Bogotá Junio 15 de 2017 Señores
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
Ciudad. Ref.: ACCIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR ART. 56 DE LA LEY 1480 DE 2011 PATRICIA CARDONA RAMOS mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 55063075, domiciliado en la Diagonal 50 A SUR No. 24 A-45 en la ciudad de Bogotá y MARIA PAULA CORTES mayor de edad, identificada con cèdula de ciudadanìa No. , domiciliada en en la ciudad de Bogotá, actuando en nombre propio, por medio del presente escrito nos permitimos impetrar acción de protección al consumidor prevista en el artículo 56 de la Ley 1480 de 2011 contra DIANA MILENA BEDOYA ENCISO con fundamento en los siguientes.
I.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES 1.- IDENTIFICACIÓN DEL DEMANDANTE. 1.1.- PATRICIA CARDONA RAMOS Y MARIA PAULA CORTES COLEGIO DISTRITAL ARBORIZADORA ARBORIZADORA ALTA 1.2.- Domicilio: 1.4.- Domicilio del Representante Legal: 3.- IDENTIFICACIÓN DEL DEMANDADO O DEMANDADOS: 3.1.- DIANA MILENA BEDOYA ENCISO MGK Confección 3.2.- CALLE 22 B No. 63-24 3.3.- Representante Legal DIANA MILENA BEDOYA ENCISO II.- HECHOS: Los hechos deben expresarse en forma clara y precisa, numerando y clasificándolos adecuadamente. En los hechos debe consignarse, como mínimo, la siguiente información:
1.- Clase de producto adquirido o servicio que fue prestado (Debe identificar plenamente el producto, bien o servicio sobre el cual recaen las pretensiones). 67 chaquetas prom 2017 doble fax. Un fax tipo beisbolera en algodòn perchado azul con mangas color gris, capota gris , broches, ribete en rayas azul y gris, bordado personalizado en la espalda, con una marioneta que cuelga los numeros 11 con el número 17 en el brazo, doble AA en el pecho, y el lema “the enderless game”. Segundo
fax, chaqueta formal en tela negra antifluido, con cremallera, capota negra, bordados iguales a la chaqueta beisbolera tipo cursiva. 2.- Lugar en donde se adquirió el producto o se prestó el servicio. INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL ARBORIZADORA 3.- Productor o proveedor del producto y/o servicio: Mgk Confección Gerente general Diana Milena Bedoya 4.- Precio pactado y/o pagado por el producto o servicio: $80.000 por cada una de las chaquetas por estudiante. Algunos docentes entre 50.000 y 40.000 por un solo fax. 5.- Defecto y/o inconformidad del consumidor con el producto y/o servicio prestado: El bordado de la mano o marioneta no corresponde al modelo, no tiene ninguna forma. El gorro no fue entregado el dìa que trajo las chaquetas y dos días después los entregó pero el diseño no corresponde en lo más mínimo según el modelo, ni en el color ni en la tela. Varios chaquetas quedaron muy ajustadas en las axilas y brazos por lo que se descosieron a la primera semana de uso. La tela azul perchado de la chaqueta tipo beisbolera empezò a motosiarse durante la segunda semana siguiente de uso. Algunas chaquetas por el fax de la tela negra antifluido comenzaron a roerse en la espalda. No cumple con la entrega a tiempo de las chaquetas en arreglo. Algunos estudiantes no ha podido usar la chaqueta, al ser devuelta por arreglo por tercera vez. 6.- Reclamación directa formulada por el consumidor al productor y/o proveedor: Se le hizo entrega por escrito de la reclamación exigiendo cumplimiento en las fechas de entrega de las chaquetas en arreglo y debido a que el producto no ha cumplido con la calidad del diseño y de la confecciòn, ademàs del defecto de la tela azul motosa, se le pidió que indeminizarà por valor de 30.000 pesos por cada estudiante, puesto que los estudiantes no confían en que les devuelvan un producto a tiempo o que cumplan con otra chaqueta.
7.- Respuesta del productor y/o proveedor: El proovedor de la chaqueta contesta telefònicamente que no devolverà dinero por tanto se llega al acuerdo que consultarà con la empresa donde comprò la tela azul perchado monaco puesto que fue responsabilidad del proveedor de la tela, la empresa TEXTIFILH segùn Diana Bedoya. Se firmò un documento donde se aclara como se harà efectiva la garantìa de 62 chaquetas puesto que antes de cumplir los 30 dìas la mayoría
de las chaquetas presentan mota en la tela azul perchado. Se plantearon las siguientes opciones: a. Si devuelven la tela se cambiarìa dicha prenda defectuosa, es decir diseñar de nuevo la chaqueta por un solo fax (beisbolera) pero el tiempo de duraciòn serìa de 2 meses. b. La contratista hablarà con la empresa TEXTIFILH (proveedor de la tela) para hacer la devoluciòn del material defectuoso o del dinero. c. Se recogeràn las chaquetas para ser llevadas a la empresa textil. d. La empresa TEXTIFILH revisó las prendas y devolviò el dinero por la cantidad de tela comprada en este lugar. e. El tiempo estimado para los arreglos es de 8 dìas.
8.- Cuando se trate de daños causados como consecuencia de la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien y daños causados como consecuencia de publicidad engañosa -numeral 3 del artículo 56 de la Ley 1480 de 2011, los perjuicios que se hayan causado y cuya reparación se solicita en la demanda (únicamente en los casos permitidos en el numeral 3 del artículo 56 de la Ley 1480 de 2011). En la cotizaciòn que nos presentó habla de telas de calidad de Lafayete y asi se presentò a los padres de familia y estudiantes. Medidas ajustadas a cada estudiante. Nos asegurò que el material no se motosea ni se decolora. Los gorros que trajo no son usados por los estudiantes. Le quedaron ajustados y el diseño no corresponde a lo solicitado. Las chaquetas presentaron varios defectos de confecciòn. Se descosieron en las axilas por lo ajustadas que quedaron. Cinco estudiantes no han podido usar la chaqueta y fue pagada en su totalidad por defectos y demora en la entrega. Dos de ellos pidieron la devolución del dinero. Una de las estudiantes aùn no ha recibido su chaqueta porque ha sido devuelta 3 veces. el uso de la chaqueta se ve limitado y es un producto de uso inmediato puesto que es una chaqueta de prom. De uso para el año en curso. Los estudiantes no van a usar la chaqueta por el fax tipo beisbolera por lo motosa. Si antes del mes las chaquetas presentan mota en alto grado en unos seis meses ya no podràn usarse. Se ve afectada su confianza, su autoestima. Hay una presión de grupo y habìa gran interés por tener su distintivo frente a toda la comunidad educativa. Son objeto de burla. Hicieron su esfuerzo por conseguir su dinero y se pagò Se siente engañados y estafados. Los padres de los estudiantes han expresado su enfado y malestar. 9.- Las cláusulas cuyo contenido estima abusivo (en aquello casos en los que se pretenda la aplicación de las normas protección contractual contenidas en el Estatuto del Consumidor Ley 1480 de 2011)
10.- La vulneración concreta de sus derechos como consumidor, originada en la violación de normas sobre protección a usuarios y consumidores. 11.- Demás datos relevantes e importantes que tengan relación con el caso y que permitan obtener información necesaria para que se cuenten con mejores elementos de juicio. La empresa TEXTIFIh.. (copiar lo de la respuesta a la garantia) 12.- El tipo de información que recibió, incluyendo las condiciones particulares de lo ofrecido (Tenga en cuenta que deberá allegarse la prueba documental de la publicidad o información engañosa). En caso de que haya sido brindada de manera verbal así deberá manifestarlo.
13.- Motivos concretos de la inconformidad o falta de correspondencia entre lo ofrecido y lo recibido. copiar lo del punto 8 14.- Tipo de bien entregado para la prestación del servicio (como la prenda de vestir o el automotor). 67 CHAQUETAS (COPIAR LO DE ARRIBA) 15.- Condiciones en las que se encontraba el bien para el momento de su entrega. COPIAR DE NUEVO PUNTO 8 16.- Daño que le fue causado al bien durante la prestación del servicio COPIAR DE NUEVO III.- PRETENSIONES Formule de forma clara, separada, concreta y precisa, los que pretende y, siempre que se tenga una pretensión económica, deberá estimarse su monto, esto es, a cuánto ascienden en moneda nacional. Así por ejemplo, puede solicitarse: - Que se repare el bien; - Que se cambie el bien por uno nuevo, idéntico o de similares características al adquirido. QUE HAGA UNA CHAQUETA SENCILLA UN SOLO FAX TIPO BEISBOLERA - Que se indemnicen perjuicios en los casos previstos en la Ley (Tenga en cuenta que los perjuicios resultan procedentes, se originó por la contratación de un servicio que supone la entrega de un bien o por información o publicidad engañosa. De lo contrario, tenga en cuenta que el reconocimiento de los mismos deberá ser exigido ante la jurisdicción
ordinaria de conformidad con el numeral 2° del artículo 56 de la ley 1480 de 2011). - Que se declare que una determinada cláusula tiene un contenido abusivo deberá determinar claramente las cláusulas que a su juicio considera abusivas (artículo 42, Ley 1480 de 2.011). - Que se declare que se vulneró un determinado derecho de un usuario o consumidor. - Que se haga la devolución del dinero pagado por el bien, producto y/o servicio adquirido. IV.- JURAMENTO ESTIMATORIO Cuando en la demanda se pida el pago de perjuicios, el demandante debe estimarlos y discriminarlos bajo la gravedad del juramento y de manera razonable en la demanda, esto es, debe indicar cuáles son los perjuicios cuya indemnización se reclama y expresar las razones por las cuales se determina la cuantía de los mismos. V.- PRUEBAS Se deben relacionar los documentos que se van a acompañar como pruebas (facturas, recibos, reclamación directa, respuesta del proveedor o productor o proveedor, etc.) y se deben pedir las demás pruebas que se quieran hacer valer en el proceso. VI.- ANEXOS 1.- Poder otorgado al apoderado judicial (en caso de que se actúe a través de abogado). 2.- Prueba del agotamiento del requisito de reclamo directo, en caso de haber sido por escrito. 3.- Prueba documental de la información o publicidad engañosa. 4.- Prueba del contrato objeto de controversia, en caso de que se solicite protección contractual. VII.- NOTIFICACIONES 1.- Lugar en donde el demandante puede recibir notificaciones (dirección, teléfono, fax y correo electrónico). 2.- Lugar en donde el demandado. Puede recibir notificaciones (dirección, teléfono, fax y correo electrónico). Oficina Principal Calle 22B N. 63-24 Bogotá D.C. A.A: 8339 PBX: 4285917 CELULARES: 320 2722576 – 3142168015- 4101683
[email protected] www.togasybirretesmgk.co mgktogasybirretes.blogspot.com/2016/11/somos-mgk-confeccion-una-empresa.html https://www.facebook.com/people/Mgk-Confeccion/
1.
Cordialmente, NOMBRE Y FIRMA DEL DEMANDANTE