DERECHO CIVIL IV PARCIAL I
El negocio jurídico como especie del acto jurídico Es una forma especial del acto jurídico, ya que este se constituye en el acontecimiento que es su origen y su razón de ser, como una relación de causa y efecto. El Negocio Jurídico Es todo acto o actividad que presenta algún interés, utilidad o importancia para el derecho y es regulado por sus normas. El negocio jurídico como género del contrato El contrato es el negocio jurídico bilateral dirigido a construir modicaciones o e!tinguir un vínculo jurídico de contenido patrimonial y económico. Defnición del Contrato Civil. "ay contrato cuando dos o m#s personas convienen en crear, modicar y e!tinguir una obligación. Evolución histórica del contrato. $a importancia del contrato en la historia jurídica radica en que el mismo constituía la gura central para e!plicar o construir todo género de instituciones jurídicas. El contrato lo era todo. Era desmesurada la importancia que se le daba al contrato, al grado que se armaba que era la balanza que movía al mundo económico, político y jurídico. Principios de contratación: %onsensualismo& 'el m#s importante(. Este principio solo atiende al elemento interno esencial del contrato, a la mera convención de voluntades, sistema que debido a la necesidad del tr#co jurídico fue aceptado. )rt. *+* %.%. %.%. -ormali -ormalismo& smo& e caracte caracteriza riza por la e!igenc e!igencia ia de determi determinada nadas s formali formalidade dades s e!terior e!teriores es con el car#cter de esenciales para la e!istencia y validez de los contratos. )utono )utonomía mía de la volunt voluntad& ad& ostie ostiene ne que, que, en muy rara raras s e!cep e!cepcio ciones nes,, todas todas las las obliga obligacio ciones nes contractuales contractuales nacían de la soberana voluntad de dos partes que son iguales/ eran justas todas esas obligaciones creadas con la voluntad. $a posición que tiene nuestro n uestro código civil es la de la teoría concensualista. concensualista. )rt. *+* %.%. Elementos del Negocio Jurídico Contractual. Esenc Esencia iales les&& )rt. )rt. *0+* *0+* %.%. %.%. sin los cuales cuales el contra contrato to no puede puede darse darse ni formar formar parte parte de su e!istencia e intervienen en su fondo o conguración. Eje. $a capacidad, el consentimiento, el objeto lícito. 1aturales& )compa2an normalmente al contrato como desprendidos de su índole particular. Eje. $os intereses en el contrato mutuo. )ccidentales& 1o se producen si los contratantes no los incorporan al negocio. Eje. El plazo, la condición, el modo. Elementos esenciales del negocio jurídico contractual: %onsentimiento& %onsentimiento& Encuentro de dos declaraciones de voluntad que partiendo de dos sujetos diversos se dirigen a un mismo n. )rt. *0+*, *+3* c.c. 4olo doble& %uando los dos contratantes provocan enga2o. Cu!les son los elementos del consentimiento" 5ferta y policitación 'es una invitación a contratar que puede ser e!presa o t#cita( #e$uisitos de la o%erta: *67na intensión seria o efectiva del oferente de contratar. )rt. *+0* 06$a oferta debe ser completa
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869ue tenga proyección personal determinada
&ceptación. &rt. '())* '()+* '(), C.C. %onsiste en dar respuesta armativa a la oferta. #e$uisitos de la aceptación *6$a respuesta tiene que corresponder e!actamente a la propuesta. )rt. *+00 069ue se dirija al proponente 864ebe darse la aceptación en tiempo. -ugar* %orma momento en $ue se per%ecciona el contrato: 6:eoría de la declaración& Esta teoría arma que el contrato se perfecciona si el destinatario declara que acepta. 6:eoría de la e!pedición o emisión& %onforme esta teoría el contrato se perfecciona en el momento en que el aceptante de la oferta manda la respuesta al oferente. 6:eoría de la recepción& %onsidera perfecto el contrato en el momento en que el oferente recibe la aceptación. Esta teoría es la aceptada por nuestra ley. )rt. *+08 c.c. 6:eoría de la información o del conocimiento& %onsidera perfecto el contrato hasta que el oferente se entera de la aceptación por el destinatario de la propuesta. #e$uisitos del consentimiento 64os o m#s declaraciones de voluntad coincidentes. )rt. *+3* c.c. 69ue esas manifestaciones de voluntad hayan sido e!presadas en forma libre y consciente. )rt. *0+* 69ue haya coincidencia entre la voluntad real y la voluntad declarada. )rt. *03 inciso 0 /icios de la declaración de voluntad. &rt. ')( , c.c. *64olo 06Error 86;iolencia 36imulación 0ué es el Dolo" Es la maquinación o articio de que se vale una de las partes para arrancar a otra el consentimiento. )rt. *0+< c.c. Personas $ue causan el dolo: 6=uede ser uno de los contratantes contra el otro. )rt. *0>* c.c. 6=uede tratarse de un tercero pero en convivencia de un contratante. 6=ueden ser ambas partes. E%ectos del Dolo: 6=roduce nulidad relativa en el contrato, lo que se llama anulidad 6e puede dar la nulidad absoluta si se da en la causa determinada del contrato. )rt. *0>06*8?* c.c. 0ué es Error" Es un consentimiento equivocado de una cosa bien por ser incompleto, bien por ser ine!acto. )rt. *0+ c.c. Clases de Error Error esencial objetivo& se reere cuando recae sobre la identidad de la cosa. )rt. *0+ c.c. Error esencial subjetivo& se incurre cuando se contrata en consideración a la persona. Error accidental& Este a juicio de la ley no da lugar a la nulidad, si no solo a la corrección del contrato. • • •
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Di%erencia del Error con el Dolo. El error es un conocimiento equivocado, en tanto el dolo es premeditado. 0ué es /iolencia" )menaza sobre la persona o su honra. 'las circunstancias que deben tomarse en cuenta para determinar la gravedad de la violencia son& la edad, el se!o y la condición de la persona( 0ué es la 1imulación" Es el acto o contrato en que las partes declaran o conesan lo que en realidad no ha pasado o no se ha convenido en ellos. Elementos de la simulación 64os o m#s declaraciones de voluntad que no coinciden con la realidad. )rt. *03 c.c. 69ue sean de los contratantes las declaraciones de voluntad. 69ue se haga para perjudicar a terceras personas. )rt. *0 Clases de 1imulación: imulación absoluta& Es la que e!istiendo en apariencia carece totalmente de un contenido serio y real. imulación relativa& consiste en disfrazar un acto, en ella se realiza aparentemente un negocio jurídico queriendo y llevando a cabo en realidad otro distinto. •
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0ué es la capacidad" Es la posibilidad jurídica que tiene la persona de poder ser parte de un contrato o negocio jurídico. Clases de capacidad: 4e goce o de derechos& Es la aptitud de ser titular de derechos o para ser sujeto de obligaciones. %apacidad de ejercicio o de obrar& Es la aptitud de poder participar directamente en la vida civil. • •
2ncapacidad: @ncapacidad absoluta& 5curre cuando una persona no tiene capacidad de ejercicio por lo tanto tiene que actuar por medio de representante legal. @ncapacidad relativa& 5bran por sí y con su voluntad, necesitando únicamente para la validez del acto que se a2ade la voluntad de otra persona. •
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El 5bjeto o =restación 0ué es o3jeto" on los derechos y obligaciones que las partes crean con la celebración del contrato. '4ar, hacer o no hacer( 5bjeto directo& Es la conducta que el acreedor puede e!igir del deudor. 5bjeto indirecto& on las cosas o hechos relacionados con dicha conducta. • •
Elementos del o3jeto 6"a de ser lícito 6"a de ser posible la prestación 6"a de ser determinado o determinante. 0ué es la causa" Es el no motivo que determinan las partes a celebrar cierto contrato. #e$uisitos de la causa.
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*6la e!istencia 06la veracidad 86la licitud
Nulidad a3soluta radical Es la que ataca a los actos que se ejecutan materialmente en contravención a un mandato o a una prohibición de una ley. Clases de nulidad a3soluta =or causas o motivos originales& cuando desde el contrato se constituye haya anormalidad de forma o de fondo =or causas o motivos sobrevenidos& el contrato al ser celebrado no tiene defecto ni anormalidad. •
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Características 61o puede ser revalidado por conrmación o prescripción. 0uien puede demandarlas 6=uede ser declarada de ocio por el juez cuando resulte maniesta )rt. *8?0 6=uede demandarla el que tenga interés. 6$a procuraduría general de la nación Causas $ue motivan la nulidad a3soluta 6%uando el objeto del contrato sea contario al orden público. )rt. *8?* c.c. 6%uando sea contrario a las leyes prohibitivas e!presas. )rt. *8?* c.c. 6=or la ausencia o no concurrencia de los requisitos esenciales. Nulidad relativa :iene lugar cuando e!iste un vicio o defecto del acto, singularmente uno de los vicios del consentimiento Características Es susceptible de revalidarse por conrmación o dando cumplimiento a la obligación. 0uienes pueden pedirla 6=uede invocarse por la parte que no hubiere causado el vicio. )rt. *0+< 6=or terceras personas que resulten perjudicadas. )rt *8*? 6=or la procuraduría general de la nación. 4ormas de convalidación E!presa y t#cita Causas $ue motiven una nulidad relativa 6$os vicios del consentimiento. )rt. *0+<6*8?8 c.c. 6$a incapacidad relativa de las partes o de una de las partes. #escisión e cuando e!iste una lesión o perjuicio para los contratantes o para terceros. Elementos de le #escisión 69ue e!ista un contrato v#lido 69ue el contrato este pendiente de cumplimiento. 69ue ocurra el mutuo consentimiento de la declaración judicial
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Clases de #escisión. ;oluntaria& %uando las partes se ponen de acuerdo dejar sin efecto el contrato Audicial& e requiere adem#s que e!ista contrato v#lido y pendiente de cumplimiento que congure uno de los motivos que la ley se2ala • •
De%erencias de las #escisión con la nulidad $a nulidad se basa en vicios de los elementos esenciales de contrato. $a rescisión es perjuicios económicos. En la nulidad a de acreditarse el defecto y en rescisión el perjuicio •
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#evocación o acción pauliana e da cuando el deudor ejecuta un acto un fraude del acreedor llevando a cabo una enajenación o renuncia de derecho. 'El efecto de la revocación pauliana consiste en que regresan al deudor los bienes que han salido de su patrimonio( Clases de revocación pauliana Bevocación voluntaria& =ara esta, basta la voluntad de una de las partes contratantes para dejar sin efecto el 1egocio Aurídico. Bevocación por declaración judicial& %onsiste en que el acreedor puede pedir la revocación de los negocios celebrados por el deudor en perjuicio o fraude de sus derechos. •
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Elementos de la revocación pauliana 69ue el deudor lleve a cabo una enajenación de sus derechos. )rt. *0C* 69ue al ejecutar este acto, provoque o agrave su insolvencia. )rt. *0C* 69ue el acto dispositivo perjudique al acreedor. )r. *0C? c.c. Contrato Civil 5defnición doctrinal6 Es aquel acuerdo de voluntades por medio del cual las partes crean, modican o e!tinguen una relación jurídica de car#cter patrimonial. Di%erencia entre 7echo &cto jurídico. "E%"5& %ualquier acontecimiento engendrado por la actividad humana, que tiene relevancia jurídica. )%:5& Es una manifestación e!terior de la voluntad humana, cuyo n primordial es crear, modicar o e!tinguir una relación jurídica. Elementos del contrato *6%onsentimiento 06%apacidad 86 5bjeto 36%ausa 1aneamiento Es la obligación que tiene quien enajena un bien, de indemnizar al adquiriente los da2os y perjuicios que se la hayan causado. Evicción =érdida o turbación que sufre el adquiriente de un bien, o de un derecho real sobre el mismo, por vicios de derecho anteriores a la adquisición. 4orma de contratos 6=or escritura pública
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6=or documento privado o acta ante alcalde 6=or correspondencia 6;erbalmente