C!"E
DE
C#$"I "%CI#ALIDAD
Introducción Las primeras ponencias ponencias sobre la creación del “Tribunal de Control Control Constucional” Constucional” y del “Proyecto de Ley de Control de La Inconstucionalidad” se presentaron para su discusión al seno del III Congreso Jurídico Guatemalteco, Guatemalteco, celebrado celebrado en la ciudad de Guatemala en sepembre de !"#$ Inspirados en la e%periencia &udicial guatemalteca y 'undamentalmente en la estructura del Tribunal Constucional de la (ep)blica *ederal +lemana, siguiendo las orientaciones del sistema austriaco preconiado por el &urista -ans .elsen$ /o obstante, la poca e%periencia 0ue, sobre la materia se tenía en Guatemala, las leyes representan el antecedente doctrinal inmediato de la incorporación en el orden constucional guate guatemal malte teco co de una Corte Corte perma permanen nente te y autón autónoma oma,, con con la 'acu 'aculta ltad d especí especí1ca 1ca de e%am e%amina inarr la con'ormidad de las disposiciones legisla2as con los preceptos b3sicos de la Constución$ Antecedentes históricos La +sambl +samblea ea /acio /acional nal Cons Constuy tuyent ente e incorp incorpor oró, ó, en la Cons Constu tució ción n Polí Políca ca de la (ep)b (ep)blic lica a de Guate Guatemal mala a de !"4, !"4, el Tribuna ribunall Cons Constuc tucion ional al con el nombr nombre e de Corte Corte de Cons Constuc tucion ionali alidad dad,, dot3n dot3ndol dole e de car3ct car3cter er tran transit sitori orio o y no autóno autónomo mo,, integr integrado ado por 5 magist magistra rados dos,, incluy incluyend endo o al Presidente de la Corte 6uprema de Juscia, 0uien lo presidía, # magistrados de la misma y los 7 restantes restantes por sorteo global 0ue se praccaba praccaba entre los magistrados magistrados de las Cortes de +pelaciones y de lo Contencioso8+dministra2o$ 9n !:5, como resultado del golpe de 9stado, el 9&;rcito de Guatemala asumió el gobierno de la rep)blica y suspendió la 2igencia de la Constución Constución de !"4< por medio del =ecreto8Ley =ecreto8Ley n)mero 58:5 emió el 9statuto *undamental de Gobierno$ Post Posteri eriorm ormen ente, te, para para resta restable blecer cer el orden orden cons constu tucio cional nal,, se con'o con'ormó rmó una +samb +samblea lea /acio /aciona nall Cons Constuy tuyent ente e y se con2 con2ocó ocó a eleccio elecciones nes libres libres y democr democr3 3ca cas$ s$ =entr =entro o de dic>a dic>a +sambl +samblea, ea, se con'ormaron ? comisiones de traba&o y una de ellas encargada especí1camente de discur en 'orma &urídica las garan@as garan@as constucionales constucionales y la de'ensa del orden constucional$ constucional$ 9n cumplimiento de lo anterior era de suma importancia in2esgar el pasado &urídico8políco, con relación a la de'ensa de la Constución y así elaborar no sólo la Ley de +mparo, 9%>ibición Personal y de constucionalidad sino adem3s, el desarrollar el capítulo AII de la Constución$ La Constución Políca de la (ep)blica de Guatemala 'ue promulgada por la +samblea /acional Constuyente en !:4 y contempla dentro del capitulo AI rela2o a Garan@as Constucionales y =e'ensa del Brden Constucional, los temas siguientes Exhibi Exhibició ción n Pers Persona onal, l, Ampar Amparo, o, Incon Inconst stuci uciona onalid lidad ad de las Leye Leyes, s, Corte Corte de Con Cons stuc tucion ionali alidad dad,, Comisi Comisión ón y Procu Procura rador dor de los Derech Derechos os Humano Humanos, s, Ley Ley de Ampar Amparo, o, Exhibi Exhibició ción n Perso Persona nall y de Constucionalidad. La +samblea /acional Constuyente tambi;n promulgó la Ley de +mparo, 9%>ibición Personal y de Constucionalidad< 0ue &unto a la Constución Políca de la (ep)blica de Guatemala, con origen a la
Corte de Constucionalidad$ =e esta 'orma, y no obstante 0ue la instalación de la Corte debió lle2arse a cabo !D días despu;s del Congreso de la (ep)blica, con'orme al ar@culo 5"! constucional, esta 0uedó instaurada >asta el ! de &unio de !:"$ &arco 'ur(dico Constución
Pol(ca
de
la
!ep)blica
de
*uatemala+
Cap(tulo
I-
“+r@culo 5": *unción esencial de la Corte de Constucionalidad$ La Corte de Constucionalidad es un tribunal permanente de &urisdicción pri2a2a, cuya 'unción esencial es la de'ensa del orden constucional< act)a como tribunal colegiado con independencia de los dem3s organismos del 9stado y e&erce 'unciones especí1cas 0ue le asigna la Constución y la ley de la materia$ La independencia económica de la Corte de Constucionalidad, ser3 garanada con un porcenta&e de los ingresos 0ue correspondan al Brganismo Judicial”$ /Ar0culo 123 Inte4ración de la Corte de Constucionalidad. La Corte de Constucionalidad se inte4ra con cinco magistrados tulares, cada uno de los cuales tendr3 su respec2o suplente$ Cuando conoca de asuntos de inconstucionalidad en contra de la Corte 6uprema de Juscia, el Congreso de la (ep)blica, el Presidente o el Aicepresidente de la (ep)blica, el n)mero de sus integrantes se ele2ar3 a siete, escogi;ndose los otros dos magistrados por sorteo de entre los suplentes$ Los ma4istrados durar5n en sus 6unciones cinco a7os y ser5n desi4nados en La si4uiente 6orma+ En magistrado por el pleno de la Corte 6uprema de Juscia< En magistrado por el pleno del Congreso de la (ep)blica< En magistrado por el Presidente de la (ep)blica en Conse&o de Finistros< En magistrado por el Conse&o 6uperior Eni2ersitario de la Eni2ersidad de 6an Carlos de Guatemala< y En magistrado por la +samblea del Colegio de +bogados$ 6imult3neamente con la designación del tular, se >ar3 la del respec2o suplente, ante el Congreso de la (ep)blica”$ /Ar0culo 189. Presidencia de la Corte de Constucionalidad. La Presidencia de la Corte de Constucionalidad ser3 desempeada por los mismos magistrados tulares 0ue la integran, en 'orma rota2a, en período de un ao, comenando por el de mayor edad y siguiendo en orden descendente de edades”$ /Ar0culo 181. :unciones de la Corte de Constucionalidad. La Corte de Constucionalidad ene las si4uientes 6unciones+ Conocer en )nica instancia de las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de car3cter general, ob&etadas parcial o totalmente de inconstucionalidad< Conocer en )nica instancia en calidad de Tribunal 9%traordinario de +mparo en las acciones de amparo interpuestas en contra del Congreso de la (ep)blica, la Corte 6uprema de Juscia, el Presidente y el Aicepresidente de la (ep)blica Conocer en apelación de todos los amparos interpuestos ante cual0uiera de los tribunales de &uscia$ 6i la apelación 'uere en contra de una resolución de amparo de l a Corte 6uprema de Juscia, la Corte
de Constucionalidad se ampliar3 con dos 2ocales en la 'orma pre2ista en el ar@culo 5":< Conocer en apelación de todas las impugnaciones en contra de las leyes ob&etadas de inconstucionalidad en casos concretos, en cual0uier &uicio, en casación, o en los casos contemplados por la ley de la materia< 9mir opinión sobre la constucionalidad de los tratados, con2enios y proyectos de ley, a solicitud de cual0uiera de los organismos del 9stado< Conocer y resol2er lo rela2o a cual0uier conHicto de &urisdicción en materia de constucionalidad< Compilar la doctrina y principios constucionales 0ue se 2ayan sentando con mo2o de las resoluciones de amparo y de inconstucionalidad de las leyes, manteniendo al día el bole@n o gaceta &urisprudencial< 9mir opinión sobre la inconstucionalidad de las leyes 2etadas por el 9&ecu2o alegando inconstucionalidad< +ctuar, opinar, dictaminar o conocer de a0uellos asuntos de su competencia establecidos en la Constución de la (ep)blica”$
Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constucionalidad+ "(tulo - /Ar0culo 9;3 Desi4nación del Presidente$ 9n la primera sesión 0ue la Corte de Constucionalidad celebre despu;s de >aber sido instalada, proceder3 a designar al Presidente y a establecer el orden de los Fagistrados 2ocales con'orme a su derec>o de asunción a la presidencia”$
/Ar0culo 92< tras 6unciones de la Corte de Constucionalidad. Corresponde tambi;n a la Corte de Constucionalidad =ictaminar sobre la re'orma a las leyes constucionales pre2iamente a su aprobación por parte del Congreso$ 9mir opinión sobre la constucionalidad de los proyectos de ley a solicitud del Congreso de la (ep)blica$ Conocer de las cuesones de competencia entre los organismos y endades autónomas del 9stado”$ /Ar0culo 92; :acultad re4lamentaria. La Corte de Constucionalidad dictar3 los reglamentos sobre su propia organiación y 'uncionamiento”$
“Ar0culo 9=2 Presupuesto de la Corte de Constucionalidad$ 9s atribución de la Corte de Constucionalidad 'ormular su propio presupuesto< y con base en la disposición contenida en el ar@culo 5": de la Constución de la (ep)blica, se le asignar3 una candad no menor del cinco por ciento del mínimo del dos por ciento del presupuesto de ingresos del 9stado 0ue correspondan al Brganismo Judicial, candad 0ue deber3 entregarse a la Tesorería de la Corte de Constucionalidad cada
mes
en
'orma
proporcional
y
ancipada
por
el
órgano
0ue
corresponda$
6on 'ondos pri2a2os de la Corte de Constucionalidad los deri2ados de la administración de &uscia
constucional y a ella corresponde su administración e in2ersión$
Las multas 0ue se impongan con
mo2o de la aplicación de esta ley ingresar3n a los 'ondos pri2a2os de la Corte de Constucionalidad”$
“Ar0culo 9=8 :uncionarios de la Corte de Constucionalidad $ 6on 'uncionarios al ser2icio de la Corte de Constucionalidad, el 6ecretario General, los abogados &e'es de sección, los o1ciales y los au%iliares necesarios para su buen 'uncionamiento”$ “Ar0culo 9==. !>4imen de ser?icio ci?il y clases pasi?as. La Corte de Constucionalidad establecer3 el r;gimen de ser2icio ci2il y de clases pasi2as del Tribunal, pudiendo incorporarlo al r;gimen e%istente en el 9stado sobre clases pasi2as$ La selección del personal, su nombramiento y remoción corresponden a la Presidencia de la Corte”$
&isión
6omos
un tribunal
especialiado en
&uscia constucional, con car3cter permanente,
independiente y colegiado$ ue de'endemos el orden constucional y el 9stado democr3co de derec>o, tutelamos los derec>os >umanos reconocidos en la constución políca e instrumentos internacionales, todo ello para contribuir a la gobernabilidad y la con2i2encia pací1ca de los ciudadanos, mediante la emisión de resoluciones, opiniones y dict3menes constucionales con car3cter 2inculante para el poder p)blico$ -isión 6er un tribunal 0ue imparte &uscia constucional con en'o0ue de derec>os >umanos y pernencia cultural, 0ue se en'oca en asuntos constucionales sin inter'erir en las competencias de la &uscia ordinaria, 0ue respeta los plaos establecidos en la ley,
traba&a con uni'ormidad en sus criterios
&urisprudenciales, 0ue promue2e la cultura y educación constucional$ 6er un re'erente internacional de la &urisprudencia
constucional y de la administración del gobierno
electrónico$ Traba&ar con transparencia, imparcialidad, ob&e2idad, e1ciencia, con cero tolerancia a la impunidad y corrupción, apoyados con un e0uipo >umano altamente cali1cado$ -alores Con1ana, 91ciencia, Imparcialidad, Bb&e2idad, 6olide b'e?os
*eneral =e'ender el orden constucional de la (ep)blica de Guatemala$
Espec(@co 6er un tribunal permanente de &urisdicción pri2a2a$ +ctuar como tribunal colegiado con independencia de los dem3s organismos del 9stado$
:unciones
Conocer en )nica instancia de las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de
car3cter general, ob&etadas parcial o totalmente de inconstucionalidad$ Conocer en )nica instancia en calidad de Tribunal 9%traordinario de +mparo en las acciones de amparo interpuestas en contra del Congreso de la (ep)blica, la Corte 6uprema de Juscia, el
Presidente y el Aicepresidente de la (ep)blica$ Conocer en apelación de todos los amparos interpuestos ante cual0uiera de los tribunales de &uscia$ 6i la apelación 'uere en contra de una resolución de amparo de la Corte 6uprema de Juscia, la Corte de Constucionalidad se ampliar3 con dos 2ocales en la 'orma pre2ista en el
ar@culo 5": constucional$ Conocer en apelación de todas las impugnaciones en contra de las leyes ob&etadas de inconstucionalidad en casos concretos, en cual0uier &uicio, en casación, o en los casos
contemplados por la ley de la materia$ 9mir opinión sobre la constucionalidad de los tratados, con2enios y proyectos de ley, a
solicitud de cual0uiera de los organismos del 9stado$ Conocer y resol2er lo rela2o a cual0uier conHicto de &urisdicción en materia de
constucionalidad$ Compilar la doctrina y principios constucionales 0ue se 2ayan sentando con mo2o de las resoluciones de amparo y de inconstucionalidad de las leyes, manteniendo al día el bole@n o
gaceta &urisprudencial$ 9mir opinión sobre la inconstucionalidad de las leyes 2etadas por el 9&ecu2o alegando
inconstucionalidad$ +ctuar, opinar, dictaminar o conocer de a0uellos asuntos de su competencia establecidos en la
Constución de la (ep)blica$ =ictaminar sobre la re'orma a las leyes constucionales pre2iamente a su aprobación por parte
del Congreso$ 9mir opinión sobre la constucionalidad de los proyectos de ley a solicitud del Congreso de la
(ep)blica$ Conocer de las cuesones de competencia entre los organismos y endades autónomas del 9stado$
r4ani4rama *eneral
9. :unción udicial
Presidencia b'e?o *eneral presidir, con2ocar y representar a la Corte de Constucionalidad, adoptar las medidas necesarias para su buen 'uncionamiento y e&ercer las potestades administra2as$ b'e?os Espec(@cos+ Proporcionar certea, seguridad y celeridad en el procedimiento de emisión de 'allos< 9mir 'allos carentes de errores de 'orma< rindar asistencia en materia de emisión de 'allos para las Fagistraturas< (ealiar con2ocatorias e'ec2as de casos, en colaboración con el Pleno< 6er la m3%ima autoridad administra2a$ 9mir 'allos carentes de errores de 'orma< rindar asistencia en materia de emisión de 'allos para las Fagistraturas< (ealiar con2ocatorias e'ec2as de casos, en colaboración con el Pleno< 6er la m3%ima autoridad administra2a$ :unciones+
Tener a disposición los e%pedientes 0ue son ob&eto de conocimiento en cada sesión del pleno de la corte< así como, brindar asistencia a los Fagistrados en la b)s0ueda de los datos 0ue
necesita$ 6olicitar y gesonar 0ue cada Fagistratura en2íe al Pleno los e%pedientes 0ue son con2ocados$ Imprimir todas las sentencias aprobadas por el pleno y elaborar in>ibitorias e integraciones 0ue
se necesiten el día de la aprobación del 'allo$ (emir a la 6ecretaría General las sentencias y e%pedientes, el mismo día en 0ue el 'allo 0ueda
1rmado$ =e2ol2er a cada Fagistratura los e%pedientes 0ue no son aprobados y recordar sobre el estado
de pendientes 0ue tengan los 'allos$ Con2ocar los asuntos precali1cados, para conocimiento y aprobación de los Coordinadores$ Con2ocar los asuntos precali1cados para conocimiento del Pleno$ Imprimir los 'allos precali1cados$ (emir las sentencias a la 6ecretaría General &unto a su e%pediente 0ue 'ue precali1cado (ecabar las 1rmas de los Fagistrados$ Lle2ar a cabo la re2isión del 'ondo de los asuntos 0ue se someten al Pleno, a tra2;s de la Coordinación$ Colocar en la red de sentencias aprobadas para consultas de todos los letrados$ /o1car a la =irección *inanciera de las resoluciones en 0ue se condena al pago de multa
1. &a4istraturas
b'e?o *eneral+ Con'ormar la Corte de Constucionalidad de la (ep)blica de Guatemala$ b'e?os Espec(@cos+ Conocer y dar tramite a los casos 0ue le son asignados por la 6ecretaría General de la Corte de Constucionalidad$ 9laborar proyectos de resolución de casos para presentarlos ante el pleno de la Corte$ :unciones+
9&ercer las 'unciones contenidas en el ar@culo 575 de la Constución Políca de la (ep)blica de
Guatemala, "? y "# Ley de +mparo 9%>ibición Personal y de Constucionalidad$ 9stablecer 0ue los e%pedientes presentados llenen los re0uisitos 0ue la ley determina$ Conocer los proyectos elaborados por las 6ecciones Penal, Traba&o, *amilia y Fenores, y
trasladarlos para conocimiento del pleno de la corte$ Iden1car problemas y 'ormular propuestas para e2itar demora en la tramitación de los
asuntos$ 9laborar ampliaciones y aclaraciones a los proyectos de resolución de casos$ 9laborar proyectos de sentencias sobre +mparos en )nica instancia< +pelaciones de sentencia en amparo< Inconstucionalidad de ley en caso concreto< Inconstucionalidad general, total y
parcial< =ict3menes< y, Bpiniones consul2as$ 9laboración de proyectos de autos sobre +utos de aclaración y ampliación de sentencias< Bcursos en 0ue&a< =esismientos< 6obreseimientos< Bcursos de >ec>o< +mparos pro2isionales<
y, Planteamiento de error$ (e2isar ponencias pro2enientes de otras magistraturas y emir las obser2aciones correcciones
pernentes, re'erentes a criterio &urisdiccional, pre2io a la 1rma$ In2esgar y estudiar &urisprudencia relacionada, para uni1car criterios como Corte de Constucionalidad$
B. $ecretaria *eneral b'e?o *eneral+ tramitar todos los asuntos puestos a conocimiento de la Corte de Constucionalidad$ b'e?os Espec(@cos+ (ealiar el procedimiento pre2io a 0ue la Corte de Constucionalidad conoca los casos$ (ealiar el procedimiento posterior a los 'allos emidos por la Corte de Constucionalidad$ Conser2ar los registros documentales de todos los casos conocidos en esta corte$ :unciones+
(esol2er los escritos presentados por los su&etos procesales en la tramitación de las garan@as constucionales$
9laborar actas de no1cación, despac>os y estrados, con la 1nalidad de comunicar las
resoluciones dictadas por la Corte de Constucionalidad$ Cer1car las sentencias y autos 0ue >an ad0uirido condición de cosa &ugada para remirlos a
los Tribunales de origen y, en su caso, a la Enidad de Gaceta y Jurisprudencia$ Poner a disposición de los usuarios la asistencia re0uerida, con el ob&eto de 'acilitarles in'ormación respecto de los asuntos 0ue se encuentren en tr3mite en la Corte de
Constucionalidad$ 9laborar resoluciones de arc>i2o, de los e%pedientes de esta Corte$
<. $ecciones Penal, Laboral o :amilia b'e?o *eneral+ Conocer los casos presentados ante la Corte de Constucionalidad en materia penal, laboral o de 'amilia, para su an3lisis y elaboración de un proyecto de resolución al Fagistrado ponente$ b'e?os Espec(@cos+ 9specialiar el conocimiento de los casos de acuerdo a la materia 0ue corresponda$ -acer e1ciente la aplicación de normas y criterios a tra2;s de la especialiación$ Eni1car criterios &urisprudenciales en la resolución de casos$ :unciones+
Conocer del caso concreto presentado a la Corte de Constucionalidad$ (ecopilar, analiar y uni1car los criterios con los 0ue se presentan los proyectos de resolución$ +plicar la &urisprudencia de la Corte de Constucionalidad en los proyectos de resolución$ *acilitar a la sesión del Pleno de la Corte el arc>i2o digital de la 2ersión 1nal del proyecto$ Coordinar con los Fagistrados de la Corte los reparos o correcciones realiadas a la propuesta$