EXPEDIENTE SECRETARIO Nro. ESCRITO
: : :
01
DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE SAN MARTÍN - TARAPOTO ESTHER TULUMBA PISCO, con DNI N° 01071727, con domicilio real en Prolongación Francisco Bolognesi N°.173 Pueblo Joen 0! de "bril, del Dis#ri#o de $ara%o#o, Proincia & 'egión (an )ar#*n, se+alando domicilio %rocesal en el Jr. )a&nas )a&nas N°. 37 - $ara%o#o, $ara%o#o, con el debido res%e#o a us#ed digo I.- PETITORIO: Coo !r"#"$%&'$ !r&$(&!)* , solici#o se declare la nulidad de la R"%o*+(&'$ J",)#+r)* N.0/0-01-GRSM2DRE2DOOO-UE-301.EDUCA N.0/0-01-GRSM2DRE2D OOO-UE-301.EDUCACI4N CI4N BAJO MA MA5O 5O, del 17/11/201 ue deses#ima deses#ima mi solici#ud solici#ud de 03/10/201 03/10/201 %or con#raenir con#raenir el ar#. 2 de la ons#i#ución ons#i#ución Pol*#ica, & Pr"#"$%&'$ )(("%or&), solici#o se dis%onga la nielación de mi %ensión sólo con el conce%#o ue se o#orga a los ac#ios rubro 2303 %or el %eriodo de 4c#ubre de 1!!! a Diciembre de 200, m5s rein#egros e in#ereses legales. II.- DEMANDADO 5 DIRECCI4N 6a %ar#e ma#erial del %resen#e %roceso, ser5 a./ 6a Dirección de la U$&6)6 6" G"%#&'$ E6+()#&7) Lo()* S)$ M)r#8$ , debidamen#e debidamen#e re%resen#ad %or su Direc#ora la 6ic. $4)"(" $4''( P8'9 a uien se le deber5 de no#i:icar en el Jr. (an Pablo de la ru; N°.3<1 de la ciudad de $ara%o#o. $ara%o#o. b./ L) D&r"(( D&r"((&'$ &'$ R"9&o$ R"9&o$)* )* 6" E6+()( E6+()(&'$ &'$ 6" S)$ M)r#8$ M)r#8$, con domicilio en el Jr. =aracadillo =aracadillo N°.237 de la ciudad de )o&obamba. c./ "simismo %ara conocimien#o de la %resen#e demanda, se no#i:iue al PROCURADOR PBLICO REGIONAL , con domicilio en el Jr. 'e&es >uerra N°.3! de la ciudad de )o&obamba. III.- ;UNDAMENTOS DE HECHO. 1./ 6a demandan#e es %ensionis#a %ensionis#a del r?gimen %reisional %reisional del Decre#o Decre#o 6e& 2030, con m5s de 2 a+os de sericios %res#ados al s#ado. 2./ 6a demandan#e @a aduirido el derec@o a una %ensión de cesan#*a a %ar#ir del 01 Noiembre de 200.. 3./ s#e conce%#o se %agó al demandan#e, sin embargo, al momen#o de %asar a la condición de %ensionis#a cesan#e se deAó de %agarle es#e conce%#o, siendo ue al %ersonal en ac#iidad se le con#inuó %agando. ./ "l ob#ener su derec@o a una %ensión #ambi?n ob#uo %or su #iem%o de sericios su%erior a 2 a+os su derec@o a una nielación de %ensión. ./ Por la nielación se genera el derec@o del cesan#e a ue cualuier incremen#o ue se %ague al #rabaAador en ac#iidad debe de %agarse al %ensionis#a cesan#e, si#uación ue no se @i;o res%ec#o del incremen#o consis#en#e en el 30 a ue se @ace re:erencia.
./ (iendo ue mi derec@o a una nielación de %ensión se genera al momen#o de ob#ener mi %ensión & ue es#e derec@o es#uo igen#e @as#a diciembre de 200 Ca %ar#ir del 01 de enero de 200 se deroga la 6e& de Nielación de Pensiones - 6e& 23!, %rocede se recono;ca mi derec@o %or dic@o %eriodo, ello en el en#endido ue la ac#ual norma#iidad no se a%lica de manera re#roac#ia. 7./ "simismo, siendo ue se im%ugnan resoluciones :ic#as lo argumen#ado @as#a a@ora sus#en#a #ambi?n la nulidad solici#ada, %or lo ue debe declararse :undada la demanda.
IV.- ;UNDAMENTOS DE DERECHO n el ar#*culo 2 de la ons#i#ución es#ablece el %rinci%io de irrenunciabilidad de derec@os, en el %resen#e caso, en el a+o de 1!!! ob#ue mi %ensión de cesan#*a nielable, si#uación ue @ace ue #enga derec@o a mi nielación @as#a diciembre de 200, siendo irrenunciable el derec@o a eEigir mi nielación %or %eriodo an#erior a diciembre de 200. V.- MEDIOS PROBATORIOS 1./ o%ia de mi '(46IGN DI'$4'"6 (B/'>I4N"6 N°.2172, de :ec@a 2 0!/1!!!, %or el ue se ace%#a mi cese como %ro:esora de aula, con es#o acredi#o el #iem%o en ue %ase a la condición de cesan#e. 2./ o%ia de mi Bole#a de %ago de enero de 2000, donde acredi#o ue so& %ensionis#a del Decre#o 6e& 2030 & ue cuen#o con 2 a+os, 01 mes & 23 d*as de sericios %res#ados al s#ado. 3./ 4riginal del argo de mi (olici#ud de Nielación con la ue inicio el ago#amien#o de la *a adminis#ra#ia, escri#o ue no @a sido resuel#o. ./ E@ibición de las %lanillas de %ago del demandan#e a %ar#ir de enero de 1!!1 a ma&o de 1!!1, %ara acredi#ar ue el demandan#e es#ando como ac#io %ercibió el conce%#o ue se solici#a. ./ In:orme ue deber5 de emi#ir la Dirección de la >6 (an )ar#*n demandado %ara ue indiue si desde enero de 1!!1 a ma&o de 1!!1 se %agó el conce%#o re:erido a la boni:icación del 30 ue se solici#a, con lo ue se acredi#a ue es#ando ac#io el demandan#e %ercibió el conce%#o demandado . 7./ E@ibición de las %lanillas de %ago de %ensión del demandan#e desde ma&o de 1!!1 @as#a diciembre de 200, con lo ue acredi#o ue %or #odo es#e %eriodo no se %ercibió el conce%#o ue se demanda. <./ E@ibición de las %lanillas de %ago de remuneración de un #rabaAador del mismo niel & cargo del demandan#e "'$("N4 II dese ma&o de 1!!1 @as#a diciembre de 200, con lo ue se acredi#ar5 ue el #rabaAador en ac#iidad %ercibió el conce%#o demandando en la calidad de incremen#o remunera#io ue no :ue nielado al demandan#e. POR LO TANTO: " D. %ido admi#ir a #r5mi#e la %resen#e demanda. PRIMER OTROSI./ (olici#o se #enga %or aneEos la siguien#e documen#ación 1/" o%ia de mi '(46IGN DI'$4'"6 012/!1/D'(/HHD/"/P de 0!/0/1!!1. 1/B o%ia de mi Bole#a de %ago de enero de 2013. 1/ 4riginal del argo de mi (olici#ud de Nielación.
1/D 4riginal del argo de mi 'ecurso "dminis#ra#io de "%elación. 1/ o%ia de mi Documen#o Nacional de Iden#idad.
SEGUNDO OTROSI./ 6a %resen#e no cuen#a con mon#o del %e#i#orio %orue el %edido no es cuan#i:icable en dinero, siendo ue la *a %rocedimen#al ue le corres%onde es la =" (PI"6. $ara%o#o