencias !specializadas +nteramericanas sobre Derecho +nternacional 1rivado 2$+D+13. !sto condujo al abandono del enfo"ue global de la codificación de esta disciplina legal y el inicio de la segunda etapa, en la cual predominó la codificación sectorial del derecho internacional privado. 1or otro lado, la codificación del Derecho +nternacional es la manifestación, en el orden jurídico internacional, del fenómeno general de la codificación "ue e*iste en la triple operación de recopilación de las reglas e*istentes, modificación de las mismas y elaboración de reglas nuevas, en una unidad sistemática. La codificación internacional tiene una manifestación en el plano universal o cuasi4universal y otra en los diferentes ámbitos regionales. !n el plano universal, la codificación tiene tres fases %.5 !n la primera 4"ue abarca fundamentalmente el siglo 6+64 los hitos más destacados son el 7ratado de 8iena de %&%9, la Declaración de 1arís de %&9: y los 7ratados y $onvenciones sobre el Derecho de la guerra, "ue comienzan en %&:; y siguen hasta ya entrado el siglo 66 2y posteriormente3. /.5 La segunda comprende la obra codificadora de la )ociedad de las
, aun"ue, al margen de ello, se consiguieron algunos te*tos codificados en materias concretas? y =.5 La tercera fase se e*tiende a toda la obra codificadora de las
PRINCIPALES NORMAS CODIFICADAS
Lo relevante en relación a la
DESARROLLE TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LAS CITAS DE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS UTILIZANDO MODELO APA LAS FORMAS DE RESOLUCIÓN DE UN CONFLICTO DE LEYES EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO# ! PUNTOS". Los conflictos de leyes son a"uellos "ue nacen de las diferencias "ue e*isten entre las legislaciones
L$% &$'()*% +* (% -()/-0(% +* *1*% 2$&3$) +* $ %/45/*)0* 6$)*&$
1or"ue las personas son de determinada nacionalidad o tienen fijado su domicilio o su residencia en determinado país.
1or"ue la cosa esta fijada en un lugar determinado materialmente si se trata de bienes inmuebles o jurídicamente el lugar de registro en materia de propiedad industrial o intelectual.
1or"ue un hecho tenga lugar en un lugar determinado como una muerte o un acto tiene su fuente de inspiración en la voluntad o producirá sus efectos en un país determinado.
1or"ue un acto re"uiere una manifestación de la relación jurídica de conformidad con las formalidades dictadas en el país "ue fue producido.
1or"ue una relación provoca una intervención de un tribunal o autoridad del lugar donde tuvo origen.
Los puntos de cone*ión se pueden clasificar de la siguiente forma
P*&%()$*%: contempla las cualidades abstractas del hombre. C()+5-0/%0$%: enfocan sucesos reales, se refieren a objetos i nmuebles. DOCTRINAS EN MATERIA DE CONFLICTOS DE LEYES La obra de M$)-/)/: )u tesis es e*traterritorial pues establece la aplicación e*traterritorial de las normas jurídicas "ue han de seguir la persona donde "uiera "ue se traslade contempló del derecho desde dos aspectos el primero concerniente a la soberanía del estado y la protección de los intereses sociales y el segundo en cuanto a los intereses privados. La teoría de A)0(/)* P/*0 )e trata de determinar el nivel hasta donde la soberanía del !stado debe inclinarse respecto a la del !stado e*tranjero, cuando admite la aplicación de leyes del #ltimo. La ley debe ser aplicada de manera general para alcanzar su propósito "ue no es otro "ue el de realizar cierto orden. '. La teoría de Briedrich Carl von )avigny!ste jurisconsulto alemán establecía "ue la ley "uedebe regir las relaciones nodebe ser la "ue convenga al interés de los !stados individualmente, sino la"ue mejor corresponda a la naturaleza de la relación jurídica. !ste estableció varias maneras para la solución de los conflictos de leyes.
SOLUCIÓN DE LOS INTERNACIONAL
CONFLICTOS
DE
LEYES
Y
EL
ORDEN
Las e*igencias del tráfico internacional provocan "ue surjan relaciones jurídicas cuyos elementos están localizados en distintos países vinculándose a diferentes ordenamientos jurídicos y de esa manera surgen los conflictos jurídicos. 1ara la solución de un conflicto de leyes e*iste una relación de derechos privados "ue supone de dos sujetos, un objeto, una fuente jurídica generalmente, de a"uí es donde se escoge para determinar la ley aplicable.
ESTRUCTURA DE LA REGLA O NORMA DEL CONFLICTO
!s una norma de carácter bilateral en el sentido de "ue la regla del conflicto del tribunal juzgador al ventilar una situación jurídica internacional puede designar como ley aplicable la ley del foro o la ley e*tranjera.
La regla del conflicto es materia de consulta del juez del foro.
La regla del conflicto es formal, se limita con designar la norma jurídica competente o aplicable.
La regla de conflicto en un sistema de derecho internacional privado codificado, permite la opción de aplicar la ley nacional o la ley internacional.
RELACIONES DE LOS SISTEMAS DESOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS DE LEYES 7odos los sistemas contemporáneos hacen referencia a categorías fundamentales concernientes a la persona, los bienes, los actos y el procedimiento 4 Los puntos de cone*ión varían de un país a otro. 4 !l contenido de las categorías, es decir, la calificación también varía sobre puntos a menudo importantes.
DESARROLLE TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LAS CITAS DE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS UTILIZANDO MODELO APA SE7ALE CUALES SON LOS PUNTOS DE CONEXIÓN Y CLASES EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO ! PUNTOS." DESARROLLE TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LAS CITAS DE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS UTILIZANDO MODELO APA 89UÉ ES EL EXE9UÁTUR# Y BAJO 9UE CONTEXTO SE APLICA EN NUESTRA NORMA JURDICA. ! PUNTOS".